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REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD
EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
2022
MACAS- ECUADOR
DATOS GENERALES DE LA EMPRESA:
1. Registro Único de Contribuyentes (RUC): 1400677694001
Razón Social: EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
Actividad Económica: VENTA AL POR MAYOR DE ALIMENTOS, BEBIDAS Y
TABACO.
Tamaño de la Empresa: Pequeña Empresa: 25 trabajadores.
5. Centros de Trabajo: 1
6. Dirección: Matriz: CUENCA Y MARIO FLOR - Macas - Ecuador.
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN:
1. OBJETO.-
Este Reglamento de Higiene y Seguridad que se elabora para la Empresa
localizada en MACAS, EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, tiene por objeto Prevenir
accidentes e incidentes de trabajo, así como también enfermedades profesionales
para todos los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, sin dejar de tomar
en cuenta también la protección de todas las instalaciones y medios físicos donde
realizan sus actividades.
Así mismo entre otros objetivos específicos que se pretenden conseguir con la
implantación de este Reglamento de Higiene y Seguridad en EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ, son los siguientes:
- Reducir los Riesgos del Trabajo en forma general que se encuentren
presentes en todas las actividades e instalaciones donde prestan sus servicios los
trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
- Establecer acciones tendientes a disminuir los Accidentes e Incidentes de
trabajo dentro de las instalaciones y dependencias donde desarrollan sus
actividades los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
- Dotar de Equipos de Protección Personal a todos los trabajadores de
EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, para evitar Riesgos del Trabajo durante el
desarrollo de sus actividades.
- Establecer un Plan de Acción de Emergencia y Contingencia en EMILIO
JOSE HEREDIA LOPEZ, para actuar en forma efectiva en caso de producirse
algún incendio o accidente mayor.
- Implementar normas enfocadas en la Seguridad y Salud de sus
trabajadores, a fin de prevenir los riesgos laborales.
- Cumplir con la leyes y reglamentos nacionales sobre Higiene y
Seguridad en el Trabajo, así como las encaminadas a mantener un ambiente sano
y acorde a las necesidades de sus trabajadores.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. –
El ámbito de aplicación de este Reglamento de Higiene y Seguridad para
EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, de la ciudad de MACAS, será en su centro
de trabajo ubicado en la calle Cuenca y Mario Flor.
POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE EMILIO
JOSE HEREDIA LOPEZ
El compromiso de la Administración de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, con
respecto a materia de Higiene y Seguridad de todos sus Trabajadores está
basado en la prevención de riesgos laborales para todos los trabajadores a
través de las siguientes acciones:
a. Establecer acciones que busquen disminuir los Riesgos Laborales en
todas las actividades que desarrollan los trabajadores de EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ
b. Considerar normas, leyes y reglamentos que regulen la actuación y
desarrollo de actividades en todas las instalaciones de EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ
c. Establecer líneas de acción para evitar la ocurrencia de Incidentes y
Accidentes de Trabajo así como de Enfermedades Profesionales a todo
el personal que labora en las instalaciones de EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ
d. Coordinar todas las acciones y eventos que se realicen en EMILIO
JOSE HEREDIA LOPEZ, que busquen disminuir los riesgos laborales.
e. Realizar periódicamente simulacros y ejercicios de evacuación incluidos
dentro del Plan de Acción de Emergencia de EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ
Sr. EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
REPRESENTANTE LEGAL
MACAS, 01 de Junio del 2022.
CAPITULO I
DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS
1. OBLIGACIONES GENERALES DEL EMPLEADOR
Art. 1.- Las obligaciones generales de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ,
serán las siguientes:
a. Elaborará la Política de Higiene y Seguridad de EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ, y la difundirá entre sus trabajadores.
b.- Asegurará el cumplimiento de los objetivos, la consecución de recursos,
la definición de responsables, la elaboración y el cumplimiento de los
programas.
c.- Implementará un modelo de mejoramiento continuo, de la calidad de las
actividades, de la seguridad, del sistema operativo y del ambiente, entre
otros.
d.- Identificará y evaluará los riesgos del trabajo, con el fin de planificar las
acciones preventivas, mediante la vigilancia epidemiológica de la salud
ocupacional de sus trabajadores.
e.- Controlará los riesgos en su origen, en el medio de transmisión y en el
trabajador, se priorizará el control colectivo sobre el individual. En caso de
que la prevención colectiva sea insuficiente, EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ, proporcionará sin costo para el trabajador la ropa y el equipo de
protección personal, evaluado y definido para cada actividad riesgosa.
f.- Dotará, vigilará e impondrá en caso necesario, que sus trabajadores usen
en debida forma la ropa de trabajo y equipos de protección personal que le
sean entregados.
g.- Investigará y analizará los incidentes, accidentes y enfermedades
profesionales y mantendrá un procedimiento de registro y notificación de los
mismos, del resultado de las evaluaciones de riesgos y las medidas de
control propuestas.
h.- Desarrollará la adaptación del trabajo y de los puestos de trabajo a las
capacidades de los trabajadores, considerando su estado de salud física y
mental, tendrá en cuenta la ergonomía y las demás herramientas
relacionadas con cada tipo de riesgo del trabajo.
i.- Proporcionará en sus instalaciones, servicios higiénicos básicos
individualizados tanto para hombres como para mujeres, con suficiente
dotación de agua, así como lugares de descanso o de relajación y favorecer
las pausas de descanso, además deberá existir sistemas de respuesta a
emergencias, incendios, accidentes mayores, desastres u otros.
k.- Entregar y difundir el presente Reglamento a todos los trabajadores de
EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, comunicando sus reformas y demás normas
y disposiciones sobre Higiene y Seguridad cada 2 años.
2.- OBLIGACIONES GENERALES Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES:
Art. 2.- Entre las obligaciones de los trabajadores de la Empresa EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ tenemos:
a.- Cuidarán por su seguridad y la de sus compañeros, cumpliendo el presente
Reglamento y las normas de Higiene y seguridad, dictados por las instituciones
pertinentes.
b.- Conocerán y respetarán las normas sobre Higiene y Seguridad en el
Trabajo contenidas en el presente Reglamento de Higiene y Seguridad de
EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
c.- Utilizarán el Equipo de Seguridad y Protección Personal que le sea
entregado por el Jefe Inmediato, siendo su responsabilidad cuidarlo y utilizarlo
adecuadamente dentro de las labores que realice.
d.- No ingerirán bebidas alcohólicas, substancias psicotrópicas y
estupefacientes en el sitio de trabajo, y tampoco presentarse a los mismos en
estado etílico o bajo los efectos de dichas substancias.
e.- Respetarán todas las señales de seguridad que han sido colocadas en las
áreas de trabajo, quedando prohibido destruir afiches, avisos o publicaciones
que se utilicen para promocionar la Prevención de Riesgos Laborales en EMILIO
JOSE HEREDIA LOPEZ
h.- Asistirán a los cursos de capacitación sobre Prevención de Incendios,
Prevención de Riesgos Laborales y de Primeros Auxilios que sean organizados
por la Administración de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
i.- Informarán a su Jefe Inmediato sobre la detección de cualquier condición
insegura en su lugar de trabajo, de tal forma que sea corregida en el menor
tiempo posible.
j.- Asistirán a los exámenes médicos preventivos que le sea exigido por la
Empresa y cumplir con los tratamientos prescritos.
Art. 3.- Entre los principales derechos de los trabajadores, tenemos:
a.- Tendrán derecho a recibir todo el equipo de protección personal que sea
necesario para realizar sus labores diarias, especialmente en espacios o
instalaciones que no cuenten con las seguridades necesarias.
b.- Recibirán de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, sin costo alguno toda la ropa
de trabajo necesaria para realizar sus actividades en forma segura y ordenada.
c.- Todo el personal de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, deberá recibir la
capacitación y el entrenamiento adecuado para efectuar sus actividades y su
trabajo en forma segura y adecuada de salud.
2. PROHIBICIONES DEL EMPLEADOR Y TRABAJADORES:
Art. 4.- EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, no deberá:
a.- Permitir a los trabajadores que realicen sus actividades en estado de
embriaguez o bajo la acción de cualquier sustancia tóxica.
b.- Obligar a los trabajadores a desarrollar sus actividades en ambientes nocivos,
por efecto de productos peligrosos, peligros químicos, físicos, biológicos,
ergonómicos, psicosociales, etc., salvo que previamente se adopten las medidas
preventivas para la defensa de la salud.
c.- Hacer caso omiso de las recomendaciones contenidas en los certificados
emitidos por los servicios médicos o por la Comisión de Evaluación de
Incapacidades del I.E.S.S.
d.- Obligar al trabajador a realizar tareas sin el debido entrenamiento y sin
extremar las medidas de prevención y protección tanto colectiva como individual.
e.- Obligar a sus trabajadores a laborar en ambientes insalubres por efecto de
polvo, gases o sustancias tóxicas, que puede afectar directamente su salud.
f.- Facultar al trabajador la realización de su trabajo sin utilizar debidamente la
ropa de trabajo y el equipo de protección personal.
g.- Impedir la participación de los trabajadores en la Planificación y Realización
de Planes de Prevención de Riesgos Laborales en EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ
h.- Permitir que cualquier trabajador realice labores riesgosas para la cual no fue
entrenado adecuadamente.
i.- Dejar de cumplir las disposiciones que sobre Prevención de Riesgos Laborales
emanen de la Ley, Reglamentos y otras disposiciones de la Subdirección
de Riesgos del Trabajo del I.E.S.S. del MORONA SANTIAGO y del Ministerio del
Trabajo.
j.- Dejar de acatar las indicaciones contenidas en los certificados emitidos por la
Comisión de Valuación de Incapacidades del I.E.S.S. sobre cambios temporales
o definitivos de los trabajadores, en las actividades que puedan agravar sus
lesiones adquiridas dentro de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
Art. 5.- Las prohibiciones a los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ,
serán:
a) Acudir a sus labores en condiciones inadecuadas de orden, aseo y
limpieza, tanto en su vestuario, como en su persona.
b) Efectuar trabajos sin haber recibido las instrucciones y entrenamiento
previo para la labor que van a realizar.
c) Ingresar al trabajo en estado etílico o después de haber ingerido
cualquier substancia tóxica.
d) Fumar dentro de todas las instalaciones de EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ
e) Distraer la atención a sus compañeros dentro de sus actividades, con
juegos, riñas, discusiones, los mismos que pueden ocasionar
accidentes e incidentes del trabajo.
f) Alterar, cambiar, reparar o accionar instalaciones y medidores eléctricos,
etc., sin conocimientos técnicos o sin previa autorización superior.
g) Modificar o dejar inoperantes mecanismos de protección en máquinas,
equipos o instalaciones eléctricas de propiedad de EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ
h) Dejar de observar las reglamentaciones colocadas para incentivar las
medidas de Prevención de Riesgos Laborales.
4. RESPONSABILIDADES DEL GERENTE, JEFES Y SUPERVISORES.-
Responsabilidades del Gerente:
Art. 6.- Apoyará, financiará y evaluará el cumplimiento de los programas de
Higiene y Seguridad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
Art. 7.- Será responsabilidad de los Jefes de Área las siguientes actividades:
a.- Participaran activamente en los Programas de Seguridad y Salud
Ocupacional que se implementen en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
b- Cumplirán y harán cumplir el presente Reglamento de higiene y seguridad, así
como las normas y procedimientos vigentes en materia de Higiene y Seguridad por
parte de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
c.- Comunicarán al Gerente General cualquier práctica o condición insegura, que
no pueda ser solventada por sí mismo y que ponga en peligro la integridad física
de los trabajadores, instalaciones o bienes de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
d.- Incentivarán al personal bajo su cargo sobre la Prevención de Riesgos
Laborales y concienciar sobre el buen uso de las instalaciones, equipos y bienes
de propiedad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ.
e.- Apoyarán permanentemente al Jefe de Talento Humano de EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ, para el cumplimiento de los Planes de Trabajo Anual.
5. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ASESOR DE LOS
SERVICIOS EN MATERIA DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO.-
Art. 8.- Será de acatamiento obligatorio por parte del Asesor de Higiene y
Seguridad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, todas las normas y regulaciones
que sean impartidas por parte del Ministerio de Trabajo y del IESS en materia
de Seguridad y Salud Laboral, mientras dure el contrato vigente firmado por
el Msc. Ing. Luis Marcelo Sánchez León con cédula de identidad No. 0101650109
con el representante legal de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
6. OBLIGACIONES DE CONTRATISTAS, SUBCONTRATISTAS Y
FISCALIZADORES PARA EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ-
Art. 9.- Prevención de Riesgos del personal bajo la modalidad de Servicios
Complementarios: Al contratar personas naturales o jurídicas no inherentes a su
proceso de educación, se tomara en cuenta:
a.- Antes de iniciar la contratación de una obra o servicio, se deberá exigir al
Contratista, que todo el personal a su cargo esté afiliado al I.E.S.S.
b.- Así mismo es obligatorio que el contratista presente el Reglamento de Higiene
y Seguridad debidamente aprobado en el Ministerio del Trabajo.
7. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES EN ESPACIOS COMPARTIDOS
ENTRE EMPRESAS O INSTITUCIONES.-
Art. 10.- EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, al momento cuenta con espacio
compartido con otras empresas privadas.
8. INCENTIVOS LABORALES.-
Art. 11.- Se considerarán como incentivos laborales en materia de Higiene y
Seguridad para los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, cuando se
obtenga al final del año un registro estadístico cercano o igual a CERO
ACCIDENTES LABORALES.
Art. 12.- Para la aplicación de este incentivo laboral el Gerente General de EMILIO
JOSE HEREDIA LOPEZ, considerará un incentivo ya sea económico o material
para él o los trabajadores que se hayan destacado en materia de Higiene y
Seguridad en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, durante todo un año calendario.
CAPITULO II
GESTION DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
1. ORGANISMOS PARITARIOS, CONFORMACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ
DE SEGURIDAD E HIGIENE DE EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ.-
Art. 13.- Por disponer del número mínimo de trabajadores, EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ S.A., elegirá el Comité de Higiene y Seguridad para la matriz en la localidad
de MACAS, que estará conformado por 3 representantes del Empleador con sus
respectivos suplentes y 3 representantes de los trabajadores, de igual forma con sus
respectivos suplentes. De entre estos 6 miembros principales se nombraran un
Presidente y un Secretario, cuyos nombramientos tendrán la duración de 1 año
calendario, pudiendo ser reelegidos indefinidamente y tendrán las siguientes
funciones que se hallan indicadas en el Art. 14 del Decreto 2393 que dicen
textualmente:
a) Promover la observancia de las disposiciones sobre prevención de riesgos
profesionales.
b) Analizar y opinar sobre el Reglamento de Seguridad e Higiene de la empresa, a
tramitarse en el Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos. Así mismo, tendrá
facultad para, de oficio o a petición de parte, sugerir o proponer reformas al
Reglamento Interno de Seguridad e Higiene de la Empresa.
c) Realizar la inspección general de edificios, instalaciones y equipos de los centros
de trabajo, recomendando la adopción de las medidas preventivas necesarias.
d) Conocer los resultados de las investigaciones que realicen organismos
especializados, sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que
se produzcan en la empresa.
e) Realizar sesiones mensuales en el caso de no existir subcomités en los distintos
centros de trabajo y bimensualmente en caso de tenerlos.
f) Cooperar y realizar campañas de prevención de riesgos y procurar que todos los
trabajadores reciban una formación adecuada en dicha materia. g) Analizar las
condiciones de trabajo en la empresa y solicitar a sus directivos la adopción de
medidas de Higiene y Seguridad en el Trabajo. h) Vigilar el cumplimiento del
presente Reglamento y del Reglamento Interno de Seguridad e higiene en el Trabajo.
GESTION DE LOS RIESGOS LABORALES PROPIOS DE EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ
Art. 14.- La determinación de los Riesgos en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, será:
a.- Identificación: La Identificación de todos los riesgos laborales presentes en el
local de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se realiza cada año a fin de disminuir su
peligrosidad a través de los métodos de identificación de riesgos como son:
1. Talleres. Se trata de una metodología que avanza desde arriba, partiendo de
la alta dirección, y se filtra hacia abajo, involucrando a mandos medios y
trabajadores.
2. Entrevistas directas a los mandos medios y trabajadores en general.
3. Análisis de escenarios, en el medio laboral donde se ejecutan las actividades
4. Encuestas solo en caso necesario.
5. Análisis de causa raíz.
b.- Medición: Para vigilar las condiciones ambientales en los sitios de trabajo, se
realizan mediciones de los principales riesgos laborales de trabajo presentes en
EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, como son; Ruido, Iluminación, Contaminación por
Riesgos Biológicos y Químicos, para lo cual se cuenta con equipos calibrados por
el Asesor de Higiene y Seguridad, Msc. Ing. Luis Marcelo Sánchez León.
c.- Evaluación: Se realiza la fijación de los límites para una prevención efectiva de
los riesgos de intoxicaciones y enfermedades ocasionadas por: Radiaciones U.V.,
Exposición a Polvos y otros productos orgánicos e inorgánicos que son los que se
utilizan en la venta de alimentos, productos enlatados y tabacos en la empresa.
d.- Control: Con el fin de controlar los riesgos laborales en la fuente, el medio de
transmisión y en el receptor, con el fin de lograr un seguimiento y mejora continua en
los valores obtenidos de ruido, ventilación, iluminación, temperatura y humedad
en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se realizan medidas de control como son:
- Iluminación: Cambio de lámparas y luminarias en los puestos de trabajo medidos
y que se obtuvieron valores por debajo de 200 luxes.
- Ventilación: Mejora del aire interior, a través de la colocación de un ventilador
mecánico a fin de lograr la renovación de aire en forma periódica y continua. - Polvos
Orgánicos e Inorgánicos.- Protección de todos los trabajadores mediante el uso de
mascarillas y equipos de protección respiratoria adecuados.
- Riesgos Biológicos: Exámenes periódicos a fin de revisar el estado de salud de los
trabajadores a cargo del Médico de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ.
e.- Planificación: Se establecen las principales actividades en el Plan de Trabajo de
Higiene y Seguridad en el Trabajo que se encuentra en desarrollo durante este año
calendario por parte de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ y a cargo del asesor de
seguridad e higiene industrial Msc. Ing. Luis Marcelo Sánchez León.
f.- Ejecución: Este programa está debidamente planificado, ejecutándose y
desarrollado íntegramente por el Comité de Higiene y Seguridad de EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ, y por el Asesor de Higiene y Seguridad, Msc. Ing. Luis Marcelo
Sánchez León, Nivel F4-MDT y el Medico de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
g.- Seguimiento y Mejora Continua: Parte del control o mejor dicho de las medidas
de control que serán implantadas en el presente periodo por parte del Comité de
Higiene y Seguridad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, y por parte del Asesor de
Higiene y Seguridad en el Trabajo Msc. Ing. Luis Marcelo Sánchez León, Nivel F4-
MDT, están basados en las siguientes medidas de control para los 6 tipos de riesgos
laborales presentes en la empresa y que se han verificado en la fuente, medio de
transmisión y receptor:
- RIESGOS MECÁNICOS:
Art. 15.- En las máquinas y equipos que no disponen de los elementos de seguridad
sobre todo en eléctricos y accionados por aire se colocarán medidas adicionales de
seguridad para evitar accidentes.
Art. 16.- Para evitar caídas, resbalones, etc., sobre todo en la atención al público, se
deberán cumplir las siguientes condiciones:
1. No tener huecos ni prominencias.
2. Permanecer siempre limpia y libre de obstáculos.
3. Las áreas de trabajo y circulación, serán lo suficientemente amplias.
4. Debe existir la iluminación suficiente.
Art. 18.- Para las vías de circulación y evacuación en EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ, tienen la anchura suficiente, están libres de obstáculos, y están claramente
identificadas, delimitadas y señalizadas.
Art. 19.- Las salidas y puertas exteriores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, son
suficientes en número y anchura, para que todos los trabajadores, usuarios
y personal involucrado en el proceso de venta de productos alimenticios, puedan
abandonarlos con rapidez y seguridad; su acceso es muy visible y se encuentra
debidamente señalizado.
Art. 20.- Existen puertas de evacuación en caso de Emergencias, las mismas
que tienen un sistema mecánico fácil de accionar y permitir la evacuación en
condiciones adecuadas por parte de todo el personal.
Art. 21.- En EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se observará lo siguiente para evitar
caídas y resbalones con productos comestibles al ser comercializados:
- El almacenamiento de productos comestibles, se lo debe realizar en forma
ordenada y con la señalización correspondiente.
- Los materiales rígidos se almacenaran debidamente estibados y sujetos con
soportes que faciliten la estabilidad del conjunto.
- El almacenamiento de insumos y materias primas para el proceso de Venta al
por menor y mayor de productos comestibles, será realizado asegurando la
estabilidad mediante sujeción con elementos estructurales muy rígidos.
- Las áreas de almacenamiento se mantendrán bien ordenadas, bien
iluminadas y señalizando los materiales allí depositados.
- Sus vías de acceso deberan encontrrse libres de objetos que obstaculicen el
libre tránsito de las personas.
Art. 22.-Los trabajadores que laboran en las oficinas de EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ, para evitar accidentes de tipo mecánico siempre:
a. Mantendrán ordenado y limpio su lugar de trabajo y pasillos.
b. No colocarán objetos y materiales que impidan la libre circulación de
personas.
c. Evitarán pisos resbaladizos y substancias grasas y deslizantes.
d. No deben correr y tienen que manetener siempre la compostura adecuada
durante la jornada laboral.
RIESGOS FÍSICOS:
Art. 23.- Se evitará que los trabajadores se expongan a condiciones altas de ruido
superiores a los 85 dB.
Art. 24.- Para evitar la falta de iluminación en los lugares de trabajo y de circulación
en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se dotará siempre de suficiente iluminación
natural o artificial, con la finalidad de que el personal pueda realizar sus actividades
en forma segura y libre de riesgo.
Art. 25.-Se considera muy importante establecer el mantenimiento periódico de todas
las instalaciones eléctricas y de alumbrado en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ para
mantener los niveles de iluminación adecuados.
RIESGOS BIOLOGICOS:
Art. 26.- En los lugares de trabajo donde se manipulan sustancias susceptibles de
proliferación de microorganismos, especialmente durante el traslado de insumos y
materiales para el proceso de venta de productos alimenticios, se aplican medidas de
higiene personal y la desinfección de los puestos de trabajo sobre todo para evitar el
virus del COVID 19.
Art. 27.- Se deberá evitar la acumulación de materias orgánicas en estado de
putrefacción e igualmente deberán ser mantenidas libres de insectos y roedores todas
las instalaciones de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ.
Art. 28.- La eliminación de desechos sólidos se deberá efectuar con estricto
cumplimiento en lo dispuesto por el Ministerio del Ambiente y el GAD Municipal de
MACAS.
Art. 29.- En EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, para evitar riesgos biológicos como
transmisión de enfermedades y microorganismos se cumplirá mantener el suficiente
número de baterías sanitarias para el uso de los trabajadores, conforme a lo estipulado
en los Artículos pertinentes en el decreto ejecutivo 2393.
