TEORIA GENERAL
DE LA
RESPONSABILIDAD
CIVIL
LA RESPONSABILIDAD CIVIL ES AQUELLA INSTITUCIÓN POR LA CUAL EL
ORDENAMIENTO JURÍDICO HACE DE CARGO DE UNA PERSONA EL DEBER DEL
RESARCIMIENTO DE DAÑO OCASIONADO A OTRO , COMO CONSECUENCIA DE LA
VIOLACIÓN DE UNA SITUACIÓN JURÍDICA.
Ocurre cuando una
persona dueña de sus
acciones , ha de dar
cuentas otras personas
por el incumplimiento de
sus deberes
En su obra menciona que la
responsabilidad es
imputación por que el sujeto
es responsable cuando
incumple un deber .
Comenta que consiste
en la obligación de
reparar el daño causado
a otro por un acto
SISTEMA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Contractual
Extracontractual
Los hechos , actos jurídicos ,contrato y
la obligación como fuente de la
responsabilidad civil
RESPONSABILIDAD MORAL, PENAL y CIVIL
Responsabilidad moral
Como la obligación de asumir las
consecuencias de un acto o
hechos que lesiona concepto
morales.
Responsabilidad penal
Surge en un delito , es decir de
un hecho considerado
reprobable y sancionable por la
ley penal .
FUNDAMENTOS DE LA
RESPONSABILIDAD CIVIL
Una la teoría utilitaria
se aplica al derecho de daños
imponiéndole como fin la
eficiente compensación y
disuasión.
La otra gran teoría para Wrigth es la
teoría aristotélico kantiana del derecho
o la justicia, que se basa en la igual
libertad de todos los hombres.
LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL CODIGO
CIVIL PERUANO:
Se encuentra la figura de la responsabilidad civil en
el Libro VII Fuentes de las Obligaciones, en la
Sección Sexta con el título de “Responsabilidad
extracontractual”, cogiendo los artículos 1969 -
1988.
EL DAÑO
PERCEPCION ONTOLOGICA :Es la lesión a un interés
protegido.
PERCEPCION JURIDICA : Se configura en términos de
daño injusto dentro de contexto
JOSÉ LOVÓN SÁNCHEZ
El daño para configurarse
requiere-efectivamente - lesionar
un bien jurídicamente tutelado
LIZARDO TABOADA
El daño es menoscabo a los intereses de los individuos
en su relación a su vida social, que el derecho a
considerado merecedores de tutela legal.
CARACTERÍSTICAS:
CIERTO
El daño cualquiera sea su
naturaleza, debe ser cierto
si quiere aspirar a una
reparación; presente o a
futuro, pero cierto
PROBABLE
Tener en cuenta los
diferentes grados de
convicción que permiten
tener por probado un daño
DAÑO EVENTO: DAÑO CONSECUENCIA
DAÑO NO PATRIMONIAL O
EXTRAPATRIMONIAL
DAÑO PATRIMONIAL
DAÑO EMERGENTE
LUCRO CESANTE
DAÑO MORAL (EN SUS
EFECTOS PATRIMONIALES)
CLASIFICACION DEL DAÑO
OTROS TIPOS DE DAÑOS PATRIMONIALES
LA ANTIJURICIDAD.
Nace la obligación de indemnizar cuando se causa un
daño a otros u otros mediante un comportamiento
contrario al ordenamiento jurídico
ANTIJURICIDAD TIPICA ANTIJURICIDAD ATÍPICA.
Se confunde muchas veces con la
comisión de un delito, en la cual todas
aquellas conductas prohibitivas están
prescritas por una norma calificadas
como delito
Nacen del incumplimiento de un
deber genérico de no causar daño
a los demás
LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD O NEXO CAUSAL
“causa-efecto”
“antecedente-consecuencia”
En el campo extra contractual CAUSA ADECUADA
Ámbito contractual CAUSA DIRECTA
un acto, una actividad o una
conducta incrementa las
posibilidades de que un daño
ocurra
Imposibilidad de poder
determinar en un caso en
concreto.
