Este trabajo de investigación se realizará en el distrito de Los Olivos con el fin de determinar el nivel de conocimiento que tienen sus pobladores sobre el derecho subjetivo de la herencia en las uniones de hecho en el sistema legal peruano. Se utilizarán métodos como encuestas y referencias bibliográficas para responder al problema planteado y verificar las hipótesis formuladas. El trabajo utiliza antecedentes de otros estudios para sustentar su investigación y pruebas estadísticas para garantizar la confiabilidad de los resultados.
Este documento es una solicitud presentada ante un juzgado para suspender un procedimiento de ejecución hipotecaria. El solicitante alega que se encuentra en situación de vulnerabilidad económica protegida por la nueva normativa, y adjunta documentación para acreditarlo. También argumenta que el procedimiento vulnera derechos fundamentales como la vivienda y la tutela judicial efectiva, e invoca la emergencia social creada por los desahucios. Solicita la suspensión inmediata del procedimiento hasta que se resuelvan sus alegaciones
La demandante solicita una medida cautelar de asignación anticipada de alimentos contra el demandado Pascual Basilio Rojas a favor de sus menores hijos Sandy Lilian y Roger Gamarra Huamani. Argumenta que el demandado no ha cumplido con su deber de proveer alimentos a pesar de los requerimientos y que existe peligro en la demora del proceso principal debido a la precaria situación económica por la que atraviesa. Ampara su petición en los artículos 608 y 675 del código procesal civil sobre medidas cautelares de asign
Este documento presenta el expediente de una audiencia para fijar una pensión alimenticia a favor de un menor. La demandante solicita 700 soles mensuales del demandado. En la audiencia, se admite pruebas documentales de las necesidades del menor y se declara la rebeldía del demandado. Luego de los alegatos, el juez falla a favor de la demandante fijando una pensión justa para el sustento del menor.
Este documento es una solicitud de divorcio por mutuo consentimiento presentada ante un juez de familia. En 3 oraciones resume lo siguiente: Los demandantes solicitan el divorcio y presentan pruebas como su acta de matrimonio. Solicitan que se lleve a cabo una audiencia de avenimiento y que posteriormente se emita una sentencia de divorcio disolviendo legalmente su matrimonio. Adjuntan un convenio de divorcio en el que acuerdan términos como la residencia y pertenencias luego del divorcio.
Este documento resume una demanda interpuesta contra el Estado colombiano por Vitelvina Rojas Robles por la muerte de su esposo, Cesar Julio Cuervo Pineda, en un accidente de tránsito causado por un agente diplomático estadounidense. La demanda busca una indemnización debido a que la ley de inmunidad diplomática impide demandar directamente al agente. El Consejo de Estado falla a favor de la demanda, estableciendo la responsabilidad del Estado cuando una ley causa un daño que una persona no debe
Expediente 411 2008. la libertad. responsabilidad solidaria entre el sentenci...Luis Enrique Cochachi
El documento resume una resolución de una sala penal de apelaciones que aumenta el monto de la reparación civil en un caso de homicidio culposo. La sentencia original fijó la reparación en S/. 28,000, pero la sala determina que este monto no guarda proporción con los daños causados, tomando en cuenta que la víctima era el sostén económico de su familia. Por ello, la sala incrementa la reparación a S/. 100,000 y determina que la empresa propietaria del vehículo involucrado es también responsable civilmente
La demandante solicita la ejecución de un acta de conciliación extrajudicial en la que se acordó el pago de pensiones alimenticias por parte del demandado. El acta estableció el pago mensual de S/. 200 por el demandado, pero éste no ha cumplido con los pagos desde febrero de 2016. Por lo tanto, la demandante pide que se ejecute el pago de la deuda total de S/. 1,000 en pensiones adeudadas hasta junio de 2016.
