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Instituto Tecnológico de Costa Rica
Secretaría Consejo Institucional
Ext. 2716-2239
1
PROPUESTA
Se somete a consideración del Consejo Institucional la siguiente propuesta:
ASUNTO: Pronunciamiento del Consejo Institucional sobre el Proyecto de
“Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694
CONSIDERANDO QUE:
1. El Artículo 88 de la Constitución Política de la República de Costa Rica
prescribe:
“Para la discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a las materias
puestas bajo la competencia de la Universidad de Costa Rica y de las demás
instituciones de educación superior universitaria, o relacionadas directamente
con ellas, la Asamblea Legislativa deberá oír previamente al Consejo
Universitario o el órgano director correspondiente de cada una de ellas”.
2. La Secretaría del Consejo Institucional recibe oficio AMB-305-2014, con fecha
de recibido 15 de julio de 2014, mediante correo electrónico, suscrito por la Sra.
Hannia M. Durán, Jefa de Área, Asamblea Legislativa, dirigido al Dr. Julio
Calvo, Rector, en el cual solicita criterio sobre el proyecto “Ley de Aguas”,
Expediente No. 17.694.
3. El Proyecto precitado fue conocido por el Consejo Institucional en la Sesión No.
2877, del 23 de julio de 2014, y se dispone remitirlo en consulta a la Escuela de
Agronomía, Escuela de Biología y a la Escuela de Química.
4. Lista de oficios anexos:
Anexo 1
Oficio Asunto
AMB-305-2014,
del 24 de junio de
2014
Solicitud de criterio al Instituto Tecnológico de Costa Rica sobre el texto
del Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694.
Anexo 2
Oficio Asunto
SCI-506-2014,
del 23 de julio de
2014
Solicitud de criterio a la Escuela de Biología sobre el pronunciamiento
del Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694.
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Secretaría Consejo Institucional
Ext. 2716-2239
2
Anexo 3
Oficio Asunto
SCI-507-2014,
del 23 de julio de
2014
Solicitud de criterio a la Escuela de Agronomía sobre el pronunciamiento
del Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694.
Anexo 4
Oficio Asunto
SCI-508-2014,
del 23 de julio de
2014
Solicitud de criterio a la Escuela de Química sobre el pronunciamiento
del Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694.
Anexo 5
Oficio Asunto
EB-588-2014, del
06 de agosto de
2014
Pronunciamiento de la Escuela de Bilogía sobre el Proyecto de “Ley de
Aguas”, Expediente No. 17.694.
Entre otras consideraciones, se recomienda No apoyar el proyecto de
Ley de Aguas. Expediente 17694, porque no se visualiza la importancia
de crear un ente nuevo como el SINAGIRH, sin antes realizar un
ordenamiento y planificación detallada de las acciones,
responsabilidades y obligaciones que tienen todos los entes
gubernamentales que intervienen con el recurso hídrico.
Anexo 6
Oficio Asunto
EQ-250-2014,
del 11 de agosto
de 2014
Pronunciamiento de la Escuela de Química sobre el Proyecto de “Ley
de Aguas”, Expediente No. 17.694.
Entre otras consideraciones, el proyecto se apoya supeditado a cambios
mencionados y que este no vaya en contraposición a otras leyes
existentes relacionadas con el tema de gestión del recurso hídrico. En
relación a la autonomía universitaria, no atenta contra ella. Esta es una
ley que promueve la gestión integral del recurso hídrico y es incluyente
de la academia.
Anexo 7
Oficio Asunto
DAGSC-1014-
2014,
del 11 de agosto
de 2014
Pronunciamiento de la Escuela de Agronomía sobre el Proyecto de “Ley
de Aguas”, Expediente No. 17.694.
Entre otras consideraciones, el presente proyecto se presenta como una
necesidad ante una ley de aguas de 1942 la cual está presentando
deficiencia para el adecuado uso, supervisión y una adecuada
legislación del recurso hídrico teniendo en cuenta que en algunas zonas
del país cada vez existe mayor presión por la escasez.
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Secretaría Consejo Institucional
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SE PROPONE:
a. Pronunciarse a favor del Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694;
siempre que se consideren las recomendaciones emitidas por los entes
consultados.