LA IMPUTABILIDAD
TEORÍAS CAUSALES
TEORÍA DE LA CAUSA PRÓXIMA
Tiende a echar una cortina de humo que hace invisible la
responsabilidad de quienes se encuentran detrás del
agente inmediato del daño.
TEORÍA DE LA CAUSA PREPONDERANTE
se opone a la indiferencia de causas planteadas por el
análisis de la conditionum sine quan non y trata de
encontrar una causa de carácter preponderante
SISTEMA SUBJETIVO
El dolo
La culpa
SISTEMA OBJETIVO
Riesgo creado
viene a ser el riesgo adicional al ordinario
SUPUESTOS ESPECIALES DE RESPONSABILIDAD CIVIL
RESPONSABILIDA
D CIVIL INDIRECTA
Es aquella que se genera
por mandato de la Ley
RESPONSABILIDAD POR
DAÑOS OCASIONADOS POR
DENUNCIA CALUMNIOSA.
Entendida como la denuncia ante una
autoridad de un hecho punible con
objeto de perjudicar
ALCANCES DE LA
RESPONSABILIDAD DEL
ASEGURADOR.
El artículo 1987º establece un supuesto
especial no exactamente de responsabilidad
sino de asunción de los costos de la
reparación
IMPORTANCIA
Posibilita la tutela de derechos, si bien
con posterioridad a la ocurrencia de
un daño.
FINALIDAD
Resarcir las consecuencias
lesivas para los derechos o
intereses de otra persona
derivadas de la actuación
propia o ajena, bien procedan
aquellas del incumplimiento de
contratos, o bien de daños
producidos por simple culpa o
negligencia.
En la doctrina italiana, el
autor Guido Alpa
ANÁLISIS CRÍTICO:
Resulta indiscutible determinar que el objeto de la responsabilidad civil
sea la tutela de derecho sino la responsabilidad del sujeto frente a una
situación de responsabilidad ya sea contractual o extracontractual.
En ese sentido, podemos afirmar que la responsabilidad civil en el Perú,
viene afrontando obstáculos en la medida que el sistema de tutela de la
víctima y la reparación del daño sea ineficiente, no porque la ley sea
insuficiente del todo, sino por la actuación de los jueces es muchas
veces desfavorable para la víctima.
DAÑOS.ppt
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  • 1.
  • 2.
    LA RESPONSABILIDAD CIVILES AQUELLA INSTITUCIÓN POR LA CUAL EL ORDENAMIENTO JURÍDICO HACE DE CARGO DE UNA PERSONA EL DEBER DEL RESARCIMIENTO DE DAÑO OCASIONADO A OTRO , COMO CONSECUENCIA DE LA VIOLACIÓN DE UNA SITUACIÓN JURÍDICA. Ocurre cuando una persona dueña de sus acciones , ha de dar cuentas otras personas por el incumplimiento de sus deberes En su obra menciona que la responsabilidad es imputación por que el sujeto es responsable cuando incumple un deber . Comenta que consiste en la obligación de reparar el daño causado a otro por un acto
  • 3.
    SISTEMA DE RESPONSABILIDADCIVIL Contractual Extracontractual Los hechos , actos jurídicos ,contrato y la obligación como fuente de la responsabilidad civil
  • 4.
    RESPONSABILIDAD MORAL, PENALy CIVIL Responsabilidad moral Como la obligación de asumir las consecuencias de un acto o hechos que lesiona concepto morales. Responsabilidad penal Surge en un delito , es decir de un hecho considerado reprobable y sancionable por la ley penal . FUNDAMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Una la teoría utilitaria se aplica al derecho de daños imponiéndole como fin la eficiente compensación y disuasión. La otra gran teoría para Wrigth es la teoría aristotélico kantiana del derecho o la justicia, que se basa en la igual libertad de todos los hombres. LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL CODIGO CIVIL PERUANO: Se encuentra la figura de la responsabilidad civil en el Libro VII Fuentes de las Obligaciones, en la Sección Sexta con el título de “Responsabilidad extracontractual”, cogiendo los artículos 1969 - 1988.
  • 6.
