1. “AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMATICO”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 084 -2014 -MPM-A.
Ayaviri, 06 de Febrero del 2014.
VISTO:
El Memorándum Nº 059-2014-MPM-A/A, Resoluciones de Alcaldía Nros. 074 y 095-2013-MPM-A, y ;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia,
conforme lo dispuesto en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional No.
27680; concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 74-2013-MPM-A, de fecha 06.02.2013, se designo a los miembros del
Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Melgar, así mismo a través de la Resolución de Alcaldía Nª 095-2013-MPM-A,
se integro como miembro del Directorio de la citada institución al Prof. Néstor Alejandro Zarate Soto, sin embargo atravez del
Memorándum Nº 059-2014-MPM-A/A, el Despacho de Alcaldía ha adoptado la decisión de DEJAR SIN EFECTO tal designación,
designando en su reemplazo a las personas señalado en el Memorando ya antes citado;
Que, las Sociedades de Beneficencia Pública y Junta de Participación Social forman parte del Sistema Nacional para la
Población en Riesgo, creado por mandato de la Ley Nº 26918, y tienen como finalidad la promoción, atención y apoyo a niños,
adolescentes, jóvenes, mujeres, ancianos y, en general, a toda persona en situación de riesgo, abandono o con problemas
psíquicos, sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano;
Que, conforme lo prescribe el artículo 3 numeral 3.1) del D.S. Nº 010-2010-MIMDES, los miembros de los Directorios de
las Sociedades de Beneficencia Pública y Junta de Participación Social, establece que el Directorio estará integrado por cinco (5)
miembros designados por los siguientes niveles de gobierno: a) Tres (3) representantes del Gobierno Local Provincial al que el
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social –MIMDES haya transferido las funciones competencias respecto de la Sociedad de
Beneficencia Pública y Junta de Participación Social de sus circunscripción , uno de los cuales lo presidirá;
Que, conforme se desprende del Acta de Entrega y Recepción de fecha 18.02.2011, suscrito entre el Ministerio de la
Mujer y Desarrollo Social y la Municipalidad Provincial de Melgar, sobre transferencia de funciones y competencias respecto de la
Sociedad de Beneficencia Pública de Melgar- Ayaviri, se tiene que la transferencia respecto a la Sociedad de Beneficencia Pública
de Melgar-Ayaviri, es de funciones y competencias para su funcionamiento, es mas conforme a los normas precisados líneas
arriba el Titular de la Entidad está facultado para nominar y designar a los miembros del Directorio de la mencionada Institución,
siendo así es menester emitir el resolutivo correspondiente;
Estando a lo establecido en el Art. 6, 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Ley Nº 27444 – Ley de
Procedimiento Administrativo General y con visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Legal y la Gerencia de
Administración General;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, a partir de la fecha, la Resolución de Alcaldía Nº 074-2013-MPM-A
(06.02.2013), y la Resolución de Alcaldía Nº 095-2013-MPM-A (19.02.2013), por medio de los cuales se designo a los miembros
del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Melgar, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa.
Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha a los miembros del Directorio de la Sociedad de Beneficencia
Pública de Melgar, de parte de la Municipalidad Provincial de Melgar a las siguientes personas:
Presidente : CPC. ORLANDO QUISPE CONDORI
Miembro : Prof. ALEX IDELFONSO CHOQUEHUANCA CONDORI
Miembro : Prof. ISAAC POCOHUANCA QUISPE
Artículo Tercero.- Los miembros del Directorio designados en el segundo artículo de la presente, ejercerán sus
funciones conformes a las normas de la materia, para cuyo efecto notifíqueseles.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Gerencia Municipal.
LHH/A
MFHC/GSG
C.C.
INT.
ARCH.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE