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ANEXO I DE LA RES.H.Nº 1641/05 y modificatoria

              REGIMEN DE ADSCRIPCIÓN – FACULTAD DE HUMANIDADES


OBJETIVOS DE LAS ASCRIPCIONES

                 La Adscripción es una etapa que se inscribe en el contexto del desarrollo
profesional permanente. Se trata de una experiencia formativa tanto para los docentes como
para los alumnos (éstos últimos de forma paralela a la carrera de grado que cursan)
diferenciada en grado de complejidad y responsabilidad, según se trate, bajo la dirección del
titular o responsable a cargo de la cátedra.

I.- DE LA ADSCRIPCIÓN DE DOCENTES

I.1. De la publicación
      Al finalizar cada año académico y/o al inicio del siguiente, la Facultad hará pública la
      convocatoria a adscripciones docentes indicando las fechas en que se podrán realizar las
      inscripciones.

l.2. Del período de inscripción

-   Se establece como período de inscripción hasta los 10 (diez) primeros días hábiles de
    iniciadas las actividades de dictado de la asignatura.
-   Las adscripciones serán anuales, conforme a lo reglamentado por Resolución No.504/84.
    En caso de materias cuatrimestrales, para cumplimentar el año prefijado, el adscripto
    deberá realizar tareas afines asignadas por el docente a cargo de la cátedra.

I.3. Requisitos para la inscripción

-    Poseer título de Nivel Superior Universitario o Superior no Universitario. Presentar
    fotocopia autenticada del título.
-   Presentar una Propuesta de Trabajo.
-   Completar un formulario de Adscripción y presentarlo junto al resto de los requisitos en
    Departamento Docencia que lo derivará a la Escuela correspondiente.

I. 4 De la admisión de aspirantes a la adscripción.

    La admisión se hará mediante:
    - Evaluación de la Propuesta de Trabajo
    - Entrevista a los/las postulantes.

    El docente a cargo de la asignatura, decidirá en primera instancia la aceptación de la
    adscripción, y elevará a Decanato con el fin de que se emita el correspondiente
    instrumento legal de autorización de la adscripción.
    En el caso que el docente de la asignatura deniegue la solicitud, el Consejo Directivo
    designará una Comisión integrada por el docente a cargo de la asignatura y dos docentes
    de asignaturas afines, quienes aconsejarán sobre la aceptación del aspirante.

I. 5 De las funciones del profesor a cargo de la cátedra

a) Su función específica es la de integrar al adscripto a las actividades docentes.



                                               1
b) Planificar con el adscripto, actividades con el fin de contribuir a su futura formación
   profesional (planificación de clases teóricas y prácticas, selección de material bibliográfico,
   elaboración de consignas de trabajos prácticos, asesoramiento a los alumnos en distintas
   actividades, criterios de evaluación, etc.).
c) Sugerir el desarrollo de algunas actividades que orientará en sus distintas etapas al
   adscripto, vinculadas con la propuesta de trabajo acordada con el mismo.
d) Podrá hacer extensiva la integración del adscripto a otras actividades como la de
   investigación, y publicación de producciones.
e) Realizar reuniones periódicas con el adscrito con el objeto de evaluar las actividades
   encomendadas y su proceso de formación con relación a conocimientos y habilidades en el
   campo disciplinar y en el ejercicio profesional.

I. 6 De las funciones del docente adscrito

a) Participar junto al docente, en la elaboración de materiales y en el desarrollo de
   actividades propias del ejercicio de la docencia universitaria, como por ejemplo:
   Planificación de clases teóricas y prácticas, selección de material bibliográfico,
   secuenciación de contenidos, elaboración de consignas y criterios de evaluación.
b) Podrá con la orientación del docente a cargo de la asignatura, desarrollar alguna actividad
   referida a: dictado de teoría, desarrollo de trabajos prácticos, clase de consulta y
   evaluación.
c) Podrá participar, si el docente responsable lo considera apropiado, de otras actividades
   como la investigación, extensión y la publicación de producciones.
d) Deberá cumplir con las asistencias de acuerdo al punto I.7.

