Este reglamento establece las normas y responsabilidades de los miembros de un club deportivo, incluyendo atletas, padres, representantes, personal y la junta directiva. Se describen las obligaciones de cada grupo respecto al entrenamiento deportivo, eventos, conducta y cumplimiento de las reglas. Además, se especifican sanciones por incumplimiento y se delega a la junta directiva la administración del club y la toma de decisiones clave.
1. REGLAMENTO INTERNO
ARTICULO No 1, El objetivo principal del club es netamente deportivo, por lo tanto
todas las actividades que se realicen deben ser enfocadas al mejoramiento del
atleta en forma integral, pudiendo adicionalmente incorporar otras actividades
dirigidas por los entrenadores u otros especialistas en el área, por ejemplo
psicólogos, que aseguren un mejor rendimiento del atleta.
ARTICULO No 2, Este reglamento debe ser acatado por todos los miembros que
conforman el club.
ARTICULO No 3, Ninguno de los directivos durante la realización de cualquier
evento deportivo podrá consumir bebidas alcohólicas en el lugar del mismo.
ARTICULO No 4, No se permitirá el beneficio de cualquier atleta por parte de los
directivos.
ARTICULO No 5, Los problemas y anormalidades que sucedan en cualquier evento
se discutirán en reunión ordinaria pautada por la Junta Directiva.
ARTICULO No 6, No se permitirá la intromisión de cualquier persona que no
pertenezca a la directiva del club.
ARTICULO No 7, Ninguno de los miembros del club estará autorizado para faltar a
cualquiera reunión programada por la directiva. Se dará un lapso de 30' minutos
extra para comenzar la reunión.
ARTICULO No 8, Ninguno de los miembros del club podrá efectuar
negociaciones para recibir dinero o lucros individuales. Toda las que se hagan
deben tener un respaldo con la firma del presidente y del tesorero.
ARTICULO Nº 9, Cualquier falta que cometa algunos de los directivos, se '' llevará
a una asamblea extraordinaria y podrá ser expulsado del club. Previa decisión de la
misma asamblea. Las decisiones que se tomen en asamblea deberán ser
respetadas y cualquiera de los miembros que las critique y manifieste desacuerdo
finalizado la misma podrá ser multado.
ARTICULO No 10, Cualquiera de los miembros que altere o forje documentos del
club podrá ser expulsado del mismo.
ARTICULO No 11, El uniforme se llevará con pulcritud y decoro, así mismo se fe
prohíbe su utilización en sitios y actividades que deshonren al mismo.
ARTICULO No 12, Los padres y representantes deberán cumplir y hacer cumplir a
2. su representado las reglas internas del club.
ARTICULO No 13, Cualquier novedad o queja que tenga cualquier padre o
representante deberá hacerla por escrito ante las autoridades del club. Y debe
recibir respuesta en un máximo de diez días hábiles.
ARTICULO No 14, El club podrá multar a cualquier padre o representante con la
cantidad de $ 500 por cualquier incumplimiento de las normas del club.
ARTICULO No 15, Cualquier falta cometida por los integrantes del club será
evaluada por consenso de la directiva y podrá ser sancionado con una multa de diez
días de suspensión.
ARTICULO No 16, El alumno que se ausente tres veces sin justificación será
sancionado o expulsado del club.
ARTICULO No 17, El club será responsable por el entrenamiento físico, enseñanza
de la educación física y deportiva por tal motivo no se permite intromisión sin base
de conocimiento científico que pueda alterar dicho entrenamiento. No se podrá
retirar ningún alumno de la instrucción sin autorización del entrenador o
instructor.
ARTICULO No 18, Los alumnos del club serán sometidos a chequeos constantes,
quien resultara aplazado podrá ser expulsado o suspendido. Previa reunión de la
directiva.
ARTICULO No 19, El club llevará un registro de control de notas académicas de
los alumnos cualquiera que resulte aplazado será sometido a concejo y podrá ser
suspendido o expulsado.
ARTÍCULO No 20, Los alumnos integrantes del Centro de Formación Santos
Monterrey, que falten a dos prácticas de entrenamiento seguidas sin justificación de
causa mayor, no podrán participar en los juegos programados o de importancia
para definir la selección del club.
ARTICULO No 21, Ningún directivo o miembro del Centro de Formación Santos
Monterrey, podrá violentar las normas y reglas internas establecidas por el club.
ARTICULO No 22, Durante la realización de eventos organizados por el club, los
atletas participantes en dicho torneo o actividad deportiva, integrantes de otros
clubes no podrán consumir bebidas alcohólicas antes de comenzar el espectáculo,
será sancionado con expulsión, amonestación o multa.
