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C.05-11 Nuevo Consejo Directivo de la SC es nombrado
1. Comunicado de prensa C. 05-11
Antiguo Cuscatlán, 21 de marzo de 20
2011.
Nuevo Consejo Directivo de la SC es nombrado
El Presidente de la República juramentó, este día, a los nuevos Directores que ahora conforman el
juramentó
Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia (SC); ellos se unen al Lic. Francisco Díaz,
(SC)
actual Superintendente de Competencia, para constituir la autoridad máxima de la institución.
La SC cuenta a partir de este día, con un nuevo Consejo Directivo el cual estará conformado por el
nuevo
Superintendente de Competencia, dos Directores Propietarios y un Director Suplente Está pendiente la
Suplente.
juramentación de dos Directores Suplentes más para completar el Consejo.
Los Directores nombrados son tres profesionales con amplia trayectoria en las áreas económicas y jurídicas
jurí
pertenecientes a la Academia y al Gobierno. A partir de la juramentación, el Consejo Directivo quedó
l
constituido de la siguiente manera:
Nombre Cargo en el Consejo Directivo de la SC
Lic. Francisco Díaz Rodríguez Superintendente de Competencia. Presidente
P
Ing. Ana Lilian Vega Directora Propietaria
Lic. Óscar Castillo Rivas Director Propietario
Dr. Abraham Mena Director Suplente
Sobre los nuevos Directores
Ing. Ana Lilian Vega - Directora Propietaria
Trayectoria académica. Es ingeniero industrial, Licenciada en Economía y en Macroeconomía Aplicada.
,
Cuenta con un diplomado superior en “Investigación para el desarrollo económico local”, además tiene un
conómico
post grado en “Desarrollo humano” y se encuentra realizando estudios de doctorado en “Filosofía
studios
iberoamericana”.
Experiencia laboral. Es Jefa del Departamento de Economía de la Universidad Centroamericana “Dr. José
Simeón Cañas” (UCA); se desempeñó como Directora del Banco de Fomento Agropecuario (BFA), es, (BFA)
además, docente e investigadora del Departamento de Economía de la UCA; así como Jefa del
UCA
Departamento de Normas e Investigación de la Superintendencia de Pensiones, entre otros cargos.
,
Lic. Óscar Castillo Rivas – Director Propietario
Trayectoria académica: Licenciado en contaduría pública.
Experiencia laboral. Ha sido gerente general y representante legal de empresas dedicadas al sector de la
construcción y bienes y raíces. Se ha desempeñado como Gerente General de una empresa que presta
servicios de Informática y procesamiento de datos y como administrador de dos empresas dedicadas a la
ática
compra y venta de bienes y raíces. Además, ha sido contador, auditor externo, asesor administrativo y
tributario de diversas empresas e instituciones.
Edificio Madreselva, 1er Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Ave. El Espino, Urb. Madreselva, Antiguo Cuscatlán, El Salvador.
E-mail: contacto@sc.gob.sv - www.sc.gob.sv
2. Dr. Abraham Mena – Director Suplente
Trayectoria académica: Es licenciado y doctor en economía con especialidad en Gestión del desarrollo
Económico y Social. Tiene además, una Maestría en Economía y Planificación del Desarrollo Económico y
Social.
Experiencia laboral. Ha sido docente universitario en la Universidad “Dr. José Matías Delgado”, Universidad
“Dr.
“Tecnológica de El Salvador”, Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” y en la Universidad
,
Nacional de Panamá. En todas ha impartido materias relacionadas a las Ciencias Económicas.
En la actualidad se desempeña como Jefe División de Análisis Estratégico, de la Oficina de Políticas y
Planificación Sectorial (OPPS) del Ministerio de Agricultura y Ganadería. En este mismo Ministerio ha sido
Coordinador del Área de Política Sectorial y Comercial de la Oficina de Políticas y Estrategias (OPE),
Especialista en Política Macroeconómica y Sectorial de la Unidad de Análisis de Políticas Agropecuarias
(UAPA), Técnico de la Oficina Sectorial de Planificación Agropecuaria en San Salvador y Técnico del
Planificaci
Departamento de Planificación de la Región Paracentral en San Vicente.
Funciones del Consejo Directivo
• Imponer sanciones conforme la Ley de Competencia lo establece;
• Ordenar y contratar la realización de estudios de mercado y consultorías específicas sobre aspectos
técnicos que sean necesarios para cumplir con el objetivo que la Ley de Competencia establece,
siempre y cuando dichos estudios sirvan para ampliar o suplir los realizados por el Superintendente
durante la instrucción de los expedientes;
ión
• Instruir al Superintendente para que inicie investigaciones de oficio;
• Ordenar el cese de las prácticas anticompetitivas de conformidad a los términos establecidos en la
Ley de Competencia;
• Autorizar, denegar o condicionar las solicitudes de concentración económica de conformidad a la Ley
de Competencia;
• Conocer y resolver sobre el recurso de revisión interpuesto contra sus resoluciones de conformidad a
la Ley de Competencia;
• Resolver los casos de su competencia y aplicar las sanciones correspondientes;
• Informar a los Entes Reguladores, cuando producto de la investigación de una práctica
anticompetitiva se determine que la causa o el problema tenga su origen en las regulaciones de
dichos entes, a efecto que tomen las medidas correspondientes;
• Estudiar y someter a consideración del Órgano Ejecutivo, a través del Ramo de Economía,
propuestas de reformas a la Ley, reglamentos y demás normativa aplicable;
• Emitir un glosario de términos utilizados para la aplicación de la Ley de Competencia;
• Aprobar el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento;
• Emitir a requerimiento o de oficio, opinión sobre proyectos de leyes, ordenanzas o reglamentos en los
que pudiere limitarse, restringirse o impedirse significativamente la competencia /1; y
udiere
• Emitir, a requerimiento o de oficio, opinión sobre los procedimientos de contratación y adquisición
públicos, en los que pudiere limitarse, restringirse o impedirse significativamente la competencia
/1.
/1 Reformas a la Ley de Competencia, Diario Oficial No. 204, Tomo 377, del 1 de noviembre de 2007.
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