I.7 Del cumplimiento de la tarea

a) 85 % de asistencia a clases teóricas, prácticas y a reuniones propuestas por la cátedra.
b) Cumplir con las tareas acordadas con el profesor de la cátedra motivo de la adscripción.
c) Las inasistencias deberán ser debidamente justificadas. A la tercera inasistencia sin
   justificación, se considerará que ha desistido de cumplir con la tarea de adscripción.


II. DE LA ADSCRIPCIÓN DE ALUMNOS

   II.1 De la publicación

        Al finalizar cada año académico y/o al inicio del siguiente, la Facultad hará pública la
        convocatoria a adscripciones estudiantiles indicando las fechas en que se podrán realizar
        las inscripciones.

   II.2 Del período de inscripción

    -     Se establece como período de inscripción los 10 (diez) primeros días hábiles de
          iniciadas las actividades de dictado de la asignatura.
    -     Las adscripciones se harán por el período que dure la asignatura.

    II.3. Requisitos para la inscripción

    -     Haber aprobado la asignatura motivo de la adscripción.
    -     Haber aprobado por lo menos dos asignaturas en los últimos doce (12) meses previos
          a la solicitud de inscripción.



                                                 2
-   Tener el 25 % de las materias aprobadas del Plan de Estudios de la carrera que se
    encuentra cursando.
-   Presentar una propuesta de trabajo.
-   Completar un formulario de adscripción y presentarlo junto al resto de los requisitos en
    Mesa de Entradas que lo derivará a Departamento Alumnos para la verificación del
    cumplimiento de los requisitos y posterior remisión al responsable de cátedra.
-   Los alumnos que hubieren aprobado todas las asignaturas de la carrera y estuvieren
    cursando prácticas o elaborando tesis, están habilitados a presentar su inscripción.
    Esta habilitación tendrá vigencia hasta los dos años posteriores a la fecha de
    aprobación de la última asignatura de su carrera, fehacientemente acreditada.

II. 4. De la admisión de aspirantes a la adscripción

La admisión se hará mediante:
- Evaluación de la Propuesta de Trabajo
- Entrevista a los/las postulantes.

El docente a cargo de la asignatura, decidirá en primera instancia la aceptación de la
adscripción, y elevará a Decanato con el fin de que se emita el correspondiente
instrumento legal de autorización de la adscripción.
En el caso que el docente de la asignatura deniegue la solicitud, el Consejo Directivo
designará una Comisión integrada por el docente a cargo de la asignatura y dos docentes
de asignaturas afines, quienes aconsejarán sobre la aceptación del aspirante.

II. 5 De las funciones del profesor
a) Integrar, paulatinamente, al alumno/a adscrito/a a las actividades docentes, en una
     tarea de tutoría.
b) Planificar con el adscripto actividades con el fin de contribuir a su futura formación
     profesional (planificación de clases teóricas y prácticas, selección de material
     bibliográfico, elaboración de consignas de trabajos prácticos, asesoramiento a los
     alumnos en distintas actividades, criterios de evaluación, etc.).
c) Sugerir el desarrollo de algunas actividades que orientará en sus distintas etapas al
     adscripto, vinculadas con la propuesta de trabajo acordada con el mismo
d) Podrá hacer extensiva la integración del/la adscrito/a a otras actividades como la de
     investigación, y publicación de producciones
e) Proponer reuniones periódicas con el adscrito con el objeto de evaluar las actividades
     encomendadas y el proceso de formación del adscrito/a con relación a conocimientos y
     habilidades en el campo disciplinar y en el futuro ejercicio profesional.
f) No podrá delegar funciones, que son de su estricta competencia, en el/la alumno/a
     adscrito/a, como por ej.: dictado de teoría, clases de trabajos prácticos y evaluación.

