El documento describe la transición hacia las sociedades del conocimiento y los principios clave que las definen. Una sociedad del conocimiento se basa en la diversidad de conocimientos y su articulación con nuevas formas de adquirir y difundir el saber. A diferencia de la información, el conocimiento no es una mercancía sino que se comparte. Las nuevas tecnologías han creado las condiciones para las sociedades del conocimiento al facilitar la identificación, producción y difusión de información para generar conocimientos y promover el desarrollo human
1.
LA UNESCO: HACIA LA SOCIEDAD DEL
CONOCIMIENTO
2. introduccion
Una sociedad del conocimiento es una sociedad que se
nutre de sus diversidades y capacidades necesario actuar
para que los conocimientos de que son ya depositarias las
distintas sociedades se articulen con las nuevas formas de
elaboración, adquisición y difusión del saber valorizadas por
el modelo de la economía del conocimiento.
3. La sociedad del conocimiento no son reducidas
ala información
La información es efectivamente un instrumento
del conocimiento, pero no es el conocimiento
en sí. La información, que nace del deseo de
intercambiar los conocimientos y hacer más eficaz
su transmisión, es una forma fija y estabilizada de
éstos que depende del tiempo y de su usuario: una
noticia es “fresca” o no lo es.
La información es en potencia una mercancía que se
compra y vende en un mercado y cuya economía se basa
en la rareza, mientras que un conocimiento –pese a
determinadas
limitaciones: secreto de Estado y formas tradicionales de
conocimientos.
4. De la sociedad de la
información a las sociedades
del conocimiento
las nuevas tecnologías de la información y la comunicación ha
creado nuevas condiciones para la aparición de sociedades del
conocimiento.
Un elemento central de las sociedades del conocimiento
es la “capacidad para identificar, producir, tratar, transformar,
difundir y utilizar la información con vistas a crear y aplicar los
conocimientos necesarios
para el desarrollo humano. la UNESCO puso de relieve en la
primera parte de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la
Información la noción de sociedades del conocimiento es más
enriquecedora y promueve más la autonomía que los conceptos
de tecnología y capacidad de conexión que a menudo constituyen
un elemento central en los debates sobre la sociedad de la
información.
5. los derechos
humanos en las sociedades
del conocimiento
Se debe permitir una mejor puesta en práctica de los derechos
universales y las libertades fundamentales, mejorando al mismo tiempo
la eficacia de la lucha contra la pobreza y de las políticas de desarrollo.
El auge de las sociedades del conocimiento exige que se anuden
nuevos vínculos entre el conocimiento y el desarrollo, ya que el
conocimiento es tanto un instrumento para satisfacer las necesidades
económicas como un componente pleno del desarrollo. La dinámica
política, económica
y social subyacente al desarrollo de las sociedades del conocimiento
pone de manifiesto la íntima relación que existe entre la lucha contra la
pobreza y la promoción de las libertades civiles y políticas.
6. Las nuevas tecnologías
de la información y del conocimiento
son una condición indispensable
de la edificación de las sociedades
del conocimiento
La contribución de las tecnologías de la información y
comunicación más antiguas como el libro, la radio o la
televisión herciana será también determinante en este
proceso. Al igual que las nuevas tecnologías, la electricidad
y las ondas radiofónicas pueden contribuir a la construcción de
las sociedades del conocimiento. Es probable que en el caso
de África, continente de la “oralidad” por excelencia, la radio
siga siendo durante mucho tiempo el medio de información y
comunicación más extendido, y no sólo exclusivamente
entre las poblaciones analfabetas.
7. La libertad de expresión
El significado de la libertad de expresión Como hemos
visto, no tiene sentido referirse al advenimiento de una
sociedad mundial de la información si ésta no se basa
en el principio de la libertad de expresión.
Según las disposiciones pertinentes de los
instrumentos internacionales adoptados universalmente
a las que nos hemos referido al principio del presente
capítulo, la libertad de expresión supone la libertad de
opinar, expresarse y escribir, así como la libertad de
prensa, el libre acceso a la información y la libre
circulación de datos e informaciones.