Las consecuencias derivadas de la aparición de un incendio en un centro de trabajo pueden ser devastadoras en términos materiales y humanos. Con objeto de minimizar este riesgo, el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a adoptar medidas adecuadas en materia de lucha contra incendios y a comprobar periódicamente el correcto funcionamiento de los medios de protección dispuestos.
Requisitos de seguridad y salud en equipos de trabajo: Sierra circular de mesaPrevención Empresas
El artículo 17 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a adoptar las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. La miniguía repasa, desde la óptica del prevencionista, aspectos relativos a una sierra circular de mesa.
Este documento presenta la Guía Técnica actualizada en noviembre de 2011 por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España. La guía proporciona criterios y recomendaciones para facilitar la interpretación y aplicación del Real Decreto 1215/1997, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos de trabajo por los trabajadores. La guía analiza el marco legal y desarrolla comentarios sobre cada artículo del real decreto, incluyendo anexos con dispos
Este documento resume los criterios de la ITSS sobre la formación de operadores de plataformas elevadoras móviles de personal. Señala que la formación debe cumplir con la legislación en materia de prevención de riesgos laborales y con lo indicado por los fabricantes. Esta debe incluir aspectos generales de seguridad, riesgos específicos del puesto de trabajo y manejo seguro de cada equipo. Además, la formación específica puede basarse en la norma UNE 58923 y debe complementarse con la del puesto en concreto.
El concierto entre la empresa y el servicio de prevención de riesgos laborales Prevención Empresas
1) El documento proporciona orientación sobre el proceso de selección de un servicio de prevención de riesgos laborales (SPA), incluyendo la búsqueda de SPA, selección de candidatos, valoración de presupuestos, elección del SPA y firma del concierto.
2) Recomienda buscar SPA en el registro SERPA, seleccionar entre 3 y 5 candidatos considerando factores como proximidad geográfica y especialización, y valorar presupuestos en base a visitas técnicas, informes incluidos
El documento describe las obligaciones de diferentes agentes en relación con la formación de operadores de plataformas elevadoras móviles de personal según la legislación española. Establece que los fabricantes, importadores y suministradores deben proporcionar información para un uso seguro. Los trabajadores deben usar equipos de forma adecuada y seguir instrucciones. Los empresarios deben garantizar equipos seguros y formación adecuada para los trabajadores.
LOGÍSTICA, S.A. contrata a SOLDADORES, S.L. para realizar reparaciones en unas estanterías deterioradas en uno de sus centros de trabajo. LOGÍSTICA, S.A. actúa como empresa principal y titular, mientras que SOLDADORES, S.L. es empresa concurrente. En la planificación, LOGÍSTICA, S.A. facilitará información por escrito sobre la zona de trabajo y los riesgos, así como el equipo de trabajo necesario.
Este documento presenta un reglamento interno de orden, higiene y seguridad para una empresa. Establece normas sobre ingreso de trabajadores, contratos laborales, jornada laboral, horas extras y remuneraciones. El objetivo es prevenir riesgos laborales y cumplir la ley chilena sobre seguridad e higiene. Incluye definiciones clave, responsabilidades de trabajadores y empleadores, y sanciones por incumplimiento de normas.
Requisitos de formación en prevención de riesgos laboralesPrevención Empresas
El artículo 19 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales obliga expresamente al empresario a garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva. Así pues, el legislador entiende la formación como una herramienta necesaria para evitar accidentes. Esta miniguía presenta, desde diferentes perspectivas, los requisitos de formación en PRL propios de una empresa.
www.prevencionempresas.es
Requisitos de seguridad y salud en equipos de trabajo: Sierra circular de mesaPrevención Empresas
El artículo 17 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a adoptar las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. La miniguía repasa, desde la óptica del prevencionista, aspectos relativos a una sierra circular de mesa.
Este documento presenta la Guía Técnica actualizada en noviembre de 2011 por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España. La guía proporciona criterios y recomendaciones para facilitar la interpretación y aplicación del Real Decreto 1215/1997, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos de trabajo por los trabajadores. La guía analiza el marco legal y desarrolla comentarios sobre cada artículo del real decreto, incluyendo anexos con dispos
Este documento resume los criterios de la ITSS sobre la formación de operadores de plataformas elevadoras móviles de personal. Señala que la formación debe cumplir con la legislación en materia de prevención de riesgos laborales y con lo indicado por los fabricantes. Esta debe incluir aspectos generales de seguridad, riesgos específicos del puesto de trabajo y manejo seguro de cada equipo. Además, la formación específica puede basarse en la norma UNE 58923 y debe complementarse con la del puesto en concreto.
El concierto entre la empresa y el servicio de prevención de riesgos laborales Prevención Empresas
1) El documento proporciona orientación sobre el proceso de selección de un servicio de prevención de riesgos laborales (SPA), incluyendo la búsqueda de SPA, selección de candidatos, valoración de presupuestos, elección del SPA y firma del concierto.
2) Recomienda buscar SPA en el registro SERPA, seleccionar entre 3 y 5 candidatos considerando factores como proximidad geográfica y especialización, y valorar presupuestos en base a visitas técnicas, informes incluidos
El documento describe las obligaciones de diferentes agentes en relación con la formación de operadores de plataformas elevadoras móviles de personal según la legislación española. Establece que los fabricantes, importadores y suministradores deben proporcionar información para un uso seguro. Los trabajadores deben usar equipos de forma adecuada y seguir instrucciones. Los empresarios deben garantizar equipos seguros y formación adecuada para los trabajadores.
LOGÍSTICA, S.A. contrata a SOLDADORES, S.L. para realizar reparaciones en unas estanterías deterioradas en uno de sus centros de trabajo. LOGÍSTICA, S.A. actúa como empresa principal y titular, mientras que SOLDADORES, S.L. es empresa concurrente. En la planificación, LOGÍSTICA, S.A. facilitará información por escrito sobre la zona de trabajo y los riesgos, así como el equipo de trabajo necesario.
Este documento presenta un reglamento interno de orden, higiene y seguridad para una empresa. Establece normas sobre ingreso de trabajadores, contratos laborales, jornada laboral, horas extras y remuneraciones. El objetivo es prevenir riesgos laborales y cumplir la ley chilena sobre seguridad e higiene. Incluye definiciones clave, responsabilidades de trabajadores y empleadores, y sanciones por incumplimiento de normas.
Requisitos de formación en prevención de riesgos laboralesPrevención Empresas
El artículo 19 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales obliga expresamente al empresario a garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva. Así pues, el legislador entiende la formación como una herramienta necesaria para evitar accidentes. Esta miniguía presenta, desde diferentes perspectivas, los requisitos de formación en PRL propios de una empresa.
www.prevencionempresas.es
Este documento presenta una jornada técnica sobre la aplicación de la coordinación de actividades empresariales por parte de una empresa titular. Explica los principios, planes y procesos de coordinación, incluyendo la planificación, implantación, control y mejora continua de las actividades de las empresas concurrentes para prevenir riesgos laborales.