II.6 De las funciones del alumno adscripto

a) Su trabajo durante la adscripción está orientado a: estudiar, y profundizar los aspectos
   teóricos, de contenido y didácticos de la disciplina en cuestión.
b) Podrá integrar el equipo de cátedra al momento de la planificación áulica y colaborar
   con las tareas que estipule el docente responsable del desarrollo de la asignatura, que
   deberán ser acordes a lo establecido en la presente reglamentación.
c) Podrá participar en el registro de asistencia, planillas de seguimiento de los procesos
   de aprendizaje, y otras necesidades de procesamiento de información de los alumnos.




                                           3
II.7 DEL CUMPLIMIENTO DE LA TAREA

       -   Asistir al 85 % de las clases teóricas, prácticas y a reuniones propuestas por la cátedra.
       -   Cumplimiento con las tareas acordadas con el profesor de la cátedra motivo de la
           adscripción.
       -   Las inasistencias deberán ser debidamente justificadas. A la tercera inasistencia sin
           justificación, se considerará que ha desistido de cumplir con la tarea de adscripción.

III.       DE LA EVALUACIÓN DE DOCENTES Y ESTUDIANTES ADSCRIPTOS

       -   Docentes y estudiantes adscriptos deberán presentar un informe final de sus tareas. El
           mismo adquirirá distintos formatos, según los acuerdos a los que lleguen el/los
           adscripto/s con el profesor responsable de la cátedra. Podrán en este sentido, incluir el
           desarrollo de un tema, una monografía, un ensayo, etc. propuestas alternativas de
           trabajo áulico, comentarios bibliográficos, entre otras actividades posibles.
       -   Dicho informe deberá ser presentado al profesor responsable de la asignatura dentro
           de los 90 días corridos de cumplimentada la adscripción.
       -   A partir de la recepción del informe elevado por el/la adscrito/a, el docente responsable
           procederá junto al resto del equipo de cátedra (si lo hubiere) a la evaluación de su
           actuación, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes.
       -   La actuación del/la adscrito/a será evaluada con una escala numérica del 1 al 10,
           siendo 6 (seis) la nota mínima de aprobación.

IV. DE LA CONVALIDACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE ADSCRIPTOS Y DEL DOCENTE
RESPONSABLE DE LA CÁTEDRA

       Luego del informe final elevado por el docente responsable de la cátedra, por Decanato
se emitirá la resolución que convalide la adscripción realizada, consignándose la nota de
desempeño obtenida y el docente responsable.




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Observatorio de Medios 2014
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Regimen de adscripcion

