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Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201   Conmutador   57 (2) 661-5930
                              Edificio Avenida Estación                     57 (2) 668-1852
                              Cali- Colombia                   Fax          57 (2) 660-2006
                              www.alfredolopez.com.co          comunicaciones@alfredolopez.com.co


             EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012




         EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL
                   AÑO 2012




Avenida 5 CN No 23 DN 04 Of. 201                       Conmutador: 57(2)6615930
Edificio Avenida Estación                                           57(2)6681852
Cali Colombia                                                  Fax: 57(2)6602006
www.alfredolopez.com.co                              comunicaciones@alfredolopez.com.co




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201      Conmutador   57 (2) 661-5930
                                Edificio Avenida Estación                        57 (2) 668-1852
                                Cali- Colombia                      Fax          57 (2) 660-2006
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              EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012
                                    VALORES TRIBUTARIOS BÁSICOS
Valores históricos UVT
                              2012     2011         2010                 2009            2008                2007
                                           $
                          $ 26,049    25,132    $ 24,555            $ 23,763  $ 22,054                    $ 20,974
                                                                      AÑO GRAVABLE
                                                                   2012       2011                       2010
TRM - al 31 diciembre                                                         $1,942.70                  $1,913.98
IPC                                                                              3.73%                      3.17%
DTF al 31 de diciembre                                                           4.98%                      3.47%
Tarifa Impuesto de Renta                                                33%        33%                        33%
Tasa intereses presuntos                                              4.98%      3.47%                      4.11%
Reajuste fiscal de activos fijos                                                 3.65%                      2.35%
Componente Inflacionario                                                        81.70%                     32.05%
Deducción inversión en act. fijos                                        0%         0%                        30%
Sanción Mínima DIAN                       10 UVT                   $ 260,000  $ 251,000                  $ 246,000
                                         15.000
Sanción máx. medio magnéticos              UVT                   $ 390,735,000 $ 376,980,000      $ 368,325,000
    Incremento de impuesto para beneficio de
                    auditoría                                   2012                 2011                2010
                                                             5 Veces la
                       18 meses                               inflación                18.65%               7.93%
                                                             7 Veces la
                       12 meses                               inflación                26.11%               9.51%
                                                             12 Veces la
                        06 meses                              inflación        44.76%         15.85%
Vr Exento de 4 x 1000                       350 UVT            $ 9,117,000 $ 8,796,000    $ 8,594,000
Act. fijos deprec. en año de
adquisición                                  50 UVT          $ 1,302,000   $ 1,257,000    $ 1,228,000
Sanción máx. atraso libros
contabilidad                              20.000 UVT       $520,980,000 $502,640,000 $491,100,000
Obligatoriedad de firma por contador público (Art 602 ET)
Declaración de Renta: Contribuyentes no
obligados a tener revisor fiscal, obligados
a llevar libros de contabilidad cuando el
patrimonio bruto en el ultimo día del año o
periodo gravable. o los ingresos brutos del                2011            2010            2009
                                               100.00
respectivo año sean superiores a                0 UVT $ 2,604,900,000 $ 2,513,200,000 $ 2,455,500,000
y declaraciones de IVA cuando presente
saldo a favor
Obligatoriedad de tener revisor fiscal (Art 203 Cód. Cio)
Las sociedades por acciones, sucursales de
sociedades extranjeras, las sociedades en las que
por ley o por estatutos la administración no
corresponda a todos los socios y que los excluidos
de la administración así lo soliciten y representen el
20%, y todas las demás que respecto al último día
del año inmediatamente anterior excedan:                   2012            2011            2010
Activos Brutos                         5.000 SMMLV $2,678,000,000 $2,575,000,000 $2,484,500,000
Ingresos Brutos                        3.000 SMMLV $1,606,800,000 $1,545,000,000 $1,490,700,000




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201     Conmutador   57 (2) 661-5930
                             Edificio Avenida Estación                       57 (2) 668-1852
                             Cali- Colombia                     Fax          57 (2) 660-2006
                             www.alfredolopez.com.co            comunicaciones@alfredolopez.com.co


              EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012




                       TASA DE USURA 2010-2012 INTERES DE MORA DIAN
                          2012                           2011                              2010
                 E.A       Nom. Diaria         E.A            Nom Diaria        E.A          Nom Diaria
  Ene - Mar      29.88%      0.071653%         23.42%           0.057667%       24.21%         0.059416%
  Abr - Jun                                    26.54%           0.064511%       22.97%            0.056665%
  Jul - Sep                                    27.95%           0.067549%       22.41%            0.055414%
  Oct - Dic                                    29.09%           0.069981%       21.32%            0.052962%


                             CIFRAS LABORALES BÁSICAS

                                                                     AÑO GRAVABLE
                                                      UN
                                                              2012        2011        2010
Salario Mínimo                                                $566,700    $535,600    $515,000
Auxilio de transporte                                          $67,800     $63,600     $61,500
Salario Integral                                  13 SMMLV $7,367,100 $6,962,800 $6,695,000
Tope máximo para cotizar pensión y EPS            25 SMMLV $14,167,500 $13,390,000 $12,875,000

Aportes Parafiscales                                 Total          Caja            ICBF             SENA
                                                      9%            4%               3%               2%

Aportes EPS                                         Total        Empleador       Empleado
                                                    12.5%          8.5%            4.0%

Aportes Pensiones                                   Total        Empleador       Empleado
                                                    16.0%          12.0%           4.0%

Aportes al Fondo de Solidaridad Pensional                          SMMLV           Aporte
Empleados que devenguen al mes más de:                              4 a 16          1,0%
                                                                   16 a 17          1,2%
                                                                   17 a 18          1,4%
                                                                   18 a 19          1,6%
                                                                   19 a 20          1,8%
                                                                   + de 20          2,0%




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201    Conmutador   57 (2) 661-5930
                             Edificio Avenida Estación                      57 (2) 668-1852
                             Cali- Colombia                    Fax          57 (2) 660-2006
                             www.alfredolopez.com.co           comunicaciones@alfredolopez.com.co


             EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012

                                CALENDARIO TRIBUTARIO 2012
                                         D.R. 4907 de 2011
                                   IMPUESTO A LAS VENTAS
 Último
dígito NIT ENE - FEB      MAR - ABR         MAY- JUN          JUL- AGO       SEP- OCT         NOV - DIC
    1        8/mar/12      9/may/12           10/jul/12       10/sep/12       9/nov/12         10/ene/13
    2        9/mar/12      10/may/12          11/jul/12       11/sep/12       13/nov/12        11/ene/13
    3        12/mar/12     11/may/12          12/jul/12       12/sep/12       14/nov/12        14/ene/13
    4        13/mar/12     14/may/12          13/jul/12       13/sep/12       15/nov/12        15/ene/13
    5        14/mar/12     15/may/12          16/jul/12       14/sep/12       16/nov/12        16/ene/13
    6        15/mar/12     16/may/12          17/jul/12       17/sep/12       19/nov/12        17/ene/13
    7        16/mar/12     17/may/12          18/jul/12       18/sep/12       20/nov/12        18/ene/13
    8        20/mar/12     18/may/12          19/jul/12       19/sep/12       21/nov/12        21/ene/13
    9        21/mar/12     22/may/12          23/jul/12       20/sep/12       22/nov/12        22/ene/13
    0        22/mar/12     23/may/12          24/jul/12       21/sep/12       23/nov/12        23/ene/13
                      RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE RENTA, TIMBRE E IVA
 Último
dígito NIT   ENERO          FEBRERO           MARZO            ABRIL            MAYO                JUNIO
    1        8/feb/12      8/mar/12          11/abr/12        9/may/12         8/jun/12         10/jul/12
    2        9/feb/12      9/mar/12          12/abr/12        10/may/12       12/jun/12         11/jul/12
    3        10/feb/12     12/mar/12         13/abr/12        11/may/12       13/jun/12         12/jul/12
    4        13/feb/12     13/mar/12         16/abr/12        14/may/12       14/jun/12         13/jul/12
    5        14/feb/12     14/mar/12         17/abr/12        15/may/12       15/jun/12         16/jul/12
    6        15/feb/12     15/mar/12         18/abr/12        16/may/12       19/jun/12         17/jul/12
    7        16/feb/12     16/mar/12         19/abr/12        17/may/12       20/jun/12         18/jul/12
    8        17/feb/12     20/mar/12         20/abr/12        18/may/12       21/jun/12         19/jul/12
    9        20/feb/12     21/mar/12         23/abr/12        22/may/12       22/jun/12         23/jul/12
    0        21/feb/12     22/mar/12         24/abr/12        23/may/12       25/jun/12         24/jul/12
 Último
dígito NIT    JULIO        AGOSTO         SEPTIEMBRE          OCTUBRE       NOVIEMBRE         DICIEMBRE
    1        9/ago/12      10/sep/12          8/oct/12        9/nov/12        10/dic/12        10/ene/13
    2        10/ago/12     11/sep/12          9/oct/12        13/nov/12       11/dic/12        11/ene/13
    3        13/ago/12     12/sep/12         10/oct/12        14/nov/12       12/dic/12        14/ene/13
    4        14/ago/12     13/sep/12         11/oct/12        15/nov/12       13/dic/12        15/ene/13
    5        15/ago/12     14/sep/12         12/oct/12        16/nov/12       14/dic/12        16/ene/13
    6        16/ago/12     17/sep/12         16/oct/12        19/nov/12       17/dic/12        17/ene/13
    7        17/ago/12     18/sep/12         17/oct/12        20/nov/12       18/dic/12        18/ene/13
    8        21/ago/12     19/sep/12         18/oct/12        21/nov/12       19/dic/12        21/ene/13
    9        22/ago/12     20/sep/12         19/oct/12        22/nov/12       20/dic/12        22/ene/13
    0        23/ago/12     21/sep/12         22/oct/12        23/nov/12       21/dic/12        23/ene/13

                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201   Conmutador   57 (2) 661-5930
                                Edificio Avenida Estación                     57 (2) 668-1852
                                Cali- Colombia                   Fax          57 (2) 660-2006
                                www.alfredolopez.com.co          comunicaciones@alfredolopez.com.co


               EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012

                                         DR. 0019 Enero de 2012
En su Art. 57, este decreto establece la eficacia de las declaraciones de retención en la fuente
presentadas sin pago total, adicionando al Art. 580-1 del E.T., el siguiente inciso:

"La declaración de retención en la fuente que se haya presentado sin pago total antes del vencimiento
del plazo para declarar, producirá efectos legales, siempre y cuando el pago de la retención se efectúe
o se haya efectuado dentro del plazo fijado para ello en el ordenamiento jurídico".


                      DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS
                       DECLARACIÓN DE INGRESOS Y PATRIMONIO

                                 GRANDES CONTRIBUYENTES
     Último                          Pago                         Declaración y                 3ª cuota
    dígito NIT                     1ª Cuota                       Pago 2ª cuota
                           Min 20% del vr a pagar 2010                 50%                        50%
         1                         08-feb-12                         11/abr/12                  8/jun/12
         2                         09-feb-12                         12/abr/12                 12/jun/12
         3                         10-feb-12                         13/abr/12                 13/jun/12
         4                         13-feb-12                         16/abr/12                 14/jun/12
         5                         14-feb-12                         17/abr/12                 15/jun/12
         6                         15-feb-12                         18/abr/12                 19/jun/12
         7                         16-feb-12                         19/abr/12                 20/jun/12
         8                         17-feb-12                         20/abr/12                 21/jun/12
         9                         20-feb-12                         23/abr/12                 22/jun/12
         0                         21/feb/12                         24/abr/12                 25/jun/12


                                     PERSONAS JURÍDICAS
                                  Y DEMÁS CONTRIBUYENTES
             Último                             Declaración y                              Pago
         dígito NIT                            Pago 1ª cuota                             2ª cuota
                                                     50%                                   50%
               1                                  11/abr/12                              8/jun/12
               2                                  12/abr/12                             12/jun/12
               3                                  13/abr/12                             13/jun/12
               4                                  16/abr/12                             14/jun/12
               5                                  17/abr/12                             15/jun/12
               6                                  18/abr/12                             19/jun/12
               7                                  19/abr/12                             20/jun/12
               8                                  20/abr/12                             21/jun/12
               9                                  23/abr/12                             22/jun/12
               0                                  24/abr/12                             25/jun/12
                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201   Conmutador   57 (2) 661-5930
                        Edificio Avenida Estación                     57 (2) 668-1852
                        Cali- Colombia                   Fax          57 (2) 660-2006
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          EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012


              DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS
                 DECLARACIÓN DE INGRESOS Y PATRIMONIO

                        PERSONAS NATURALES
                       Y SUCESIONES ILIQUIDAS
                Dos Últimos dígitos NIT Declarac. y Pago
                       96 a 00                     9/ago/12
                       91 a 95                     10/ago/12
                       86 a 90                     13/ago/12
                       81 a 85                     14/ago/12
                       76 a 80                     15/ago/12
                       71 a 75                     16/ago/12
                       66 a 70                     17/ago/12
                       61 a 65                     21/ago/12
                       56 a 60                     22/ago/12
                       51 a 55                     23/ago/12
                       46 a 50                     24/ago/12
                       41 a 45                     27/ago/12
                       36 a 40                     28/ago/12
                       31 a 35                     29/ago/12
                       26 a 30                     30/ago/12
                       21 a 25                     31/ago/12
                       16 a 20                      3/sep/12
                       11 a 15                      4/sep/12
                       06 a 10                      5/sep/12
                       01 a 05                      6/sep/12




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201    Conmutador   57 (2) 661-5930
                                Edificio Avenida Estación                      57 (2) 668-1852
                                Cali- Colombia                    Fax          57 (2) 660-2006
                                www.alfredolopez.com.co           comunicaciones@alfredolopez.com.co


                EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012

                    TABLA DEL IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS
                                                Art. 241 ET
         Rangos en UVT
                                      Tarifa marginal                           Impuesto
  Desde            Hasta
                                                                                     0
    >0             1,090                     0%
                                                              (Renta gravable o ganancia ocasional
  > 1.090          1,700                    19%               gravable expresada en UVT menos 1.090
                                                              UVT)*19%

                                                              (Renta gravable o ganancia ocasional
  >1.700           4,100                    28%               gravable expresada en UVT menos 1.700
                                                              UVT)*28% mas 116 UVT.

