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Universidad Nacional de Entre Ríos
Facultad de Ciencias de la Educación
Licenciatura en Comunicación Social
Políticas de Comunicación
Profesor titular: Licenciado Alejandro Ramírez
Auxiliar docente: Licenciada Camila Fernández
Trabajo Práctico Final
Integrantes:
Ricardo Bohl
Melisa Godoy
Keili Gonzalez
Lucila Manzo
Lucila Tosolino
Fecha de entrega: 23 de junio de 2014
Derecho a la información, libertad de expresión y derecho a comunicar
Herencias constitucionales
Las constituciones nacionales junto a los tratados internacionales son las primeras
instancias de regulación de los derechos, garantías y los deberes. La procedencia a estas
normativas fue posible a través de un proceso de debates dentro y fuera de las naciones. La
problemática más discutida en todo el mundo y conflictivamente en América Latina fue la
libertad de expresión. Veamos el pasado de una de las libertades más complejas en América
Latina y el mundo entero.
Cómo no podía ser de otra manera, la herencia originaria de nuestras primeras
concepciones de libertad de expresión fueron señaladas en el artículo 19º de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos el 10 de diciembre en París un 1948 en la Asamblea
General de las Naciones Unidas, a partir de la carta de San Francisco de 1945, en las
declaraciones universales.
En América, tiempo después, emergían similares inquietudes, un 22 de
noviembre de 1969 en San José en Costa Rica se firmó la Convención Americana sobre
Derechos Humanos o también llamado Pacto de San José de Costa Rica, el cual entró en
vigencia el 18 de julio de 1978. En dicho texto se puede leer que los Estados partes de esta
Convención se "…comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a
garantizar su libre y pleno ejercicio a toda las personas que estén sujetas a su jurisdicción,
sin discriminación alguna".
Algunas consideraciones acerca de la mencionada conferencia americana en lo que
respecta a la libertad de pensamiento y de expresión se encuentran específicamente en el
artículo 13. Ahí se afirma que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de
expresión, los cuales no pueden estar sujetos a previa censura, directa o indirecta, sino a
responsabilidades ulteriores.
Esta última objeción al principio puede parecer lógica, lo es definitivamente, pero
ocurren casos donde se atenta con determinados enunciados posteriormente, lo que no
podemos dejar de mencionar como intento de censura también. Se genera así una cadena de
castigos que conforman luego lo que conocemos como autocensura. La autocensura es
adicta al silencio, del susurro, del acomodo, de la resignación. Se puede generar por miedo,
o por deferencia o temor a herir susceptibilidades de otras personas, a veces sin la presión
abierta o expresa de cualquier parte específica o institución de autoridad. Aunque la
conozcamos mayoritariamente como una característica de los totalitarismos no
descontemos que pueda ocurrir en plena democracia. Además recordemos que el poder más
coercitivo no es sólo, por lo menos en el caso correspondiente, el sistema de gobierno sino
el mercado.
Como la mayoría de las constituciones americanas, la del Paraguay es resultado, en gran
parte, de la tradicional discusión acerca de la libertad de expresión. En su artículo 26 se
menciona la libertad de prensa, la difusión del pensamiento y de opiniones. También se
hace referencia a la censura previa y la prohibición a realizar proyectos de ley que restringa
restrinja la mencionada liberación de ideas.
En el primer artículo se refiere a “prensa” y “libertad de expresión”. La terminología
utilizada no excluye ninguna forma de llevar adelante la profesión de la prensa, es decir,
incluyendo a la televisión, la radio, la imprenta e internet. Y se especifica la libertad de
expresión ya que puede ser gozada por cualquier persona que no lo haga en función de la
prensa. Importante distinción.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos reitera la relevancia del interés
general o público, en algunos casos, por sobre el interés individual. El artículo 27 de la
Constitución del Paraguay adjudica el interés público de los medios de comunicación.
Motivo por el cual se prohíbe la discriminación en la provisión de insumos para la prensa,
interferir en las frecuencias radioeléctricas o en la circulación de los periódicos,
garantizando así el pluralismo informativo.
El artículo 28 de la Constitución resulta análogo al artículo 3 de la Convención
entendiendo que se encuentra reconocido el derecho a la utilización de la información por
parte de todas las personas. El Estado debe garantizar y garantizarse que este supuesto se
materialice en todas las instancias. Por último, en el siguiente artículo se hace referencia
más específicamente al periodismo, a la práctica del periodista y la posibilidad de proteger
anónimamente sus fuentes.
Democratización y propiedad de los medios
Situación paraguaya de los medios de comunicación
En Paraguay existe una concentración de los medios de comunicación que se encuentra
repartida entre los siguientes grupos: Zuccolillo, el grupo Vierci, el grupo Domínguez
Dibb, el grupo Wasmosy, el grupo Chena, el grupo Ángel González, y el grupo Rubín.
El espectro de los medios de comunicación de Paraguay más completo fue realizado por
el último informe, en el año 2009, del Directorio de Medios de Comunicación del Centro de
Información y Recursos para el Desarrollo.
En lo que respecta a las agencias y portales de noticias nacionales existe actualmente la
agencia Global de Noticias coordinada por María Silvia Calvo, Asunción Digital,
Democráticamente dirigido por Roberto Simbron, E’A Periódico de Análisis, IpParaguay,
Itapúa Hoy, Jaku’Eke dirigida por Mirian Candia, Neike administrada por Rodrigo Duré,
Paraguay al Día, Portal de Noticias, Somos Paraguay, Portal Paraguayo de Noticias dirigido
por Tania Villagra, SC Noticias coordinado por Clara Mernes, Viva Paraguay dirigido por
Benjamín Fernandez, Portales Temáticos, DFP – Deutsche Fachpresse Paraguay, Diario
TnPress, El Yacaré, Geno Tv, Tv Paraguaya, Caaguazu, Capitán Bado, Hernandarias, Pedro
Juan Caballero, Villarrica.
En lo que refiere a los canales de televisión se encuentra el Canal 2 dirigido por Arnoldo
Wiens, Canal 5 Paravisión, Canal 9 Cerro Corá administrado por Ismael Hadid, Canal 11
La Tele dirigido por Leonardo Salomón, Canal 13 presidido por Alfredo Checo, Ecocultura
Tv; Televisión Comunitaria del Paraguay, Teledifusora Itapúa Canal 7 dirigida por Carlos
Sánchez, Teledifusora del Este Canal 8, Tv Aire Canal 19 Coronel Oviedo, Tv Chaqueño
S.A, Unicanal de Germán González, Canal 4 Telefuturo administrado por Marcos Galanti.
La prensa escrita paraguaya está comprendida por el Diario ABC Color dirigido por
Aldo Zucolillo, Diario Correo Comercial dirigido por Silvio Gabaglio Verón, Diario
Crónica dirigido por Néstor Insaurralde, Diario La Nación dirigido por Alejandro
Domínguez, Diario Popular dirigid por Edgardo Wasmasy, Diario Ultima Hora dirigido por
Alejandra Peralta, Diario Vanguardia dirigido por Héctor Guerín Gómez.
Las radios de amplitud modulada son: Radio Antena II 1160, Radio Cardinal 730, Radio
Cáritas Universidad Católica 680, Radio Chaco Boreal 1330, Radio Libre 1200, Radio Mil
1000, Radio Nacional del Paraguay 920, Radio Nanawa 1080, Radio 970, Radio Nuevo
Mundo 1120, Radio Ñandutí 1020, Radio 1 de Marzo 780, Radio Uno 650.
Radio de frecuencia modulada. Radio Aranduka 87.9, Radio ASPEN Classic 102.7,
Radio Azul y Oro 94.7, Radio Canal 100.1, Radio Cardinal, Radio Central, 93.3, Radio
Circo 104.5, Radio City 99.1, Radio Concert 107.7, Radio Conquistador 89.1, Radio
Disney 96.5, Radio Emisoras del Paraguay 106.1, Radio Farra 101.3, Radio Fernando de la
Mora 92.7, Radio Hit 91.9, Radio La Estación 91.1, Radio Lambare 2000 103.7, Radio
Latina 97.1, Radio Montecario 100.9, Radio Nacional del Paraguay 95.1, Radio Ñemby
88.3, Radio Obedira 102.1, Radio Planeta 104.1, Radio Popular 103.1, Radio RGS 94.3,
Radio Rock & Pop 95.5, Radio Urbana 106.9, Radio Viva (ex Radio Trinidad) 90.1, Radio
Top Milenium91.5, Radio Venus 105.1, Radio Yasyretá 98.5, Radio Ybytú 97.5, Radio
Ysapy 90.7. Existen radios a través de internet accediento a rol.paraguay.com, radioinn.net
o desdeparaguay.com.
En Paraguay se puede escuchar diversas radios, tanto AM como FM, de carácter
comunitarias, las cuales poseen un apartado en el texto de la Ley 642. Las radios son: Radio
Arami 89.9, Radio Bahía, Radio Chacarita 87.7, Radio Fe y Alegría 1300, Radio
Integración 101.7, Radio Marangatu 87.9, Radio María 107.3, Radio Rebelde 90.3, Radio
Solidaridad 107.5, Radio SPP 103.5, Radio Tape Pyahu 105.5, Radio Vianney 87.9, Radio
Viva 90.1, Radio Unión 87.5.
La lista de radios AM y FM, con o sin fin de lucro es mucho más extensa pero las
dejaremos anexadas a lo último del trabajo.
El rol del Estado, sociedad civil y actores políticos
La Constitución del Paraguay
La Constitución de Paraguay, sancionada en el año 1992 y teniendo su última
modificación en el año 2011, en su artículo 107 garantiza la competencia en el mercado y
prohíbe la creación de monopolios y el alza o baja de precios que traben la libre
concurrencia. Pero brilla por su ausencia un control real a la competencia y sobre las
actividades económicas. No debemos olvidar que las leyes están inscriptas en preceptos
ideales y que poco tienen de importantes si no se las aplica, si no se las materializa en
situaciones concretas.
El texto constitucional paraguayo considera a la libertad de expresión. Pero como
libertades inscriptas legalmente no completamente garantizadas. Esta dificultad incluye la
inacción del Congreso y los partidos políticos. También es trabajo pendiente de los
ciudadanos junto a la clase política, la deuda está en ciudadanizar esas políticas.
“Se trata de libertades amparadas constitucionalmente y que incluso parecen
ampliarse y potenciarse al ser resguardadas por tratados internacionales. Pero
fueron y son acaparadas de diverso modo. Acaparadas hegemónicamente por
un mercado que tiene a su servicio marcos legales altamente beneficiosos. Pero
también acaparadas por gobiernos que, empleando diversas estrategias, utilizan
el poder que la ciudadanía les concede con su voto, usufructuando a favor de su
propio sostenimiento y del sostenimiento de los sectores con mayor capacidad
de presión económica y política, los bienes que deberían favorecer la expresión
igualitaria y plural de la sociedad” (Mata M. C. en Ciudadanizar las políticas
de Comunicación, p. 2).
En la mencionada Constitución no se exhiben limitaciones a la hora de generar, difundir
o procesar información. Se afirma, en cambio, que no se podrá clausurar ni suspender
ningún medio de comunicación según el artículo 27 y se los declara de interés público.
Asimismo en el primer artículo de la ley de Telecomunicaciones sancionada unos tres años
después renueva esa misma consideración aseverando el dominio del Estado de las señales
electromagnéticas.
Detengámonos en la aserción al interés público. Se supone a la comunicación
audiovisual en cualquiera de sus soportes una actividad social de interés público y no de
otra forma. Se concibe a los servicios de la comunicación social de carácter esencial para el
desarrollo sociocultural de la población, por el que se exterioriza el derecho humano
inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones sin
ningún tipo de censura.
Podría sonar extraño detenernos en la gran diferencia de calificar a los servicios de
comunicación audiovisual de “interés público” de la consideración: “servicio público”. La
noción de interés público está relacionada con los conceptos de “bien común” o “interés
general”, dejando al Estado en un rol de interviniente para garantizar que el desarrollo de
actividades radiofónicas persiga el bien común de la población. Diferente es la idea de
servicio público ya que se considera tal a aquél que debe ofrecerse a todos los habitantes,
con regularidad y permanencia. En ese caso el Estado se obliga a sí mismo a garantizar que
dicho servicio se cumpla adecuadamente, pudiendo asumirlo él o delegarlo a la iniciativa
privada.
Retomemos la diferencia. Interés y público son dos nociones que juntas exigen a los
entes competentes del Estado, regular el acceso a los medios de comunicación y realizar un
seguimiento para garantizar que la comunicación, como un derecho fundamental del
Hombre, se materialice en todas sus instancias. No sucede lo mismo si concebimos a los
servicios de la comunicación audiovisual, en nuestro caso, o telecomunicaciones, en el caso
paraguayo, como “servicio público”, ya que limita las posibilidades de regulación y
esclarecimiento del escenario del acceso a los medios de comunicación. Es decir, pongamos
el ejemplo del agua que es un servicio público. El Estado garantiza que todos accedamos a
ese servicio nada más y en muchos casos cede la responsabilidad a privados. No es un ideal
para los medios de comunicación.
En Argentina, en el año 1986, el Ejecutivo Nacional argumenta acerca de los servicios
de radiodifusión que, “…es un servicio público en todos los casos y sin excepción, aun
cuando se conceda parcialmente al sector privado. Por ello, el servicio público de
radiodifusión debe ser controlado por el sector público que atiende con carácter exclusivo
los intereses colectivos”.
Retomando la Constitución del Paraguay, la cual, es importante destacar, regula la forma
y no el contenido. En su artículo 31 del mencionado texto constitucional se refiere a los
medios de comunicación que estén bajo la órbita regulativa del Estado. Se deberá garantizar
el acceso democrático y plural a los sectores sociales y políticos en igualdad de
oportunidad.
No manifestamos demasiada curiosidad por lo que entendemos por democrático, pero,
¿qué entendemos por plural? Según la Real Academia Española, de la cual no debemos
confiar demasiado, el término plural refiere a lo múltiple y a lo que se presenta en más de
un aspecto. No parecía estar asegurada la diversidad con tanto énfasis, pero no podemos
dejar de lado la importancia de esta concepción ya que aseguraría la posibilidad de distintas
intervenciones, opuestas, contradictorias, más o menos relevantes, etc.
No es menor la distinción entre las regulaciones que afectan las formas, el acceso a la
información y el control ejercido sobre el contenido. Éste último no es más que un
resultado de un poder autoritario y excesivamente despótico que puede fácilmente operar en
una democracia. Aun así debemos poner atención a la regulación y supuesta garantía al
acceso a la información que sin dificultades puede ser utilizada para intervenir directamente
en los discursos.
El horizonte posible es aquél al que hacía referencia Armand Mattelart en Historia de la
Sociedad de la Información, a través de la siguiente cita:
«La complejidad de la tercera ola es demasiado grande para ser gestionada por
una burocracia centralmente planificada. Desmasificación, personalización del
consumidor, individualidad, libertad, tales son las claves del éxito para la
civilización de la tercera ola [...] Si hay una "política industrial para la era del
saber", debería centrarse en la supresión de las barreras a la competencia y en
la desregulación masiva de las telecomunicaciones y del procesamiento de
datos» (Dyson, Gilder, Keyworth, Toffler, 1994).
Acerca de la Ley de Telecomunicaciones
Paraguay dispone de una ley de Telecomunicaciones sancionada en el año 1995. La ley
n° 642 crea la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, una entidad autártica con
personería jurídica de derecho público encargada de regular las telecomunicaciones. Dicha
entidad estará autorizada para prevenir conductas anticompetitivas y/o discriminatorias en
el mercado y el espacio público de la comunicación. Comprende en su texto a las prácticas
concentradas que produzcan restricciones a la competencia.
En su primer artículo y título preliminar el texto comienza desarrollando que es
responsabilidad exclusiva del Estado, el dominio y control del espectro radioeléctrico.
Cabe destacar que la ley de Telecomunicaciones percibe al servicio de telefonía, no
sucede lo mismo en nuestro país. No vamos a destacar entonces las normativas en este
sentido sino solamente en relación a la radiodifusión y de los servicios audiovisuales.
Órgano de aplicación
La ley crea en su artículo tercero la Comisión Nacional de Telecomunicaciones que será
la autoridad autártica competente de aplicación de la ley. El presidente y los miembros de
dicha entidad serán designados por el Poder Ejecutivo. Este procedimiento no parece ser
demasiado democrático ya que las autoridades de la comisión tienen la posibilidad de
incidir en las políticas de comunicación del país detalladas en el artículo 16 el texto de la
ley. Sucede la misma situación en el caso de la Ley de Servicios de Comunicación
Audiovisual de Argentina y mucho más drásticamente en la anterior ley de Radiodifusión.
No es menor la responsabilidad de la entidad del Estado Nacional paraguayo sobre las
señales de comunicación electromagnéticas ya que habilita a la comisión autoridad a
cancelar emisiones que interfieran a otras. El mayor y grave problema de la regulación en
Paraguay es la inoperancia del mencionado ente.
En Argentina la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522 en su artículo
15 crea el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. En el mismo sentido que la 642
en Paraguay, en Argentina, el AFSCA colabora y asesora en el diseño de las políticas
públicas de la radiodifusión, confecciona condiciones y pautas en la adjudicación de las
licencias, se hace responsable de la admisión de las licencias a través de concursos a todos
los medios con la excepción de frecuencias de corto alcance donde se entregarán
automáticamente.
En nuestro país la Corte Suprema de Justicia ha expresado una serie de recomendaciones
ante las peligrosas subjetivas interpretaciones, tanto de los grupos económicos como el
gobierno de turno.
En relación al órgano colegiado autorizado para efectivizar la regulación
correspondiendo, el AFSCA, debe ser “…un órgano técnico e independiente, protegido
contra indebidas interferencias, tanto del Gobierno como de otros grupos de presión".
En Paraguay, el presidente actual del CONATEL es Eduardo González, designado por
Horacio Cartes a través del Decreto Nº 55, graduado en Economía en la Universidad
Católica, quien al asumir afirmó que “…en primer lugar actuaremos con total transparencia,
cumpliendo estrictamente las leyes y reglamentos vigentes, de modo a garantizar las
inversiones en el sector, asimismo, priorizar el control del espectro radioeléctrico”.
El directorio del Consejo Nacional de Telecomunicaciones está integrado por un
representante del Presidente de la República, quien lo presidirá, un representante de la
Oficina de Planificación de la Presidencia de la República, un Jefe del Comando Conjunto
de las Fuerzas Armadas (similar a nuestra anterior ley de Radiodifusión hasta 1983), un
representante designado conjuntamente por las Cámaras de Producción, un representante
del Comité Central Único Nacional de los Trabajadores de Emete, un Secretario Nacional
de Telecomunicaciones y un Superintendente de Telecomunicaciones. Actualmente los
cargos del mencionado directorio lo componen, el ingeniero Jaime Guerrero Ruiz quien
ocupa el cargo de presidente del CONATE y secretario nacional de Telecomunicaciones de
la Sociedad de la Información. La licenciada Pabel Muñoz quien es secretaria nacional de
planificación y desarrollo del SENATEL. El doctor Augusto Espinosa como Ministro de
Educación, el ingeniero Roberto Aspiazu como representante de las cámaras de la
producción, el ingeniero Fabián Jaramillo como superintendente de Telecomunicaciones.
Y, por último el cuerpo de asesores compuesta solamente por el licenciado Vicente Freire
como secretario del CONATEL.
En nuestro caso, el titular del AFSCA es Martín Sabatella. El resto del directorio está
compuesto por: Ignacio Saavedra, Néstor Avalle, Eduardo Rinesi, Claudio Alberto Schifer,
Marcelo Stubrin y Gerardo Milman.
Varias polémicas vinculan a Sabatella en medio de fuerte críticas que parecen ser, a
nuestro parecer, razonables. En primer lugar una afirmación acerca de la regulación de
internet. Para un medio digital, el titular del AFSCA afirmó que "…la velocidad de la
transformación en el mundo de la comunicación es tremenda", "tendría que ir
actualizándose", "no está regulada internet, es un dato de la realidad, y tendría que hacerse.