Responsable:
FIRMA
Dr. Julio Calvo A., Presidente
Consejo Institucional _____________________________
PALABRAS CLAVE: Proyecto Ley – Aguas
FECHA: 27 de agosto del 2014
Presentada en la Sesión No. 2882
Z:PROPUESTASPropuestas-PRESIDENCIA CIAÑO 2014S 2882
Krm
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4
ANEXO 1
ASAMBLEA LEGISLATIVA
San José, Costa Rica
24 de junio de 2014
AMB-305-2014
Doctor
Julio Calvo
Rector
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Estimado señor:
Para lo que corresponda y con instrucciones del señor Diputado Edgardo
Araya Sibaja, Presidente de la Comisión Permanente Especial de
Ambiente, le comunico que este órgano legislativo acordó consultar el
criterio de esa institución sobre el proyecto: “LEY DE AGUAS”, expediente
17.694, publicado en La Gaceta No. 121 de 23 de junio de 2010, del que le
remito una copia.
Respetuosamente se le solicita responder esta consulta en el plazo de ocho
días hábiles que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea
Legislativa. Si transcurrido ese plazono se recibiere respuesta, se tendrá por
entendido que esa institución no tiene objeción que hacer al proyecto.
Para mayor información sírvase llamar a los teléfonos: 22 43 24 33 o 22 43 24
34
Atentamente,
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ANEXO 2
SCI-506-2014
MEMORANDO
Para: M.Sc. Ileana Moreira, Directora
Escuela de Biología
De: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva
Secretaría del Consejo Institucional
Instituto Tecnológico Costa Rica
Fecha: 23 de julio del 2014
Asunto: Solicitud de criterio sobre el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694
En la Sesión Ordinaria No. 2877 del Consejo Institucional, celebrada el día 23 de julio del 2014, se
conoce el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694; se dispuso solicitar el criterio de esa
Escuela por ser un tema de su competencia.
Sírvase remitir su criterio a más tardar el 6 de agosto del año en curso, para dar respuesta a la
Asamblea Legislativa, en el plazo reglamentario. El texto del Proyecto se localiza en la página de
la Asamblea Legislativa o bien pueda solicitar el archivo digital al correo de la funcionaria Cindy
Picado Montero (cpicado@itcr.ac.cr).
El Consejo Institucional agradece la colaboración en este asunto y le solicita remitir el criterio bajo
el siguiente formato: Consideraciones, observaciones al Proyecto y recomendación de apoyar o no
el Proyecto, así como señalar si el mismo atenta contra la autonomía universitaria; cuando
corresponda.
Se le agradece su pronta atención.
BSS/cmpm
CI: Consejo Institucional
Archivo
Ref: Z:Documentos_SCI-506-14Proyectos de Ley No. 17.694
Instituto Tecnológico de Costa Rica
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ANEXO 3
SCI-507-2014
MEMORANDO
Para: Ing. Alberto Camero Rey, Director
Escuela de Agronomía
De: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva
Secretaría del Consejo Institucional
Instituto Tecnológico Costa Rica
Fecha: 23 de julio del 2014
Asunto: Solicitud de criterio sobre el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694
En la Sesión Ordinaria No. 2877 del Consejo Institucional, celebrada el día 23 de julio del 2014, se
conoce el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694; se dispuso solicitar el criterio de esa
Escuela por ser un tema de su competencia.
Sírvase remitir su criterio a más tardar el 6 de agosto del año en curso, para dar respuesta a la
Asamblea Legislativa, en el plazo reglamentario. El texto del Proyecto se localiza en la página de
la Asamblea Legislativa o bien pueda solicitar el archivo digital al correo de la funcionaria Cindy
Picado Montero (cpicado@itcr.ac.cr).
El Consejo Institucional agradece la colaboración en este asunto y le solicita remitir el criterio bajo
el siguiente formato: Consideraciones, observaciones al Proyecto y recomendación de apoyar o no
el Proyecto, así como señalar si el mismo atenta contra la autonomía universitaria; cuando
corresponda.
Se le agradece su pronta atención.
BSS/cmpm
CI: Consejo Institucional
Archivo
Ref: Z:Documentos_SCI-507-14Proyectos de Ley No. 17.694
Instituto Tecnológico de Costa Rica
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ANEXO 4
SCI-508-2014
MEMORANDO
Para: Dra. Floria Roa, Directora
Escuela de Química
De: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva
Secretaría del Consejo Institucional
Instituto Tecnológico Costa Rica
Fecha: 23 de julio del 2014
Asunto: Solicitud de criterio sobre el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694
En la Sesión Ordinaria No. 2877 del Consejo Institucional, celebrada el día 23 de julio del 2014, se
conoce el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694; se dispuso solicitar el criterio de esa
Escuela por ser un tema de su competencia.
Sírvase remitir su criterio a más tardar el 6 de agosto del año en curso, para dar respuesta a la
Asamblea Legislativa, en el plazo reglamentario. El texto del Proyecto se localiza en la página de
la Asamblea Legislativa o bien pueda solicitar el archivo digital al correo de la funcionaria Cindy
Picado Montero (cpicado@itcr.ac.cr).
