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Pastoral Social / Cáritas de Honduras No. 48 Año 11 12 de Abril de 2013 Tegucigalpa, Honduras
Una Ley sin respaldo
“En América Latina nunca ha existido libertad de prensa, lo que siembre ha habido es
libertad de empresa” (Adolfo Pérez Esquivel, Premio Nobel de la Paz).
La Comisión de la Verdad y la Reconciliación, recomendó: “Reformar la Ley de la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones, en especial lo que atañe al sistema establecido por dicha
Comisión para conceder el otorgamiento de frecuencias y que no es el más adecuado para
propiciar un verdadero ejercicio de la libertad de expresión y de información. Es importante
facilitar que los pueblos indígenas, mujeres y otros grupos sociales dispongan de medios
propios de comunicación que les permitan su derecho a expresar opiniones y a ser parte del
proceso de toma de decisiones públicas” (Recomendación 7.6).
El relator especial de las Naciones Unidas para la Promoción y la Protección del Derecho a la
Libertad de Expresión y de Opinión, hizo la siguiente recomendación en el 2012: “Dado que
las frecuencias electromagnéticas de telecomunicaciones son propiedad del Estado, y el
Estado debe siempre buscar el bien común con el interés de todos, recomiendo que seEstado debe siempre buscar el bien común con el interés de todos, recomiendo que se
desarrolle un reglamento para la concesión equitativa del usufructo y manejo de las
frecuencias de telecomunicaciones con el propósito de que todos los sectores de la población
tengan acceso a dichas frecuencias y de evitar la concentración de medios y los monopolios
que violan el principio de diversidad y pluralidad que debe prevalecer en la libertad de
expresión y en los medios de comunicación social”.
En el país, desde hace varias semanas se habla de la propuesta de ley Marco de
Telecomunicaciones, bautizada por sectores adversos como Ley Mordaza, la cual provocó un
sin número de cometarios, marchas, protestas y rechazo de los grandes medios de
comunicación nacional que trataron de conducir la opinión pública por el camino que más les
convenía, inundando de toda clase de frases y términos que desviaron la atención del público
y que éste digirió gustosamente. Ante el rechazo de un considerable sector de la población, el
Congreso decidió socializar la ley.
Ahora la percepción que se ha generalizado sobre la ley Marco de Telecomunicaciones es
considerarla como un asalto a la libre emisión del pensamiento privado y comunitario,
censura previa, persecución a ciertos medios, que atenta contra la seguridad jurídica de los
medios de comunicación, que vulnera el derecho de propiedad privada y posesión de bienes y
el derecho a la libre empresa.
Algunos analistas en cambio, han denominado a los medios de comunicación como “instrumentos
eficaces de dominación y alienación”, porque han convertido a los usuarios en receptores pasivos,
conformistas y acríticos.
2
Ante esta mezcla de ideas, intereses y agrias discusiones, es conveniente conocer el
significado de algunos conceptos para analizar y clarificar el entendimiento sobre la
temática.
1. Libertad de expresión: es un derecho humano, se refiere al derecho de opinar,
de hablar sin ser hostigados.
2. Libertad de prensa: es la garantía de transmitir información objetiva, veraz y
transparente a través de los medios de comunicación social, sin que el Estado ejerza
control en su emisión.
3. Censura: Crítica negativa, reprobación, retiro o retención de la información por
parte del Gobierno o por grupos influyentes con la finalidad de controlar la libertad
de expresión.
4. Seguridad Jurídica de los Medios: Responsabilidad del Estado de garantizar el
ejercicio de la libertad de expresión e información y el derecho a la información
pública por parte los ciudadanos.
5. Propiedad Privada: Derecho de poseer bienes materiales: casa, dinero,
herramientas de trabajo, máquinas, tierras para sembrar, información y tecnología
para vivir, trabajar y asegurar el futuro.