Yo estoy de acuerdo con eso". Tras duras y masivas críticas decidió disolver su propuesta.
Por otro lado, se atacó a Sabatella por una de las decisiones de la Corte Suprema de
Justicia en coincidencia con el mismo texto de la ley en relación a los conocimientos en
materia de comunicaciones que debe poseer el titular. Indagando acerca de los desempeños
de Martín Sabatella ninguno parece ayudar a conciliar el pedido de la Corte y la misma ley
que le concede el respectivo cargo.
En un primer momento, Sabatella se desempeñó como secretario del bloque
parlamentario local del Frente País Solidario (FREPASO) y como Secretario General de ese
partido, luego se postuló como candidato a intendente de Morón el cual ganó y asumió en
diciembre del 1999. En el año 2002 fundó Nuevo Morón, luego el partido que actualmente
preside, Encuentro por la Democracia y la Equidad. Creó la Casa de la Memoria y la Vida.
Sólo se menciona en su currículo que fue seleccionado debido a logros como, la creación de
la oficina anticorrupción, el libre acceso a la información pública y la obligación a los
funcionarios de hacer públicas sus declaraciones juradas de bienes.
Podríamos entonces aceptar la decisión de la presidenta Cristina E. Fernández en la
titularización del AFSCA si no fuera por la recomendación de la Corte Suprema que
sostiene que el titular debe presentar una clara imparcialidad política y partidaria.
El fallo de la Corte Suprema planteó que “…es de vital importancia recordar que
tampoco se puede asegurar que se cumplan los fines de la ley si el encargado de aplicarla
no es un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto
del Gobierno como de otros grupos de presión” “…la autoridad de aplicación debe respetar
igualdad de trato, tanto en la adjudicación como en la revocación de licencias, no
discriminar sobre la base de opiniones disidentes y garantizar el derecho de los ciudadanos
al acceso de información plural”.
Sectores percibidos
En la ley paraguaya los sectores que comprendidos en la normativa son, los
denominados servicios básicos, es decir aquellos conmutados de punto a punto mediante el
uso del cable. Por otro lugar los servicios de difusión. Y por último aquellos servicios de
valor agregado, los privados, los radioaficionados, las radios de pequeña y mediana
cobertura o comunitarias y servicios reservados al Estado.
“A lo largo de la historia de la radiodifusión en Argentina, y en general en
América Latina, pudieron observarse la fuerte incidencia de grupos de poder
que se apropiaban de licencias y de buena parte de la cadena de producción
infocomunicacional para consolidar un enorme caudal de poder y, con ello,
conservar un rol para-institucional de presión no sólo a gobiernos, sino también
a otras empresas poderosas” (Ramírez, A., Sectores, Actores e intereses en
torno a la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en la Argentina. p.1).
a) Medios de carácter comunitario
Sin precisar en cifras exactas, en Paraguay los medios de carácter comunitario, sobre
todo radios FM, ocupan gran parte del espectro. Los medios comunitarios están
reconocidos en la Ley de Telecomunicaciones y son definidos como servicios de
radiodifusión de pequeña y mediana cobertura o radios comunitarias.
El objetivo de estos servicios consiste en emitir programas de carácter cultural,
educativo, artístico e informativo, sin fines de lucro ni comerciales. Estos programas no
pueden ser objeto de arrendamientos por el prestador. No se pueden efectuar en ellos ni
fuera de ellos, mención, publicidad o propaganda en ninguna de sus formas. Esta última
objeción, se verá, que fue y es ampliamente discutida.
Si bien la 642 garantiza la igualdad de condiciones para adquirir licencias, la
organización sin fines de lucros, “Voces Paraguay”, una asociación de radios comunitarias
y medios alternativos, ha denunciado constantemente la práctica antidemocrática en la
adquisición de frecuencias, a favor de grupos familiares que poseen varios medios de
comunicación, formando un oligopolio comunicacional.
La Constitución del Paraguay, en su artículo 83, establece que los objetos, las
publicaciones y las actividades que posean valor significativo para la difusión cultural y
para la educación, no se gravarán con impuestos fiscales ni municipales. Las radios
comunitarias deben pagar un derecho por la obtención de la autorización, y asimismo, un
arancel por el uso del espectro radioeléctrico, quedando exentas del pago de tasas por
explotación comercial. No parece verse reflejado en la realidad este mencionado artículo ya
que las radios comunitarias deben pagar impuestos debido a la presión de grupos de poder
en los sectores de los medios privados, quienes consideran que cualquier medio es
competencia. Ahora la pregunta, ¿es justo que un medio con contenidos de carácter, tal vez
más educativo y solidario que otros contenidos más favorables al entretenimiento, compitan
en un mismo nivel? Quizás sí, quizás no.
Otra dificultad que enfrentan los medios comunitarios específicamente en relación a los
procedimientos para la obtención de autorizaciones y acceso a frecuencias, es una de las
atribuciones del ente regulador para fijar las condiciones técnicas, jurídicas y económicas.
Según el Decreto 14.135, la Comisión Nacional de Telecomunicación, no se debe otorgar
concesión, licencia o autorización solicitada cuando el solicitante no tenga la suficiente
capacidad técnica y económica para ejecutar el proyecto presentado y en especial el plan de
expansión de los servicios que ha solicitado, tratándose de servicios públicos. En
consecuencia, el requisito tecnológico podría actuar como una especie de traba a la hora de
solicitar una autorización.
Ramiro Beltrán en La comunicación para el desarrollo en Latinoamérica: un recuento
de medio siglo (2005), añadirá después la siguiente conceptualización sobre la
comunicación comunitaria:
“La comunicación alternativa para el desarrollo democrático en la expansión y
el equilibrio en el acceso de la gente al proceso de comunicación y en su
participación en el mismo empleando los medios -masivos, interpersonales y
mixtos- para asegurar, además del avance tecnológico y del bienestar material,
la justicia social, la libertad para todos y el gobierno de la mayoría” (p.21).
Añade además que “…es lógico que la comunicación protagonizada por el pueblo
recurriera preferencialmente a la radio, por ser el menor costo de equipamiento y de mayor
facilidad de operación” (op. cit., p.12).
En Paraguay ha existido una disputa entre la SICOM y el sistema de medios privados
por el otorgamiento y licencias de radios comunitarias. Recordemos que el criterio para el
otorgamiento de las licencias es político.
En el año 2009 CONATEL anunció la resolución por la cual se permite a las radios
comunitarias obtener recursos provenientes de aportes solidarios, anuncios de entidades
públicas o de otras fuentes que sean generadas dentro de su área de cobertura, en tanto que
los medios comerciales pagan los cánones correspondientes por habilitación y
mantenimiento en el aire.
Los medios comerciales consideran a las radios comunitarias competencia desleal y se
oponen a las medidas tomadas por el CONATEL.
La Ley de Telecomunicaciones, de 29 diciembre de 1995, establece sólo principios
generales sobre el tema, como por ejemplo el libre acceso al aprovechamiento del espectro
radioeléctrico en el artículo 27, de libre competencia en el artículo 29, de explotación de los
servicios de difusión mediante licencia en el 31, de libre recepción en el 33. No contiene
norma alguna referida, específicamente, a la información a su contenido.
La ley de radiodifusión dispone en su artículo 7 que, un mismo propietario no pueda
tener empresas de un mismo servicio. Cada concesionario solo tendrá derecho a la licencia
para explotar una estación de radiofonía y/o una de televisión.
El artículo 27 de la Constitución Nacional del Paraguay considera a los medios
masivos de comunicación como interés público; en consecuencia no se los podrá clausurar
ni suspender su funcionamiento, y no se admite la prensa carente de dirección responsable.
En el artículo 26 se garantizan la libre expresión y la libertad de prensa, así como la
difusión del pensamiento y de la opinión, sin censura alguna. Toda persona tiene derecho a
generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier
instrumento lícito y apto para tales fines.
El artículo 28 reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz,
responsable y ecuánime. Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley
regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que
este derecho sea efectivo.
b) Medios de carácter privado
Los grupos empresariales que poseen los medios de comunicación más importantes del
país tienen un patrón común: todos tuvieron vínculos cercanos con la dictadura stronista
que devastó económica y culturalmente al país durante 35 años, desde 1954 hasta 1989. La
democracia tuvo al comienzo un carácter más ilusorio que concreto fehacientemente.
Siguiendo a Diego Segovia en Los medios y el consenso reaccionario (2013)
“…todos los medios tienen una postura ideológica .En democracia, ninguna
debería ser censurada No obstante, cuando las condiciones económicas de una
sociedad permiten que solamente un sector ideológico (o una clase social)
acceda a los medios de producción y difusión de la información, no hay
ciudadanía” (p.2, digital, fesmedia-latin-america.org).
Los medios privados en Paraguay siguen siendo mayoría y sostienen un poder
fundamental que debilita la posición de otros medios, como es el caso de los medios
comunitarios.
Es famosa la pelea entre estos distintos medios como es conocido el enfrentamiento
entre el mercado y los grupos comunitarios o sin fines de lucro. Es decir, nada de esto debe
sorprender teniendo en cuenta que vivimos en una sociedad donde indefectiblemente se nos
dificulte diferencia a la palabra como un derecho y a la vez como una mercancía.
La palabra cumple esos dos roles, primero porque vivimos en una mundo que funciona
dentro del sistema capitalista pero que también, como lo dicen las declaraciones de los
Derechos del Hombre, es necesario reconocerla como un derecho. Una contradicción que
parece prevalecer hasta el momento. Lo que sí tenemos en claro es la incomodidad que esto
nos produce.
Entre las tantas democracias que faltan consolidar en este bendito vergel se halla la
relación entre consumidores y empresas. Acá los clientes tienen la razón, cuando ella
coincide con la de la prestadora del servicio. No hablamos de las entidades públicas,
páramo de desquicios varios, en donde ni el EPP quiere esconderse. Hablamos de las
empresas privadas, un continente a conocer, donde aún rige la ley del más fuerte; por
supuesto, no en todos los casos. En los últimos 20 años florecieron servicios de distinta
índole. Tarjetas de créditos, telefonía celular, internet, cooperativas y otros similares. Con
aciertos y críticas, allí se puede vislumbrar aún algo de decencia gracias al imperio de la
competencia. Un consumidor -después de sufrir las consecuencias de las letras chicas que
no leyó en el contrato y alguno que otro interés ubicado peligrosamente cerca de la usura-
al menos puede optar por cambiar de compañía. En otros casos ni siquiera se tiene ese
consuelo. Un ejemplo emblemático de esta frustrante situación es el de la televisión por
cable, que en Asunción tiene un solo nombre: Cablevisión. Monopolio que le dicen. Yo soy
un cliente de esta empresa. Feliz cuando no me suben arbitrariamente el costo del servicio
(por el débito automático me entero del encarecimiento una vez consumado), cuando recibo
la revista a tiempo, cuando no debo soportar publicidad por una prestación paga y cuando
no debo escuchar una voz cibernética que me dice, al cortarse la señal: "Ya sabemos que
tiene problemas...", pero no me informa cuándo se solucionará. En el resto de los casos soy
muy infeliz. Por cierto, últimamente este servicio ya me genera ansiedad existencial. Hace
un par de días vi pasar uno de esos grupos de tercerizados que arreglan el cablerío de la
empresa. Misteriosamente, minutos después la señal se tornó borrosa y estoy a punto de
quedarme bizco por ver en pésimas condiciones las señales prémium.
c) Medios de carácter estatal
En setiembre del 2008 se inició el proceso de reestructuración y reorganización de la
Radio Nacional del Paraguay de acuerdo a los objetivos de la Secretaría de Información y
Comunicación para el Desarrollo (SICOM), con el fin de convertir las radios estatales en
Radios de Servicio Público.
El proceso de transformación se consolida con la firma del Decreto Nº 4.982, que crea la
Radio y Televisión Nacional del Paraguay (RTN), y establece un consejo asesor de la
SICOM que garantice el funcionamiento de la Radio y la Televisión Nacional del Paraguay
como medios de comunicación pública no gubernamental, con dirección autónoma e
independiente, que aseguren la objetividad, el pluralismo y la variedad de enfoques y
contenidos acorde a las diversas expresiones culturales, sociales y políticas del país.
Durante el gobierno del ex presidente Fernando Lugo, en el año 2011, en el marco de los
festejos por el bicentenario de la República del Paraguay, se inauguró la Tv Pública
Paraguay, siendo el primer canal digital del país y el primero del cual el Estado paraguayo
es propietario.
Augusto Dos Santos ministro de la Secretaría de Información y Comunicación Social
para el Desarrollo de Paraguay, en una nota periodística realizada en el Foro Permanente
Hacia una comunicación plural promovido por la facultad de Ciencias y Artes de la
Comunicación, admitió que “…los medios privados son más independientes que los
públicos, pero no siempre más plurales, ya por su vocación o porque responden a miradas
opositoras del Gobierno siempre van a ser más independientes…”.
Afirmó además que si un medio público es utilizado como medio de propaganda de un
gobierno de turno no debería aterrarnos la misma utilización de dicha información en una
dictadura militar.
Modificaciones a la Ley 642
Tomaremos como punto de referencia las reformas a la Ley de Telecomunicaciones
realizadas a partir del año 2009. La información obtenida en esta sección, como debe ser,
pertenece a La Gaceta Oficial situada en el espacio digital de la Dirección de Publicaciones
Oficiales del Gobierno Nacional del Paraguay.
En 12 de noviembre del año 2010, el Poder Ejecutivo, a cargo de Fernando Lugo, vetó la
normativa sancionada por el Congreso que modifica la Ley de Telecomunicaciones, y que
regula principalmente a las radios comunitarias en su artículo 57 más específicamente
mediante el decreto del Poder Ejecutivo Nº 5.403.
El Artículo 57 de la Ley de Telecomunicaciones incluye a las radios comunitarias,
educativas, asociativas y ciudadanas designadas por el límite de su potencia efectiva,
radiada como de pequeña cobertura, hasta (50) watts, y de mediana hasta (300) watts. Estas
normativas pones claros límites a las radios con sin fines de lucro y con responsabilidad
cultural. En este sentido el actual presidente ha denegado esta modificación, sin embargo
luego se verá, habrá cambiado de opinión.
Gremios de Radios Comunitarias solicitaron al presidente el veto ya que a su criterio la
Ley restringe a las radios comunitarias y por ende atenta contra la libertad de expresión. En
cambio otros sectores, más allá de no manifestarse en contra de esta decisión, sostuvieron
que las radios comunitarias podían trabajar de igual modo que cualquier radio, teniendo
publicidad, por ejemplo, pero que no se las exima de impuestos ya que eso supone una
desigualdad para sectores que quieren beneficios y se alejan de las obligaciones.
Paralelamente el 30 de diciembre del 2009 se emitió el Decreto N° 171 que crea la
Secretaría de Información y Comunicación para el Desarrollo. La SICOM es la instancia
gubernamental rectora de la política de comunicación e información social del Gobierno
Nacional en su conjunto que a través de instrumentos normativos eficientes y acciones
estratégicas para divulgar y facilitar el acceso a la información. Sus fines son, democratizar
la comunicación, fortalecer la cultura nacional y la identidad paraguaya y latinoamericana,
ampliar el alcance y la calidad de la educación, fortalecer las organizaciones de base y la
participación ciudadana; apoyar el desarrollo integral del país.
En el 2011 el mismo Poder Ejecutivo realizó otras transformaciones al texto de ley en
otro sentido completamente diferente, caracterizado por los sectores de radios comunitarias
y alternativas como una asfixia a la libertad de expresión y donde claramente han triunfado
los sectores de poder.
En esta oportunidad se modifican los artículos 57, 58, 70, 73 y 100. Ya mencionamos la
regulación del artículo 57, en este sentido, se fijan las limitaciones anteriormente
mencionadas para las radios comunitarias. La alteración del artículo 58 es central, en ella se
fija de modo tajante la imposibilidad de las radios de carácter comunitario de acceder a los
beneficios de la publicidad ni de la propaganda, es decir, ya no podrán autogestionarse. Las
restantes modificaciones no fueron demasiado agresivas en comparación de la anterior
mencionada.
Luego la resolución Nº 1.223/2011 realizada el 19 de Agosto del 2011 por la cual se
aprueba la Norma Técnica del Servicio de Televisión que incluye la Tecnología Analógica
y Digital.
EL 28 de Octubre del 2011 el Poder Legislativo modificó el artículo 34 que adjudica en
el inciso a) una frecuencia de televisión con sus respectivas repetidoras para el Estado. En
la modificación se complementan dos frecuencias más para el Poder Legislativo, una para
legisladores y otra para los diputados. En el inciso b) se otorgan frecuencias AM y FM para
cada departamento, reservadas también al Estado. En la modificación se agregan dos
frecuencias a los legisladores.
El 9 de Agosto del año siguiente por medio de la ley Nº 4.989, se crea la Secretaria
Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicación (SENATICs). En el marco de
las tecnologías de la información y comunicación, el Estado deberá proteger los derechos
de los usuarios velando por la adecuada prestación de los servicios, promover el acceso de
la ciudadanía a la tecnología de la información, fomentar la utilización de las tecnologías
para expandir las acciones del gobierno a través de la plataforma electrónica, prevenir los
fraudes en la red, garantizar la igualdad de condiciones de acceso y la cobertura de zonas de
difícil acceso, y por último, promover la seguridad informática en la plataforma de la red.
Como sucede con las autoridades del CONATEL, los miembros de la Secretaría de
Tecnologías de la información y comunicación serán designados directamente por el Poder
Ejecutivo.
El 12 de Agosto del 2013 se dicta el decreto Nº 11.624 por el cual se reglamenta la Ley
Nº 4989 del 9 de agosto de 2013.
La última modificación en relación a los medios de comunicación fue el 27 de Febrero
del corriente año se emite el decreto N° 1.306 donde se modifican los artículos 6 y 7 del
decreto Nº 11.624/2013 que reglamenta la Ley 4989/2013.
Ley de Radiodifusión en Argentina
La ley N° 22.285 fue sancionada en el año 1980 en el marco de una dictadura cívico-
militar. En ella se definen a los servicios de radiodifusión como de “interés público”.
Asimismo se reserva al Poder Ejecutivo competencia exclusiva de administrar, orientar,
promover y controlar a dichos servicios. Los Estados provinciales podrán acceder a una
AM y los municipios podrán tener una FM.
En el texto de la ley se lee que las emisiones deberán contribuir al afianzamiento de la
unidad nacional, y al fortalecimiento de la fe y la esperanza en los destinos de la Nación
Argentina.
En el inciso e del artículo 45 se la ley se sostiene que ningún propietario de cualquier
empresa periodística nacional o extranjera puede integrar sociedades licenciatarias de
radiodifusión. Es decir que la ley presenta elementos legales para combatir los monopolios
y promover la pluralidad. Pero debemos recordar que la realidad demostró no sólo que eso
no sucedió sino que fue un período de auge de la concentración de los medios de
comunicación en manos de unos pocos ligados directamente al poder de turno. Quizás
cabría pensar por qué las situaciones concretas contrarían tanto a las formulaciones
legislativas. Recordemos además que hoy contamos con una ley que amplía las
regulaciones para impedir la centralización y virtualización de la información, es decir,
depende mucho también de la ejecución y seguimiento del cumplimiento o no de esas
normativas, que de ninguna manera nos excluye a los ciudadanos.
Dentro del Título III, del artículo 33 hasta el 38 se puede ver una serie de normativas en
relación al Servicio Oficial de Radiodifusión. Específicamente en el artículo 106 se prevé
que las estaciones en manos del estado en forma subsidiaria deberán ser privatizadas en el
plazo de 36 meses desde la aprobación del PLANAR, el Plan Nacional de Radiodifusión.
El COMFER, el órgano autorizado para controlar a los medios de comunicación
recibiendo las decisiones unilaterales del Poder Ejecutivo. Se encontraba compuesto por los
comandantes en Jefe del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada, la Secretaría de
Información Pública, la Secretaría de Comunicaciones del Estado y dos representantes
asociados de licenciatarias.