ARTICULO No 23, Las decisiones del club serán aprobadas por mayoría simple.
ARTICULO No 24, Cualquier actividad deportiva o recreativa organizada por el
club debe tener un informe antes y después. Para hacer una evaluación a futuro y
observar los errores para enmendarlos.
ARTICULO No 25, Toda invitación, oficio, carta, solicitud o recibo debe tener una
copia. La cual debe ser archivada.
ARTICULO No 26, Los padres y representantes que falten a las reuniones
3. efectuadas por el club serán multados o se suspenderá el representado.
ARTICULO No 27, Los padres y representantes al firmar la inscripción de su
representado en el club, estarán sujetos a las normas y reglas del club.
ARTICULO No 28, Esta organización esta afiliada al Instituto Nacional de
Deportes, a la asociación de fútbol del estado n.l. y a la federación mexicana de
fútbol, por lo que debemos regirnos por lo establecido en la ley del deporte.
ARTICULO No 29, Los miembros de este club están conformados por atletas,
padres, representantes, personal docente, de apoyo, administrativo y directivo.
ARTICULO No 30, Ningún miembro de este club podrá dar declaraciones públicas
con relación del personal docente, de apoyo, administrativo o directivo. La junta
directiva es la única autorizada a dar declaraciones públicas.
ARTICULO No 31, Es derecho de los representantes hacer sugerencias,
observaciones o reclamos sustentados con relación a cualquier situación que
considere que afecte física, deportiva o mentalmente a su representado. Estas
deberán hacerse a través de una comunicación dirigida a la junta directiva, la cual
responderá en un lapso no más de diez (10) días continuos a la fecha de haber
recibido tal comunicación.
ARTICULO No 32, Queda terminantemente prohibido realizar reclamos verbales
de la actuación de los atletas durante competencia, toda vez que ello podría
perjudicar el rendimiento del mismo en el desarrollo del evento.
ARTICULO No 33, Los padres y representantes deberán acatar las decisiones de
los entrenadores en relación a: a) Tipo de entrenamiento; b) Duración del
entrenamiento y c) Participación en competencias y eventos.
ARTICULO Nº 34, Todos los padres y representantes deberán colaborar como
personal técnico, pero en caso que se acuerde la contratación de dicho personal
deberá cancelar la cuota correspondiente por este concepto, si este fuese el caso.
ARTÍCULO No 35, Es obligación de tos padres y representantes asistir a las
Asambleas Ordinarias o Extraordinarias que convoque la junta directiva.
ARTICULO No 36, Los padres y representantes deberán estar vigilantes de la
conducta y disciplina de sus representados y colaborar para que la misma sea
intachable, en el entrenamiento y especialmente cuando se realicen eventos
foráneos.
ARTICULO No 37, Los padres y representantes deberán asistir con sus
representados a los entrenamientos, eventos y competencias deportivas, toda vez
que el club lo requiera, el club no se hace responsable de lo que le suceda a los
atletas fuera de las horas pautadas tanto para los entrenamientos como para los
eventos.
ARTICULO No 38, Ningún padre o representante podrá acceder al área de la
cancha mientras su representado esté recibiendo el entrenamiento.
ARTICULO No 39, Ningún padre o representante podrá lesionar verbal o
físicamente a otro miembro del club, incluyendo a su propio representado. Durante
4. los entrenamientos, competencias o eventos, ni en las instalaciones donde se estén
llevando a cabo, a pesar de no haber comenzado o finalizado los entrenamientos o
competencias.
ARTICULO No 40, Los padres y representantes están en el deber de pagar tres
cuotas ordinarias de mantenimiento por mensualidades anticipadas, durante los
diez (10) primeros días del mes. La mora causara intereses a la tasa vigente en el
mercado bancario Así mismo estará en la obligación de cambar las cuotas extra que
haya aprobado la asamblea.
ARTICULO Nº 41, Los atletas deberán asistir a tos entrenamientos de acuerdo al
horario establecido por el entrenador de manera puntual y regular, tal y como te
especifique el mismo Dicho horario indicará la hora en que el ateta deberá estar en
el área de entretenimiento.
ARTICULO No 42, Durante los enfrenamientos, competencias y eventos, los atetas
están bajo la responsabilidad de los entrenadores, por lo que deberán permanecer
a la vista y disposición de estos y acatar sus ¿instrucciones técnicas o medidas
disciplinarias.