Este documento presenta una guía técnica para la evaluación y prevención de riesgos en los lugares de trabajo de acuerdo con la legislación española. Explica que el objetivo es facilitar la aplicación del Real Decreto 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Incluye el articulado del Real Decreto y comentarios sobre cada artículo para facilitar su interpretación. También proporciona criterios técnicos para la evaluación y prevención de riesgos laborales en cumplimiento de la norm
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-1999, la cual establece las condiciones de seguridad e higiene que deben tener los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo. La norma define términos clave y establece las obligaciones de los patrones y trabajadores para garantizar áreas de trabajo seguras. También especifica los requisitos de seguridad para elementos estructurales, techos, paredes, pisos, escaleras y más. El objetivo final es prevenir riesgos a
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999 sobre sistemas de protección y dispositivos de seguridad en maquinaria y equipo en centros de trabajo. Establece requisitos para el análisis de riesgos, programas de seguridad, mantenimiento y capacitación, así como obligaciones de patrones y trabajadores para prevenir accidentes. También especifica protectores y dispositivos de seguridad requeridos en maquinaria y equipo para proteger la salud de los trabajadores.
La Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999 establece requisitos de seguridad para maquinaria y equipo utilizados en centros de trabajo. Requiere que los patrones realicen un análisis de riesgos, implementen un programa de seguridad, capaciten a los trabajadores y provean equipo de protección. También especifica requisitos para el mantenimiento seguro de maquinaria, incluyendo bloqueo de energía y señalización. Los trabajadores deben usar el equipo de protección, reportar riesgos y cu
Este documento presenta la Guía Técnica para la utilización de equipos de protección individual (EPI) elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT). La guía explica el Real Decreto 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de EPI por los trabajadores. Incluye comentarios sobre los artículos del real decreto, anexos con listas de EPI y actividades que pueden requerir su uso, y apéndices informativos sobre obligaciones, conform
Este documento presenta la Guía Técnica del Real Decreto 773/1997 sobre la utilización de equipos de protección individual por los trabajadores. La guía explica los requisitos mínimos de seguridad y salud establecidos en el Real Decreto para la elección, uso y mantenimiento de los equipos de protección individual, con el fin de facilitar su aplicación e interpretación. Además, incluye comentarios sobre conceptos clave y anexos informativos para complementar la normativa.
Este documento establece los criterios técnicos sobre la presencia de recursos preventivos en empresas, centros y lugares de trabajo. Indica que la presencia de recursos preventivos es obligatoria en 3 supuestos: 1) Cuando los riesgos puedan agravarse o modificarse por la concurrencia de operaciones, 2) Cuando se realicen actividades peligrosas como trabajos en altura o con máquinas antiguas, y 3) Cuando la inspección de trabajo lo requiera. Define cada supuesto y ofrece ejemplos para guiar a los inspectores.
Este documento presenta el Plan de Seguridad y Salud Ocupacional para el proyecto de mantenimiento periódico de la carretera PE-38 del km 0+000 al km 2+000. El plan describe los objetivos, alcance, política y procedimientos de seguridad que se implementarán, incluyendo la capacitación a trabajadores, uso de equipos de protección personal, señalización de riesgos y mantenimiento de un sistema de respuesta a emergencias. El plan busca garantizar la seguridad y salud de todos los involucrados en el proyecto
Este documento presenta una guía técnica para la evaluación y prevención de riesgos relacionados con el uso de equipos con pantallas de visualización. Explica el marco legal sobre este tema en España y la Unión Europea. Resume el Real Decreto 488/1997 sobre este tema y ofrece comentarios y recomendaciones técnicas para facilitar su aplicación. También incluye herramientas para la evaluación de riesgos y fuentes de información adicionales.
Plan de mantenimiento Aplicado a la Norma Covenin 3049-93Daniela Vargas
Este documento presenta información sobre Industria Metalmecánica Ángel, incluyendo su misión, visión e inventario de equipos como tornos y fresadoras. Describe su experiencia de más de 25 años y compromiso con la calidad.
Plan de seguridad industrial empresa texilZulay Aldana
Este documento presenta un plan de seguridad industrial para una empresa textil. El plan busca cumplir con las normas nacionales de seguridad e higiene para proteger la salud de los trabajadores. El plan describe objetivos como dar a conocer la política de seguridad de la empresa, incentivar el uso correcto de equipos de protección personal, y preparar al personal para emergencias. También analiza planes de seguridad de otras empresas, la normativa de seguridad vigente, y cómo utilizar correctamente los equipos y medios de seguridad en el sector textil.
Comentarios al nuevo reglamento de seguridad y salud ocupacional en minería a...saulsr
El documento presenta un análisis comparativo del nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería aprobado por el D.S N° 024-2016-EM con la normativa anterior. Se señala que la nueva norma omite alinearse completamente con la Ley N° 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo y duplica la regulación. Entre los principales cambios introducidos están la inclusión de actividades de cierre de minas en su ámbito de aplicación, mayor claridad en la aplicación a contratistas y la elim
Este documento presenta varias normas oficiales mexicanas relacionadas con la seguridad e higiene en los centros de trabajo. Establece lineamientos para la constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene, así como requisitos para informar sobre riesgos de trabajo. Además, describe normas para organizar la seguridad en procesos que manejan sustancias químicas y establecer servicios preventivos de seguridad y salud ocupacional.
Este documento presenta un manual sobre máquinas y equipos de trabajo. El manual aborda los requisitos mínimos de seguridad, ergonomía e higiene que deben cumplir las máquinas y equipos de acuerdo a la legislación vigente, específicamente el Real Decreto 1215/1997. El manual explica conceptos clave, requisitos técnicos, obligaciones del empresario y proporciona información sobre adecuación, certificación y mantenimiento de los equipos para garantizar la seguridad de los trabajadores.
1) El documento describe los antecedentes históricos de la seguridad e higiene laboral en Guatemala desde la época colonial hasta la actualidad, incluyendo las primeras leyes al respecto y la implementación del primer código de trabajo y seguro social. 2) Explica los requisitos de seguridad e higiene establecidos en el Código de Trabajo guatemalteco y el Reglamento General sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo. 3) Detalla los métodos de análisis estadístico de accidentes, incluyendo índ
Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo Leslie Olivares
Este documento presenta información sobre la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en España y las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con la salud y seguridad en el trabajo. Resume los principales derechos y obligaciones de los trabajadores y empleadores según la ley española. Además, describe varias normas oficiales mexicanas que establecen condiciones mínimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos laborales en áreas como maquinaria, sustancias químicas, ruido y radiaciones.
Este manual presenta lineamientos de seguridad para el manejo seguro de máquinas con alto potencial de accidentalidad. Explica los objetivos de establecer requisitos de seguridad para la adquisición y uso de máquinas. Además, describe brevemente los tipos de máquinas más comunes como las de mecanizado de metales y carpintería, e incluye definiciones y figuras sobre sistemas de protección importantes.
La asunción por el empresario de la gestión de la prevención de riesgos labor...Prevención Empresas
1) La asunción de la gestión de la prevención de riesgos laborales por parte del empresario implica que éste asuma personalmente las funciones necesarias para gestionar la prevención de riesgos laborales en su negocio, con excepción de las actividades relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores.
2) El empresario debe cumplir con ciertos requisitos como disponer de la formación adecuada, realizar su actividad de forma habitual en el centro de trabajo, y someter el sistema a una auditoría exter
Cuestiones a tener en cuenta en el uso de la herramienta Prevención 10Prevención Empresas
El artículo 30.5 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales permite bajo ciertos supuestos que el propio empresario pueda asumir personalmente las funciones necesarias para gestionar la prevención de riesgos laborales en su negocio. Para estos casos, la administración ha diseñado la herramienta online Prevención 10. Esta miniguía analiza esta plataforma con el objetivo de que el empresario pueda valorar su uso.
Requisitos de seguridad y salud en equipos de trabajo: Cargadora.Prevención Empresas
El artículo 17 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a adoptar las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. La miniguía repasa, desde la óptica del prevencionista de riesgos, aspectos relativos a una cargadora.
Red de agentes relevantes en prevención de riesgos laboralesPrevención Empresas
La prevención de riesgos laborales, tal y como es percibida por las empresas, es una disciplina fruto de un conjunto de políticas, estrategias y actuaciones llevadas a cabo por un entramado de agentes que en muchas ocasiones desempeñan su labor de forma desconocida. Esta miniguía presenta el mapa de los más relevantes en esta materia con el objetivo de poner en valor su trabajo y acercar a las empresas su existencia y función.
Este documento presenta una jornada técnica sobre la aplicación de la coordinación de actividades empresariales por parte de una empresa titular. Explica los principios, planes y procesos de coordinación, incluyendo la planificación, implantación, control y mejora continua de las actividades de las empresas concurrentes para prevenir riesgos laborales.
Este documento presenta una guía técnica para la evaluación y prevención de riesgos en los lugares de trabajo de acuerdo con la legislación española. Explica que el objetivo es facilitar la aplicación del Real Decreto 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Incluye el articulado del Real Decreto y comentarios sobre cada artículo para facilitar su interpretación. También proporciona criterios técnicos para la evaluación y prevención de riesgos laborales en cumplimiento de la norm
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-1999, la cual establece las condiciones de seguridad e higiene que deben tener los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo. La norma define términos clave y establece las obligaciones de los patrones y trabajadores para garantizar áreas de trabajo seguras. También especifica los requisitos de seguridad para elementos estructurales, techos, paredes, pisos, escaleras y más. El objetivo final es prevenir riesgos a
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999 sobre sistemas de protección y dispositivos de seguridad en maquinaria y equipo en centros de trabajo. Establece requisitos para el análisis de riesgos, programas de seguridad, mantenimiento y capacitación, así como obligaciones de patrones y trabajadores para prevenir accidentes. También especifica protectores y dispositivos de seguridad requeridos en maquinaria y equipo para proteger la salud de los trabajadores.
La Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999 establece requisitos de seguridad para maquinaria y equipo utilizados en centros de trabajo. Requiere que los patrones realicen un análisis de riesgos, implementen un programa de seguridad, capaciten a los trabajadores y provean equipo de protección. También especifica requisitos para el mantenimiento seguro de maquinaria, incluyendo bloqueo de energía y señalización. Los trabajadores deben usar el equipo de protección, reportar riesgos y cu
Este documento presenta la Guía Técnica para la utilización de equipos de protección individual (EPI) elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT). La guía explica el Real Decreto 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de EPI por los trabajadores. Incluye comentarios sobre los artículos del real decreto, anexos con listas de EPI y actividades que pueden requerir su uso, y apéndices informativos sobre obligaciones, conform
Este documento presenta la Guía Técnica del Real Decreto 773/1997 sobre la utilización de equipos de protección individual por los trabajadores. La guía explica los requisitos mínimos de seguridad y salud establecidos en el Real Decreto para la elección, uso y mantenimiento de los equipos de protección individual, con el fin de facilitar su aplicación e interpretación. Además, incluye comentarios sobre conceptos clave y anexos informativos para complementar la normativa.
Este documento establece los criterios técnicos sobre la presencia de recursos preventivos en empresas, centros y lugares de trabajo. Indica que la presencia de recursos preventivos es obligatoria en 3 supuestos: 1) Cuando los riesgos puedan agravarse o modificarse por la concurrencia de operaciones, 2) Cuando se realicen actividades peligrosas como trabajos en altura o con máquinas antiguas, y 3) Cuando la inspección de trabajo lo requiera. Define cada supuesto y ofrece ejemplos para guiar a los inspectores.
Este documento presenta el Plan de Seguridad y Salud Ocupacional para el proyecto de mantenimiento periódico de la carretera PE-38 del km 0+000 al km 2+000. El plan describe los objetivos, alcance, política y procedimientos de seguridad que se implementarán, incluyendo la capacitación a trabajadores, uso de equipos de protección personal, señalización de riesgos y mantenimiento de un sistema de respuesta a emergencias. El plan busca garantizar la seguridad y salud de todos los involucrados en el proyecto
Este documento presenta una guía técnica para la evaluación y prevención de riesgos relacionados con el uso de equipos con pantallas de visualización. Explica el marco legal sobre este tema en España y la Unión Europea. Resume el Real Decreto 488/1997 sobre este tema y ofrece comentarios y recomendaciones técnicas para facilitar su aplicación. También incluye herramientas para la evaluación de riesgos y fuentes de información adicionales.
Plan de mantenimiento Aplicado a la Norma Covenin 3049-93Daniela Vargas
Este documento presenta información sobre Industria Metalmecánica Ángel, incluyendo su misión, visión e inventario de equipos como tornos y fresadoras. Describe su experiencia de más de 25 años y compromiso con la calidad.
Plan de seguridad industrial empresa texilZulay Aldana
Este documento presenta un plan de seguridad industrial para una empresa textil. El plan busca cumplir con las normas nacionales de seguridad e higiene para proteger la salud de los trabajadores. El plan describe objetivos como dar a conocer la política de seguridad de la empresa, incentivar el uso correcto de equipos de protección personal, y preparar al personal para emergencias. También analiza planes de seguridad de otras empresas, la normativa de seguridad vigente, y cómo utilizar correctamente los equipos y medios de seguridad en el sector textil.
Comentarios al nuevo reglamento de seguridad y salud ocupacional en minería a...saulsr
El documento presenta un análisis comparativo del nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería aprobado por el D.S N° 024-2016-EM con la normativa anterior. Se señala que la nueva norma omite alinearse completamente con la Ley N° 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo y duplica la regulación. Entre los principales cambios introducidos están la inclusión de actividades de cierre de minas en su ámbito de aplicación, mayor claridad en la aplicación a contratistas y la elim
Este documento presenta varias normas oficiales mexicanas relacionadas con la seguridad e higiene en los centros de trabajo. Establece lineamientos para la constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene, así como requisitos para informar sobre riesgos de trabajo. Además, describe normas para organizar la seguridad en procesos que manejan sustancias químicas y establecer servicios preventivos de seguridad y salud ocupacional.