Con el comienzo de la democracia presidida por el Dr. Alfonsín se dejó sin efecto una
gran molestia de la ley, el PLENAR y además reorganizó el COMFER excluyendo a las
Fuerzas Armadas. Se mandó a revisión las 41 licencias otorgadas durante el período
dictatorial. Lo decepcionante fue que jamás se conocieron esas revisiones.
Ciudadanía y participación
¿Ciudadanos o consumidores?
“Siempre el ejercicio de la ciudadanía estuvo asociado a la capacidad de
apropiarse de los bienes y a los modos de usarlos, pero se suponía que esas
diferencias estaban niveladas por la igualdad en derechos abstractos que se
concretaban al votar, al sentirse representado por un partido político o un
sindicato” (Canclini N. García, Consumidores y ciudadanos, p.13)
La ciudadanía no es solamente el ejercicio de las prácticas relacionadas al Estado,
solamente como el cumplimiento de un posible derecho o una obligación. Nos resulta
sumamente confuso definirlo para intentar disociarlo del consumismo. Pero, quizás estamos
frente a dos nociones equivocadas. Ciertamente lo es, porque nos referimos a los
consumidores como aquellos sujetos que son manipulados por el marketing.
Ser ciudadanos es identificar las prácticas sociales y culturales que dan sentido de
pertenencia y hacen sentir diferentes a quienes poseen una misma lengua, semejantes
formas de organizarse y satisfacer sus necesidades. Es decir, esta noción trasciende la idea
de ciudadano ligado los derechos que reconoce un estado en un determinado territorio.
Si entendemos el ejercicio de ser ciudadanos en relación a interrogantes como, ¿a dónde
pertenezco, qué derechos tengo, quién me los otorga, cómo hago para acceder a la
información para reconocelos? Son innumerables los cuestionamiento que se generan a
partir de querer comprender la ciudadanía. Ahora, ¿qué sucede cuando la forma de conciliar
esos interrogantes y ejecutar la ciudadanía tiene una sólida relación con el consumo?
Recordemos que vivimos en un período donde los fenómenos son además fenómenos
mediáticos. Es decir, confluyen en y por los medios de comunicación. Entonces el ejercicio
de la ciudadanía está estrechamente vinculado al consumo de los medios de comunicación.
La ciudadanía es parte del consumo mediático. No es una descripción de un mal momento,
de una época despolitizada, por supuesto que no es así. Nuestra forma de vivir la política, y
no sólo la política, ha cambiado profundamente. No es una novedad.
“Las luchas generacionales acerca de lo necesario y lo deseable muestran otro
modo de establecer las identidades y construir lo que nos distingue. Nos vamos
alejando de la época en que las identidades se definían por esencias ahistóricas:
ahora se configuran más bien en el consumo, dependen de lo que uno posee o
es capaz de llegar a apropiarse” (Canclini N. García, óp. cit., p.14).
Para sintetizar debemos reiterar que ciudadanía no es simplemente una cuestión política,
o los sujetos actuando en función únicamente en favor de principios específicamente
ideológicos. Por otro lado, consumidores no son sólo aquellos irracionales, superfluos,
sujetos dominados por pulsiones primarias y manipulados por el mercado.
Es necesario entonces concebir a la ciudadanía para comprender la construcción de las
subjetividades, papel que cumplen, en gran medida, los medios de comunicación. Por eso
se debe insistir con el derecho al acceso a pertenecer al sistema sociopolítico. Es decir
reelaborar la noción de los derechos de los ciudadanos para poder ser parte de transformar
eso que queremos ser. Nada menos.
Proyecto de Ley de Medios de Comunicación en Paraguay
Cómo se puede leer en el subtítulo, Ley de Medios es un proyecto para una futura
legislación en materia de comunicación presentada por el Frente Guasu, a quienes
podríamos identificar como una concertación de partidos de “centro
izquierda” del Paraguay. Frente que llevó a Fernando Lugo a la presidencia hasta el 22 de
junio del 2012 cuando fue destituido a través de un juicio político.
El proyecto de ley es producto de un proceso de intercambio de distintos sectores de la
sociedad, periodistas, propietarios de empresas de medios, intelectuales y organizaciones
sociales, con el fin de instalar el debate en la agenda pública.
“Asumir la ciudadanía como la irrupción en la esfera pública de lo excluido,
negado o reprimido que manifiesta el derecho a tener derechos por sobre el
orden estatuido, implica asumir que aunque no es lo único que la hace posible,
la comunicación es consustancial a su existencia en un doble sentido. Por un
lado porque la comunicación resulta imprescindible para colectivizar las
necesidades, las demandas y las propuestas; por otro, porque ella es necesaria
para hacerlas presentes en el espacio público” (Mata M. C, óp. cit., p. 7).
Uno de los propósitos más importantes de este proyecto de ley es regular y controlar,
pero más específicamente terminar con los oligopolios y monopolios de los medios de
comunicación. En el mismo sentido que la normativa vigente, el proyecto de Ley de
Medios no tiene como objetivo controlar ni manipular el contenido, sino por el contrario,
ofrecería una mejor circulación de la información impidiendo que siga la corriente liberal
actual, posición que coincide con la hegemonía política del momento.
Algunos planteamientos del Frente Guasu se vinculan con la repartición absolutamente
Equitativa distribución del espectro radioeléctrico (Radio y Tv) entre los medios
Públicos, Privados y Comunitarios, ofreciéndoles un 33,3% a cada uno de los sectores. Una
diferencia sustancial con la distribución en nuestro país. Con respecto a la desarticulación
de la corporación de medios concentrados ofrecen la posibilidad de imitar el mecanismo
que utilizó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Argentina donde
se limita la cantidad de medios en manos de una persona o empresa, se prohíbe la
propiedad cruzada de televisión abierta y televisión por suscripción y se establece un
porcentaje de producción nacional y extranjero.
A gran diferencia de Argentina, el frente de “izquierda” ha decidido discutir también la
pauta publicitaria del Estado. Una materia pendiente en nuestra legislación que por
intereses se ha decidido dejar al libre albedrío político de turno el “control” de la pauta
oficial. En el proyecto de ley que propone Guasu se propone que, del total gastado en
concepto de publicidad (no propaganda) por el Estado, un 33% se distribuirá entre los
medios independientes y/o pequeños. Otra gran iniciativa que ofrece el texto está vinculada
a los incentivos por exenciones impositivas.
Una de los ítems generales y quizás el más desconcertante donde se refiere a la
propuesta de limitar el porcentaje de población alcanzable por los medios de una misma
persona o empresa.
Aquí la noción en torno a la información y a la comunicación puede asimilarse a los
avances en materia control de los medios en el resto de América Latina. El proyecto de ley
anteriormente descripto tiene análogas intenciones políticas que aquellas que produjeron la
ley 26.522. La comunicación está más cerca del interés público que en la ley anterior, y
mucho más que en el vacío legal donde rige pura y exclusivamente la ley del más fuerte;
los intereses del gobierno de turno y los medios concentrados.
Proyecto para modificar la Ley de Telecomunicaciones
El diputado David Ocampos Negreiros del partido Unión Nacional de Ciudadanos Éticos
y Fernando Oreggioni, perteneciente al Partido Liberal Radical Auténtico, han presentado
el proyecto para modificar la actual ley vigente N° 642.
Algunos objetivos que sostienen esta modificación son el fomento de la competencia
realmente efectiva en el marco del mercado de la telecomunicación. Garantizar el acceso a
las redes y servicios de telecomunicaciones al público por parte de los prestadores y
usuarios de servicios de telecomunicaciones, los generadores y receptores de información,
y los proveedores y usuarios de servicios de información.
Ley de Acceso a la Información Pública en Argentina y Paraguay
El proyecto de una Ley de Acceso a la Información Pública en nuestro país tuvo media
sanción en Diputados en el 2003 y llegó a Senadores el 2 de diciembre del 2004 en donde
se realizaron modificaciones que no han sido compartidas por los diputados.
En el caso de Paraguay tardó más la sanción pero logró aprobarse, el 19 de diciembre del
2013, hasta ese año era uno de los pocos países de América Latina que no contaba con una
reglamentación que contemplara el acceso a la información de carácter público para todos
los ciudadanos que así lo requirieran. Meses antes de su aprobación en el Senado se amplió
el debate sobre la necesidad de contar con una ley que garantice el derecho a acceder a la
información en Paraguay, que en el ámbito judicial lleva implícito el derecho de acceso a la
justicia. En el debate se sostuvo que garantizar el acceso a la información pública es
imprescindible para lograr la calidad de las instituciones del Estado y es la gran deuda de la
democracia paraguaya.
Tanto Argentina como Paraguay han realizado una serie de modificaciones en esta ley.
En nuestro país la Cámara de Senadores realizó modificaciones que han sido reenviadas a
la cámara de origen para rediscutirlas.
En Paraguay el proyecto de ley surgió tras los casos contra el favoritismo y la
corrupción. El Senado paraguayo aprobó con modificaciones el proyecto de ley, la
normativa establece que todas las instituciones públicas deberán ofrecer información que
obre en su posesión, custodia o control en la forma más amplia posible excluyendo sólo la
que se encuentre alcanzada por una causal de excepción que sea legítima y necesaria en una
sociedad democrática.
Enrique Bacchetta, senador del Partido Colorado y presidente de la Comisión de
Legislación, estableció que se modificaron los primeros artículos para que no haya doctrina
que es innecesaria para una ley y además se establecen definiciones, alcances y la gratuidad
de la información pública. Asimismo, el senado paraguayo suprimió la parte donde se
establece que las fuentes públicas deberán habilitar una oficina de acceso a la información
pública, por motivo de que crearía más burocracia en el proceso de obtención de los datos
públicos. En este caso cada institución podrá establecer su oficina.
Por otro lado, la Cámara Alta de Paraguay también ha aprobado con modificaciones esta
ley. El proyecto está enfocado en reglamentar el artículo 28 de la Constitución,
estableciendo modalidades, plazos y sanciones a fin de garantizar el libre acceso a la
información pública.
Una de las modificaciones que estableció la Cámara Alta fue el artículo 22, de la
información pública reservada. Estipuló que sea definida en forma expresa por la ley, con
lo que restringe los casos en que las instituciones pueden negarse a divulgar datos.
La versión aprobada originalmente por la Cámara Alta definía la información reservada
como "…toda información cuya difusión puede comprometer la seguridad pública o la
defensa nacional, menoscabar las relaciones internacionales (...) dañar la estabilidad
financiera, económica o monetaria del Estado".
También incluía la información que pueda "…poner en riesgo la vida, la dignidad
humana, la seguridad o la salud de cualquier persona; implicar una pérdida de ventajas
competitivas o que puedan dañar su proceso de producción; o desproteger descubrimientos
científicos, tecnológicos o culturales desarrollados".
Las comisiones de Legislación, Derechos Humanos y Asuntos Constitucionales de la
Cámara de Diputados recomendaron el cambio del artículo. Los diputados alcanzaron el
consenso sobre el cambio de la cláusula y resaltaron, sin importar su adscripción partidaria,
que la ley fomentará la transparencia del Estado y contribuirá a que la ciudadanía participe
en los debates públicos. El proyecto de ley pretende hacer más transparentes
las contrataciones de funcionarios, los sueldos de los cargos públicos y los gastos del
Estado.
Concentración, centralización y convergencia
Los principales medios radiofónicos paraguayos son 970 AM, vinculada al grupo
Domínguez Dibb, Radio Ñanduti del grupo Rubín, Radio 1° de Marzo del grupo Riveros y
que conforma una mega cadena de comunicaciones integrada por Radio Canal 100 FM,
Radio Latina FM, y otras emisoras en el interior. La Radio Cardinal del grupo Chena y la
Radio Monumental del grupo Vierci. Los principales medios televisivos son “Canal 9 Cerro
Corá” perteneciente a un empresario extranjero, “Teledifusora paraguaya S.A. Canal 13”
perteneciente el grupo Chena, Canal 2 TEVEDOS SA., “Telefuturo”, Canal 4, del grupo
Vierci; Canal 5 “Paravisión” perteneciente a un empresario extranjero, Canal 11, “La Tele”
perteneciente al grupo Vierci.
En la Constitución se prohíbe la creación de monopolios pero como podes observar en la
realidad de los medios del Paraguay esto no sucede. Recordemos que en el año 2008 la
CONATEL dictó una resolución por la cual aprueba el reglamento de defensa de la
competencia, en el cual prohíbe “… el abuso de posición de dominio y conductas
colusorias en general, que deriven en conductas tales como prácticas, acuerdos, convenios,
contratos o decisiones conjuntas o unilaterales que falseen o limiten la competencia efectiva
en el mercado de las telecomunicaciones”.
Las concesiones, licencias y autorizaciones son estrictamente responsabilidad de la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones.
Más allá de la regulación existente, tanto en la Constitución como en la Ley 642, a los
grandes empresarios paraguayos, como en el resto de América Latina, les resulta fácil
evadir los controles previstos en la legislación. Un caso explícito en el que se prohíbe la
asociación entre licenciatarios individuales pero que fácilmente pueden vincularse
implícitamente y así mantener dicho monopolio.
Los medios de comunicación históricamente, por lo menos a partir de la explosión del
“capitalismo”, han operado según la lógica mercantilista. De esta forma el único fin detrás
de cualquier información es obtener réditos por los productos ofrecidos. Esta negociación
de la información ha hegemonizado la forma de trabajar de los medios de comunicación
hasta el punto de no poder concebir otra estructura de trabajo, no idealmente sino
literalmente, un medio no puede subsistir sino se embarga en la cadena de la venta
progresiva.
En cuanto a la regulación sobre propiedad, registro de publicaciones y propiedad
extranjera en las empresas periodísticas, en Paraguay y en la mayoría de los países
latinoamericanos, no existe para la prensa escrita ninguna limitación, objeción o permiso de
carácter restrictivo legal. No existe ley sobre porcentajes de propiedad de acciones en
periódicos o diarios por parte de extranjeros. Las empresas extranjeras pueden explotar el
servicio de telecomunicaciones siempre que constituyan un domicilio en el país o nombren
un representante legal domiciliado.
Paralelamente al interés financiero existen otros. Los productos comunicacionales
ofrecen a la sociedad herramientas y prácticas culturales de suma importancia para la
construcción de las subjetividades. No menos importante es poder habilitar el paso a la
mayor cantidad de voces para que no exista una centralización del espacio de expresión.
Los medios de comunicación poseen una capacidad característica, la posibilidad de
mediatizar realidades. Un producto que circula por el espectro radioeléctrico no es de
ninguna manera un sentido privilegiado por el sólo hecho de poder discurrir desde un
centro a una multiplicidad de audiencias. Esta concepción nos obliga a admitir que existen
inmensos espacios de circulación de sentido. Pero en lo que refiere a los espacios ocupados
por los periodistas, hoy denominados sin demasiada preocupación, comunicadores sociales,
hay un llamado de atención acerca del “poder” que la sociedad le otorga a los medios de
comunicación.
Siguiendo la misma hipótesis podemos comprender, siguiendo a Segovia Alonso, por
qué “…el imperialismo es ahora cultural: Se crea, mantiene y extiende el sistema de
dominación y dependencia a escala mundial a través de los medios de comunicación de
masas” (Revista de Economía Política de las Tecnologías de la Información y
Comunicación, p.2, digital).
También, lo que discuten Patricia Fasano, Juan M. Giménez, Aurora Ruiu y Alejandro
Ramírez, en La realidad como pieza comunicacional, refiere a la capacidad de los sujetos
comunicadores sociales, quienes posibilitados de mediatizar pensamientos e ideas, se
encuentran habilitados y legitimados por una sociedad que “consume” prácticas culturales
sin desconfiar de la veracidad o posición de esas “verdades”, la mirada comunico-lógica.
«Palabra e imagen (no en el sentido ―visual‖, sino emparentado con el
imaginario) trabajan en la construcción de una mirada para dar orientación y
sentido al campo comunicacional en el ámbito de la producción de saber, esto
decimos cuando decimos mirada comunico-lógica« (p.4)
Esta operación que realiza la sociedad en relación a los medios de comunicación ubican
a los periodistas en el famoso “cuarto poder”, una hipótesis totalmente agotada. Pero resulta
que además los ponen en peligro. Veamos un ejemplo de esta última afirmación sobre el
caso de Enrique Galeano.
Caso de Kike Galeano
Enrique Galeano, un periodista y ciudadano paraguayo vivía y trabajaba en el
Departamento de Concepción, no había dado señales de vida desde el 4 de febrero de 2006.
Después de 17 meses de haber sido secuestrado, torturado y llevado a Brasil, reaparece en
Sao Paulo donde estaba escondido. Según la prensa paraguaya, actualmente se encuentra en
Uruguay donde ha pedido asilo.
El periodista, antes de desaparecer, estaba efectuando una investigación de alto riesgo
sobre el narcotráfico en su región. En las primeras horas de la tarde del 4 de febrero de
2006 el periodista, que trabajaba en Azotey, llamó a su mujer al domicilio de Yby Yaú, a
35 kilómetros de allí, para decirle que regresaría antes de la caída de la noche. En la
carretera, dos individuos que circulaban en un automóvil blanco le obligaron a pararse, y le
secuestraron. Los agresores hablaban portugués, lo que llevó a Galeano a pensar que se
trataba de dos secuaces de "Cabeza Branca" ("Cabeza Blanca"), una organización mafiosa
brasileña que actúa en la frontera entre ambos países. "Me dijeron: Vas a cumplir todo lo
que te ordenamos, o hacemos una llamada y tu hijo Pedro (el mayor de cuatro) es asesinado
en el mismo instante", contó Galeano.
Golpeado y quemado con cigarrillos, al periodista le llevaron a San Juan Caballero
(Noreste). Los secuestradores le obligaron a mostrarse por las calles de la ciudad y
posteriormente a instalarse en el hotel Dina Tony, con una prostituta. En la noche del 5 de
febrero dejaron en libertad al periodista en Campo Grande (Brasil), con la siguiente
advertencia: "¡Si volvés a Paraguay, estás muerto!"
Poco antes de desaparecer Galeano había cubierto, para su emisora, el embargo de un
cargamento de armas y cocaína en presencia del comisario de distrito Osvaldo Núñez, y del
diputado del Partido Colorado (en el poder) Magdaleno Silva. Ambos son sospechosos de
connivencia con el jefe de la "Cabeza Branca", Luiz Carlos da Rocha. A ninguno de los tres
se les ha interrogado en el marco de la investigación. Ante el anuncio de la reaparición de
Galeano, Magdaleno Silva ha prometido denunciar ante la justicia al Sindicato de
Periodistas de Paraguay (SPP), por haberle implicado en la desaparición del periodista.
En marzo del 2007 un ciudadano brasileño prófugo de la justicia de su país por un caso
de asalto y homicidio fue capturado por la Policía en Pedro Juan Caballero. El extranjero
era conserje del Hotel Dinatonic de la capital del Amambay cuando supuestamente se
hospedó en el lugar el periodista Enrique “Kike” Galeano, antes de su desaparición en el
2006. El brasileño detenido fue identificado como Waldemar Pereira Rivas o Waldemar
Rivas Díaz.
Waldemar es cuñado del dueño del citado hotel, Dilson Asuncão Jara, también brasileño,
un narcotraficante que murió hace poco por causas naturales, según revelaron los
investigadores. El brasileño es uno de los testigos del caso Galeano.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA ha pedido conocer el
paradero del periodista desaparecido Enrique Galeano pero el gobierno y los organismos
del Estado no dieron respuesta. El procurador general de la República en ese entonces,
Nelson Mora, sostuvo que se ha descartado que el caso se trate de desaparición forzada,
señalando que la principal pista ahora es un correo electrónico (presuntamente) firmado por
Galeano, que indicaría que el mismo se encuentra en Argentina.