RIESGOS ERGONOMICOS:
Art. 30.- Se analizaron los puestos de trabajo teniendo los siguientes criterios para
evitar riesgos ergonómicos:
a. Entorno físico: confort ambiental, confort térmico, presencia de ruido,
vibraciones, iluminación, ubicación y espacio físico.
b. Carga física: estática y dinámica.
c. Carga mental: exigencia o apremio de tiempo, nivel de atención y
duración por hora de trabajo.
d. Tiempo de trabajo: horarios, turnos, pausas y descansos durante el
trabajo.
e. Uso de pantallas de visualización de datos y movimientos repetitivos.
Art. 31.- Cuando las cargas excedan la capacidad humana, de 50 libras para los
hombres adultos y 25 libras para las mujeres adultas, se utilizarán equipos mecánicos
apropiados como: carretillas y equipos similares. Solo en casos particulares se
levantarán los sacos de productos alimenticios de 45 Kg.
Art. 32.- El levantamiento de pesos y cargas livianas en EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ, se realizará siguiendo las normas internacionales establecidas como es
utilizando las piernas en lugar de la espalda y manteniendo la columna vertebral recta,
sabiendo que el peso máximo que puede levantar un trabajador es de22kg, y para
cargas más pesadas se utilizarán ayudas mecánicas.
Art. 33.- El trabajo que se realiza sentado en las oficinas administrativas de EMILIO
JOSE HEREDIA LOPEZ, es efectuado utilizando un asiento que resulta cómodo y
ergonómico y será concebido de manera tal que el trabajador, no tenga que alargar
desmesuradamente los brazos, ni girar innecesariamente para alcanzar su zona de
trabajo.
RIESGOS PSICOSOCIALES:
Art. 34.- Para evitar riesgos psicosociales se considerará el nivel de experiencia y
la formación de cada persona, ya que es una variable que influye decisivamente en
la carga mental. Se dará un tiempo suficiente de aprendizaje y concientización,
siempre que se introduzcan cambios tecnológicos, operativos u organizativos en el
proceso de comercialización de productos alimenticios y bebidas.
1. DE LOS TRABAJOS DE ALTO RIESGO Y/O ESPECIALES:
Art. 35.- En EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, todos los trabajos de alto riesgo o
especiales deberán ser realizados únicamente por personal especializado y que
disponga de la Certificación en Competencias de Prevención de Riesgos Laborales
dado por la SENECYT con fecha actualizada, es decir cuya validez este considerada
en la fecha de entrega o autorización al profesional o técnico encargado de dicho
trabajo de alto riesgo o especial.
2. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD:
Art. 36.- La señalización de seguridad y salud ocupacional en EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ, deberá ser efectuada y colocada bajo los estrictos estándares
técnicos dados en el decreto ejecutivo 2393, Capitulo VII y de acuerdo a la normativa
técnica INEN NTE INEN ISO 3864-1, según los siguientes aspectos técnicos
generales de señalización:
- El color rojo será utilizado para material contra incendios, extintores de incendios y
todo material relacionado con la lucha contra incendios en todas las instalaciones de
la empresa EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
- El color amarillo se utilizará para indicar precaución y en donde existan riesgos de
resbalones y caídas en las instalaciones de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ.
- El color verde será utilizado para señalar rutas de escape y salidas de emergencia,
así como también para estaciones de primeros auxilios y punto de reunión.
Para el uso obligatorio de los equipos de protección personal se utilizarán los signos
que sean los adecuados de acuerdo al ambiente de trabajo y el riesgo que se va a
proteger: uso obligatorio de guantes, respiradores, etc.
5.- PREVENCION DE AMENAZAS NATURALES Y RIESGOS
ANTROPICOS:
1. PLAN DE EMERGENCIA.-
Art. 3 7 .- En las instalaciones de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se tendrá en
cuenta las siguientes medidas de protección contra incendios:
a) En los supermercados, bodegas y otros sitios de almacenamiento de
productos que sean combustibles de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se deberá
contar con la suficiente cantidad de extintores de incendio CLASE ABC, es decir
a base de Polvo Químico Seco.
b) En las oficinas se deberá contar con la cantidad suficiente de extintores
CLASE C, o sea de CO2.
c) No se deberá colocar ningún objeto ni equipo aun cuando fuera provisionalmente
delante de las puertas de escape o de equipos portátiles de protección contra
incendios.
d) Todo el personal deberá colaborar y formar parte del Plan de Emergencia contra
Incendios de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, y colaborar en los simulacros y
ejercicios de salvamento.
e) En el local de la planta de imprenta de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se evitará
acumular gran cantidad de papel y cartón, especialmente de archivos y
documentación obsoleta, debiendo guardarse esta carga de fuego en lugares con la
suficiente ventilación y espacio.
2. BRIGADAS Y SIMULACROS.-
Art. 38.- Para las actividades con peligros e impactos significativos, deberá
analizarse si es factible que se presente una emergencia y en caso afirmativo se
definirá que hacer antes, durante y después de la misma. El manejo de la emergencia
está definido en el Plan de Emergencia y Contingencia de EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ, donde constan los nombres de los miembros de las brigadas de emergencia.
Art. 39.- EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, elaborará un inventario de recursos
disponibles para el manejo de emergencias, el mismo estará actualizado. La cantidad
y tipo de extintores están ya colocados y serán revisados periódicamente por el
Presidente del Comité de Higiene y Seguridad en el Trabajo de EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ, y además serán quienes definan la frecuencia de
mantenimiento, recarga y otros servicios.
Art. 40.- Simulacro: EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, programará el entrenamiento
de los procedimientos para el manejo y control de las emergencias definidas según
prioridades, por ejemplo: incendio de combustibles, así como para el entrenamiento
de una evacuación específica de un área o instalación determinada, éstos se
realizarán siempre y cuando el personal esté debidamente capacitado.
Art. 41.- Las emergencias en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, serán manejadas en
base a instructivos de cómo actuar frente a las mismas y que constan en el
Procedimiento del Plan General de Emergencias y Contingencias que EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ tiene implementado por el Cuerpo de Bomberos de MACAS.
Art. 42.- Frente a una emergencia, independientemente del tipo y efectos que pueda
causar, se deberán considerar las siguientes medidas de actuación:
a.- Cualquier trabajador de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, que detecte una
emergencia como: incendio, derrame de líquido inflamable, fuga de gases
comprimidos, explosiones, inundación natural o cualquier condición no
esperada y que considere que afecta la salud humana o el medio ambiente, deberá
dar aviso a su Jefe inmediato.
b.- Este verificará la situación y comunicará el inicio de la emergencia al Jefe de
Emergencias o al Gerente, quién actuará como Coordinador General de la
Emergencia, en caso de que se requiera se solicitará apoyo externo.
c. PLANES DE CONTINGENCIA.-
Art. 43.- Posterior a una emergencia (incendio, explosión o desastre natural), el
responsable de Prevención de Riesgos de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, tendrá
a cargo el restablecimiento de las funciones normales de la Empresa para lo que:
a.- Inspeccionará los lugares de trabajo afectados por el siniestro para evaluar las
condiciones de seguridad para el reingreso.
b.- Conjuntamente con los miembros del sistema de respuesta de emergencias,
serán evaluadas las causas que llevaron a la producción del evento al igual que las
consecuencias que derivaron de éste.
c.- Se revisarán los procedimientos de actuación y la capacidad de reacción
observadas ante la emergencia.
6. DOCUMENTOS TECNICOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD:
a.- PLANOS DEL CENTRO DE TRABAJO.-
Art. 44.- Los planos de evacuación con todo el recinto laboral, las áreas de trabajo y
rutas de evacuación se muestran en el Plan de Emergencia y Contingencia aprobado
por el Cuerpo de Bomberos de MACAS.
b.- RECINTO LABORAL EMPRESARIAL:-
Art. 45.- Los planos de evacuación con el recinto laboral empresarial se muestran en
el Plan de Emergencia y Contingencia aprobado por el benemérito Cuerpo de
Bomberos de MACAS que exige su cumplimiento a todas las empresas de la ciudad
de MACAS.
c.- AREAS DE PUESTOS DE TRABAJO:-
Art. 46.- Así mismo de acuerdo al Decreto Ejecutivo 2393 art. 15, literal g), numeral
3, las áreas de puestos de trabajo se muestran en el Plan de Emergencia y
Contingencia aprobado por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de MACAS y allí se
encuentran definidas todas las áreas y puestos de trabajo de EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ
d.- DETALLES DE LOS RECURSOS:
Art. 47.- Los detalles de los recursos con que cuenta EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ para las emergencias son los siguientes:
-Recursos Humanos: EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ:
1. Brigada de Prevención de Incendios:
Jefe de Brigada: Sr. Emilio Heredia Lopez
SUPLENTE: Sr. Patricio MenaTrujillo.
2. Brigada de Evacuación:
Jefe de Brigada: Sr. Kevin Yuquilema
SUPLENTE: Sr. Andres Sacta.
3. Brigada de Primeros Auxilios:
Jefe de Brigada: Srta. Erika Sacta.
SUPLENTE: Srta. Susana Pesantez.
4. Brigada de Comunicaciones:
Jefe de Brigada: Srta. Jenny Portilla.
SUPLENTE: Srta. Carmén Heredia Pacheco.
-Recursos Materiales:
UBICACION Y
CAPACIDAD
DE EXTINTORES
MACAS
LOCALIZACION RECURSO LOCALIZACIÓN
Planta Baja 2 de 10
LB PQS
Tipo ABC Comisariato, Bodegas y
Servicios Higiénicos.
Primer Piso 2 de 10
lb PQS
Tipo ABC Oficinas Administrativas y
Centro de atención al
cliente.
Segundo Piso 2 de 10
lb PQS
Tipo ABC Administración general
.
e.- RUTAS DE EVACUACIÓN DE EMERGENCIA.-
Art. 48.- Las rutas de evacuación se muestran así mismo en el Plan de Emergencia
y Contingencia aprobado por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de MACAS que
exige su cumplimiento a todas las empresas de la Ciudad de MACAS.
7.- GESTION DE SALUD EN EL TRABAJO.-
a. CONTROLES Y EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES:
Los Trabajadores y trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, tendrán
derecho a las siguientes medidas de vigilancia de su salud ocupacional:
Art. 49.- EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se responsabilizará de garantizar el
cumplimento de las medidas necesarias para proteger la salud y el bienestar de los
trabajadores, a través de los siguientes exámenes médicos:
PRE-EMPLEO Y REINGRESO: Es decir pruebas médicas que tienen por finalidad
determinar el estado físico de sus futuros trabajadores para situarlos en los puestos
de trabajo para el cual están aplicando de acuerdo con sus condiciones físicas y
mentales. Si el trabajador no cumple con este examen médico de aptitud no será
contratado.
EXÁMENES MÉDICOS PERIODICOS.- Se realizan exámenes médicos de aptitud
periódicos a todos los trabajadores, especialmente a aquellos que estén expuestos
a actividades peligrosas para la salud. En muchos casos bastará con efectuar
análisis de sangre o de orina con mayor periodicidad, realizándose exámenes
médicos completos a intervalos mayores con la finalidad de determinar la situación
médica actual y tomar acciones preventivas o correctivas en caso de ser necesarias,
y estos exámenes son guardados en la carpeta individual de cada trabajador.
EXÁMENES DE RETIRO: es decir pruebas médicas que tienen por finalidad de
determinar el estado físico final de sus trabajadores al dejar de prestar servicios en
EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ.
b. APTITUD MÉDICA LABORAL:
Art. 50.- En EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se garantizará la aptitud médica de los
trabajadores a través de los exámenes médicos ocupacionales realizados por
expertos en la materia, es decir el Médico Ocupacional de la empresa.
c. PRESTACION DE PRIMEROS AUXILIOS.-
Art. 51.- El Jefe de la Brigada de Primeros Auxilios y en su ausencia su suplente,
serán los encargados de brindar primeros auxilios a todo el personal de EMILIO
JOSE HEREDIA LOPEZ
d. PROTECCIÓN DE LOS GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA Y EN
CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD.-
Art. 52. – Las autoridades han determinado que EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ,
velará en forma prioritaria por la seguridad de todos sus trabajadores, especialmente
si son mujeres o personas con discapacidad.