Este documento presenta una demanda de ejecución de una conciliación extrajudicial entre Gianfranca Karina Vivanco Olcese y Álvaro Fernando Talavera Rozas sobre la pensión de alimentos y régimen de visitas de su hija Macarena Talavera Vivanco. La conciliación de 2006 estableció que la madre tendría la tenencia, el padre pagaría una pensión de S/. 400 mensuales y se haría cargo de los gastos escolares, y se fijaron las visitas del padre. La demanda alega que el padre no ha cu
Este documento es una solicitud presentada ante un juzgado para suspender un procedimiento de ejecución hipotecaria. El solicitante alega que se encuentra en situación de vulnerabilidad económica protegida por la nueva normativa, y adjunta documentación para acreditarlo. También argumenta que el procedimiento vulnera derechos fundamentales como la vivienda y la tutela judicial efectiva, e invoca la emergencia social creada por los desahucios. Solicita la suspensión inmediata del procedimiento hasta que se resuelvan sus alegaciones
La demandante solicita una medida cautelar de asignación anticipada de alimentos contra el demandado Pascual Basilio Rojas a favor de sus menores hijos Sandy Lilian y Roger Gamarra Huamani. Argumenta que el demandado no ha cumplido con su deber de proveer alimentos a pesar de los requerimientos y que existe peligro en la demora del proceso principal debido a la precaria situación económica por la que atraviesa. Ampara su petición en los artículos 608 y 675 del código procesal civil sobre medidas cautelares de asign
Este documento presenta el expediente de una audiencia para fijar una pensión alimenticia a favor de un menor. La demandante solicita 700 soles mensuales del demandado. En la audiencia, se admite pruebas documentales de las necesidades del menor y se declara la rebeldía del demandado. Luego de los alegatos, el juez falla a favor de la demandante fijando una pensión justa para el sustento del menor.
Este documento es una solicitud de divorcio por mutuo consentimiento presentada ante un juez de familia. En 3 oraciones resume lo siguiente: Los demandantes solicitan el divorcio y presentan pruebas como su acta de matrimonio. Solicitan que se lleve a cabo una audiencia de avenimiento y que posteriormente se emita una sentencia de divorcio disolviendo legalmente su matrimonio. Adjuntan un convenio de divorcio en el que acuerdan términos como la residencia y pertenencias luego del divorcio.
Este documento resume una demanda interpuesta contra el Estado colombiano por Vitelvina Rojas Robles por la muerte de su esposo, Cesar Julio Cuervo Pineda, en un accidente de tránsito causado por un agente diplomático estadounidense. La demanda busca una indemnización debido a que la ley de inmunidad diplomática impide demandar directamente al agente. El Consejo de Estado falla a favor de la demanda, estableciendo la responsabilidad del Estado cuando una ley causa un daño que una persona no debe
Expediente 411 2008. la libertad. responsabilidad solidaria entre el sentenci...Luis Enrique Cochachi
El documento resume una resolución de una sala penal de apelaciones que aumenta el monto de la reparación civil en un caso de homicidio culposo. La sentencia original fijó la reparación en S/. 28,000, pero la sala determina que este monto no guarda proporción con los daños causados, tomando en cuenta que la víctima era el sostén económico de su familia. Por ello, la sala incrementa la reparación a S/. 100,000 y determina que la empresa propietaria del vehículo involucrado es también responsable civilmente
La demandante solicita la ejecución de un acta de conciliación extrajudicial en la que se acordó el pago de pensiones alimenticias por parte del demandado. El acta estableció el pago mensual de S/. 200 por el demandado, pero éste no ha cumplido con los pagos desde febrero de 2016. Por lo tanto, la demandante pide que se ejecute el pago de la deuda total de S/. 1,000 en pensiones adeudadas hasta junio de 2016.
Este documento presenta una demanda de ejecución de una conciliación extrajudicial entre Gianfranca Karina Vivanco Olcese y Álvaro Fernando Talavera Rozas sobre la pensión de alimentos y régimen de visitas de su hija Macarena Talavera Vivanco. La conciliación de 2006 estableció que la madre tendría la tenencia, el padre pagaría una pensión de S/. 400 mensuales y se haría cargo de los gastos escolares, y se fijaron las visitas del padre. La demanda alega que el padre no ha cu
Alicia Luz Díaz solicita una medida cautelar de asignación anticipada de alimentos a favor de sus dos hijos menores de edad, Pepe y María, contra Jonas Vega. Alicia argumenta que Jonas no ha cumplido con su deber de proveer alimentos a pesar de los requerimientos, y que la medida cautelar es necesaria para asegurar los alimentos durante el proceso principal debido a la precaria situación económica por la que atraviesa. Alicia ofrece como prueba el auto admisorio de su demanda principal de alimentos.
Modelo de demanda con sus partes. Jose Ramos FloresJose Ramos Flores
1) Juan Carlos Bernedo Peralta presenta una demanda de divorcio por separación de hecho contra Juana Lourdes Peña Velarde. Solicita que se declare la disolución del vínculo matrimonial debido a que han estado separados por más de dos años.