El principal argumento esgrimido por aquel gobierno se basó en un "perfil psicológico"
de Galeano fabricado a partir de una única entrevista realizada hace años por una
organización no gubernamental obtenida, sin autorización, por el Ministerio Público. El así
llamado "perfil psicológico" concluye de manera tendenciosa que Galeano tendría un
patrón comportamental sistemático y estable de conducta de fuga y desaparición,
actividades al margen de la ley, sentimientos depresivos de rabia e indignación, marcada
identificación con la vida y la cultura de la calle.
Ante el gravísimo accionar del gobierno, el Sindicato de Periodistas del Paraguay han
decidido hacer público el informe del procurador general de la República, Nelson Mora,
remitir a las Comisiones de Derechos Humanos de las Cámaras de Senadores y Diputados
la respuesta del gobierno a fin de solicitar la interpelación de los funcionarios involucrados
en la confección del informe. Además se decidió rechazar el informe del gobierno,
presentado por el procurador general Nelson Mora, por falaz, indignante y atentatorio a los
derechos fundamentales de las personas como el derecho a la libertad, a la seguridad y el
derecho a la vida. Se ratificó que el caso del compañero Enrique Galeano se trata de una
desaparición forzada, por lo que el Estado está obligado a su búsqueda hasta encontrarlo. Se
exigió seguir la investigación hasta lograr el esclarecimiento del caso y el juicio y castigo
de los responsables de este crimen de lesa humanidad. Se repudió el intento de los
organismos del Estado y del gobierno de encubrir a los culpables y cubrir con el manto de
la impunidad este hecho. Y por último se manifiesto un enérgico repudio al método y la
concepción nazi-fascista empleados por el Ministerio Público, el Ministerio del Interior, la
Procuraduría de la República y la Policía, que han llevado a entronizar en nuestro país el
terrorismo de Estado.
Pluralismo, diversidad y Sociedad de la información y globalización
“La justificación de la nueva tecnología de las comunicaciones se apoya en
gran medida en su promesa de reducir las desigualdades y de ampliar, tanto
local como internacionalmente, oportunidades educativas, culturales y
humanas. Los esquemas institucionales que se están estableciendo, sin
embargo, apuntan hacia resultados totalmente diferentes” (Schiller, 1983, p.
13).
Zygmunt Bauman en La Globalización: Consecuencias Humanas discuto acerca de la
globalización en la sociedad. Para algunos posee una directa relación con el empleo,
oportunidades, nuevas tecnologías, pero por otro lado y paralelamente, otras personas
critican este fenómeno como causante de hambre, miseria, desempleo y guerra.
“El desarrollo de la tecnología no implica necesariamente un aumento en el
acceso de los ciudadanos a la información —tanto en los informativamente
ricos como en los informativamente pobres—, ni su participación en el
proceso de producción. No se han atendido las necesidades sociales y de las
naciones más pobres, y es otro motivo más para su irrevocable mantenimiento
en la dependencia” (Segovia, Alonso, Revista de Economía Política de las
Tecnologías de la Información y Comunicación, p.13, digital).
De modo más general se concibe a la globalización en torno a los países que participan
en negocios, esta idea deja mucho que desear. Hay dimensiones en donde los negocios, las
finanzas, el comercio y el flujo de información entran en un proceso localizador de fijación
en el espacio. Por un lado está la existencia de poblaciones y por otro, los segmentos de
cada una de ellas.
“…el término "incorporación selectiva" para describir la extendida tendencia
de los Estados nacionales a "copiar" ideas y prácticas de otras sociedades -
comprometiéndose, en grados diversos de sistematicidad, con proyectos de
importación e hibridación” (Robertson, Glocalización, p.22).
Podemos vincular estas interpretaciones en relación a lo que sucede en los debates sobre
una nueva ley que regule la realidad de los medios de comunicación en Paraguay. El
proyecto, al que hicimos referencia anteriormente, propuesto por el Frente Guasú contiene
elementos, que reinterpretados a nivel local, fueron traídos desde afuera de las fronteras del
país.
No podemos ya, con estas hipótesis, seguir entendiendo a la globalización como una
operación de homogeneización que, en todo caso, sólo produce el mercado. Si es cierto que
existen, de acuerdo a las categorías de Raymond Williams, culturas hegemónicas que
configuran elementos y reestructuras las prácticas culturales en las culturas emergentes.
Pero como también afirma Williams no es un proceso total, es decir, sólo se requiere del
domino coercitivo para imponer determinados significantes. Y si nos remontamos a la
historia en estos modos de ejercicio del poder sabremos el fracaso de esta operación.
Dominique Wolton, director del Instituto de Ciencias de la Comunicación de Francia, en
el marco de un foro mundial sobre la diversidad organizado por el CNRS en el 2008, señaló
la relevancia que comienza a tener el papel del migrante (entiéndase como cualquier otro).
Afirmó además que el futuro de la humanidad pasa mucho más por el destino de la
diversidad cultural que por la homogeneización que produce el mercado económico global.
Interesante. En este mismo sentido es válida la discusión ampliamente discutida acerca de
la tensión entre lo global y lo local.
Como decíamos unas líneas antes, hay una visible puja entre la operación en serie de la
industria en todos sus niveles que tiende a homogeneizar las practicas a una especie de
universalidad simbólica. Pero jamás debemos perder de vista que el futuro apunta a la
diversidad. Esta característica comenzó con los procesos de migración donde además
fracasaron los intentos por frenar las migraciones. Un delirio, claramente, pero que fue
insistentemente sostenido por distintas ideologías fascistas.
Si estamos seguros entonces del proceso de intercambio de prácticas, al menos en un
principio de centro a periferias, y, en el mejor de los casos, de muchos centros a otros,
debemos estar también seguros de promover las posibilidades para el acceso, este sí,
universal. Como decía García N. Canclini, lo propio y lo ajeno es una frontera se desdibuja.
“La cultura es un proceso de ensamblado multinacional, una articulación
flexible de partes, un montaje de rasgos que cualquier ciudadano de cualquier
país, religión o ideología puede leer y usar” (óp. cit., p.16).
Roland Robertson empleó una categoría acerca de la discusión de lo global y lo local, la
glocalización. Lo global no excluye a lo local, la globalización de la cultura, aparece como
una realidad que puede demostrarse fácilmente con solo mirar alrededor. Para ilustrarlas
suelen emplearse dos discursos, uno hace referencia a la diversidad y la fragmentación de la
cultura, mientras que el otro apunta a la circulación mundial de los bienes culturales a
través de los medios masivos de comunicación. Allí el Robertson menciona que “…el
propio Estado Nacional ha sido un agente importante para la producción de diversidad y la
hibridación” (Robertson, Glocalización, p.1).
Así como la conformación de la Constitución reflejada en sus antecesores pactos y
declaraciones de derechos, los proyectos de nuevas leyes fueron resultado de una operación
de glocalización. Incluso un miembro de Guasú afirmó que la ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual de Argentina fue un punto de referencia importante para su
proyecto.
Periodismo en Paraguay
Paraguay es cuna del periodismo sudamericano. En el año 1560 en Asunción, nace Ruy
Díaz Guzmán, el primer cronista del Río de la Plata. En el 1612, Díaz de Guzmán terminó
de escribir Anales del descubrimiento, población y conquista del Río de la Plata donde
compiló las crónicas de lo que sucedía en la conquista.
Dos siglos más tarde, luego que Paraguay declare su independencia separándose
definitivamente de la Confederación Argentina, el 25 de noviembre de 1842, comienza a
emergen la prensa como actualmente se conoce.
El presidente Carlos A. López creó El Paraguayo Independiente. Por el 1845, la
independencia nacional debía consolidarse dentro y fuera del Estado por lo cual el
periódico no pudo tener otro nombre más pertinente. A partir de la primera mitad del siglo
XIX, el periodismo paraguayo tuvo como como objetivo principal, defender y difundir los
derechos del Paraguay en la soberanía territorial y disputaba ante las injurias de los
periódicos porteños, que no aceptaban su separación. Poco a poco fue fortaleciéndose la
relación entre la ciudadanía y la prensa gracias a los semanarios de avisos que comenzaron
a perfilar un importante papel social del periodismo.
En 1864, cuando estalla la guerra contra la Triple Alianza, en el periodismo paraguayo
prevaleció el nacionalismo. Luego, denominado como el primer periódico de trinchera, en
1867 se creó El Centinela, periódico con el cual el presidente Francisco S. López intentó
mantener reforzado el espíritu ciudadano y la moral frente a la guerra que acontecía.
Los paraguayos reconocen un rol importantísimo del periodismo durante la época de
guerra, ya que se supo mantener y reavivar el campo popular. Durante esa época nace el
humor político como una manera de informar. Cabe destacar que es allí también donde
nace El grito paraguayo, que enfatizaba en un estilo contestatario y de oposición. El mismo
pertenecía a paraguayos migrantes y exiliadas en Buenos Aires, que criticaban al gobierno
del ese entonces presidente López.
A partir de 1870, tiempo de pos guerra, nace la prensa politizada, postura que dependía
del gobierno de turno. A un poco más de cuarto de siglo, Paraguay nuevamente se
encuentra atravesando una guerra. Ésta vez es contra Bolivia, en la llamada guerra del
Chaco, iniciada en 1932 y finalizada en 1935. Nuevamente reaparece el periodismo
centrado en el espíritu nacionalista en defensa del territorio.
Durante década del 50 y del 60, el periodismo da un giro con el diario La Tribuna, con
una posición más mercantilista, lejos de la inclinación política. Durante ese período no
podía haber una línea editorial que atacara a Alfredo Strossner, militar, político y dictador
paraguayo, presidente durante los años 1954 y 1989, dictadura que duró 35 años. Durante
los 80, periódicos como Patria y Noticias mantenían una muy buena relación e incidían en
el régimen dictatorial haciendo que la ciudadanía no sienta dos décadas posteriores al
periodismo como su aliado.
Ya a finales del siglo XX y principios XXI se asomaba la mirada de cuarto poder hacia
el periodismo. Como la mayoría de los países latinoamericanos en vía de desarrollo,
Paraguay se vio afectado por la explosión en materia tecnológica, la web y efecto de la era
digital, golpeando a su periodismo.
Permitiéndonos un salto exagerado en el tiempo, nos remitimos al 21 de junio de 2012
cuando se llevó a cabo el juicio político que corrió a Fernando Lugo de la presidencia de
Paraguay y puso en su lugar a su vice, el liberal Federico Franco.
El gobierno de facto duró un año, hasta que en abril de 2013, fue electo el actual
presidente de la República, Horacio Cartes. En un país donde el 98 por ciento del espectro
radioeléctrico está en manos de diez personas, que también poseen cadenas de
supermercado, constructoras y explotaciones sojeras, principales beneficiarios de las
políticas económicas de Franco, es necesario reflexionar sobre el rol que jugaron los
periodistas de los distintos medios en ese proceso de irrupción de la escena política.
Un ámbito, el de los trabajadores de prensa, donde se elaboraron pequeñas y grandes
formas de resistencia al golpe en un clima doblemente hostil. Según un estudio realizado
por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, antes del golpe el 65,5
por ciento de los trabajadores de prensa del Paraguay estaba en la informalidad. Ya en
2008, el 53,8 por ciento de los periodistas del país había sido censurado al menos una vez
en su producción periodística, y el 90 por ciento había practicado la autocensura, según el
Sindicato de Periodistas del Paraguay.
Estructura oligopólica dominada por el capital privado, precariedad laboral y
levantamiento del orden democrático fue el cóctel donde se gestó la resistencia desde el
periodismo al golpe contra Lugo. Su epicentro, la Televisión Pública Paraguay, donde sus
trabajadores se atrincheraron por varios días junto con centenares de ciudadanos de
Asunción para evitar el cierre y cambio de programación de la emisora. Marcelo
Martinessi, su director en ese momento, aseguró que la TV Pública “movió un montón de
instancias de participación que estaban dormidas”. Se puede decir que se da “una
apropiación del Estado por parte de la ciudadanía”.
Basada en un proyecto que sus creadores definen como enfoque de derechos, la TV
Pública fue denostada desde su aparición en el mapa mediático paraguayo por la mayoría
de los medios privados del país. “Tenían miedo de que hubiese un Aló Presidente con
Lugo”, explicó Martinessi, a la vez que subrayó la importancia de ese proyecto de
constitución de la emisora, que se convirtió en el símbolo de la resistencia contra el
gobierno de Franco.
Pero, la primera reacción de la mayoría de los periodistas del país fue el silencio. “Los
que de alguna manera tomamos la postura de no prestarnos a lo que estaba sucediendo
debimos replegar”, explicó Paulo López, ex periodista del diario ABC Color, el de mayor
circulación del país. “En lugar de trabajar en esa campaña de legitimación del golpe en un
momento nos llamamos al silencio.” Los medios hegemónicos intentaron desde un primer
momento presentar al golpe como una normal transición en el marco de la democracia.
Pero algunos de sus trabajadores lograron “colar” sus notas, reportajes o simples frases para
intentar quebrar el discurso oficial: una actitud que tuvo fuertes consecuencias. El SPP
registró –solamente en los primeros meses del golpe– 45 despidos de comunicadores. La
TV Pública fue totalmente vaciada y sus trabajadores aún están peleando en la corte el
reconocimiento de los motivos ideológicos detrás del despido.
“Aquellos que no encontraban espacio para manifestarse en sus medios, adonde estaba
ganando una voz distinta o un discurso distinto, lo hacían a través de otro medio, por las
redes sociales o aportando datos y compartiendo noticias con los medios alternativos”,
explicó Santiago Ortiz, secretario general del SPP.
Existieron varios factores que le dieron fortaleza al proceso: los comunicadores no
pudieron prescindir del apoyo de medios comunitarios, alternativos y populares, desligados
de la lógica empresarial o estatal, ni tampoco de la resistencia que los movimientos sociales
llevaron adelante en las calles, de la que también ellos fueron parte. Pero, principalmente,
debieron fortalecer la organización, no de manera aislada, sino con toda la ciudadanía: una
enseñanza que todos los periodistas latinoamericanos deberíamos mantener en nuestras
prácticas cotidianas.
Lo público y lo privado
“No fue el sector público sino el sector privado el que saqueó a la República", lo dijo el
presidente del Paraguay, Horario Cartes quién insistió además en “…que es el sector
privado el que corrompe y el sector público el que acepta".
Si bien no se refería a los medios de comunicación de carácter privado, el presidente
paraguayo hizo referencia al sector en general privado, que, como en el resto de América
Latina, en Paraguay siempre se creyó que el sector público siempre fue en detrimento del
privado. Esta teoría no es nueva ni originaria de Paraguay sino que recorrió toda América
Latina.
La Cámara de Diputados de Paraguay aprobó el 28 de octubre del 2013 la Ley de
Alianza público-privada de promoción de las inversiones en infraestructura, bienes y
servicios a cargo del Estado, que otorga poderes al presidente Horacio Cartes para celebrar
los contratos. A partir de ahora, el Ejecutivo podrá establecer alianzas con el sector privado
para el dragado de hidrovías, construcción de aeropuertos internacionales, construcción y
mantenimiento de rutas y ferrovías, entre otros.
Esta última referencia indica la noción del vínculo que debe crearse entre lo público y lo
privado para el actual presidente del Paraguay. A diferencia de los presientes que apuestan
por un sector más que por el otro. Específicamente los medios de comunicación
pertenecientes a los empresarios no han sido en ningún momento de la historia perjudicados
por ninguna ley.
En cambio, el presidente enjuiciado y destituido, Fernando Lugo afirmó acerca de la
comunicación de carácter público que “…es el diálogo entre todos los ciudadanos, entre
todos los sectores de la sociedad, que busca criterios de convivencia respetando los
disensos” “La comunicación pública es la manifestación más rotunda del pluralismo en
democracia”. El Estado paraguayo en ese entonces había puesto en marcha un plan por el
que se espera poner en funcionamiento un canal público de televisión en un plazo de un
año, siete emisoras públicas de radio en todo el país en alianza con universidades
nacionales y mejorar los servicios de Radio Nacional del Paraguay.
Un síntoma de nuestros miedos
Para concluir
Sin dudas el principal problema que se nos presenta en el escenario de los medios de
comunicación es su estructura mercantilista, una mirada totalmente repetida
constantemente, aunque no por eso menos válida. Ahora, ¿hasta cuándo vamos a estar
dispuestos a culpar al sistema económico y a seguir actuando como sí…? A eso, muy
pertinentemente Slavoj lo denominó la ideología cínica de la Modernidad.
“El sujeto cínico está al tanto de la distancia entre la máscara ideológica y la
realidad social, pero pese a ello insiste en la máscara” “La razón cínica ya no es
ingenua, sino que es una paradoja de una falsa conciencia ilustrada: uno sabe
de sobra la falsedad, está muy al tanto de que hay un interés particular oculto
tras una universalidad ideológica, pero aun así, no renuncia a ella” (Žižek, El
sublime objeto de la ideología, pp. 56-57).
Sin duda radica exactamente ahí, nuestro conflicto por querer cambiar casi sin ninguna
voluntad “real”. Pero, por otro lado y completamente distinto, se nos presenta otro
problema, ¿cuál es la lectura implícita del funcionamiento de la sociedad para afirmar esta
situación marxista de nuestra situación?
Hasta aquí con algunas definiciones ya podemos sostener que entonces estamos de
acuerdo con que las estructuras del mercado y sus funcionamientos definen nuestras
conciencias y nuestra cultura. No podemos dejar de creer en dicha afirmación fundacional
de Karl Marx. Pero, deberíamos, en el mismo sentido, poder observar que es una posición
criticable. Esta postura podemos redefinirla, junto con la posición de uno de los mejores
lectores del marxismo, Raymond Williams.
“La idea más simple de superestructura, que no ha sido de ningún modo
completamente abandonada, es la que supone el reflejo, la imitación o la
reproducción de la realidad de la base en la superestructura de manera más o
menos directa” “‘La base es el conjunto de relaciones reales de producción que
corresponde a una instancia del desarrollo de las fuerzas productivas
materiales’” “La superestructura (…) adquirió principalmente el significado de
una ‘zona’ unitaria dentro de la cual todas las actividades culturales e
ideológicas podían ser ubicadas” (Williams. Cultura y Materialismo, pp. 52-
53)
Hasta aquí sostenemos ampliamente la idea más dogmática del marxismo, pero también
adherimos a la posición del esloveno. Pero sumado a la crítica de Williams emerge un
cuestionamiento:
¿Hay algo más detrás de la gran concentración económica que insista con la
concentración en los medios de comunicación? ¿Podemos explicar la imposibilidad de ser
parte de la tan discutida libertad de expresión de los sectores eufemísticamente
denominados populares? Digo eufemismo porque según la Real Academia Española, el
adjetivo popular, del latín “Populāris”, es estimado o, al menos, conocido por el público en
general. Es contradictorio que sean populares y no estén en ningún diario, ninguna radio, ni
en la pantalla de la televisión, una popularidad paradójica. Al menos hasta la aparición de la
segunda definición: propio de las clases sociales menos favorecidas. Ahora ya no es
extraño.
Retomando, las respuestas pueden ser evadidas y fundamentadas en la clara división de
las disciplinas. Claro que no podríamos hablar del miedo, el desprecio y la desigualdad
como factores que incidan en la concentración porque de eso se encargarían la psicología o
la antropología. Pero esquivemos nosotros también esa separación simplista y agotada.
¿A quién le tenemos miedo? ¿Por qué insistimos en callar ciertas voces y posibilitar
nada más que ellas nos escuchen? ¿Quiénes somos nosotros para hablar a los otros sin
ellos? ¿Es nuestro yo, el Yo (ideal)?
La respuesta debería negativa, al menos para quienes creen en una democracia real y no
en una monarquía presidencialista valga la “contradicción”. No se trata solamente de la
forma de hacer política se trata del funcionamiento cultural, del síntoma de nuestros
miedos.
Las formas arquitectónicas de las ciudades, los espacios públicos, los no-lugares,
aquellos en los que estamos nada más que de paso, y por supuesto, la forma de
comunicarnos. Todos estos mecanismos sociales materializan en resultados; la manera en
que preferimos convivir. Ahora ¿por qué?
