3. TAMBIEN LLAMADA
INVENTARIOS
SUPLANTA A LA
NIC2 INVENTARIOS
REVISADA EN 1993
DEBE SER APLICADA EN LOS
PERIODOS ANUALES QUE
COMIENCEN A PARTIR DEL 1
DE ENERO DE 2005
EN EL PERÚ SU APLICACIÓN
ES OBLIGATORIA A PARTIR
DEL 1 DE ENERO DEL 2006
4. Las Razones para la revisión de la NIC 2 consisten en
realizar mejoras adicionales.
Porque existía mucho conflicto dentro de las normas,
para ello se debió disminuir o eliminar alternativas,
redundancias así como resolver ciertos problemas de
EXISTENCIAS
Son todos aquellos bienes
que tienen una empresa y
que se encuentran disponible
para la venta en el periodo
regular.
concordancia.
5. EXISTENCIAS
Son todos aquellos bienes
que tienen una empresa y
que se encuentran disponible
para la venta en el periodo
regular.
SEGÚN EL PÁRRAFO 6
DE LA NIC 2, SON
ACTIVOS LOS QUE
CUMPLEN LAS
SIGUIENTES
CARACTERÍSTICAS:
a. Los poseídos para ser vendidos
en el curso normal de la
operación.
6. EXISTENCIAS
Son todos aquellos bienes
que tienen una empresa y
que se encuentran disponible
para la venta en el periodo
regular.
SEGÚN EL PÁRRAFO 6
DE LA NIC 2, SON
ACTIVOS LOS QUE
CUMPLEN LAS
SIGUIENTES
CARACTERÍSTICAS:
b. En proceso de producción
con vista a esa venta.
7. EXISTENCIAS
Son todos aquellos bienes
que tienen una empresa y
que se encuentran disponible
para la venta en el periodo
regular.
SEGÚN EL PÁRRAFO 6
DE LA NIC 2, SON
ACTIVOS LOS QUE
CUMPLEN LAS
SIGUIENTES
CARACTERÍSTICAS:
c. En forma de materiales o
suministros, para ser consumidos
en el proceso de producción, o en
la presentación de servicios.
8. La clasificación de los inventarios se realiza de la siguiente manera:
a. b.
c.
Adquiridos
para la venta
(reventa)
d.
e. f.
g. h.
Adquiridos para la
producción
Producidos por la
empresa
Adquiridos para la
actividad y mantener
el proceso
Adquiridos para la
prestación de
servicios.
Adquiridos para la
comercialización
Adquiridos para la
gestión
administrativa
Adquiridos y que se
encuentran es
tránsito
9. El objetivo de esta Norma es prescribir el
tratamiento contable de las existencias.
Un tema fundamental en la contabilidad de las existencias es
la cantidad de coste que debe reconocerse como un activo
y ser diferido hasta que los correspondientes ingresos
ordinarios sean reconocidos.
Esta Norma suministra una guía práctica para:
LA DETERMINACIÓN DE ESE
COSTE
ASÍ COMO PARA EL POSTERIOR
RECONOCIMIENTO COMO UN
GASTO DEL EJERCICIO
10. El objetivo de esta Norma es prescribir el
tratamiento contable de las existencias.
Un tema fundamental en la contabilidad de las existencias es
la cantidad de coste que debe reconocerse como un activo
y ser diferido hasta que los correspondientes ingresos
ordinarios sean reconocidos.
Esta Norma suministra una guía práctica para:
INCLUYENDO TAMBIÉN
CUALQUIER DETERIORO QUE
REBAJE EL IMPORTE EN LIBROS
AL VALOR NETO REALIZABLE.
11. El objetivo de esta Norma es prescribir el
tratamiento contable de las existencias.
Un tema fundamental en la contabilidad de las existencias es
la cantidad de coste que debe reconocerse como un activo
y ser diferido hasta que los correspondientes ingresos
ordinarios sean reconocidos.
Esta Norma suministra una guía práctica para:
TAMBIÉN SUMINISTRA
DIRECTRICES SOBRE LAS
FÓRMULAS DE COSTE QUE SE
UTILIZAN PARA ATRIBUIR COSTES
A LAS EXISTENCIAS.
