2. I- Las personas naturales que, según el Código Civil son capaces para obligarse. II- Los menores que teniendo 18 años cumplidos hayan sido habilitados de edad. III- Los mayores de 18 años con autorización de sus representantes legales esta deberá constar en escritura pública. ART.7 SON CAPACES PARA EJERCER EL COMERCIO IV- Los mayores de 18 años que obtengan autorización judicial. Estas autorizaciones son irrevocables y deben ser inscritas en el Registro de Comercio.
5. Art. 10 No podrán ser titulares de empresas Personas que carecen de capacidad o habilidad. El incapaz adquiera herencia o donación una empresa. Salvo… Y cuando se declare curatela. El juez decidirá con informe de peritos.
6. Ha de continuar o debe liquidarse y en que forma.. Estableciendo las limitaciones que juzgue oportunas. Se respetara su voluntad cuando no ofrezca grave inconveniente al juicio. Todo juez que decrete la interdicción debe.. Iniciar el procedimiento en 15 días a partir del siguiente. Todo juez ante quien acepte una herencia entre menores debe exigir que se informe… 13-abr-10
7. Si lo hay debe iniciar el procedimiento… Si entre los bienes hay empresas mercantiles. Hasta que se notifique la declaratoria de herederos. a quince días contados a partir del siguiente. Los representantes legales de los incapaces deben solicitar Dentro de 30 días e las fechas indicadas 13-abr-10
9. Los incapaces que se dediquen al comercio sin haber sido habilitados o autorizados No adquieran la calidad de comerciantes At.12 A los daños ocasionados de buena fe por la actuación comercial de aquellos Sus padres, representantes o tutores responderán Si no dieran aviso por medio de prensa con anterioridad que se cause el perjuicio. 13-abr-10