Una vez que se configuraba la comunicación posible a largas distancias era necesario
que se seleccione (se restringa) quienes serían las (únicas) voces. No la comunicación de un
punto a otro, sino la comunicación mediática, es decir, de un punto a miles. Es
precisamente aquí donde radica el máximo síntoma que nos permite conocer nuestras
debilidades y nuestros miedos.
Sin duda, el único momento, singular e irrepetible, en que podríamos calificar a nuestra
especie humana de homogénea, fue el primero, ese momento inicial de la emergencia, en el
planeta, del homo sapiens. Recordemos: en ese entonces éramos pocos, probablemente
apenas unos cuantos miles de individuos. Paradojas de la historia, teníamos la misma
identidad y habíamos nacido en el mismo territorio que la mayoría de los que hoy, como
nosotros en aquel primer momento, intentan migrar hacia Europa: éramos todos africanos.
Fuentes bibliográficas
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Paraguay

  • 1. Universidad Nacional de Entre Ríos Facultad de Ciencias de la Educación Licenciatura en Comunicación Social Políticas de Comunicación Profesor titular: Licenciado Alejandro Ramírez Auxiliar docente: Licenciada Camila Fernández Trabajo Práctico Final Integrantes: Ricardo Bohl Melisa Godoy Keili Gonzalez Lucila Manzo Lucila Tosolino Fecha de entrega: 23 de junio de 2014
  • 2. Derecho a la información, libertad de expresión y derecho a comunicar Herencias constitucionales Las constituciones nacionales junto a los tratados internacionales son las primeras instancias de regulación de los derechos, garantías y los deberes. La procedencia a estas normativas fue posible a través de un proceso de debates dentro y fuera de las naciones. La problemática más discutida en todo el mundo y conflictivamente en América Latina fue la libertad de expresión. Veamos el pasado de una de las libertades más complejas en América Latina y el mundo entero. Cómo no podía ser de otra manera, la herencia originaria de nuestras primeras concepciones de libertad de expresión fueron señaladas en el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos el 10 de diciembre en París un 1948 en la Asamblea General de las Naciones Unidas, a partir de la carta de San Francisco de 1945, en las declaraciones universales. En América, tiempo después, emergían similares inquietudes, un 22 de noviembre de 1969 en San José en Costa Rica se firmó la Convención Americana sobre Derechos Humanos o también llamado Pacto de San José de Costa Rica, el cual entró en vigencia el 18 de julio de 1978. En dicho texto se puede leer que los Estados partes de esta Convención se "…comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda las personas que estén sujetas a su jurisdicción, sin discriminación alguna". Algunas consideraciones acerca de la mencionada conferencia americana en lo que respecta a la libertad de pensamiento y de expresión se encuentran específicamente en el artículo 13. Ahí se afirma que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, los cuales no pueden estar sujetos a previa censura, directa o indirecta, sino a responsabilidades ulteriores. Esta última objeción al principio puede parecer lógica, lo es definitivamente, pero ocurren casos donde se atenta con determinados enunciados posteriormente, lo que no
  • 3. podemos dejar de mencionar como intento de censura también. Se genera así una cadena de castigos que conforman luego lo que conocemos como autocensura. La autocensura es adicta al silencio, del susurro, del acomodo, de la resignación. Se puede generar por miedo, o por deferencia o temor a herir susceptibilidades de otras personas, a veces sin la presión abierta o expresa de cualquier parte específica o institución de autoridad. Aunque la conozcamos mayoritariamente como una característica de los totalitarismos no descontemos que pueda ocurrir en plena democracia. Además recordemos que el poder más coercitivo no es sólo, por lo menos en el caso correspondiente, el sistema de gobierno sino el mercado. Como la mayoría de las constituciones americanas, la del Paraguay es resultado, en gran parte, de la tradicional discusión acerca de la libertad de expresión. En su artículo 26 se menciona la libertad de prensa, la difusión del pensamiento y de opiniones. También se hace referencia a la censura previa y la prohibición a realizar proyectos de ley que restringa restrinja la mencionada liberación de ideas. En el primer artículo se refiere a “prensa” y “libertad de expresión”. La terminología utilizada no excluye ninguna forma de llevar adelante la profesión de la prensa, es decir, incluyendo a la televisión, la radio, la imprenta e internet. Y se especifica la libertad de expresión ya que puede ser gozada por cualquier persona que no lo haga en función de la prensa. Importante distinción. La Convención Americana sobre Derechos Humanos reitera la relevancia del interés general o público, en algunos casos, por sobre el interés individual. El artículo 27 de la Constitución del Paraguay adjudica el interés público de los medios de comunicación. Motivo por el cual se prohíbe la discriminación en la provisión de insumos para la prensa, interferir en las frecuencias radioeléctricas o en la circulación de los periódicos, garantizando así el pluralismo informativo. El artículo 28 de la Constitución resulta análogo al artículo 3 de la Convención entendiendo que se encuentra reconocido el derecho a la utilización de la información por parte de todas las personas. El Estado debe garantizar y garantizarse que este supuesto se materialice en todas las instancias. Por último, en el siguiente artículo se hace referencia
  • 4. más específicamente al periodismo, a la práctica del periodista y la posibilidad de proteger anónimamente sus fuentes. Democratización y propiedad de los medios Situación paraguaya de los medios de comunicación En Paraguay existe una concentración de los medios de comunicación que se encuentra repartida entre los siguientes grupos: Zuccolillo, el grupo Vierci, el grupo Domínguez Dibb, el grupo Wasmosy, el grupo Chena, el grupo Ángel González, y el grupo Rubín. El espectro de los medios de comunicación de Paraguay más completo fue realizado por el último informe, en el año 2009, del Directorio de Medios de Comunicación del Centro de Información y Recursos para el Desarrollo. En lo que respecta a las agencias y portales de noticias nacionales existe actualmente la agencia Global de Noticias coordinada por María Silvia Calvo, Asunción Digital, Democráticamente dirigido por Roberto Simbron, E’A Periódico de Análisis, IpParaguay, Itapúa Hoy, Jaku’Eke dirigida por Mirian Candia, Neike administrada por Rodrigo Duré, Paraguay al Día, Portal de Noticias, Somos Paraguay, Portal Paraguayo de Noticias dirigido por Tania Villagra, SC Noticias coordinado por Clara Mernes, Viva Paraguay dirigido por Benjamín Fernandez, Portales Temáticos, DFP – Deutsche Fachpresse Paraguay, Diario TnPress, El Yacaré, Geno Tv, Tv Paraguaya, Caaguazu, Capitán Bado, Hernandarias, Pedro Juan Caballero, Villarrica. En lo que refiere a los canales de televisión se encuentra el Canal 2 dirigido por Arnoldo Wiens, Canal 5 Paravisión, Canal 9 Cerro Corá administrado por Ismael Hadid, Canal 11 La Tele dirigido por Leonardo Salomón, Canal 13 presidido por Alfredo Checo, Ecocultura Tv; Televisión Comunitaria del Paraguay, Teledifusora Itapúa Canal 7 dirigida por Carlos Sánchez, Teledifusora del Este Canal 8, Tv Aire Canal 19 Coronel Oviedo, Tv Chaqueño S.A, Unicanal de Germán González, Canal 4 Telefuturo administrado por Marcos Galanti.
  • 5. La prensa escrita paraguaya está comprendida por el Diario ABC Color dirigido por Aldo Zucolillo, Diario Correo Comercial dirigido por Silvio Gabaglio Verón, Diario Crónica dirigido por Néstor Insaurralde, Diario La Nación dirigido por Alejandro Domínguez, Diario Popular dirigid por Edgardo Wasmasy, Diario Ultima Hora dirigido por Alejandra Peralta, Diario Vanguardia dirigido por Héctor Guerín Gómez. Las radios de amplitud modulada son: Radio Antena II 1160, Radio Cardinal 730, Radio Cáritas Universidad Católica 680, Radio Chaco Boreal 1330, Radio Libre 1200, Radio Mil 1000, Radio Nacional del Paraguay 920, Radio Nanawa 1080, Radio 970, Radio Nuevo Mundo 1120, Radio Ñandutí 1020, Radio 1 de Marzo 780, Radio Uno 650. Radio de frecuencia modulada. Radio Aranduka 87.9, Radio ASPEN Classic 102.7, Radio Azul y Oro 94.7, Radio Canal 100.1, Radio Cardinal, Radio Central, 93.3, Radio Circo 104.5, Radio City 99.1, Radio Concert 107.7, Radio Conquistador 89.1, Radio Disney 96.5, Radio Emisoras del Paraguay 106.1, Radio Farra 101.3, Radio Fernando de la Mora 92.7, Radio Hit 91.9, Radio La Estación 91.1, Radio Lambare 2000 103.7, Radio Latina 97.1, Radio Montecario 100.9, Radio Nacional del Paraguay 95.1, Radio Ñemby 88.3, Radio Obedira 102.1, Radio Planeta 104.1, Radio Popular 103.1, Radio RGS 94.3, Radio Rock & Pop 95.5, Radio Urbana 106.9, Radio Viva (ex Radio Trinidad) 90.1, Radio Top Milenium91.5, Radio Venus 105.1, Radio Yasyretá 98.5, Radio Ybytú 97.5, Radio Ysapy 90.7. Existen radios a través de internet accediento a rol.paraguay.com, radioinn.net o desdeparaguay.com. En Paraguay se puede escuchar diversas radios, tanto AM como FM, de carácter comunitarias, las cuales poseen un apartado en el texto de la Ley 642. Las radios son: Radio Arami 89.9, Radio Bahía, Radio Chacarita 87.7, Radio Fe y Alegría 1300, Radio Integración 101.7, Radio Marangatu 87.9, Radio María 107.3, Radio Rebelde 90.3, Radio Solidaridad 107.5, Radio SPP 103.5, Radio Tape Pyahu 105.5, Radio Vianney 87.9, Radio Viva 90.1, Radio Unión 87.5. La lista de radios AM y FM, con o sin fin de lucro es mucho más extensa pero las dejaremos anexadas a lo último del trabajo.
  • 6. El rol del Estado, sociedad civil y actores políticos La Constitución del Paraguay La Constitución de Paraguay, sancionada en el año 1992 y teniendo su última modificación en el año 2011, en su artículo 107 garantiza la competencia en el mercado y prohíbe la creación de monopolios y el alza o baja de precios que traben la libre concurrencia. Pero brilla por su ausencia un control real a la competencia y sobre las actividades económicas. No debemos olvidar que las leyes están inscriptas en preceptos ideales y que poco tienen de importantes si no se las aplica, si no se las materializa en situaciones concretas. El texto constitucional paraguayo considera a la libertad de expresión. Pero como libertades inscriptas legalmente no completamente garantizadas. Esta dificultad incluye la inacción del Congreso y los partidos políticos. También es trabajo pendiente de los ciudadanos junto a la clase política, la deuda está en ciudadanizar esas políticas. “Se trata de libertades amparadas constitucionalmente y que incluso parecen ampliarse y potenciarse al ser resguardadas por tratados internacionales. Pero fueron y son acaparadas de diverso modo. Acaparadas hegemónicamente por un mercado que tiene a su servicio marcos legales altamente beneficiosos. Pero también acaparadas por gobiernos que, empleando diversas estrategias, utilizan el poder que la ciudadanía les concede con su voto, usufructuando a favor de su propio sostenimiento y del sostenimiento de los sectores con mayor capacidad de presión económica y política, los bienes que deberían favorecer la expresión igualitaria y plural de la sociedad” (Mata M. C. en Ciudadanizar las políticas de Comunicación, p. 2). En la mencionada Constitución no se exhiben limitaciones a la hora de generar, difundir o procesar información. Se afirma, en cambio, que no se podrá clausurar ni suspender ningún medio de comunicación según el artículo 27 y se los declara de interés público. Asimismo en el primer artículo de la ley de Telecomunicaciones sancionada unos tres años después renueva esa misma consideración aseverando el dominio del Estado de las señales electromagnéticas.
  • 7. Detengámonos en la aserción al interés público. Se supone a la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes una actividad social de interés público y no de otra forma. Se concibe a los servicios de la comunicación social de carácter esencial para el desarrollo sociocultural de la población, por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones sin ningún tipo de censura. Podría sonar extraño detenernos en la gran diferencia de calificar a los servicios de comunicación audiovisual de “interés público” de la consideración: “servicio público”. La noción de interés público está relacionada con los conceptos de “bien común” o “interés general”, dejando al Estado en un rol de interviniente para garantizar que el desarrollo de actividades radiofónicas persiga el bien común de la población. Diferente es la idea de servicio público ya que se considera tal a aquél que debe ofrecerse a todos los habitantes, con regularidad y permanencia. En ese caso el Estado se obliga a sí mismo a garantizar que dicho servicio se cumpla adecuadamente, pudiendo asumirlo él o delegarlo a la iniciativa privada. Retomemos la diferencia. Interés y público son dos nociones que juntas exigen a los entes competentes del Estado, regular el acceso a los medios de comunicación y realizar un seguimiento para garantizar que la comunicación, como un derecho fundamental del Hombre, se materialice en todas sus instancias. No sucede lo mismo si concebimos a los servicios de la comunicación audiovisual, en nuestro caso, o telecomunicaciones, en el caso paraguayo, como “servicio público”, ya que limita las posibilidades de regulación y esclarecimiento del escenario del acceso a los medios de comunicación. Es decir, pongamos el ejemplo del agua que es un servicio público. El Estado garantiza que todos accedamos a ese servicio nada más y en muchos casos cede la responsabilidad a privados. No es un ideal para los medios de comunicación. En Argentina, en el año 1986, el Ejecutivo Nacional argumenta acerca de los servicios de radiodifusión que, “…es un servicio público en todos los casos y sin excepción, aun cuando se conceda parcialmente al sector privado. Por ello, el servicio público de radiodifusión debe ser controlado por el sector público que atiende con carácter exclusivo los intereses colectivos”.
  • 8. Retomando la Constitución del Paraguay, la cual, es importante destacar, regula la forma y no el contenido. En su artículo 31 del mencionado texto constitucional se refiere a los medios de comunicación que estén bajo la órbita regulativa del Estado. Se deberá garantizar el acceso democrático y plural a los sectores sociales y políticos en igualdad de oportunidad. No manifestamos demasiada curiosidad por lo que entendemos por democrático, pero, ¿qué entendemos por plural? Según la Real Academia Española, de la cual no debemos confiar demasiado, el término plural refiere a lo múltiple y a lo que se presenta en más de un aspecto. No parecía estar asegurada la diversidad con tanto énfasis, pero no podemos dejar de lado la importancia de esta concepción ya que aseguraría la posibilidad de distintas intervenciones, opuestas, contradictorias, más o menos relevantes, etc. No es menor la distinción entre las regulaciones que afectan las formas, el acceso a la información y el control ejercido sobre el contenido. Éste último no es más que un resultado de un poder autoritario y excesivamente despótico que puede fácilmente operar en una democracia. Aun así debemos poner atención a la regulación y supuesta garantía al acceso a la información que sin dificultades puede ser utilizada para intervenir directamente en los discursos. El horizonte posible es aquél al que hacía referencia Armand Mattelart en Historia de la Sociedad de la Información, a través de la siguiente cita: «La complejidad de la tercera ola es demasiado grande para ser gestionada por una burocracia centralmente planificada. Desmasificación, personalización del consumidor, individualidad, libertad, tales son las claves del éxito para la civilización de la tercera ola [...] Si hay una "política industrial para la era del saber", debería centrarse en la supresión de las barreras a la competencia y en la desregulación masiva de las telecomunicaciones y del procesamiento de datos» (Dyson, Gilder, Keyworth, Toffler, 1994).
  • 9. Acerca de la Ley de Telecomunicaciones Paraguay dispone de una ley de Telecomunicaciones sancionada en el año 1995. La ley n° 642 crea la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, una entidad autártica con personería jurídica de derecho público encargada de regular las telecomunicaciones. Dicha entidad estará autorizada para prevenir conductas anticompetitivas y/o discriminatorias en el mercado y el espacio público de la comunicación. Comprende en su texto a las prácticas concentradas que produzcan restricciones a la competencia. En su primer artículo y título preliminar el texto comienza desarrollando que es responsabilidad exclusiva del Estado, el dominio y control del espectro radioeléctrico. Cabe destacar que la ley de Telecomunicaciones percibe al servicio de telefonía, no sucede lo mismo en nuestro país. No vamos a destacar entonces las normativas en este sentido sino solamente en relación a la radiodifusión y de los servicios audiovisuales. Órgano de aplicación La ley crea en su artículo tercero la Comisión Nacional de Telecomunicaciones que será la autoridad autártica competente de aplicación de la ley. El presidente y los miembros de dicha entidad serán designados por el Poder Ejecutivo. Este procedimiento no parece ser demasiado democrático ya que las autoridades de la comisión tienen la posibilidad de incidir en las políticas de comunicación del país detalladas en el artículo 16 el texto de la ley. Sucede la misma situación en el caso de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de Argentina y mucho más drásticamente en la anterior ley de Radiodifusión. No es menor la responsabilidad de la entidad del Estado Nacional paraguayo sobre las señales de comunicación electromagnéticas ya que habilita a la comisión autoridad a cancelar emisiones que interfieran a otras. El mayor y grave problema de la regulación en Paraguay es la inoperancia del mencionado ente. En Argentina la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522 en su artículo 15 crea el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. En el mismo sentido que la 642
  • 10. en Paraguay, en Argentina, el AFSCA colabora y asesora en el diseño de las políticas públicas de la radiodifusión, confecciona condiciones y pautas en la adjudicación de las licencias, se hace responsable de la admisión de las licencias a través de concursos a todos los medios con la excepción de frecuencias de corto alcance donde se entregarán automáticamente. En nuestro país la Corte Suprema de Justicia ha expresado una serie de recomendaciones ante las peligrosas subjetivas interpretaciones, tanto de los grupos económicos como el gobierno de turno. En relación al órgano colegiado autorizado para efectivizar la regulación correspondiendo, el AFSCA, debe ser “…un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del Gobierno como de otros grupos de presión". En Paraguay, el presidente actual del CONATEL es Eduardo González, designado por Horacio Cartes a través del Decreto Nº 55, graduado en Economía en la Universidad Católica, quien al asumir afirmó que “…en primer lugar actuaremos con total transparencia, cumpliendo estrictamente las leyes y reglamentos vigentes, de modo a garantizar las inversiones en el sector, asimismo, priorizar el control del espectro radioeléctrico”. El directorio del Consejo Nacional de Telecomunicaciones está integrado por un representante del Presidente de la República, quien lo presidirá, un representante de la Oficina de Planificación de la Presidencia de la República, un Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (similar a nuestra anterior ley de Radiodifusión hasta 1983), un representante designado conjuntamente por las Cámaras de Producción, un representante del Comité Central Único Nacional de los Trabajadores de Emete, un Secretario Nacional de Telecomunicaciones y un Superintendente de Telecomunicaciones. Actualmente los cargos del mencionado directorio lo componen, el ingeniero Jaime Guerrero Ruiz quien ocupa el cargo de presidente del CONATE y secretario nacional de Telecomunicaciones de la Sociedad de la Información. La licenciada Pabel Muñoz quien es secretaria nacional de planificación y desarrollo del SENATEL. El doctor Augusto Espinosa como Ministro de Educación, el ingeniero Roberto Aspiazu como representante de las cámaras de la producción, el ingeniero Fabián Jaramillo como superintendente de Telecomunicaciones.
