El documento resume las disposiciones de la Ley Orgánica de Educación española de 2006 relacionadas con la enseñanza de la religión. Establece que la enseñanza de la religión católica se ajustará a los acuerdos entre el Estado español y el Vaticano. La enseñanza de otras religiones se regirá por acuerdos del Estado con esas confesiones. Los profesores de religión deberán cumplir los requisitos de titulación establecidos y serán contratados por las administraciones educativas correspondientes.