ARTICULO No 43, Queda terminantemente prohibida la agresión verbal o física
por parte de un atleta hacia otro atleta, el entrenador, un padre o representante,
personal de apoyo, administrativo o directivo.
ARTICULO No 44, Los atletas deben mantener una conducta y disciplina
impecable durante el entrenamiento y especialmente cuando se realicen eventos
foráneos.
ARTICULO No 45, Los atletas deberán usar el uniforme del club de manera
obligatoria para asistir a competencias, a fin de cumplir con requisitos de las
autoridades deportivas.
ARTICULO No 46, Los atletas mayores de edad podrán hacer los reclamos,
sugerencias u observaciones de la misma forma que está pautado para los padres
y representantes.
ARTICULO No 47, Los entrenadores deberán cumplir con los horarios previamente
establecidos para impartir sus entrenamientos respectivos.
ARTICULO No 48, Los entrenadores deberán observar una conducta respetuosa
con los atletas, padres, representantes, personal directivo y administrativo.
ARTICULO No 49, Los entrenadores deberán acatar las instrucciones emanadas de
la Junta Directiva.
ARTICULO No 50, Los entrenadores deberán asistir a las reuniones convocadas
por la Junta Directiva del Club así como las Asociaciones y Federaciones.
ARTÍCULO No 51, Los entrenadores deberán impartir un entrenamiento de alto
nivel y calidad que asegure a los atletas su mayor desarrollo y rendimiento.
ARTICULO No 52, Los entrenadores deberán llevar la asistencia diaria de sus
atletas, y deberán entregarla a la Junta Directiva dentro de los tres (3) primeros
5. días del mes siguiente, así como las observaciones que consideren necesarias.
ARTICULO No 53, Los entrenadores están en la obligación de presentar informes
trimestrales de cada uno de los atletas en cuanto a conducta, asistencia, destrezas
y debilidades, con el objeto de detectar fallas en el atleta y tratar de corregirlas y
evitar que las mismas afecten negativamente su desempeño.
ARTICULO No 54, Son obligaciones de la Junta Directiva: a) Administrar
adecuadamente el patrimonio y los fondos del club; b)Cumplir y hacer cumplir los
acuerdos de las Asambleas y Reglamentos del club; c)Elaborar presupuesto de
ingreso y egresos; d)Publicar trimestralmente el balance financiero del club;
e)Decidir conjuntamente con los entrenadores sobre la admisión de los atletas;
f)Crear comisiones de trabajo y reglamentar sus funciones; g)Reunirse por lo
menos cada tres(3) meses ; h)Decidir sobre los reclamos realizados por los padres
y representantes o los atletas; i)Contratar o remover personal administrativo, de
apoyo o docente; j)Fijar las cuotas mensuales de mantenimiento del club;
h)Convocar las Asambleas Ordinarias y extraordinarias; l)Velar por el buen
funcionamiento del club; m)Elaborar reglamentos que aseguren el mejor
funcionamiento del club; n)Procurar las mejoras tanto de recursos materiales como
humanos.
Mario Alberto Flores González
Presidente
6. días del mes siguiente, así como las observaciones que consideren necesarias.
ARTICULO No 53, Los entrenadores están en la obligación de presentar informes
trimestrales de cada uno de los atletas en cuanto a conducta, asistencia, destrezas
y debilidades, con el objeto de detectar fallas en el atleta y tratar de corregirlas y
evitar que las mismas afecten negativamente su desempeño.
ARTICULO No 54, Son obligaciones de la Junta Directiva: a) Administrar
adecuadamente el patrimonio y los fondos del club; b)Cumplir y hacer cumplir los
acuerdos de las Asambleas y Reglamentos del club; c)Elaborar presupuesto de
ingreso y egresos; d)Publicar trimestralmente el balance financiero del club;
e)Decidir conjuntamente con los entrenadores sobre la admisión de los atletas;
f)Crear comisiones de trabajo y reglamentar sus funciones; g)Reunirse por lo
menos cada tres(3) meses ; h)Decidir sobre los reclamos realizados por los padres
y representantes o los atletas; i)Contratar o remover personal administrativo, de
apoyo o docente; j)Fijar las cuotas mensuales de mantenimiento del club;
h)Convocar las Asambleas Ordinarias y extraordinarias; l)Velar por el buen
funcionamiento del club; m)Elaborar reglamentos que aseguren el mejor
funcionamiento del club; n)Procurar las mejoras tanto de recursos materiales como
humanos.
Mario Alberto Flores González
Presidente