  • 11. Y, por último el cuerpo de asesores compuesta solamente por el licenciado Vicente Freire como secretario del CONATEL. En nuestro caso, el titular del AFSCA es Martín Sabatella. El resto del directorio está compuesto por: Ignacio Saavedra, Néstor Avalle, Eduardo Rinesi, Claudio Alberto Schifer, Marcelo Stubrin y Gerardo Milman. Varias polémicas vinculan a Sabatella en medio de fuerte críticas que parecen ser, a nuestro parecer, razonables. En primer lugar una afirmación acerca de la regulación de internet. Para un medio digital, el titular del AFSCA afirmó que "…la velocidad de la transformación en el mundo de la comunicación es tremenda", "tendría que ir actualizándose", "no está regulada internet, es un dato de la realidad, y tendría que hacerse. Yo estoy de acuerdo con eso". Tras duras y masivas críticas decidió disolver su propuesta. Por otro lado, se atacó a Sabatella por una de las decisiones de la Corte Suprema de Justicia en coincidencia con el mismo texto de la ley en relación a los conocimientos en materia de comunicaciones que debe poseer el titular. Indagando acerca de los desempeños de Martín Sabatella ninguno parece ayudar a conciliar el pedido de la Corte y la misma ley que le concede el respectivo cargo. En un primer momento, Sabatella se desempeñó como secretario del bloque parlamentario local del Frente País Solidario (FREPASO) y como Secretario General de ese partido, luego se postuló como candidato a intendente de Morón el cual ganó y asumió en diciembre del 1999. En el año 2002 fundó Nuevo Morón, luego el partido que actualmente preside, Encuentro por la Democracia y la Equidad. Creó la Casa de la Memoria y la Vida. Sólo se menciona en su currículo que fue seleccionado debido a logros como, la creación de la oficina anticorrupción, el libre acceso a la información pública y la obligación a los funcionarios de hacer públicas sus declaraciones juradas de bienes. Podríamos entonces aceptar la decisión de la presidenta Cristina E. Fernández en la titularización del AFSCA si no fuera por la recomendación de la Corte Suprema que sostiene que el titular debe presentar una clara imparcialidad política y partidaria.
  • 12. El fallo de la Corte Suprema planteó que “…es de vital importancia recordar que tampoco se puede asegurar que se cumplan los fines de la ley si el encargado de aplicarla no es un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del Gobierno como de otros grupos de presión” “…la autoridad de aplicación debe respetar igualdad de trato, tanto en la adjudicación como en la revocación de licencias, no discriminar sobre la base de opiniones disidentes y garantizar el derecho de los ciudadanos al acceso de información plural”. Sectores percibidos En la ley paraguaya los sectores que comprendidos en la normativa son, los denominados servicios básicos, es decir aquellos conmutados de punto a punto mediante el uso del cable. Por otro lugar los servicios de difusión. Y por último aquellos servicios de valor agregado, los privados, los radioaficionados, las radios de pequeña y mediana cobertura o comunitarias y servicios reservados al Estado. “A lo largo de la historia de la radiodifusión en Argentina, y en general en América Latina, pudieron observarse la fuerte incidencia de grupos de poder que se apropiaban de licencias y de buena parte de la cadena de producción infocomunicacional para consolidar un enorme caudal de poder y, con ello, conservar un rol para-institucional de presión no sólo a gobiernos, sino también a otras empresas poderosas” (Ramírez, A., Sectores, Actores e intereses en torno a la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en la Argentina. p.1). a) Medios de carácter comunitario Sin precisar en cifras exactas, en Paraguay los medios de carácter comunitario, sobre todo radios FM, ocupan gran parte del espectro. Los medios comunitarios están reconocidos en la Ley de Telecomunicaciones y son definidos como servicios de radiodifusión de pequeña y mediana cobertura o radios comunitarias.
  • 13. El objetivo de estos servicios consiste en emitir programas de carácter cultural, educativo, artístico e informativo, sin fines de lucro ni comerciales. Estos programas no pueden ser objeto de arrendamientos por el prestador. No se pueden efectuar en ellos ni fuera de ellos, mención, publicidad o propaganda en ninguna de sus formas. Esta última objeción, se verá, que fue y es ampliamente discutida. Si bien la 642 garantiza la igualdad de condiciones para adquirir licencias, la organización sin fines de lucros, “Voces Paraguay”, una asociación de radios comunitarias y medios alternativos, ha denunciado constantemente la práctica antidemocrática en la adquisición de frecuencias, a favor de grupos familiares que poseen varios medios de comunicación, formando un oligopolio comunicacional. La Constitución del Paraguay, en su artículo 83, establece que los objetos, las publicaciones y las actividades que posean valor significativo para la difusión cultural y para la educación, no se gravarán con impuestos fiscales ni municipales. Las radios comunitarias deben pagar un derecho por la obtención de la autorización, y asimismo, un arancel por el uso del espectro radioeléctrico, quedando exentas del pago de tasas por explotación comercial. No parece verse reflejado en la realidad este mencionado artículo ya que las radios comunitarias deben pagar impuestos debido a la presión de grupos de poder en los sectores de los medios privados, quienes consideran que cualquier medio es competencia. Ahora la pregunta, ¿es justo que un medio con contenidos de carácter, tal vez más educativo y solidario que otros contenidos más favorables al entretenimiento, compitan en un mismo nivel? Quizás sí, quizás no. Otra dificultad que enfrentan los medios comunitarios específicamente en relación a los procedimientos para la obtención de autorizaciones y acceso a frecuencias, es una de las atribuciones del ente regulador para fijar las condiciones técnicas, jurídicas y económicas. Según el Decreto 14.135, la Comisión Nacional de Telecomunicación, no se debe otorgar concesión, licencia o autorización solicitada cuando el solicitante no tenga la suficiente capacidad técnica y económica para ejecutar el proyecto presentado y en especial el plan de expansión de los servicios que ha solicitado, tratándose de servicios públicos. En consecuencia, el requisito tecnológico podría actuar como una especie de traba a la hora de solicitar una autorización.
  • 14. Ramiro Beltrán en La comunicación para el desarrollo en Latinoamérica: un recuento de medio siglo (2005), añadirá después la siguiente conceptualización sobre la comunicación comunitaria: “La comunicación alternativa para el desarrollo democrático en la expansión y el equilibrio en el acceso de la gente al proceso de comunicación y en su participación en el mismo empleando los medios -masivos, interpersonales y mixtos- para asegurar, además del avance tecnológico y del bienestar material, la justicia social, la libertad para todos y el gobierno de la mayoría” (p.21). Añade además que “…es lógico que la comunicación protagonizada por el pueblo recurriera preferencialmente a la radio, por ser el menor costo de equipamiento y de mayor facilidad de operación” (op. cit., p.12). En Paraguay ha existido una disputa entre la SICOM y el sistema de medios privados por el otorgamiento y licencias de radios comunitarias. Recordemos que el criterio para el otorgamiento de las licencias es político. En el año 2009 CONATEL anunció la resolución por la cual se permite a las radios comunitarias obtener recursos provenientes de aportes solidarios, anuncios de entidades públicas o de otras fuentes que sean generadas dentro de su área de cobertura, en tanto que los medios comerciales pagan los cánones correspondientes por habilitación y mantenimiento en el aire. Los medios comerciales consideran a las radios comunitarias competencia desleal y se oponen a las medidas tomadas por el CONATEL. La Ley de Telecomunicaciones, de 29 diciembre de 1995, establece sólo principios generales sobre el tema, como por ejemplo el libre acceso al aprovechamiento del espectro radioeléctrico en el artículo 27, de libre competencia en el artículo 29, de explotación de los servicios de difusión mediante licencia en el 31, de libre recepción en el 33. No contiene norma alguna referida, específicamente, a la información a su contenido.
  • 15. La ley de radiodifusión dispone en su artículo 7 que, un mismo propietario no pueda tener empresas de un mismo servicio. Cada concesionario solo tendrá derecho a la licencia para explotar una estación de radiofonía y/o una de televisión. El artículo 27 de la Constitución Nacional del Paraguay considera a los medios masivos de comunicación como interés público; en consecuencia no se los podrá clausurar ni suspender su funcionamiento, y no se admite la prensa carente de dirección responsable. En el artículo 26 se garantizan la libre expresión y la libertad de prensa, así como la difusión del pensamiento y de la opinión, sin censura alguna. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines. El artículo 28 reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime. Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que este derecho sea efectivo. b) Medios de carácter privado Los grupos empresariales que poseen los medios de comunicación más importantes del país tienen un patrón común: todos tuvieron vínculos cercanos con la dictadura stronista que devastó económica y culturalmente al país durante 35 años, desde 1954 hasta 1989. La democracia tuvo al comienzo un carácter más ilusorio que concreto fehacientemente. Siguiendo a Diego Segovia en Los medios y el consenso reaccionario (2013) “…todos los medios tienen una postura ideológica .En democracia, ninguna debería ser censurada No obstante, cuando las condiciones económicas de una sociedad permiten que solamente un sector ideológico (o una clase social) acceda a los medios de producción y difusión de la información, no hay ciudadanía” (p.2, digital, fesmedia-latin-america.org).
  • 16. Los medios privados en Paraguay siguen siendo mayoría y sostienen un poder fundamental que debilita la posición de otros medios, como es el caso de los medios comunitarios. Es famosa la pelea entre estos distintos medios como es conocido el enfrentamiento entre el mercado y los grupos comunitarios o sin fines de lucro. Es decir, nada de esto debe sorprender teniendo en cuenta que vivimos en una sociedad donde indefectiblemente se nos dificulte diferencia a la palabra como un derecho y a la vez como una mercancía. La palabra cumple esos dos roles, primero porque vivimos en una mundo que funciona dentro del sistema capitalista pero que también, como lo dicen las declaraciones de los Derechos del Hombre, es necesario reconocerla como un derecho. Una contradicción que parece prevalecer hasta el momento. Lo que sí tenemos en claro es la incomodidad que esto nos produce. Entre las tantas democracias que faltan consolidar en este bendito vergel se halla la relación entre consumidores y empresas. Acá los clientes tienen la razón, cuando ella coincide con la de la prestadora del servicio. No hablamos de las entidades públicas, páramo de desquicios varios, en donde ni el EPP quiere esconderse. Hablamos de las empresas privadas, un continente a conocer, donde aún rige la ley del más fuerte; por supuesto, no en todos los casos. En los últimos 20 años florecieron servicios de distinta índole. Tarjetas de créditos, telefonía celular, internet, cooperativas y otros similares. Con aciertos y críticas, allí se puede vislumbrar aún algo de decencia gracias al imperio de la competencia. Un consumidor -después de sufrir las consecuencias de las letras chicas que no leyó en el contrato y alguno que otro interés ubicado peligrosamente cerca de la usura- al menos puede optar por cambiar de compañía. En otros casos ni siquiera se tiene ese consuelo. Un ejemplo emblemático de esta frustrante situación es el de la televisión por cable, que en Asunción tiene un solo nombre: Cablevisión. Monopolio que le dicen. Yo soy un cliente de esta empresa. Feliz cuando no me suben arbitrariamente el costo del servicio (por el débito automático me entero del encarecimiento una vez consumado), cuando recibo la revista a tiempo, cuando no debo soportar publicidad por una prestación paga y cuando no debo escuchar una voz cibernética que me dice, al cortarse la señal: "Ya sabemos que tiene problemas...", pero no me informa cuándo se solucionará. En el resto de los casos soy
  • 17. muy infeliz. Por cierto, últimamente este servicio ya me genera ansiedad existencial. Hace un par de días vi pasar uno de esos grupos de tercerizados que arreglan el cablerío de la empresa. Misteriosamente, minutos después la señal se tornó borrosa y estoy a punto de quedarme bizco por ver en pésimas condiciones las señales prémium. c) Medios de carácter estatal En setiembre del 2008 se inició el proceso de reestructuración y reorganización de la Radio Nacional del Paraguay de acuerdo a los objetivos de la Secretaría de Información y Comunicación para el Desarrollo (SICOM), con el fin de convertir las radios estatales en Radios de Servicio Público. El proceso de transformación se consolida con la firma del Decreto Nº 4.982, que crea la Radio y Televisión Nacional del Paraguay (RTN), y establece un consejo asesor de la SICOM que garantice el funcionamiento de la Radio y la Televisión Nacional del Paraguay como medios de comunicación pública no gubernamental, con dirección autónoma e independiente, que aseguren la objetividad, el pluralismo y la variedad de enfoques y contenidos acorde a las diversas expresiones culturales, sociales y políticas del país. Durante el gobierno del ex presidente Fernando Lugo, en el año 2011, en el marco de los festejos por el bicentenario de la República del Paraguay, se inauguró la Tv Pública Paraguay, siendo el primer canal digital del país y el primero del cual el Estado paraguayo es propietario. Augusto Dos Santos ministro de la Secretaría de Información y Comunicación Social para el Desarrollo de Paraguay, en una nota periodística realizada en el Foro Permanente Hacia una comunicación plural promovido por la facultad de Ciencias y Artes de la Comunicación, admitió que “…los medios privados son más independientes que los públicos, pero no siempre más plurales, ya por su vocación o porque responden a miradas opositoras del Gobierno siempre van a ser más independientes…”.
  • 18. Afirmó además que si un medio público es utilizado como medio de propaganda de un gobierno de turno no debería aterrarnos la misma utilización de dicha información en una dictadura militar. Modificaciones a la Ley 642 Tomaremos como punto de referencia las reformas a la Ley de Telecomunicaciones realizadas a partir del año 2009. La información obtenida en esta sección, como debe ser, pertenece a La Gaceta Oficial situada en el espacio digital de la Dirección de Publicaciones Oficiales del Gobierno Nacional del Paraguay. En 12 de noviembre del año 2010, el Poder Ejecutivo, a cargo de Fernando Lugo, vetó la normativa sancionada por el Congreso que modifica la Ley de Telecomunicaciones, y que regula principalmente a las radios comunitarias en su artículo 57 más específicamente mediante el decreto del Poder Ejecutivo Nº 5.403. El Artículo 57 de la Ley de Telecomunicaciones incluye a las radios comunitarias, educativas, asociativas y ciudadanas designadas por el límite de su potencia efectiva, radiada como de pequeña cobertura, hasta (50) watts, y de mediana hasta (300) watts. Estas normativas pones claros límites a las radios con sin fines de lucro y con responsabilidad cultural. En este sentido el actual presidente ha denegado esta modificación, sin embargo luego se verá, habrá cambiado de opinión. Gremios de Radios Comunitarias solicitaron al presidente el veto ya que a su criterio la Ley restringe a las radios comunitarias y por ende atenta contra la libertad de expresión. En cambio otros sectores, más allá de no manifestarse en contra de esta decisión, sostuvieron que las radios comunitarias podían trabajar de igual modo que cualquier radio, teniendo publicidad, por ejemplo, pero que no se las exima de impuestos ya que eso supone una desigualdad para sectores que quieren beneficios y se alejan de las obligaciones. Paralelamente el 30 de diciembre del 2009 se emitió el Decreto N° 171 que crea la Secretaría de Información y Comunicación para el Desarrollo. La SICOM es la instancia gubernamental rectora de la política de comunicación e información social del Gobierno
  • 19. Nacional en su conjunto que a través de instrumentos normativos eficientes y acciones estratégicas para divulgar y facilitar el acceso a la información. Sus fines son, democratizar la comunicación, fortalecer la cultura nacional y la identidad paraguaya y latinoamericana, ampliar el alcance y la calidad de la educación, fortalecer las organizaciones de base y la participación ciudadana; apoyar el desarrollo integral del país. En el 2011 el mismo Poder Ejecutivo realizó otras transformaciones al texto de ley en otro sentido completamente diferente, caracterizado por los sectores de radios comunitarias y alternativas como una asfixia a la libertad de expresión y donde claramente han triunfado los sectores de poder. En esta oportunidad se modifican los artículos 57, 58, 70, 73 y 100. Ya mencionamos la regulación del artículo 57, en este sentido, se fijan las limitaciones anteriormente mencionadas para las radios comunitarias. La alteración del artículo 58 es central, en ella se fija de modo tajante la imposibilidad de las radios de carácter comunitario de acceder a los beneficios de la publicidad ni de la propaganda, es decir, ya no podrán autogestionarse. Las restantes modificaciones no fueron demasiado agresivas en comparación de la anterior mencionada. Luego la resolución Nº 1.223/2011 realizada el 19 de Agosto del 2011 por la cual se aprueba la Norma Técnica del Servicio de Televisión que incluye la Tecnología Analógica y Digital. EL 28 de Octubre del 2011 el Poder Legislativo modificó el artículo 34 que adjudica en el inciso a) una frecuencia de televisión con sus respectivas repetidoras para el Estado. En la modificación se complementan dos frecuencias más para el Poder Legislativo, una para legisladores y otra para los diputados. En el inciso b) se otorgan frecuencias AM y FM para cada departamento, reservadas también al Estado. En la modificación se agregan dos frecuencias a los legisladores. El 9 de Agosto del año siguiente por medio de la ley Nº 4.989, se crea la Secretaria Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicación (SENATICs). En el marco de las tecnologías de la información y comunicación, el Estado deberá proteger los derechos de los usuarios velando por la adecuada prestación de los servicios, promover el acceso de
  • 20. la ciudadanía a la tecnología de la información, fomentar la utilización de las tecnologías para expandir las acciones del gobierno a través de la plataforma electrónica, prevenir los fraudes en la red, garantizar la igualdad de condiciones de acceso y la cobertura de zonas de difícil acceso, y por último, promover la seguridad informática en la plataforma de la red. Como sucede con las autoridades del CONATEL, los miembros de la Secretaría de Tecnologías de la información y comunicación serán designados directamente por el Poder Ejecutivo. El 12 de Agosto del 2013 se dicta el decreto Nº 11.624 por el cual se reglamenta la Ley Nº 4989 del 9 de agosto de 2013. La última modificación en relación a los medios de comunicación fue el 27 de Febrero del corriente año se emite el decreto N° 1.306 donde se modifican los artículos 6 y 7 del decreto Nº 11.624/2013 que reglamenta la Ley 4989/2013. Ley de Radiodifusión en Argentina La ley N° 22.285 fue sancionada en el año 1980 en el marco de una dictadura cívico- militar. En ella se definen a los servicios de radiodifusión como de “interés público”. Asimismo se reserva al Poder Ejecutivo competencia exclusiva de administrar, orientar, promover y controlar a dichos servicios. Los Estados provinciales podrán acceder a una AM y los municipios podrán tener una FM. En el texto de la ley se lee que las emisiones deberán contribuir al afianzamiento de la unidad nacional, y al fortalecimiento de la fe y la esperanza en los destinos de la Nación Argentina. En el inciso e del artículo 45 se la ley se sostiene que ningún propietario de cualquier empresa periodística nacional o extranjera puede integrar sociedades licenciatarias de radiodifusión. Es decir que la ley presenta elementos legales para combatir los monopolios y promover la pluralidad. Pero debemos recordar que la realidad demostró no sólo que eso no sucedió sino que fue un período de auge de la concentración de los medios de
  • 21. comunicación en manos de unos pocos ligados directamente al poder de turno. Quizás cabría pensar por qué las situaciones concretas contrarían tanto a las formulaciones legislativas. Recordemos además que hoy contamos con una ley que amplía las regulaciones para impedir la centralización y virtualización de la información, es decir, depende mucho también de la ejecución y seguimiento del cumplimiento o no de esas normativas, que de ninguna manera nos excluye a los ciudadanos. Dentro del Título III, del artículo 33 hasta el 38 se puede ver una serie de normativas en relación al Servicio Oficial de Radiodifusión. Específicamente en el artículo 106 se prevé que las estaciones en manos del estado en forma subsidiaria deberán ser privatizadas en el plazo de 36 meses desde la aprobación del PLANAR, el Plan Nacional de Radiodifusión. El COMFER, el órgano autorizado para controlar a los medios de comunicación recibiendo las decisiones unilaterales del Poder Ejecutivo. Se encontraba compuesto por los comandantes en Jefe del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada, la Secretaría de Información Pública, la Secretaría de Comunicaciones del Estado y dos representantes asociados de licenciatarias. Con el comienzo de la democracia presidida por el Dr. Alfonsín se dejó sin efecto una gran molestia de la ley, el PLENAR y además reorganizó el COMFER excluyendo a las Fuerzas Armadas. Se mandó a revisión las 41 licencias otorgadas durante el período dictatorial. Lo decepcionante fue que jamás se conocieron esas revisiones. Ciudadanía y participación ¿Ciudadanos o consumidores? “Siempre el ejercicio de la ciudadanía estuvo asociado a la capacidad de apropiarse de los bienes y a los modos de usarlos, pero se suponía que esas diferencias estaban niveladas por la igualdad en derechos abstractos que se concretaban al votar, al sentirse representado por un partido político o un sindicato” (Canclini N. García, Consumidores y ciudadanos, p.13)
  • 22. La ciudadanía no es solamente el ejercicio de las prácticas relacionadas al Estado, solamente como el cumplimiento de un posible derecho o una obligación. Nos resulta sumamente confuso definirlo para intentar disociarlo del consumismo. Pero, quizás estamos frente a dos nociones equivocadas. Ciertamente lo es, porque nos referimos a los consumidores como aquellos sujetos que son manipulados por el marketing. Ser ciudadanos es identificar las prácticas sociales y culturales que dan sentido de pertenencia y hacen sentir diferentes a quienes poseen una misma lengua, semejantes formas de organizarse y satisfacer sus necesidades. Es decir, esta noción trasciende la idea de ciudadano ligado los derechos que reconoce un estado en un determinado territorio. Si entendemos el ejercicio de ser ciudadanos en relación a interrogantes como, ¿a dónde pertenezco, qué derechos tengo, quién me los otorga, cómo hago para acceder a la información para reconocelos? Son innumerables los cuestionamiento que se generan a partir de querer comprender la ciudadanía. Ahora, ¿qué sucede cuando la forma de conciliar esos interrogantes y ejecutar la ciudadanía tiene una sólida relación con el consumo? Recordemos que vivimos en un período donde los fenómenos son además fenómenos mediáticos. Es decir, confluyen en y por los medios de comunicación. Entonces el ejercicio de la ciudadanía está estrechamente vinculado al consumo de los medios de comunicación. La ciudadanía es parte del consumo mediático. No es una descripción de un mal momento, de una época despolitizada, por supuesto que no es así. Nuestra forma de vivir la política, y no sólo la política, ha cambiado profundamente. No es una novedad. “Las luchas generacionales acerca de lo necesario y lo deseable muestran otro modo de establecer las identidades y construir lo que nos distingue. Nos vamos alejando de la época en que las identidades se definían por esencias ahistóricas: ahora se configuran más bien en el consumo, dependen de lo que uno posee o es capaz de llegar a apropiarse” (Canclini N. García, óp. cit., p.14). Para sintetizar debemos reiterar que ciudadanía no es simplemente una cuestión política, o los sujetos actuando en función únicamente en favor de principios específicamente ideológicos. Por otro lado, consumidores no son sólo aquellos irracionales, superfluos, sujetos dominados por pulsiones primarias y manipulados por el mercado.
