1. UNIDAD 3
Sujetos del derecho privado en
función de su actividad
Prof. M. Canteros
Actualización: Prof. V. Glibota
2. CAPÍTULO 3
O Comerciante. Concepto legal. Adquisición
y cesación de la calidad de comerciante.
Consecuencias. Capacidad para ejercer el
comercio: regulación en el Código de
Comercio. Incompatibilidades (arts. 22 y
24 del Código de Comercio).
O Agentes auxiliares del comercio.
Concepto y funciones. Clasi-ficación.
Factor. Viajante de comercio.
Despachante de aduana. Concepto y
función.
3. O Empresa comercial. Concepto. Enumeración
legal. Importan-cia en el orden económico y
jurídico. Elementos constituti-vos. La
empresa de familia.
O Sujetos del derecho del consumo (Ley 24240).
Consumidor. Usuario. Proveedor. Concepto y
alcances. Asociaciones de consumidores y
Cámaras empresariales. Concepto y
funciones. Sujetos excluidos de la Ley.
4. BIBLIOGRAFÍA SUGERIDA
O ETCHEVERRY, Raúl Aníbal, DERECHO
COMERCIAL Y ECONOMICO PARTE GENERAL –
Ed. ASTREA.
O LORENZETTI, R. L. Consumidores (Segunda edición
actualizada). Ed. RUBINZAL CULZONI
O Código de Comercio
O Ley 24.240
5. “Es el que regla las relaciones de los
comerciantes entre sí y las
consecuencias jurídicas de los actos
de comercio, y del cual se va
diseñando, cada vez con mayor
vigor, la segregación del llamado
Derecho de la Navegación, que atañe
7. Sujetos del derecho
comercial
COMERCIANTE
• Individual (art. 1
C. Com.)
• Colectivo (art. 1
Ley 19550 de
sociedades
comerciales)
NO COMERCIANTES
• Realizan en forma
ocasional actos de
comercio (en relación a
ellos, art. 6)
• Quedan regulados cuando
se vinculan con
comerciantes (actos de
comercio unilaterales, art.
7, C. Com.)
• Auxiliares de comercio (que
no son comerciantes)
8. Relaciones en el derecho
Comercial
COMERCIANTE
EMPRESA
EMPRESARIO
PROVEEDOR DE
BIENES Y
SERVICIOS
CONSUMIDORES Y
USUARIOS
SOCIEDADES
COMERCIALES
9. EMPRESARIO
O BUSINESS
MAN
ES TODA PERSONA
QUE
ORGANIZA, DIRIGE Y
CONTROLA
LA ESTRUCTURA
EMPRESARIA PARA
LA PRODUCCION E
INTERCAMBIO DE
BIENES O SERVICIOS,
ASUMIENDO LOS
RIESGOS Y
CREANDO NUEVOS
CAMINOS PARA SU
NEGOCIO.
10. COMERCIANTE
Concepto legal de comerciante:
O ART. 1 Cód. de Com.: “LA LEY
DECLARA COMERCIANTE A TODOS
LOS INDIVIDUOS QUE TENIENDO
CAPACIDAD LEGAL PARA
CONTRATAR, EJERCEN POR CUENTA
PROPIA ACTOS DE
COMERCIO, HACIENDO DE ELLO SU
PROFESIÓN HABITUAL”
11. O Art. 2 : “Se llama en general
comerciante, toda persona
que hace profesión de la
compra o venta de
mercaderías. En particular se
llama comerciante, el que
compra y hace fabricar
mercaderías para vender por
mayor o menor”.
12. ANALISIS DEL ART. 1
capacidad para contratar = capacidad para
(Cód. Civil) ejercer el comercio
Capacidad de hecho y derecho
Art. 9 Cód. de Com.: “Es hábil para ejercer el
comercio toda persona que tiene la libre
administración de sus bienes”
TODOS LOS INDIVIDUOS
CAPACIDAD LEGAL PARA CONTRATAR
Personas de
existencia visible
No contempla las sociedade
(personas jurídicas), que se
regularán en la Ley 19550
13. INCAPACES para EJERCER EL
COMERCIO
O Art. 9: “Es hábil para ejercer el comercio toda
persona que según las leyes comunes, tiene la
LIBRE ADMINISTRACION DE LOS BIENES. Los que
según estas mismas leyes no se obligan por sus
pactos o contratos, son igualmente incapaces
para celebrar actos de comercio
Menores de 18 años
Dementes declarados en
juicio.
Sordos mudos que no se
dan a
entender por escrito
Quebrados no rehabilitados
(se
critica porque no son
INCOMPATIBLES POR
INCAPACIDAD LEGAL
ART 24, C. Com.
De allí que
14. MENORES COMERCIANTES
O HA QUEDADO DEROGADOS POR LA LEY 26579
DEL AÑO 2009 (Mayoria de edad)
LOS ARTÍCULOS QUE AUTORIZABAN A EJERCER EL
COMERCIO A LOS MENORES DE 18 AÑOS
Arts. 10,11 y 12, Cód. de
Comercio
15. Menores comerciantes
O Los menores de 18 años no pueden
constituir o integrar sociedades
comerciales regulares.
O Pero pueden INCORPORARSE a
sociedades regulares ya
constituidas, como “herederos”
(Art 28 de la ley 19550).
Tengamo
s en
cuenta
que…
16. INCOMPATIBILIDADES
INCOMPATIBILIDADES
POR RAZONES DE
ESTADO
ART. 22, C. COM.
1º Las corporaciones
eclesiásticas;
2 Los clérigos de cualquier orden
mientras vistan el traje clerical.
3 Las magistrados civiles y jueces
en el territorio donde ejercen su
autoridad y jurisdicción con título
permanente.
Art. 23. En la prohibición del artículo precedente, no se
comprende la facultad de dar dinero a interés, con tal
que las personas en él mencionadas no hagan del
ejercicio de esa facultad profesión habitual de
comercio, ni tampoco la de ser accionistas en
cualquier compañía mercantil, desde que no tomen
parte en la gerencia administrativa.
17. ANALISIS ART. 1
O Significa que quien realiza el acto tiene un interés
en el negocio, ASUME LOS RIESGOS DEL
MISMO. No es igual a quien representa a alguien
(que actúa por cuenta ajena, de su representado)
O Profesión : alude al medio de vida para quien lo
hace.
O Habitualidad: repetición de actos de forma regular.
EJERCEN POR CUENTA PROPIA ACTOS DE
COMERCIO
PROFESIÓN HABITUAL
18. ADQUISICIÓN Y CESACION DE LA
CALIDAD DE COMERCIANTE
ADQUISICIÓN
DE MODO FACTICO
O DE HECHO
CESACIÓN
Como la adquiere la pierde: por falta de
ejercicio habitual.
Muerte de la persona física.
Retiro de la matrícula.
Inhabilitación por quiebra (mientras dure)
EJERCICIO HABITUAL DE
ACTOS DE COMERCIO,
COMO MEDIO DE VIDA O
PROFESION
19. ¿Se es comerciante cuando se es socio en
una sociedad comercial?
Para la doctrina mayoritaria(Siburu): NO
La personalidad jurídica la tiene la
sociedad, y el carácter de comercial es de
la Sociedad y no del socio.
Para tener en
cuenta…..
20. CONSECUENCIAS DE LA
CALIDAD DE COMERCIANTE
Art. 5 . Todos los que tienen la
calidad de comerciantes, según la ley,
están sujetos a la jurisdicción,
reglamentos y legislación comercial.
Los actos de los comerciantes se
presumen siempre actos de comercio,
salvo la prueba en contrario.