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Estado Colombiano:
  características,
  organización y
    estructura
Características




                                                                 Fundada en el
                                                                      respeto
Es un estado social                                               de la dignidad
         de           Es descentralizada,                            humana,
                                            Es democrática,
derecho organizado      con autonomía                             en el trabajo y
                                              participativa
    en forma de        de sus entidades                         la solidaridad de
                                              y pluralista
     República            territoriales                       las personas que la
      unitaria                                                   integran y en la
                                                                  prevalencia del
                                                                 interés general
ESTRUCTURA DEL ESTADO
Poder                              COLOMBIANO
Público
Órganos                                  Rama
de Control                               Judicial
                       Organismos
Territorial                                               Rama
                           de
                                                         Ejecutiva
                         Control



                                                                       Rama
          Departamentos
                                                                     Legislativa




                                        ESTADO
                                                                      Procuraduría
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                                                                        la nación




                                                               Contraloría
                 Municipios                                     General de
                                                               la República

                                                  Auditoria
                                Órganos
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                               electorales
                                                la República
Derechos esenciales del ciudadano
Vida, Libertad, Igualdad, Justicia, Paz,
Ambiente sano, Calidad de bienes y
servicios, Seguridad social, Trabajo, Salud,
Educación, Recreación, Propiedad,
Información y expresión, Reunión,
Participación, Protección a grupos
primarios.
DERECHOS DEL TRABAJADOR
- El primero es el derecho a un proceso de inducción y de entrenamiento en
seguridad pues antes de iniciar cualquier ocupación es obligación del
empleador informar sobre las políticas y las medidas de seguridad de la
empresa, sobre los factores de riesgo propios de la actividad económica y
los específicos al oficio, al igual que la forma de prevenirlos y controlarlos.
- Otro derecho que tenemos como trabajadores es la garantía de la salud y la
seguridad desde el principio. Identificando los factores de riesgo de cada
trabajo y controlando la fuente de esos riesgos.
- Si una maquinaria presenta fallas mecánicas, es necesario antes de ponerla
a trabajar, garantizar su buen mantenimiento y colocar sus guardas de
protección.
- Si en las condiciones de trabajo dentro de la empresa, existe un factor de
riesgo como el ruido, es necesario usar elementos de protección auditivos.
- La inducción y el entrenamiento de una persona que ingresa a una empresa
o que es cambiada de puesto de trabajo debe ser integral, es decir, debe
abarcar aspectos como la seguridad, la calidad y la productividad.
- Conocer las normas de seguridad es una condición necesaria para el
desarrollo de la ocupación del trabajador y en consecuencia, el logro de
buenos resultados para la empresa. Esto quiere decir que la realización de
un trabajo bien hecho necesita que se haga con calidad y seguridad.
- Conocer claramente nuestro oficio y estar capacitado para hacerlo, es la
mejor forma de prevenir los accidentes de trabajo.
Ministerios
•   1 Ministerio del Interior y de Justicia
•   2 Ministerio de Relaciones Exteriores
•   3 Ministerio de Hacienda y Crédito Público
•   4 Ministerio de Defensa Nacional
•   5 Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
•   6 Ministerio de la Protección Social (al cual está adscrito el SENA)
•   7 Ministerio de Minas y Energía
•   8 Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
•   9 Ministerio de Educación Nacional
•   10 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
•   11 Ministerio de comunicaciones
•   12 Ministerio de transporte
•   13 Ministerio de Cultura
Principales funciones de los ministerios y sus
               instituciones adscritas
EL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Funciones
1. Asesorar a los despachos del Ministro y los Viceministros, en coordinación con el
   Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Presidencial para la Acción Social y la
   Cooperación Internacional, antes denominada – ACCI, en la definición de la política en
   materia de cooperación internacional y relaciones internacionales.
2. Coordinar la elaboración de estudios para la adopción y ratificación de convenios
   internacionales.
3. Proponer las áreas prioritarias, metodología, criterios de selección y evaluación y los
   términos de la cooperación técnica internacional en los temas de competencia del
   Ministerio.
4. Definir los lineamientos y procedimientos básicos que deben seguir las entidades
   adscritas y vinculadas al Ministerio en la identificación, formulación y evaluación de
   programas y proyectos de cooperación internacional.