El Consejo Institucional agradece la colaboración en este asunto y le solicita remitir el criterio bajo
el siguiente formato: Consideraciones, observaciones al Proyecto y recomendación de apoyar o no
el Proyecto, así como señalar si el mismo atenta contra la autonomía universitaria; cuando
corresponda.
Se le agradece su pronta atención.
BSS/cmpm
CI: Consejo Institucional
Archivo
Ref: Z:Documentos_SCI-508-14Proyectos de Ley No. 17.694
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Secretaría Consejo Institucional
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8
ANEXO 5
“Biotecnología: evolucionando hacia la excelencia”
EB-
588-2014
06 de agosto, 2014
MEMORANDO
PARA: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva
Consejo Institucional
DE: MSc. Ileana Moreira González, Directora
Escuela de Biología
ASUNTO: Criterio Técnico proyecto de LEY N°17.694
Por este medio le adjunto el criterio Técnico emitido por la Escuela de Biología con respecto al
Proyecto de Ley, Expediente N°17.694 “Ley de Aguas”.
Quedo a sus órdenes para cualquier consulta.
Bb
Adjunto: Lo indicado
Ci: Archivo
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9
En relación con el Análisis del Proyecto LEY DE AGUAS”, expediente 17.694, publicado en La
Gaceta No. 121 de 23 de junio de 2010, se considera lo siguiente:
• El proyecto pretende crear la instancia: Sistema Nacional para la Gestión Integrada del
Recurso Hídrico (SINAGIRH), para que sea la encargada entre otras cosas de elaborar el Plan
Nacional de Gestión Integrada de los Recursos Hídricos, para someterlos a su respectiva
aprobación por parte del Poder Ejecutivo. Y administrar el patrimonio del recurso hídrico del país.
• En el desarrollo de la ley, no se visualiza con claridad la necesidad de crear otra instancia,
además de las ya existentes, para que emita criterio sobre la gestión de dicho recurso.
• Es preocupante la conformación de los no más de siete consejos de las unidades
hidrológicas, creados para la eficiente gestión del recurso hídrico. Ya que están conformados por:
a) Tres representantes del sector público.
b) Tres representantes de las municipalidades.
c) Tres representantes de organizaciones no gubernamentales, legalmente
constituidas.
d) Tres representantes del sector privado, organizado y legalmente
constituidas.
e) Un representante de las Asadas.
f) Un representante del sector académico.
En esta conformación se observa una delegación del Estado de su obligación de proteger el agua,
cediendo su responsabilidad a organizaciones no gubernamentales y del sector privado. Mientras
que las Asadas y el ente técnico, constituido por el sector académico apenas tienen un
representante, en una comisión de 14 personas. Esto es muy peligroso, dada la disminución en la
disponibilidad del agua que existe actualmente en el país y de la escasez que se pronostica para el
futuro.
Recomendación:
No apoyar el proyecto de Ley de Aguas. Expediente 17694, porque no se visualiza la importancia
de crear un ente nuevo como el SINAGIRH, sin antes realizar un ordenamiento y planificación
detallada de las acciones, responsabilidades y obligaciones que tienen todos los entes
gubernamentales que intervienen con el recurso hídrico.
Tampoco se ve la creación de una ley que verdaderamente integre a todas las instituciones que
tienen injerencia en el tema del agua a nivel nacional, donde el Estado no diluya su responsabilidad
de proteger un recurso tan indispensable como es el hídrico.
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ANEXO 6
EQ -250-2014
Memorando
Para: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva
Secretaría del Consejo Institucional
De: Floria Roa Gutiérrez, Ph.D. Directora
Escuela de Química
Fecha: 11 de agosto de 2014
Asunto: Respuesta a memorando SCI-508-2014 sobre el proyecto de “Ley de Aguas”
En respuesta a oficio SCI-508-2014, referente a la solicitud de criterio sobre proyecto de “Ley de
Agua” se designó una comisión experta en el tema para el análisis, conformada por la Ing. Diana
Zambrano y el M.Sc. Jorge Calvo quienes emitieron el siguiente criterio
Consideraciones y observaciones al proyecto
La ley de aguas presentada es un documento amplio que aborda la problemática de recurso hídrico
del país y presenta algunos lineamientos y/o propuestas para afrontarlas.