12. Esta Norma será de aplicación a todas las
existencias, excepto a:
A. La obra en curso, proveniente
de contratos de construcción,
incluyendo los contratos de
servicio directamente
relacionados
13. Esta Norma será de aplicación a todas las
existencias, excepto a:
B. los instrumentos financieros
14. Esta Norma será de aplicación a todas las
existencias, excepto a:
C. Los activos biológicos
relacionados con la actividad
agrícola y productos agrícolas en
el punto de cosecha o recolección
15. Esta Norma no será de aplicación para la valoración
de las existencias mantenidas por:
(a)Productores de productos agrícolas y
forestales, de productos agrícolas tras la
cosecha o recolección, así como de minerales y
productos minerales, siempre que sean
medidos por su valor neto realizable, de
acuerdo con prácticas bien consolidadas en
esos sectores.
(b) Intermediarios que comercien con
materias primas cotizadas, siempre que
valoren sus existencias al valor razonable
menos los costes de venta.
16. Las existencias son activos:
a. Los poseídos para ser vendidos en
el curso normal de la operación.
b. En proceso de producción con
vista a esa venta.
c. En forma de materiales o
suministros, para ser consumidos en
el proceso de producción, o en la
presentación de servicios.
17. Valor neto realizable es:
El precio estimado de venta de un
activo en el curso normal de la
explotación, menos los costes
estimados para terminar su
producción y los necesarios para
llevar a cabo la venta.
18. Valor razonable es:
El importe por el cual puede ser
intercambiado un activo o
cancelado un pasivo, entre partes
interesadas y debidamente
informadas, que realizan una
transacción en condiciones de
independencia mutua.
19. Las existencias se valorarán al menor de: el coste o
el valor neto realizable.
El coste de las existencias comprenderá todos los
costes derivados de la adquisición y transformación de
las mismas, así como otros costes en los que se haya
incurrido para darles su condición y ubicación actuales.
20. El precio de compra.
Comprende:
Los aranceles de importación y otros impuestos (que no sean
recuperables posteriormente de las autoridades fiscales).
El coste de adquisición de las existencias comprenderá.
Los transportes.
El almacenamiento y otros costes directamente atribuibles a
la adquisición de las mercaderías.
Los materiales o los servicios.
Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas
similares se deducirán para determinar el coste de
adquisición.
21. Comprenderán
aquellos costes
directamente
relacionados
con las
unidades
producidas,
tales como la
mano de obra
directa
También
comprenderán una
parte, calculada de
forma sistemática,
de los costes
indirectos,
variables o fijos, en
los que se haya
incurrido para
transformar las
materias primas en
productos
terminados.
22. Se incluirán otros costes, en el, siempre que se hubiera
incurrido en ellos para dar a las mismas su condición y
ubicación actuales.
En el caso de que un prestador de servicios tenga existencias,
las valorará por los costes que suponga su producción. Estos
costes se componen fundamentalmente de mano de obra y
otros costes del personal directamente involucrado en la
prestación del servicio, incluyendo personal de supervisión y
otros costes indirectos distribuibles.
23. LAS EXISTENCIAS QUE COMPRENDEN
PRODUCTOS AGRÍCOLAS
QUE LA ENTIDAD HAYA COSECHADO O
RECOLECTADO DE SUS ACTIVOS BIOLÓGICOS
SE VALORARÁN, PARA SU RECONOCIMIENTO INICIAL, POR
EL VALOR RAZONABLE MENOS LOS COSTES ESTIMADOS EN EL
PUNTO DE VENTA
ESTE SERÁ EL COSTE DE LAS EXISTENCIAS EN ESA FECHA, PARA
LA APLICACIÓN DE LA PRESENTE NORMA.
24. EL MÉTODO DEL COSTE
ESTÁNDAR
EL MÉTODO DE LOS
MINORISTAS
PODRÁN SER UTILIZADOS POR CONVENIENCIA SIEMPRE QUE EL
RESULTADO DE APLICARLOS SE APROXIME AL COSTE
LOS COSTES ESTÁNDARES SE
ESTABLECERÁN A PARTIR DE
NIVELES NORMALES DE CONSUMO
DE MATERIAS PRIMAS,
SUMINISTROS, MANO DE OBRA,
EFICIENCIA Y UTILIZACIÓN DE LA
CAPACIDAD.
EL MÉTODO DE LOS MINORISTAS SE
UTILIZA A MENUDO, EN EL SECTOR
COMERCIAL AL POR MENOR. EN
ESTE MÉTODO, EL COSTE DE LAS
EXISTENCIAS SE DETERMINARÁ
DEDUCIENDO, DEL PRECIO DE
VENTA DEL ARTÍCULO EN
CUESTIÓN, UN PORCENTAJE
APROPIADO DE MARGEN BRUTO.