- Prevención de Riesgos para Personal Femenino: Para las mujeres embarazadas
y madres lactantes se considerarán horarios, turnos y actividades que pongan en
riesgo sus condiciones físicas, uso de equipo de protección y/o traslado temporal de
su puesto de trabajo de acuerdo a la prescripción médica.
- Prohibición de contratar adolescentes y menores de edad: EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ, no contratará los servicios laborales de personas que tengan
menos de 18 años de edad, ni realizará convenios ni contratos con terceras personas
que tengan entre sus trabajadores a menores de edad.
- Prevención de Riesgos para personas con capacidades especiales: En el caso
de los trabajadores con capacidades especiales se considerará el área de trabajo
tomando en cuenta las medidas preventivas y protección necesarias de tal manera
que no afecten a su condición de salud.
- Prevención de Riesgos para Extranjeros: Para el caso de personal extranjero se
sujetarán al mismo Reglamento establecido para el caso de personal nacional.
b.- Así mismo es obligatorio que el contratista presente el Reglamento de Seguridad
y Salud Ocupacional debidamente registrado en el Ministerio del Trabajo.
Art. 53.- Al contratar personas naturales o jurídicas no inherentes a su proceso de
empresa, se tomara en cuenta:
a.- Antes de iniciar la contratación de obra o servicios, se deberá exigir al Contratista,
que todo el personal a su cargo esté afiliado al I.E.S.S.
b.- Así mismo es obligatorio que el contratista presente el Reglamento de Higiene y
Seguridad debidamente registrado en el Ministerio del Trabajo.
- Salas de Apoyo de Lactancia Materna: De acuerdo a la normativa vigente, JOSE
EMILIO HEREDIA LOPEZ, deberá cumplir el Acuerdo Interministerial Nro. 003 –
2019, en el cual se expide la Norma Técnica para la Adecuación y Uso de las Salas
de Apoyo a la Lactancia Materna en el Sector Privado.
e.- PROTECCIÓN Y VIGILANCIA PARA EL ADECUADO MANTENIMIENTO DE
SERVICIOS SANITARIOS GENERALES.-
Art. 54.- La protección y vigilancia de los servicios sanitarios en general será evaluado
y controlado directamente por el Comité de Higiene y Seguridad en el Trabajo de
EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, con el objeto de que este organismo paritario haga
conocer cualquier novedad detectada a Gerencia para su aplicación inmediata.
f.- REGISTROS INTERNOS DE LA SALUD EN EL TRABAJO.-
Art. 55.- Los registros internos de la Salud en el trabajo para EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ, estarán dados de acuerdo al Código del Trabajo Art. 144, y al Acuerdo
Ministerial 1404 Art. 11, Numeral 3.
CAPITULO III
PROGRAMAS DE PREVENCIÓN
1. PROGRAMA DE PREVENCIÓN AL USO Y CONSUMO DE DROGAS EN
ESPACIOS LABORALES.-
Art. 56- Respetando el Acuerdo Interministerial N° MDT-MSP-2019-0038,
suscrito entre el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud Pública, dará
cumplimiento a lo estipulado en dicho Acuerdo, para lo cual establece el
objetivo general y los objetivos específicos:
Objetivo General.
Promover, prevenir y reducir, el consumo de alcohol, tabaco y otras drogas en los
trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, a través de acciones estratégicas
para el abordaje y atención integral en los espacios laborales, adoptando hábitos
de vida saludable y fortaleciendo la gestión conjunta de empleadores y trabajadores.
Objetivos Específicos.
a. Promover estilos de vida saludables y la reducción del consumo de alcohol,
tabaco y otras drogas.
b. Desarrollar e impulsar la atención integral de trabajadores con problemas
de consumo de alcohol, tabaco y otras drogas, tratamiento/acompañamiento
terapéutico)
c. Promover e impulsar proyectos destinados a prevenir el uso y consumo
de alcohol, tabaco y otras drogas, para mejorar la condición de salud, de los
trabajadores y fortalecer la prevención de riesgos y accidentes laborales.
Para lograr estos objetivos, realizará las actividades indicadas en el “Programa
Integral de Prevención y Reducción del Uso y Consumo de Drogas en
Empresas e Instituciones Públicas y Privadas”.
2. PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES.-
Art. 57.- Respetando el Acuerdo Ministerial No. 082 y acuerdo Ministerial No. 135,
art. 10 literal f), EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se acoge a lo relacionado
con la prevención de Riesgos Psicosociales para todos los trabajadores que laboran
en la empresa, para lo cual realizará un programa preventivo, basado en
talleres, capacitaciones, charlas, afiches, encuesta a todos los trabajadores.
a. Articular las normas necesarias para que no existan diferencias sustanciales
entre unos trabajadores y otros.
b. Estructurar y concretar las funciones y responsabilidades de cada puesto
de trabajo, evitando ambigüedades.
c. Capacitar a los trabajadores para que sean capaces de identificar
posibles conflictos y mediar en una reconciliación.
- Asi mismo EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ deberá cumplir con toda la normativa
legal vigente en lo referente al Acuerdo Ministerial No. MDT-2020-244 sobre el
PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE CASOS DE DISCRIMINACIÓN,
ACOSO LABORAL Y/O TODA FORMA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN LOS
ESPACIOS DE TRABAJO.
CAPITULO IV
REGISTRO, INVESTIGACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE
ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES
PROFESIONALES E INCIDENTES.
1. REGISTRO Y ESTADISTICA.-
Art. 58.- Todo accidente de trabajo será objeto de investigación inmediata por parte
de la empresa a través del Comité de Higiene y seguridad de EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ, y deberá ser denunciado al I.E.S.S., dentro de los 10 primeros
días de ocurrido, pero siempre teniendo presente que la atención médica primaria
del accidentado, tiene prioridad sobre cualquier otra situación. Todos los accidentes
de trabajo así como los incidentes serán reportados y agendados a fin de tener una
estadística de accidentabilidad de la Empresa.
2. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES.-
Art. 59.- El procedimiento de investigación de accidente de trabajo será siempre
realizado por el Técnico Asesor de Seguridad Industrial quien emitirá un informe
ampliado del accidente de trabajo al Comité de Higiene y Seguridad en el Trabajo de
EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, con el objeto de que este organismo paritario haga
conocer a Gerencia para su aplicación inmediata de las medidas correctivas
necesarias.
3.- INVESTIGACIÓN.-
Art.- 60.- La investigación de los accidentes e incidentes de trabajo, constituye una
técnica de análisis de las contingencias laborales, que nos permitirán conocer
el cómo y el porqué de su ocurrencia y una vez conocidas las causas que las
produjeron implantar las medidas o correctivos que eliminen o reduzcan los factores
riesgos.
En EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se investigarán todos los accidentes labores
que sucedan y este trabajo estará a cargo del Comité de Higiene y Seguridad en
el Trabajo.
4.- NOTIFICACIÓN.-
Art. 61.- Por notificación se entenderá la comunicación escrita y descriptiva del
accidente de trabajo realizada por la Empresa a través de la página web del IESS,
en donde se ingresarán los datos necesarios: cómo, cuándo, dónde y porqué ocurrió
el percance y cuáles fueron sus consecuencias.
5.- RE-ADECUACIÓN, RE-UBICACIÓN Y RE-INSERCIÓN DE LOS
TRABAJADORES.-
Art. 62.- La readecuación de trabajadores en su sitio de trabajo será evaluada
siempre por el Técnico Asesor de Seguridad Industrial quien emitirá un informe de
evaluación del sitio de trabajo directamente al Comité de Higiene y Seguridad en el
Trabajo de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, con el objeto de que este organismo
paritario haga conocer a Gerencia para su aplicación inmediata.
Art. 63.- Los Trabajadores que sufran un accidente laboral y que por causa de éste
sufran disminución en su capacidad física o intelectual de por vida, serán reubicados
y reinsertados en otras labores de menor riesgo y peligrosidad, lo que dependerá del
informe final de la Comisión de Evaluación de Incapacidades del IESS, quienes
verificarán que se cumpla con lo señalado en todos los ámbitos.
CAPITULO V
INFORMACIÓN, CAPACITACIÓN, CERTIFICACIÓN DE
COMPETENCIAS Y ENTRENAMIENTO EN PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES.
1. INFORMACIÓN:-
Art. 64.- El Gerente de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, determinará las
necesidades de información y capacitación sobre Higiene y Seguridad que requiera
el personal dela empresa.
2. CAPACITACIÓN.-
Art. 65.- La capacitación en temas de Higiene y seguridad en EMILIO JOSE
HEREDIA LOPEZ, deberá estar coordinado íntegramente por el Comité de Higiene y
Seguridad y la Gerencia.
Art. 66.- La asistencia a los eventos de capacitación organizados por la Gerencia de
EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, deberá ser obligatorio para todo el personal, sin
existir ningún tipo de justificación, salvo por enfermedad o calamidad doméstica.
Art. 6 7 .- Los programas de capacitación en Higiene y seguridad que se realicen
en forma anual deberán ser comunicados al I.E.S.S. y al Ministerio del Trabajo y
deberán constar dentro del Plan Anual de Actividades de EMILIO JOSE HEREDIA
LOPEZ
3. CERTIFICACION POR COMPETENCIAS LABORALES.-
Art. 68.- De acuerdo a los artículos ministeriales No. 174 reformado por el acuerdo
ministerial No. 067 y el acuerdo No. 013 reformado por el acuerdo ministerial No.
068, las competencias en materia de Higiene y seguridad para todos los
trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, serán dadas solamente por las
empresas e instituciones públicas y privadas que se encuentren acreditadas por la
SETEC, SECAP, CEAACES, SENECYT y el CISHT.
4. ENTRENAMIENTO.-
Art. 69.- Cada año se realizará un entrenamiento a las brigadas de emergencia de
EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, de tal forma que se ponga en práctica el Plan de
Emergencia y contingencia de la Empresa.
CAPITULO VI
INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES
1. INCUMPLIMIENTOS.-
Art. 70.- Todos los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, están
obligados a acatar y cumplir las normas de Prevención de Riesgos Laborales
determinados en este Reglamento, en las disposiciones del I.E.S.S., Código del
Trabajo y demás normas vigentes.
Los incumplimientos se clasifican en tres categorías, los mismos que serán aplicados
al responsable de esta acción de la siguiente manera:
1. Infracción Leve:
Incumplimiento de sus obligaciones de carácter formal o documental exigida.
2. Infracción Grave:
Incumplimiento de obligaciones específicas que generen accidentes, enfermedades
ocupacionales y pérdidas materiales.
3. Infracción Muy Grave: Incumplimiento de obligaciones específicas o generales
que provoquen accidentes y/o enfermedades profesionales, cuyas consecuencias den
lugar a incapacidad o muerte, y la reiteración de incumplimientos de infracciones
graves.