Este documento presenta un manual sobre máquinas y equipos de trabajo. El manual aborda los requisitos mínimos de seguridad, ergonomía e higiene que deben cumplir las máquinas y equipos de acuerdo a la legislación vigente, específicamente el Real Decreto 1215/1997. El manual explica conceptos clave, requisitos técnicos, obligaciones del empresario y proporciona información sobre adecuación, certificación y mantenimiento de los equipos para garantizar la seguridad de los trabajadores.
1) El documento describe los antecedentes históricos de la seguridad e higiene laboral en Guatemala desde la época colonial hasta la actualidad, incluyendo las primeras leyes al respecto y la implementación del primer código de trabajo y seguro social. 2) Explica los requisitos de seguridad e higiene establecidos en el Código de Trabajo guatemalteco y el Reglamento General sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo. 3) Detalla los métodos de análisis estadístico de accidentes, incluyendo índ
Normas Oficiales Mexicanas de Seguridad y Salud en el Trabajo Leslie Olivares
Este documento presenta información sobre la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en España y las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con la salud y seguridad en el trabajo. Resume los principales derechos y obligaciones de los trabajadores y empleadores según la ley española. Además, describe varias normas oficiales mexicanas que establecen condiciones mínimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos laborales en áreas como maquinaria, sustancias químicas, ruido y radiaciones.
Este manual presenta lineamientos de seguridad para el manejo seguro de máquinas con alto potencial de accidentalidad. Explica los objetivos de establecer requisitos de seguridad para la adquisición y uso de máquinas. Además, describe brevemente los tipos de máquinas más comunes como las de mecanizado de metales y carpintería, e incluye definiciones y figuras sobre sistemas de protección importantes.
La asunción por el empresario de la gestión de la prevención de riesgos labor...Prevención Empresas
1) La asunción de la gestión de la prevención de riesgos laborales por parte del empresario implica que éste asuma personalmente las funciones necesarias para gestionar la prevención de riesgos laborales en su negocio, con excepción de las actividades relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores.
2) El empresario debe cumplir con ciertos requisitos como disponer de la formación adecuada, realizar su actividad de forma habitual en el centro de trabajo, y someter el sistema a una auditoría exter
Cuestiones a tener en cuenta en el uso de la herramienta Prevención 10Prevención Empresas
El artículo 30.5 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales permite bajo ciertos supuestos que el propio empresario pueda asumir personalmente las funciones necesarias para gestionar la prevención de riesgos laborales en su negocio. Para estos casos, la administración ha diseñado la herramienta online Prevención 10. Esta miniguía analiza esta plataforma con el objetivo de que el empresario pueda valorar su uso.
Requisitos de seguridad y salud en equipos de trabajo: Cargadora.Prevención Empresas
El artículo 17 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a adoptar las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. La miniguía repasa, desde la óptica del prevencionista de riesgos, aspectos relativos a una cargadora.
Red de agentes relevantes en prevención de riesgos laboralesPrevención Empresas
La prevención de riesgos laborales, tal y como es percibida por las empresas, es una disciplina fruto de un conjunto de políticas, estrategias y actuaciones llevadas a cabo por un entramado de agentes que en muchas ocasiones desempeñan su labor de forma desconocida. Esta miniguía presenta el mapa de los más relevantes en esta materia con el objetivo de poner en valor su trabajo y acercar a las empresas su existencia y función.
Cómo integrar adecuadamente la Seguridad Vial en el Sistema de Prevención de ...Prevención Empresas
Este documento trata sobre la integración adecuada de la seguridad vial en los sistemas de prevención de riesgos laborales. Explica que los accidentes de tráfico en el trabajo pueden ser "in itinere" o "en misión" y ofrece estadísticas sobre la siniestralidad laboral en la provincia de Alicante. También destaca la importancia de evaluar los riesgos asociados a la seguridad vial y planificar medidas preventivas para integrar este tema en los planes de prevención de las empresas.
Requisitos de seguridad y salud en equipos de trabajo: accesorios amovibles d...Prevención Empresas
El artículo 17 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a adoptar las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. La miniguía repasa aspectos preventivos relativos a los accesorios amovibles de elevación de cargas.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) puede iniciar actuaciones de inspección sin previo aviso en cualquier centro de trabajo. Durante la inspección, los inspectores pueden requerir documentación, realizar mediciones y adoptar medidas correctoras en caso de detectar incumplimientos normativos. Si se constatan infracciones de prevención de riesgos laborales, la ITSS puede iniciar un procedimiento sancionador mediante la extensión de actas de infracción.
Los Equipos de Protección Individual (EPI) son elementos ampliamente utilizados en el sistema de PRL de las empresas en cumplimiento del deber de protección que tiene el empresario respecto de los trabajadores. El título de la miniguía está compuesto por dos números; el primero responde a preguntas referidas a aspectos generales y a la selección y entrega de los EPI. El segundo, al uso y mantenimiento de los mismos.
Al empresario corresponde la responsabilidad de organizar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas en su negocio. Para ello, la legislación prevé diferentes modelos de gestión de la prevención de riesgos laborales: las modalidades preventivas.
Conocer las características de cada una de ellas proporciona los elementos necesarios para decidir cuál es la más adecuada para la empresa.
Protecciones colectivas frente al riesgo de caída de altura -Consideraciones ...Prevención Empresas
1. El documento describe consideraciones generales sobre las protecciones colectivas frente al riesgo de caída de altura, incluyendo el procedimiento para su colocación correcta y la justificación técnica de los sistemas elegidos. 2. Señala que las protecciones colectivas son preferibles a las individuales siempre que sea posible y detalla situaciones comunes que generan riesgo de caída. 3. Explica los pasos a seguir para la colocación de protecciones como el análisis previo, evaluación de riesgos, elección, planificación e instal
Requisitos de seguridad y salud en equipos de trabajo: Carretilla automotoraPrevención Empresas
El artículo 17 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a adoptar las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. La miniguía repasa, desde la óptica del prevencionista de riesgos, aspectos relativos a las carretillas automotoras.
Esta guía es el último número de la colección de miniguías de PRL de COEPA. Por este motivo, hemos querido recopilar a modo de síntesis los principales esquemas contenidos en los números anteriores. El objetivo de esta guía es trasladar al lector una idea general de los diferentes aspectos tratados en esta colección.
Equipos de Protección Individual I: aspectos generales, selección y entregaPrevención Empresas
Los Equipos de Protección Individual (EPI) son elementos ampliamente utilizados en el sistema de PRL de las empresas en cumplimiento del deber de protección que tiene el empresario respecto de los trabajadores. El título de la miniguía está compuesto por dos números; el primero responde a preguntas referidas a aspectos generales y a la selección y entrega de los EPI. El segundo, al uso y mantenimiento de los mismos.
