2. CONCEPTO DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Se entiende por violencia de género (o violencia
machista, según otras fuentes) a todo aquel tipo de
violencia que se lleva a cabo vulnerando el
bienestar físico, psíquico o relacional de una
persona debido a su sexo o identidad de género. Se
usa de manera intencional la agresión, sea
mediante la fuerza física o, con el propósito de
causar daños, coaccionar, limitar o manipular a la
persona objeto de violencia.
3. TIPOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Violencia física
La más visible y reconocida como violencia de género, se considera
violencia física todo aquel acto en que se inflige un daño físico a la
víctima que a través de la agresión directa. Dicho daño puede ser
temporal o permanente.
Violencia psicológica
Este tipo de violencia se caracteriza porque, si bien a nivel físico puede
no existir una agresión, la víctima se ve humillada, minusvalorada y
atacada psicológicamente.
Violencia sexual
Si bien de algún modo podría considerarse dentro de la violencia física,
la violencia sexual se refiere concretamente a aquel tipo de situaciones
en que una persona es forzada o coaccionada para llevar a cabo
actividades de índole sexual .
4. TIPOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Violencia económica
Este tipo de violencia se basa en la reducción y privación de recursos
económicos a la pareja.
Violencia patrimonial
Se considera violencia patrimonial la usurpación o destrucción de objetos,
bienes y propiedades de la persona víctima de violencia con intención de
dominarla o producirle un daño psicológico.
Violencia social
La violencia social se basa en la limitación, control y la inducción al
aislamiento social de la persona. Se separa a la víctima de familia y amigos,
privándola de apoyo social y alejándola de su entorno habitual.
Violencia vicaria
Un gran número de parejas en las que se produce violencia de género tienen
hijos. En muchas ocasiones el agresor decide amenazar, agredir e incluso
matar a dichos hijos con el propósito de dañar a su pareja o ex-pareja.
5. NORMATIVA INTERNACIONAL
En el marco internacional, el derecho
internacional prohíbe la discriminación basada
en el sexo. La adopción de la Carta de las
Naciones Unidas, firmada en San Francisco el 26
de junio de 1945 ha posicionado el principio de
igualdad de oportunidades y no discriminación
en la órbita de los derechos fundamentales.
6. CARTA DE SAN FRANCISCO
Se reafirma la fe en los derechos fundamentales
del ser humano, en la dignidad y el valor de la
persona humana, en la igualdad de derechos
entre los hombres y las mujeres y de las
naciones grandes y pequeñas.
7. ONU
La Organización de las Naciones Unidas completó el catálogo de
derechos jurídicamente vinculantes para todos los estados
miembros a través de los siguientes documentos:
La Carta de San Francisco de 1945 antes mencionada.
La Declaración Universal de Derechos Humanos aprobada el 10
de diciembre de 1948.
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos
aprobados el 16 de diciembre de 1966, textos que configuran el
principio de no discriminación como un auténtico principio
estructural.
8. CONFERENCIA DE VIENA DE 1993
Los derechos humanos de la mujer y de la
niña son parte inalienable, integrante e
indivisible de los derechos humanos
universales.
9. LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Ley organica 1/2004 de medidas de protección
integral.
Norma jurídica esencial para la erradicación de la
violencia sobre las mujeres. Señala los objetivos a
conseguir, así como las distintas medidas en
educación, publicidad, sanidad, etc. Determina las
funciones de los juzgados de violencia sobre la
mujer, los delitos de violencia de genero y sus
sanciones, etc. El preámbulo y los tres primeros
artículos son fundamentales para entender esta
importante ley.
10. LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Ley 27/2003 sobre la Orden de protección.
Pone en marcha esta importantísima medida para
las mujeres víctimas de violencia de género.
Determina el procedimiento a seguir.
11. LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Sentencia del 14/05/2008 del Tribunal
Constitucional.
Ante algunas dudas acerca de la constitucionalidad
de la ley orgánica de medidas de protección, el
tribunal constitucional señala en esta sentencia su
constitucionalidad, y explica las razones de la ley.
12. LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Conjunto de normas jurídicas para tratar de
alcanzar una igualdad efectiva entre hombres y
mujeres.
13. LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado
Protocolo de actuación y de coordinación con los
órganos judiciales para la protección de las víctimas
de violencia doméstica y de género.
14. LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Guía de criterios de actuación judicial frente a la
violencia de género (consejo general del poder
judicial) 2013.
Índice de normas Internacionales, Nacionales y
Autonómicas.
15. LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ESCUELA
OBJETIVOS
Vivenciar el camino de la igualdad entre géneros.
Favorecer la adquisición de habilidades para
enfrentar las situaciones de mal trato.
Construir una identidad individual, no sexista y no
violenta.
16. LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ESCUELA
OBJETIVOS DIDACTICOS
Comprender cómo es el maltrato y el buen trato a través de
conceptos asociados a acciones que los define.
Identificar las acciones y actitudes que generan relaciones
de maltrato, en un contexto cotidiano.
Identificar acciones y actitudes que generan relaciones de
buen trato.
Aportar ideas para el cambio a relaciones igualitarias, no
sexistas, en un contexto cotidiano.
Sentirse implicado en la construcción de relaciones
igualitarias, de buen trato, motivándoles en el rechazo a
todo tipo de violencia ejercida contra la mujer.
17. LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ESCUELA
METODOLOGIA
La metodología a utilizar busca la reflexión y la
vivencia de emociones, a través del trabajo
individual y grupal, que favorezcan la construcción
colectiva del conocimiento, así como la práctica en
resolución de conflictos desde el respeto y el buen
trato.
18. LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA ESCUELA
ACTIVIDADES
CELEBRACIÓN EL 25 DE N0VIEMBRE DIA INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE
GÉNERO.
ACTIVIDADES TIPO:
- Cuentos.
- Murales.
- Videos.
- Dibujos.
- Canciones.
- Definiciones.
- Marcapáginas.
- Represntaciones