2.- SANCIONES.-
Art. 71.- Las Sanciones a los trabajadores por incumplimientos serán:
a.- Notificación mediante memorando, y de ser necesario acompañado de un proceso
de capacitación puntual o re-entrenamiento. Toda situación anómala debe juzgarse
en su propio contexto y sometida a la acción correctiva adecuada.
b.- En caso de incidentes repetidos, comportamiento irresponsable o descuido
flagrante en los procedimientos y las prácticas, serán sancionados en forma drástica,
pudiendo inclusive determinarse la terminación de la relación laboral.
c.- El Trabajador que contravenga normas contenidas en el Código del Trabajo, este
reglamento, o instrucciones emanadas por los técnicos responsables y la
administración, será sancionado con amonestaciones según se detalla a
continuación:
1. Sanción Leve: Amonestación verbal del Jefe inmediato.
2. Sanción Grave: Amonestación por escrito suscrita por el Jefe Departamental
y /o multa de acuerdo con el Reglamento Interno de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ
3. Sanción Muy Grave: Amonestación por reincidencia, terminación inmediata de
la relación laboral, de conformidad con el art. 172 y 410 del Código del Trabajo.
d.- Será obligación del jefe inmediato que realiza la amonestación verbal o escrita,
informar dentro de un plazo de 48 horas a Recursos Humanos. En caso de tratarse
de una amonestación por reincidencia, Recursos Humanos la remitirá al Gerente,
quién ordenará se tomen las acciones según sea el caso.
e.- En aquellos casos en que a juicio del Gerente General, la gravedad de la
infracción sea de tal magnitud que proceda la inmediata terminación del contrato, se
pondrá en conocimiento al Ministerio del Trabajo de inmediato mediante la solicitud
de visto bueno.
DEFINICIONES
Reglamento de higiene y seguridad laboral

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Reglamento de higiene y seguridad laboral

  • 1. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ 2022 MACAS- ECUADOR
  • 2. DATOS GENERALES DE LA EMPRESA: 1. Registro Único de Contribuyentes (RUC): 1400677694001 Razón Social: EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ Actividad Económica: VENTA AL POR MAYOR DE ALIMENTOS, BEBIDAS Y TABACO. Tamaño de la Empresa: Pequeña Empresa: 25 trabajadores. 5. Centros de Trabajo: 1 6. Dirección: Matriz: CUENCA Y MARIO FLOR - Macas - Ecuador. OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN: 1. OBJETO.- Este Reglamento de Higiene y Seguridad que se elabora para la Empresa localizada en MACAS, EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, tiene por objeto Prevenir accidentes e incidentes de trabajo, así como también enfermedades profesionales para todos los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, sin dejar de tomar en cuenta también la protección de todas las instalaciones y medios físicos donde realizan sus actividades. Así mismo entre otros objetivos específicos que se pretenden conseguir con la implantación de este Reglamento de Higiene y Seguridad en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, son los siguientes: - Reducir los Riesgos del Trabajo en forma general que se encuentren presentes en todas las actividades e instalaciones donde prestan sus servicios los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ - Establecer acciones tendientes a disminuir los Accidentes e Incidentes de trabajo dentro de las instalaciones y dependencias donde desarrollan sus actividades los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ - Dotar de Equipos de Protección Personal a todos los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, para evitar Riesgos del Trabajo durante el desarrollo de sus actividades. - Establecer un Plan de Acción de Emergencia y Contingencia en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, para actuar en forma efectiva en caso de producirse algún incendio o accidente mayor. - Implementar normas enfocadas en la Seguridad y Salud de sus trabajadores, a fin de prevenir los riesgos laborales. - Cumplir con la leyes y reglamentos nacionales sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo, así como las encaminadas a mantener un ambiente sano y acorde a las necesidades de sus trabajadores. 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. – El ámbito de aplicación de este Reglamento de Higiene y Seguridad para EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, de la ciudad de MACAS, será en su centro de trabajo ubicado en la calle Cuenca y Mario Flor.
  • 3. POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ El compromiso de la Administración de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, con respecto a materia de Higiene y Seguridad de todos sus Trabajadores está basado en la prevención de riesgos laborales para todos los trabajadores a través de las siguientes acciones: a. Establecer acciones que busquen disminuir los Riesgos Laborales en todas las actividades que desarrollan los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ b. Considerar normas, leyes y reglamentos que regulen la actuación y desarrollo de actividades en todas las instalaciones de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ c. Establecer líneas de acción para evitar la ocurrencia de Incidentes y Accidentes de Trabajo así como de Enfermedades Profesionales a todo el personal que labora en las instalaciones de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ d. Coordinar todas las acciones y eventos que se realicen en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, que busquen disminuir los riesgos laborales. e. Realizar periódicamente simulacros y ejercicios de evacuación incluidos dentro del Plan de Acción de Emergencia de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ Sr. EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ REPRESENTANTE LEGAL MACAS, 01 de Junio del 2022.
  • 4. CAPITULO I DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS 1. OBLIGACIONES GENERALES DEL EMPLEADOR Art. 1.- Las obligaciones generales de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, serán las siguientes: a. Elaborará la Política de Higiene y Seguridad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, y la difundirá entre sus trabajadores. b.- Asegurará el cumplimiento de los objetivos, la consecución de recursos, la definición de responsables, la elaboración y el cumplimiento de los programas. c.- Implementará un modelo de mejoramiento continuo, de la calidad de las actividades, de la seguridad, del sistema operativo y del ambiente, entre otros. d.- Identificará y evaluará los riesgos del trabajo, con el fin de planificar las acciones preventivas, mediante la vigilancia epidemiológica de la salud ocupacional de sus trabajadores. e.- Controlará los riesgos en su origen, en el medio de transmisión y en el trabajador, se priorizará el control colectivo sobre el individual. En caso de que la prevención colectiva sea insuficiente, EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, proporcionará sin costo para el trabajador la ropa y el equipo de protección personal, evaluado y definido para cada actividad riesgosa. f.- Dotará, vigilará e impondrá en caso necesario, que sus trabajadores usen en debida forma la ropa de trabajo y equipos de protección personal que le sean entregados. g.- Investigará y analizará los incidentes, accidentes y enfermedades profesionales y mantendrá un procedimiento de registro y notificación de los mismos, del resultado de las evaluaciones de riesgos y las medidas de control propuestas. h.- Desarrollará la adaptación del trabajo y de los puestos de trabajo a las capacidades de los trabajadores, considerando su estado de salud física y mental, tendrá en cuenta la ergonomía y las demás herramientas relacionadas con cada tipo de riesgo del trabajo. i.- Proporcionará en sus instalaciones, servicios higiénicos básicos individualizados tanto para hombres como para mujeres, con suficiente dotación de agua, así como lugares de descanso o de relajación y favorecer las pausas de descanso, además deberá existir sistemas de respuesta a emergencias, incendios, accidentes mayores, desastres u otros.
  • 5. k.- Entregar y difundir el presente Reglamento a todos los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, comunicando sus reformas y demás normas y disposiciones sobre Higiene y Seguridad cada 2 años. 2.- OBLIGACIONES GENERALES Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES: Art. 2.- Entre las obligaciones de los trabajadores de la Empresa EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ tenemos: a.- Cuidarán por su seguridad y la de sus compañeros, cumpliendo el presente Reglamento y las normas de Higiene y seguridad, dictados por las instituciones pertinentes. b.- Conocerán y respetarán las normas sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo contenidas en el presente Reglamento de Higiene y Seguridad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ c.- Utilizarán el Equipo de Seguridad y Protección Personal que le sea entregado por el Jefe Inmediato, siendo su responsabilidad cuidarlo y utilizarlo adecuadamente dentro de las labores que realice. d.- No ingerirán bebidas alcohólicas, substancias psicotrópicas y estupefacientes en el sitio de trabajo, y tampoco presentarse a los mismos en estado etílico o bajo los efectos de dichas substancias. e.- Respetarán todas las señales de seguridad que han sido colocadas en las áreas de trabajo, quedando prohibido destruir afiches, avisos o publicaciones que se utilicen para promocionar la Prevención de Riesgos Laborales en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ h.- Asistirán a los cursos de capacitación sobre Prevención de Incendios, Prevención de Riesgos Laborales y de Primeros Auxilios que sean organizados por la Administración de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ i.- Informarán a su Jefe Inmediato sobre la detección de cualquier condición insegura en su lugar de trabajo, de tal forma que sea corregida en el menor tiempo posible. j.- Asistirán a los exámenes médicos preventivos que le sea exigido por la Empresa y cumplir con los tratamientos prescritos. Art. 3.- Entre los principales derechos de los trabajadores, tenemos: a.- Tendrán derecho a recibir todo el equipo de protección personal que sea necesario para realizar sus labores diarias, especialmente en espacios o instalaciones que no cuenten con las seguridades necesarias. b.- Recibirán de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, sin costo alguno toda la ropa de trabajo necesaria para realizar sus actividades en forma segura y ordenada.
  • 6. c.- Todo el personal de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, deberá recibir la capacitación y el entrenamiento adecuado para efectuar sus actividades y su trabajo en forma segura y adecuada de salud. 2. PROHIBICIONES DEL EMPLEADOR Y TRABAJADORES: Art. 4.- EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, no deberá: a.- Permitir a los trabajadores que realicen sus actividades en estado de embriaguez o bajo la acción de cualquier sustancia tóxica. b.- Obligar a los trabajadores a desarrollar sus actividades en ambientes nocivos, por efecto de productos peligrosos, peligros químicos, físicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales, etc., salvo que previamente se adopten las medidas preventivas para la defensa de la salud. c.- Hacer caso omiso de las recomendaciones contenidas en los certificados emitidos por los servicios médicos o por la Comisión de Evaluación de Incapacidades del I.E.S.S. d.- Obligar al trabajador a realizar tareas sin el debido entrenamiento y sin extremar las medidas de prevención y protección tanto colectiva como individual. e.- Obligar a sus trabajadores a laborar en ambientes insalubres por efecto de polvo, gases o sustancias tóxicas, que puede afectar directamente su salud. f.- Facultar al trabajador la realización de su trabajo sin utilizar debidamente la ropa de trabajo y el equipo de protección personal. g.- Impedir la participación de los trabajadores en la Planificación y Realización de Planes de Prevención de Riesgos Laborales en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ h.- Permitir que cualquier trabajador realice labores riesgosas para la cual no fue entrenado adecuadamente. i.- Dejar de cumplir las disposiciones que sobre Prevención de Riesgos Laborales emanen de la Ley, Reglamentos y otras disposiciones de la Subdirección de Riesgos del Trabajo del I.E.S.S. del MORONA SANTIAGO y del Ministerio del Trabajo. j.- Dejar de acatar las indicaciones contenidas en los certificados emitidos por la Comisión de Valuación de Incapacidades del I.E.S.S. sobre cambios temporales o definitivos de los trabajadores, en las actividades que puedan agravar sus lesiones adquiridas dentro de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ Art. 5.- Las prohibiciones a los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, serán:
  • 7. a) Acudir a sus labores en condiciones inadecuadas de orden, aseo y limpieza, tanto en su vestuario, como en su persona. b) Efectuar trabajos sin haber recibido las instrucciones y entrenamiento previo para la labor que van a realizar. c) Ingresar al trabajo en estado etílico o después de haber ingerido cualquier substancia tóxica. d) Fumar dentro de todas las instalaciones de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ e) Distraer la atención a sus compañeros dentro de sus actividades, con juegos, riñas, discusiones, los mismos que pueden ocasionar accidentes e incidentes del trabajo. f) Alterar, cambiar, reparar o accionar instalaciones y medidores eléctricos, etc., sin conocimientos técnicos o sin previa autorización superior. g) Modificar o dejar inoperantes mecanismos de protección en máquinas, equipos o instalaciones eléctricas de propiedad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ h) Dejar de observar las reglamentaciones colocadas para incentivar las medidas de Prevención de Riesgos Laborales. 4. RESPONSABILIDADES DEL GERENTE, JEFES Y SUPERVISORES.- Responsabilidades del Gerente: Art. 6.- Apoyará, financiará y evaluará el cumplimiento de los programas de Higiene y Seguridad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ Art. 7.- Será responsabilidad de los Jefes de Área las siguientes actividades: a.- Participaran activamente en los Programas de Seguridad y Salud Ocupacional que se implementen en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ b- Cumplirán y harán cumplir el presente Reglamento de higiene y seguridad, así como las normas y procedimientos vigentes en materia de Higiene y Seguridad por parte de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ c.- Comunicarán al Gerente General cualquier práctica o condición insegura, que no pueda ser solventada por sí mismo y que ponga en peligro la integridad física de los trabajadores, instalaciones o bienes de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ d.- Incentivarán al personal bajo su cargo sobre la Prevención de Riesgos Laborales y concienciar sobre el buen uso de las instalaciones, equipos y bienes de propiedad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ.