Requisitos de seguridad y salud en equipos de protección individual: Protecci...Prevención Empresas
El artículo 17 de la Ley de prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones y a velar por el uso efectivo de los mismos cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios. Esta miniguía repasa aspectos preventivos relativos a los EPI destinados a la protección de la cabeza.
Este documento presenta los servicios y proyectos de protección contra incendios de Sistemas y Fluidos S.A.C. Ofrece soluciones integrales que cumplen con normativas internacionales como NFPA y FM. Ha suministrado e instalado sistemas de detección y alarma, rociadores, gabinetes contra incendio y equipos de bombeo para diversos proyectos como universidades, edificios de oficinas y condominios. También ofrece servicio post-venta incluyendo repuestos, mantenimiento y atención de emer
El documento trata sobre los sistemas básicos de hidráulica e instalaciones contra incendios. Explica conceptos como la fuerza de gravedad, mecánica de fluidos, y tipos de sistemas como gabinetes contra incendios, rociadores, bombas, polvos químicos secos, espumas y anhídridos. También describe redes hidráulicas, sistemas de prevención y detección de incendios.
Este documento presenta una monografía sobre la administración de redes bajo el entorno de Windows XP Profesional. Incluye cuatro capítulos que describen el marco referencial de la administración de redes, las características y herramientas de administración de Windows XP, las utilerías administrativas de Windows XP y un caso de estudio sobre la administración de la red del Centro de Cómputo Académico Campus Tlahuelilpan de la UAEH.
Este documento trata sobre un proyecto de investigación para implementar un sistema de domótica en una residencia, con el fin de automatizar el control de iluminación y seguridad mediante sensores perimetrales y volumétricos, y vigilado por una unidad central inteligente. El proyecto justifica la necesidad de mejorar la seguridad en las zonas urbanas ante los hurtos frecuentes, e implementa un diseño metodológico que incluye la identificación del problema, diseño de circuitos electrónicos, programación y pruebas del sistema automatizado
Este documento presenta el proyecto de instalación de protección contra incendios para un establecimiento industrial dedicado a la fabricación de harinas. Se describen los requisitos de la normativa aplicable como el CTE y el RIPCI. Se detalla la distribución del establecimiento industrial y su compartimentación en sectores de incendio. Finalmente, se incluye el cálculo y diseño de las instalaciones de protección contra incendios requeridas como la red de BIEs, los hidrantes exteriores, los sistemas de detección y alarma
Este documento describe diferentes sistemas de protección contra incendios y sus componentes. Explica que los sistemas contra incendio pueden tener impulsión propia mediante tuberías y rociadores, o depender de la impulsión de los bomberos. También describe diferentes tipos de extintores y detectores de incendio, incluyendo detectores de humo, térmicos y de calor. El documento provee detalles sobre cómo funcionan estos dispositivos y cómo se eligen dependiendo del tipo de fuego o área que protegen.
Este documento presenta los cálculos y planos para el diseño del sistema contra incendios de una nave industrial. Incluye la caracterización de la nave considerando su configuración, nivel de riesgo intrínseco y sectorización. Además, calcula los requisitos para los sistemas de detección, alarmas, comunicación, hidrantes exteriores y extintores, según la normativa aplicable. Finalmente, analiza otros posibles sistemas de protección activa como rociadores, boquillas, espuma o polvo.
Este documento resume la normativa española relacionada con las características, instalación y mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios. Se detalla la legislación general y específica para diferentes sectores como alojamientos turísticos, sanitarios, espectáculos públicos, transporte y almacenamiento de productos químicos. También se especifican los requisitos en cuanto a señalización, dotación de equipos y mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 sobre condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Establece requisitos como la clasificación de riesgos de incendio, obligaciones de patrones y trabajadores, planes de emergencia, brigadas contra incendios, capacitación, y equipos de protección. Además, incluye definiciones clave y referencias a otras normas relacionadas con la seguridad contra incendios.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 sobre condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Establece requisitos como la clasificación de riesgos de incendio, obligaciones de patrones y trabajadores, planes de emergencia, brigadas contra incendios, capacitación, y equipos de protección. Además, incluye definiciones clave y referencias a otras normas relacionadas con la seguridad contra incendios. La norma es de aplicación oblig
1) La Norma establece los requerimientos para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo en México. 2) Incluye definiciones de términos clave como agente extintor, alarma de incendio, áreas del centro de trabajo, brigada contra incendio, centro de trabajo, combustible y equipo contra incendio. 3) Describe las obligaciones de los patrones y trabajadores, así como las condiciones para la prevención de incendios, planes de emergencia, brigadas contra incendios, capacitación y más
La NOM-002-STPS-2010 establece los requerimientos para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo en México. Incluye definiciones clave como "agente extintor", "brigada contra incendio" y "equipo contra incendio", así como obligaciones del patrón y trabajadores. También cubre temas como planes de emergencia, simulacros, capacitación y verificación del cumplimiento de la norma.
La NOM-002-STPS-2010 establece los requerimientos para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo en México. Incluye definiciones clave como "agente extintor", "brigada contra incendio" y "equipo contra incendio", así como obligaciones del patrón y trabajadores. También cubre temas como planes de emergencia, simulacros, capacitación y verificación del cumplimiento de la norma.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 sobre condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Establece requisitos como la organización de brigadas contra incendio, la realización de simulacros, capacitación al personal y un plan de emergencias. Define términos clave como fuego, combustible, equipo contra incendio y brinda referencias a otras normas relacionadas con la seguridad contra incendios.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 sobre condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Establece requisitos como la organización de brigadas contra incendio, simulacros, capacitación y planes de emergencia. Además, define términos clave como fuego, combustible, equipo contra incendio y brinda referencias a otras normas relacionadas con la seguridad contra incendios.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 sobre condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Establece requisitos como obligaciones de patrones y trabajadores, condiciones de prevención, planes de emergencia, brigadas contra incendios, capacitación y más. La norma aplica en todo México para mejorar la seguridad contra incendios donde las personas trabajan.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 sobre condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Establece requisitos como obligaciones de patrones y trabajadores, condiciones para prevenir incendios, planes de emergencia, brigadas contra incendio, capacitación y más. Tiene como objetivo establecer dichos requisitos para proteger la seguridad de los trabajadores en caso de incendio. Aplica en todo el territorio nacional en todos los centros de
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Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 sobre condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Establece requisitos como la clasificación del riesgo de incendio, obligaciones de patrones y trabajadores, condiciones para prevención de incendios, planes de emergencia, brigadas contra incendio, capacitación, y vigilancia del cumplimiento de la norma. Define términos clave relacionados con equipos contra incendio, combustibles, fuego
DOF - Diario Oficial de la Federación.pdfNELSON983522
La norma establece requisitos para la prevención y protección contra incendios en centros de trabajo. Define términos como agente extintor, alarma de incendio, brigada contra incendio y equipo contra incendio. Establece obligaciones del patrón y trabajadores para implementar medidas de seguridad contra incendios.