5. Realizar los estudios de las normas y condiciones del mercado laboral internacional,
   determinar las opciones de intercambio y firma de cooperación para el empleo de
   colombianos en el exterior y, en general, velar por establecer opciones en el mercado
   laboral internacional para los nacionales
6. Diligenciar y tramitar lo relacionado con el cumplimiento de los asuntos y compromisos
   internacionales en coordinación con las dependencias del Ministerio.
• MINISTERIO DE INTERIOR Y JUSTICIA:
Funciones:
   -Ejercer, bajo su propia responsabilidad, las funciones que el
   Presidente de la República le delegue o la ley le confiera y vigilar el
   cumplimiento de las que por mandato legal se hayan otorgado a
   dependencias del Ministerio, así como de las que se hayan
   delegado en funcionarios del mismo.
  - Participar en la orientación, coordinación y control de las entidades
   adscritas y vinculadas pertenecientes al Sector Administrativo del
   Interior y de Justicia.
 - Dirigir y orientar la función de planeación del Sector Administrativo
   del Interior y de Justicia.
  - Revisar y aprobar los anteproyectos de presupuestos de inversión
   y de funcionamiento y el prospecto de utilización de los recursos del
   crédito público que se contemplen para el Sector Administrativo del
   Interior y de Justicia.
  - Vigilar el curso de la ejecución del presupuesto correspondiente al
   Ministerio.
  - Suscribir en nombre de la Nación y de conformidad con el Estatuto
   de Contratación Pública y la Ley Orgánica de Presupuesto, los
   contratos relativos a asuntos propios del Ministerio.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL:
Funciones
1. Participar en la definición, desarrollo y ejecución de las
   políticas de defensa y seguridad nacionales, para
   garantizar la soberanía nacional, la independencia, la
   integridad territorial y el orden constitucional, el
   mantenimiento de las condiciones necesarias para el
   ejercicio y el derecho de libertades públicas, y para
   asegurar que los habitantes de Colombia convivan en
   paz.
2. Contribuir con los demás organismos del Estado para
   alcanzar las condiciones necesarias para el ejercicio de
   los derechos, obligaciones y libertades públicas.
3. Ayudar al mantenimiento de la paz y la tranquilidad de
   los colombianos en procura de la seguridad que facilite
   el desarrollo económico, la protección y conservación de
   los recursos naturales y la promoción y protección de los
   Derechos Humanos.
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO
                   RURAL.
Funciones.
   -Formular las políticas para el desarrollo del Sector Agropecuario, Pesquero y
   de Desarrollo Rural.
   -Orientar y dirigir la formulación de los planes, programas y proyectos que
   requiere el desarrollo del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural,
   y en general de las áreas rurales del país.
   -Presentar los planes y programas del sector que deban ser incorporados al
   Plan Nacional de Desarrollo.
   -Preparar y presentar al Congreso de la República, de acuerdo con la agenda
   legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley relacionados con las
   funciones del sector.
   -Definir, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de
   Comercio Exterior, la negociación o convenios internacionales del sector.
   -Crear, organizar, conformar y asignar responsabilidades a grupos internos de
   trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta la estructura interna, las
   necesidades del servicio y los planes y programas trazados por el Ministerio, y
   designar al funcionario que actuará como coordinador de cada grupo.
  - Crear, conformar y asignar funciones, mediante resolución, a los órganos de
   asesoría y coordinación que considere necesarios para el desarrollo de sus
   funciones.