  • 8. e.- Apoyarán permanentemente al Jefe de Talento Humano de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, para el cumplimiento de los Planes de Trabajo Anual. 5. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ASESOR DE LOS SERVICIOS EN MATERIA DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO.- Art. 8.- Será de acatamiento obligatorio por parte del Asesor de Higiene y Seguridad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, todas las normas y regulaciones que sean impartidas por parte del Ministerio de Trabajo y del IESS en materia de Seguridad y Salud Laboral, mientras dure el contrato vigente firmado por el Msc. Ing. Luis Marcelo Sánchez León con cédula de identidad No. 0101650109 con el representante legal de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ 6. OBLIGACIONES DE CONTRATISTAS, SUBCONTRATISTAS Y FISCALIZADORES PARA EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ- Art. 9.- Prevención de Riesgos del personal bajo la modalidad de Servicios Complementarios: Al contratar personas naturales o jurídicas no inherentes a su proceso de educación, se tomara en cuenta: a.- Antes de iniciar la contratación de una obra o servicio, se deberá exigir al Contratista, que todo el personal a su cargo esté afiliado al I.E.S.S. b.- Así mismo es obligatorio que el contratista presente el Reglamento de Higiene y Seguridad debidamente aprobado en el Ministerio del Trabajo. 7. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES EN ESPACIOS COMPARTIDOS ENTRE EMPRESAS O INSTITUCIONES.- Art. 10.- EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, al momento cuenta con espacio compartido con otras empresas privadas. 8. INCENTIVOS LABORALES.- Art. 11.- Se considerarán como incentivos laborales en materia de Higiene y Seguridad para los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, cuando se obtenga al final del año un registro estadístico cercano o igual a CERO ACCIDENTES LABORALES. Art. 12.- Para la aplicación de este incentivo laboral el Gerente General de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, considerará un incentivo ya sea económico o material para él o los trabajadores que se hayan destacado en materia de Higiene y Seguridad en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, durante todo un año calendario. CAPITULO II GESTION DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
  • 9. 1. ORGANISMOS PARITARIOS, CONFORMACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD E HIGIENE DE EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ.- Art. 13.- Por disponer del número mínimo de trabajadores, EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ S.A., elegirá el Comité de Higiene y Seguridad para la matriz en la localidad de MACAS, que estará conformado por 3 representantes del Empleador con sus respectivos suplentes y 3 representantes de los trabajadores, de igual forma con sus respectivos suplentes. De entre estos 6 miembros principales se nombraran un Presidente y un Secretario, cuyos nombramientos tendrán la duración de 1 año calendario, pudiendo ser reelegidos indefinidamente y tendrán las siguientes funciones que se hallan indicadas en el Art. 14 del Decreto 2393 que dicen textualmente: a) Promover la observancia de las disposiciones sobre prevención de riesgos profesionales. b) Analizar y opinar sobre el Reglamento de Seguridad e Higiene de la empresa, a tramitarse en el Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos. Así mismo, tendrá facultad para, de oficio o a petición de parte, sugerir o proponer reformas al Reglamento Interno de Seguridad e Higiene de la Empresa. c) Realizar la inspección general de edificios, instalaciones y equipos de los centros de trabajo, recomendando la adopción de las medidas preventivas necesarias. d) Conocer los resultados de las investigaciones que realicen organismos especializados, sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que se produzcan en la empresa. e) Realizar sesiones mensuales en el caso de no existir subcomités en los distintos centros de trabajo y bimensualmente en caso de tenerlos. f) Cooperar y realizar campañas de prevención de riesgos y procurar que todos los trabajadores reciban una formación adecuada en dicha materia. g) Analizar las condiciones de trabajo en la empresa y solicitar a sus directivos la adopción de medidas de Higiene y Seguridad en el Trabajo. h) Vigilar el cumplimiento del presente Reglamento y del Reglamento Interno de Seguridad e higiene en el Trabajo. GESTION DE LOS RIESGOS LABORALES PROPIOS DE EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ Art. 14.- La determinación de los Riesgos en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, será: a.- Identificación: La Identificación de todos los riesgos laborales presentes en el local de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se realiza cada año a fin de disminuir su peligrosidad a través de los métodos de identificación de riesgos como son: 1. Talleres. Se trata de una metodología que avanza desde arriba, partiendo de la alta dirección, y se filtra hacia abajo, involucrando a mandos medios y trabajadores. 2. Entrevistas directas a los mandos medios y trabajadores en general. 3. Análisis de escenarios, en el medio laboral donde se ejecutan las actividades 4. Encuestas solo en caso necesario. 5. Análisis de causa raíz.
  • 10. b.- Medición: Para vigilar las condiciones ambientales en los sitios de trabajo, se realizan mediciones de los principales riesgos laborales de trabajo presentes en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, como son; Ruido, Iluminación, Contaminación por Riesgos Biológicos y Químicos, para lo cual se cuenta con equipos calibrados por el Asesor de Higiene y Seguridad, Msc. Ing. Luis Marcelo Sánchez León. c.- Evaluación: Se realiza la fijación de los límites para una prevención efectiva de los riesgos de intoxicaciones y enfermedades ocasionadas por: Radiaciones U.V., Exposición a Polvos y otros productos orgánicos e inorgánicos que son los que se utilizan en la venta de alimentos, productos enlatados y tabacos en la empresa. d.- Control: Con el fin de controlar los riesgos laborales en la fuente, el medio de transmisión y en el receptor, con el fin de lograr un seguimiento y mejora continua en los valores obtenidos de ruido, ventilación, iluminación, temperatura y humedad en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se realizan medidas de control como son: - Iluminación: Cambio de lámparas y luminarias en los puestos de trabajo medidos y que se obtuvieron valores por debajo de 200 luxes. - Ventilación: Mejora del aire interior, a través de la colocación de un ventilador mecánico a fin de lograr la renovación de aire en forma periódica y continua. - Polvos Orgánicos e Inorgánicos.- Protección de todos los trabajadores mediante el uso de mascarillas y equipos de protección respiratoria adecuados. - Riesgos Biológicos: Exámenes periódicos a fin de revisar el estado de salud de los trabajadores a cargo del Médico de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ. e.- Planificación: Se establecen las principales actividades en el Plan de Trabajo de Higiene y Seguridad en el Trabajo que se encuentra en desarrollo durante este año calendario por parte de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ y a cargo del asesor de seguridad e higiene industrial Msc. Ing. Luis Marcelo Sánchez León. f.- Ejecución: Este programa está debidamente planificado, ejecutándose y desarrollado íntegramente por el Comité de Higiene y Seguridad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, y por el Asesor de Higiene y Seguridad, Msc. Ing. Luis Marcelo Sánchez León, Nivel F4-MDT y el Medico de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ g.- Seguimiento y Mejora Continua: Parte del control o mejor dicho de las medidas de control que serán implantadas en el presente periodo por parte del Comité de Higiene y Seguridad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, y por parte del Asesor de Higiene y Seguridad en el Trabajo Msc. Ing. Luis Marcelo Sánchez León, Nivel F4- MDT, están basados en las siguientes medidas de control para los 6 tipos de riesgos laborales presentes en la empresa y que se han verificado en la fuente, medio de transmisión y receptor: - RIESGOS MECÁNICOS: Art. 15.- En las máquinas y equipos que no disponen de los elementos de seguridad sobre todo en eléctricos y accionados por aire se colocarán medidas adicionales de seguridad para evitar accidentes. Art. 16.- Para evitar caídas, resbalones, etc., sobre todo en la atención al público, se deberán cumplir las siguientes condiciones:
  • 11. 1. No tener huecos ni prominencias. 2. Permanecer siempre limpia y libre de obstáculos. 3. Las áreas de trabajo y circulación, serán lo suficientemente amplias. 4. Debe existir la iluminación suficiente. Art. 18.- Para las vías de circulación y evacuación en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, tienen la anchura suficiente, están libres de obstáculos, y están claramente identificadas, delimitadas y señalizadas. Art. 19.- Las salidas y puertas exteriores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, son suficientes en número y anchura, para que todos los trabajadores, usuarios y personal involucrado en el proceso de venta de productos alimenticios, puedan abandonarlos con rapidez y seguridad; su acceso es muy visible y se encuentra debidamente señalizado. Art. 20.- Existen puertas de evacuación en caso de Emergencias, las mismas que tienen un sistema mecánico fácil de accionar y permitir la evacuación en condiciones adecuadas por parte de todo el personal. Art. 21.- En EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se observará lo siguiente para evitar caídas y resbalones con productos comestibles al ser comercializados: - El almacenamiento de productos comestibles, se lo debe realizar en forma ordenada y con la señalización correspondiente. - Los materiales rígidos se almacenaran debidamente estibados y sujetos con soportes que faciliten la estabilidad del conjunto. - El almacenamiento de insumos y materias primas para el proceso de Venta al por menor y mayor de productos comestibles, será realizado asegurando la estabilidad mediante sujeción con elementos estructurales muy rígidos. - Las áreas de almacenamiento se mantendrán bien ordenadas, bien iluminadas y señalizando los materiales allí depositados. - Sus vías de acceso deberan encontrrse libres de objetos que obstaculicen el libre tránsito de las personas. Art. 22.-Los trabajadores que laboran en las oficinas de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, para evitar accidentes de tipo mecánico siempre: a. Mantendrán ordenado y limpio su lugar de trabajo y pasillos. b. No colocarán objetos y materiales que impidan la libre circulación de personas. c. Evitarán pisos resbaladizos y substancias grasas y deslizantes. d. No deben correr y tienen que manetener siempre la compostura adecuada durante la jornada laboral. RIESGOS FÍSICOS: Art. 23.- Se evitará que los trabajadores se expongan a condiciones altas de ruido superiores a los 85 dB. Art. 24.- Para evitar la falta de iluminación en los lugares de trabajo y de circulación en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se dotará siempre de suficiente iluminación natural o artificial, con la finalidad de que el personal pueda realizar sus actividades en forma segura y libre de riesgo.
  • 12. Art. 25.-Se considera muy importante establecer el mantenimiento periódico de todas las instalaciones eléctricas y de alumbrado en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ para mantener los niveles de iluminación adecuados. RIESGOS BIOLOGICOS: Art. 26.- En los lugares de trabajo donde se manipulan sustancias susceptibles de proliferación de microorganismos, especialmente durante el traslado de insumos y materiales para el proceso de venta de productos alimenticios, se aplican medidas de higiene personal y la desinfección de los puestos de trabajo sobre todo para evitar el virus del COVID 19. Art. 27.- Se deberá evitar la acumulación de materias orgánicas en estado de putrefacción e igualmente deberán ser mantenidas libres de insectos y roedores todas las instalaciones de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ. Art. 28.- La eliminación de desechos sólidos se deberá efectuar con estricto cumplimiento en lo dispuesto por el Ministerio del Ambiente y el GAD Municipal de MACAS. Art. 29.- En EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, para evitar riesgos biológicos como transmisión de enfermedades y microorganismos se cumplirá mantener el suficiente número de baterías sanitarias para el uso de los trabajadores, conforme a lo estipulado en los Artículos pertinentes en el decreto ejecutivo 2393. RIESGOS ERGONOMICOS: Art. 30.- Se analizaron los puestos de trabajo teniendo los siguientes criterios para evitar riesgos ergonómicos: a. Entorno físico: confort ambiental, confort térmico, presencia de ruido, vibraciones, iluminación, ubicación y espacio físico. b. Carga física: estática y dinámica. c. Carga mental: exigencia o apremio de tiempo, nivel de atención y duración por hora de trabajo. d. Tiempo de trabajo: horarios, turnos, pausas y descansos durante el trabajo. e. Uso de pantallas de visualización de datos y movimientos repetitivos. Art. 31.- Cuando las cargas excedan la capacidad humana, de 50 libras para los hombres adultos y 25 libras para las mujeres adultas, se utilizarán equipos mecánicos apropiados como: carretillas y equipos similares. Solo en casos particulares se levantarán los sacos de productos alimenticios de 45 Kg. Art. 32.- El levantamiento de pesos y cargas livianas en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se realizará siguiendo las normas internacionales establecidas como es utilizando las piernas en lugar de la espalda y manteniendo la columna vertebral recta, sabiendo que el peso máximo que puede levantar un trabajador es de22kg, y para cargas más pesadas se utilizarán ayudas mecánicas.
