1. LAS CORTES DE CÁDIZ
• CONSTITUCIÓN DE 1812
• OBRA LEGISLATIVA REFORMADORA
2. ESPAÑA DE España en este periodo vivirá dos
1808- 1814 procesos paralelos y muy ligados:
Una Guerra de liberación Una revolución
nacional contra los ejércitos liberal en las
franceses (independencia). Cortes de Cádiz
A la vez existirá una España oficial dirigida por Napoleón y gobernada por
José I Bonaparte nuevo rey de España, tras las abdicaciones de los monarcas.
4. REVOLUCIÓN LIBERAL
ABDICACIONES DE BAYONA
•Por ello será el pueblo quien se
alce contra la influencia francesa,
organizándose en " JUNTAS " que
declaren la guerra a Francia.
• JUNTA CENTRAL
• Las capitulaciones de los
monarcas y los infantes en
Bayona desprestigió la
Corona y contribuyó al
desconcierto de las
autoridades, incapaces de
tomar una decisión (guerra),
sin haber recibido las
oportunas órdenes
5. • Se rechaza la actitud Reformista francesa plasmada en "el Estatuto de
Bayona", intentándose en la resistencia española transformar el país
según las ideas revolucionarias de la burguesía liberal:
•La GUERRA ofrece la coyuntura •Descrédito de la Junta de Gobierno
propicia a las innovaciones por: dejada por Fernando VII, y el Consejo
de Castilla, colaborador con los
•Protagonismo del pueblo. franceses: (pacifismo) hace que surjan
•Gobierno espontáneo de las las JUNTAS PROVINCIALES.
juntas, ante el vacío de poder: •Basan su autoridad en la
•rechazo a los Bonaparte legitimidad popular.
•ausencia de los Reyes •Dirigen la guerra contra Napoleón.
•Se forman 1º en Asturias y Sevilla unificándose con las
de Aranjuez, Sevilla y Cádiz formándose la JUNTA
SUPREMA CENTRAL 1808, presidida por Floridablanca.
•Esta asume
•la SOBERANÍA NACIONAL y
•la CONVOCATORIA DE CORTES (1810)
• Traspasa sus poderes a una REGENCIA (Fernando VII)
•Se disolverá en 1810 convocando LAS CORTES en Cádiz,
6. LAS CORTES DE
CÁDIZ
• Suponen el tránsito del Antiguo Régimen al Nuevo,
en el sentido de que la Constitución de 1812 y las
leyes aprobadas por las Cortes acabarán con
muchas instituciones propias del Antiguo Régimen.
7. LA CONVOCATORIA DE LAS
CORTES
• Fueron convocadas por el "CONSEJO DE REGENCIA", nacido
de la Junta Central” que se había disuelto en 1810, en la ciudad
de Cádiz (en este momento sitiada), lo que explica los nulos
contactos con el pueblo al que van a representar los diputados,
aunque LEGISLARAN en nombre de España.
Se reunirán 1º en la isla del León (San Fernando) y
después pasarán a Cádiz en septiembre de 1810.
El deseo de reunión de la clase dirigente era UNÁNIME.
Los defensores del Antiguo Régimen eran
Los liberales, eran partidarios de las Cortes. porque las
partidarios de transformar Cortes se veían como una institución
la estructura del Estado. tradicional que podía hacer frente al vacio
de poder de Carlos IV y Fernando VII.
8. La Junta Central, presidida por el Conde de Floridablanca , estaba
dividida por culpa de las Cortes. Con la muerte de Floridablanca,
todo aquel reticente a las Cortes era apartado.
Se procede a la convocatoria el 22 de mayo de 1809.
Como estaban divididas las opiniones se llegó a
un compromiso que consistía en que se reunirían
según el Antiguo. Régimen., es decir, por
estamentos, más dos Cámaras:
- una para la nobleza y el clero
- otra para el Tercer Estado
Al final SE RECHAZA LA REUNIÓN POR ESTAMENTOS
y se reunirán en una sola Cámara con voto individual
9. COMPOSICIÓN DE LAS CORTES
• La primera convocatoria se modifica en enero de
1810 porque la Junta es forzada a nombrar un
Regencia de tres, en respuesta a la falta de
monarca
•Se convocan las Cortes con otro
procedimiento, con un sistema de
sufragio universal, pero en vez de ser
directo, es sufragio a dos niveles:
•los ciudadanos eligen a los
compromisarios y
•estos a su vez a los diputados.