25. EL COSTE DE LAS EXISTENCIAS
QUE NO SEAN HABITUALMENTE INTERCAMBIABLES ENTRE
SÍ, ASÍ COMO DE LOS BIENES Y SERVICIOS PRODUCIDOS Y
SEGREGADOS PARA PROYECTOS ESPECÍFICOS
26. EL COSTE DE LAS EXISTENCIAS
SE DETERMINARÁ A TRAVÉS DEL MÉTODO DE
IDENTIFICACIÓN ESPECÍFICA DE SUS COSTES
QUE NO SEAN HABITUALMENTE INTERCAMBIABLES ENTRE
SÍ, ASÍ COMO DE LOS BIENES Y SERVICIOS PRODUCIDOS Y
INDIVIDUALES.
SEGREGADOS PARA PROYECTOS ESPECÍFICOS
Significa que cada tipo de coste concreto se distribuirá entre
ciertas partidas identificadas dentro de las existencias.
EL COSTE DE LAS EXISTENCIAS
Se asignará utilizando los métodos de primera entrada primera
salida (FIFO) o coste medio ponderado.
27. El coste de las existencias puede no ser recuperable en caso de que
LAS MISMAS ESTÉN
DAÑADAS.
SI LOS COSTES
ESTIMADOS PARA SU
TERMINACIÓN O SU
VENTA HAN
AUMENTADO.
O BIEN SI SUS PRECIOS
DE MERCADO HAN
CAÍDO.
SI LOS COSTES
ESTIMADOS PARA SU
TERMINACIÓN O SU
VENTA HAN
AUMENTADO.
Las estimaciones del valor neto realizable se basarán en la información
más fiable de que se disponga, en el momento de hacerlas, acerca del
importe por el que se espera realizar las existencias.
28. • Cuando las existencias sean enajenadas, el
importe en libros de las mismas se
reconocerá como un gasto del ejercicio en el
que se reconozcan los correspondientes
ingresos ordinarios.
• El importe de cualquier rebaja de valor, hasta
alcanzar el valor neto realizable, así como
todas las demás pérdidas en las existencias,
se reconocerá en el ejercicio en que ocurra la
rebaja o la pérdida.
29. En los estados financieros se revelará la siguiente información:
Las políticas contables adoptadas
El importe total en libros de las existencias
El importe en libros de las existencias que se contabilicen
por su valor razonable menos los costes de venta;
El importe de las existencias reconocido como
gasto durante el ejercicio
El importe de las rebajas de valor de las existencias
que se haya reconocido como gasto en el ejercicio…
30. ENUNCIADO:
En el mes de Junio, la empresa Distribuidora Prime JAL S. A.
efectuó un pedido a su proveedor MOSKAT S. A. de los bienes que
se muestran a continuación con sus siguientes características:
ITEM UNIDADES C. U. PESO POR
UNIDAD
a) Acero flexible 210 25 5 Kg.
a) Acero plano 150 12 3 Kg.
a) Pasadores 720 9 1 Kg.
NIIF 2012 y PCGE. Ediciones Caballero. Paginas 69 al 102.
31. Se sabe que MOSKAT S. A. emitió la factura N° 001-
2610 y posteriormente otorgó un descuento por
volumen de compra del 10% del monto global de la
factura, por lo que emitió la correspondiente nota de
crédito.
Distribuidora Prime S. A. a efectos de transportar
dichos bienes a su almacén contrató a la empresa
Velocidad S. A la que procedió a emitir la Factura N°
001-127 por el importe de S/. 3,510 más IGV.
Se pide determinar al costo de los bienes adquiridos
por Distribuidora Prime JAL S. A. y el registro contable
a efectuar.
32. 1. FLETE
En primer lugar será necesario incrementar el costo de adquisición
se los bienes por el importe del flete incurrido para transportarlo
hasta sus almacenes.