  • 13. Art. 33.- El trabajo que se realiza sentado en las oficinas administrativas de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, es efectuado utilizando un asiento que resulta cómodo y ergonómico y será concebido de manera tal que el trabajador, no tenga que alargar desmesuradamente los brazos, ni girar innecesariamente para alcanzar su zona de trabajo. RIESGOS PSICOSOCIALES: Art. 34.- Para evitar riesgos psicosociales se considerará el nivel de experiencia y la formación de cada persona, ya que es una variable que influye decisivamente en la carga mental. Se dará un tiempo suficiente de aprendizaje y concientización, siempre que se introduzcan cambios tecnológicos, operativos u organizativos en el proceso de comercialización de productos alimenticios y bebidas. 1. DE LOS TRABAJOS DE ALTO RIESGO Y/O ESPECIALES: Art. 35.- En EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, todos los trabajos de alto riesgo o especiales deberán ser realizados únicamente por personal especializado y que disponga de la Certificación en Competencias de Prevención de Riesgos Laborales dado por la SENECYT con fecha actualizada, es decir cuya validez este considerada en la fecha de entrega o autorización al profesional o técnico encargado de dicho trabajo de alto riesgo o especial. 2. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD: Art. 36.- La señalización de seguridad y salud ocupacional en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, deberá ser efectuada y colocada bajo los estrictos estándares técnicos dados en el decreto ejecutivo 2393, Capitulo VII y de acuerdo a la normativa técnica INEN NTE INEN ISO 3864-1, según los siguientes aspectos técnicos generales de señalización: - El color rojo será utilizado para material contra incendios, extintores de incendios y todo material relacionado con la lucha contra incendios en todas las instalaciones de la empresa EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ - El color amarillo se utilizará para indicar precaución y en donde existan riesgos de resbalones y caídas en las instalaciones de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ.
  • 14. - El color verde será utilizado para señalar rutas de escape y salidas de emergencia, así como también para estaciones de primeros auxilios y punto de reunión. Para el uso obligatorio de los equipos de protección personal se utilizarán los signos que sean los adecuados de acuerdo al ambiente de trabajo y el riesgo que se va a proteger: uso obligatorio de guantes, respiradores, etc. 5.- PREVENCION DE AMENAZAS NATURALES Y RIESGOS ANTROPICOS: 1. PLAN DE EMERGENCIA.- Art. 3 7 .- En las instalaciones de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se tendrá en cuenta las siguientes medidas de protección contra incendios: a) En los supermercados, bodegas y otros sitios de almacenamiento de productos que sean combustibles de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se deberá contar con la suficiente cantidad de extintores de incendio CLASE ABC, es decir a base de Polvo Químico Seco. b) En las oficinas se deberá contar con la cantidad suficiente de extintores CLASE C, o sea de CO2. c) No se deberá colocar ningún objeto ni equipo aun cuando fuera provisionalmente delante de las puertas de escape o de equipos portátiles de protección contra incendios. d) Todo el personal deberá colaborar y formar parte del Plan de Emergencia contra Incendios de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, y colaborar en los simulacros y ejercicios de salvamento. e) En el local de la planta de imprenta de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se evitará acumular gran cantidad de papel y cartón, especialmente de archivos y documentación obsoleta, debiendo guardarse esta carga de fuego en lugares con la suficiente ventilación y espacio. 2. BRIGADAS Y SIMULACROS.- Art. 38.- Para las actividades con peligros e impactos significativos, deberá analizarse si es factible que se presente una emergencia y en caso afirmativo se definirá que hacer antes, durante y después de la misma. El manejo de la emergencia está definido en el Plan de Emergencia y Contingencia de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, donde constan los nombres de los miembros de las brigadas de emergencia.
  • 15. Art. 39.- EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, elaborará un inventario de recursos disponibles para el manejo de emergencias, el mismo estará actualizado. La cantidad y tipo de extintores están ya colocados y serán revisados periódicamente por el Presidente del Comité de Higiene y Seguridad en el Trabajo de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, y además serán quienes definan la frecuencia de mantenimiento, recarga y otros servicios. Art. 40.- Simulacro: EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, programará el entrenamiento de los procedimientos para el manejo y control de las emergencias definidas según prioridades, por ejemplo: incendio de combustibles, así como para el entrenamiento de una evacuación específica de un área o instalación determinada, éstos se realizarán siempre y cuando el personal esté debidamente capacitado. Art. 41.- Las emergencias en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, serán manejadas en base a instructivos de cómo actuar frente a las mismas y que constan en el Procedimiento del Plan General de Emergencias y Contingencias que EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ tiene implementado por el Cuerpo de Bomberos de MACAS. Art. 42.- Frente a una emergencia, independientemente del tipo y efectos que pueda causar, se deberán considerar las siguientes medidas de actuación: a.- Cualquier trabajador de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, que detecte una emergencia como: incendio, derrame de líquido inflamable, fuga de gases comprimidos, explosiones, inundación natural o cualquier condición no esperada y que considere que afecta la salud humana o el medio ambiente, deberá dar aviso a su Jefe inmediato. b.- Este verificará la situación y comunicará el inicio de la emergencia al Jefe de Emergencias o al Gerente, quién actuará como Coordinador General de la Emergencia, en caso de que se requiera se solicitará apoyo externo. c. PLANES DE CONTINGENCIA.- Art. 43.- Posterior a una emergencia (incendio, explosión o desastre natural), el responsable de Prevención de Riesgos de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, tendrá a cargo el restablecimiento de las funciones normales de la Empresa para lo que: a.- Inspeccionará los lugares de trabajo afectados por el siniestro para evaluar las condiciones de seguridad para el reingreso. b.- Conjuntamente con los miembros del sistema de respuesta de emergencias, serán evaluadas las causas que llevaron a la producción del evento al igual que las consecuencias que derivaron de éste. c.- Se revisarán los procedimientos de actuación y la capacidad de reacción observadas ante la emergencia. 6. DOCUMENTOS TECNICOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD: a.- PLANOS DEL CENTRO DE TRABAJO.- Art. 44.- Los planos de evacuación con todo el recinto laboral, las áreas de trabajo y rutas de evacuación se muestran en el Plan de Emergencia y Contingencia aprobado por el Cuerpo de Bomberos de MACAS.
  • 16. b.- RECINTO LABORAL EMPRESARIAL:- Art. 45.- Los planos de evacuación con el recinto laboral empresarial se muestran en el Plan de Emergencia y Contingencia aprobado por el benemérito Cuerpo de Bomberos de MACAS que exige su cumplimiento a todas las empresas de la ciudad de MACAS. c.- AREAS DE PUESTOS DE TRABAJO:- Art. 46.- Así mismo de acuerdo al Decreto Ejecutivo 2393 art. 15, literal g), numeral 3, las áreas de puestos de trabajo se muestran en el Plan de Emergencia y Contingencia aprobado por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de MACAS y allí se encuentran definidas todas las áreas y puestos de trabajo de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ d.- DETALLES DE LOS RECURSOS: Art. 47.- Los detalles de los recursos con que cuenta EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ para las emergencias son los siguientes: -Recursos Humanos: EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ: 1. Brigada de Prevención de Incendios: Jefe de Brigada: Sr. Emilio Heredia Lopez SUPLENTE: Sr. Patricio MenaTrujillo. 2. Brigada de Evacuación: Jefe de Brigada: Sr. Kevin Yuquilema SUPLENTE: Sr. Andres Sacta. 3. Brigada de Primeros Auxilios: Jefe de Brigada: Srta. Erika Sacta. SUPLENTE: Srta. Susana Pesantez. 4. Brigada de Comunicaciones: Jefe de Brigada: Srta. Jenny Portilla. SUPLENTE: Srta. Carmén Heredia Pacheco. -Recursos Materiales: UBICACION Y CAPACIDAD DE EXTINTORES MACAS LOCALIZACION RECURSO LOCALIZACIÓN Planta Baja 2 de 10 LB PQS Tipo ABC Comisariato, Bodegas y Servicios Higiénicos. Primer Piso 2 de 10 lb PQS Tipo ABC Oficinas Administrativas y Centro de atención al cliente. Segundo Piso 2 de 10 lb PQS Tipo ABC Administración general . e.- RUTAS DE EVACUACIÓN DE EMERGENCIA.- Art. 48.- Las rutas de evacuación se muestran así mismo en el Plan de Emergencia y Contingencia aprobado por el Benemérito Cuerpo de Bomberos de MACAS que exige su cumplimiento a todas las empresas de la Ciudad de MACAS.
  • 17. 7.- GESTION DE SALUD EN EL TRABAJO.- a. CONTROLES Y EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES: Los Trabajadores y trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, tendrán derecho a las siguientes medidas de vigilancia de su salud ocupacional: Art. 49.- EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se responsabilizará de garantizar el cumplimento de las medidas necesarias para proteger la salud y el bienestar de los trabajadores, a través de los siguientes exámenes médicos: PRE-EMPLEO Y REINGRESO: Es decir pruebas médicas que tienen por finalidad determinar el estado físico de sus futuros trabajadores para situarlos en los puestos de trabajo para el cual están aplicando de acuerdo con sus condiciones físicas y mentales. Si el trabajador no cumple con este examen médico de aptitud no será contratado. EXÁMENES MÉDICOS PERIODICOS.- Se realizan exámenes médicos de aptitud periódicos a todos los trabajadores, especialmente a aquellos que estén expuestos a actividades peligrosas para la salud. En muchos casos bastará con efectuar análisis de sangre o de orina con mayor periodicidad, realizándose exámenes médicos completos a intervalos mayores con la finalidad de determinar la situación médica actual y tomar acciones preventivas o correctivas en caso de ser necesarias, y estos exámenes son guardados en la carpeta individual de cada trabajador. EXÁMENES DE RETIRO: es decir pruebas médicas que tienen por finalidad de determinar el estado físico final de sus trabajadores al dejar de prestar servicios en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ. b. APTITUD MÉDICA LABORAL: Art. 50.- En EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se garantizará la aptitud médica de los trabajadores a través de los exámenes médicos ocupacionales realizados por expertos en la materia, es decir el Médico Ocupacional de la empresa. c. PRESTACION DE PRIMEROS AUXILIOS.- Art. 51.- El Jefe de la Brigada de Primeros Auxilios y en su ausencia su suplente, serán los encargados de brindar primeros auxilios a todo el personal de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ d. PROTECCIÓN DE LOS GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA Y EN CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD.- Art. 52. – Las autoridades han determinado que EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, velará en forma prioritaria por la seguridad de todos sus trabajadores, especialmente si son mujeres o personas con discapacidad. - Prevención de Riesgos para Personal Femenino: Para las mujeres embarazadas y madres lactantes se considerarán horarios, turnos y actividades que pongan en riesgo sus condiciones físicas, uso de equipo de protección y/o traslado temporal de su puesto de trabajo de acuerdo a la prescripción médica.