Cuando se reúnen el 24 de septiembre de 1810 sólo se presentan 95
diputados de los 240 previstos, porque muchos no pudieron llegar por el
impedimento francés o no habían sido elegidos. 42 eran titulares, elegidos
por sus ciudadanos; 53 eran suplementarios, personas que procedían de los
territorios que había ido nadie, y vivían cerca o alrededor de Cádiz.
10. • Se llamarán
así mismos
LIBERALES
Fundamentalmente, era gente de la periferia: gallegos, catalanes,
valencianos, extremeños, asturianos...
Hubo una importante presencia de clérigos en Cádiz, llegaron a reunirse
90 clérigos, lo que representaba un 40% de los reunidos en las Cortes de
Cádiz. Los aristócratas eran pocos, 14, y alguno como el Conde de Toreno,
eran aristócratas de tendencia liberal.
La composición profesional de los individuos tendrá una mayoría de la
burguesía. Teniendo en cuenta las procesiones dominantes ser puede
hablar de una revolución de la burguesía intelectual (abogados,
catedráticos, escritores, médicos, comerciantes, militares, funcionarios
públicos, etcétera).
11.
12. IDEOLOGÍA DE LAS CORTES
• Existen tres teorías:
•1.- Melchor Fernández Almagro, entendía
que había dos ideologías: la liberal con
nuevas ideas para el Estado, y la realista
aferrada al Antiguo. Régimen. con algún
retoque.
•2.- M. Artola, cree que hay tantos
partidos como componentes de las Cortes.
3.- Federico Suárez, para el que había
Conservadores, Renovadores e
Innovadores (que serían los liberales).
14. ABSOLUTISTAS
• Forman el partido conservador.
• Son defensores de la soberanía
real y de la sociedad estamental.
• Defienden el antiguo régimen en el
que el Rey puede disponer
libremente sin necesidad de
consultar a la nación.
•El Rey en su trono,
•los franceses en las fronteras y
•el altar en su antiguo esplendor.
15. JOVELLANISTAS
(INTERMEDIO
• Son antiguos reformistas y piensan que hay
una necesidad de reformas, pero respetando
elementos del Antiguo Régimen (son un freno
revolucionario)
•Intelectuales opuestos a Napoleón recibieron el
nombre de jovellanistas porque siguieron las doctrinas
de Jovellanos, muerto en plena guerra .
•Coincidían con los afrancesados en proclamar necesidad de reformas sin
revolución, pero no aceptaban las renuncias de Bayona y por tanto no
admitían a Napoleón y a José I.
•Pensaban que una nación es una formación histórica, en la cual cada generación
debe tener en cuenta la labor de la anterior y que el país contaba con una
constitución, formada por las leyes tradicionales.
•Como modelo de sistema político, tomaban el de Gran Bretaña y consideraban
la necesidad de independencia poder judicial, así como la intervención de las
Cortes (constituidas por los tres estamentos tradicionales),en el gobierno y en
la labor legislativa.
16. LIBERALES
“DOCEAÑISTAS”
• Pretenden un CAMBIO TOTAL REVOLUCIONARIO:
– SOBERANÍA NACIONAL,
– SOCIEDAD DE CLASES con predominio de la burguesía y
– La promulgación de una constitución
•Coincidían con los jovellanistas en luchar contra el “usurpador” Napoleón
pero defendían muchas de las ideas de la Revolución Francesa que el propio
Napoleón estaba extendiendo por Europa y en este sentido eran partidarios
del unicameralismo que los separaba de aquellos .
•Como los jovellanistas, los liberales pertenecían a la intelectualidad y a la
burguesía media, y aunque no marginaban totalmente las tradiciones políticas
hispánicas, consideraban imprescindible recoger las bases de la reforma en
una CONSTITUCIÓN ESCRITA.
