2. Tabla de contenido
INTRODUCCION:........................................................................................................................ 1
Los objetivos de esta Reforma Energética................................................................................... 1
DESARROLLO:............................................................................................................................ 2
Graficas.................................................................................................................................... 4
Cuestionario:............................................................................................................................. 5
CONCLUCIONES:........................................................................................................................ 7
Bibliografía................................................................................................................................ 1
Ilustración 1 Retos..................................................................................................................... 4
Ilustración 2 Prioridades ............................................................................................................ 4
3. Reformaenergéticaconstitucional
Reformaenergética
1
INTRODUCCION:
La reforma energética de 2013 en México es una reforma constitucional cuya
iniciativa fue presentada por el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto el
12 de agosto de 2013.
Fue aprobada por el Senado de la República el 10 de diciembre de 2013 y por la
Cámara de Diputados un día después.
El 18 de diciembre de 2013, la reforma fue declarada constitucional por el Poder
Legislativo Federal; fue promulgada por el Ejecutivo el 20 de diciembre de 2013 y
publicada al día siguiente en el Diario Oficial de la Federación.
La iniciativa que el Ejecutivo Federal somete a la consideración del Congreso de la
Unión propone que el Artículo 27 de la Constitución vuelva a decir lo que el
Presidente Lázaro Cárdenas dejó escrito, palabra por palabra, para desarrollar la
industria petrolera bajo la rectoría del Estado.
Asimismo, se promueve el desarrollo de un sistema eléctrico nacional basado en
principios técnicos y económicos, bajo la conducción y regulación del Estado.
Los objetivos de esta ReformaEnergética
(1) Mejorarlaeconomíadelasfamilias: Bajarán los costos de los recibos de la luz y
el gas. Al tener gas más barato se podrán producir fertilizantes de mejor precio, lo
que resultará en alimentos más baratos.
(2) Aumentar la inversión y los empleos: Se crearán nuevos trabajos en los
próximos años. Con las nuevas empresas y menores tarifas habrá cerca de medio
millón de empleos más en este sexenio y 2 y medio millones más para 2025, en
todo el país.
(3) Reforzar a Pemex y a CFE: Se le dará mayor libertad a cada empresa en sus
decisiones para que se modernicen y den mejores resultados. Pemex y CFE
seguirán siendo empresas 100% de los mexicanos y 100% públicas.
4. Reformaenergéticaconstitucional
Reformaenergética
2DESARROLLO:
a nueva redacción del artículo 27 Constitucional, aprobada por el Senado de
la República el 10 diciembre de 2013, contiene, desde nuestro punto de
vista, una contradicción seria que debe ser resuelta en bien de México.
“Tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos en el
subsuelo -señala el dictamen de las comisiones unidas de Puntos
Constitucionales; de Energía; y Estudios Legislativos, Primera- la propiedad de
la Nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones”. Para
más adelante indicar que “ésta llevará a cabo las actividades de explotación y
extracción mediante asignaciones a empresas productivas del Estado o a través
de contratos con éstas o con particulares”.
Si bien es cierto, como soporta el citado dictamen, nuestro país no puede resolver
por sí solo y a corto plazo el declive de su producción, los retos del mercado
mundial del recurso y los desafíos que le presentan sus nuevos yacimientos
ubicados en aguas profundas del Golfo de México, tampoco la generalización del
criterio de alianzas con entes privados, que se desprende de la reforma energética
votada por la Cámara Alta, es la respuesta pertinente, oportuna y conforme a los
intereses de la República.
En el pasado, aunque desde diferentes ópticas políticas y jurídicas, el país supo
resolver los retos tecnológicos que se le presentaron para impulsar un desarrollo
económico y un gasto público sustentados en la explotación de sus vastos
recursos naturales.
Al principio del porfiriato, el brillante jurista jalisciense, Ignacio Luis Vallarta, al
frente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, planteó que “la industria
minera… no es un negocio de interés privado, sino un asunto que afecta de un
modo positivo al bien público… la utilidad pública debe buscarse… en la
explotación de la inmensa riqueza mineral que México posee”.
Vallarta, de acuerdo con el pensamiento del dictador Díaz, creyó que estaba “en el
Estado la facultad de hacer su concesión, no como dueño, sino sólo como
representante del interés público”. Pero encontró problemas para sostener su
criterio al toparse con las Ordenanzas de Minería de 1783, vigentes en México
para entonces, pues en forma contundente ahí se afirmaba que “las minas son
propias de la Corona”.
Más adelante, el Constituyente de 1917 recuperará este precedente, heredado de
la época colonial, para redactar el artículo 27 constitucional, al subrayar el derecho
inalienable e imprescriptible de la Nación a disponer de un listado de bienes
estratégicos, surgido desde la propia conformación de nuestro país.
De manera muy clara lo expresó el ingeniero Pastor Rouaix, uno de los autores
del artículo de la Carta Magna multicitado, al manifestar que su “fracción X
contuvo otro de los principios más trascendentales para el futuro de la Patria, al
establecer como bases constitucionales el derecho de propiedad absoluta de la
Nación sobre los minerales y sustancias que ocultara el subsuelo, distintos de los
componentes naturales de las tierras, incluyendo el carbón de piedra, el petróleo y
los carburos de hidrógeno similares a él. Esta disposiciónera sólo la confirmación
constitucional de una propiedad indiscutible, que había figurado en la legislación
colonial desde la conquista y que había regido a la República Mexicana en la
L
5. Reformaenergéticaconstitucional
Reformaenergética
3
totalidad de sus preceptos hasta el año de 1884, cuando combinaciones torcidas
de un gobierno protector del latifundismo, cedió el derecho de propiedad… en lo
referente al carbón y al petróleo, por medio de una simple ley dictada por el
Congreso”.