La distribución del flete en que se incurre por el traslado de varios
productos debería distribuirse a cada uno de los productos en base
al peso de cada uno de ellos, por lo tanto se efectuará el siguiente
cálculo:
ITEM PESO PESO TOTAL PORCENTAJE FLETE
Acero flexible 5 Kg. 1,050 (*) 47.30% (**) 1,660.23(***)
Acero plano 3 Kg. 450 20.27% 711.48
Pasadores 1 Kg. 720 32.43% 1,138.29
9 Kg. 2,220 100.00% 3,510.00
(*) 210 x 5 Kg. (**) 1,050 / 2,220 x 100 (***) 3,510 x 47.30 %
33. 2. DESCUENTO POR VOLUMEN DE COMPRA:
Respecto al descuento por volumen de compra (denominado
“descuento comercial”) este disminuye el costo del bien, en virtud
de lo dispuesto en el párrafo 11 de la NIC 2: Inventarios. Por
consiguiente, el nuevo valor de los bienes como consecuencia del
descuento será el siguiente:
ITEM COSTO TOTAL DESCUENTO (10%) VALOR NETO
Acero flexible 5,250.00 (*) (525.00) 4,725.00
Acero plano 1,800.00 (180.00) 1,620.00
Pasadores 6,480.00 (648.00) 5,832.00
TOTALES 13,530.00 (1,353.00) 12,177.00
(*) 210 x 25 cu.
34. En conclusión el costo total y unitario de las existencias serán
los siguientes:
ITEM NETO VALOR TOTAL FLETES
UNITARIO
COSTO COSTO
Acero flexible 4,725.00 1,660.23 6,385.23 30.40 (*)
Acero plano 1,620.00 711.48 2,331.48 15.54
Pasadores 5,832.00 1,138.29 6,970.29 9.68
TOTALES (S/.) 12,177.00 3,510.00 15,687.00 55.62
(*) 6,385.23 / 210 unidades.
El costo determinado de los bienes adquiridos, también es
válido para fines tributarios.
35. CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
60 COMPRAS 13,530.00
601 Mercaderías
60111 Mercaderías manufacturadas
40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y
APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y
DE SALUD POR PAGAR
2,435.40
401 Gobierno central
4011 Impuesto General a las Ventas
40111 IGV- Cuenta propia
42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –
TERCEROS
15,965.40
421 Facturas, boletas y otros
comprobantes por pagar
4212 Emitidas
42121 Facturas
x/06 Por la adquisición de mercaderías
a nuestro proveedor según Factura N°
001-2610 al crédito a 30 días.
36. CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
20 MERCADERÍAS 13,530.00
201 Mercaderías manufacturadas
2011 Mercaderías manufacturadas
20111 Costo
61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 13,530.00
611 Mercaderías
6111 Mercaderías manufacturadas
x/06 Por las mercaderías recibidas
en el almacén correspondiente a la
orden de pedido 123, de nuestro
proveedor
37. CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
60 COMPRAS 3,510.00
609 Costos vinculados con las compras
6091 Costos vinculados con las compras de
mercadería
60911 Transporte
40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y
APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE
SALUD POR PAGAR
631.80
401 Gobierno central
4011 Impuesto General a las Ventas
40111 IGV- Cuenta propia
42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –
TERCEROS
4,141.80
421 Facturas, boletas y otros comprobantes
por pagar
4212 Emitidas
42121 Facturas
x/x Por el servicio de transporte de las
existencias compradas realizado por la
empresa Velocidad S. A. según factura N°
001-127
38. CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
20 MERCADERÍAS 3,510.00
201 Mercaderías manufacturadas
2011 Mercaderías manufacturadas
20111 Costo
20111.1 Acero flexible 1,660.23
20111.2 Acero Plano 711.48
20111.3 Pasadores 1,138.29
61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 3,510.00
611 Mercaderías
6111 Mercaderías manufacturadas
x/x Por la transferencia al costo del
flete incurrido para trasladar la
mercadería adquirida a los
almacenes de la empresa.
39. CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –
TERCEROS
1,596.54
421 Facturas, boletas y otros comprobantes
por pagar
4212 Emitidas
42121 Facturas
40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y
APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y
DE SALUD POR PAGAR
243.54
401 Gobierno central
4011 Impuesto General a las Ventas
40111 IGV- Cuenta propia
60 COMPRAS 1,353.00
601 Mercaderías
60111 Mercaderías manufacturadas
x/x Por el descuento por el volumen de
compra concedido por nuestro
proveedor y la consiguiente disminución
del costo de las mercaderías adquiridas.
40. CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 1,353.00
611 Mercaderías
6111 Mercaderías manufacturadas
20 MERCADERÍAS 1,353.00
201 Mercaderías manufacturadas
2011 Mercaderías manufacturadas
20111 Costo
x/x Por la disminución del costo de
las mercaderías por descuento por
volumen, según nota de crédito N°
…
41. • La empresa R-ROYAL S.A. que se dedica a la venta
de equipos de aíre condicionado nos indica que
encarga la fabricación de éstos a un tercero.