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Similar a Medios de detección, alarma y extinción (II) – Señalización (20)
2. Ficha técnica
Justificación
Contacto
Colección de miniguías de PRL de COEPA número 7: Medios de detección, alarma y extinción (II) – Señalización
Fecha de publicación: 05/15
Fecha de última revisión(versión): 05/15(v1.0)
Contenido y diseño:
Samuel Andreu Sevilla, Arturo Jiménez Rodríguez y Javier Soria Quiles - Área de Responsabilidad Social Empresarial de COEPA
Las consecuencias derivadas de la aparición de un incendio en un centro de trabajo pueden ser devastadoras en términos materiales y humanos.
Con objeto de minimizar este riesgo, el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a adoptar medidas adecuadas
en materia de lucha contra incendios y a comprobar periódicamente el correcto funcionamiento de los medios de protección dispuestos.
Pregúntanos las dudas que tengas sobre esta publicación: @COEPA_PRL; prl@coepa.es
3. [1]
El contenido de esta miniguía está dirigido principalmente a
empresarios y técnicos de prevención de riesgos laborales; es por ello
que a la hora de tratar la información sobre los medios de detección,
alarma y extinción se ha creído oportuno incluir únicamente aquéllas
cuestiones sobre las cuáles los colectivos citados tienen capacidad de
actuación.
De esta forma, nos referiremos a las operaciones de mantenimiento
y la señalización requerida para los medios de detección, alarma y
extinción, así como la dotación de la que debe disponer el centro de
trabajo; por lo tanto, quedan fuera del ámbito de esta publicación las
cuestiones vinculadas al diseño, ejecución y puesta en
funcionamiento de estos medios.
Con el objeto de crear una miniguía con una extensión razonable y
coherente con la línea editorial de la colección, cuyas publicaciones
pretenden atajar diferentes cuestiones en el ámbito de la prevención
de riesgos laborales de una forma clara, directa y concisa, se ha
creído oportuno dividir su contenido en dos números, de tal forma que
en esta miniguía se tratan las cuestiones relacionadas con la
señalización de los medios de detección, alarma y extinción, mientras
que el número anterior está dedicado a su dotación y mantenimiento.
Análogamente a lo indicado en la miniguía anterior para la
dotación y el mantenimiento, el primer paso para conocer los
requisitos legales existentes en materia de señalización es establecer el
marco legal aplicable. En este capítulo se indica, con carácter
general, la regulación y su ámbito temporal de aplicación para
proceder en posteriores capítulos a desarrollarla más
pormenorizadamente.
Esta miniguía desarrolla las obligaciones vigentes en la fecha de
publicación de la misma y son aplicables, en todo caso, a nuevas
instalaciones. Para el caso de instalaciones existentes, la empresa
puede acudir a su licencia ambiental o proyecto de apertura para
conocer la legislación aplicada en su momento. Para facilitar esta
tarea se ha indicado en el cuadro a continuación un resumen de los
casos generales existentes, vinculándolos a la principal legislación
aplicable en materia de señalización de medios contra incendios.
Introducción
Medios de detección, alarma y extinción
+
4. 1 Real Decreto 2267/2004,de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
2Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
3 Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
4 Orden de 9 de marzo de 1971 por la que se aprueba la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
5 NBE CPI-96: Norma Básica de la Edificación Condiciones de protección contra incendios de los edificios (1996).
6 CTE DB-SI: Código Técnico de la Edificación Documento Básico-Seguridad contra Incendios.
7 En el capítulo 03 se incluye una definición pormenorizada de establecimiento industrial.
[2]
Señalización
Ámbito
Centros de trabajo en edificios cuya solicitud de licencia de edificación fuera posterior al 29/03/06.
Casos generales Principal legislación aplicable
CTE DB-SI (2006)6
RD 485/19973
RD 486/19972
Centros de trabajo en edificios cuya solicitud de licencia de edificación fuera anterior al 29/03/06
(habiendo comenzado la construcción antes del 29/06/06).
NBE CPI-965 (o anteriores: 82 o 91, según año de construcción)
RD 485/19973
RD 486/19972
Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación en centros de trabajo en edificios cuya
solicitud de licencia de edificación fuera anterior al 29/03/06 (habiendo comenzado la construcción
antes del 29/06/06).
CTE DB-SI (2006)6
RD 485/19973
RD 486/19972
Establecimientos industriales7 construidos o implantados con posterioridad al 16/01/06
Establecimientos industriales7 construidos o implantados con anterioridad al 16/01/06 sometidos a
traslado, cambio o modificación de su actividad.
RD 2267/20041
RD 485/19973
RD 486/19972
Establecimientos industriales7 construidos o implantados con anterioridad al 16/01/06. Orden de 9 de marzo de 19714; Capítulo VII, Título II
RD 485/19973
RD 486/19972
Casos específicos8 Principal legislación aplicable
Sector de la construcción. Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción
Actividades mineras. Real Decreto 1389/1997, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores
en las actividades mineras
Establecimientos turísticos. Orden de 25 de septiembre de 1979 sobre prevención de incendios en establecimientos turísticos
Señalización
Ámbito
5. 8 La lista de casos no es exhaustiva. Se citan casos a modo de ejemplo, ya que no son objeto de estudio en esta miniguía.
9 Ver en esta colección miniguía número 6: Medios de detección, alarma y extinción – Dotación y mantenimiento
10 Actividades dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales,
el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera
que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados.
11 Cualquier recinto, cubierto o no, que de forma fija o temporal, se dedique exclusivamente a albergar productos de
cualquier tipo.
[3]
Tal y como se indica en el cuadro anterior, las principales normas
que regulan la señalización de los medios de protección contra
incendios en establecimientos industriales son el Real Decreto
2267/2004, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra
incendios en los establecimientos industriales; el Real Decreto
485/1997, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de
seguridad y salud en el trabajo y el Real Decreto 486/1997, por el que
se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los
lugares de trabajo.
Este punto trata los requisitos indicados en el primero de ellos; no
obstante, es importante hacer notar que el Real Decreto 2267/2004
indica que se debe proceder a señalizar los medios de protección
contra incendios de utilización manual (extintores, bocas de incendios,
pulsadores manuales de alarma y/o dispositivos de disparo de sistema
de extinción) cuando no sean fácilmente localizables desde algún
punto de la zona protegida, teniendo en cuenta lo dispuesto en el
Reglamento de señalización de los centros de trabajo, aprobado por
el Real Decreto 485/1997 (ver punto 04).
Por otro lado, establece que en el caso de establecimientos
industriales que estén ubicados en edificios de tipo B y C (según la
clasificación del Anexo I)9, además de cumplir con el Real Decreto
485/1997, también se debe señalizar siguiendo las pautas marcadas en
el Código Técnico de la Edificación (ver punto 03).