De manera específica hay cambios que se realizan en cuanto a manejos actuales los cuales, no
presentan un soporte técnico que lo avalen, situación que debe corregirse. A citar ejemplos:
 El artículo 20 sobre las áreas de protección, baja de 200 m a 100 m de radio las extensiones
de terreno que bordeen manantiales permanentes, criterio con el cual no se tiene acuerdo.
 Protección de las fuentes de 15 m de distancia con sistemas de tratamiento, sin considerar
aspectos como la pendiente o el tipo de terreno, y posible tránsito de contaminantes.
 Se deben precisar alcances de algunas expresiones, ejemplo en áreas de protección se
utiliza la palabra manantiales sin embargo es clave definir las tomas o captaciones de agua
“habitualmente llamadas nacientes” si aplican dentro de este concepto, de las cuales son
usuarias muchas ASADAS.
Es oportuna la consideración de la gestión a nivel de la unidad hidrológica y que su administración
se haga a través de Sinagirh. Sin embargo, no son claras las funciones que se limitan a otros entes
institucionales lo cual puede generar problemas de gobernabilidad del recurso. Se considera que la
cantidad de representantes de las ASADAS para participar como miembros de los Consejos de
Unidad Hidrológica, son muy pocos, teniendo en cuenta el tamaño de estas unidades hidrológicas
y la cantidad de acueductos comunales presentes en cada una de ellas.
La ley presenta otros elementos importantes para la gestión del recurso hídrico, tales como los
instrumentos económicos, tanto canon por uso como vertido, supeditados a los estudios técnicos de
las fuentes abastecedoras o receptoras, según sea el caso.
Instituto Tecnológico de Costa Rica
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Ext. 2716-2239
11
Recomendaciones de apoyar o no el proyecto
El proyecto se apoya supeditado a cambios mencionados y que este no vaya en contraposición a
otras leyes existentes relacionadas con el tema de gestión del recurso hídrico.
En relación a la autonomía universitaria, no atenta contra ella. Esta es una ley que promueve la
gestión integral del recurso hídrico y es incluyente de la academia.
Agradezco su atención,
frg/jfc
Ci : Consejo Institucional
Archivo
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Secretaría Consejo Institucional
Ext. 2716-2239
12
ANEXO 7
DAGSC-1014-2014
Memorando
Para: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva
Secretaría del Consejo Institucional
Instituto Tecnológico Costa Rica
De: MSc. Luis Alberto Camero Rey, Director
Escuela de Agronomía
Fecha: 11 de agosto del 2014
Asunto: Respuesta a Memo SCI-507-2014 crierio del Exp 17 694
.
Se recibe de la secretaria del consejo institucional el memo SCI-507-20134 solicitando un criterio
sobre el pronunciamiento Proyecto Ley de Aguas, Expediente No. 17.694
El presente proyecto se presenta como una necesidad ante una ley de aguas de 1942 la cual
presenta la cual esta presentando deficiencia para el adecuado uso, supervisión y una adecuada
legislación del recurso hídrico teniendo en cuenta que en algunas zonas del país cada vez existe
mayor presión por la escasez.
Como iniciativa propone un marco regulador que define los alcances, potestades, atribuciones y
deberes de las diferentes instituciones del estado.
El proyecto presenta algunos puntos bastante positivos y dignos de resaltar:
 La definición de la naturaleza jurídica del agua como un bien de dominio
publico, de carácter estratégico.
 La necesidad de una Gestión Integrada del Recurso a través de una entidad
rectora.
 Un enfoque de manejo, por cuenca hidrográfica, con distintos grados de
participación ciudadana y de competencias y funciones, para los nuevos
organismos regionales que se crearían.
 El establecimiento de instrumentos económicos de regulación.
 La definición de nuevas categorías para el manejo y protección del recurso.
 La regulación de los mecanismos de aprovechamiento del agua, a través de la figura de
concesiones y permisos de uso.
No obstante, se encuentran algunos puntos no tal claros o que requieren un poco más de
análisis y un mejor grado de detalle. A saber,
 Deben fortalecerse las competencias de los Consejos de Cuenca,
otorgándoles mayor capacidad para decidir sobre la gestión del recurso. En
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Secretaría Consejo Institucional
Ext. 2716-2239
13
la actualidad, el proyecto no contempla ninguna función efectiva en estos
consejos.
 La mayor parte del canon por aprovechamiento debe reinvertirse en la
cuenca.
 Debe incluirse, dentro de los principios de la ley, que “el agua es un recurso
finito”
 Deben crearse mecanismos para compensar a los propietarios de nacientes
y zonas de recarga declaradas bajo protección.
 Se debe establecer un régimen especial de Pago por Servicios Ambientales
para las comunidades indígenas que abastecen de agua a otras
poblaciones.
