1. UNIVERESIDAD FERMIN TORO
VICE-RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
´ESCUELA DE DERECHO
ALUMNA:
AROCHA, Lilian
C.I: V-18501497
SECCION: SAIA B
PROF: RAMIREZ, Emily
BARQUISIMETO, ESTADO LARA
Actividad Financiera del Estado
Venezolano
2. Actividad Financiera del Estado
Venezolano
Es aquella que realiza el Estado
mediante los gastos públicos, así como
también cuando por los
distintos procedimientos obtiene
ingresos públicos provenientes de sus
recursos.
Ubicación de la Actividad Financiera dentro del
Dentro del Derecho
La Actividad Financiera se ubica dentro de la rama del
Derecho Público, puesto que es la que organiza los
recursos económicos de la Hacienda del Estado y de
los demás organismos administrativos y regula los
procedimientos de obtención y percepción de ingresos
y organización del gasto que tales Administraciones
Públicas dedican a sus fines necesidades de la
sociedad.
Derecho Tributario:
Son aquellas normas jurídicas a través de las
cuales el Estado ejerce su poder tributario con
el propósito de obtener de los particulares
ingresos que sirvan para sufragar el gasto
público en áreas a la consecución del bien
común.
Derecho Financiero.
Es un conjunto de normas jurídicas
que se ocupa de ordenar los
ingresos y los gastos públicos,
normalmente previstos en el
presupuesto general del Estado.
Fines:
Obtener recursos o ingresos
que luego debe destinar para
satisfacer las necesidades del
país.
3. Teorías sobre la Actividad Financiera
Económica:
Escuela clásica inglesa (Smith, Ricardo) y sus
continuadores: nos dicen que la acción del Estado se
traduce en un consumo improductivo, pues al intensificar la
presión tributaria sustrae a los particulares una porción de
renta que podrían utilizar en una nueva producción de
bienes.
Sénior y Bastiat: Ven a la acción del estado como una serie
de actos, entre los servicios públicos y las prestaciones de
los particulares, el estado vendía sus servicios y los
particulares pagaban el precio de tales funciones.
Escuela austriaca: Emil Sax pretende que lo mismo que en
la economía privada, se procura llegar a la máxima utilidad
posible, logrando el mayor beneficio con el menor sacrificio.
Sociológica.:
• Wilfredo Pareto: Discute cual es la
realidad de la existencia del estado
y que esconde bajo sus atributos de
mando.
• Pareto: Afirma que el estado es una
ficción, que en su nombre se
impone a los contribuyente todos los
gravámenes posibles y luego se
gastan para cubrir las necesidades
infinitas de la clase dominante.
Política:
Entienden que el problema referente a la naturaleza de
la actividad financiera solo puede ser resuelto
analizando la naturaleza de su sujeto El Estado.
4. Esta constituido por la la expresión
cifrada, conjunta y sistemática de las
obligaciones (gastos) que, como
máximo, pueden reconocer y los
derechos (ingresos) que prevean
liquidar durante el correspondiente
ejercicio (anual).
Presupuesto Publico.
Principios técnicos
Programación: El presupuesto debe
tener el contenido y la forma de la
programación.
Integralidad: El presupuesto debe contener: un
instrumento del sistema de planificación, reflejo
de una política presupuestaria única, proceso
debidamente vertebrado, instrumento en el que
debe aparecer todos los elementos de la
programación.
Universalidad: Constituye que
todo aquello dentro de la materia
del presupuesto debe ser
incorporado en él.
Unidad: El presupuesto de cada
entidad se ajuste al principio de
unidad, en su contenido, en sus
métodos y en su expresión.
5. Gasto Público
Es el total de gastos realizados
por el sector público, tanto en la
adquisición de bienes y servicios
como en la prestación de
subsidios y transferencias.
Clasificación
Desarrollo Social:
Educación, Salud, Seguridad Social,
Urbanización, Vivienda, Desarrollo
Regional, Agua Potable y
Alcantarillado, Asistencia Social, y
Superación de la Pobreza, estos se
pueden considerar como un gasto
público real o de consumo.
Desarrollo Económico:
Infraestructura, Energía, Comunicaciones
y Transportes, Desarrollo agropecuario y
forestal, Temas laborales, empresariales,
Ciencia y Tecnología, Promoción de la
capacitación y el empleo, Impulso
competitivo empresarial, estos se pueden
considerar como un gasto real o de
inversión.
Efectos:
Medidas destinadas a lograr
modificaciones en la
distribución de los ingresos
entre los diferentes sectores.
6. Ingresos Públicos
Son todas aquellas entradas de dinero
que recibe el Estado y que le permiten
financiar la satisfacción de
necesidades de la colectividad, es
decir, que le permiten financiar el
gasto público y cumplir su función
dentro de la sociedad.
Clasificación Económica
Ingresos corrientes: Son aquellos que proceden de
ingresos tributarios, no tributarios y de
transferencias recibidas para financiar gastos
corrientes.
Recursos de capital: Son los que se originan por la
venta de bienes de uso, muebles e inmuebles,
indemnización por pérdidas o daños a la propiedad,
cobros de préstamos otorgados, disminución de
existencias, etc.
Las fuentes financieras: Se generan por la
disminución de activos financieros y el incremento
de pasivos
Importancia:
EI ingreso Público por lo general tendrá el fin de
propiciar la cobertura del gasto, y solo habrá
Ingreso Público cuando el ente que lo recibe tiene
plena disposición sobre él, es decir cuando tiene
un titulo jurídico para utilizarlo para sus fines.
7. Clasificación de los Recursos del
Estado
Recursos del Estado
económica:
Recursos del Estado
patrimoniales:
Originarios: son los
que las entidades
públicas obtienen de
fuentes propias de
riqueza, sea que
posean un patrimonio
fructífero, sea que
ejerzan una industria o
un comercio.
Derivados: Son los que
las entidades públicas
se preocupan mediante
contribuciones
provenientes de las
economías de los
individuos
pertenecientes a la
comunidad
Ordinarios: Son los que
se forman regular y
continuamente para ser
destinados a cubrir el
presupuesto financiero
normal; por eso están
generalmente frente a los
gastos ordinarios.
Extraordinarios: Son
provocados por
excepcionales
necesidades; por eso
están, por lo general,
frente a los gastos
extraordinarios.
Bienes de dominio público: El
Estado posee bienes sociales
puesto que están destinados al
disfrute de toda la comunidad,
y son utilizables por sus
componentes sin
discriminación.
Bienes de domino privado: El
Estado posee otros bienes
que pueden satisfacer
necesidades individuales o
colectivas, pero que no se
afectan al uso de todos los
habitantes sino al de
determinadas personas
vinculadas a ellos por su
adquisición, localización,
administración, concesión u
otra contratación.