  • 23. Es necesario entonces concebir a la ciudadanía para comprender la construcción de las subjetividades, papel que cumplen, en gran medida, los medios de comunicación. Por eso se debe insistir con el derecho al acceso a pertenecer al sistema sociopolítico. Es decir reelaborar la noción de los derechos de los ciudadanos para poder ser parte de transformar eso que queremos ser. Nada menos. Proyecto de Ley de Medios de Comunicación en Paraguay Cómo se puede leer en el subtítulo, Ley de Medios es un proyecto para una futura legislación en materia de comunicación presentada por el Frente Guasu, a quienes podríamos identificar como una concertación de partidos de “centro izquierda” del Paraguay. Frente que llevó a Fernando Lugo a la presidencia hasta el 22 de junio del 2012 cuando fue destituido a través de un juicio político. El proyecto de ley es producto de un proceso de intercambio de distintos sectores de la sociedad, periodistas, propietarios de empresas de medios, intelectuales y organizaciones sociales, con el fin de instalar el debate en la agenda pública. “Asumir la ciudadanía como la irrupción en la esfera pública de lo excluido, negado o reprimido que manifiesta el derecho a tener derechos por sobre el orden estatuido, implica asumir que aunque no es lo único que la hace posible, la comunicación es consustancial a su existencia en un doble sentido. Por un lado porque la comunicación resulta imprescindible para colectivizar las necesidades, las demandas y las propuestas; por otro, porque ella es necesaria para hacerlas presentes en el espacio público” (Mata M. C, óp. cit., p. 7). Uno de los propósitos más importantes de este proyecto de ley es regular y controlar, pero más específicamente terminar con los oligopolios y monopolios de los medios de comunicación. En el mismo sentido que la normativa vigente, el proyecto de Ley de Medios no tiene como objetivo controlar ni manipular el contenido, sino por el contrario, ofrecería una mejor circulación de la información impidiendo que siga la corriente liberal actual, posición que coincide con la hegemonía política del momento.
  • 24. Algunos planteamientos del Frente Guasu se vinculan con la repartición absolutamente Equitativa distribución del espectro radioeléctrico (Radio y Tv) entre los medios Públicos, Privados y Comunitarios, ofreciéndoles un 33,3% a cada uno de los sectores. Una diferencia sustancial con la distribución en nuestro país. Con respecto a la desarticulación de la corporación de medios concentrados ofrecen la posibilidad de imitar el mecanismo que utilizó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Argentina donde se limita la cantidad de medios en manos de una persona o empresa, se prohíbe la propiedad cruzada de televisión abierta y televisión por suscripción y se establece un porcentaje de producción nacional y extranjero. A gran diferencia de Argentina, el frente de “izquierda” ha decidido discutir también la pauta publicitaria del Estado. Una materia pendiente en nuestra legislación que por intereses se ha decidido dejar al libre albedrío político de turno el “control” de la pauta oficial. En el proyecto de ley que propone Guasu se propone que, del total gastado en concepto de publicidad (no propaganda) por el Estado, un 33% se distribuirá entre los medios independientes y/o pequeños. Otra gran iniciativa que ofrece el texto está vinculada a los incentivos por exenciones impositivas. Una de los ítems generales y quizás el más desconcertante donde se refiere a la propuesta de limitar el porcentaje de población alcanzable por los medios de una misma persona o empresa. Aquí la noción en torno a la información y a la comunicación puede asimilarse a los avances en materia control de los medios en el resto de América Latina. El proyecto de ley anteriormente descripto tiene análogas intenciones políticas que aquellas que produjeron la ley 26.522. La comunicación está más cerca del interés público que en la ley anterior, y mucho más que en el vacío legal donde rige pura y exclusivamente la ley del más fuerte; los intereses del gobierno de turno y los medios concentrados.
  • 25. Proyecto para modificar la Ley de Telecomunicaciones El diputado David Ocampos Negreiros del partido Unión Nacional de Ciudadanos Éticos y Fernando Oreggioni, perteneciente al Partido Liberal Radical Auténtico, han presentado el proyecto para modificar la actual ley vigente N° 642. Algunos objetivos que sostienen esta modificación son el fomento de la competencia realmente efectiva en el marco del mercado de la telecomunicación. Garantizar el acceso a las redes y servicios de telecomunicaciones al público por parte de los prestadores y usuarios de servicios de telecomunicaciones, los generadores y receptores de información, y los proveedores y usuarios de servicios de información. Ley de Acceso a la Información Pública en Argentina y Paraguay El proyecto de una Ley de Acceso a la Información Pública en nuestro país tuvo media sanción en Diputados en el 2003 y llegó a Senadores el 2 de diciembre del 2004 en donde se realizaron modificaciones que no han sido compartidas por los diputados. En el caso de Paraguay tardó más la sanción pero logró aprobarse, el 19 de diciembre del 2013, hasta ese año era uno de los pocos países de América Latina que no contaba con una reglamentación que contemplara el acceso a la información de carácter público para todos los ciudadanos que así lo requirieran. Meses antes de su aprobación en el Senado se amplió el debate sobre la necesidad de contar con una ley que garantice el derecho a acceder a la información en Paraguay, que en el ámbito judicial lleva implícito el derecho de acceso a la justicia. En el debate se sostuvo que garantizar el acceso a la información pública es imprescindible para lograr la calidad de las instituciones del Estado y es la gran deuda de la democracia paraguaya. Tanto Argentina como Paraguay han realizado una serie de modificaciones en esta ley. En nuestro país la Cámara de Senadores realizó modificaciones que han sido reenviadas a la cámara de origen para rediscutirlas.
  • 26. En Paraguay el proyecto de ley surgió tras los casos contra el favoritismo y la corrupción. El Senado paraguayo aprobó con modificaciones el proyecto de ley, la normativa establece que todas las instituciones públicas deberán ofrecer información que obre en su posesión, custodia o control en la forma más amplia posible excluyendo sólo la que se encuentre alcanzada por una causal de excepción que sea legítima y necesaria en una sociedad democrática. Enrique Bacchetta, senador del Partido Colorado y presidente de la Comisión de Legislación, estableció que se modificaron los primeros artículos para que no haya doctrina que es innecesaria para una ley y además se establecen definiciones, alcances y la gratuidad de la información pública. Asimismo, el senado paraguayo suprimió la parte donde se establece que las fuentes públicas deberán habilitar una oficina de acceso a la información pública, por motivo de que crearía más burocracia en el proceso de obtención de los datos públicos. En este caso cada institución podrá establecer su oficina. Por otro lado, la Cámara Alta de Paraguay también ha aprobado con modificaciones esta ley. El proyecto está enfocado en reglamentar el artículo 28 de la Constitución, estableciendo modalidades, plazos y sanciones a fin de garantizar el libre acceso a la información pública. Una de las modificaciones que estableció la Cámara Alta fue el artículo 22, de la información pública reservada. Estipuló que sea definida en forma expresa por la ley, con lo que restringe los casos en que las instituciones pueden negarse a divulgar datos. La versión aprobada originalmente por la Cámara Alta definía la información reservada como "…toda información cuya difusión puede comprometer la seguridad pública o la defensa nacional, menoscabar las relaciones internacionales (...) dañar la estabilidad financiera, económica o monetaria del Estado". También incluía la información que pueda "…poner en riesgo la vida, la dignidad humana, la seguridad o la salud de cualquier persona; implicar una pérdida de ventajas competitivas o que puedan dañar su proceso de producción; o desproteger descubrimientos científicos, tecnológicos o culturales desarrollados".
  • 27. Las comisiones de Legislación, Derechos Humanos y Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados recomendaron el cambio del artículo. Los diputados alcanzaron el consenso sobre el cambio de la cláusula y resaltaron, sin importar su adscripción partidaria, que la ley fomentará la transparencia del Estado y contribuirá a que la ciudadanía participe en los debates públicos. El proyecto de ley pretende hacer más transparentes las contrataciones de funcionarios, los sueldos de los cargos públicos y los gastos del Estado. Concentración, centralización y convergencia Los principales medios radiofónicos paraguayos son 970 AM, vinculada al grupo Domínguez Dibb, Radio Ñanduti del grupo Rubín, Radio 1° de Marzo del grupo Riveros y que conforma una mega cadena de comunicaciones integrada por Radio Canal 100 FM, Radio Latina FM, y otras emisoras en el interior. La Radio Cardinal del grupo Chena y la Radio Monumental del grupo Vierci. Los principales medios televisivos son “Canal 9 Cerro Corá” perteneciente a un empresario extranjero, “Teledifusora paraguaya S.A. Canal 13” perteneciente el grupo Chena, Canal 2 TEVEDOS SA., “Telefuturo”, Canal 4, del grupo Vierci; Canal 5 “Paravisión” perteneciente a un empresario extranjero, Canal 11, “La Tele” perteneciente al grupo Vierci. En la Constitución se prohíbe la creación de monopolios pero como podes observar en la realidad de los medios del Paraguay esto no sucede. Recordemos que en el año 2008 la CONATEL dictó una resolución por la cual aprueba el reglamento de defensa de la competencia, en el cual prohíbe “… el abuso de posición de dominio y conductas colusorias en general, que deriven en conductas tales como prácticas, acuerdos, convenios, contratos o decisiones conjuntas o unilaterales que falseen o limiten la competencia efectiva en el mercado de las telecomunicaciones”. Las concesiones, licencias y autorizaciones son estrictamente responsabilidad de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones. Más allá de la regulación existente, tanto en la Constitución como en la Ley 642, a los grandes empresarios paraguayos, como en el resto de América Latina, les resulta fácil evadir los controles previstos en la legislación. Un caso explícito en el que se prohíbe la
  • 28. asociación entre licenciatarios individuales pero que fácilmente pueden vincularse implícitamente y así mantener dicho monopolio. Los medios de comunicación históricamente, por lo menos a partir de la explosión del “capitalismo”, han operado según la lógica mercantilista. De esta forma el único fin detrás de cualquier información es obtener réditos por los productos ofrecidos. Esta negociación de la información ha hegemonizado la forma de trabajar de los medios de comunicación hasta el punto de no poder concebir otra estructura de trabajo, no idealmente sino literalmente, un medio no puede subsistir sino se embarga en la cadena de la venta progresiva. En cuanto a la regulación sobre propiedad, registro de publicaciones y propiedad extranjera en las empresas periodísticas, en Paraguay y en la mayoría de los países latinoamericanos, no existe para la prensa escrita ninguna limitación, objeción o permiso de carácter restrictivo legal. No existe ley sobre porcentajes de propiedad de acciones en periódicos o diarios por parte de extranjeros. Las empresas extranjeras pueden explotar el servicio de telecomunicaciones siempre que constituyan un domicilio en el país o nombren un representante legal domiciliado. Paralelamente al interés financiero existen otros. Los productos comunicacionales ofrecen a la sociedad herramientas y prácticas culturales de suma importancia para la construcción de las subjetividades. No menos importante es poder habilitar el paso a la mayor cantidad de voces para que no exista una centralización del espacio de expresión. Los medios de comunicación poseen una capacidad característica, la posibilidad de mediatizar realidades. Un producto que circula por el espectro radioeléctrico no es de ninguna manera un sentido privilegiado por el sólo hecho de poder discurrir desde un centro a una multiplicidad de audiencias. Esta concepción nos obliga a admitir que existen inmensos espacios de circulación de sentido. Pero en lo que refiere a los espacios ocupados por los periodistas, hoy denominados sin demasiada preocupación, comunicadores sociales, hay un llamado de atención acerca del “poder” que la sociedad le otorga a los medios de comunicación.
  • 29. Siguiendo la misma hipótesis podemos comprender, siguiendo a Segovia Alonso, por qué “…el imperialismo es ahora cultural: Se crea, mantiene y extiende el sistema de dominación y dependencia a escala mundial a través de los medios de comunicación de masas” (Revista de Economía Política de las Tecnologías de la Información y Comunicación, p.2, digital). También, lo que discuten Patricia Fasano, Juan M. Giménez, Aurora Ruiu y Alejandro Ramírez, en La realidad como pieza comunicacional, refiere a la capacidad de los sujetos comunicadores sociales, quienes posibilitados de mediatizar pensamientos e ideas, se encuentran habilitados y legitimados por una sociedad que “consume” prácticas culturales sin desconfiar de la veracidad o posición de esas “verdades”, la mirada comunico-lógica. «Palabra e imagen (no en el sentido ―visual‖, sino emparentado con el imaginario) trabajan en la construcción de una mirada para dar orientación y sentido al campo comunicacional en el ámbito de la producción de saber, esto decimos cuando decimos mirada comunico-lógica« (p.4) Esta operación que realiza la sociedad en relación a los medios de comunicación ubican a los periodistas en el famoso “cuarto poder”, una hipótesis totalmente agotada. Pero resulta que además los ponen en peligro. Veamos un ejemplo de esta última afirmación sobre el caso de Enrique Galeano. Caso de Kike Galeano Enrique Galeano, un periodista y ciudadano paraguayo vivía y trabajaba en el Departamento de Concepción, no había dado señales de vida desde el 4 de febrero de 2006. Después de 17 meses de haber sido secuestrado, torturado y llevado a Brasil, reaparece en Sao Paulo donde estaba escondido. Según la prensa paraguaya, actualmente se encuentra en Uruguay donde ha pedido asilo. El periodista, antes de desaparecer, estaba efectuando una investigación de alto riesgo sobre el narcotráfico en su región. En las primeras horas de la tarde del 4 de febrero de 2006 el periodista, que trabajaba en Azotey, llamó a su mujer al domicilio de Yby Yaú, a
  • 30. 35 kilómetros de allí, para decirle que regresaría antes de la caída de la noche. En la carretera, dos individuos que circulaban en un automóvil blanco le obligaron a pararse, y le secuestraron. Los agresores hablaban portugués, lo que llevó a Galeano a pensar que se trataba de dos secuaces de "Cabeza Branca" ("Cabeza Blanca"), una organización mafiosa brasileña que actúa en la frontera entre ambos países. "Me dijeron: Vas a cumplir todo lo que te ordenamos, o hacemos una llamada y tu hijo Pedro (el mayor de cuatro) es asesinado en el mismo instante", contó Galeano. Golpeado y quemado con cigarrillos, al periodista le llevaron a San Juan Caballero (Noreste). Los secuestradores le obligaron a mostrarse por las calles de la ciudad y posteriormente a instalarse en el hotel Dina Tony, con una prostituta. En la noche del 5 de febrero dejaron en libertad al periodista en Campo Grande (Brasil), con la siguiente advertencia: "¡Si volvés a Paraguay, estás muerto!" Poco antes de desaparecer Galeano había cubierto, para su emisora, el embargo de un cargamento de armas y cocaína en presencia del comisario de distrito Osvaldo Núñez, y del diputado del Partido Colorado (en el poder) Magdaleno Silva. Ambos son sospechosos de connivencia con el jefe de la "Cabeza Branca", Luiz Carlos da Rocha. A ninguno de los tres se les ha interrogado en el marco de la investigación. Ante el anuncio de la reaparición de Galeano, Magdaleno Silva ha prometido denunciar ante la justicia al Sindicato de Periodistas de Paraguay (SPP), por haberle implicado en la desaparición del periodista. En marzo del 2007 un ciudadano brasileño prófugo de la justicia de su país por un caso de asalto y homicidio fue capturado por la Policía en Pedro Juan Caballero. El extranjero era conserje del Hotel Dinatonic de la capital del Amambay cuando supuestamente se hospedó en el lugar el periodista Enrique “Kike” Galeano, antes de su desaparición en el 2006. El brasileño detenido fue identificado como Waldemar Pereira Rivas o Waldemar Rivas Díaz. Waldemar es cuñado del dueño del citado hotel, Dilson Asuncão Jara, también brasileño, un narcotraficante que murió hace poco por causas naturales, según revelaron los investigadores. El brasileño es uno de los testigos del caso Galeano.
  • 31. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA ha pedido conocer el paradero del periodista desaparecido Enrique Galeano pero el gobierno y los organismos del Estado no dieron respuesta. El procurador general de la República en ese entonces, Nelson Mora, sostuvo que se ha descartado que el caso se trate de desaparición forzada, señalando que la principal pista ahora es un correo electrónico (presuntamente) firmado por Galeano, que indicaría que el mismo se encuentra en Argentina. El principal argumento esgrimido por aquel gobierno se basó en un "perfil psicológico" de Galeano fabricado a partir de una única entrevista realizada hace años por una organización no gubernamental obtenida, sin autorización, por el Ministerio Público. El así llamado "perfil psicológico" concluye de manera tendenciosa que Galeano tendría un patrón comportamental sistemático y estable de conducta de fuga y desaparición, actividades al margen de la ley, sentimientos depresivos de rabia e indignación, marcada identificación con la vida y la cultura de la calle. Ante el gravísimo accionar del gobierno, el Sindicato de Periodistas del Paraguay han decidido hacer público el informe del procurador general de la República, Nelson Mora, remitir a las Comisiones de Derechos Humanos de las Cámaras de Senadores y Diputados la respuesta del gobierno a fin de solicitar la interpelación de los funcionarios involucrados en la confección del informe. Además se decidió rechazar el informe del gobierno, presentado por el procurador general Nelson Mora, por falaz, indignante y atentatorio a los derechos fundamentales de las personas como el derecho a la libertad, a la seguridad y el derecho a la vida. Se ratificó que el caso del compañero Enrique Galeano se trata de una desaparición forzada, por lo que el Estado está obligado a su búsqueda hasta encontrarlo. Se exigió seguir la investigación hasta lograr el esclarecimiento del caso y el juicio y castigo de los responsables de este crimen de lesa humanidad. Se repudió el intento de los organismos del Estado y del gobierno de encubrir a los culpables y cubrir con el manto de la impunidad este hecho. Y por último se manifiesto un enérgico repudio al método y la concepción nazi-fascista empleados por el Ministerio Público, el Ministerio del Interior, la Procuraduría de la República y la Policía, que han llevado a entronizar en nuestro país el terrorismo de Estado.