2) Aporta como pruebas el acta de separación, las partidas de nacimiento de sus hijos ya mayores de edad, y documentos que muestran que no tienen bienes en común ni deudas por alimentos.
3) Solicita que se declare fundada la demanda amp
Este documento presenta la Sentencia C-237 de 1997 de la Corte Constitucional de Colombia. En esta sentencia, la Corte declara exequible el artículo 263 del Código Penal colombiano, el cual sanciona con prisión la inasistencia alimentaria. La Corte encuentra que la obligación alimentaria no es una deuda sino un deber que surge del vínculo familiar, y que el Estado puede utilizar el derecho penal para proteger bienes jurídicos fundamentales como la familia. Asimismo, la Corte establece que el deber de as
El documento resume una casación sobre la anulabilidad de un matrimonio y la impugnación de paternidad. El Tribunal Supremo determinó que (1) el engaño sobre la paternidad constituye un defecto sustancial que hace insoportable la vida en común y (2) la pretensión de impugnación de paternidad había caducado según el plazo establecido en el Código Civil.
Escrito de demanda de divorcio voluntario regimen de sociedad conyugalMitzyhdz
Este documento es una solicitud de divorcio voluntario bajo el régimen de sociedad conyugal. Presenta los hechos del matrimonio, incluyendo fecha, lugar, hijos y domicilio conyugal. Solicita disolver el vínculo matrimonial y liquidar la sociedad conyugal. Incluye un convenio sobre la patria potestad de los hijos menores, régimen de visitas, pensión alimenticia y distribución de bienes de la sociedad conyugal. Solicita al juez tenerlos por presentados, señalar
La madre de la menor Milagros Gutiérrez Marquez apela la sentencia que fijó una pensión alimenticia de 300 nuevos soles a favor de su hija. Solicita que se aumente la pensión a 600 nuevos soles debido a que la menor requiere tratamiento médico por una dolencia de tiroides, estudia en un colegio particular con altos gastos de educación, y el padre tiene la capacidad económica para proveer una pensión mayor considerando que solo tiene esta obligación alimentaria y trabaja como soldador.
El demandado presenta un escrito al juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Trujillo en el que: 1) Absuelve traslado y formula oposición a la propuesta de liquidación de pensiones devengadas presentada por la demandante; 2) Alega que ha venido cumpliendo con los pagos de la pensión de alimentos de S/250 mensuales según consta en documentos adjuntos; 3) Solicita que se oficie al Banco de la Nación para verificar los depósitos realizados a la cuenta alimentista.
Este documento presenta una demanda de alimentos interpuesta por Nando Alazan Palomino en contra de sus padres Cristiano Ronaldo Salas Coayla y Vanessa Palomino Ramírez. La demanda solicita que los demandados le proporcionen una pensión alimenticia mensual del 60% de sus ingresos para cubrir sus necesidades educativas y de subsistencia mientras cursa estudios universitarios. Se presentan los fundamentos de hecho y derecho, y se adjuntan documentos probatorios.
1) Luis Miguel Torres Marroquin demanda la nulidad del Acta de Conciliación N°047-2012 sobre alimentos para sus hijos menores. 2) Alega que los acuerdos sobre alimentos carecen de precisión y no cumplen los requisitos de ser ciertos, expresos y exigibles. 3) Pide que se declare la nulidad del acta debido a que los acuerdos sobre alimentos no pueden ejecutarse por no cumplir con los requisitos legales.
El documento explica la diferencia entre licencia por luto y calamidad doméstica. La licencia por luto se da cuando muere un familiar cercano como cónyuge, padres, hijos o hermanos y dura 5 días. La calamidad doméstica puede ser cuando hay una emergencia familiar grave que afecta al trabajador, como una enfermedad o accidente serio de un familiar, y la duración la define el empleador. Ambas licencias deben ser solicitadas y comprobadas.
Divorcio y cesacion de efectos civiles en el matrimoniomaleja2529
1) El documento trata sobre el divorcio del matrimonio civil y la cesación de efectos civiles del matrimonio religioso. 2) Explica conceptos como divorcio, antecedentes históricos, generalidades sobre el divorcio y la familia, causas y tipos de divorcio. 3) También cubre requisitos para el divorcio ante notario como una alternativa al divorcio judicial, así como efectos de la sentencia de divorcio.
