El Consejo Institucional del Instituto Tecnológico de Costa Rica considera un proyecto de ley para el control de insectos vectores de enfermedades. Se solicita el criterio de las Escuelas de Agronomía y Biología sobre el proyecto. La Escuela de Biología recomienda apoyar el proyecto con algunas modificaciones lingüísticas y de contenido. La Escuela de Agronomía también apoya el proyecto pero sugiere considerar otras enfermedades transmitidas por vectores y reservorios alternativos para los mosquitos
Similar a Propuesta pronunciamiento al proyecto de ley para el control de poblaciones de insectos vectores de enfermedades”, expediente no. 19.398 (20)
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Propuesta pronunciamiento al proyecto de ley para el control de poblaciones de insectos vectores de enfermedades”, expediente no. 19.398
1. Instituto Tecnológico de Costa Rica
Secretaría Consejo Institucional
Ext. 2716-2239
1
PROPUESTA
Se somete a consideración del Consejo Institucional la siguiente propuesta:
ASUNTO: Pronunciamiento del Consejo Institucional sobre el Proyecto de
“Ley para el control de poblaciones de Insectos Vectores de
Enfermedades”, Expediente No. 19.398
CONSIDERANDO QUE:
1. La Secretaría del Consejo Institucional recibe oficio CTE-399-2014, con fecha
de recibido 9 diciembre de 2014, mediante correo electrónico, suscrito por la
Licda. Silma Elsa Bolaños Cerdas, Jefe de Área, Asamblea Legislativa, dirigido
al Dr. Julio Calvo, Rector, en el cual solicita criterio sobre el Proyecto de “Ley
para el control de poblaciones de Insectos Vectores de Enfermedades”,
Expediente No. 19.398. (Anexo 1)
2. El Proyecto precitado fue conocido por el Consejo Institucional en la Sesión No.
2899, del 17 de diciembre de 2014, y se dispone remitirlo en consulta a las
Escuelas de Agronomía y Biología. (Anexo 2)
3. Lista de oficios anexos:
Anexo 1
Oficio Asunto
CTE-399-2014, del 9
de diciembre de
2014
Solicitud de criterio al Instituto Tecnológico de Costa Rica sobre el
texto del Proyecto de “Ley para el control de poblaciones de Insectos
Vectores de Enfermedades”, Expediente No. 19.398
Anexo 2
Oficio Asunto
SCI-994-2014, del
17 de diciembre de
2014
Solicitud de criterio a las Escuelas de Agronomía y Biología al
Proyecto de “Ley para el control de poblaciones de Insectos
Vectores de Enfermedades”, Expediente No. 19.398
Anexo 3
Oficio Asunto
EB-59-2015 del 4
de febrero de
2015
Pronunciamiento de la Escuela de Biología, al Proyecto de “Ley para el
control de poblaciones de Insectos Vectores de Enfermedades ”,
Expediente No. 19.398; recomiendan apoyar el proyecto.
2. Instituto Tecnológico de Costa Rica
Secretaría Consejo Institucional
Ext. 2716-2239
2
Anexo 4
Asunto
DAGSC-078-del
4 de enero del
2015
Pronunciamiento de la Escuela de Agronomía “Ley para el control de
poblaciones de Insectos Vectores de Enfermedades”, Expediente No.
19.398; solicitan considerar las recomendaciones emanadas.
SE PROPONE:
a. Apoyar el Proyecto de Ley para el control de poblaciones de Insectos Vectores
de Enfermedades”, Expediente No. 19.398, siempre y cuando se tome en
consideración las observaciones y recomendaciones emitidas por los entes
técnicos de esta Institución.
Responsable:
FIRMA
Presidente a.i.
Consejo Institucional _____________________________
PALABRAS CLAVE: Pronunciamiento Proyecto–control de poblaciones de Insectos Vectores de Enfermedades-.
19.398
FECHA: 18 de febrero del 2015
Presentada en la Sesión No. 2905
Z:PROPUESTASPropuestas-PRESIDENCIA CIAÑO 2015S 2905
apmc
3. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
ANEXO 1
San José, 09 de diciembre de 2014
CTE-399-2014
Dr. Julio César Calvo Alvarado
Rector
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Estimado señor:
La Comisión Permanente Especial de Ciencia Tecnología y que tiene en estudio el proyecto de
ley: “LEY PARA EL CONTROL DE POBLACIONES DE INSECTOS VECTORES DE
ENFERMEDADES”, expediente legislativo Nº 19.398 en sesión Nº 22 de este órgano, aprobó la
siguiente moción:
“Para que el expediente N° 19.398, “LEY PARA EL CONTROL DE
POBLACIONES DE INSECTOS VECTORES DE ENFERMEDADES”, sea
consultado a las siguientes instituciones:
_Ministerio de Educación Pública.