• ¿Cómo deberá registrar la compra de los motores
que serán destinados a ser componentes de los
equipos que comercializa si en el mes de Octubre
adquirió dichos bienes según F/. 002 – 2638 por
el monto de S/. 68,350 más IGV.?
42. • De conformidad de lo establecido por la NIC 2
Inventarios , estas son activos que entre otros
pueden ser un bienes comprados en forma de
materiales , destinados para ser consumidos en el
proceso de producción obteniendo así un producto
terminado. No solo la empresa se dedica a vender
los equipos, sino que además los produce, toda vez
que adquiere los motores, componente principal del
producto final para ponerlos a disposición de un
tercero y obtener el producto a ser vendido. En tal
sentido , el reconocimiento inicial del bien adquirido
( motores ) deberá ser contabilizado de la siguiente
manera
43. CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
60 Compras 68,350.00
602 Materias primas
6021 Materias primas para productos
manufacturados.
60211 Motores
40 Tributos, contraprestaciones y aportes al
sistema de pensiones y de salud por pagar.
12,303.00
401 Gobierno central
4011 Impuesto general a las ventas
40111 IGV cuenta propia.
42 Cuentas por pagar comerciales terceros. 80,653.00
421 Facturas, boletas y otros comprobantes por
pagar.
4212 Emitidas
42121 Facturas
x/x Por el registro de los motores adquiridos
según F/002- 2638
44. CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
24 Materias primas 68,350.00
241 Materias primas para productos
manufacturados.
2411 Materias primas para productos
manufacturados.
24111 Motores.
61 Variación de existencias. 68,350.00
612 Materias primas.
6121 Materias primas para productos
manufacturados.
61211 Motores.
x/x Por el ingreso de los motores al
almacén.
45. CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
61 VARIACIÓN DDE EXISTENCIAS 68,350.00
612 Materias primas
6121 Materias primas para productos
manufacturados.
61211 Motores
24 MATERIAS PRIMAS. 68,350.00
241 Materias primas para productos
manufacturados.
2411 Materias primas para productos
manufacturados
24111 Motores
x/x Por la inclusión en el proceso de la
producción.
46. ENUNCIADO: Una empresa industrial al mes de diciembre
2011 tiene productos terminados por el importe de S/.
36,300 Y productos en proceso por el monto de S/. 14,550
(avanzado en un 70% en todos los elementos del costo).
Como consecuencia de una baja en el precio de los
materiales decide determinar el valor neto de realización
establecido respectivamente para los productos terminados
y en proceso los siguientes: S/. 30,525 y S/. 12,300. ¿Cuáles
serían los asientos contables correspondientes?
SULUCION: De acuerdo con el párrafo 9 de la NIC 2
inventarios, los inventarios deben valuarse al costo o al valor
neto realizable el monto. En este sentido, considerando la
información proporcionada debemos comparar el costo con
el valor neto de realización tal como a continuación se
muestra:
47. PRODUCTOS IMPORTE
VALOR NETO DE
REALIZACION DESVALORIZACION
TERMINADO
EN PROCESO
36,300.00
14,550.00
30,525.00
12,300.00
5,775.00
2,250.00
TOTALES 50,850.00 42,825.00 8,025.00
Teniendo en cuenta al principio que los activos no
se muestren por sumas mayores a las que se
esperan realizar a partir de su venta o su uso,
deberá reconocerse un gasto por el importe que se
reduce el inventario para llegar al monto
recuperable:
48. ASIENTOS POR DESVALORIZACION (REGISTRO CONTABLE)
CODIGO DENOMINACION DEBE HABER
69 COSTO DE VENTAS 8,025.00
695 Gastos por desvalorización de existencias
6952 Productos terminados
5,775.00 5,775.00
6954 Productos en proceso
2,250.00 2,250.00
29 DESVALORIZACION DE EXISTENCIAS 8025.00
292 Productos terminados
2921 Productos manufacturados
5,775.00 5,775.00
294 Productos en proceso
2941 Productos en proceso de manufactura
2,250.00 2,250.00
Por la desvalorización de los productos
terminados Y en proceso.