Modelos de memoriales derecho procesal civilDaniel Sunun
Este documento es un memorial contestando una reconvención en un juicio ordinario. En 3 oraciones:
1) El demandado niega los hechos alegados en la reconvención, argumentando que son falsos y carecen de credibilidad.
2) Señala que si los hechos alegados fueran ciertos, el reconviniente debió haber denunciado ante las autoridades o solicitado ayuda de vecinos.
3) Finalmente, indica que el reconviniente no cumplió con probar sus alegaciones con fotografías u otras
Contestacion de la demanda practica de familia Andrea Rojas
El abogado Daniel Martínez contesta la demanda presentada por Luz Marina Catumba Martínez en contra de Hernando Morales Sanclemente. Martínez se opone a las pretensiones de la demanda y alega que no existe una unión marital de hecho entre las partes, ya que Morales mantiene una relación con otra mujer desde 2012. Martínez también presenta pruebas y cita testigos para sustentar su posición.
Este documento resume los antecedentes de un juicio oral penal en contra de Enrique Orellana Cifuentes por los delitos de abuso sexual, violación impropia y abuso agravado contra sus tres hijas menores de edad. La acusación sostiene que el acusado cometió estos actos de manera reiterada entre agosto de 2009 y agosto de 2010. Adicionalmente, se presentó una demanda civil por daños morales, solicitando una indemnización de $200 millones para cada víctima y su madre. En la audiencia, el fiscal ratific
Este documento contiene un acuerdo de divorcio por mutuo consentimiento entre Jairo Carmelo Santos Sánchez y Cenobia del Rosario Guzmán Salazar, quienes se casaron en 1991 y tienen dos hijos. El acuerdo estipula los términos del divorcio y la disolución de la sociedad conyugal, incluyendo el derecho a residencia independiente y el fin de la obligación de alimentos entre los cónyuges. Adicionalmente, se otorga un poder notarial a un abogado para que tramite la escritura pública de divorcio
Este documento presenta una introducción a un trabajo de investigación sobre la necesidad de normar el derecho sucesorio en las uniones de hecho en Perú. Expone el planteamiento del problema, los objetivos y la hipótesis del estudio, que busca identificar el perjuicio que ocasiona la falta de reconocimiento de derechos sucesorios a los concubinos y proponer su regulación. También incluye el marco teórico sobre el derecho sucesorio y sus principios.
Este documento presenta la planificación de una unidad de enseñanza sobre la retardación de justicia en el sistema legal civilista boliviano. Se divide en 7 secciones: 1) datos de referencia, 2) planificación con relación a la problemática y sustento legal, 3) formulación de la problemática, 4) necesidades básicas de aprendizaje, 5) competencias, 6) indicadores, y 7) estrategias. El objetivo es que los estudiantes conozcan las causas de la retardación de justicia en el área civil y aprendan a evitarla para ser
Este documento presenta los resultados de una investigación sobre los derechos y obligaciones de las parejas en una unión libre. La investigación incluyó una revisión documental de fuentes legales y estadísticas, así como entrevistas a una pareja casada y a una abogada de familia. Los principales hallazgos son: 1) Aunque la unión libre no es un vínculo legal, la SCJN ha otorgado ciertos derechos a las parejas como pensión alimenticia y herencia; 2) Las principales diferencias con el matrimonio son
Este documento presenta un trabajo de investigación realizado en el Poder Judicial de Lambayeque, Perú. El problema más frecuente encontrado fue "no denunciar a un colega que ha cometido una falta". El documento incluye el marco teórico sobre conceptos de justicia, así como los objetivos y métodos de la investigación.
Este documento presenta los resultados de una investigación realizada en el Poder Judicial de Lambayeque. El problema más frecuente encontrado fue "no denunciar a un colega que ha cometido una falta". El documento incluye el marco teórico sobre conceptos de justicia, y los objetivos y métodos de la investigación. Los autores buscan mejorar la imagen pública del Poder Judicial identificando y resolviendo problemas como la falta de denuncia entre colegas.