  • 18. - Prohibición de contratar adolescentes y menores de edad: EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, no contratará los servicios laborales de personas que tengan menos de 18 años de edad, ni realizará convenios ni contratos con terceras personas que tengan entre sus trabajadores a menores de edad. - Prevención de Riesgos para personas con capacidades especiales: En el caso de los trabajadores con capacidades especiales se considerará el área de trabajo tomando en cuenta las medidas preventivas y protección necesarias de tal manera que no afecten a su condición de salud. - Prevención de Riesgos para Extranjeros: Para el caso de personal extranjero se sujetarán al mismo Reglamento establecido para el caso de personal nacional. b.- Así mismo es obligatorio que el contratista presente el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional debidamente registrado en el Ministerio del Trabajo. Art. 53.- Al contratar personas naturales o jurídicas no inherentes a su proceso de empresa, se tomara en cuenta: a.- Antes de iniciar la contratación de obra o servicios, se deberá exigir al Contratista, que todo el personal a su cargo esté afiliado al I.E.S.S. b.- Así mismo es obligatorio que el contratista presente el Reglamento de Higiene y Seguridad debidamente registrado en el Ministerio del Trabajo. - Salas de Apoyo de Lactancia Materna: De acuerdo a la normativa vigente, JOSE EMILIO HEREDIA LOPEZ, deberá cumplir el Acuerdo Interministerial Nro. 003 – 2019, en el cual se expide la Norma Técnica para la Adecuación y Uso de las Salas de Apoyo a la Lactancia Materna en el Sector Privado. e.- PROTECCIÓN Y VIGILANCIA PARA EL ADECUADO MANTENIMIENTO DE SERVICIOS SANITARIOS GENERALES.- Art. 54.- La protección y vigilancia de los servicios sanitarios en general será evaluado y controlado directamente por el Comité de Higiene y Seguridad en el Trabajo de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, con el objeto de que este organismo paritario haga conocer cualquier novedad detectada a Gerencia para su aplicación inmediata. f.- REGISTROS INTERNOS DE LA SALUD EN EL TRABAJO.- Art. 55.- Los registros internos de la Salud en el trabajo para EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, estarán dados de acuerdo al Código del Trabajo Art. 144, y al Acuerdo Ministerial 1404 Art. 11, Numeral 3. CAPITULO III PROGRAMAS DE PREVENCIÓN 1. PROGRAMA DE PREVENCIÓN AL USO Y CONSUMO DE DROGAS EN ESPACIOS LABORALES.-
  • 19. Art. 56- Respetando el Acuerdo Interministerial N° MDT-MSP-2019-0038, suscrito entre el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud Pública, dará cumplimiento a lo estipulado en dicho Acuerdo, para lo cual establece el objetivo general y los objetivos específicos: Objetivo General. Promover, prevenir y reducir, el consumo de alcohol, tabaco y otras drogas en los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, a través de acciones estratégicas para el abordaje y atención integral en los espacios laborales, adoptando hábitos de vida saludable y fortaleciendo la gestión conjunta de empleadores y trabajadores. Objetivos Específicos. a. Promover estilos de vida saludables y la reducción del consumo de alcohol, tabaco y otras drogas. b. Desarrollar e impulsar la atención integral de trabajadores con problemas de consumo de alcohol, tabaco y otras drogas, tratamiento/acompañamiento terapéutico) c. Promover e impulsar proyectos destinados a prevenir el uso y consumo de alcohol, tabaco y otras drogas, para mejorar la condición de salud, de los trabajadores y fortalecer la prevención de riesgos y accidentes laborales. Para lograr estos objetivos, realizará las actividades indicadas en el “Programa Integral de Prevención y Reducción del Uso y Consumo de Drogas en Empresas e Instituciones Públicas y Privadas”. 2. PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES.- Art. 57.- Respetando el Acuerdo Ministerial No. 082 y acuerdo Ministerial No. 135, art. 10 literal f), EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se acoge a lo relacionado con la prevención de Riesgos Psicosociales para todos los trabajadores que laboran en la empresa, para lo cual realizará un programa preventivo, basado en talleres, capacitaciones, charlas, afiches, encuesta a todos los trabajadores. a. Articular las normas necesarias para que no existan diferencias sustanciales entre unos trabajadores y otros. b. Estructurar y concretar las funciones y responsabilidades de cada puesto de trabajo, evitando ambigüedades. c. Capacitar a los trabajadores para que sean capaces de identificar posibles conflictos y mediar en una reconciliación. - Asi mismo EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ deberá cumplir con toda la normativa legal vigente en lo referente al Acuerdo Ministerial No. MDT-2020-244 sobre el PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE CASOS DE DISCRIMINACIÓN, ACOSO LABORAL Y/O TODA FORMA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN LOS ESPACIOS DE TRABAJO. CAPITULO IV REGISTRO, INVESTIGACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES PROFESIONALES E INCIDENTES. 1. REGISTRO Y ESTADISTICA.-
  • 20. Art. 58.- Todo accidente de trabajo será objeto de investigación inmediata por parte de la empresa a través del Comité de Higiene y seguridad de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, y deberá ser denunciado al I.E.S.S., dentro de los 10 primeros días de ocurrido, pero siempre teniendo presente que la atención médica primaria del accidentado, tiene prioridad sobre cualquier otra situación. Todos los accidentes de trabajo así como los incidentes serán reportados y agendados a fin de tener una estadística de accidentabilidad de la Empresa. 2. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.- Art. 59.- El procedimiento de investigación de accidente de trabajo será siempre realizado por el Técnico Asesor de Seguridad Industrial quien emitirá un informe ampliado del accidente de trabajo al Comité de Higiene y Seguridad en el Trabajo de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, con el objeto de que este organismo paritario haga conocer a Gerencia para su aplicación inmediata de las medidas correctivas necesarias. 3.- INVESTIGACIÓN.- Art.- 60.- La investigación de los accidentes e incidentes de trabajo, constituye una técnica de análisis de las contingencias laborales, que nos permitirán conocer el cómo y el porqué de su ocurrencia y una vez conocidas las causas que las produjeron implantar las medidas o correctivos que eliminen o reduzcan los factores riesgos. En EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, se investigarán todos los accidentes labores que sucedan y este trabajo estará a cargo del Comité de Higiene y Seguridad en el Trabajo. 4.- NOTIFICACIÓN.- Art. 61.- Por notificación se entenderá la comunicación escrita y descriptiva del accidente de trabajo realizada por la Empresa a través de la página web del IESS, en donde se ingresarán los datos necesarios: cómo, cuándo, dónde y porqué ocurrió el percance y cuáles fueron sus consecuencias. 5.- RE-ADECUACIÓN, RE-UBICACIÓN Y RE-INSERCIÓN DE LOS TRABAJADORES.- Art. 62.- La readecuación de trabajadores en su sitio de trabajo será evaluada siempre por el Técnico Asesor de Seguridad Industrial quien emitirá un informe de evaluación del sitio de trabajo directamente al Comité de Higiene y Seguridad en el Trabajo de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, con el objeto de que este organismo paritario haga conocer a Gerencia para su aplicación inmediata. Art. 63.- Los Trabajadores que sufran un accidente laboral y que por causa de éste sufran disminución en su capacidad física o intelectual de por vida, serán reubicados y reinsertados en otras labores de menor riesgo y peligrosidad, lo que dependerá del informe final de la Comisión de Evaluación de Incapacidades del IESS, quienes verificarán que se cumpla con lo señalado en todos los ámbitos.
  • 21. CAPITULO V INFORMACIÓN, CAPACITACIÓN, CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS Y ENTRENAMIENTO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 1. INFORMACIÓN:- Art. 64.- El Gerente de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, determinará las necesidades de información y capacitación sobre Higiene y Seguridad que requiera el personal dela empresa. 2. CAPACITACIÓN.- Art. 65.- La capacitación en temas de Higiene y seguridad en EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, deberá estar coordinado íntegramente por el Comité de Higiene y Seguridad y la Gerencia. Art. 66.- La asistencia a los eventos de capacitación organizados por la Gerencia de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, deberá ser obligatorio para todo el personal, sin existir ningún tipo de justificación, salvo por enfermedad o calamidad doméstica. Art. 6 7 .- Los programas de capacitación en Higiene y seguridad que se realicen en forma anual deberán ser comunicados al I.E.S.S. y al Ministerio del Trabajo y deberán constar dentro del Plan Anual de Actividades de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ 3. CERTIFICACION POR COMPETENCIAS LABORALES.- Art. 68.- De acuerdo a los artículos ministeriales No. 174 reformado por el acuerdo ministerial No. 067 y el acuerdo No. 013 reformado por el acuerdo ministerial No. 068, las competencias en materia de Higiene y seguridad para todos los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, serán dadas solamente por las empresas e instituciones públicas y privadas que se encuentren acreditadas por la SETEC, SECAP, CEAACES, SENECYT y el CISHT. 4. ENTRENAMIENTO.- Art. 69.- Cada año se realizará un entrenamiento a las brigadas de emergencia de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, de tal forma que se ponga en práctica el Plan de Emergencia y contingencia de la Empresa. CAPITULO VI INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES 1. INCUMPLIMIENTOS.- Art. 70.- Todos los trabajadores de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ, están obligados a acatar y cumplir las normas de Prevención de Riesgos Laborales determinados en este Reglamento, en las disposiciones del I.E.S.S., Código del Trabajo y demás normas vigentes.
  • 22. Los incumplimientos se clasifican en tres categorías, los mismos que serán aplicados al responsable de esta acción de la siguiente manera: 1. Infracción Leve: Incumplimiento de sus obligaciones de carácter formal o documental exigida. 2. Infracción Grave: Incumplimiento de obligaciones específicas que generen accidentes, enfermedades ocupacionales y pérdidas materiales. 3. Infracción Muy Grave: Incumplimiento de obligaciones específicas o generales que provoquen accidentes y/o enfermedades profesionales, cuyas consecuencias den lugar a incapacidad o muerte, y la reiteración de incumplimientos de infracciones graves. 2.- SANCIONES.- Art. 71.- Las Sanciones a los trabajadores por incumplimientos serán: a.- Notificación mediante memorando, y de ser necesario acompañado de un proceso de capacitación puntual o re-entrenamiento. Toda situación anómala debe juzgarse en su propio contexto y sometida a la acción correctiva adecuada. b.- En caso de incidentes repetidos, comportamiento irresponsable o descuido flagrante en los procedimientos y las prácticas, serán sancionados en forma drástica, pudiendo inclusive determinarse la terminación de la relación laboral. c.- El Trabajador que contravenga normas contenidas en el Código del Trabajo, este reglamento, o instrucciones emanadas por los técnicos responsables y la administración, será sancionado con amonestaciones según se detalla a continuación: 1. Sanción Leve: Amonestación verbal del Jefe inmediato. 2. Sanción Grave: Amonestación por escrito suscrita por el Jefe Departamental y /o multa de acuerdo con el Reglamento Interno de EMILIO JOSE HEREDIA LOPEZ 3. Sanción Muy Grave: Amonestación por reincidencia, terminación inmediata de la relación laboral, de conformidad con el art. 172 y 410 del Código del Trabajo. d.- Será obligación del jefe inmediato que realiza la amonestación verbal o escrita, informar dentro de un plazo de 48 horas a Recursos Humanos. En caso de tratarse de una amonestación por reincidencia, Recursos Humanos la remitirá al Gerente, quién ordenará se tomen las acciones según sea el caso. e.- En aquellos casos en que a juicio del Gerente General, la gravedad de la infracción sea de tal magnitud que proceda la inmediata terminación del contrato, se pondrá en conocimiento al Ministerio del Trabajo de inmediato mediante la solicitud de visto bueno. DEFINICIONES