INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN
ESCURA CONSULTING, pone a disposición de las empresas un servicio
especializado en la identificación y soporte en proyectos relativos a
las actividades innovadoras de la empresa de manera que le permitan
obtener retornos fiscales a través de las deducciones por I+D e iT en
el Impuesto sobre Sociedades.
Características del servicio de ESCURA CONSULTING:
Identificación y soporte en proyectos relativos a las actividades innovadoras de las empresas.
Planificación fiscal en relación con la deducción de I+D e iT.
Enfoque global a nivel técnico de las posibilidades de obtener un retorno fiscal de las inversiones
en innovación tecnológica de hasta el 42% de los gastos incurridos.
Documentación y justificación de los gastos incurridos en actividades innovadoras de la empresa.
Emisión de informe técnico detallado a los efectos de calificación y cálculo de las deducciones.
Posibilidad de obtención de Informe Motivado Vinculante a través del Ministerio o entidad
autorizada para la emisión del mismo, para plena seguridad jurídica.
NOVEDADES PARA I+D+i EN LA LEY DE EMPRENDEDORES
La Ley 14/2013 introduce algunas modificaciones en relación con los
incentivos fiscales para las actividades de I+D+i.
Como novedad se introduce:
Se elimina la limitación de las deducciones de
I+D+i, pudiendo alcanzar el 100% del importe
solicitado.
En el caso de insuficiencia de cuota de empresa
podrá solicitar a la administración el abono del
importe de la deducción que no se pudiera
practicar (aplicando un 20% de descuento al
mismo).
BENEFICIARIOS DE LA DEDUCCIÓN EN I+D+i
Las empresas españolas que financien actividades de I+D+i, independientemente de su tamaño y
sector al que pertenezcan, tienen derecho a la deducción por este gasto.
Las entidades residentes en territorio español sujetas al IS, que realicen actividades calificadas
como I+D+i según el artículo 35 del Texto refundido de la Ley del IS, serán sujetos pasivos de esta
deducción.
DEFINICIONES – art. 35 del Texto Refundido de la Ley del IS
Se considera I+D toda aquella actividad que implique una novedad objetiva y demostrable
(evidencia), ya sea de conocimiento o de tecnología a nivel sectorial o a nivel internacional.
Se considera iT toda aquella actividad que implique una novedad subjetiva, bien sea de
producto o de proceso para la compañía.
INVESTIGACIÓN: Indagación original planificada que persiga descubrir
nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbito
científico y tecnológico.
DESARROLLO: Aplicación de los resultados de la investigación o de
cualquier otro tipo de conocimiento científico para la fabricación de
nuevos materiales o productos o para el diseño de nuevos procesos o
sistemas de producción, así como para la mejora tecnológica sustancial
de materiales, productos, procesos o sistemas preexistentes.
Materialización de nuevos productos o procesos en un plano, esquema o diseño.
Prototipos no comercializables: Fase experimental para realizar las pruebas y
controles.
Proyectos piloto: Obtener experiencia y adquirir información y validaciones
técnicas.
Muestrarios: Dar a conocer la novedad técnica del producto, nunca perseguir
objetivos comerciales o de marketing.
Software avanzado: Debe suponer un progreso científico o tecnológico
significativo mediante el desarrollo de nuevos teoremas y algoritmos, o
mediante la creación de sistemas operativos y lenguajes nuevos, o siempre
que sea utilizado para facilitar a personas discapacitadas el acceso a los
servicios de la sociedad de la información, tales como el acceso a internet.
INNOVACIÓN TECNOLÓGICA: Actividad cuyo resultado sea un avance
tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de
producción o mejoras sustanciales de los ya existentes.
Diseño industrial o ingeniería de proyectos.
Primer prototipo no comercializable, o proyectos piloto.
Muestrarios.
Patentes, know-how, adquisición de tecnología avanzada y
diseños.
Certificado de normas de calidad como ISO 9000, GMP o
similares.
Actividades de diagnóstico tecnológico.
SERVICIO DE IDENTIFICACIÓN Y SOPORTE DE
DEDUCCIONES EN I+D+i
www.investigacion-y-desarrollo.com, es la dirección web donde
encontrará la guía estructurada para la obtención de beneficios
fiscales.
ANÁLISIS Y PLANIFICACIÓN
ENFOQUE TÉCNICO DE LAS ACTIVIDADES
INNOVADORAS
DOCUMENTACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LAS
DEDUCCIONES EN I+D+i
(Real Decreto 1432/2003)
SELLO DE PYME INNOVADORA Y MAXIMIZACIÓN
DEL RETORNO FISCAL POR I+D+i
ESCURA CONSULTING, quiere informar, sobre la creación del sello
PYME INNOVADORA del Ministerio de Economía y Competitividad.
Un sello que puede aportar a su empresa una serie de ventajas
Fiscales que le explicamos a continuación:
Deducciones Fiscales por Actividades de Investigación
y Desarrollo (I+D) y/o Innovación Tecnológica (iT):
podrá deducirse hasta el 42% de los costes de su
proyecto de I+D+i .
Bonificaciones personal investigador: Con la aplicación
mes a mes de las bonificaciones podrá ahorrarse un
40% de los costes de la Seguridad Social de su
personal dedicado en exclusiva a I+D+i.
ESCURA CONSULTING, pone a su disposición el asesoramiento
profesional de nuestro ingeniero especializado en I+D+i y del
departamento fiscal para cualquier aclaración o consulta.
Valor añadido a la marca.
Acceso a financiación blanda de líneas
específicas del ICO.
Preferencia en:
- Ayudas directas
- Compra Pública innovadora
- Emisión de Informe Motivado Vinculante
CONTACTO
Rafael Alcón Díaz
Tel. +34 606 459 888
ralcon@escuraconsulting.com

21 i+d+i - incentivos fiscales

  • 2.