    EL DAÑO PERCEPCION ONTOLOGICA:Es la lesión a un interés protegido. PERCEPCION JURIDICA : Se configura en términos de daño injusto dentro de contexto JOSÉ LOVÓN SÁNCHEZ El daño para configurarse requiere-efectivamente - lesionar un bien jurídicamente tutelado LIZARDO TABOADA El daño es menoscabo a los intereses de los individuos en su relación a su vida social, que el derecho a considerado merecedores de tutela legal.
  • 7.
    CARACTERÍSTICAS: CIERTO El daño cualquierasea su naturaleza, debe ser cierto si quiere aspirar a una reparación; presente o a futuro, pero cierto PROBABLE Tener en cuenta los diferentes grados de convicción que permiten tener por probado un daño
  • 8.
    DAÑO EVENTO: DAÑOCONSECUENCIA DAÑO NO PATRIMONIAL O EXTRAPATRIMONIAL DAÑO PATRIMONIAL DAÑO EMERGENTE LUCRO CESANTE DAÑO MORAL (EN SUS EFECTOS PATRIMONIALES) CLASIFICACION DEL DAÑO OTROS TIPOS DE DAÑOS PATRIMONIALES
  • 9.
    LA ANTIJURICIDAD. Nace laobligación de indemnizar cuando se causa un daño a otros u otros mediante un comportamiento contrario al ordenamiento jurídico ANTIJURICIDAD TIPICA ANTIJURICIDAD ATÍPICA. Se confunde muchas veces con la comisión de un delito, en la cual todas aquellas conductas prohibitivas están prescritas por una norma calificadas como delito Nacen del incumplimiento de un deber genérico de no causar daño a los demás
  • 10.
    LA RELACIÓN DECAUSALIDAD O NEXO CAUSAL “causa-efecto” “antecedente-consecuencia” En el campo extra contractual CAUSA ADECUADA Ámbito contractual CAUSA DIRECTA un acto, una actividad o una conducta incrementa las posibilidades de que un daño ocurra Imposibilidad de poder determinar en un caso en concreto.
  • 11.
    LA IMPUTABILIDAD TEORÍAS CAUSALES TEORÍADE LA CAUSA PRÓXIMA Tiende a echar una cortina de humo que hace invisible la responsabilidad de quienes se encuentran detrás del agente inmediato del daño. TEORÍA DE LA CAUSA PREPONDERANTE se opone a la indiferencia de causas planteadas por el análisis de la conditionum sine quan non y trata de encontrar una causa de carácter preponderante SISTEMA SUBJETIVO El dolo La culpa SISTEMA OBJETIVO Riesgo creado viene a ser el riesgo adicional al ordinario
  • 12.
    SUPUESTOS ESPECIALES DERESPONSABILIDAD CIVIL RESPONSABILIDA D CIVIL INDIRECTA Es aquella que se genera por mandato de la Ley RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCASIONADOS POR DENUNCIA CALUMNIOSA. Entendida como la denuncia ante una autoridad de un hecho punible con objeto de perjudicar ALCANCES DE LA RESPONSABILIDAD DEL ASEGURADOR. El artículo 1987º establece un supuesto especial no exactamente de responsabilidad sino de asunción de los costos de la reparación
  • 13.
    IMPORTANCIA Posibilita la tutelade derechos, si bien con posterioridad a la ocurrencia de un daño. FINALIDAD Resarcir las consecuencias lesivas para los derechos o intereses de otra persona derivadas de la actuación propia o ajena, bien procedan aquellas del incumplimiento de contratos, o bien de daños producidos por simple culpa o negligencia. En la doctrina italiana, el autor Guido Alpa
  • 14.
    ANÁLISIS CRÍTICO: Resulta indiscutibledeterminar que el objeto de la responsabilidad civil sea la tutela de derecho sino la responsabilidad del sujeto frente a una situación de responsabilidad ya sea contractual o extracontractual. En ese sentido, podemos afirmar que la responsabilidad civil en el Perú, viene afrontando obstáculos en la medida que el sistema de tutela de la víctima y la reparación del daño sea ineficiente, no porque la ley sea insuficiente del todo, sino por la actuación de los jueces es muchas veces desfavorable para la víctima.