El documento presenta un resumen de algunas expresiones del Tribunal Constitucional peruano en materia de responsabilidad civil. En primer lugar, el Tribunal define el daño como una lesión a un interés jurídicamente protegido, distinguiendo entre daños patrimoniales (lesiones a derechos patrimoniales) y extrapatrimoniales (lesiones a derechos no patrimoniales como sentimientos, integridad física y psicológica, y proyectos de vida). Luego, el autor critica esta definición por confundir interés y