  • 1. ANEXO I DE LA RES.H.Nº 1641/05 y modificatoria REGIMEN DE ADSCRIPCIÓN – FACULTAD DE HUMANIDADES OBJETIVOS DE LAS ASCRIPCIONES La Adscripción es una etapa que se inscribe en el contexto del desarrollo profesional permanente. Se trata de una experiencia formativa tanto para los docentes como para los alumnos (éstos últimos de forma paralela a la carrera de grado que cursan) diferenciada en grado de complejidad y responsabilidad, según se trate, bajo la dirección del titular o responsable a cargo de la cátedra. I.- DE LA ADSCRIPCIÓN DE DOCENTES I.1. De la publicación Al finalizar cada año académico y/o al inicio del siguiente, la Facultad hará pública la convocatoria a adscripciones docentes indicando las fechas en que se podrán realizar las inscripciones. l.2. Del período de inscripción - Se establece como período de inscripción hasta los 10 (diez) primeros días hábiles de iniciadas las actividades de dictado de la asignatura. - Las adscripciones serán anuales, conforme a lo reglamentado por Resolución No.504/84. En caso de materias cuatrimestrales, para cumplimentar el año prefijado, el adscripto deberá realizar tareas afines asignadas por el docente a cargo de la cátedra. I.3. Requisitos para la inscripción - Poseer título de Nivel Superior Universitario o Superior no Universitario. Presentar fotocopia autenticada del título. - Presentar una Propuesta de Trabajo. - Completar un formulario de Adscripción y presentarlo junto al resto de los requisitos en Departamento Docencia que lo derivará a la Escuela correspondiente. I. 4 De la admisión de aspirantes a la adscripción. La admisión se hará mediante: - Evaluación de la Propuesta de Trabajo - Entrevista a los/las postulantes. El docente a cargo de la asignatura, decidirá en primera instancia la aceptación de la adscripción, y elevará a Decanato con el fin de que se emita el correspondiente instrumento legal de autorización de la adscripción. En el caso que el docente de la asignatura deniegue la solicitud, el Consejo Directivo designará una Comisión integrada por el docente a cargo de la asignatura y dos docentes de asignaturas afines, quienes aconsejarán sobre la aceptación del aspirante. I. 5 De las funciones del profesor a cargo de la cátedra a) Su función específica es la de integrar al adscripto a las actividades docentes. 1
  • 2. b) Planificar con el adscripto, actividades con el fin de contribuir a su futura formación profesional (planificación de clases teóricas y prácticas, selección de material bibliográfico, elaboración de consignas de trabajos prácticos, asesoramiento a los alumnos en distintas actividades, criterios de evaluación, etc.). c) Sugerir el desarrollo de algunas actividades que orientará en sus distintas etapas al adscripto, vinculadas con la propuesta de trabajo acordada con el mismo. d) Podrá hacer extensiva la integración del adscripto a otras actividades como la de investigación, y publicación de producciones. e) Realizar reuniones periódicas con el adscrito con el objeto de evaluar las actividades encomendadas y su proceso de formación con relación a conocimientos y habilidades en el campo disciplinar y en el ejercicio profesional. I. 6 De las funciones del docente adscrito a) Participar junto al docente, en la elaboración de materiales y en el desarrollo de actividades propias del ejercicio de la docencia universitaria, como por ejemplo: Planificación de clases teóricas y prácticas, selección de material bibliográfico, secuenciación de contenidos, elaboración de consignas y criterios de evaluación. b) Podrá con la orientación del docente a cargo de la asignatura, desarrollar alguna actividad referida a: dictado de teoría, desarrollo de trabajos prácticos, clase de consulta y evaluación. c) Podrá participar, si el docente responsable lo considera apropiado, de otras actividades como la investigación, extensión y la publicación de producciones. d) Deberá cumplir con las asistencias de acuerdo al punto I.7. I.7 Del cumplimiento de la tarea a) 85 % de asistencia a clases teóricas, prácticas y a reuniones propuestas por la cátedra. b) Cumplir con las tareas acordadas con el profesor de la cátedra motivo de la adscripción. c) Las inasistencias deberán ser debidamente justificadas. A la tercera inasistencia sin justificación, se considerará que ha desistido de cumplir con la tarea de adscripción. II. DE LA ADSCRIPCIÓN DE ALUMNOS II.1 De la publicación Al finalizar cada año académico y/o al inicio del siguiente, la Facultad hará pública la convocatoria a adscripciones estudiantiles indicando las fechas en que se podrán realizar las inscripciones. II.2 Del período de inscripción - Se establece como período de inscripción los 10 (diez) primeros días hábiles de iniciadas las actividades de dictado de la asignatura. - Las adscripciones se harán por el período que dure la asignatura. II.3. Requisitos para la inscripción - Haber aprobado la asignatura motivo de la adscripción. - Haber aprobado por lo menos dos asignaturas en los últimos doce (12) meses previos a la solicitud de inscripción. 2