_Ministerio de Salud.
_Todas las Municipalidades del país.
_Universidad de Costa Rica (UCR).
_Universidad Nacional (UNA).
_Universidad Estatal a Distancia
(UNED).
_ Universidad Técnica Nacional (UTN).
_ Instituto Tecnológico de Costa Rica
(TEC)”.
Con el propósito de conocer su estimable criterio, se adjunta el texto en mención.
De conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, me permito
informarle que, a partir del recibo de este oficio, esta normativa concede a la persona o ente
consultado, ocho días hábiles para remitir su respuesta, de no ser así, se asumirá su total
conformidad.
Cualquier información que pueda requerir sobre el particular, se le podrá brindar en la Secretaría
de la Comisión en los teléfonos 2243-2422, 2243-2423. Así mismo, a su disposición se encuentra
el correo electrónico comision-economicos@asamblea.go.cr.
Favor dar acuse de recibo.
De usted atentamente,
Licda. Silma Elisa Bolaños Cerdas
Jefa de Área
C./Exp. 19.398
4. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
ANEXO 2
SCI-994-2014
MEMORANDO
Para: Ing. Alberto Camero Rey, Director
Escuela de Agronomía
M.Sc. Ileana Moreira, Directora
Escuela de Biología
De: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva
Secretaría del Consejo Institucional
Instituto Tecnológico Costa Rica
Fecha: 17 diciembre del 2014
Asunto: Solicitud criterio sobre el Proyecto de “Ley para el Control de
Poblaciones de Insectos Vectores de Enfermedades” , Expediente Nº
19.398
En la Sesión Ordinaria No. 2899 del Consejo Institucional, celebrada el día 17 de
diciembre del 2014, se conoce el Proyecto de “Ley para el Control de Poblaciones
de Insectos Vectores de Enfermedades” , Expediente Nº 19.358, se dispuso
solicitar el criterio de esas escuelas para que el Consejo Institucional pueda
pronunciarse.
Sírvase remitir su criterio a más tardar el 27 de enero del año 2015. El texto del
Proyecto se localiza en la página de la Asamblea Legislativa o bien puede solicitar
el archivo digital al correo de la funcionaria Zeneida Rojas (zrojas@itcr.ac.cr).
El Consejo Institucional agradece la colaboración en este asunto y le solicita remitir
el criterio bajo el siguiente formato: Consideraciones, observaciones al Proyecto y
recomendación de apoyar o no el Proyecto, así como señalar si el mismo atenta
contra la autonomía universitaria; cuando corresponda.
Se le agradece su pronta atención.
BSS/zrc
CI: Consejo Institucional
Archivo
Ref: Z:DocumentosSCI-994-14Proyectos de Ley No. 19.358
5. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
ANEXO 3
EB-59-2015
04 de febrero, 2015
MEMORANDO
PARA: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva
Consejo Institucional
DE: MSc. Ileana Moreira González, Directora
Escuela de Biología
ASUNTO: Criterio Técnico sobre el Proyecto de “Ley para el Control de
Poblaciones de Insectos Vectores de Enfermedades”,
Expediente N° 19.398
Por este medio le adjunto el criterio Técnico emitido por la Escuela de Biología con
respecto al Proyecto de “Ley para el Control de Poblaciones de Insectos Vectores
de Enfermedades”, Expediente N° 19.398.
Quedo a sus órdenes para cualquier consulta.
Bb
Adjunto: Lo indicado
Ci: Archivo
6. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
CRITERIO ACERCA DEL PROYECTO: “LEY PARA EL CONTROL DE
POBLACIONES DE INSECTOS VECTORES DE ENFERMEDADES”,
PRESENTADOPOR EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DE COSTA RICA,
EXPEDIENTE N° 19.398.
Consideraciones:
Las enfermedades descritas en la propuesta de Ley tienen un alto impacto en la
salud de la población costarricense; y consumen una importante cantidad de
recursos en los Programas del Ministerio de Salud. Una parte de la sociedad no ha
logrado concientizarse de la importancia de mantener bajo control las poblaciones
de insectos vectores de enfermedades humanas.
Se considera importante la iniciativa de la Presidencia de la República de someter
a consideración el proyecto de Ley en cuestión, ya que el país presenta
susceptibilidad a las enfermedades asociadas a vectores de alta incidencia en
climas tropicales y sub-tropicales.