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
Funciones:

   1. Adoptar la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, refinación,
   procesamiento, beneficio, transformación y distribución de minerales e hidrocarburos, así
   como la política sobre generación, transmisión, interconexión, distribución y
   establecimiento de normas técnicas en materia de energía eléctrica, sobre el uso racional de
   energía y el desarrollo de fuentes alternas, y en general, sobre todas las actividades
   técnicas, económicas, jurídicas, industriales y comerciales relacionadas con el
   aprovechamiento integral de los recursos naturales no renovables y de la totalidad de las
   fuentes energéticas del país en concordancia con los planes generales de desarrollo ;
   2. Propender que las actividades que desarrollen las empresas del sector minero-energético
   garanticen el desarrollo sostenible de los recursos naturales;
   3. Adoptar los planes de desarrollo del sector minero-energético del país en concordancia
   con los planes generales de desarrollo y con la política macroeconómica del Gobierno
   Nacional. En ejercicio de esta función se deberán identificar las necesidades del sector
   minero-energético y los planes generales deberán estar orientados a satisfacer esta
   demanda. Para el efecto el Ministerio podrá adelantar, directamente o en coordinación con
   otros organismos públicos o privados, investigaciones que se relacionen con las
   actividades propias del sector;
   4. Adoptar los reglamentos y hacer cumplir las disposiciones constitucionales, legales y
   reglamentarias relacionadas con la exploración, explotación, transporte, refinación,
   distribución, procesamiento, beneficio, comercialización y exportación de recursos
   naturales no renovables, y las normas técnicas relativas a los servicios públicos
   domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, en los términos previstos en las
   normas legales vigentes.
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y
                      TURISMO

•   Apoyar la actividad empresarial, productora de bienes, servicios y tecnología,
    así como la gestión turística de las regiones del país, con el fin de mejorar su
    competitividad, su sostenibilidad e incentivar la generación de mayor valor
    agregado, lo cual permitirá consolidar su presencia en el mercado local y en los
    mercados internacionales, cuidando la adecuada competencia en el mercado
    local, en beneficio de los consumidores y los turistas, contribuyendo a mejorar el
    posicionamiento internacional de Colombia en el mundo y la calidad de vida de
    los colombianos. apoyar la actividad empresarial, productora de bienes,
    servicios y tecnología, así como la gestión turística de las regiones del país, con
    el fin de mejorar su competitividad, su sostenibilidad e incentivar la generación
    de mayor valor agregado, lo cual permitirá consolidar su presencia en el
    mercado local y en los mercados internacionales, cuidando la adecuada
    competencia en el mercado local, en beneficio de los consumidores y los
    turistas, contribuyendo a mejorar el posicionamiento internacional de Colombia
    en el mundo y la calidad de vida de los colombianos.
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL.
Funciones
- Formular la política nacional de educación,
  regular y establecer los criterios y parámetros
  técnicos cualitativos que contribuyan al
  mejoramiento del acceso, calidad y equidad de
  la educación, en todos sus niveles y
  modalidades.
- Preparar y proponer los planes de desarrollo del
  Sector, en especial el Plan Nacional de
  Desarrollo Educativo, convocando los entes
  territoriales, las instituciones educativas y la
  sociedad en general, de manera que se
  atiendan las necesidades del desarrollo
  económico y social del país.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
 - Al Ministerio de Comunicaciones le corresponde ejercer
  las funciones de planeación, regulación y control de los
  servicios del sector de las telecomunicaciones, de los
  servicios informáticos y de telemática, de los servicios
  especializados de telecomunicaciones o servicios de
  valor agregado, de los servicios postales, etc., de
  acuerdo al numeral 1o. de la ley 72 de 1989 ."
  (sentencia C-189 de 1994 de la Corte Constitucional. Se
  lee en el artículo 1 de la ley 72 de 1989: "El Gobierno
  Nacional, por medio del Ministerio de Comunicaciones,
  adoptará la política general del sector de
  comunicaciones y ejercerá las funciones de planeación,
  regulación y control de todos los servicios de dicho
  sector, que comprende, entre otros: Los servicios de
  telecomunicaciones. Los servicios informáticos y de
  telemática. Los servicios especializados de
  telecomunicaciones o servicios de valor agregado. Los
  servicios postales.
MINISTERIO DE TRANSPORTE:
funciones :
1. Participar en la formulación de la política, planes
   y programas de desarrollo económico y social del
   país
2. Formular las políticas del Gobierno Nacional en
   materia de tránsito, transporte y la
   infraestructura de los modos de su competencia.
3. Establecer la política del Gobierno Nacional para
   la directa, controlada y libre fijación de tarifas de
   transporte nacional e internacional en relación
   con los modos de su competencia, sin perjuicio
   de lo previsto en acuerdos y tratados de carácter
   internacional.
Sistema educativo nacional: niveles, tipos de educación,
características y diferencias entre la educación superior
           y la formación profesional integral.

