El programa La Posta XXX realizó un análisis sobre la elección de Leónidas Iza como presidente de la Conaie mediante un acróstico con adjetivos lanzados como dardos a su imagen, lo que generó reacciones y pedidos de correctivos. Los presentadores pidieron disculpas públicas reconociendo que tildar e irrespetar a Iza fue un error y un acto de innecesaria violencia que va en contra de la garantía constitucional de acceso a información objetiva sin censura previa.
1. ¿Libertad de Expresión? Estreno de La Posta XXX
INTRODUCCIÓN
La Posta XXX hizo un análisis sobre la elección de Leónidas Iza como
presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador
(Conaie), para el que se elaboró un acróstico con adjetivaciones y, mientras las
decían, lanzaban dardos a la imagen del dirigente.
Mediante un acróstico, los presentadores pretendieron realizar una descripción
deIza. No obstante, mientras secompletaba la frase concadaletra, se colocaban
dardos en fotografía de Iza, específicamente cerca de su rostro.
DESARROLLO
Esto generó reacciones. Eduardo Bonilla, titular de la Secretaría General de
Comunicación de la Presidencia de la República, rechazó “contundentemente”
los comentarios vertidos en contra de Iza, y se exhortó a TC Televisión a tomar
“correctivos” y aplicar “sanciones”, de acuerdo con su código deontológico.
El Consejo deComunicación, presidido por Jeaninne Cruz, también divulgó una
comunicación titulada “No podemos seguir cometiendo los mismos errores de
años anteriores”, en la que serecordabaqueel derecho a la libertad de expresión
cuenta con “límites legítimos en el respeto a los derechos y prohibición de toda
apología de odio y cualquier otro discurso que incite a la violencia, conforme
lo dispone la Convención Americana de Derechos Humanos”.
Vivanco y Boscán pidieron disculpas públicas porlo que reconocieron fue “un
error”, reconoció que tildó a Iza de “cabrón en televisión nacional”, y que,
aunque no concibe “la forma de hacer protesta de Iza, jamás debimos
irrespetarlo. Los dardos fue innecesariamente violencia y a todas luces se
cometieron errores”.
CONCLUSIONES.
El articulo Art. 81. Dice: El Estado garantizará el derecho a acceder a fuentes
de información; a buscar, recibir, conocer y difundir información objetiva,
veraz, plural, oportuna y sin censura previa, de los acontecimientos de interés
general, que preserve los valores de la comunidad, especialmente por parte de
periodistas y comunicadores sociales, y esto es lo que no hicieron estos dos
periodistas lanzando agravios a Leónidas Iza sin pensar en las consecuencias
que esto tendría para ellos y para el mismo medio de comunicación ya que en
el Ecuador hay una reglamento vigente que regula estas acciones.