Es importante recordar que en aquellos casos en los que el
establecimiento industrial existiera antes de la entrada en vigor del real
Decreto 2267/1997 (ver cuadro en el punto anterior), éstos se regirán
por la normativa vigente en su momento.
Señalización según
Real Decreto 2267/2004
a) Las industrias10
b) Los almacenamientos industriales11
c) Los talleres de reparación y los estacionamientos de vehículos destinados al servicio de
transporte de personas y mercancías
d) Los servicios auxiliares o complementarios de las actividades anteriores
e) Los almacenamientos de cualquier tipo de establecimiento cuando su carga de fuego
total sea igual o superior a 3 millones de Megajulios
En el caso de coexistir en el establecimiento otros usos con la misma titularidad y no superando
el límite indicado, también tienen consideración de establecimientos industriales:
a) Zonas comerciales y administrativas (250 m2 de superficie construida)
b) Salas de reuniones, conferencias, proyecciones (100 personas sentadas)
c) Archivos (250 m2 de superficie construida o 750 m3 de volumen)
d) Bar, cafetería, comedor de personal y cocina (150 m2 de superficie construida o 100
comensales simultáneos de capacidad)
e) Biblioteca (250 m2 de superficie construida)
f) Zonas de alojamiento de personal (15 camas de capacidad)
Tienen consideración de establecimientos industriales…
6. [4]
Aquellos edificios en los que no sea de aplicación el Reglamento
de establecimientos industriales y se encuentren dentro del ámbito del
Código Técnico de la Edificación (aprobado por el Real Decreto
314/2006), así como aquellos establecimientos industriales ubicados en
edificios tipo B o C (ver punto anterior), se deben señalizar siguiendo
las pautas marcadas en el Código Técnico de la Edificación (CTE) en
su Documento Básico Seguridad en caso de incendio (DB-SI), en la
sección SI4 apartado 2, Señalización de las instalaciones manuales de
protección contra incendios:
1. Los medios de protección contra incendios de utilización manual
se deben señalizar mediante señales definidas en la norma UNE
23033-1:1981 cuyo tamaño sea:
a. 210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la
señal no exceda de 10 m
b. 420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté
comprendida entre 10 y 20 m
c. 594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté
comprendida entre 20 y 30 m.
2. Las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo en el
suministro al alumbrado normal. Cuando sean fotoluminiscentes,
sus características de emisión luminosa debe cumplir lo
establecido en la norma UNE 23035-4:2003.
Al igual que en el punto anterior, se recuerda que en aquellos casos
en los que el edificio se hubiera construido antes de la entrada en
vigor del CTE (ver cuadro en el punto 01), éstos se regirán por la
normativa vigente en su momento.
Señalización según
Código Técnico de la Edificación
Algunas señales de protección contra el fuego
incluidas en la norma UNE 23033-1:1981
Pulsador de alarma
Avisador sonoro
7. 12 En los centros en los que no es de aplicación el Real Decreto 486/1997, por tratarse por ejemplo
de obras de construcción o de industria extractiva, la normativa correspondiente se expresa en
términos similares a los expuestos al referirse a esta señalización
13 En cualquier caso, en la selección de este tipo de señales recinto debe quedar garantizada la
consulta y participación de los trabajadores o de sus representantes.
[5]
Los reales decretos 485/1997 y 486/1997 conforman el marco
regulatorio de referencia en materia de señalización de seguridad y
salud en el trabajo y en los lugares de trabajo, respectivamente.
El Real Decreto 486/199712 establece en relación a los dispositivos no
automáticos de lucha contra incendios que deben ser de fácil acceso
y manipulación. Además, remite al Real Decreto 485/1997, a efectos
de su adecuada señalización. Por último, establece que la
señalización debe fijarse en lugares adecuados y ser duradera.
El Real Decreto 485/1997 indica que los equipos de protección
contra incendios deben de ser de color rojo o predominantemente
rojo, con el fin de facilitar su identificación. Su ubicación se señaliza
mediante el color rojo o por una señal en forma de panel de las
indicadas en su anexo III.
No obstante lo anterior, el real decreto permite hacer uso de otros
pictogramas diferentes a los indicados13, siempre y cuando varíen
ligeramente o sean más detallados que los propuestos. En cualquier
caso deben ser lo más sencillos posible y evitar detalles inútiles para su
comprensión. El significado debe ser equivalente y no deben existir
Señalización según
RD 485/1997 y RD 486/1997
Señales con forma de panel relativas a los equipos de lucha contra
incendios según anexo III del Real Decreto 485/1997
Manguera para incendios
Escalera de mano
Extintor
8. [6]
diferencias o adaptaciones que impidan percibir claramente su
significado.
El panel debe tener forma rectangular o cuadrada con el
pictograma blanco sobre fondo rojo (el rojo debe cubrir como mínimo
el 50 por 100 de la superficie de la señal). Las señales deben ser de un
material que resista lo mejor posible los golpes, las inclemencias del
tiempo y las agresiones medioambientales. Las dimensiones, así como
sus características colorimétricas y fotométricas, deben garantizar una
buena visibilidad y comprensión.
En lo referente a su utilización, las señales se tienen que instalar
preferentemente a una altura y en una posición apropiadas en
relación al ángulo visual, teniendo en cuenta posibles obstáculos que
pudieran dificultar su visibilidad u ocultar el panel, en la proximidad
inmediata del equipo o sistema que deba señalizarse.
El emplazamiento de la señal debe estar bien iluminado, ser
accesible y fácilmente visible. Si la iluminación general es insuficiente,
se tiene que emplear una iluminación adicional o se utilizarán colores
fosforescentes o materiales fluorescentes.
A fin de evitar la disminución de la eficacia de la señalización no se
deben utilizar demasiadas señales próximas entre sí.
Cuando sea necesario, las vías de acceso a los equipos se
mostrarán mediante las señales indicativas adicionales especificadas
en dicho anexo.
Teléfono lucha contra incendios
Dirección que debe de seguirse
(señal indicativa adicional a las anteriores)
9. [7]
El marco legal desarrollado en los anteriores capítulos de esta
miniguía es la referencia básica para acometer adecuadamente la
señalización de los equipos de detección, alarma y extinción de
incendios conforme a la normativa; sin embargo, existen otras
referencias interesantes de carácter no vinculante cuya consulta
puede ser de suma utilidad a la hora de planificar la señalización de
estos equipos.
En este sentido los recursos principales son:
1. Nota Técnica de Prevención número 888 publicada por el
Instituto de Seguridad e Higiene en el trabajo (INSHT). Trata
sobre las señalización de emergencia en los centros de
trabajo
2. Guía Técnica sobre señalización de seguridad y salud,
también publicada por el INSHT, y desarrollada por mandato
expreso en la Disposición final primera del RD 485/1997
En los cuadros siguientes se indican algunas de las observaciones y
sugerencias incluidas en las referencias indicadas.