49. Cabe advertir, que este gasto será reparable
tributariamente puesto que solo será aceptado
cuando se venda el valor de mercado, el cual debe
estar debidamente sustentado que se entiende será
menor a su costo confirmándose la perdida, o bien
se proceda a su destrucción ante el notario público
con comunicación previa a la Administración
Tributaria (6 días hábiles anteriores a la destrucción)
50. La empresa al cierre del ejercicio ha realizado la estimación
que las mercaderías que se encuentre en stock por un valor
total de S/. 105,000.00 han sufrido una pérdida en su valor
económico en un 40% que haciende a un valor de S/. 42,000.00
dado que no pertenece a la tendencia de la moda actual. Así
mismo se sabe que en el mes de abril del siguiente ejercicio
estas mercaderías se venden a un valor de mercado ascendente
a S/. 60,000.00 más IGV. ¿Cuál es el tratamiento contable y la
incidencia tributaria que se produce por esta operación?
51. Tratamiento Contable:
A efectos de poder mostrar la disminución del valor de
las existencias debe realizarse el siguiente registro
contable.
52. CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
01
69 COSTO DE VENTA 42,000.00
695 Gastos por desvalorización de existencias
6951 Mercaderías
29 DESVALORIZACIÓN DE EXISTENCIAS 42,000.00
291 Mercaderías
2911 Mercaderías manufacturadas
X/X Por la desvalorización de existencias
02
12 CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS 70,800.00
121 Facturas, boleas y otros comprobantes por cobrar
40 TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA
DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR
10,800.00
70 VENTAS 60,000.00
701 Mercaderías
7011 Mercaderías manufacturadas
X/X Por la venta de las mercaderías desvalorización a valor
de mercado.
53. 03
69 COSTO DE VENTA 63,000.00
691 Mercaderías
6951 Mercaderías manufacturadas
29 DESVALORIZACIÓN DE EXISTENCIAS 42,000.00
291 Mercaderías
2911 Mercaderías manufacturadas
X/X Por la desvalorización de existencias
20 MERCADERÍAS 105,00.00
201 Mercaderías manufacturadas
2011 Mercaderías manufacturadas
20111 Costo
x/x Por el costo de ventas de las mercaderías desvalorizadas
54. Para efectos de la determinación del impuesto a la renta del ejercicio 2011, la
desvalorización reconocida contablemente no es admitida de conformidad a lo dispuesto
en el inciso f) del artículo 44° de la LIR. No obstante, será admitida en el ejercicio en el
que se produzca la pérdida real a consecuencia de su enajenación, uso o destrucción
debiendo procederse a realizar la destrucción de la referida pérdida económica vía
declaración jurada anual, así en el caso planteado resultara deducible en el ejercicio 2012,
en la oportunidad en que se realiza la venta de los bienes a valor de mercado en aplicación
del artículo 32° del TUO de la ley del impuesto a la renta y que se entiende ésta por
debajo del costo. De otro lado, en el supuesto que las mercaderías deterioradas no
pudieran ser vendidas y que en consecuencia implique la destrucción de las mismas. El
tratamiento contable que se debería aplicar seria el siguiente:
DATOS:
Valor en libros de las existencias
Que se han desvalorizados: S/.35,430.00
55. CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
04
69 COSTO DE VENTA 35,430.00
695 Gastos por desvalorización de existencias
6951 Mercaderías
29 DESVALORIZACIÓN DE EXISTENCIAS 35,430.00
291 Mercaderías
2911 Mercaderías manufacturadas
X/X Por la desvalorización de existencias
56. Cuando posteriormente se produzca la destrucción de los bienes
deberá efectuarse el siguiente registro contable
CÓDIGO DENOMINACIÓN DEBE HABER
05
29 DESVALORIZACIÓN DE EXISTENCIAS 35,430.00
291 Mercaderías
2911 Mercaderías manufacturadas
X/X Por la desvalorización de existencias
20 MERCADERÍAS 35,430.00
201 Mercaderías manufacturadas
2011 Mercaderías manufacturadas
20111 Costo
X/X Por la destrucción de las mercaderías deterioradas
57. Para fines del impuesto a la renta, en el caso de desmedro de
bienes, la deducibilidad del gasto se produce en la oportunidad en la
que el contribuyente procede a destruir los bienes ante presencia del
notario público previa comunicación (con 6 días hábiles
de anticipación) a la administración tributaria tal como lo establece
en el numeral 2 del inciso c) del artículo 21° del reglamento del
TUO de la LIR. En ese sentido, si la desvalorización se realiza al
cierre del ejercicio anterior al de la destrucción de las existencias no
resulta aceptado como tal en dicho ejercicio, pero si se admitiría en
la oportunidad en que se destruya de cumplir con los requisitos
antes señalados.