                                                              (Renta gravable o ganancia ocasional
  >4100          En adelante                33%
                                                              gravable expresada en UVT menos 4.100
                                                              UVT)*33% mas 788 UVT


Para las declaraciones tributarias que arrojen un saldo a pagar inferior a 41 UVT ($1.068.000) el plazo
vence el mismo día señalado para su presentación, debiendo cancelarse en una sola cuota.



       RESIDENTES EN EL EXTERIOR                                 RESIDENTES EN EL EXTERIOR
       PLAZO PARA PRESENTACIÓN                                      PLAZO PARA CANCELAR
      Último                                                      Último
                      Hasta el día                                               Hasta el día
     dígito NIT                                                  dígito NIT
          1            10/sep/12                                      1            8/oct/12
          2            11/sep/12                                      2            9/oct/12
          3            12/sep/12                                      3           10/oct/12
          4            13/sep/12                                      4           11/oct/12
          5            14/sep/12                                      5           12/oct/12
          6            17/sep/12                                      6           16/oct/12
          7            18/sep/12                                      7           17/oct/12
          8            19/sep/12                                      8           18/oct/12
          9            20/sep/12                                      9           19/oct/12
            0                  21/sep/12                            0                    22/oct/12




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             EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012
OS DE TRANSFRENCIA
                              PRECIOS DE TRANSFERENCIA
                                 DECRETO 4907 DE 2011
                                      S DE RANSFERENCIA

Están obligados a presentar declaración informativa individual de precios de transferencia por el
año gravable 2011:
a) Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, que en dicho año gravable
hubieran celebrado operaciones con vinculados económicos o partes relacionadas domiciliados
o residentes en el exterior y cuyo patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2011 hubiera sido
igualo superior al equivalente a cien mil (100.000) UVT ($ 2.513.200.000) o cuyos ingresos
brutos en el mismo año hubieran sido iguales o superiores al equivalente a sesenta y un mil
(61.000) UVT. ($1.533.052.000).
b) Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios residentes o domiciliados
en Colombia que en dicho año gravable hubieran realizado operaciones con residentes o
domiciliados en paraísos fiscales, aunque su patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2011 o sus
ingresos brutos en el mismo año, hubieran sido inferiores a los topes señalados en el literal
anterior, salvo que desvirtúen la presunción prevista en el Parágrafo 2 del artículo 260-6 del
Estatuto Tributario.


                       PRECIOS DE TRANSFERENCIA
                          DECRETO 4907 DE 2011


      Último            Declaración
     dígito NIT          Individual
         1                10/jul/12
         2                11/jul/12
         3                12/jul/12                  Último             Declaración
         4                13/jul/12                dígito NIT           Consolidada
         5                16/jul/12                1,2,3,4,5                 24/jul/12
         6                17/jul/12                6,7,8,9,0                 25/jul/12
         7                18/jul/12
         8                19/jul/12
         9                23/jul/12
         0                24/jul/12

  Declaración consolidada: en los casos de subordinación, control o grupo empresarial.




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                                     IMPUESTO AL PATRIMONIO
    Último
   dígito NIT                      Pago Tercera Cuota                             Pago Cuarta Cuota
       1                                 9/may/12                                      10/sep/12
       2                                10/may/12                                      11/sep/12
       3                                11/may/12                                      12/sep/12
       4                                14/may/12                                      13/sep/12
       5                                15/may/12                                      14/sep/12
       6                                16/may/12                                      17/sep/12
       7                                17/may/12                                      18/sep/12
       8                                18/may/12                                      19/sep/12
       9                                22/may/12                                      20/sep/12
       0                                23/may/12                                      21/sep/12


   Tarifa                         Patrimonio Líquido                                    Año Pago
DR 4825 de Diciembre 2010
   1.0%         = o > 1.000MM a 2.000MM a enero de 2.011                               2011 - 2014
   1.4%         2.000MM a 3.000MM a enero de 2.011                                     2011 - 2014
LEY 1370 de 2009
   2.4%         3.000MM a 5.000MM a enero de 2.011                                     2011 - 2014
   4.8%         > 5.000MM a enero de 2.011                                             2011 - 2014
    25%         Sobretasa al impuesto al patrimonio

El artículo 5 de dicho Decreto-Ley 4825/10 ordenó que todas las personas jurídicas constituidas
durante el 2010 (sin importar su naturaleza) y todas las personas jurídicas que surgieron de
procesos de escisión durante el 2010, o todos los que hayan hecho cualquier otra forma de
fraccionamiento del patrimonio durante el 2010, tendrían que consolidar la riqueza de la persona
jurídica y de la de todos sus dueños en enero 1 de 2011 para saber si excedían o no el tope de
$1.000.000.000 y con ello decidir si debían responder o no por el impuesto al patrimonio y con
cuál tarifa, sin embargo, la Corte Constitucional estableció que exigir esa consolidación de
riquezas a las sociedades que ya estaban creadas entre enero 1 y diciembre 29 de 2010, o las
entidades que habían surgido de procesos de escisión en esas mismas fechas, era violatorio del
principio de irretroactividad de las normas tributarias que se establece en el artículo 363 de la
Constitución Política de Colombia.

Por lo anterior, en la Sentencia C-243 del 4 de abril de 2011 se declaró exequible
condicionalmente la norma, indicando que las personas jurídicas constituidas entre enero 1 y
diciembre 29 de 2010, y las que surgieron de escisiones en esas fechas, o los que hicieron otras
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formas de fraccionamiento del patrimonio en esas fechas, no tendrán que hacer consolidación de
riquezas para efectos del Impuesto al Patrimonio de enero de 2011, en consecuencia, la
consolidación de riquezas solo se podrá aplicar a los que hicieron dichas operaciones entre
diciembre 30 y 31 de 2010.

De igual manera la Ley 1430 de 2010 en su artículo 10, realizó modificación a los incisos 1 y 2
del Art. 296 E.T., quedando así:


    “Del dos punto cuatro por ciento (2.4%) sobre la base gravable prevista en el artículo
     295-1, cuando el patrimonio líquido sea igual o superior a tres mil millones de pesos
     ($3.000.000.000) y hasta cinco mil millones de pesos ($ 5.000.000.000).

    Del cuatro punto ocho por ciento (4.8%) sobre la base gravable prevista en el artículo
     295-1, cuando el patrimonio líquido sea superior a cinco mil millones de pesos
     ($5.000.000.000)”.

Y adiciono dos incisos a dicho artículo, quedando así:

    “Para efectos de lo dispuesto en el artículo 293-1 las sociedades que hayan efectuado
     procesos de escisión durante el año gravable 2010, deberán sumar los patrimonios
     líquidos poseídos a 1° de enero de 2011 por las sociedades escindidas y beneficiarias
     con el fin de determinar su sujeción al impuesto.

       Cuando la sumatoria de los patrimonios líquidos poseídos a 1° de enero de 2011 sea
       igual o superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000) y hasta cinco mil millones
       de pesos ($5.000.000.000), cada una de las sociedades escindidas y beneficiarias
       estarán obligadas a declarar y pagar el impuesto al patrimonio a la tarifa del dos punto
       cuatro por ciento (2.4%) liquidado sobre sus respectivas bases gravables. Cuando la
       sumatoria de los patrimonios líquidos poseídos a 1° de enero de 2011 sea superior a
       cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000), cada una de las sociedades escindidas y
       beneficiarias estarán obligadas a declarar y pagar el impuesto al patrimonio a la tarifa
       del cuatro punto ocho por ciento (4.8%) liquidado sobre sus respetivas bases gravables.

    Así mismo, para efectos de lo dispuesto en el artículo 293-1 las personas naturales o
     jurídicas que, de conformidad con la Ley 1258 de 2008, hayan constituido sociedades
     por acciones simplificadas durante el año gravable 2010, deberán sumar los
     patrimonios líquidos poseídos a 1° de enero de 2011 por las personas naturales o
     jurídicas que las constituyeron y por las respectivas S.A.S. con el fin de determinar su
     sujeción al impuesto.

       Cuando la sumatoria de los patrimonios líquidos poseídos a 1° de enero de 2011 sea
       igual o superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000) y hasta cinco mil millones
       de pesos ($5.000.000.000), las personas naturales o jurídicas que las constituyeron y
       que cada una de las S.A.S. estarán obligadas a declarar y pagar el impuesto al
       patrimonio a la tarifa del dos punto cuatro por ciento (2.4%) liquidado sobre sus
       respectivas bases gravables. Cuando la sumatoria de los patrimonios líquidos poseídos
       a 1° de enero de 2011 sea superior a cinco mil millones de pesos (5.000.000.000), las
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       personas naturales o jurídicas que las constituyeron y cada una de las S.A.S. estarán
       obligadas a declarar y pagar el impuesto al patrimonio a la tarifa del cuatro punto ocho
       por ciento (4.8%) liquidado sobre sus respectivas bases gravables. Las personas
       naturales o jurídicas que las constituyeron responderán solidariamente por el impuesto
       al patrimonio, actualización e interés de las S.A.S. a prorrata de sus aportes”.

También, mediante Sentencia C-635 del 25 de agosto de 2011, la Honorable Corte
Constitucional declaró la exequibilidad condicionada de los incisos cuarto, quinto, sexto y
séptimo del artículo 10 de la Ley 1430 de 2010 "en el entendido de que los procesos de escisión,
la constitución de sociedades por acciones simplificadas y la responsabilidad solidaria a que se
refieren sólo pueden comprender los actos ocurridos a partir del 29 de diciembre de 2010". .




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                                      TOPES PARA DECLARAR
                    NO OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN DE RENTA
                                       POR EL AÑO GRAVABLE
CONTRIBUYENTES DE MENORES INGRESOS
Que no sea responsable del impuesto sobre las ventas y que con respecto al año gravable cumplan
con:
                                                     UVT        2012          2011         2010
  Ingresos totales obtenidos durante el año gravable
                                                     1,400   $36,469,000 $35,185,000 $34,377,000
1 inferiores a:
2 Patrimonio bruto al 31 dic del mismo año gravable 4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000
3 Consumos con tarjeta de crédito inferiores a:      2,800   $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000
4 Total de compras y consumos inferiores a:          2,800   $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000
5 Total acumulado de consignaciones bancarias,
                                                     4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000
  depósitos o inversiones financiera, inferior a:

ASALARIADOS
Ingresos brutos, (incluye ingresos por pensión de jubilación, vejez, invalidez y muerte, no deben
incluirse ingresos por enajenación de activos fijos, ni los provenientes de loterías, rifas apuestas o
similares) que provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral, que no
sean responsables del impuesto sobre las ventas y que con respecto al año gravable cumplan con:
                                                           UVT        2012           2011           2010
1 Patrimonio bruto al 31 dic del mismo año gravable 4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000
   Ingresos totales obtenidos durante el año gravable
                                                           4,073 $106,098,000 $102,363,000 $100,013,000
2 inferiores a:
3 Consumos con tarjeta de crédito inferiores a:            2,800    $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000
4 Total de compras y consumos inferiores a:                2,800    $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000
5 Total acumulado de consignaciones bancarias,
                                                           4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000
   depósitos o inversiones financiera, inferior a:
TRABAJADORES INDEPENDIENTES
Que no sea responsable del impuesto sobre las ventas, cuyos ingresos brutos se encuentren facturados
y de los mismos mínimo un 80% se originen en honorarios, comisiones y servicios, sobre los cuales se
hubiere practicado retención en la fuente y que además respecto al año gravable cumpla con:
                                                           UVT        2012           2011           2010
1 Patrimonio bruto al 31 dic del mismo año gravable 4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000
   Ingresos totales obtenidos durante el año
                                                           3,300    $85,962,000 $82,936,000 $81,032,000
2 gravables inferiores a:
3 Consumos con tarjeta de crédito inferiores a:            2,800    $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000
4 Total de compras y consumos inferiores a:                2,800    $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000
5 Total acumulado de consignaciones bancarias,
                                                           4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000
   depósitos o inversiones financiera, inferior a:
PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
EXTRANJERAS
Las personas naturales, jurídicas y extranjeras sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad
de sus ingresos hubieren estado sometidos a retención en la fuente de que trata los artículos 407 a 411,
inclusive, del E.T, y que dicha retención se les haya practicado.




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201    Conmutador   57 (2) 661-5930
                               Edificio Avenida Estación                      57 (2) 668-1852
                               Cali- Colombia                    Fax          57 (2) 660-2006
                               www.alfredolopez.com.co           comunicaciones@alfredolopez.com.co


              EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012

  REQUISITOS PARA PERTENECER AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO (Art 499 E.T.)
Para permanecer en el régimen simplificado se debe cumplir con los siguientes requisitos:
                                                   UVT        2011            2011                    2010
1 Ingresos brutos inferiores a:                    4,000 $104,196,000 $100,528,000                $98,220,000

2 Que tengan máximo un establecimiento de
  comercio, oficina sede o negocio
  Que no desarrollen actividades bajo franquicia,
3 concesión regalía u otro sistema que implique la
  explotación de intangibles
4 Que no sean usuarios aduaneros
5 Que no hayan celebrado contratos de venta de 3,300             $85,962,000     $82,936,000      $81,032,000
  bienes o servicios gravados superiores a:
6 Que el monto de sus consignaciones bancarias, 4,500           $117,221,000   $113,094,000     $110,498,000
  depósitos o inversiones financieras no supere:


                                           DR. 019 DE 2012

Es de resaltar que el Decreto 019 de 2012 estableció en sus artículos 70 y 71, las nuevas obligaciones
para las personas del régimen simplificado y del régimen común, a continuación detallamos los
aspectos                                                                                   relevantes:

- Las personas del régimen simplificado del IVA podrán realizar la formalización de la inscripción y
actualización del RUT a través del portal de la DIAN.

- A partir del año 2013, la DIAN deberá permitir que las personas del régimen simplificado puedan
presentar las declaraciones y la información exógena a través de mecanismos digitales.

- A partir de julio de 2012, las personas naturales y jurídicas del régimen común podrán, a través de
mecanismos digitales, presentar las declaraciones y la información exógena de manera electrónica y
actualizar la información del RUT que determine la DIAN, por medio electrónico.


                             PLAZOS PARA EXPEDIR CERTIFICADOS
                                          D.R. 4907 de 2011
                   TIPO DE CERTIFICADOS                                            PLAZO
1 Retención en la fuente, ingresos y retenciones y GMF.                           16/03/2012
  Valor patrimonial de los aportes y acciones, participaciones
2 y dividendos gravados y no gravados abonados en cuenta           Dentro de los 15 días calendario
  en calidad de exigibles para los socios o accionistas.           siguientes a la fecha de solicitud.
3 Parte no gravada de los rendimientos financieros pagados         Dentro de los 15 días calendario
  a los ahorradores.                                               siguientes a la fecha de solicitud.
                                                                   A más tardar el último día del mes
4 Retención de Timbre.                                             siguiente a aquel en el cual se causó el
                                                                   impuesto de timbre y debió efectuarse
                                                                   la retención.
                                                                   Dentro de los 15 días calendario
5 Retención de IVA.                                                siguientes al bimestre en que se
                                                                   practicó la retención.