  • 32. Pluralismo, diversidad y Sociedad de la información y globalización “La justificación de la nueva tecnología de las comunicaciones se apoya en gran medida en su promesa de reducir las desigualdades y de ampliar, tanto local como internacionalmente, oportunidades educativas, culturales y humanas. Los esquemas institucionales que se están estableciendo, sin embargo, apuntan hacia resultados totalmente diferentes” (Schiller, 1983, p. 13). Zygmunt Bauman en La Globalización: Consecuencias Humanas discuto acerca de la globalización en la sociedad. Para algunos posee una directa relación con el empleo, oportunidades, nuevas tecnologías, pero por otro lado y paralelamente, otras personas critican este fenómeno como causante de hambre, miseria, desempleo y guerra. “El desarrollo de la tecnología no implica necesariamente un aumento en el acceso de los ciudadanos a la información —tanto en los informativamente ricos como en los informativamente pobres—, ni su participación en el proceso de producción. No se han atendido las necesidades sociales y de las naciones más pobres, y es otro motivo más para su irrevocable mantenimiento en la dependencia” (Segovia, Alonso, Revista de Economía Política de las Tecnologías de la Información y Comunicación, p.13, digital). De modo más general se concibe a la globalización en torno a los países que participan en negocios, esta idea deja mucho que desear. Hay dimensiones en donde los negocios, las finanzas, el comercio y el flujo de información entran en un proceso localizador de fijación en el espacio. Por un lado está la existencia de poblaciones y por otro, los segmentos de cada una de ellas.
  • 33. “…el término "incorporación selectiva" para describir la extendida tendencia de los Estados nacionales a "copiar" ideas y prácticas de otras sociedades - comprometiéndose, en grados diversos de sistematicidad, con proyectos de importación e hibridación” (Robertson, Glocalización, p.22). Podemos vincular estas interpretaciones en relación a lo que sucede en los debates sobre una nueva ley que regule la realidad de los medios de comunicación en Paraguay. El proyecto, al que hicimos referencia anteriormente, propuesto por el Frente Guasú contiene elementos, que reinterpretados a nivel local, fueron traídos desde afuera de las fronteras del país. No podemos ya, con estas hipótesis, seguir entendiendo a la globalización como una operación de homogeneización que, en todo caso, sólo produce el mercado. Si es cierto que existen, de acuerdo a las categorías de Raymond Williams, culturas hegemónicas que configuran elementos y reestructuras las prácticas culturales en las culturas emergentes. Pero como también afirma Williams no es un proceso total, es decir, sólo se requiere del domino coercitivo para imponer determinados significantes. Y si nos remontamos a la historia en estos modos de ejercicio del poder sabremos el fracaso de esta operación. Dominique Wolton, director del Instituto de Ciencias de la Comunicación de Francia, en el marco de un foro mundial sobre la diversidad organizado por el CNRS en el 2008, señaló la relevancia que comienza a tener el papel del migrante (entiéndase como cualquier otro). Afirmó además que el futuro de la humanidad pasa mucho más por el destino de la diversidad cultural que por la homogeneización que produce el mercado económico global. Interesante. En este mismo sentido es válida la discusión ampliamente discutida acerca de la tensión entre lo global y lo local. Como decíamos unas líneas antes, hay una visible puja entre la operación en serie de la industria en todos sus niveles que tiende a homogeneizar las practicas a una especie de universalidad simbólica. Pero jamás debemos perder de vista que el futuro apunta a la diversidad. Esta característica comenzó con los procesos de migración donde además fracasaron los intentos por frenar las migraciones. Un delirio, claramente, pero que fue insistentemente sostenido por distintas ideologías fascistas.
  • 34. Si estamos seguros entonces del proceso de intercambio de prácticas, al menos en un principio de centro a periferias, y, en el mejor de los casos, de muchos centros a otros, debemos estar también seguros de promover las posibilidades para el acceso, este sí, universal. Como decía García N. Canclini, lo propio y lo ajeno es una frontera se desdibuja. “La cultura es un proceso de ensamblado multinacional, una articulación flexible de partes, un montaje de rasgos que cualquier ciudadano de cualquier país, religión o ideología puede leer y usar” (óp. cit., p.16). Roland Robertson empleó una categoría acerca de la discusión de lo global y lo local, la glocalización. Lo global no excluye a lo local, la globalización de la cultura, aparece como una realidad que puede demostrarse fácilmente con solo mirar alrededor. Para ilustrarlas suelen emplearse dos discursos, uno hace referencia a la diversidad y la fragmentación de la cultura, mientras que el otro apunta a la circulación mundial de los bienes culturales a través de los medios masivos de comunicación. Allí el Robertson menciona que “…el propio Estado Nacional ha sido un agente importante para la producción de diversidad y la hibridación” (Robertson, Glocalización, p.1). Así como la conformación de la Constitución reflejada en sus antecesores pactos y declaraciones de derechos, los proyectos de nuevas leyes fueron resultado de una operación de glocalización. Incluso un miembro de Guasú afirmó que la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de Argentina fue un punto de referencia importante para su proyecto. Periodismo en Paraguay Paraguay es cuna del periodismo sudamericano. En el año 1560 en Asunción, nace Ruy Díaz Guzmán, el primer cronista del Río de la Plata. En el 1612, Díaz de Guzmán terminó de escribir Anales del descubrimiento, población y conquista del Río de la Plata donde compiló las crónicas de lo que sucedía en la conquista.
  • 35. Dos siglos más tarde, luego que Paraguay declare su independencia separándose definitivamente de la Confederación Argentina, el 25 de noviembre de 1842, comienza a emergen la prensa como actualmente se conoce. El presidente Carlos A. López creó El Paraguayo Independiente. Por el 1845, la independencia nacional debía consolidarse dentro y fuera del Estado por lo cual el periódico no pudo tener otro nombre más pertinente. A partir de la primera mitad del siglo XIX, el periodismo paraguayo tuvo como como objetivo principal, defender y difundir los derechos del Paraguay en la soberanía territorial y disputaba ante las injurias de los periódicos porteños, que no aceptaban su separación. Poco a poco fue fortaleciéndose la relación entre la ciudadanía y la prensa gracias a los semanarios de avisos que comenzaron a perfilar un importante papel social del periodismo. En 1864, cuando estalla la guerra contra la Triple Alianza, en el periodismo paraguayo prevaleció el nacionalismo. Luego, denominado como el primer periódico de trinchera, en 1867 se creó El Centinela, periódico con el cual el presidente Francisco S. López intentó mantener reforzado el espíritu ciudadano y la moral frente a la guerra que acontecía. Los paraguayos reconocen un rol importantísimo del periodismo durante la época de guerra, ya que se supo mantener y reavivar el campo popular. Durante esa época nace el humor político como una manera de informar. Cabe destacar que es allí también donde nace El grito paraguayo, que enfatizaba en un estilo contestatario y de oposición. El mismo pertenecía a paraguayos migrantes y exiliadas en Buenos Aires, que criticaban al gobierno del ese entonces presidente López. A partir de 1870, tiempo de pos guerra, nace la prensa politizada, postura que dependía del gobierno de turno. A un poco más de cuarto de siglo, Paraguay nuevamente se encuentra atravesando una guerra. Ésta vez es contra Bolivia, en la llamada guerra del Chaco, iniciada en 1932 y finalizada en 1935. Nuevamente reaparece el periodismo centrado en el espíritu nacionalista en defensa del territorio. Durante década del 50 y del 60, el periodismo da un giro con el diario La Tribuna, con una posición más mercantilista, lejos de la inclinación política. Durante ese período no podía haber una línea editorial que atacara a Alfredo Strossner, militar, político y dictador
  • 36. paraguayo, presidente durante los años 1954 y 1989, dictadura que duró 35 años. Durante los 80, periódicos como Patria y Noticias mantenían una muy buena relación e incidían en el régimen dictatorial haciendo que la ciudadanía no sienta dos décadas posteriores al periodismo como su aliado. Ya a finales del siglo XX y principios XXI se asomaba la mirada de cuarto poder hacia el periodismo. Como la mayoría de los países latinoamericanos en vía de desarrollo, Paraguay se vio afectado por la explosión en materia tecnológica, la web y efecto de la era digital, golpeando a su periodismo. Permitiéndonos un salto exagerado en el tiempo, nos remitimos al 21 de junio de 2012 cuando se llevó a cabo el juicio político que corrió a Fernando Lugo de la presidencia de Paraguay y puso en su lugar a su vice, el liberal Federico Franco. El gobierno de facto duró un año, hasta que en abril de 2013, fue electo el actual presidente de la República, Horacio Cartes. En un país donde el 98 por ciento del espectro radioeléctrico está en manos de diez personas, que también poseen cadenas de supermercado, constructoras y explotaciones sojeras, principales beneficiarios de las políticas económicas de Franco, es necesario reflexionar sobre el rol que jugaron los periodistas de los distintos medios en ese proceso de irrupción de la escena política. Un ámbito, el de los trabajadores de prensa, donde se elaboraron pequeñas y grandes formas de resistencia al golpe en un clima doblemente hostil. Según un estudio realizado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, antes del golpe el 65,5 por ciento de los trabajadores de prensa del Paraguay estaba en la informalidad. Ya en 2008, el 53,8 por ciento de los periodistas del país había sido censurado al menos una vez en su producción periodística, y el 90 por ciento había practicado la autocensura, según el Sindicato de Periodistas del Paraguay. Estructura oligopólica dominada por el capital privado, precariedad laboral y levantamiento del orden democrático fue el cóctel donde se gestó la resistencia desde el periodismo al golpe contra Lugo. Su epicentro, la Televisión Pública Paraguay, donde sus trabajadores se atrincheraron por varios días junto con centenares de ciudadanos de Asunción para evitar el cierre y cambio de programación de la emisora. Marcelo
  • 37. Martinessi, su director en ese momento, aseguró que la TV Pública “movió un montón de instancias de participación que estaban dormidas”. Se puede decir que se da “una apropiación del Estado por parte de la ciudadanía”. Basada en un proyecto que sus creadores definen como enfoque de derechos, la TV Pública fue denostada desde su aparición en el mapa mediático paraguayo por la mayoría de los medios privados del país. “Tenían miedo de que hubiese un Aló Presidente con Lugo”, explicó Martinessi, a la vez que subrayó la importancia de ese proyecto de constitución de la emisora, que se convirtió en el símbolo de la resistencia contra el gobierno de Franco. Pero, la primera reacción de la mayoría de los periodistas del país fue el silencio. “Los que de alguna manera tomamos la postura de no prestarnos a lo que estaba sucediendo debimos replegar”, explicó Paulo López, ex periodista del diario ABC Color, el de mayor circulación del país. “En lugar de trabajar en esa campaña de legitimación del golpe en un momento nos llamamos al silencio.” Los medios hegemónicos intentaron desde un primer momento presentar al golpe como una normal transición en el marco de la democracia. Pero algunos de sus trabajadores lograron “colar” sus notas, reportajes o simples frases para intentar quebrar el discurso oficial: una actitud que tuvo fuertes consecuencias. El SPP registró –solamente en los primeros meses del golpe– 45 despidos de comunicadores. La TV Pública fue totalmente vaciada y sus trabajadores aún están peleando en la corte el reconocimiento de los motivos ideológicos detrás del despido. “Aquellos que no encontraban espacio para manifestarse en sus medios, adonde estaba ganando una voz distinta o un discurso distinto, lo hacían a través de otro medio, por las redes sociales o aportando datos y compartiendo noticias con los medios alternativos”, explicó Santiago Ortiz, secretario general del SPP. Existieron varios factores que le dieron fortaleza al proceso: los comunicadores no pudieron prescindir del apoyo de medios comunitarios, alternativos y populares, desligados de la lógica empresarial o estatal, ni tampoco de la resistencia que los movimientos sociales llevaron adelante en las calles, de la que también ellos fueron parte. Pero, principalmente, debieron fortalecer la organización, no de manera aislada, sino con toda la ciudadanía: una
  • 38. enseñanza que todos los periodistas latinoamericanos deberíamos mantener en nuestras prácticas cotidianas. Lo público y lo privado “No fue el sector público sino el sector privado el que saqueó a la República", lo dijo el presidente del Paraguay, Horario Cartes quién insistió además en “…que es el sector privado el que corrompe y el sector público el que acepta". Si bien no se refería a los medios de comunicación de carácter privado, el presidente paraguayo hizo referencia al sector en general privado, que, como en el resto de América Latina, en Paraguay siempre se creyó que el sector público siempre fue en detrimento del privado. Esta teoría no es nueva ni originaria de Paraguay sino que recorrió toda América Latina. La Cámara de Diputados de Paraguay aprobó el 28 de octubre del 2013 la Ley de Alianza público-privada de promoción de las inversiones en infraestructura, bienes y servicios a cargo del Estado, que otorga poderes al presidente Horacio Cartes para celebrar los contratos. A partir de ahora, el Ejecutivo podrá establecer alianzas con el sector privado para el dragado de hidrovías, construcción de aeropuertos internacionales, construcción y mantenimiento de rutas y ferrovías, entre otros. Esta última referencia indica la noción del vínculo que debe crearse entre lo público y lo privado para el actual presidente del Paraguay. A diferencia de los presientes que apuestan por un sector más que por el otro. Específicamente los medios de comunicación pertenecientes a los empresarios no han sido en ningún momento de la historia perjudicados por ninguna ley.
  • 39. En cambio, el presidente enjuiciado y destituido, Fernando Lugo afirmó acerca de la comunicación de carácter público que “…es el diálogo entre todos los ciudadanos, entre todos los sectores de la sociedad, que busca criterios de convivencia respetando los disensos” “La comunicación pública es la manifestación más rotunda del pluralismo en democracia”. El Estado paraguayo en ese entonces había puesto en marcha un plan por el que se espera poner en funcionamiento un canal público de televisión en un plazo de un año, siete emisoras públicas de radio en todo el país en alianza con universidades nacionales y mejorar los servicios de Radio Nacional del Paraguay. Un síntoma de nuestros miedos Para concluir Sin dudas el principal problema que se nos presenta en el escenario de los medios de comunicación es su estructura mercantilista, una mirada totalmente repetida constantemente, aunque no por eso menos válida. Ahora, ¿hasta cuándo vamos a estar dispuestos a culpar al sistema económico y a seguir actuando como sí…? A eso, muy pertinentemente Slavoj lo denominó la ideología cínica de la Modernidad. “El sujeto cínico está al tanto de la distancia entre la máscara ideológica y la realidad social, pero pese a ello insiste en la máscara” “La razón cínica ya no es ingenua, sino que es una paradoja de una falsa conciencia ilustrada: uno sabe de sobra la falsedad, está muy al tanto de que hay un interés particular oculto tras una universalidad ideológica, pero aun así, no renuncia a ella” (Žižek, El sublime objeto de la ideología, pp. 56-57). Sin duda radica exactamente ahí, nuestro conflicto por querer cambiar casi sin ninguna voluntad “real”. Pero, por otro lado y completamente distinto, se nos presenta otro problema, ¿cuál es la lectura implícita del funcionamiento de la sociedad para afirmar esta situación marxista de nuestra situación?
  • 40. Hasta aquí con algunas definiciones ya podemos sostener que entonces estamos de acuerdo con que las estructuras del mercado y sus funcionamientos definen nuestras conciencias y nuestra cultura. No podemos dejar de creer en dicha afirmación fundacional de Karl Marx. Pero, deberíamos, en el mismo sentido, poder observar que es una posición criticable. Esta postura podemos redefinirla, junto con la posición de uno de los mejores lectores del marxismo, Raymond Williams. “La idea más simple de superestructura, que no ha sido de ningún modo completamente abandonada, es la que supone el reflejo, la imitación o la reproducción de la realidad de la base en la superestructura de manera más o menos directa” “‘La base es el conjunto de relaciones reales de producción que corresponde a una instancia del desarrollo de las fuerzas productivas materiales’” “La superestructura (…) adquirió principalmente el significado de una ‘zona’ unitaria dentro de la cual todas las actividades culturales e ideológicas podían ser ubicadas” (Williams. Cultura y Materialismo, pp. 52- 53) Hasta aquí sostenemos ampliamente la idea más dogmática del marxismo, pero también adherimos a la posición del esloveno. Pero sumado a la crítica de Williams emerge un cuestionamiento: ¿Hay algo más detrás de la gran concentración económica que insista con la concentración en los medios de comunicación? ¿Podemos explicar la imposibilidad de ser parte de la tan discutida libertad de expresión de los sectores eufemísticamente denominados populares? Digo eufemismo porque según la Real Academia Española, el adjetivo popular, del latín “Populāris”, es estimado o, al menos, conocido por el público en general. Es contradictorio que sean populares y no estén en ningún diario, ninguna radio, ni en la pantalla de la televisión, una popularidad paradójica. Al menos hasta la aparición de la segunda definición: propio de las clases sociales menos favorecidas. Ahora ya no es extraño. Retomando, las respuestas pueden ser evadidas y fundamentadas en la clara división de las disciplinas. Claro que no podríamos hablar del miedo, el desprecio y la desigualdad
  • 41. como factores que incidan en la concentración porque de eso se encargarían la psicología o la antropología. Pero esquivemos nosotros también esa separación simplista y agotada. ¿A quién le tenemos miedo? ¿Por qué insistimos en callar ciertas voces y posibilitar nada más que ellas nos escuchen? ¿Quiénes somos nosotros para hablar a los otros sin ellos? ¿Es nuestro yo, el Yo (ideal)? La respuesta debería negativa, al menos para quienes creen en una democracia real y no en una monarquía presidencialista valga la “contradicción”. No se trata solamente de la forma de hacer política se trata del funcionamiento cultural, del síntoma de nuestros miedos. Las formas arquitectónicas de las ciudades, los espacios públicos, los no-lugares, aquellos en los que estamos nada más que de paso, y por supuesto, la forma de comunicarnos. Todos estos mecanismos sociales materializan en resultados; la manera en que preferimos convivir. Ahora ¿por qué? Una vez que se configuraba la comunicación posible a largas distancias era necesario que se seleccione (se restringa) quienes serían las (únicas) voces. No la comunicación de un punto a otro, sino la comunicación mediática, es decir, de un punto a miles. Es precisamente aquí donde radica el máximo síntoma que nos permite conocer nuestras debilidades y nuestros miedos. Sin duda, el único momento, singular e irrepetible, en que podríamos calificar a nuestra especie humana de homogénea, fue el primero, ese momento inicial de la emergencia, en el planeta, del homo sapiens. Recordemos: en ese entonces éramos pocos, probablemente apenas unos cuantos miles de individuos. Paradojas de la historia, teníamos la misma identidad y habíamos nacido en el mismo territorio que la mayoría de los que hoy, como nosotros en aquel primer momento, intentan migrar hacia Europa: éramos todos africanos.
  • 42. Fuentes bibliográficas BAUMAN, Zygmunt. La globalización: consecuencias humanas. F.C.E., México, 1999. Introducción y Cap. III: Después del Estado Nacional… ¿Qué? BLANCO, Daniela y GERMANO, Carlos. 20 años de Medios & Democracia en la Argentina. La Crujía ediciones, Buenos Aires, 2005. BELTRÁN, Luis Ramiro. La comunicación para el desarrollo en Latinoamérica: un recuento de medio siglo; Documento presentado en el III Congreso Panamericano de la Comunicación, Buenos Aires, 2005. CALIFANO, Bernardette. Medios y Políticas de Comunicación en Argentina bajo el gobierno de Néstor Kirchner (2003-2007), Tesis de grado de Lic. en Comunic. Social de la UBA. CANCLINI, N. GARCÍA. Consumidores y ciudadanos. 1995. Constitución Nacional de la República Argentina de 1994. Constitución Nacional de la República del Paraguat de 1992.
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