1. No se ve el derecho de
igualdad; vive extrema
pobreza.
El asentamiento humano de
ciudadanos shipibos, que viven
ignorados por la sociedad, está
ubicados en Cantagallo, distrito de
San Martin de Porres-Lima.
Los ciudadanos y ciudadanas
que son objetos de
discriminación.
Aunar esfuerzos entre varones y
mujeres, ligada a la existencia
de derechos fundamentales.
Igualdad y Diferencia
2.- ¿Por qué Ferrajoli entiende a la igualdad como norma y a la
diferencia como hecho?
Ferrajoli, sustenta la igualdad como norma jurídica, está
reconocido en el capítulo I, Articulo 2º de la Constitución
Política del Perú, los Derechos Fundamentales de la Persona,
dice “la persona tiene derecho a la igualdad ante la ley…,”
explica, el derecho a la ciudadanía traducida en la convivencia
democrática. Sin embargo, la igualdad no es un hecho, sino un
valor; la persona es diverso y que por sus diversidades son
discriminadas que resulta un impedimento de sobresalir; ellos
presentan los rasgos de razas, el color, su idioma, su cultura, el
estilos de vida; estas características personales condicionan o
limitan al ser en recibir el tratado con dignidad, además, la mujer
permite que vulneren sus derechos. Por consiguiente, existe
asimetría entre igualdad y diferencia. La crisis de la legalidad
prevalece en el estado social y del estado nacional fingiendo
que todos somos iguales se impone el sujeto privilegiado la
indiferencia jurídica de las diferencias prevalece en la sociedad.
la diferencia como hecho de que pesan en las relaciones
sociales como factores de desigualdad en violación de la norma
sobre la igualdad, se piensen y elaboren no solo las
formulaciones normativas de los derechos, sino también sus
garantías de efectividad respecto a la liberad se sustenta a la
diferencia como un hecho, Según, el aporte crítico que hace
Cavarero, “el concepto de igualdad tiene que ver más bien con
su uso asertivo, conforme al esquema clásico, que con el
normativo:”, lo que sí es importante identificar a las personas
que deben ser respetados y tratados en iguales condiciones en
la sociedad democrática. Prueba de ello, es el hecho de que
tales críticas consisten en argumentos asertivos, para expresar
lo que uno piensa y siente de manera deliberante.