 Debe eliminarse el artículo que permite el traslado de concesiones entre
particulares.
 Las ASADAS deben ser mencionadas en el proyecto y deben ser definidas
sus funciones y atribuciones.
 Las sociedades de usuarios contempladas en el proyecto deben ser
únicamente para uso agrícola y no para el aprovechamiento del recurso en
otros usos.
 El daño ambiental debe tipificarse como delito dentro del capitulo de
sanciones.

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S 2882 pronunciamiento ci proyecto ley de aguas expediente 17 694

  • 1. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 1 PROPUESTA Se somete a consideración del Consejo Institucional la siguiente propuesta: ASUNTO: Pronunciamiento del Consejo Institucional sobre el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694 CONSIDERANDO QUE: 1. El Artículo 88 de la Constitución Política de la República de Costa Rica prescribe: “Para la discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a las materias puestas bajo la competencia de la Universidad de Costa Rica y de las demás instituciones de educación superior universitaria, o relacionadas directamente con ellas, la Asamblea Legislativa deberá oír previamente al Consejo Universitario o el órgano director correspondiente de cada una de ellas”. 2. La Secretaría del Consejo Institucional recibe oficio AMB-305-2014, con fecha de recibido 15 de julio de 2014, mediante correo electrónico, suscrito por la Sra. Hannia M. Durán, Jefa de Área, Asamblea Legislativa, dirigido al Dr. Julio Calvo, Rector, en el cual solicita criterio sobre el proyecto “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694. 3. El Proyecto precitado fue conocido por el Consejo Institucional en la Sesión No. 2877, del 23 de julio de 2014, y se dispone remitirlo en consulta a la Escuela de Agronomía, Escuela de Biología y a la Escuela de Química. 4. Lista de oficios anexos: Anexo 1 Oficio Asunto AMB-305-2014, del 24 de junio de 2014 Solicitud de criterio al Instituto Tecnológico de Costa Rica sobre el texto del Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694. Anexo 2 Oficio Asunto SCI-506-2014, del 23 de julio de 2014 Solicitud de criterio a la Escuela de Biología sobre el pronunciamiento del Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694.
  • 2. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 2 Anexo 3 Oficio Asunto SCI-507-2014, del 23 de julio de 2014 Solicitud de criterio a la Escuela de Agronomía sobre el pronunciamiento del Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694. Anexo 4 Oficio Asunto SCI-508-2014, del 23 de julio de 2014 Solicitud de criterio a la Escuela de Química sobre el pronunciamiento del Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694. Anexo 5 Oficio Asunto EB-588-2014, del 06 de agosto de 2014 Pronunciamiento de la Escuela de Bilogía sobre el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694. Entre otras consideraciones, se recomienda No apoyar el proyecto de Ley de Aguas. Expediente 17694, porque no se visualiza la importancia de crear un ente nuevo como el SINAGIRH, sin antes realizar un ordenamiento y planificación detallada de las acciones, responsabilidades y obligaciones que tienen todos los entes gubernamentales que intervienen con el recurso hídrico. Anexo 6 Oficio Asunto EQ-250-2014, del 11 de agosto de 2014 Pronunciamiento de la Escuela de Química sobre el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694. Entre otras consideraciones, el proyecto se apoya supeditado a cambios mencionados y que este no vaya en contraposición a otras leyes existentes relacionadas con el tema de gestión del recurso hídrico. En relación a la autonomía universitaria, no atenta contra ella. Esta es una ley que promueve la gestión integral del recurso hídrico y es incluyente de la academia. Anexo 7 Oficio Asunto DAGSC-1014- 2014, del 11 de agosto de 2014 Pronunciamiento de la Escuela de Agronomía sobre el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694. Entre otras consideraciones, el presente proyecto se presenta como una necesidad ante una ley de aguas de 1942 la cual está presentando deficiencia para el adecuado uso, supervisión y una adecuada legislación del recurso hídrico teniendo en cuenta que en algunas zonas del país cada vez existe mayor presión por la escasez.