                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201      Conmutador   57 (2) 661-5930
                                        Edificio Avenida Estación                        57 (2) 668-1852
                                        Cali- Colombia                      Fax          57 (2) 660-2006
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                EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012
                              RETENCIÓN EN LA FUENTE POR SALARIOS - 2012

               CONCEPTO                            PROCEDIMIENTO 1                            PROCEDIMIENTO 2
    Ingresos laborales excepto cesantías e                                           Devengados 12 meses anteriores (dic a
                                           Recibidos en el mes
    intereses a las cesantías                                                        nov) (jun a may)
INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL
(-) Aportes obligatorios y voluntarios al Máximo 30% de los ingresos                 Máximo 30% de los ingresos devengados
    fondo de pensiones
                                           recibidos en el mes                       en los 12 meses anteriores
(-) Aportes a las cuentas AFC
 =             SUBTOTAL                              INGRESOS NETOS                             INGRESOS NETOS
(-) RENTAS EXENTAS
    Las contempladas en el artículo 206
    del E.T.
 =             SUBTOTAL                        BASE PARA CALCULAR EL 25%             BASE PARA CALCULAR EL 25%
                                             25% de los ingresos netos recibidos
                                                                                 25% de los ingresos netos, sin exceder
(-) Rentas Exentas (art 206 ET num 10)       en el mes, sin exceder 240 UVT
                                                                                 240 UVT mensuales ($75.021.000)
                                             ($ 6.252.000)
=                SUBTOTAL                             BASE GRAVABLE                         BASE GRAVABLE
                                                                                 Base gravable dividido entre 13 o
    Promedio ingresos gravables               = BASE GRAVABLE
                                                                                 proporcional al tiempo laborado
DEDUCCIONES
    Aportes al sistema de salud obligatoria -100% de los aportes del mes, sin        100% del promedio de aportes del año
(-)
    EPS                                      limite                                  gravable inmeditamente anterior
                                             Proporción       mensual       según
                                                                                     Proporción mensual según certificado.
                                             certificado. Limitado al 15% del
                                                                                     Limitado al 15% del ingreso gravable
                                             ingreso gravable mensual. Solo aplica
    Pagos     efectuados     por     Planes                                          mensual. Solo aplica para empleados que
(-)                                          para empleados que durante el año
    Adicionales de Salud y Educación                                                 durante el año anterior (2011) hayan
                                             anterior (2011) hayan obtenido
                                                                                     obtenido ingresos inferiores a 4.600 UVT
                                             ingresos inferiores a 4.600 UVT
                                                                                     ($115.607.000)
                                             ($115.607.000)
                                                                        Proporcion mensual según certificado.
                                            Proporcion      mensual      según
                                                                        Limitado         a       100        UVT
    Intereses y UVR por préstamos para certificado. Limitado a 100 UVT
                                                                        mensuales($2.605.000),     1200     UVT
(-) vivienda o costo financiero por leasing ($2.605.000). No puede concurrir con
                                                                        anuales ($ 31.259.000). No puede
    habitacional                            la deduccion por gastos de salud y
                                                                        concurrir con la deduccion por gastos de
                                            educación.
                                                                        salud y educación.
                                             INGRESOS         MENSUALES INGRESOS MENSUALES SOMETIDOS A
=                  TOTAL
                                             SOMETIDOS A RETENCIÓN      RETENCIÓN
APLICACIÓN DE LA TABLA DE RETENCIÓN
                                 base mensual de retención / UVT                     base mensual de retención / UVT
         Conversión a UVT
                                 ($26.049)                                           ($26.049)
                                 Determinar el rango según tabla de                  Determinar el rango según tabla de
              Rango              retención y aplicar la formula                      retención   y    aplicar la formula
                                 correspondiente.                                    correspondiente.
  TABLA DE RETENCIÓN
   Rango     Desde        Hasta            Tarifa Marginal                                       Impuesto en UVT
     1          0          95                     0%                                                      0
                                                                                     (Ingreso laboral gravado expresado en
      2            95             150                       19%
                                                                                     UVT menos 95 UVT)*19%
                                                                                     (Ingreso laboral gravado expresado en
      3            150            360                       28%
                                                                                     UVT menos 150 UVT)*28% más 10 UVT
                                                                                     (Ingreso laboral gravado expresado en
      4           >360                                      33%
                                                                                     UVT menos 360 UVT)*33% más 69 UVT

                                                                                     Impuesto en UVT calculado según la tabla
       % RETENCIÓN EN LA FUENTE
                                                                                     dividido entre el salario expresado en UVT.
                                             Impuesto en UVT calculado según la aplicación del % fijo mensual a los
          RETENCIÓN EN LA FUENTE
                                             tabla por valor de la UVT ($26.049) ingresos mensuales depurados.



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DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201   Conmutador   57 (2) 661-5930
                               Edificio Avenida Estación                     57 (2) 668-1852
                               Cali- Colombia                   Fax          57 (2) 660-2006
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              EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012

       RETENCIÓN EN LA FUENTE TRABAJADORES INDEPENDIENTES DR. 3590 DE 2011


ARTÍCULO 1. Aplicación de la tabla de retención para trabajadores independientes. Para la
aplicación de la tabla de retención en la fuente contenida en el articulo 383 del Estatuto Tributario, el
trabajador independiente deberá allegar en todos los casos ante el agente retenedor, una certificación
que se entenderá expedida bajo la gravedad del juramento que contenga los siguientes requisitos:
a) Identificación del trabajador Independiente;
b) Régimen del impuesto sobre las ventas al que pertenece;
c) Relación del contrato o contratos de prestación de servicios que originan pagos en el respectivo mes,
incluyendo el contrato suscrito con la entidad ante la cual se certifica, detallando el nombre o razón
social y NIT de los contratantes, valor total discriminado por contrato, y fechas de iniciación y de
terminación en cada caso;
d) Los valores pagados y/o por pagar en el respectivo mes por cada contrato discriminando el valor del
servicio y el valor del impuesto sobre las ventas en los casos en que haya lugar y los valores totales
mensuales,
La presentación de la certificación a que hace referencia el presente artículo, deberá efectuarse dentro
de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes y es requisito para el pago o abono en cuenta al
contratista.




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            EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012

                           TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE 2012
                                                                                  A partir      A partir de
  Rubro                 Concepto                               Tarifa             de (cifra      (cifra en
                                                                                  en UVT)         pesos)
            Ingresos originados en una
Salarios    relación laboral o legal y
            reglamentaria.                          Tabla Art 383 del E.T                95       $ 2,475,000
            Compras en general                                         3.5%              27         $ 703,000
            Compras de bienes y productos
            agrícolas o pecuarios sin
            procesamiento industrial.                                     1.5%           92       $ 2,397,000
Compras
            Compra de café pergamino o
            cereza.                                                       0.5%          160       $ 4,168,000
            Compra de combustible o
            derivados del petróleo.                                       0.1% No aplica                     $1
            Servicios en general (personas
            jurídicas y a las naturales
            declarantes de renta).                                          4%            4            $ 104,000
            Servicios en general (personas
            naturales NO declarantes de
            renta).                                                         6%            4            $ 104,000
            Servicios prestados por
            empresas temporales.                                            1%            4            $ 104,000
            Servicios de vigilancia y aseo
            prestados por empresas de
            vigilancia y aseo.                                              2%            4            $ 104,000
            Servicios integrales de salud.                                  2%            4            $ 104,000
            Servicios de hoteles,
Servicios
            restaurantes, hospedaje.                                      3.5%            4            $ 104,000
            Servicios de transporte nacional
            de carga (terrestre, marítimo o
            aéreo).                                                         1%            4            $ 104,000
            Servicios de transporte nacional
            de pasajeros. (terrestre).                                    3.5%           27            $ 703,000
            Servicios de transporte nacional
            de pasajeros. (aéreo, marítimo).                                1%            4            $ 104,000
            Servicio de transporte
            internacional de carga (terrestre).                             1%            4            $ 104,000
            Servicios de transporte
            internacional de pasajeros
            (terrestre).                                                  3.5%           27            $ 703,000




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                                Edificio Avenida Estación                     57 (2) 668-1852
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              EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012

                       TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE 2012
              Honorarios y Comisiones
              (cuando el beneficiario del pago
              sea persona jurídica o asimilada).                          11% No aplica                     $1
              Honorarios y Comisiones
              (cuando el beneficiario del pago
              sea una persona natural).                                   10% No aplica                     $1
              Nota 1: Si los ingresos del
              contrato superan en el 2.012
              3300 UVT = 85.962.000                                       11%                               $1
              Nota 2: A partir de la fecha en
              que excedan los pagos o abonos
              en cuenta en el 2.012 3300 UVT
              = 85.962.000                                                11%                               $1
              Rendimientos Financieros
              (Intereses).                                                 7% No aplica                     $1
Otros         Loterías, Rifas, Apuestas y
conceptos     Similares.                                                  20%           48       $ 1,250,000
tributarios   Enajenación de Activos Fijos. art
              398 y 606 par 4º ET.                                         1% No aplica                     $1
              Pagos a establecimientos
              comerciales realizados con
              tarjeta débito o crédito.                                  1.5% No aplica                     $1
              Emolumentos eclesiásticos
              efectuados a personas naturales
              que sean declarantes de renta.                               4%           27            $ 703,000
              Emolumentos eclesiásticos
              efectuados a personas naturales
              que NO sean declarantes de
              renta.                                                     3.5%           27            $ 703,000


              Dividendos gravados.
                                                   20%, ó 33% según el tipo
                                                   de socio de que se trate     No aplica                   $1




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                             Edificio Avenida Estación                     57 (2) 668-1852
                             Cali- Colombia                   Fax          57 (2) 660-2006
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             EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012



                      TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE DEL IVA 2012
                                                                 BASE
                       CONCEPTO                 TARIFA                                      BASE EN $
                                                                EN UVT
            Retención en la Fuente del IVA
    1                                               50% del IVA    27
            (Bienes Gravados).                                                                     $ 703,000
            Retención en la Fuente del IVA
    2                                               50% del IVA    4
            (Servicios Gravados).                                                                  $ 104,000
            Retención en la Fuente del IVA
    3       (Operaciones con tarjetas débito                  10% del IVA No aplica                   100%
            y crédito ).



OVEEDORES DE SOCIEDADES DE COERCIALIZCION INTERNACIONAL C.I.
      PROVEEDORES DE SOCIEDADES DE COMERCIALIZACIÓN INTERNACIONAL


La ley 1430 de 2010, adiciono el numeral 2 al Art 437 del E.T., el cual estableció que actuarían
como agentes de retención del impuesto sobre las ventas los responsables del régimen común,
proveedores de las Sociedades de Comercialización Internacional C.I., cuando adquieran bienes
corporales muebles o servicios gravados de personas que pertenezcan al régimen común,
distintos de los agentes de retención mencionados en los numerales 1 y 2 o cuando el pago se
realice a través de entidades financieras en los términos del Art. 376 -1 del E.T.

Posteriormente el Decreto 493 de febrero 23 del 2011, estableció una retención en la fuente del
75% en las operaciones que realizan los proveedores de Sociedades de Comercialización
Internacional del régimen común cuando adquieran bienes o servicios gravados de otros
responsables del régimen común.

Finalmente y mediante el Decreto 1919 de junio 01 de 2011, se aclaró que existían proveedores
de Sociedades de Comercialización Internacional grandes contribuyentes los cuales tenían la
calidad de agentes de retención del impuesto sobre las ventas, entre otras razones por el alto
volumen de sus operaciones y al recaudo de por concepto de impuesto nacionales, por tal razón
estos proveedores deberán seguir reteniendo el 50% del valor del impuesto sobre las ventas por
bienes y servicios gravados que adquieran de responsables del régimen común.

Además de lo anterior, se adiciono un inciso al Art. 1 del Decreto 493 de 2011, el cual establece
que: “Los Grandes Contribuyentes que sean proveedores de Sociedades de Comercialización
Internacional, cuando realicen pagos o abonos en cuenta por adquisición de bienes o servicios
gravados de responsables del régimen común, deben efectuar la retención del cincuenta por
ciento (50%) del valor del impuesto sobre las ventas, acorde con lo dispuesto por el artículo 1
del Decreto 2502 de 2005”.




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DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
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Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201    Conmutador   57 (2) 661-5930
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             EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012
                      ENVÍO DE INFORMACIÓN A SUPERSOCIEDADES
                         CIRCULAR EXTERNA 115-00004 DE 2011



      PROGRAMACIÓN DE ENVÍO DE                             PROGRAMACIÓN DE ENVÍO DE
        INFORMACIÓN FINANCIERA                    INFORME DE PRÁCTICAS EMPRESARIALES
Últimos dígitos NIT          PLAZO             Últimos dígitos NIT                     PLAZO

         96-00             12/mar/12                       96-00                      23/abr/12
         91-95             13/mar/12                       91-95                      24/abr/12
         86-90             14/mar/12                       86-90                      25/abr/12
         81-85             15/mar/12                       81-85                      26/abr/12
         76-80             16/mar/12                       76-80                      27/abr/12
         71-75             20/mar/12                       71-75                      30/abr/12
         66-70             21/mar/12                       66-70                       2/may/12
         61-65             22/mar/12                       61-65                       3/may/12
         56-60             23/mar/12                       56-60                       4/may/12
         51-55             26/mar/12                       51-55                       7/may/12
         46-50             27/mar/12                       46-50                       8/may/12
         41-45             28/mar/12                       41-45                       9/may/12
         36-40             29/mar/12                       36-40                      10/may/12
         31-35             30/mar/12                       31-35                      11/may/12
         26-30              9/abr/12                       26-30                      14/may/12
         21-25             10/abr/12                       21-25                      15/may/12
         16-20             11/abr/12                       16-20                      16/may/12
         11-15             12/abr/12                       11-15                      17/may/12
         06-10             13/abr/12                       06-10                      18/may/12
         01-05             16/abr/12                       01-05                      22/may/12




                 PLAZOS PARA ENVÍO DE ESTADOS FINANCIEROS
                              CONSOLIDADOS
                                Hasta el 30 de abril de 2012




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
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           EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012

                     OBLIGADOS A PRESENTAR MEDIOS MAGNÉTICOS
                                 RS. 11429 Octubre 31 de 2011

   1     Las personas naturales y asimiladas, personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás
         entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta
         y complementarios o de ingresos y patrimonio, cuando sus ingresos brutos del año gravable
         2010, sean superiores a quinientos millones de pesos ($ 500.000.000).
   2     Las personas jurídicas o sociedades de hecho, que sean beneficiarias de la progresividad
         en el pago en el impuesto sobre la renta a que se refiere el artículo 4 y el Parágrafo 4 del
         artículo 50 de la Ley 1429 de 2010 y/o de los descuentos tributarios a que se refieren los
         artículos 9, 10, 11 y 13 Ibídem, independiente del monto de ingresos percibidos en el
         respectivo periodo gravable.
   3     Grandes contribuyentes a la fecha de publicación de la resolución
   4     Todas las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los
         fondos mutuos de inversión, carteras colectivas, (para los fondos y carteras colectivas,
         téngase en cuenta el Decreto 2555 de 2010, que recogió y reexpidió las normas del sector
         financiero, asegurador y del mercado de valores), los fondos de pensiones de jubilación e
         invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas, que hayan practicado retenciones
         en la fuente durante el año gravable 2011.