•   La educación formal comprende los siguientes niveles progresivos:
•   - Educación preescolar
•   - Educación básica (primaria y secundaria)
•   - Educación media
•   - Educación superior: pregrado, postgrado, maestría y doctorado (según sea la carrera)
•
•   La educación preescolar se refiere a niños menores de 6 años de edad y será obligatoria, mínimo
    en un año lectivo (edad de 5 años).
•   La educación básica comprende un ciclo de educación “básica primaria“ que se extiende del
    grado 1 al 5, a niños cuyas edades oscilan entre los 6 y los 10 años, y el ciclo de educación
    “básica secundaria“ que se imparte del grado 6 al 9, entre las edades de 11 a 14 años, en
    instituciones privadas u oficiales. Tanto en este caso como en la educación primaria, el plan de
    estudios está organizado por áreas de conocimiento.
•   La educación media vocacional comprende los grados 10 y 11 para los alumnos cuyas edades
    oscilen entre los 15 y 16 años. Culmina con la expedición del título de bachiller, en el que se
    especifica la modalidad y especialidad.
•   La educación superior continúa la formación integral del hombre como persona culta y útil a la
    sociedad y conduce a la obtención de títulos o a la acumulación de derechos académicos en las
    modalidades educativas de formación intermedia profesional, formación tecnológica, formación
    universitaria y formación avanzada o de postgrado.
DIFERENCIAS ENTRE EDUCACION SUPERIOR Y
              EDUCACION PROFESIONAL:
Formación Profesional, actividad cuyo objetivo es descubrir y desarrollar
   las aptitudes humanas para una vida activa, productiva y satisfactoria.
   La Formación Profesional es una actividad educativa que se orienta a
   proporcionar conocimientos, habilidades y destrezas necesarios para
   un correcto desempeño profesional y laboral. Posee componentes tanto
   teóricos como prácticos, pero con mayor peso de los segundos en
   comparación con otras formas de educación. Conlleva un carácter
   marcadamente laboral, no sólo dado por sus contenidos técnicos, sino
   también porque prepara a las personas para insertarse dentro de
   determinadas relaciones de trabajo.
Enseñanza superior, periodo de estudios avanzados que se inicia al
   término de la enseñanza media superior (preparatoria, bachillerato), con
   el fin de formar y capacitar técnicos y profesionales mediante el
   conocimiento científico-tecnológico en el más alto nivel.
La enseñanza superior engloba una serie de cursos de nivel de pregrado
   (impartidos por escuelas universitarias que ofrecen la titulación del
   grado de diplomatura) y de postgrado (impartidos por facultades
   universitarias con titulaciones de licenciatura, maestría y doctorado),
   pero también incluye la educación superior tecnológica. La enseñanza
   superior comprende un conjunto de instituciones públicas y privadas
   con régimen jurídico propio, ofertas profesionales y de postgrado,
   antigüedad, tamaño, capacidad de investigación, instalaciones y
   recursos diferentes.

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Estado colombiano (1)

  • 1. Estado Colombiano: características, organización y estructura
  • 2. Características Fundada en el respeto Es un estado social de la dignidad de Es descentralizada, humana, Es democrática, derecho organizado con autonomía en el trabajo y participativa en forma de de sus entidades la solidaridad de y pluralista República territoriales las personas que la unitaria integran y en la prevalencia del interés general
  • 3. ESTRUCTURA DEL ESTADO Poder COLOMBIANO Público Órganos Rama de Control Judicial Organismos Territorial Rama de Ejecutiva Control Rama Departamentos Legislativa ESTADO Procuraduría Distritos General de la nación Contraloría Municipios General de la República Auditoria Órganos General de electorales la República
  • 4. Derechos esenciales del ciudadano Vida, Libertad, Igualdad, Justicia, Paz, Ambiente sano, Calidad de bienes y servicios, Seguridad social, Trabajo, Salud, Educación, Recreación, Propiedad, Información y expresión, Reunión, Participación, Protección a grupos primarios.