6. Derecho a la libre empresa: La razón de ser de las empresas es el beneficio a la
comunidad, por eso se les debe asegurar un espacio de actuación libre decomunidad, por eso se les debe asegurar un espacio de actuación libre de
injerencias estatales.
7. Democratización de los medios: Asignar lo equivalente al treinta y tres por
ciento: para los servicios comunitarios y para servicios privados y/o comerciales, y el
treinta y cuatro por ciento para satisfacer las necesidades comunicacionales del
Estado: Gobierno de la República y Gobiernos Municipales o Mancomunidades.
8. Requerimientos: El otorgamiento de cada concesión, permiso, registro o licencia
para el uso de frecuencias radioeléctricas, conlleva la obligación de pagar al Estado
los derechos, las tasas, cánones o tarifas, establecidos en la Ley.
9. Monopolio en la adjudicación de frecuencias: Cuando una sola empresa o varias
empresas bajo el control de una misma dirección acaparan para evitar la
competencia.
Para Reflexionar:
•¿Considera que, aun sin publicar esta ley, existe libertad de expresión en los medios
de comunicación y en el país.
•¿Cuáles son los abusos que cometen los medios de comunicación y deben ser
regulados?.
Pastoral Social /
Cáritas de Honduras
Teléfonos: 2237-3318, 2237-2719, 2220-6698. Telefax: 2237-1365
e-mail: caritas_de_honduras@caritas.hn
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  • 2. 2 Ante esta mezcla de ideas, intereses y agrias discusiones, es conveniente conocer el significado de algunos conceptos para analizar y clarificar el entendimiento sobre la temática. 1. Libertad de expresión: es un derecho humano, se refiere al derecho de opinar, de hablar sin ser hostigados. 2. Libertad de prensa: es la garantía de transmitir información objetiva, veraz y transparente a través de los medios de comunicación social, sin que el Estado ejerza control en su emisión. 3. Censura: Crítica negativa, reprobación, retiro o retención de la información por parte del Gobierno o por grupos influyentes con la finalidad de controlar la libertad de expresión. 4. Seguridad Jurídica de los Medios: Responsabilidad del Estado de garantizar el ejercicio de la libertad de expresión e información y el derecho a la información pública por parte los ciudadanos. 5. Propiedad Privada: Derecho de poseer bienes materiales: casa, dinero, herramientas de trabajo, máquinas, tierras para sembrar, información y tecnología para vivir, trabajar y asegurar el futuro. 6. Derecho a la libre empresa: La razón de ser de las empresas es el beneficio a la comunidad, por eso se les debe asegurar un espacio de actuación libre decomunidad, por eso se les debe asegurar un espacio de actuación libre de injerencias estatales. 7. Democratización de los medios: Asignar lo equivalente al treinta y tres por ciento: para los servicios comunitarios y para servicios privados y/o comerciales, y el treinta y cuatro por ciento para satisfacer las necesidades comunicacionales del Estado: Gobierno de la República y Gobiernos Municipales o Mancomunidades. 8. Requerimientos: El otorgamiento de cada concesión, permiso, registro o licencia para el uso de frecuencias radioeléctricas, conlleva la obligación de pagar al Estado los derechos, las tasas, cánones o tarifas, establecidos en la Ley. 9. Monopolio en la adjudicación de frecuencias: Cuando una sola empresa o varias empresas bajo el control de una misma dirección acaparan para evitar la competencia. Para Reflexionar: •¿Considera que, aun sin publicar esta ley, existe libertad de expresión en los medios de comunicación y en el país. •¿Cuáles son los abusos que cometen los medios de comunicación y deben ser regulados?. Pastoral Social / Cáritas de Honduras Teléfonos: 2237-3318, 2237-2719, 2220-6698. Telefax: 2237-1365 e-mail: caritas_de_honduras@caritas.hn Pagina web: www.caritas.hn Twitter: caritashonduras Facebook: Caritas Honduras Apartado Postal 1787 Tegucigalpa, Honduras