Los derechos civiles y políticos son dos categorías de derechos que protegen las libertades individuales y garantizan la participación ciudadana sin discriminación. Estos derechos incluyen el derecho a la vida, la libertad, la seguridad, la no tortura, la no esclavitud, la participación política, la libertad de opinión, expresión, pensamiento, conciencia y religión. La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 es el documento más aceptado internacionalmente en esta materia.
3. Pedro
Armijo
DERECHOS
CIVILES Y
POLÍTICOS
son dos categorías de
derechos que a veces
suelen estudiarse de forma
conjunta. En general,
son derechos que protegen
las libertades individuales
de su quebrantamiento
ilegal por parte del poder,
y garantizan la capacidad
del ciudadano
para participar en la vida
civil y política del Estado en
condiciones de igualdad, y
sin discriminación
4. Pedro
Armijo
DERECHOS CIVILES
► Los derechos civiles son los reconocidos
por todos los ciudadanos y por la ley; y en
ello se distinguen de los derechos humanos
y de los derechos naturales. Los derechos
civiles son concedidos dentro de un
Estado, mientras que los derechos
naturales o los derechos humanos son
internacionales, y, se tienen, o bien por el
mero hecho de nacer, según la
teoría iusnaturalista, o bien por la mera
constitución de la sociedad, según la
teoría contractualista (el iuspositivismo,
que separa moral y derecho, no se plantea
la existencia de derechos naturales). John
Locke sostuvo que los derechos naturales a
la vida, la libertad y la propiedad debían
ser convertidos en derechos civiles y
protegerse por el Estado soberano como
aspecto del contrato social
5. Pedro
Armijo
PONGAN CUIDADO!
DERECHOS POLÍTICOS
► Los derechos políticos constituyen la
primera porción de la Declaración
Universal de Derechos Humanos de 1948
(así como los derechos económicos,
sociales y culturales comprenden la
segunda parte).
► La teoría de las tres generaciones de
derechos humanos considera a este grupo
de derechos como los "derechos de primera
generación", y la teoría de los derechos
negativos y positivos (libertad negativa y
positiva) los designa como derechos
negativos.
6. Pedro
Armijo
CONVENCIÓN AMERICANA
SOBRE DERECHOS
HUMANOS
establece en su Capítulo II de Derechos Civiles y
Políticos los siguientes derechos y libertades:
Reconocimiento de la personalidad jurídica,
derecho a la vida, la integridad y libertad
personal, la prohibición de la esclavitud y la
servidumbre, garantías judiciales, principio de
legalidad y retroactividad, derecho de
indemnización, protección de la honra y la
dignidad, libertad de conciencia y de religión,
libertad de pensamiento y de expresión,
derecho de rectificación o respuesta, derecho
de reunión, libertad de asociación, protección a
la familia, derecho al nombre, derechos del
niño, derecho a la nacionalidad, derecho a la
propiedad, derecho de circulación y de
residencia, derechos políticos, igualdad ante la
ley y protección judicial
7. Pedro
Armijo
DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS – PRIMERA
GENERCION
► Constituyen los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos
internacionales. Están destinados a la protección del ser humano individualmente
considerado, contra cualquier agresión de algún órgano público. Los derechos civiles y
políticos pueden ser reclamados en todo momento y en cualquier lugar, salvo en aquellas
circunstancias de emergencia que permiten el establecimiento de ciertas limitaciones de
sólo algunas garantías.
► Entre los derechos civiles y políticos podemos destacar: - Derecho a la vida - Derecho al
honor - Derecho a la libertad seguridad e integridad personal - Derecho a la libertad de
expresión - Derecho a elegir y ser elegido
COMPROMISO PRÓXIMA CLASE
-traer impreso la declaración de los derechos humanos
(plataforma)
-consultar información sobre: Thomas Hobbes – John Locke
9. Pedro
Armijo
► Derechos civiles y
políticos.
► Hacen referencia a las
libertadas y son, entre
otros, el derecho a la
vida, a la libertad y a
la seguridad de la
persona; a no sufrir
tortura ni ser
sometido/a a
esclavitud; a participar
en actividades
políticas; a la libertad
de opinión, expresión,
pensamiento,
conciencia y religión; y
a la libertad de
asociación y reunión
PRIMERA
GENERACI
ÓN
► Derechos
económicos y
sociales.
► Son derechos
orientados a la
seguridad y
comprenden, entre
otros, el derecho al
trabajo, a la
educación, a un
nivel de vida
adecuado, a la
alimentación, a la
vivienda y a la
atención médica.
SEGUNDA
GENERACI
ÓN
Clasificación de Derechos Humanos
TERCERA
GENERACI
ÓN
Derechos
económicos, sociales
y culturales (DESC).
Son, entre otros, el
derecho a vivir en un
entorno limpio y
protegido de la
destrucción, y el
derecho al desarrollo
cultural, político y
económico.
10. Pedro
Armijo
La declaración más aceptada en materia de derechos humanos es la Declaración
Universal de Derechos Humanos. Esta declaración fue aprobada el 10 de diciembre
de 1948 por la ONU (aunque ocho naciones se abstuvieron). En ella, se exponen
una serie de derechos básicos que se aplican a todas las personas,
independientemente de su raza, color, sexo, idioma, credo religioso, convicciones
políticas o de otra índole, nacionalidad u origen social, propiedades, nacimiento o
cualquier otra condición. Asimismo, recoge el compromiso de los gobiernos de
respaldar ciertos derechos, no sólo para su ciudadanía, sino también para las
personas de otros países. En otras palabras, las fronteras nacionales no constituyen
una barrera a la hora de ayudar a otras personas a hacer efectivos sus derechos.
Desde 1948, la Declaración Universal de Derechos Humanos ha sido la normativa
internacional de derechos humanos, y ha servido de rasero para medir el respeto
hacia los derechos humanos de personas, comunidades y países de todo el mundo.
En 1993, en una conferencia mundial de 171 Estados que representaban al 99 por
ciento de la población mundial, se reafirmó el compromiso con los derechos
humanos
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
11. Pedro
Armijo
► Aunque la Declaración Universal de Derechos Humanos se reconoce como norma
internacional de derechos humanos, no es en sí un documento vinculante (es decir, de
obligado cumplimiento legal). Por su parte, los tratados (tales como pactos y convenios) sí
son documentos vinculantes. Sin embargo, para tener responsabilidades jurídicas, un Estado
tiene que aceptar un tratado como vinculante. Este acuerdo formal se materializa cuando
los Estados ratifican un tratado.
► En 1966, la Asamblea General de la ONU adoptó dos pactos para fortalecer la Declaración
Universal de Derechos Humanos: - El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
(PIDCP) - El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) Si
bien éstos no son tan conocidos como la Declaración Universal de Derechos Humanos,
pueden ser incluso más importantes, ya que los Estados que los han firmado los han
reconocido como vinculantes.
► La Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales forman
juntos la Carta Internacional de Derechos Humanos.
► También existe un convenio para proteger los derechos de la mujer, que recibe el nombre
de Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
(CEDAW)
12. Pedro
Armijo
Tabla
TÍTULO DE LA COLUMNA 1
TÍTULO DE LA
COLUMNA 2
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