         Las demás personas naturales y jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho
         cuando hayan efectuado retenciones en la fuente por un valor total acumulado igual o
         superior a tres millones de pesos ($ 3.000.000) durante el año gravable 2011.
   5     Todos los agentes retenedores. Las demás personas naturales y jurídicas, sucesiones
         ilíquidas y sociedades de hecho cuando hayan efectuado retenciones en la fuente por un
         valor total acumulado igual o superior a tres millones de pesos ($ 3.000.000) durante el año
         gravable 2011.
   6     Consorcios y Uniones Temporales.
   7     Mandatarios y/o contratistas por cada contrato.
   8     Las personas o entidades que actuaron en condición de “operador” o quien haga sus veces,
         en condición de “solo riesgo” o poseedoras del título minero, en los contratos de exploración
         y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, independientemente del monto de sus
         ingresos.

   9     Sociedades Fiduciarias que durante 2011 administraron patrimonios autónomos y encargos
         fiduciarios.
  10     Entes públicos del nivel nacional y territorial no obligados a presentar declaración de
         Ingresos y Patrimonio.
  11     Secretarios generales y/o quienes hagan sus veces en los órganos que financien gastos con
         recursos del Tesoro Nacional no enunciados en los literales a), c) o i) del presente artículo,
         independientemente de la cuantía de los ingresos obtenidos. (Modificado según
         resolución 013484 de diciembre de 2011 Art. 3)

  12     Las personas naturales y asimiladas, personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás
         entidades públicas y privadas, obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta
         y complementarios o de ingresos y patrimonio, que hayan recibido ingresos para terceros,
         cuando la suma de los ingresos propios mas los ingresos recibidos para terceros, en el año
         2011, sea superior a quinientos millones de pesos ($500.000.000).




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
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              EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012
Nota: Con la resolución 11429 de octubre de 2011, se unifican los formatos 1001 y 1002, los cuales
deberán reportarse, de acuerdo con las especificaciones contempladas en dicha resolución



               PLAZOS PARA PRESENTAR MEDIOS MAGNÉTICOS NACIONALES
              Resoluciones 11429 de octubre de 2011 y 013484 de diciembre de 2011

      GRANDES CONTRIBUYENTES                          PERSONAS NATURALES, JURÍDICAS Y
  Último dígito NIT    PLAZO                                        ASIMILADAS
          3                 27/mar/12               Últimos dígitos NIT        PLAZO
          4                 28/mar/12                         26 a 29                      25/abr/12
          5                 29/mar/12                         30 a 33                      26/abr/12
          6                 30/mar/12                         34 a 37                      27/abr/12
          7                  9/abr/12                         38 a 41                      30/abr/11
          8                  10/abr/12                        42 a 45                      2/may/12
          9                  11/abr/12                        46 a 49                      3/may/12
          0                  12/abr/12                        50 a 53                      4/may/12
          1                  13/abr/12                        54 a 57                      7/may/12
          2                  16/abr/12                        58 a 61                      8/may/12
                                                              62 a 65                      9/may/12
                                                              66 a 69                     10/may/12
                                                              70 a 73                     11/may/12
                                                              74 a 77                     14/may/12
                                                              78 a 81                     15/may/12
                                                              82 a 85                     16/may/12
                                                              86 a 89                     17/may/12
                                                              90 a 93                     18/may/12
                                                              94 a 97                     22/may/12
                                                              98 a 01                     23/may/12
                                                              02 a 05                     24/may/12
                                                              06 a 09                     25/may/12
                                                              10 a 13                     28/may/12
                                                              14 a 17                     29/may/12
                                                              18 a 21                     30/may/12
                                                              22 a 25                     31/may/12


                  INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR LOS GRUPOS
                               EMPRESARIALES
                                   Hasta el 29 de junio de 2012




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
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             EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012


                             SANCIONES DE MEDIOS MAGNÉTICOS
                                                         Resol
  Resol                              CON BASE            11774         SIN BASE
11774 /05       HECHO               GRAVABLE              /05         GRAVABLE
  art 1º                                Base           % art 2º          Base                            %
          No suministrar la Sumatoria información
  Lit. A                                              5%        No estipulada
          información exigida. no suministrada
          Suministrar
                               Sumatoria información            Ingresos    netos                   o
  Lit. B  información                                 5% Lit. A                                         0.5%
                               no suministrada                  patrimonio bruto
          extemporáneamente
          Suministrar
                               Sumatoria información
          información sin las                                   Ingresos    netos                   o
  Lit. C                       suministrada en forma 4% Lit. B                                          0.4%
          especificaciones                                      patrimonio bruto
                               errónea
          técnicas.
          Suministrar
          información      con Monto de los registros           Ingresos    netos                   o
  Lit. D                                              3% Lit. C                                         0.3%
          errores           de errados                          patrimonio bruto
          contenido.




                       PRESENTACIÓN DE OBLIGACIONES MUNICIPALES


  TOPES PARA PRESENTACION DE MEDIOS MAGNETICOS MUNICIPALES - CALI. Resolución
                           1756 de octubre 27 de 2011
          INFORMACION A REPORTAR                                            TOPES
                                                       Patrimonio bruto obtenido el ultimo día del año
                                                       2010, superior a 165.500 UVT ($3.934.077.500)
                                                       o ingresos brutos superiores a 82.700 UVT
Información de compras de bienes y servicios           ($2.030.698.500) año 2010

Compras de bienes o servicios (Causación del costo
o gasto) suministrar información en relación a cada Sumatoria de anual de los pagos o abonos
uno de sus proveedores de bienes o servicios en la  realizados a cada uno igual o superior a 269
jurisdicción del municipio de Santiago de Cali      UVT año gravable 2011




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201   Conmutador   57 (2) 661-5930
                            Edificio Avenida Estación                     57 (2) 668-1852
                            Cali- Colombia                   Fax          57 (2) 660-2006
                            www.alfredolopez.com.co          comunicaciones@alfredolopez.com.co


          EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012
                                 PRESENTACIÓN DE MEDIOS
                              MAGNÉTICOS MUNICIPALES - CALI
                         Resolución 1756 de octubre 27 de 2011
                Último dígito NIT                                              PLAZO

                        1                                                      3/jul/12
                        2                                                      5/jul/12
                        3                                                     10/jul/12
                        4                                                     12/jul/12
                        5                                                     17/jul/12
                        6                                                     19/jul/12
                        7                                                     24/jul/12
                        8                                                     26/jul/12
                        9                                                     31/jul/12
                        0                                                     2/ago/12



                              DECLARACIÓN Y PAGO IMPUESTO
        DE INDUSTRIA Y COMERCIO CALI DR. 4131.0.21. 0003 DE ENERO DE 2012
          Último dígito NIT                                            PLAZO

                1y2                                                   23/abr/12
                3y4                                                   24/abr/12

                5y6                                                   25/abr/12

                7y8                                                   26/abr/12
                9y0                                                   27/abr/12




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201   Conmutador   57 (2) 661-5930
                                Edificio Avenida Estación                     57 (2) 668-1852
                                Cali- Colombia                   Fax          57 (2) 660-2006
                                www.alfredolopez.com.co          comunicaciones@alfredolopez.com.co


              EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012
                                      DECLARACIÓN Y PAGO DE
                                   RETENCIONES A TITULO DE ICA
Mes                                                                                 PLAZO
Enero 2012                                                                         15/feb/12
Febrero 2012                                                                       15/mar/12
Marzo 2012                                                                         16/abr/12
Abril 2012                                                                         15/may/12
Mayo 2012                                                                           15/jun/12
Junio 2012                                                                          16/jul/12
Julio 2012                                                                         15/ago/12
Agosto 2012                                                                        17/sep/12
Septiembre 2012                                                                     16/oct/12
Octubre 2012                                                                       15/nov/12
Noviembre 2012                                                                      17/dic/12
Diciembre 2012                                                                     15/ene/13


              BASE DE RETENCION DE ICA ACUERDO 0321 DE DICIEMBRE DE 2011
Personas naturales que tengan la calidad de comerciantes que en el año inmediatamente anterior
tuvieren un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a treinta mil (30.000) UVT, equivalentes
a $753.960.000.


                                          BASES DE RETEICA
Actividad de Servicios (3UVT)                                                              > o = $78.000
Actividad Comercial (15 UVT)                                                               > o = $391.000
Actividad Industrial (15 UVT)                                                              > o = $391.000


                                     REGIMEN SANCIONATORIO
Sanción mínima 2012 (5 UVT)                                                                 $130,000
Sanción mínima 2011 (2 SMMLV)                                                                $36,000
Sanción mínima 2010 (2 SMMLV)                                                                $34,000
Sanción mínima 2009 (2 SMMLV)                                                                $33,000
Sanción extemporaneidad                                                                  5% mes o fracción
Sanción extemporaneidad con emplazamiento                                               10% mes o fracción
Sanción por corrección                                                                         10%
Sanción por corrección con emplazamiento                                                       20%
Inexactitud                                                                                   160%




Requisitos para pertenecer al régimen simplificado – Acuerdo 0321 de diciembre de 2011

El nuevo Estatuto Municipal, en sus Art. 92 y 93, estableció dos siguientes regímenes del
Impuesto de Industria y Comercio así:


                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201   Conmutador   57 (2) 661-5930
                             Edificio Avenida Estación                     57 (2) 668-1852
                             Cali- Colombia                   Fax          57 (2) 660-2006
                             www.alfredolopez.com.co          comunicaciones@alfredolopez.com.co


             EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012
   Régimen Simplificado siempre y cuando reúnan la totalidad de los siguientes requisitos:

    1. Que se trate de una persona natural
    2. Que ejerza la actividad gravable solo en un establecimiento de comercio o lugar físico
    3. Que el total de los ingresos brutos obtenidos por el ejercicio de la actividad gravada con
       el impuesto de Industria y Comercio durante el año gravable inmediatamente anterior,
       sea igual o inferior a quinientos (500) – ($12.566.000) UVT.

   Paso del régimen simplificado al régimen ordinario:

    Los contribuyentes clasificados en el régimen simplificado que incumplan con alguno de
    los requisitos establecidos en el articulo 92 del Acuerdo 0321 de 2011, pasarán al régimen
    ordinario a partir de la vigencia fiscal inmediatamente siguiente a aquella en la cual se
    registre el incumplimiento, quedando obligados a presentar y pagar la declaración privada
    del Impuesto de Industria y Comercio dentro del plazo tributario establecidos.

    Los contribuyentes que pertenezcan al Régimen Simplificado no estarán obligados a
    presentar la declaración anual de industria y comercio a partir del año gravable 2012 y
    deberán llevar el libro fiscal de sus operaciones diarias de acuerdo con el inciso 1 del
    artículo 616 de Estatuto Tributario Nacional. El impuesto será las retenciones que les
    practiquen.

    Los contribuyentes del Régimen Ordinario, están obligados a presentar y pagar la
    declaración anual de industria y comercio dentro de los plazos establecidos, incluyendo las
    declaraciones de retenciones en ICA.




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201   Conmutador   57 (2) 661-5930
                              Edificio Avenida Estación                     57 (2) 668-1852
                              Cali- Colombia                   Fax          57 (2) 660-2006
                              www.alfredolopez.com.co          comunicaciones@alfredolopez.com.co


             EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012




                                              YUMBO



                              DECLARACIÓN Y PAGO IMPUESTO
                             DE INDUSTRIA Y COMERCIO YUMBO
                 Último dígito NIT                                          PLAZO
             Todos los contribuyentes                                       30/abr/12

Nota: Las declaraciones y pago de retenciones a titulo de ICA en Yumbo, son las mismas de la
presentación de IVA


                                  REGIMEN SANCIONATORIO
Sanción mínima                                                                       $260.000
Sanción extemporaneidad                                                           5% mes o fracción
Sanción extemporaneidad con emplazamiento                                        10% mes o fracción
Sanción por corrección                                                                 10%
Sanción por corrección con emplazamiento                                               20%



                                        OTRAS OBLIGACIONES

                                               BOGOTÁ


                  IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO- RÉGIMEN COMÚN
Enero-Febrero                                         16/03/2012
Marzo-Abril                                           18/05/2012
Mayo -Junio                                           19/07/2012
Julio-Agosto                                          19/09/2012
Septiembre- Octubre                                   19/11/2012
Noviembre-Diciembre                                   18/01/2013


              IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO- RÉGIMEN SIMPLIFICADO
          Año gravable 2011                          17/02/2012
          Año gravable 2012                          19/02/2013



                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201      Conmutador   57 (2) 661-5930
                            Edificio Avenida Estación                        57 (2) 668-1852
                            Cali- Colombia                      Fax          57 (2) 660-2006
                            www.alfredolopez.com.co             comunicaciones@alfredolopez.com.co


             EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012
                                  REGIMEN SANCIONATORIO
Sanción mínima                                                                        $151,000
Sanción extemporaneidad                                                          1.5% mes o fracción
Sanción extemporaneidad con emplazamiento                                         3% mes o fracción
Sanción por corrección                                                                  10%
Sanción por corrección con emplazamiento                                                20%




                                        BARRANQUILLA


                         PLAZOS RES. DSN NO. 016 DE 2011
         DECLARACION Y PAGO ICA BARRANQUILLA GRANDES CONTRIBUYENTES
 Último
dígito NIT    ENERO      FEBRERO          MARZO               ABRIL             MAYO             JUNIO
     0       13/feb/12   15/mar/12       16/abr/12           15/may/12        15/jun/12         16/jul/12
     9       14/feb/12   16/mar/12       17/abr/12           16/may/12        19/jun/12         17/jul/12
     8       15/feb/12   20/mar/12       18/abr/12           17/may/12        20/jun/12         18/jul/12
     7       16/feb/12   21/mar/12       19/abr/12           18/may/12        21/jun/12         19/jul/12
     6       17/feb/12   22/mar/12       20/abr/12           22/may/12        22/jun/12         23/jul/12
     5       23/feb/12   23/mar/12       23/abr/12           23/may/12        25/jun/12         24/jul/12
     4       24/feb/12   26/mar/12       24/abr/12           24/may/12        26/jun/12         25/jul/12
     3       27/feb/12   27/mar/12       25/abr/12           25/may/12        27/jun/12         26/jul/12
     2       28/feb/12   28/mar/12       26/abr/12           28/may/12        28/jun/12         27/jul/12
     1       29/feb/12   29/mar/12       27/abr/12           29/may/12        29/jun/12         30/jul/12

 Último
dígito NIT    JULIO      AGOSTO       SEPTIEMBRE             OCTUBRE         NOVIEMBRE        DICIEMBRE
     0       15/ago/12   17/sep/12      16/oct/12            15/nov/12        13/dic/12        15/ene/13
     9       16/ago/12   18/sep/12      17/oct/12            16/nov/12        14/dic/12        16/ene/13
     8       17/ago/12   19/sep/12      18/oct/12            19/nov/12        17/dic/12        17/ene/13
     7       21/ago/12   20/sep/12      19/oct/12            20/nov/12        18/dic/12        18/ene/13
     6       22/ago/12   21/sep/12      22/oct/12            21/nov/12        19/dic/12        21/ene/13
     5       23/ago/12   24/sep/12      23/oct/12            22/nov/12        20/dic/12        22/ene/13
     4       24/ago/12   25/sep/12      24/oct/12            23/nov/12        21/dic/12        23/ene/13
     3       27/ago/12   26/sep/12      25/oct/12            26/nov/12        26/dic/12        24/ene/13
     2       28/ago/12   27/sep/12      26/oct/12            27/nov/12        27/dic/12        25/ene/13
     1       29/ago/12   28/sep/12      29/oct/12            28/nov/12        28/dic/12        28/ene/13



     DECLARACION Y PAGO DE RETENCIONES Y AUTORRETENCIONES REGIMEN COMUN
 Último
dígito NIT ENE-FEB MAR-ABR      MAY- JUN    JUL-AGO    SEP- OCT   NOV. - DIC.
     0     15/mar/12 15/may/12   16/jul/12  17/sep/12  15/nov/12   15/ene/13
     9     16/mar/12 16/may/12   17/jul/12  18/sep/12  16/nov/12   16/ene/13
     8     20/mar/12 17/may/12   18/jul/12  19/sep/12  19/nov/12   17/ene/13

                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201     Conmutador   57 (2) 661-5930
                           Edificio Avenida Estación                       57 (2) 668-1852
                           Cali- Colombia                     Fax          57 (2) 660-2006
                           www.alfredolopez.com.co            comunicaciones@alfredolopez.com.co


            EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012
    7       21/mar/12   18/may/12       19/jul/12           20/sep/12      20/nov/12          18/ene/13
    6       22/mar/12   22/may/12       23/jul/12           21/sep/12      21/nov/12          21/ene/13
    5       23/mar/12   23/may/12       24/jul/12           24/sep/12      22/nov/12          22/ene/13
    4       26/mar/12   24/may/12       25/jul/12           25/sep/12      23/nov/12          23/ene/13
    3       27/mar/12   25/may/12       26/jul/12           26/sep/12      26/nov/12          24/ene/13
    2       28/mar/12   28/may/12       27/jul/12           27/sep/12      27/nov/12          25/ene/13
    1       29/mar/12   29/may/12       30/jul/12           28/sep/12      28/nov/12          28/ene/13



 PAGO BIMESTRAL AUTORRETENCION
      REGIMEN SIMPLIFICADO                                   SANCION MINIMA DR. 1018 DE 2011
    ENE- FEB         30-mar-12                                5.6 UVT                    146,000
   MAR- ABR          30-may-12
    MAY- JUN          30-jul-12
    JUL- AGO         28-sep-12
    SEP- OCT         30-nov-12
    NOV- DIC         30-ene-12




 SANCION POR EXTEMPORANEIDAD ACUERDO 30
                  DE 2008
                 1.5% por cada mes o fracción
                 de mes del total impuesto a
                 cargo y/o retenciones
Antes de         practicadas. Cuando no resulte
emplazamiento    impuesto a cargo, la sanción
                 será de (1/2) salario mínimo
                 diario vigente al momento de
                 presentar la declaración
                 3% por cada mes o fracción de
                 mes del total impuesto a cargo
                 y/o retenciones practicadas, sin
                 exceder del 200% del impuesto
Posterior al
                 .Cuando no resulte impuesto a
emplazamiento
                 cargo, la sanción será de (1)
                 salario mínimo diario vigente al
                 momento de presentar la
                 declaración
                 10% mayor valor a pagar o
                 menor saldo a favor antes del
                 emplazamiento
Corrección
                 20% mayor valor a pagar o
                 menor saldo a favor posterior del
                 emplazamiento




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ
Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201   Conmutador   57 (2) 661-5930
                        Edificio Avenida Estación                     57 (2) 668-1852
                        Cali- Colombia                   Fax          57 (2) 660-2006
                        www.alfredolopez.com.co          comunicaciones@alfredolopez.com.co


          EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012




                      EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012
DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE
                             PLENO DE AMOR Y PAZ