  • 3. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 3 SE PROPONE: a. Pronunciarse a favor del Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694; siempre que se consideren las recomendaciones emitidas por los entes consultados. Responsable: FIRMA Dr. Julio Calvo A., Presidente Consejo Institucional _____________________________ PALABRAS CLAVE: Proyecto Ley – Aguas FECHA: 27 de agosto del 2014 Presentada en la Sesión No. 2882 Z:PROPUESTASPropuestas-PRESIDENCIA CIAÑO 2014S 2882 Krm
  • 4. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 4 ANEXO 1 ASAMBLEA LEGISLATIVA San José, Costa Rica 24 de junio de 2014 AMB-305-2014 Doctor Julio Calvo Rector Instituto Tecnológico de Costa Rica Estimado señor: Para lo que corresponda y con instrucciones del señor Diputado Edgardo Araya Sibaja, Presidente de la Comisión Permanente Especial de Ambiente, le comunico que este órgano legislativo acordó consultar el criterio de esa institución sobre el proyecto: “LEY DE AGUAS”, expediente 17.694, publicado en La Gaceta No. 121 de 23 de junio de 2010, del que le remito una copia. Respetuosamente se le solicita responder esta consulta en el plazo de ocho días hábiles que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. Si transcurrido ese plazono se recibiere respuesta, se tendrá por entendido que esa institución no tiene objeción que hacer al proyecto. Para mayor información sírvase llamar a los teléfonos: 22 43 24 33 o 22 43 24 34 Atentamente,
  • 5. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 5 ANEXO 2 SCI-506-2014 MEMORANDO Para: M.Sc. Ileana Moreira, Directora Escuela de Biología De: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva Secretaría del Consejo Institucional Instituto Tecnológico Costa Rica Fecha: 23 de julio del 2014 Asunto: Solicitud de criterio sobre el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694 En la Sesión Ordinaria No. 2877 del Consejo Institucional, celebrada el día 23 de julio del 2014, se conoce el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694; se dispuso solicitar el criterio de esa Escuela por ser un tema de su competencia. Sírvase remitir su criterio a más tardar el 6 de agosto del año en curso, para dar respuesta a la Asamblea Legislativa, en el plazo reglamentario. El texto del Proyecto se localiza en la página de la Asamblea Legislativa o bien pueda solicitar el archivo digital al correo de la funcionaria Cindy Picado Montero (cpicado@itcr.ac.cr). El Consejo Institucional agradece la colaboración en este asunto y le solicita remitir el criterio bajo el siguiente formato: Consideraciones, observaciones al Proyecto y recomendación de apoyar o no el Proyecto, así como señalar si el mismo atenta contra la autonomía universitaria; cuando corresponda. Se le agradece su pronta atención. BSS/cmpm CI: Consejo Institucional Archivo Ref: Z:Documentos_SCI-506-14Proyectos de Ley No. 17.694
  • 6. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 6 ANEXO 3 SCI-507-2014 MEMORANDO Para: Ing. Alberto Camero Rey, Director Escuela de Agronomía De: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva Secretaría del Consejo Institucional Instituto Tecnológico Costa Rica Fecha: 23 de julio del 2014 Asunto: Solicitud de criterio sobre el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694 En la Sesión Ordinaria No. 2877 del Consejo Institucional, celebrada el día 23 de julio del 2014, se conoce el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694; se dispuso solicitar el criterio de esa Escuela por ser un tema de su competencia. Sírvase remitir su criterio a más tardar el 6 de agosto del año en curso, para dar respuesta a la Asamblea Legislativa, en el plazo reglamentario. El texto del Proyecto se localiza en la página de la Asamblea Legislativa o bien pueda solicitar el archivo digital al correo de la funcionaria Cindy Picado Montero (cpicado@itcr.ac.cr). El Consejo Institucional agradece la colaboración en este asunto y le solicita remitir el criterio bajo el siguiente formato: Consideraciones, observaciones al Proyecto y recomendación de apoyar o no el Proyecto, así como señalar si el mismo atenta contra la autonomía universitaria; cuando corresponda. Se le agradece su pronta atención. BSS/cmpm CI: Consejo Institucional Archivo Ref: Z:Documentos_SCI-507-14Proyectos de Ley No. 17.694
  • 7. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 7 ANEXO 4 SCI-508-2014 MEMORANDO Para: Dra. Floria Roa, Directora Escuela de Química De: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva Secretaría del Consejo Institucional Instituto Tecnológico Costa Rica Fecha: 23 de julio del 2014 Asunto: Solicitud de criterio sobre el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694 En la Sesión Ordinaria No. 2877 del Consejo Institucional, celebrada el día 23 de julio del 2014, se conoce el Proyecto de “Ley de Aguas”, Expediente No. 17.694; se dispuso solicitar el criterio de esa Escuela por ser un tema de su competencia. Sírvase remitir su criterio a más tardar el 6 de agosto del año en curso, para dar respuesta a la Asamblea Legislativa, en el plazo reglamentario. El texto del Proyecto se localiza en la página de la Asamblea Legislativa o bien pueda solicitar el archivo digital al correo de la funcionaria Cindy Picado Montero (cpicado@itcr.ac.cr). El Consejo Institucional agradece la colaboración en este asunto y le solicita remitir el criterio bajo el siguiente formato: Consideraciones, observaciones al Proyecto y recomendación de apoyar o no el Proyecto, así como señalar si el mismo atenta contra la autonomía universitaria; cuando corresponda. Se le agradece su pronta atención. BSS/cmpm CI: Consejo Institucional Archivo Ref: Z:Documentos_SCI-508-14Proyectos de Ley No. 17.694