Por otra parte, queremos subrayar que, aún en el caso de los gobiernos
posrevolucionarios que respetaron las concesiones petroleras porfirianas, como el
callista, se mantuvo el criterio jurídico de que en cualquier controversia en la
materia los particulares extranjeros deberían someterse a las leyes y tribunales
mexicanos, renunciando a solicitar el auxilio de sus gobiernos en sus diferendos
con el Estado azteca.
Más adelante, después de la Expropiación Petrolera de Lázaro Cárdenas, la Ley
Reglamentaria de 1940 autorizó la asociación del gobierno con particulares, en
razón de los problemas tecnológicos y operativos que enfrentó PEMEX a raíz de la
medida expropiatoria, boicoteada por las potencias extranjeras involucradas. Y
eso pudo cambiar en 1960, cuando el Estado recuperó el control total del recurso
petrolero con la reforma a la citada legislación secundaria, en virtud de que el
propio desarrollo de la industria petrolera nacional le permití un funcionamiento
bastante adecuado.
Ahora bien, si una de las aristas del problema actual de México con su petróleo, su
gas y demás hidrocarburos radica en que su potencial fundamental pudiera
encontrarse en los yacimientos en Aguas Profundas, donde el país enfrenta
obstáculos muy difíciles en temas de conocimiento, herramientas y operación para
acceder a ellos, bien pudiera valer que el Poder Legislativo dispusiera que la
asociación del Estado con particulares fuera posible únicamente en estas
regiones, o en otros rubros que guarden un semejante grado de complejidad en el
presente inmediato.
Y finalmente, no estaría de más una Reforma Constitucional que abordara el tema
de las disputas en la materia que inevitablemente surgirán entre el Estado y las
empresas petroleras extranjeras. Ésta debiera reiterar que esas disputas se
sujeten, siempre, a las leyes y tribunales mexicanos, sin apelar nunca a los
gobiernos de esos consorcios petroleros.
En atención a la complejidad de los temas involucrados en este tipo de alianzas,
siempre asimétricas, debiera el legislador asentar en la Carta Magna mexicana
que, al igual que en la Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones,
existieran tribunales especializados, con el personal idóneo para desahogar los
conflictos que se susciten en el futuro.
Una posibilidad que consideramos es la adición del Artículo 104 Constitucional,
que ya habla de la intervención de los tribunales del Poder Judicial de la
Federación en asuntos marítimos, con un numeral que hable de que las
diferencias de criterio que surjan entre el Estado mexicano y las empresas
privadas petroleras deberán ser resueltas por juzgadores federales.
Mención aparte merece que el Congreso de la Unión analice el asunto de la
procedencia o no del Juicio de Amparo en la materia, a riesgo de repetir la historia
de México de la primera mitad del siglo XX, sitiada por la presión diplomática,
política y militar de los gobiernos de los países con intereses petroleros en México.
7. Reformaenergéticaconstitucional
Reformaenergética
5
1.-¿Estasen contra o a favorde lareforma energética?
En contra
A favor
2.-¿ Creesque lareformaenergéticamejorarálaeconomíade México?
Si (¿Porqué?)
No (¿Porqué?)
3.-¿Quiéncreesque se beneficiaconlareformaenergética?
Todoslos ciudadanos
El gobierno
Nadie
4.- ¿Creesque EU se beneficiaconlareformaenergética?
Si
No
5.-¿Qué creesque tiene masvalor,losbeneficiosoladesventajasde lareformaenergética?
Los beneficios
Las desventajas
6.-¿Creesque laempresascomoPEMEX y CFE se mantengancomolo hanhechohasta ahora, con
el cambiode la reformaenergética?
Si
No
Tal vez
7.-¿Creesque lareformaenergéticaaprovocadocambiosradicalesenel país?
Si
No
8.-Si contestaste que si a lapreguntaanterior,¿ creesque estoscambiossonbuenosomalos?
Buenos
Malos
50% y 50%
Cuestionario:
9. Reformaenergéticaconstitucional
Reformaenergética
7CONCLUCIONES:
En la Reforma Energética se permite la participación de inversión privada en los
sectores de hidrocarburos y electricidad, con lo que se elevará la producción de
energéticos a nivel nacional y se generará mayor riqueza. Además se reducirán
los precios de la energía eléctrica, y crecerá el número de empleos productivos
para el país.
La apertura a la inversión privada impulsará el desarrollo de la industria nacional.
Para ello se establece la obligación de prever en la Ley porcentajes de contenido
nacional en la proveeduría, con lo que en las asignaciones y contratos que se
otorguen a las empresas públicas y privadas se fomentará la industria nacional.
Así se propiciará el desarrollo de cadenas productivas nacionales y locales, de tal
manera que las empresas mexicanas se fortalecerán y encontrarán mejores
oportunidades para desarrollarse.
La participación de inversión privada deberá promover la inclusión y desarrollo de
proveedores nacionales y locales en la cadena de valor de toda la industria. Esto
permitirá mayores beneficios en otras industrias, mayor empleo y mayor desarrollo
económico a nivel regional y nacional.
10. 1
Bibliografía
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