Recomendaciones
Cuando uno de estos equipos, como un extintor, quede oculto por situarse por debajo de un
mostrador o tras una columna (respetando siempre que la parte superior del extintor quede,
como máximo, a 1.70 metros sobre el suelo, tal y como especifica el RD 1942/1993), la señal
deberá disponerse a una altura y posición que permita conocer instantáneamente la ubicación del
extintor a pesar de que éste no pueda visualizarse desde cualquier ángulo.
En el caso de dispositivos situados cercanos a una puerta o tras ésta, la correspondiente señal
no se debe colocar en la hoja de la puerta, ya que cuando esté abierta no sería visible. Cuando la
señal se sitúe tras la puerta, deberá hacerse a una altura a la que no quede dificultada su
visibilidad cuando se abra la puerta.
A fin de evitar la disminución de la eficacia de la señalización no se utilizarán
demasiadas señales próximas entre sí. Este es el caso que prevé la norma
UNE 23033 en la que se contempla para la señalización de varios equipos de
protección contra incendios dispuestos conjuntamente en un mismo
emplazamiento, una única señal.
Algunas recomendaciones incluidas en la NTP 888
Algunas recomendaciones incluidas en la Guía Técnica
En la utilización de señales indicativas mediante texto se utilizará texto de letras blancas sobre
fondo rojo.
La señalización de los equipos de protección contra incendios (sistemas de extinción manuales)
se deben señalizar para su fácil y rápida localización y poder ser utilizados en caso necesario
Los medios y dispositivos de señalización deben ser mantenidos y supervisados de forma que
en todo momento conserven sus cualidades intrínsecas y de funcionamiento. Cuando la señal
para su eficacia requiera una fuente de energía, deberá disponer de un sistema alternativo de
suministro de emergencia, para el caso de interrupción de la fuente principal.
10. [8]
Resumen
Capítulo 02
Establecimientos industriales
(resto de tipos) construidos con
posterioridad al 16/01/06 (o
construidos con anterioridad pero
sometidos a traslado, cambio o
modificación de su actividad)
Señalizar medios
manuales cuando
no sean
fácilmente
localizables según
RD 485/1997
Señalizar según norma
UNE 23033-1:1981
Tamaño: 210x210 mm a
10 m, 420x420 entre
10y 20 m y 594x594
entre 20 y 30 m
Visibles en caso de fallo
en alumbrado
Si son fotoluminiscentes,
deben cumplir norma
UNE 23035-4:2003
Dispositivos
manuales no
automáticos de
fácil acceso y
manipulación
Señalizados en
lugares
adecuados y ser
duradera
Cumplir con el RD
485/1997
Equipos rojos o predominantemente rojos
La ubicación se señaliza mediante color rojo o por panel
Hacer uso de señales indicativas adicionales, si es necesario
Se puede hacer uso de otros pictogramas si son equivalentes, sencillos y claros
Forma rectangular o cuadrada.
Pictograma blanco sobre fondo rojo
Material resistente
Visibles y comprensibles
Altura y posición adecuadas en relación al ángulo visual. Evitar obstáculos
Emplazamiento bien iluminado, accesible y fácilmente visible. Emplear iluminación
adicional, colores fosforecentes o materiales fluorescentes
Evitar demasiadas señales próximas entre sí
Establecimientos industriales
(tipo B y C) construidos con
posterioridad al 16/01/06 (o
construidos con anterioridad pero
sometidos a traslado, cambio o
modificación de su actividad)
RD 2267/2004 CTE RD 485/1997 RD 486/1997Legislación
Casos
aplicables
Capítulo 03 Capítulo 04 Capítulo 04
Principales
obligaciones
asociadas
√
√
√ √√
√√X
11. 14 Habiendo comenzado la construcción antes del 29/06/06.
[9]
Se aplica CTE vigente en el
momento de la construcción
del edificio
Se aplica normativa
anterior: Orden de 9 de
marzo de 1971
Capítulo 02
Señalizar medios
manuales cuando
no sean
fácilmente
localizables según
RD 485/1997
Señalizar según norma
UNE 23033-1:1981
Tamaño: 210x210 mm a
10 m, 420x420 entre
10y 20 m y 594x594
entre 20 y 30 m
Visibles en caso de fallo
en alumbrado
Si son fotoluminiscentes,
deben cumplir norma
UNE 23035-4:2003
Dispositivos
manuales no
automáticos de
fácil acceso y
manipulación
Señalizados en
lugares
adecuados y ser
duradera
Cumplir con el RD
485/1997
Equipos rojos o predominantemente rojos
La ubicación se señaliza mediante color rojo o por panel
Hacer uso de señales indicativas adicionales, si es necesario
Se puede hacer uso de otros pictogramas si son equivalentes, sencillos y claros
Forma rectangular o cuadrada.
Pictograma blanco sobre fondo rojo
Material resistente
Visibles y comprensibles
Altura y posición adecuadas en relación al ángulo visual. Evitar obstáculos
Emplazamiento bien iluminado, accesible y fácilmente visible. Emplear iluminación
adicional, colores fosforecentes o materiales fluorescentes
Evitar demasiadas señales próximas entre sí
RD 2267/2004 CTE RD 485/1997 RD 486/1997Legislación
Casos
aplicables
Capítulo 03 Capítulo 04 Capítulo 04
Principales
obligaciones
asociadas
Centros de trabajo en edificios
cuya solicitud de licencia de
edificación fuera anterior al
29/03/0614
Establecimientos industriales
construidos o implantados con
anterioridad al 16/01/06
Ampliación, modificación, reforma
o rehabilitación en centros de
trabajo en edificios cuya solicitud
de licencia de edificación fuera
anterior al 29/03/0614
Centros de trabajo en edificios
cuya solicitud de licencia de
edificación fuera posterior al
29/03/06
√
√
√
√
√
√
√
√
√
√
X
X
X
X
12. La elaboración de los contenidos del presente documento se ha realizado con fines divulgativos y por
ello, adaptados a tal fin. En cualquier caso, siempre es recomendable realizar una lectura completa de
los textos legales de referencia, que son los que tienen auténtica validez legal.
[10]
La colección de miniguías de PRL de COEPA tiene como objetivo
proporcionar respuestas concretas a temas relevantes en el ámbito de
la PRL. Si deseas ampliar el contenido de este número puedes acudir a
los recursos citados a continuación:
Fuentes:
Iranzo García, Yolanda. NTP 888 y NTP 889: Señalización de emergencia en los
centros de trabajo (I) y (II). 2010. INSHT.
Guía técnica de aplicación del Reglamento de seguridad contra incendios en los
establecimientos industriales (RD 2267/2004). 2007. Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio.
Guía técnica sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo (RD 485/1997).
2009. INSHT.
Referencias legales:
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de
la Edificación.
Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de
señalización de seguridad y salud en el trabajo.
Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones
mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Servicio de asesoramiento en PRL de COEPA (con la financiación
de la Fundación para la Prevención de los Riesgos Laborales):
Infórmate: 965 13 14 00
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