  • 8. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 8 ANEXO 5 “Biotecnología: evolucionando hacia la excelencia” EB- 588-2014 06 de agosto, 2014 MEMORANDO PARA: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva Consejo Institucional DE: MSc. Ileana Moreira González, Directora Escuela de Biología ASUNTO: Criterio Técnico proyecto de LEY N°17.694 Por este medio le adjunto el criterio Técnico emitido por la Escuela de Biología con respecto al Proyecto de Ley, Expediente N°17.694 “Ley de Aguas”. Quedo a sus órdenes para cualquier consulta. Bb Adjunto: Lo indicado Ci: Archivo
  • 9. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 9 En relación con el Análisis del Proyecto LEY DE AGUAS”, expediente 17.694, publicado en La Gaceta No. 121 de 23 de junio de 2010, se considera lo siguiente: • El proyecto pretende crear la instancia: Sistema Nacional para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico (SINAGIRH), para que sea la encargada entre otras cosas de elaborar el Plan Nacional de Gestión Integrada de los Recursos Hídricos, para someterlos a su respectiva aprobación por parte del Poder Ejecutivo. Y administrar el patrimonio del recurso hídrico del país. • En el desarrollo de la ley, no se visualiza con claridad la necesidad de crear otra instancia, además de las ya existentes, para que emita criterio sobre la gestión de dicho recurso. • Es preocupante la conformación de los no más de siete consejos de las unidades hidrológicas, creados para la eficiente gestión del recurso hídrico. Ya que están conformados por: a) Tres representantes del sector público. b) Tres representantes de las municipalidades. c) Tres representantes de organizaciones no gubernamentales, legalmente constituidas. d) Tres representantes del sector privado, organizado y legalmente constituidas. e) Un representante de las Asadas. f) Un representante del sector académico. En esta conformación se observa una delegación del Estado de su obligación de proteger el agua, cediendo su responsabilidad a organizaciones no gubernamentales y del sector privado. Mientras que las Asadas y el ente técnico, constituido por el sector académico apenas tienen un representante, en una comisión de 14 personas. Esto es muy peligroso, dada la disminución en la disponibilidad del agua que existe actualmente en el país y de la escasez que se pronostica para el futuro. Recomendación: No apoyar el proyecto de Ley de Aguas. Expediente 17694, porque no se visualiza la importancia de crear un ente nuevo como el SINAGIRH, sin antes realizar un ordenamiento y planificación detallada de las acciones, responsabilidades y obligaciones que tienen todos los entes gubernamentales que intervienen con el recurso hídrico. Tampoco se ve la creación de una ley que verdaderamente integre a todas las instituciones que tienen injerencia en el tema del agua a nivel nacional, donde el Estado no diluya su responsabilidad de proteger un recurso tan indispensable como es el hídrico.
  • 10. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 10 ANEXO 6 EQ -250-2014 Memorando Para: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva Secretaría del Consejo Institucional De: Floria Roa Gutiérrez, Ph.D. Directora Escuela de Química Fecha: 11 de agosto de 2014 Asunto: Respuesta a memorando SCI-508-2014 sobre el proyecto de “Ley de Aguas” En respuesta a oficio SCI-508-2014, referente a la solicitud de criterio sobre proyecto de “Ley de Agua” se designó una comisión experta en el tema para el análisis, conformada por la Ing. Diana Zambrano y el M.Sc. Jorge Calvo quienes emitieron el siguiente criterio Consideraciones y observaciones al proyecto La ley de aguas presentada es un documento amplio que aborda la problemática de recurso hídrico del país y presenta algunos lineamientos y/o propuestas para afrontarlas. De manera específica hay cambios que se realizan en cuanto a manejos actuales los cuales, no presentan un soporte técnico que lo avalen, situación que debe corregirse. A citar ejemplos:  El artículo 20 sobre las áreas de protección, baja de 200 m a 100 m de radio las extensiones de terreno que bordeen manantiales permanentes, criterio con el cual no se tiene acuerdo.  Protección de las fuentes de 15 m de distancia con sistemas de tratamiento, sin considerar aspectos como la pendiente o el tipo de terreno, y posible tránsito de contaminantes.  Se deben precisar alcances de algunas expresiones, ejemplo en áreas de protección se utiliza la palabra manantiales sin embargo es clave definir las tomas o captaciones de agua “habitualmente llamadas nacientes” si aplican dentro de este concepto, de las cuales son usuarias muchas ASADAS. Es oportuna la consideración de la gestión a nivel de la unidad hidrológica y que su administración se haga a través de Sinagirh. Sin embargo, no son claras las funciones que se limitan a otros entes institucionales lo cual puede generar problemas de gobernabilidad del recurso. Se considera que la cantidad de representantes de las ASADAS para participar como miembros de los Consejos de Unidad Hidrológica, son muy pocos, teniendo en cuenta el tamaño de estas unidades hidrológicas y la cantidad de acueductos comunales presentes en cada una de ellas. La ley presenta otros elementos importantes para la gestión del recurso hídrico, tales como los instrumentos económicos, tanto canon por uso como vertido, supeditados a los estudios técnicos de las fuentes abastecedoras o receptoras, según sea el caso.