Con la aplicación de las medidas contempladas en la presente propuesta se
contribuirá de forma directa a disminuir el impacto general de los brotes de estas
enfermedades, así como indirectamente se impactará en otras enfermedades con
epidemiología similar.
Observaciones:
Al nombre de la Ley debería agregarse las palabras “en humanos”. Con esto se
delimita claramente el rango de aplicación de la Ley. De tal forma el nombre de la
ley debería quedar “Ley Para El Control De Poblaciones De Insectos Vectores De
Enfermedades En Humanos”
La forma correcta de abreviar el nombre científico de las especies de mosquitos es
A. aegypti no así Ae. aegypti, mismo caso para A. albopictus.
La forma correcta del nombre científico del parásito citado en el texto de
definiciones de la ley es Dirofilaria immitis.
En el artículo 3 (Definiciones) igualmente se debe agregar la palabra “humanas” a
la definición de “Enfermedades transmitidas por vectores”. De esta forma se deberá
leer “Enfermedades humanas transmitidas por vectores”.
En el artículo 14 debería incluir también a limpieza de canoas y colectores de agua
de aires acondicionados y equipos que presenten condensación de agua, así como
desagües donde se almacene agua por efecto de la acumulación de residuos
orgánicos o por mal diseño.
Dentro de los controles generales para instalaciones donde se puedan favorecer la
reproducción de mosquitos vectores, se debe incluir el mantenimiento de las
piscinas, el mismo debe contar con tratamientos que eliminen los vectores y con
una frecuencia de cambio de agua que no permita la acumulación de poblaciones.
7. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Recomendación:
Apoyar el proyecto: “Ley para el control de poblaciones de insectos vectores de
enfermedades”, presentado por el Poder Ejecutivo del gobierno de Costa Rica,
expediente N° 19.398.
8. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
ANEXO 4
DAGSC-078-2015
Memorando
Para: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora
Secretaría del Consejo Institucional
Instituto Tecnológico Costa Rica
De: M. Sc. Luis Alberto Camero Rey, Director
Escuela de Agronomía
Fecha: 04 de enero del 2015
Asunto: Solicitud de criterio sobre el Proyecto de “Ley para el Control de poblaciones de Insectos
Vectores de Enfermedades”, Expediente Legislativo No. 19.398.
__________________________________________________________________
RESULTANDO QUE:
1. En la Sesión Ordinaria No. 2899 del Consejo Institucional, celebrada el día 17 de
diciembre del 2014, se conoce el Proyecto de “Ley para el Control de poblaciones de
Insectos Vectores de Enfermedades”, Expediente Legislativo No. 19.398.
2. El CI mediante Memorando SCI-994-2014 con fecha del 17 de diciembre del 2014,
solicita al Director de la Escuela de Agronomía emitir criterio sobre este Proyecto de Ley,
señalando si el mismo atenta contra la autonomía universitaria.
CONSIDERANDO QUE:
1. Se dice "insectos vectores de enfermedades", debería referirse a insectos vectores de
enfermedades humanas.
2. De ser así, o vectores de enfermedades humanas, debería especificarse más todas las
posibles enfermedades transmitidas por vectores en el trópico y no solo el dengue y la
Chycongunya, hay muchas enfermedades de transmisión por vectores de suma
importancia en los trópicos como es el caso del mal de chagas, cuyo vector es una
chinche, y cuyo control poblacional difiere mucho del control de los mosquitos
transmisores del dengue y la chycongunya.
3. La ley enfatiza en el control de criaderos del moquito del dengue y chycongunya, se
dirige principalmente a las llantas, pero existen otras formas de promover poblaciones a
través de la formación de "charcos" en basureros y objetos de origen domésticos que se
exponen al ambiente y pueden servir de reservorios para los mosquitos.
9. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
4. No se consideran otros reservorios como las aguas estancadas y el mal manejo de
tanques sépticos.
5. Los medios naturales de cría de mosquitos como lo son los pantanos, las plantas
bromelias y otros reservorios, no deberían ser considerados dentro de las sanciones, ya
que estos son ecosistemas que autorregulan las poblaciones de mosquitos.
6. No se habla de la obligación de instituciones locales como las municipalidades, en la
educación, prevención y control de este tipo de criaderos
POR LO TANTO:
1. Considerar algunas de las recomendaciones emanas.
2. La ley no atenta contra la autonomía universitaria, porque aborda un tema de salud
pública que es acorde con las políticas de cualquier universidad responsable.
ACR
cc. Archivo