Derecho constitucional i pa 2 alumna yaneth amanqui palli.. (1)YanethAmanquiPalli
El resumen analiza un caso sobre la tenencia de mascotas en un departamento alquilado. La inquilina Elisa tiene un cachorro a pesar de que la dueña prohíbe las mascotas, alegando que esta prohibición no está en el contrato. El resumen concluye que Elisa tiene la razón porque no violó los términos del contrato y que la dueña debería dialogar para incluir esta prohibición de forma explícita en el futuro. Además, la constitución protege la libertad de contratar y el desarrollo personal de Elisa con
Este documento presenta tres capítulos sobre la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia de El Salvador. El primer capítulo describe cómo la ley representa un cambio radical al reconocer a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos independientes de su familia, en línea con la Convención sobre los Derechos del Niño. Los siguientes capítulos exploran los pilares de la ley relacionados con la democracia, políticas públicas y el sistema de garantías de derechos.
Alicia Luz Díaz solicita una medida cautelar de asignación anticipada de alimentos a favor de sus dos hijos menores de edad, Pepe y María, contra Jonas Vega. Alicia argumenta que Jonas no ha cumplido con su deber de proveer alimentos a pesar de los requerimientos, y que la medida cautelar es necesaria para asegurar los alimentos durante el proceso principal debido a la precaria situación económica por la que atraviesa. Alicia ofrece como prueba el auto admisorio de su demanda principal de alimentos.
Modelo de demanda con sus partes. Jose Ramos FloresJose Ramos Flores
1) Juan Carlos Bernedo Peralta presenta una demanda de divorcio por separación de hecho contra Juana Lourdes Peña Velarde. Solicita que se declare la disolución del vínculo matrimonial debido a que han estado separados por más de dos años.
2) Aporta como pruebas el acta de separación, las partidas de nacimiento de sus hijos ya mayores de edad, y documentos que muestran que no tienen bienes en común ni deudas por alimentos.
3) Solicita que se declare fundada la demanda amp
Este documento presenta la Sentencia C-237 de 1997 de la Corte Constitucional de Colombia. En esta sentencia, la Corte declara exequible el artículo 263 del Código Penal colombiano, el cual sanciona con prisión la inasistencia alimentaria. La Corte encuentra que la obligación alimentaria no es una deuda sino un deber que surge del vínculo familiar, y que el Estado puede utilizar el derecho penal para proteger bienes jurídicos fundamentales como la familia. Asimismo, la Corte establece que el deber de as
El documento resume una casación sobre la anulabilidad de un matrimonio y la impugnación de paternidad. El Tribunal Supremo determinó que (1) el engaño sobre la paternidad constituye un defecto sustancial que hace insoportable la vida en común y (2) la pretensión de impugnación de paternidad había caducado según el plazo establecido en el Código Civil.
Escrito de demanda de divorcio voluntario regimen de sociedad conyugalMitzyhdz
Este documento es una solicitud de divorcio voluntario bajo el régimen de sociedad conyugal. Presenta los hechos del matrimonio, incluyendo fecha, lugar, hijos y domicilio conyugal. Solicita disolver el vínculo matrimonial y liquidar la sociedad conyugal. Incluye un convenio sobre la patria potestad de los hijos menores, régimen de visitas, pensión alimenticia y distribución de bienes de la sociedad conyugal. Solicita al juez tenerlos por presentados, señalar
La madre de la menor Milagros Gutiérrez Marquez apela la sentencia que fijó una pensión alimenticia de 300 nuevos soles a favor de su hija. Solicita que se aumente la pensión a 600 nuevos soles debido a que la menor requiere tratamiento médico por una dolencia de tiroides, estudia en un colegio particular con altos gastos de educación, y el padre tiene la capacidad económica para proveer una pensión mayor considerando que solo tiene esta obligación alimentaria y trabaja como soldador.
El demandado presenta un escrito al juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Trujillo en el que: 1) Absuelve traslado y formula oposición a la propuesta de liquidación de pensiones devengadas presentada por la demandante; 2) Alega que ha venido cumpliendo con los pagos de la pensión de alimentos de S/250 mensuales según consta en documentos adjuntos; 3) Solicita que se oficie al Banco de la Nación para verificar los depósitos realizados a la cuenta alimentista.
Este documento presenta una demanda de alimentos interpuesta por Nando Alazan Palomino en contra de sus padres Cristiano Ronaldo Salas Coayla y Vanessa Palomino Ramírez. La demanda solicita que los demandados le proporcionen una pensión alimenticia mensual del 60% de sus ingresos para cubrir sus necesidades educativas y de subsistencia mientras cursa estudios universitarios. Se presentan los fundamentos de hecho y derecho, y se adjuntan documentos probatorios.