  • 11. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 11 Recomendaciones de apoyar o no el proyecto El proyecto se apoya supeditado a cambios mencionados y que este no vaya en contraposición a otras leyes existentes relacionadas con el tema de gestión del recurso hídrico. En relación a la autonomía universitaria, no atenta contra ella. Esta es una ley que promueve la gestión integral del recurso hídrico y es incluyente de la academia. Agradezco su atención, frg/jfc Ci : Consejo Institucional Archivo
  • 12. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 12 ANEXO 7 DAGSC-1014-2014 Memorando Para: Licda. Bertalía Sánchez Salas, Directora Ejecutiva Secretaría del Consejo Institucional Instituto Tecnológico Costa Rica De: MSc. Luis Alberto Camero Rey, Director Escuela de Agronomía Fecha: 11 de agosto del 2014 Asunto: Respuesta a Memo SCI-507-2014 crierio del Exp 17 694 . Se recibe de la secretaria del consejo institucional el memo SCI-507-20134 solicitando un criterio sobre el pronunciamiento Proyecto Ley de Aguas, Expediente No. 17.694 El presente proyecto se presenta como una necesidad ante una ley de aguas de 1942 la cual presenta la cual esta presentando deficiencia para el adecuado uso, supervisión y una adecuada legislación del recurso hídrico teniendo en cuenta que en algunas zonas del país cada vez existe mayor presión por la escasez. Como iniciativa propone un marco regulador que define los alcances, potestades, atribuciones y deberes de las diferentes instituciones del estado. El proyecto presenta algunos puntos bastante positivos y dignos de resaltar:  La definición de la naturaleza jurídica del agua como un bien de dominio publico, de carácter estratégico.  La necesidad de una Gestión Integrada del Recurso a través de una entidad rectora.  Un enfoque de manejo, por cuenca hidrográfica, con distintos grados de participación ciudadana y de competencias y funciones, para los nuevos organismos regionales que se crearían.  El establecimiento de instrumentos económicos de regulación.  La definición de nuevas categorías para el manejo y protección del recurso.  La regulación de los mecanismos de aprovechamiento del agua, a través de la figura de concesiones y permisos de uso. No obstante, se encuentran algunos puntos no tal claros o que requieren un poco más de análisis y un mejor grado de detalle. A saber,  Deben fortalecerse las competencias de los Consejos de Cuenca, otorgándoles mayor capacidad para decidir sobre la gestión del recurso. En
  • 13. Instituto Tecnológico de Costa Rica Secretaría Consejo Institucional Ext. 2716-2239 13 la actualidad, el proyecto no contempla ninguna función efectiva en estos consejos.  La mayor parte del canon por aprovechamiento debe reinvertirse en la cuenca.  Debe incluirse, dentro de los principios de la ley, que “el agua es un recurso finito”  Deben crearse mecanismos para compensar a los propietarios de nacientes y zonas de recarga declaradas bajo protección.  Se debe establecer un régimen especial de Pago por Servicios Ambientales para las comunidades indígenas que abastecen de agua a otras poblaciones.  Debe eliminarse el artículo que permite el traslado de concesiones entre particulares.  Las ASADAS deben ser mencionadas en el proyecto y deben ser definidas sus funciones y atribuciones.  Las sociedades de usuarios contempladas en el proyecto deben ser únicamente para uso agrícola y no para el aprovechamiento del recurso en otros usos.  El daño ambiental debe tipificarse como delito dentro del capitulo de sanciones.