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  • 1. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 Avenida 5 CN No 23 DN 04 Of. 201 Conmutador: 57(2)6615930 Edificio Avenida Estación 57(2)6681852 Cali Colombia Fax: 57(2)6602006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 2. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 VALORES TRIBUTARIOS BÁSICOS Valores históricos UVT 2012 2011 2010 2009 2008 2007 $ $ 26,049 25,132 $ 24,555 $ 23,763 $ 22,054 $ 20,974 AÑO GRAVABLE 2012 2011 2010 TRM - al 31 diciembre $1,942.70 $1,913.98 IPC 3.73% 3.17% DTF al 31 de diciembre 4.98% 3.47% Tarifa Impuesto de Renta 33% 33% 33% Tasa intereses presuntos 4.98% 3.47% 4.11% Reajuste fiscal de activos fijos 3.65% 2.35% Componente Inflacionario 81.70% 32.05% Deducción inversión en act. fijos 0% 0% 30% Sanción Mínima DIAN 10 UVT $ 260,000 $ 251,000 $ 246,000 15.000 Sanción máx. medio magnéticos UVT $ 390,735,000 $ 376,980,000 $ 368,325,000 Incremento de impuesto para beneficio de auditoría 2012 2011 2010 5 Veces la 18 meses inflación 18.65% 7.93% 7 Veces la 12 meses inflación 26.11% 9.51% 12 Veces la 06 meses inflación 44.76% 15.85% Vr Exento de 4 x 1000 350 UVT $ 9,117,000 $ 8,796,000 $ 8,594,000 Act. fijos deprec. en año de adquisición 50 UVT $ 1,302,000 $ 1,257,000 $ 1,228,000 Sanción máx. atraso libros contabilidad 20.000 UVT $520,980,000 $502,640,000 $491,100,000 Obligatoriedad de firma por contador público (Art 602 ET) Declaración de Renta: Contribuyentes no obligados a tener revisor fiscal, obligados a llevar libros de contabilidad cuando el patrimonio bruto en el ultimo día del año o periodo gravable. o los ingresos brutos del 2011 2010 2009 100.00 respectivo año sean superiores a 0 UVT $ 2,604,900,000 $ 2,513,200,000 $ 2,455,500,000 y declaraciones de IVA cuando presente saldo a favor Obligatoriedad de tener revisor fiscal (Art 203 Cód. Cio) Las sociedades por acciones, sucursales de sociedades extranjeras, las sociedades en las que por ley o por estatutos la administración no corresponda a todos los socios y que los excluidos de la administración así lo soliciten y representen el 20%, y todas las demás que respecto al último día del año inmediatamente anterior excedan: 2012 2011 2010 Activos Brutos 5.000 SMMLV $2,678,000,000 $2,575,000,000 $2,484,500,000 Ingresos Brutos 3.000 SMMLV $1,606,800,000 $1,545,000,000 $1,490,700,000 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 3. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 TASA DE USURA 2010-2012 INTERES DE MORA DIAN 2012 2011 2010 E.A Nom. Diaria E.A Nom Diaria E.A Nom Diaria Ene - Mar 29.88% 0.071653% 23.42% 0.057667% 24.21% 0.059416% Abr - Jun 26.54% 0.064511% 22.97% 0.056665% Jul - Sep 27.95% 0.067549% 22.41% 0.055414% Oct - Dic 29.09% 0.069981% 21.32% 0.052962% CIFRAS LABORALES BÁSICAS AÑO GRAVABLE UN 2012 2011 2010 Salario Mínimo $566,700 $535,600 $515,000 Auxilio de transporte $67,800 $63,600 $61,500 Salario Integral 13 SMMLV $7,367,100 $6,962,800 $6,695,000 Tope máximo para cotizar pensión y EPS 25 SMMLV $14,167,500 $13,390,000 $12,875,000 Aportes Parafiscales Total Caja ICBF SENA 9% 4% 3% 2% Aportes EPS Total Empleador Empleado 12.5% 8.5% 4.0% Aportes Pensiones Total Empleador Empleado 16.0% 12.0% 4.0% Aportes al Fondo de Solidaridad Pensional SMMLV Aporte Empleados que devenguen al mes más de: 4 a 16 1,0% 16 a 17 1,2% 17 a 18 1,4% 18 a 19 1,6% 19 a 20 1,8% + de 20 2,0% EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 4. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 CALENDARIO TRIBUTARIO 2012 D.R. 4907 de 2011 IMPUESTO A LAS VENTAS Último dígito NIT ENE - FEB MAR - ABR MAY- JUN JUL- AGO SEP- OCT NOV - DIC 1 8/mar/12 9/may/12 10/jul/12 10/sep/12 9/nov/12 10/ene/13 2 9/mar/12 10/may/12 11/jul/12 11/sep/12 13/nov/12 11/ene/13 3 12/mar/12 11/may/12 12/jul/12 12/sep/12 14/nov/12 14/ene/13 4 13/mar/12 14/may/12 13/jul/12 13/sep/12 15/nov/12 15/ene/13 5 14/mar/12 15/may/12 16/jul/12 14/sep/12 16/nov/12 16/ene/13 6 15/mar/12 16/may/12 17/jul/12 17/sep/12 19/nov/12 17/ene/13 7 16/mar/12 17/may/12 18/jul/12 18/sep/12 20/nov/12 18/ene/13 8 20/mar/12 18/may/12 19/jul/12 19/sep/12 21/nov/12 21/ene/13 9 21/mar/12 22/may/12 23/jul/12 20/sep/12 22/nov/12 22/ene/13 0 22/mar/12 23/may/12 24/jul/12 21/sep/12 23/nov/12 23/ene/13 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE RENTA, TIMBRE E IVA Último dígito NIT ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO 1 8/feb/12 8/mar/12 11/abr/12 9/may/12 8/jun/12 10/jul/12 2 9/feb/12 9/mar/12 12/abr/12 10/may/12 12/jun/12 11/jul/12 3 10/feb/12 12/mar/12 13/abr/12 11/may/12 13/jun/12 12/jul/12 4 13/feb/12 13/mar/12 16/abr/12 14/may/12 14/jun/12 13/jul/12 5 14/feb/12 14/mar/12 17/abr/12 15/may/12 15/jun/12 16/jul/12 6 15/feb/12 15/mar/12 18/abr/12 16/may/12 19/jun/12 17/jul/12 7 16/feb/12 16/mar/12 19/abr/12 17/may/12 20/jun/12 18/jul/12 8 17/feb/12 20/mar/12 20/abr/12 18/may/12 21/jun/12 19/jul/12 9 20/feb/12 21/mar/12 23/abr/12 22/may/12 22/jun/12 23/jul/12 0 21/feb/12 22/mar/12 24/abr/12 23/may/12 25/jun/12 24/jul/12 Último dígito NIT JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE 1 9/ago/12 10/sep/12 8/oct/12 9/nov/12 10/dic/12 10/ene/13 2 10/ago/12 11/sep/12 9/oct/12 13/nov/12 11/dic/12 11/ene/13 3 13/ago/12 12/sep/12 10/oct/12 14/nov/12 12/dic/12 14/ene/13 4 14/ago/12 13/sep/12 11/oct/12 15/nov/12 13/dic/12 15/ene/13 5 15/ago/12 14/sep/12 12/oct/12 16/nov/12 14/dic/12 16/ene/13 6 16/ago/12 17/sep/12 16/oct/12 19/nov/12 17/dic/12 17/ene/13 7 17/ago/12 18/sep/12 17/oct/12 20/nov/12 18/dic/12 18/ene/13 8 21/ago/12 19/sep/12 18/oct/12 21/nov/12 19/dic/12 21/ene/13 9 22/ago/12 20/sep/12 19/oct/12 22/nov/12 20/dic/12 22/ene/13 0 23/ago/12 21/sep/12 22/oct/12 23/nov/12 21/dic/12 23/ene/13 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 5. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 DR. 0019 Enero de 2012 En su Art. 57, este decreto establece la eficacia de las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total, adicionando al Art. 580-1 del E.T., el siguiente inciso: "La declaración de retención en la fuente que se haya presentado sin pago total antes del vencimiento del plazo para declarar, producirá efectos legales, siempre y cuando el pago de la retención se efectúe o se haya efectuado dentro del plazo fijado para ello en el ordenamiento jurídico". DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS DECLARACIÓN DE INGRESOS Y PATRIMONIO GRANDES CONTRIBUYENTES Último Pago Declaración y 3ª cuota dígito NIT 1ª Cuota Pago 2ª cuota Min 20% del vr a pagar 2010 50% 50% 1 08-feb-12 11/abr/12 8/jun/12 2 09-feb-12 12/abr/12 12/jun/12 3 10-feb-12 13/abr/12 13/jun/12 4 13-feb-12 16/abr/12 14/jun/12 5 14-feb-12 17/abr/12 15/jun/12 6 15-feb-12 18/abr/12 19/jun/12 7 16-feb-12 19/abr/12 20/jun/12 8 17-feb-12 20/abr/12 21/jun/12 9 20-feb-12 23/abr/12 22/jun/12 0 21/feb/12 24/abr/12 25/jun/12 PERSONAS JURÍDICAS Y DEMÁS CONTRIBUYENTES Último Declaración y Pago dígito NIT Pago 1ª cuota 2ª cuota 50% 50% 1 11/abr/12 8/jun/12 2 12/abr/12 12/jun/12 3 13/abr/12 13/jun/12 4 16/abr/12 14/jun/12 5 17/abr/12 15/jun/12 6 18/abr/12 19/jun/12 7 19/abr/12 20/jun/12 8 20/abr/12 21/jun/12 9 23/abr/12 22/jun/12 0 24/abr/12 25/jun/12 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 6. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS DECLARACIÓN DE INGRESOS Y PATRIMONIO PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILIQUIDAS Dos Últimos dígitos NIT Declarac. y Pago 96 a 00 9/ago/12 91 a 95 10/ago/12 86 a 90 13/ago/12 81 a 85 14/ago/12 76 a 80 15/ago/12 71 a 75 16/ago/12 66 a 70 17/ago/12 61 a 65 21/ago/12 56 a 60 22/ago/12 51 a 55 23/ago/12 46 a 50 24/ago/12 41 a 45 27/ago/12 36 a 40 28/ago/12 31 a 35 29/ago/12 26 a 30 30/ago/12 21 a 25 31/ago/12 16 a 20 3/sep/12 11 a 15 4/sep/12 06 a 10 5/sep/12 01 a 05 6/sep/12 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 7. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 TABLA DEL IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS Art. 241 ET Rangos en UVT Tarifa marginal Impuesto Desde Hasta 0 >0 1,090 0% (Renta gravable o ganancia ocasional > 1.090 1,700 19% gravable expresada en UVT menos 1.090 UVT)*19% (Renta gravable o ganancia ocasional >1.700 4,100 28% gravable expresada en UVT menos 1.700 UVT)*28% mas 116 UVT. (Renta gravable o ganancia ocasional >4100 En adelante 33% gravable expresada en UVT menos 4.100 UVT)*33% mas 788 UVT Para las declaraciones tributarias que arrojen un saldo a pagar inferior a 41 UVT ($1.068.000) el plazo vence el mismo día señalado para su presentación, debiendo cancelarse en una sola cuota. RESIDENTES EN EL EXTERIOR RESIDENTES EN EL EXTERIOR PLAZO PARA PRESENTACIÓN PLAZO PARA CANCELAR Último Último Hasta el día Hasta el día dígito NIT dígito NIT 1 10/sep/12 1 8/oct/12 2 11/sep/12 2 9/oct/12 3 12/sep/12 3 10/oct/12 4 13/sep/12 4 11/oct/12 5 14/sep/12 5 12/oct/12 6 17/sep/12 6 16/oct/12 7 18/sep/12 7 17/oct/12 8 19/sep/12 8 18/oct/12 9 20/sep/12 9 19/oct/12 0 21/sep/12 0 22/oct/12 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 8. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 OS DE TRANSFRENCIA PRECIOS DE TRANSFERENCIA DECRETO 4907 DE 2011 S DE RANSFERENCIA Están obligados a presentar declaración informativa individual de precios de transferencia por el año gravable 2011: a) Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, que en dicho año gravable hubieran celebrado operaciones con vinculados económicos o partes relacionadas domiciliados o residentes en el exterior y cuyo patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2011 hubiera sido igualo superior al equivalente a cien mil (100.000) UVT ($ 2.513.200.000) o cuyos ingresos brutos en el mismo año hubieran sido iguales o superiores al equivalente a sesenta y un mil (61.000) UVT. ($1.533.052.000). b) Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios residentes o domiciliados en Colombia que en dicho año gravable hubieran realizado operaciones con residentes o domiciliados en paraísos fiscales, aunque su patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2011 o sus ingresos brutos en el mismo año, hubieran sido inferiores a los topes señalados en el literal anterior, salvo que desvirtúen la presunción prevista en el Parágrafo 2 del artículo 260-6 del Estatuto Tributario. PRECIOS DE TRANSFERENCIA DECRETO 4907 DE 2011 Último Declaración dígito NIT Individual 1 10/jul/12 2 11/jul/12 3 12/jul/12 Último Declaración 4 13/jul/12 dígito NIT Consolidada 5 16/jul/12 1,2,3,4,5 24/jul/12 6 17/jul/12 6,7,8,9,0 25/jul/12 7 18/jul/12 8 19/jul/12 9 23/jul/12 0 24/jul/12 Declaración consolidada: en los casos de subordinación, control o grupo empresarial. EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 9. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 IMPUESTO AL PATRIMONIO Último dígito NIT Pago Tercera Cuota Pago Cuarta Cuota 1 9/may/12 10/sep/12 2 10/may/12 11/sep/12 3 11/may/12 12/sep/12 4 14/may/12 13/sep/12 5 15/may/12 14/sep/12 6 16/may/12 17/sep/12 7 17/may/12 18/sep/12 8 18/may/12 19/sep/12 9 22/may/12 20/sep/12 0 23/may/12 21/sep/12 Tarifa Patrimonio Líquido Año Pago DR 4825 de Diciembre 2010 1.0% = o > 1.000MM a 2.000MM a enero de 2.011 2011 - 2014 1.4% 2.000MM a 3.000MM a enero de 2.011 2011 - 2014 LEY 1370 de 2009 2.4% 3.000MM a 5.000MM a enero de 2.011 2011 - 2014 4.8% > 5.000MM a enero de 2.011 2011 - 2014 25% Sobretasa al impuesto al patrimonio El artículo 5 de dicho Decreto-Ley 4825/10 ordenó que todas las personas jurídicas constituidas durante el 2010 (sin importar su naturaleza) y todas las personas jurídicas que surgieron de procesos de escisión durante el 2010, o todos los que hayan hecho cualquier otra forma de fraccionamiento del patrimonio durante el 2010, tendrían que consolidar la riqueza de la persona jurídica y de la de todos sus dueños en enero 1 de 2011 para saber si excedían o no el tope de $1.000.000.000 y con ello decidir si debían responder o no por el impuesto al patrimonio y con cuál tarifa, sin embargo, la Corte Constitucional estableció que exigir esa consolidación de riquezas a las sociedades que ya estaban creadas entre enero 1 y diciembre 29 de 2010, o las entidades que habían surgido de procesos de escisión en esas mismas fechas, era violatorio del principio de irretroactividad de las normas tributarias que se establece en el artículo 363 de la Constitución Política de Colombia. Por lo anterior, en la Sentencia C-243 del 4 de abril de 2011 se declaró exequible condicionalmente la norma, indicando que las personas jurídicas constituidas entre enero 1 y diciembre 29 de 2010, y las que surgieron de escisiones en esas fechas, o los que hicieron otras EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 10. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 formas de fraccionamiento del patrimonio en esas fechas, no tendrán que hacer consolidación de riquezas para efectos del Impuesto al Patrimonio de enero de 2011, en consecuencia, la consolidación de riquezas solo se podrá aplicar a los que hicieron dichas operaciones entre diciembre 30 y 31 de 2010. De igual manera la Ley 1430 de 2010 en su artículo 10, realizó modificación a los incisos 1 y 2 del Art. 296 E.T., quedando así:  “Del dos punto cuatro por ciento (2.4%) sobre la base gravable prevista en el artículo 295-1, cuando el patrimonio líquido sea igual o superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000) y hasta cinco mil millones de pesos ($ 5.000.000.000).  Del cuatro punto ocho por ciento (4.8%) sobre la base gravable prevista en el artículo 295-1, cuando el patrimonio líquido sea superior a cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000)”. Y adiciono dos incisos a dicho artículo, quedando así:  “Para efectos de lo dispuesto en el artículo 293-1 las sociedades que hayan efectuado procesos de escisión durante el año gravable 2010, deberán sumar los patrimonios líquidos poseídos a 1° de enero de 2011 por las sociedades escindidas y beneficiarias con el fin de determinar su sujeción al impuesto. Cuando la sumatoria de los patrimonios líquidos poseídos a 1° de enero de 2011 sea igual o superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000) y hasta cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000), cada una de las sociedades escindidas y beneficiarias estarán obligadas a declarar y pagar el impuesto al patrimonio a la tarifa del dos punto cuatro por ciento (2.4%) liquidado sobre sus respectivas bases gravables. Cuando la sumatoria de los patrimonios líquidos poseídos a 1° de enero de 2011 sea superior a cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000), cada una de las sociedades escindidas y beneficiarias estarán obligadas a declarar y pagar el impuesto al patrimonio a la tarifa del cuatro punto ocho por ciento (4.8%) liquidado sobre sus respetivas bases gravables.  Así mismo, para efectos de lo dispuesto en el artículo 293-1 las personas naturales o jurídicas que, de conformidad con la Ley 1258 de 2008, hayan constituido sociedades por acciones simplificadas durante el año gravable 2010, deberán sumar los patrimonios líquidos poseídos a 1° de enero de 2011 por las personas naturales o jurídicas que las constituyeron y por las respectivas S.A.S. con el fin de determinar su sujeción al impuesto. Cuando la sumatoria de los patrimonios líquidos poseídos a 1° de enero de 2011 sea igual o superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000) y hasta cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000), las personas naturales o jurídicas que las constituyeron y que cada una de las S.A.S. estarán obligadas a declarar y pagar el impuesto al patrimonio a la tarifa del dos punto cuatro por ciento (2.4%) liquidado sobre sus respectivas bases gravables. Cuando la sumatoria de los patrimonios líquidos poseídos a 1° de enero de 2011 sea superior a cinco mil millones de pesos (5.000.000.000), las EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 11. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 personas naturales o jurídicas que las constituyeron y cada una de las S.A.S. estarán obligadas a declarar y pagar el impuesto al patrimonio a la tarifa del cuatro punto ocho por ciento (4.8%) liquidado sobre sus respectivas bases gravables. Las personas naturales o jurídicas que las constituyeron responderán solidariamente por el impuesto al patrimonio, actualización e interés de las S.A.S. a prorrata de sus aportes”. También, mediante Sentencia C-635 del 25 de agosto de 2011, la Honorable Corte Constitucional declaró la exequibilidad condicionada de los incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo del artículo 10 de la Ley 1430 de 2010 "en el entendido de que los procesos de escisión, la constitución de sociedades por acciones simplificadas y la responsabilidad solidaria a que se refieren sólo pueden comprender los actos ocurridos a partir del 29 de diciembre de 2010". . EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 12. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 TOPES PARA DECLARAR NO OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN DE RENTA POR EL AÑO GRAVABLE CONTRIBUYENTES DE MENORES INGRESOS Que no sea responsable del impuesto sobre las ventas y que con respecto al año gravable cumplan con: UVT 2012 2011 2010 Ingresos totales obtenidos durante el año gravable 1,400 $36,469,000 $35,185,000 $34,377,000 1 inferiores a: 2 Patrimonio bruto al 31 dic del mismo año gravable 4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000 3 Consumos con tarjeta de crédito inferiores a: 2,800 $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000 4 Total de compras y consumos inferiores a: 2,800 $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000 5 Total acumulado de consignaciones bancarias, 4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000 depósitos o inversiones financiera, inferior a: ASALARIADOS Ingresos brutos, (incluye ingresos por pensión de jubilación, vejez, invalidez y muerte, no deben incluirse ingresos por enajenación de activos fijos, ni los provenientes de loterías, rifas apuestas o similares) que provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral, que no sean responsables del impuesto sobre las ventas y que con respecto al año gravable cumplan con: UVT 2012 2011 2010 1 Patrimonio bruto al 31 dic del mismo año gravable 4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000 Ingresos totales obtenidos durante el año gravable 4,073 $106,098,000 $102,363,000 $100,013,000 2 inferiores a: 3 Consumos con tarjeta de crédito inferiores a: 2,800 $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000 4 Total de compras y consumos inferiores a: 2,800 $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000 5 Total acumulado de consignaciones bancarias, 4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000 depósitos o inversiones financiera, inferior a: TRABAJADORES INDEPENDIENTES Que no sea responsable del impuesto sobre las ventas, cuyos ingresos brutos se encuentren facturados y de los mismos mínimo un 80% se originen en honorarios, comisiones y servicios, sobre los cuales se hubiere practicado retención en la fuente y que además respecto al año gravable cumpla con: UVT 2012 2011 2010 1 Patrimonio bruto al 31 dic del mismo año gravable 4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000 Ingresos totales obtenidos durante el año 3,300 $85,962,000 $82,936,000 $81,032,000 2 gravables inferiores a: 3 Consumos con tarjeta de crédito inferiores a: 2,800 $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000 4 Total de compras y consumos inferiores a: 2,800 $72,937,000 $70,370,000 $68,754,000 5 Total acumulado de consignaciones bancarias, 4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000 depósitos o inversiones financiera, inferior a: PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS EXTRANJERAS Las personas naturales, jurídicas y extranjeras sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos a retención en la fuente de que trata los artículos 407 a 411, inclusive, del E.T, y que dicha retención se les haya practicado. EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 13. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 REQUISITOS PARA PERTENECER AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO (Art 499 E.T.) Para permanecer en el régimen simplificado se debe cumplir con los siguientes requisitos: UVT 2011 2011 2010 1 Ingresos brutos inferiores a: 4,000 $104,196,000 $100,528,000 $98,220,000 2 Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina sede o negocio Que no desarrollen actividades bajo franquicia, 3 concesión regalía u otro sistema que implique la explotación de intangibles 4 Que no sean usuarios aduaneros 5 Que no hayan celebrado contratos de venta de 3,300 $85,962,000 $82,936,000 $81,032,000 bienes o servicios gravados superiores a: 6 Que el monto de sus consignaciones bancarias, 4,500 $117,221,000 $113,094,000 $110,498,000 depósitos o inversiones financieras no supere: DR. 019 DE 2012 Es de resaltar que el Decreto 019 de 2012 estableció en sus artículos 70 y 71, las nuevas obligaciones para las personas del régimen simplificado y del régimen común, a continuación detallamos los aspectos relevantes: - Las personas del régimen simplificado del IVA podrán realizar la formalización de la inscripción y actualización del RUT a través del portal de la DIAN. - A partir del año 2013, la DIAN deberá permitir que las personas del régimen simplificado puedan presentar las declaraciones y la información exógena a través de mecanismos digitales. - A partir de julio de 2012, las personas naturales y jurídicas del régimen común podrán, a través de mecanismos digitales, presentar las declaraciones y la información exógena de manera electrónica y actualizar la información del RUT que determine la DIAN, por medio electrónico. PLAZOS PARA EXPEDIR CERTIFICADOS D.R. 4907 de 2011 TIPO DE CERTIFICADOS PLAZO 1 Retención en la fuente, ingresos y retenciones y GMF. 16/03/2012 Valor patrimonial de los aportes y acciones, participaciones 2 y dividendos gravados y no gravados abonados en cuenta Dentro de los 15 días calendario en calidad de exigibles para los socios o accionistas. siguientes a la fecha de solicitud. 3 Parte no gravada de los rendimientos financieros pagados Dentro de los 15 días calendario a los ahorradores. siguientes a la fecha de solicitud. A más tardar el último día del mes 4 Retención de Timbre. siguiente a aquel en el cual se causó el impuesto de timbre y debió efectuarse la retención. Dentro de los 15 días calendario 5 Retención de IVA. siguientes al bimestre en que se practicó la retención. EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 14. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 RETENCIÓN EN LA FUENTE POR SALARIOS - 2012 CONCEPTO PROCEDIMIENTO 1 PROCEDIMIENTO 2 Ingresos laborales excepto cesantías e Devengados 12 meses anteriores (dic a Recibidos en el mes intereses a las cesantías nov) (jun a may) INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL (-) Aportes obligatorios y voluntarios al Máximo 30% de los ingresos Máximo 30% de los ingresos devengados fondo de pensiones recibidos en el mes en los 12 meses anteriores (-) Aportes a las cuentas AFC = SUBTOTAL INGRESOS NETOS INGRESOS NETOS (-) RENTAS EXENTAS Las contempladas en el artículo 206 del E.T. = SUBTOTAL BASE PARA CALCULAR EL 25% BASE PARA CALCULAR EL 25% 25% de los ingresos netos recibidos 25% de los ingresos netos, sin exceder (-) Rentas Exentas (art 206 ET num 10) en el mes, sin exceder 240 UVT 240 UVT mensuales ($75.021.000) ($ 6.252.000) = SUBTOTAL BASE GRAVABLE BASE GRAVABLE Base gravable dividido entre 13 o Promedio ingresos gravables = BASE GRAVABLE proporcional al tiempo laborado DEDUCCIONES Aportes al sistema de salud obligatoria -100% de los aportes del mes, sin 100% del promedio de aportes del año (-) EPS limite gravable inmeditamente anterior Proporción mensual según Proporción mensual según certificado. certificado. Limitado al 15% del Limitado al 15% del ingreso gravable ingreso gravable mensual. Solo aplica Pagos efectuados por Planes mensual. Solo aplica para empleados que (-) para empleados que durante el año Adicionales de Salud y Educación durante el año anterior (2011) hayan anterior (2011) hayan obtenido obtenido ingresos inferiores a 4.600 UVT ingresos inferiores a 4.600 UVT ($115.607.000) ($115.607.000) Proporcion mensual según certificado. Proporcion mensual según Limitado a 100 UVT Intereses y UVR por préstamos para certificado. Limitado a 100 UVT mensuales($2.605.000), 1200 UVT (-) vivienda o costo financiero por leasing ($2.605.000). No puede concurrir con anuales ($ 31.259.000). No puede habitacional la deduccion por gastos de salud y concurrir con la deduccion por gastos de educación. salud y educación. INGRESOS MENSUALES INGRESOS MENSUALES SOMETIDOS A = TOTAL SOMETIDOS A RETENCIÓN RETENCIÓN APLICACIÓN DE LA TABLA DE RETENCIÓN base mensual de retención / UVT base mensual de retención / UVT Conversión a UVT ($26.049) ($26.049) Determinar el rango según tabla de Determinar el rango según tabla de Rango retención y aplicar la formula retención y aplicar la formula correspondiente. correspondiente. TABLA DE RETENCIÓN Rango Desde Hasta Tarifa Marginal Impuesto en UVT 1 0 95 0% 0 (Ingreso laboral gravado expresado en 2 95 150 19% UVT menos 95 UVT)*19% (Ingreso laboral gravado expresado en 3 150 360 28% UVT menos 150 UVT)*28% más 10 UVT (Ingreso laboral gravado expresado en 4 >360 33% UVT menos 360 UVT)*33% más 69 UVT Impuesto en UVT calculado según la tabla % RETENCIÓN EN LA FUENTE dividido entre el salario expresado en UVT. Impuesto en UVT calculado según la aplicación del % fijo mensual a los RETENCIÓN EN LA FUENTE tabla por valor de la UVT ($26.049) ingresos mensuales depurados. EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 15. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 RETENCIÓN EN LA FUENTE TRABAJADORES INDEPENDIENTES DR. 3590 DE 2011 ARTÍCULO 1. Aplicación de la tabla de retención para trabajadores independientes. Para la aplicación de la tabla de retención en la fuente contenida en el articulo 383 del Estatuto Tributario, el trabajador independiente deberá allegar en todos los casos ante el agente retenedor, una certificación que se entenderá expedida bajo la gravedad del juramento que contenga los siguientes requisitos: a) Identificación del trabajador Independiente; b) Régimen del impuesto sobre las ventas al que pertenece; c) Relación del contrato o contratos de prestación de servicios que originan pagos en el respectivo mes, incluyendo el contrato suscrito con la entidad ante la cual se certifica, detallando el nombre o razón social y NIT de los contratantes, valor total discriminado por contrato, y fechas de iniciación y de terminación en cada caso; d) Los valores pagados y/o por pagar en el respectivo mes por cada contrato discriminando el valor del servicio y el valor del impuesto sobre las ventas en los casos en que haya lugar y los valores totales mensuales, La presentación de la certificación a que hace referencia el presente artículo, deberá efectuarse dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes y es requisito para el pago o abono en cuenta al contratista. EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 16. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE 2012 A partir A partir de Rubro Concepto Tarifa de (cifra (cifra en en UVT) pesos) Ingresos originados en una Salarios relación laboral o legal y reglamentaria. Tabla Art 383 del E.T 95 $ 2,475,000 Compras en general 3.5% 27 $ 703,000 Compras de bienes y productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial. 1.5% 92 $ 2,397,000 Compras Compra de café pergamino o cereza. 0.5% 160 $ 4,168,000 Compra de combustible o derivados del petróleo. 0.1% No aplica $1 Servicios en general (personas jurídicas y a las naturales declarantes de renta). 4% 4 $ 104,000 Servicios en general (personas naturales NO declarantes de renta). 6% 4 $ 104,000 Servicios prestados por empresas temporales. 1% 4 $ 104,000 Servicios de vigilancia y aseo prestados por empresas de vigilancia y aseo. 2% 4 $ 104,000 Servicios integrales de salud. 2% 4 $ 104,000 Servicios de hoteles, Servicios restaurantes, hospedaje. 3.5% 4 $ 104,000 Servicios de transporte nacional de carga (terrestre, marítimo o aéreo). 1% 4 $ 104,000 Servicios de transporte nacional de pasajeros. (terrestre). 3.5% 27 $ 703,000 Servicios de transporte nacional de pasajeros. (aéreo, marítimo). 1% 4 $ 104,000 Servicio de transporte internacional de carga (terrestre). 1% 4 $ 104,000 Servicios de transporte internacional de pasajeros (terrestre). 3.5% 27 $ 703,000 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 17. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE 2012 Honorarios y Comisiones (cuando el beneficiario del pago sea persona jurídica o asimilada). 11% No aplica $1 Honorarios y Comisiones (cuando el beneficiario del pago sea una persona natural). 10% No aplica $1 Nota 1: Si los ingresos del contrato superan en el 2.012 3300 UVT = 85.962.000 11% $1 Nota 2: A partir de la fecha en que excedan los pagos o abonos en cuenta en el 2.012 3300 UVT = 85.962.000 11% $1 Rendimientos Financieros (Intereses). 7% No aplica $1 Otros Loterías, Rifas, Apuestas y conceptos Similares. 20% 48 $ 1,250,000 tributarios Enajenación de Activos Fijos. art 398 y 606 par 4º ET. 1% No aplica $1 Pagos a establecimientos comerciales realizados con tarjeta débito o crédito. 1.5% No aplica $1 Emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales que sean declarantes de renta. 4% 27 $ 703,000 Emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales que NO sean declarantes de renta. 3.5% 27 $ 703,000 Dividendos gravados. 20%, ó 33% según el tipo de socio de que se trate No aplica $1 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 18. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE DEL IVA 2012 BASE CONCEPTO TARIFA BASE EN $ EN UVT Retención en la Fuente del IVA 1 50% del IVA 27 (Bienes Gravados). $ 703,000 Retención en la Fuente del IVA 2 50% del IVA 4 (Servicios Gravados). $ 104,000 Retención en la Fuente del IVA 3 (Operaciones con tarjetas débito 10% del IVA No aplica 100% y crédito ). OVEEDORES DE SOCIEDADES DE COERCIALIZCION INTERNACIONAL C.I. PROVEEDORES DE SOCIEDADES DE COMERCIALIZACIÓN INTERNACIONAL La ley 1430 de 2010, adiciono el numeral 2 al Art 437 del E.T., el cual estableció que actuarían como agentes de retención del impuesto sobre las ventas los responsables del régimen común, proveedores de las Sociedades de Comercialización Internacional C.I., cuando adquieran bienes corporales muebles o servicios gravados de personas que pertenezcan al régimen común, distintos de los agentes de retención mencionados en los numerales 1 y 2 o cuando el pago se realice a través de entidades financieras en los términos del Art. 376 -1 del E.T. Posteriormente el Decreto 493 de febrero 23 del 2011, estableció una retención en la fuente del 75% en las operaciones que realizan los proveedores de Sociedades de Comercialización Internacional del régimen común cuando adquieran bienes o servicios gravados de otros responsables del régimen común. Finalmente y mediante el Decreto 1919 de junio 01 de 2011, se aclaró que existían proveedores de Sociedades de Comercialización Internacional grandes contribuyentes los cuales tenían la calidad de agentes de retención del impuesto sobre las ventas, entre otras razones por el alto volumen de sus operaciones y al recaudo de por concepto de impuesto nacionales, por tal razón estos proveedores deberán seguir reteniendo el 50% del valor del impuesto sobre las ventas por bienes y servicios gravados que adquieran de responsables del régimen común. Además de lo anterior, se adiciono un inciso al Art. 1 del Decreto 493 de 2011, el cual establece que: “Los Grandes Contribuyentes que sean proveedores de Sociedades de Comercialización Internacional, cuando realicen pagos o abonos en cuenta por adquisición de bienes o servicios gravados de responsables del régimen común, deben efectuar la retención del cincuenta por ciento (50%) del valor del impuesto sobre las ventas, acorde con lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto 2502 de 2005”. EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 19. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 ENVÍO DE INFORMACIÓN A SUPERSOCIEDADES CIRCULAR EXTERNA 115-00004 DE 2011 PROGRAMACIÓN DE ENVÍO DE PROGRAMACIÓN DE ENVÍO DE INFORMACIÓN FINANCIERA INFORME DE PRÁCTICAS EMPRESARIALES Últimos dígitos NIT PLAZO Últimos dígitos NIT PLAZO 96-00 12/mar/12 96-00 23/abr/12 91-95 13/mar/12 91-95 24/abr/12 86-90 14/mar/12 86-90 25/abr/12 81-85 15/mar/12 81-85 26/abr/12 76-80 16/mar/12 76-80 27/abr/12 71-75 20/mar/12 71-75 30/abr/12 66-70 21/mar/12 66-70 2/may/12 61-65 22/mar/12 61-65 3/may/12 56-60 23/mar/12 56-60 4/may/12 51-55 26/mar/12 51-55 7/may/12 46-50 27/mar/12 46-50 8/may/12 41-45 28/mar/12 41-45 9/may/12 36-40 29/mar/12 36-40 10/may/12 31-35 30/mar/12 31-35 11/may/12 26-30 9/abr/12 26-30 14/may/12 21-25 10/abr/12 21-25 15/may/12 16-20 11/abr/12 16-20 16/may/12 11-15 12/abr/12 11-15 17/may/12 06-10 13/abr/12 06-10 18/may/12 01-05 16/abr/12 01-05 22/may/12 PLAZOS PARA ENVÍO DE ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS Hasta el 30 de abril de 2012 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 20. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 OBLIGADOS A PRESENTAR MEDIOS MAGNÉTICOS RS. 11429 Octubre 31 de 2011 1 Las personas naturales y asimiladas, personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, cuando sus ingresos brutos del año gravable 2010, sean superiores a quinientos millones de pesos ($ 500.000.000). 2 Las personas jurídicas o sociedades de hecho, que sean beneficiarias de la progresividad en el pago en el impuesto sobre la renta a que se refiere el artículo 4 y el Parágrafo 4 del artículo 50 de la Ley 1429 de 2010 y/o de los descuentos tributarios a que se refieren los artículos 9, 10, 11 y 13 Ibídem, independiente del monto de ingresos percibidos en el respectivo periodo gravable. 3 Grandes contribuyentes a la fecha de publicación de la resolución 4 Todas las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos mutuos de inversión, carteras colectivas, (para los fondos y carteras colectivas, téngase en cuenta el Decreto 2555 de 2010, que recogió y reexpidió las normas del sector financiero, asegurador y del mercado de valores), los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas, que hayan practicado retenciones en la fuente durante el año gravable 2011. Las demás personas naturales y jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho cuando hayan efectuado retenciones en la fuente por un valor total acumulado igual o superior a tres millones de pesos ($ 3.000.000) durante el año gravable 2011. 5 Todos los agentes retenedores. Las demás personas naturales y jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho cuando hayan efectuado retenciones en la fuente por un valor total acumulado igual o superior a tres millones de pesos ($ 3.000.000) durante el año gravable 2011. 6 Consorcios y Uniones Temporales. 7 Mandatarios y/o contratistas por cada contrato. 8 Las personas o entidades que actuaron en condición de “operador” o quien haga sus veces, en condición de “solo riesgo” o poseedoras del título minero, en los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, independientemente del monto de sus ingresos. 9 Sociedades Fiduciarias que durante 2011 administraron patrimonios autónomos y encargos fiduciarios. 10 Entes públicos del nivel nacional y territorial no obligados a presentar declaración de Ingresos y Patrimonio. 11 Secretarios generales y/o quienes hagan sus veces en los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional no enunciados en los literales a), c) o i) del presente artículo, independientemente de la cuantía de los ingresos obtenidos. (Modificado según resolución 013484 de diciembre de 2011 Art. 3) 12 Las personas naturales y asimiladas, personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas, obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, que hayan recibido ingresos para terceros, cuando la suma de los ingresos propios mas los ingresos recibidos para terceros, en el año 2011, sea superior a quinientos millones de pesos ($500.000.000). EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 21. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 Nota: Con la resolución 11429 de octubre de 2011, se unifican los formatos 1001 y 1002, los cuales deberán reportarse, de acuerdo con las especificaciones contempladas en dicha resolución PLAZOS PARA PRESENTAR MEDIOS MAGNÉTICOS NACIONALES Resoluciones 11429 de octubre de 2011 y 013484 de diciembre de 2011 GRANDES CONTRIBUYENTES PERSONAS NATURALES, JURÍDICAS Y Último dígito NIT PLAZO ASIMILADAS 3 27/mar/12 Últimos dígitos NIT PLAZO 4 28/mar/12 26 a 29 25/abr/12 5 29/mar/12 30 a 33 26/abr/12 6 30/mar/12 34 a 37 27/abr/12 7 9/abr/12 38 a 41 30/abr/11 8 10/abr/12 42 a 45 2/may/12 9 11/abr/12 46 a 49 3/may/12 0 12/abr/12 50 a 53 4/may/12 1 13/abr/12 54 a 57 7/may/12 2 16/abr/12 58 a 61 8/may/12 62 a 65 9/may/12 66 a 69 10/may/12 70 a 73 11/may/12 74 a 77 14/may/12 78 a 81 15/may/12 82 a 85 16/may/12 86 a 89 17/may/12 90 a 93 18/may/12 94 a 97 22/may/12 98 a 01 23/may/12 02 a 05 24/may/12 06 a 09 25/may/12 10 a 13 28/may/12 14 a 17 29/may/12 18 a 21 30/may/12 22 a 25 31/may/12 INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR LOS GRUPOS EMPRESARIALES Hasta el 29 de junio de 2012 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 22. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 SANCIONES DE MEDIOS MAGNÉTICOS Resol Resol CON BASE 11774 SIN BASE 11774 /05 HECHO GRAVABLE /05 GRAVABLE art 1º Base % art 2º Base % No suministrar la Sumatoria información Lit. A 5% No estipulada información exigida. no suministrada Suministrar Sumatoria información Ingresos netos o Lit. B información 5% Lit. A 0.5% no suministrada patrimonio bruto extemporáneamente Suministrar Sumatoria información información sin las Ingresos netos o Lit. C suministrada en forma 4% Lit. B 0.4% especificaciones patrimonio bruto errónea técnicas. Suministrar información con Monto de los registros Ingresos netos o Lit. D 3% Lit. C 0.3% errores de errados patrimonio bruto contenido. PRESENTACIÓN DE OBLIGACIONES MUNICIPALES TOPES PARA PRESENTACION DE MEDIOS MAGNETICOS MUNICIPALES - CALI. Resolución 1756 de octubre 27 de 2011 INFORMACION A REPORTAR TOPES Patrimonio bruto obtenido el ultimo día del año 2010, superior a 165.500 UVT ($3.934.077.500) o ingresos brutos superiores a 82.700 UVT Información de compras de bienes y servicios ($2.030.698.500) año 2010 Compras de bienes o servicios (Causación del costo o gasto) suministrar información en relación a cada Sumatoria de anual de los pagos o abonos uno de sus proveedores de bienes o servicios en la realizados a cada uno igual o superior a 269 jurisdicción del municipio de Santiago de Cali UVT año gravable 2011 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 23. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 PRESENTACIÓN DE MEDIOS MAGNÉTICOS MUNICIPALES - CALI Resolución 1756 de octubre 27 de 2011 Último dígito NIT PLAZO 1 3/jul/12 2 5/jul/12 3 10/jul/12 4 12/jul/12 5 17/jul/12 6 19/jul/12 7 24/jul/12 8 26/jul/12 9 31/jul/12 0 2/ago/12 DECLARACIÓN Y PAGO IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO CALI DR. 4131.0.21. 0003 DE ENERO DE 2012 Último dígito NIT PLAZO 1y2 23/abr/12 3y4 24/abr/12 5y6 25/abr/12 7y8 26/abr/12 9y0 27/abr/12 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 24. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 DECLARACIÓN Y PAGO DE RETENCIONES A TITULO DE ICA Mes PLAZO Enero 2012 15/feb/12 Febrero 2012 15/mar/12 Marzo 2012 16/abr/12 Abril 2012 15/may/12 Mayo 2012 15/jun/12 Junio 2012 16/jul/12 Julio 2012 15/ago/12 Agosto 2012 17/sep/12 Septiembre 2012 16/oct/12 Octubre 2012 15/nov/12 Noviembre 2012 17/dic/12 Diciembre 2012 15/ene/13 BASE DE RETENCION DE ICA ACUERDO 0321 DE DICIEMBRE DE 2011 Personas naturales que tengan la calidad de comerciantes que en el año inmediatamente anterior tuvieren un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a treinta mil (30.000) UVT, equivalentes a $753.960.000. BASES DE RETEICA Actividad de Servicios (3UVT) > o = $78.000 Actividad Comercial (15 UVT) > o = $391.000 Actividad Industrial (15 UVT) > o = $391.000 REGIMEN SANCIONATORIO Sanción mínima 2012 (5 UVT) $130,000 Sanción mínima 2011 (2 SMMLV) $36,000 Sanción mínima 2010 (2 SMMLV) $34,000 Sanción mínima 2009 (2 SMMLV) $33,000 Sanción extemporaneidad 5% mes o fracción Sanción extemporaneidad con emplazamiento 10% mes o fracción Sanción por corrección 10% Sanción por corrección con emplazamiento 20% Inexactitud 160% Requisitos para pertenecer al régimen simplificado – Acuerdo 0321 de diciembre de 2011 El nuevo Estatuto Municipal, en sus Art. 92 y 93, estableció dos siguientes regímenes del Impuesto de Industria y Comercio así: EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 25. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012  Régimen Simplificado siempre y cuando reúnan la totalidad de los siguientes requisitos: 1. Que se trate de una persona natural 2. Que ejerza la actividad gravable solo en un establecimiento de comercio o lugar físico 3. Que el total de los ingresos brutos obtenidos por el ejercicio de la actividad gravada con el impuesto de Industria y Comercio durante el año gravable inmediatamente anterior, sea igual o inferior a quinientos (500) – ($12.566.000) UVT.  Paso del régimen simplificado al régimen ordinario: Los contribuyentes clasificados en el régimen simplificado que incumplan con alguno de los requisitos establecidos en el articulo 92 del Acuerdo 0321 de 2011, pasarán al régimen ordinario a partir de la vigencia fiscal inmediatamente siguiente a aquella en la cual se registre el incumplimiento, quedando obligados a presentar y pagar la declaración privada del Impuesto de Industria y Comercio dentro del plazo tributario establecidos. Los contribuyentes que pertenezcan al Régimen Simplificado no estarán obligados a presentar la declaración anual de industria y comercio a partir del año gravable 2012 y deberán llevar el libro fiscal de sus operaciones diarias de acuerdo con el inciso 1 del artículo 616 de Estatuto Tributario Nacional. El impuesto será las retenciones que les practiquen. Los contribuyentes del Régimen Ordinario, están obligados a presentar y pagar la declaración anual de industria y comercio dentro de los plazos establecidos, incluyendo las declaraciones de retenciones en ICA. EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 26. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 YUMBO DECLARACIÓN Y PAGO IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO YUMBO Último dígito NIT PLAZO Todos los contribuyentes 30/abr/12 Nota: Las declaraciones y pago de retenciones a titulo de ICA en Yumbo, son las mismas de la presentación de IVA REGIMEN SANCIONATORIO Sanción mínima $260.000 Sanción extemporaneidad 5% mes o fracción Sanción extemporaneidad con emplazamiento 10% mes o fracción Sanción por corrección 10% Sanción por corrección con emplazamiento 20% OTRAS OBLIGACIONES BOGOTÁ IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO- RÉGIMEN COMÚN Enero-Febrero 16/03/2012 Marzo-Abril 18/05/2012 Mayo -Junio 19/07/2012 Julio-Agosto 19/09/2012 Septiembre- Octubre 19/11/2012 Noviembre-Diciembre 18/01/2013 IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO- RÉGIMEN SIMPLIFICADO Año gravable 2011 17/02/2012 Año gravable 2012 19/02/2013 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 27. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 REGIMEN SANCIONATORIO Sanción mínima $151,000 Sanción extemporaneidad 1.5% mes o fracción Sanción extemporaneidad con emplazamiento 3% mes o fracción Sanción por corrección 10% Sanción por corrección con emplazamiento 20% BARRANQUILLA PLAZOS RES. DSN NO. 016 DE 2011 DECLARACION Y PAGO ICA BARRANQUILLA GRANDES CONTRIBUYENTES Último dígito NIT ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO 0 13/feb/12 15/mar/12 16/abr/12 15/may/12 15/jun/12 16/jul/12 9 14/feb/12 16/mar/12 17/abr/12 16/may/12 19/jun/12 17/jul/12 8 15/feb/12 20/mar/12 18/abr/12 17/may/12 20/jun/12 18/jul/12 7 16/feb/12 21/mar/12 19/abr/12 18/may/12 21/jun/12 19/jul/12 6 17/feb/12 22/mar/12 20/abr/12 22/may/12 22/jun/12 23/jul/12 5 23/feb/12 23/mar/12 23/abr/12 23/may/12 25/jun/12 24/jul/12 4 24/feb/12 26/mar/12 24/abr/12 24/may/12 26/jun/12 25/jul/12 3 27/feb/12 27/mar/12 25/abr/12 25/may/12 27/jun/12 26/jul/12 2 28/feb/12 28/mar/12 26/abr/12 28/may/12 28/jun/12 27/jul/12 1 29/feb/12 29/mar/12 27/abr/12 29/may/12 29/jun/12 30/jul/12 Último dígito NIT JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE 0 15/ago/12 17/sep/12 16/oct/12 15/nov/12 13/dic/12 15/ene/13 9 16/ago/12 18/sep/12 17/oct/12 16/nov/12 14/dic/12 16/ene/13 8 17/ago/12 19/sep/12 18/oct/12 19/nov/12 17/dic/12 17/ene/13 7 21/ago/12 20/sep/12 19/oct/12 20/nov/12 18/dic/12 18/ene/13 6 22/ago/12 21/sep/12 22/oct/12 21/nov/12 19/dic/12 21/ene/13 5 23/ago/12 24/sep/12 23/oct/12 22/nov/12 20/dic/12 22/ene/13 4 24/ago/12 25/sep/12 24/oct/12 23/nov/12 21/dic/12 23/ene/13 3 27/ago/12 26/sep/12 25/oct/12 26/nov/12 26/dic/12 24/ene/13 2 28/ago/12 27/sep/12 26/oct/12 27/nov/12 27/dic/12 25/ene/13 1 29/ago/12 28/sep/12 29/oct/12 28/nov/12 28/dic/12 28/ene/13 DECLARACION Y PAGO DE RETENCIONES Y AUTORRETENCIONES REGIMEN COMUN Último dígito NIT ENE-FEB MAR-ABR MAY- JUN JUL-AGO SEP- OCT NOV. - DIC. 0 15/mar/12 15/may/12 16/jul/12 17/sep/12 15/nov/12 15/ene/13 9 16/mar/12 16/may/12 17/jul/12 18/sep/12 16/nov/12 16/ene/13 8 20/mar/12 17/may/12 18/jul/12 19/sep/12 19/nov/12 17/ene/13 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 28. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 7 21/mar/12 18/may/12 19/jul/12 20/sep/12 20/nov/12 18/ene/13 6 22/mar/12 22/may/12 23/jul/12 21/sep/12 21/nov/12 21/ene/13 5 23/mar/12 23/may/12 24/jul/12 24/sep/12 22/nov/12 22/ene/13 4 26/mar/12 24/may/12 25/jul/12 25/sep/12 23/nov/12 23/ene/13 3 27/mar/12 25/may/12 26/jul/12 26/sep/12 26/nov/12 24/ene/13 2 28/mar/12 28/may/12 27/jul/12 27/sep/12 27/nov/12 25/ene/13 1 29/mar/12 29/may/12 30/jul/12 28/sep/12 28/nov/12 28/ene/13 PAGO BIMESTRAL AUTORRETENCION REGIMEN SIMPLIFICADO SANCION MINIMA DR. 1018 DE 2011 ENE- FEB 30-mar-12 5.6 UVT 146,000 MAR- ABR 30-may-12 MAY- JUN 30-jul-12 JUL- AGO 28-sep-12 SEP- OCT 30-nov-12 NOV- DIC 30-ene-12 SANCION POR EXTEMPORANEIDAD ACUERDO 30 DE 2008 1.5% por cada mes o fracción de mes del total impuesto a cargo y/o retenciones Antes de practicadas. Cuando no resulte emplazamiento impuesto a cargo, la sanción será de (1/2) salario mínimo diario vigente al momento de presentar la declaración 3% por cada mes o fracción de mes del total impuesto a cargo y/o retenciones practicadas, sin exceder del 200% del impuesto Posterior al .Cuando no resulte impuesto a emplazamiento cargo, la sanción será de (1) salario mínimo diario vigente al momento de presentar la declaración 10% mayor valor a pagar o menor saldo a favor antes del emplazamiento Corrección 20% mayor valor a pagar o menor saldo a favor posterior del emplazamiento EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ
  • 29. Avenida 5 CN No. 23DN04 Of 201 Conmutador 57 (2) 661-5930 Edificio Avenida Estación 57 (2) 668-1852 Cali- Colombia Fax 57 (2) 660-2006 www.alfredolopez.com.co comunicaciones@alfredolopez.com.co EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL AÑO 2012 EXTRACTO FISCAL Y COMERCIAL 2012 DESEAMOS A TODOS UN AÑO 2012 LLENO DE EXITOS Y BUENOS NEGOCIOS EN UN AMBIENTE PLENO DE AMOR Y PAZ