    INVESTIGACIÓN, DESARROLLO EINNOVACIÓN ESCURA CONSULTING, pone a disposición de las empresas un servicio especializado en la identificación y soporte en proyectos relativos a las actividades innovadoras de la empresa de manera que le permitan obtener retornos fiscales a través de las deducciones por I+D e iT en el Impuesto sobre Sociedades.
  • 3.
    Características del serviciode ESCURA CONSULTING: Identificación y soporte en proyectos relativos a las actividades innovadoras de las empresas. Planificación fiscal en relación con la deducción de I+D e iT. Enfoque global a nivel técnico de las posibilidades de obtener un retorno fiscal de las inversiones en innovación tecnológica de hasta el 42% de los gastos incurridos. Documentación y justificación de los gastos incurridos en actividades innovadoras de la empresa. Emisión de informe técnico detallado a los efectos de calificación y cálculo de las deducciones. Posibilidad de obtención de Informe Motivado Vinculante a través del Ministerio o entidad autorizada para la emisión del mismo, para plena seguridad jurídica.
  • 4.
    NOVEDADES PARA I+D+iEN LA LEY DE EMPRENDEDORES La Ley 14/2013 introduce algunas modificaciones en relación con los incentivos fiscales para las actividades de I+D+i. Como novedad se introduce: Se elimina la limitación de las deducciones de I+D+i, pudiendo alcanzar el 100% del importe solicitado. En el caso de insuficiencia de cuota de empresa podrá solicitar a la administración el abono del importe de la deducción que no se pudiera practicar (aplicando un 20% de descuento al mismo).
  • 5.
    BENEFICIARIOS DE LADEDUCCIÓN EN I+D+i Las empresas españolas que financien actividades de I+D+i, independientemente de su tamaño y sector al que pertenezcan, tienen derecho a la deducción por este gasto. Las entidades residentes en territorio español sujetas al IS, que realicen actividades calificadas como I+D+i según el artículo 35 del Texto refundido de la Ley del IS, serán sujetos pasivos de esta deducción.
  • 6.
    DEFINICIONES – art.35 del Texto Refundido de la Ley del IS Se considera I+D toda aquella actividad que implique una novedad objetiva y demostrable (evidencia), ya sea de conocimiento o de tecnología a nivel sectorial o a nivel internacional. Se considera iT toda aquella actividad que implique una novedad subjetiva, bien sea de producto o de proceso para la compañía. INVESTIGACIÓN: Indagación original planificada que persiga descubrir nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbito científico y tecnológico.
  • 7.
    DESARROLLO: Aplicación delos resultados de la investigación o de cualquier otro tipo de conocimiento científico para la fabricación de nuevos materiales o productos o para el diseño de nuevos procesos o sistemas de producción, así como para la mejora tecnológica sustancial de materiales, productos, procesos o sistemas preexistentes. Materialización de nuevos productos o procesos en un plano, esquema o diseño. Prototipos no comercializables: Fase experimental para realizar las pruebas y controles. Proyectos piloto: Obtener experiencia y adquirir información y validaciones técnicas. Muestrarios: Dar a conocer la novedad técnica del producto, nunca perseguir objetivos comerciales o de marketing. Software avanzado: Debe suponer un progreso científico o tecnológico significativo mediante el desarrollo de nuevos teoremas y algoritmos, o mediante la creación de sistemas operativos y lenguajes nuevos, o siempre que sea utilizado para facilitar a personas discapacitadas el acceso a los servicios de la sociedad de la información, tales como el acceso a internet.
  • 8.
    INNOVACIÓN TECNOLÓGICA: Actividadcuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción o mejoras sustanciales de los ya existentes. Diseño industrial o ingeniería de proyectos. Primer prototipo no comercializable, o proyectos piloto. Muestrarios. Patentes, know-how, adquisición de tecnología avanzada y diseños. Certificado de normas de calidad como ISO 9000, GMP o similares. Actividades de diagnóstico tecnológico.
  • 9.
    SERVICIO DE IDENTIFICACIÓNY SOPORTE DE DEDUCCIONES EN I+D+i www.investigacion-y-desarrollo.com, es la dirección web donde encontrará la guía estructurada para la obtención de beneficios fiscales. ANÁLISIS Y PLANIFICACIÓN ENFOQUE TÉCNICO DE LAS ACTIVIDADES INNOVADORAS DOCUMENTACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LAS DEDUCCIONES EN I+D+i (Real Decreto 1432/2003)
  • 10.
    SELLO DE PYMEINNOVADORA Y MAXIMIZACIÓN DEL RETORNO FISCAL POR I+D+i ESCURA CONSULTING, quiere informar, sobre la creación del sello PYME INNOVADORA del Ministerio de Economía y Competitividad. Un sello que puede aportar a su empresa una serie de ventajas Fiscales que le explicamos a continuación: Deducciones Fiscales por Actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) y/o Innovación Tecnológica (iT): podrá deducirse hasta el 42% de los costes de su proyecto de I+D+i . Bonificaciones personal investigador: Con la aplicación mes a mes de las bonificaciones podrá ahorrarse un 40% de los costes de la Seguridad Social de su personal dedicado en exclusiva a I+D+i.
  • 11.
    ESCURA CONSULTING, ponea su disposición el asesoramiento profesional de nuestro ingeniero especializado en I+D+i y del departamento fiscal para cualquier aclaración o consulta. Valor añadido a la marca. Acceso a financiación blanda de líneas específicas del ICO. Preferencia en: - Ayudas directas - Compra Pública innovadora - Emisión de Informe Motivado Vinculante
  • 12.
    CONTACTO Rafael Alcón Díaz Tel.+34 606 459 888 ralcon@escuraconsulting.com