•Las ideas liberales ( hay quien dicen que el término “liberalismo” es de origen
español), habían penetrado en España procedentes de Francia, pese a la
censura oficial “Cordón sanitario de Floridablanca”).
17. • A lo largo de las
discusiones en las
diferentes sesiones de
las Cortes, se
IMPONDRÁ LA
MAYORÍA LIBERAL.
• A todos los une la
defensa de la patria y
los derechos de
Fernando.
18. OBRA DE LAS CORTES
• Estudiaron la situación del país y trataron de organizar el
gobierno de la nación partiendo de la liquidación de las
instituciones del antiguo régimen.
• Para ello elaboraron una CONSTITUCIÓN que complementaron
con una serie de MEDIDAS LEGISLATIVAS.
19. CONSTITUCIÓN DEL 1812:
19 de Marzo
“LA PEPA”
• Es técnicamente
perfecta, pero
inadecuada para
las condiciones
del pueblo
español a
principios del
siglo XIX, de ahí
su fracaso.
20.
21. PUNTOS BÁSICOS :
• Declaración de SOBERANÍA NACIONAL (derecho exclusivo a
elaborar leyes fundamentales).
DIVISIÓN DE PODERES:
•LEGISLATIVO: cámara •EJECUTIVO: Monarquía Limitada:
única (diputados) será la • Fijación de las atribuciones concretas que
depositaria de la soberanía corresponden al Rey (hacer aplicar las
nacional. (CORTES) leyes)
•Sistema • El monarca dirige el gobierno
electoral:Sufragio (ministros) e interviene en la
universal masculino elaboración de LEYES, mediante la
indirecto. (Un diputado INICIATIVA y la SANCIÓN
mayor de 25 años por
setenta mil habitantes, •Posee el VETO SUSPENSIVO durante
durante dos años). dos años
•Elabora las leyes •Su poder es controlado por las
CORTES.
•Aprueba los presupuestos
•El gobierno es responsable ante las Cortes.
•Mandan sobre el ejecutivo
•JUDICIAL: unificación (aunque se conservan
tribunales militares y eclesiásticos)
22. OTROS ARTÍCULOS
• Desde un punto
de vista formal
contiene una
•DECLARACIÓN DE
DERECHOS DEL
CIUDADANO:
SE GARANTIZAN:
•LIBERTAD DE IMPRENTA
•IGUALDAD ANTE LA LEY
•DERECHO A LA PROPIEDAD
23.
24. OTROS ARTÍCULOS
•IMPUESTOS y TRIBUTOS
PARA TODOS.
•ENSEÑANZA UNIFORME: •SERVICIO MILITAR:
primeras letras en todos los milicias nacionales para
pueblos: alfabetización. defender la Constitución
•Organización unificada de todo el GARANTÍAS
reino: CENTRALISMO borbónico:
PENALES Y
•AYUNTAMIENTOS
PROCESALES
•DIPUTACIONES.
•CATOLICISMO COMO RELIGIÓN DEL ESTADO: El
articulo 12 define la religión católica como única y verdadera
25. • La elaboración de la Constitución plantea el problema de saber quién fue el
redactor principal. Se cree que fue Sanz Romanillos con la particularidad
de que tradujo o redactó la Constitución de Bayona de 1808.
•El articulo 1 de la Constitución al definir
España dice que es la reunión de todos los
españoles de ambos hemisferios. Esto
significaba que España no era el patrimonio
de la corona sino de los españoles, y que
España se entendía también con los
representantes americanos en las Cortes.
•Destaca también que los españoles deben
ser justos y benéficos;
•la Constitución debe ser válida hasta las
últimas generaciones de españoles; y que a
partir de 1830 todos los españoles deberán
saber leer y escribir.
•Es el primer intento serio de racionalizar el
Estado y el ejercicio de poder, sobre la base
de los principios del LIBERALISMO.
•Fue un ejemplo para el constitucionalismo
del siglo XIX
26. OBRA LEGISLATIVA
(SEP.1810 - JUNIO 1812)
• Son un CONJUNTO DE DECRETOS Y
DISPOSICIONES elaborados por las
Cortes con el fin de poner los
cimientos de una nueva sociedad y vida
económica.