  • 5. DERECHOS DEL TRABAJADOR - El primero es el derecho a un proceso de inducción y de entrenamiento en seguridad pues antes de iniciar cualquier ocupación es obligación del empleador informar sobre las políticas y las medidas de seguridad de la empresa, sobre los factores de riesgo propios de la actividad económica y los específicos al oficio, al igual que la forma de prevenirlos y controlarlos. - Otro derecho que tenemos como trabajadores es la garantía de la salud y la seguridad desde el principio. Identificando los factores de riesgo de cada trabajo y controlando la fuente de esos riesgos. - Si una maquinaria presenta fallas mecánicas, es necesario antes de ponerla a trabajar, garantizar su buen mantenimiento y colocar sus guardas de protección. - Si en las condiciones de trabajo dentro de la empresa, existe un factor de riesgo como el ruido, es necesario usar elementos de protección auditivos. - La inducción y el entrenamiento de una persona que ingresa a una empresa o que es cambiada de puesto de trabajo debe ser integral, es decir, debe abarcar aspectos como la seguridad, la calidad y la productividad. - Conocer las normas de seguridad es una condición necesaria para el desarrollo de la ocupación del trabajador y en consecuencia, el logro de buenos resultados para la empresa. Esto quiere decir que la realización de un trabajo bien hecho necesita que se haga con calidad y seguridad. - Conocer claramente nuestro oficio y estar capacitado para hacerlo, es la mejor forma de prevenir los accidentes de trabajo.
  • 6. Ministerios • 1 Ministerio del Interior y de Justicia • 2 Ministerio de Relaciones Exteriores • 3 Ministerio de Hacienda y Crédito Público • 4 Ministerio de Defensa Nacional • 5 Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural • 6 Ministerio de la Protección Social (al cual está adscrito el SENA) • 7 Ministerio de Minas y Energía • 8 Ministerio de Comercio, Industria y Turismo • 9 Ministerio de Educación Nacional • 10 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial • 11 Ministerio de comunicaciones • 12 Ministerio de transporte • 13 Ministerio de Cultura
  • 7. Principales funciones de los ministerios y sus instituciones adscritas EL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL Funciones 1. Asesorar a los despachos del Ministro y los Viceministros, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, antes denominada – ACCI, en la definición de la política en materia de cooperación internacional y relaciones internacionales. 2. Coordinar la elaboración de estudios para la adopción y ratificación de convenios internacionales. 3. Proponer las áreas prioritarias, metodología, criterios de selección y evaluación y los términos de la cooperación técnica internacional en los temas de competencia del Ministerio. 4. Definir los lineamientos y procedimientos básicos que deben seguir las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio en la identificación, formulación y evaluación de programas y proyectos de cooperación internacional. 5. Realizar los estudios de las normas y condiciones del mercado laboral internacional, determinar las opciones de intercambio y firma de cooperación para el empleo de colombianos en el exterior y, en general, velar por establecer opciones en el mercado laboral internacional para los nacionales 6. Diligenciar y tramitar lo relacionado con el cumplimiento de los asuntos y compromisos internacionales en coordinación con las dependencias del Ministerio.
  • 8. • MINISTERIO DE INTERIOR Y JUSTICIA: Funciones: -Ejercer, bajo su propia responsabilidad, las funciones que el Presidente de la República le delegue o la ley le confiera y vigilar el cumplimiento de las que por mandato legal se hayan otorgado a dependencias del Ministerio, así como de las que se hayan delegado en funcionarios del mismo. - Participar en la orientación, coordinación y control de las entidades adscritas y vinculadas pertenecientes al Sector Administrativo del Interior y de Justicia. - Dirigir y orientar la función de planeación del Sector Administrativo del Interior y de Justicia. - Revisar y aprobar los anteproyectos de presupuestos de inversión y de funcionamiento y el prospecto de utilización de los recursos del crédito público que se contemplen para el Sector Administrativo del Interior y de Justicia. - Vigilar el curso de la ejecución del presupuesto correspondiente al Ministerio. - Suscribir en nombre de la Nación y de conformidad con el Estatuto de Contratación Pública y la Ley Orgánica de Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios del Ministerio.