  • 3. - Tener el 25 % de las materias aprobadas del Plan de Estudios de la carrera que se encuentra cursando. - Presentar una propuesta de trabajo. - Completar un formulario de adscripción y presentarlo junto al resto de los requisitos en Mesa de Entradas que lo derivará a Departamento Alumnos para la verificación del cumplimiento de los requisitos y posterior remisión al responsable de cátedra. - Los alumnos que hubieren aprobado todas las asignaturas de la carrera y estuvieren cursando prácticas o elaborando tesis, están habilitados a presentar su inscripción. Esta habilitación tendrá vigencia hasta los dos años posteriores a la fecha de aprobación de la última asignatura de su carrera, fehacientemente acreditada. II. 4. De la admisión de aspirantes a la adscripción La admisión se hará mediante: - Evaluación de la Propuesta de Trabajo - Entrevista a los/las postulantes. El docente a cargo de la asignatura, decidirá en primera instancia la aceptación de la adscripción, y elevará a Decanato con el fin de que se emita el correspondiente instrumento legal de autorización de la adscripción. En el caso que el docente de la asignatura deniegue la solicitud, el Consejo Directivo designará una Comisión integrada por el docente a cargo de la asignatura y dos docentes de asignaturas afines, quienes aconsejarán sobre la aceptación del aspirante. II. 5 De las funciones del profesor a) Integrar, paulatinamente, al alumno/a adscrito/a a las actividades docentes, en una tarea de tutoría. b) Planificar con el adscripto actividades con el fin de contribuir a su futura formación profesional (planificación de clases teóricas y prácticas, selección de material bibliográfico, elaboración de consignas de trabajos prácticos, asesoramiento a los alumnos en distintas actividades, criterios de evaluación, etc.). c) Sugerir el desarrollo de algunas actividades que orientará en sus distintas etapas al adscripto, vinculadas con la propuesta de trabajo acordada con el mismo d) Podrá hacer extensiva la integración del/la adscrito/a a otras actividades como la de investigación, y publicación de producciones e) Proponer reuniones periódicas con el adscrito con el objeto de evaluar las actividades encomendadas y el proceso de formación del adscrito/a con relación a conocimientos y habilidades en el campo disciplinar y en el futuro ejercicio profesional. f) No podrá delegar funciones, que son de su estricta competencia, en el/la alumno/a adscrito/a, como por ej.: dictado de teoría, clases de trabajos prácticos y evaluación. II.6 De las funciones del alumno adscripto a) Su trabajo durante la adscripción está orientado a: estudiar, y profundizar los aspectos teóricos, de contenido y didácticos de la disciplina en cuestión. b) Podrá integrar el equipo de cátedra al momento de la planificación áulica y colaborar con las tareas que estipule el docente responsable del desarrollo de la asignatura, que deberán ser acordes a lo establecido en la presente reglamentación. c) Podrá participar en el registro de asistencia, planillas de seguimiento de los procesos de aprendizaje, y otras necesidades de procesamiento de información de los alumnos. 3
  • 4. II.7 DEL CUMPLIMIENTO DE LA TAREA - Asistir al 85 % de las clases teóricas, prácticas y a reuniones propuestas por la cátedra. - Cumplimiento con las tareas acordadas con el profesor de la cátedra motivo de la adscripción. - Las inasistencias deberán ser debidamente justificadas. A la tercera inasistencia sin justificación, se considerará que ha desistido de cumplir con la tarea de adscripción. III. DE LA EVALUACIÓN DE DOCENTES Y ESTUDIANTES ADSCRIPTOS - Docentes y estudiantes adscriptos deberán presentar un informe final de sus tareas. El mismo adquirirá distintos formatos, según los acuerdos a los que lleguen el/los adscripto/s con el profesor responsable de la cátedra. Podrán en este sentido, incluir el desarrollo de un tema, una monografía, un ensayo, etc. propuestas alternativas de trabajo áulico, comentarios bibliográficos, entre otras actividades posibles. - Dicho informe deberá ser presentado al profesor responsable de la asignatura dentro de los 90 días corridos de cumplimentada la adscripción. - A partir de la recepción del informe elevado por el/la adscrito/a, el docente responsable procederá junto al resto del equipo de cátedra (si lo hubiere) a la evaluación de su actuación, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes. - La actuación del/la adscrito/a será evaluada con una escala numérica del 1 al 10, siendo 6 (seis) la nota mínima de aprobación. IV. DE LA CONVALIDACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE ADSCRIPTOS Y DEL DOCENTE RESPONSABLE DE LA CÁTEDRA Luego del informe final elevado por el docente responsable de la cátedra, por Decanato se emitirá la resolución que convalide la adscripción realizada, consignándose la nota de desempeño obtenida y el docente responsable. 4