•Se basan en los principios liberales de:
• IGUALDAD
•LIBERTAD
•DERECHO A LA PROPIEDAD.
•LAS MEDIDAS LEGISLATIVAS SE CONCRETAN EN:
27. MEDIDAS LEGISLATIVAS
a) REFORMAS DE TIPO POLÍTICO
•Son ideas derivadas de la Revolución francesa.
•SOBERANÍA NACIONAL, Y DIVISIÓN DE
PODERES.
•Los más liberales supieron presentar esto muy bien a
los conservadores, en lugar de presentar la soberanía
del pueblo frente al rey, plantean la soberanía del
pueblo frente al invasor. Trazan la siguiente división:
•1.- Cortes de carácter legislativo
•2.- Regencia
•3.- Tribunales de Justicia
•En 1810 se aprueba la LEY DE IMPRENTA que
proclama por primera vez en España la libertad de
expresión de los ciudadanos. (SUPRESIÓN DE
CENSURA)
28. MEDIDAS LEGISLATIVAS b) la reforma
administrativa
Se discutió la división
entre provincias y
regiones.
•Se suprimen los Consejos del A. R. definitivamente y
son sustituidos por MINISTERIOS que asesoran al
Gobierno en las propuestas legislativas.
29. MEDIDAS LEGISLATIVAS
Liberalización social
c) reformas sociales frente a las trabas del
sistema feudal del
Antiguo Régimen
•1811 de la Ley de Señoríos.
ABOLICIÓN de todos los
PRIVILEGIOS SEÑORIALES
•SUPRESIÓN DE "PRUEBAS DE
NOBLEZA" para el ingreso en las
academias militares
30. MEDIDAS LEGISLATIVAS
d) reformas económicas
•LIBERTAD DE TRABAJO (industria) y de
ejercer oficios sin ningún permiso (fin de los
gremios y comienzo de la libre contratación de
trabajo)
•LIBERTAD PARA LOS PROPIETARIOS
libertad económica. Libre utilización de fincas y
arrendamientos
•LIBERTAD DE COMERCIO: eliminación de
trabas (extinción de aduanas interiores)
•REFORMA AGRARIA: DESAMORTIZACIÓN (reforma agraria):
venta por el Estado de una serie de propiedades de los
afrancesados, Inquisición, órdenes militares, tierras comunales de
municipios, terrenos del clero "manos muertas” y terrenos
vinculados de la nobleza: etc. para resolver el pago de la deuda
pública adquirida en el reinado de Carlos IV.
33. • Todas estas medidas suponen un gran
ataque a las bases del ANTIGUO
RÉGIMEN y la voluntad de crear con
ellas un nuevo sistema y sociedad
liberales y burguesas, que junto con la
CONSTITUCIÓN serán el IDEARIO de
los liberales en el siglo XIX
34. • Las leyes se inspiraron en
el programa de reformas
económicas propuesto por
Jovellanos.
•Todas las medidas propuestas tuvieron poca eficacia
porque las Cortes estaban aisladas, no tenían capacidad
operativa y fue restaurada la Monarquía en 1814;
• Fernando VII se olvida de los principios de las Cortes de
Cádiz.
•En 1833, se van a convertir en el programa esencial del
Liberalismo.
35. El triunfo de los liberales en
las Cortes no fue definitivo:
• Frente a su ideología revolucionaria, existía un
sentimiento absolutista del pueblo dirigido por el
clero provinciano.
• Falta de entidad de la burguesía para hacerse cargo
con el movimiento reformista.
• Falta de contacto entre los intelectuales y el
pueblo.
• La mayoría del pueblo español, que había luchado en
la guerra y que aclamo el regreso de Fernando VII no
tenía conocimiento del proceso revolucionario
desarrollado en Cádiz.
36.
37. CON EL FIN DE LA
GUERRA Y LA
LLEGADA DE
FERNANDO VII,
“EL DESEADO”, SE
RETORNA AL
ABSOLUTISMO
AL ANTIGUO RÉGIMEN