  • 9. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL: Funciones 1. Participar en la definición, desarrollo y ejecución de las políticas de defensa y seguridad nacionales, para garantizar la soberanía nacional, la independencia, la integridad territorial y el orden constitucional, el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio y el derecho de libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz. 2. Contribuir con los demás organismos del Estado para alcanzar las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos, obligaciones y libertades públicas. 3. Ayudar al mantenimiento de la paz y la tranquilidad de los colombianos en procura de la seguridad que facilite el desarrollo económico, la protección y conservación de los recursos naturales y la promoción y protección de los Derechos Humanos.
  • 10. MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL. Funciones. -Formular las políticas para el desarrollo del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. -Orientar y dirigir la formulación de los planes, programas y proyectos que requiere el desarrollo del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, y en general de las áreas rurales del país. -Presentar los planes y programas del sector que deban ser incorporados al Plan Nacional de Desarrollo. -Preparar y presentar al Congreso de la República, de acuerdo con la agenda legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley relacionados con las funciones del sector. -Definir, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior, la negociación o convenios internacionales del sector. -Crear, organizar, conformar y asignar responsabilidades a grupos internos de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por el Ministerio, y designar al funcionario que actuará como coordinador de cada grupo. - Crear, conformar y asignar funciones, mediante resolución, a los órganos de asesoría y coordinación que considere necesarios para el desarrollo de sus funciones.
  • 11. MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Funciones: 1. Adoptar la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio, transformación y distribución de minerales e hidrocarburos, así como la política sobre generación, transmisión, interconexión, distribución y establecimiento de normas técnicas en materia de energía eléctrica, sobre el uso racional de energía y el desarrollo de fuentes alternas, y en general, sobre todas las actividades técnicas, económicas, jurídicas, industriales y comerciales relacionadas con el aprovechamiento integral de los recursos naturales no renovables y de la totalidad de las fuentes energéticas del país en concordancia con los planes generales de desarrollo ; 2. Propender que las actividades que desarrollen las empresas del sector minero-energético garanticen el desarrollo sostenible de los recursos naturales; 3. Adoptar los planes de desarrollo del sector minero-energético del país en concordancia con los planes generales de desarrollo y con la política macroeconómica del Gobierno Nacional. En ejercicio de esta función se deberán identificar las necesidades del sector minero-energético y los planes generales deberán estar orientados a satisfacer esta demanda. Para el efecto el Ministerio podrá adelantar, directamente o en coordinación con otros organismos públicos o privados, investigaciones que se relacionen con las actividades propias del sector; 4. Adoptar los reglamentos y hacer cumplir las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias relacionadas con la exploración, explotación, transporte, refinación, distribución, procesamiento, beneficio, comercialización y exportación de recursos naturales no renovables, y las normas técnicas relativas a los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, en los términos previstos en las normas legales vigentes.
  • 12. MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO • Apoyar la actividad empresarial, productora de bienes, servicios y tecnología, así como la gestión turística de las regiones del país, con el fin de mejorar su competitividad, su sostenibilidad e incentivar la generación de mayor valor agregado, lo cual permitirá consolidar su presencia en el mercado local y en los mercados internacionales, cuidando la adecuada competencia en el mercado local, en beneficio de los consumidores y los turistas, contribuyendo a mejorar el posicionamiento internacional de Colombia en el mundo y la calidad de vida de los colombianos. apoyar la actividad empresarial, productora de bienes, servicios y tecnología, así como la gestión turística de las regiones del país, con el fin de mejorar su competitividad, su sostenibilidad e incentivar la generación de mayor valor agregado, lo cual permitirá consolidar su presencia en el mercado local y en los mercados internacionales, cuidando la adecuada competencia en el mercado local, en beneficio de los consumidores y los turistas, contribuyendo a mejorar el posicionamiento internacional de Colombia en el mundo y la calidad de vida de los colombianos.
  • 13. MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL. Funciones - Formular la política nacional de educación, regular y establecer los criterios y parámetros técnicos cualitativos que contribuyan al mejoramiento del acceso, calidad y equidad de la educación, en todos sus niveles y modalidades. - Preparar y proponer los planes de desarrollo del Sector, en especial el Plan Nacional de Desarrollo Educativo, convocando los entes territoriales, las instituciones educativas y la sociedad en general, de manera que se atiendan las necesidades del desarrollo económico y social del país.
  • 14. MINISTERIO DE COMUNICACIONES - Al Ministerio de Comunicaciones le corresponde ejercer las funciones de planeación, regulación y control de los servicios del sector de las telecomunicaciones, de los servicios informáticos y de telemática, de los servicios especializados de telecomunicaciones o servicios de valor agregado, de los servicios postales, etc., de acuerdo al numeral 1o. de la ley 72 de 1989 ." (sentencia C-189 de 1994 de la Corte Constitucional. Se lee en el artículo 1 de la ley 72 de 1989: "El Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Comunicaciones, adoptará la política general del sector de comunicaciones y ejercerá las funciones de planeación, regulación y control de todos los servicios de dicho sector, que comprende, entre otros: Los servicios de telecomunicaciones. Los servicios informáticos y de telemática. Los servicios especializados de telecomunicaciones o servicios de valor agregado. Los servicios postales.
  • 15. MINISTERIO DE TRANSPORTE: funciones : 1. Participar en la formulación de la política, planes y programas de desarrollo económico y social del país 2. Formular las políticas del Gobierno Nacional en materia de tránsito, transporte y la infraestructura de los modos de su competencia. 3. Establecer la política del Gobierno Nacional para la directa, controlada y libre fijación de tarifas de transporte nacional e internacional en relación con los modos de su competencia, sin perjuicio de lo previsto en acuerdos y tratados de carácter internacional.
  • 16. Sistema educativo nacional: niveles, tipos de educación, características y diferencias entre la educación superior y la formación profesional integral. • La educación formal comprende los siguientes niveles progresivos: • - Educación preescolar • - Educación básica (primaria y secundaria) • - Educación media • - Educación superior: pregrado, postgrado, maestría y doctorado (según sea la carrera) • • La educación preescolar se refiere a niños menores de 6 años de edad y será obligatoria, mínimo en un año lectivo (edad de 5 años). • La educación básica comprende un ciclo de educación “básica primaria“ que se extiende del grado 1 al 5, a niños cuyas edades oscilan entre los 6 y los 10 años, y el ciclo de educación “básica secundaria“ que se imparte del grado 6 al 9, entre las edades de 11 a 14 años, en instituciones privadas u oficiales. Tanto en este caso como en la educación primaria, el plan de estudios está organizado por áreas de conocimiento. • La educación media vocacional comprende los grados 10 y 11 para los alumnos cuyas edades oscilen entre los 15 y 16 años. Culmina con la expedición del título de bachiller, en el que se especifica la modalidad y especialidad. • La educación superior continúa la formación integral del hombre como persona culta y útil a la sociedad y conduce a la obtención de títulos o a la acumulación de derechos académicos en las modalidades educativas de formación intermedia profesional, formación tecnológica, formación universitaria y formación avanzada o de postgrado.
  • 17. DIFERENCIAS ENTRE EDUCACION SUPERIOR Y EDUCACION PROFESIONAL: Formación Profesional, actividad cuyo objetivo es descubrir y desarrollar las aptitudes humanas para una vida activa, productiva y satisfactoria. La Formación Profesional es una actividad educativa que se orienta a proporcionar conocimientos, habilidades y destrezas necesarios para un correcto desempeño profesional y laboral. Posee componentes tanto teóricos como prácticos, pero con mayor peso de los segundos en comparación con otras formas de educación. Conlleva un carácter marcadamente laboral, no sólo dado por sus contenidos técnicos, sino también porque prepara a las personas para insertarse dentro de determinadas relaciones de trabajo. Enseñanza superior, periodo de estudios avanzados que se inicia al término de la enseñanza media superior (preparatoria, bachillerato), con el fin de formar y capacitar técnicos y profesionales mediante el conocimiento científico-tecnológico en el más alto nivel. La enseñanza superior engloba una serie de cursos de nivel de pregrado (impartidos por escuelas universitarias que ofrecen la titulación del grado de diplomatura) y de postgrado (impartidos por facultades universitarias con titulaciones de licenciatura, maestría y doctorado), pero también incluye la educación superior tecnológica. La enseñanza superior comprende un conjunto de instituciones públicas y privadas con régimen jurídico propio, ofertas profesionales y de postgrado, antigüedad, tamaño, capacidad de investigación, instalaciones y recursos diferentes.