1) Luis Miguel Torres Marroquin demanda la nulidad del Acta de Conciliación N°047-2012 sobre alimentos para sus hijos menores. 2) Alega que los acuerdos sobre alimentos carecen de precisión y no cumplen los requisitos de ser ciertos, expresos y exigibles. 3) Pide que se declare la nulidad del acta debido a que los acuerdos sobre alimentos no pueden ejecutarse por no cumplir con los requisitos legales.
El documento explica la diferencia entre licencia por luto y calamidad doméstica. La licencia por luto se da cuando muere un familiar cercano como cónyuge, padres, hijos o hermanos y dura 5 días. La calamidad doméstica puede ser cuando hay una emergencia familiar grave que afecta al trabajador, como una enfermedad o accidente serio de un familiar, y la duración la define el empleador. Ambas licencias deben ser solicitadas y comprobadas.
Divorcio y cesacion de efectos civiles en el matrimoniomaleja2529
1) El documento trata sobre el divorcio del matrimonio civil y la cesación de efectos civiles del matrimonio religioso. 2) Explica conceptos como divorcio, antecedentes históricos, generalidades sobre el divorcio y la familia, causas y tipos de divorcio. 3) También cubre requisitos para el divorcio ante notario como una alternativa al divorcio judicial, así como efectos de la sentencia de divorcio.
Modelos de memoriales derecho procesal civilDaniel Sunun
Este documento es un memorial contestando una reconvención en un juicio ordinario. En 3 oraciones:
1) El demandado niega los hechos alegados en la reconvención, argumentando que son falsos y carecen de credibilidad.
2) Señala que si los hechos alegados fueran ciertos, el reconviniente debió haber denunciado ante las autoridades o solicitado ayuda de vecinos.
3) Finalmente, indica que el reconviniente no cumplió con probar sus alegaciones con fotografías u otras
Contestacion de la demanda practica de familia Andrea Rojas
El abogado Daniel Martínez contesta la demanda presentada por Luz Marina Catumba Martínez en contra de Hernando Morales Sanclemente. Martínez se opone a las pretensiones de la demanda y alega que no existe una unión marital de hecho entre las partes, ya que Morales mantiene una relación con otra mujer desde 2012. Martínez también presenta pruebas y cita testigos para sustentar su posición.
Este documento resume los antecedentes de un juicio oral penal en contra de Enrique Orellana Cifuentes por los delitos de abuso sexual, violación impropia y abuso agravado contra sus tres hijas menores de edad. La acusación sostiene que el acusado cometió estos actos de manera reiterada entre agosto de 2009 y agosto de 2010. Adicionalmente, se presentó una demanda civil por daños morales, solicitando una indemnización de $200 millones para cada víctima y su madre. En la audiencia, el fiscal ratific
Este documento contiene un acuerdo de divorcio por mutuo consentimiento entre Jairo Carmelo Santos Sánchez y Cenobia del Rosario Guzmán Salazar, quienes se casaron en 1991 y tienen dos hijos. El acuerdo estipula los términos del divorcio y la disolución de la sociedad conyugal, incluyendo el derecho a residencia independiente y el fin de la obligación de alimentos entre los cónyuges. Adicionalmente, se otorga un poder notarial a un abogado para que tramite la escritura pública de divorcio
Este documento presenta una introducción a un trabajo de investigación sobre la necesidad de normar el derecho sucesorio en las uniones de hecho en Perú. Expone el planteamiento del problema, los objetivos y la hipótesis del estudio, que busca identificar el perjuicio que ocasiona la falta de reconocimiento de derechos sucesorios a los concubinos y proponer su regulación. También incluye el marco teórico sobre el derecho sucesorio y sus principios.
Este documento presenta la planificación de una unidad de enseñanza sobre la retardación de justicia en el sistema legal civilista boliviano. Se divide en 7 secciones: 1) datos de referencia, 2) planificación con relación a la problemática y sustento legal, 3) formulación de la problemática, 4) necesidades básicas de aprendizaje, 5) competencias, 6) indicadores, y 7) estrategias. El objetivo es que los estudiantes conozcan las causas de la retardación de justicia en el área civil y aprendan a evitarla para ser
Este documento presenta los resultados de una investigación sobre los derechos y obligaciones de las parejas en una unión libre. La investigación incluyó una revisión documental de fuentes legales y estadísticas, así como entrevistas a una pareja casada y a una abogada de familia. Los principales hallazgos son: 1) Aunque la unión libre no es un vínculo legal, la SCJN ha otorgado ciertos derechos a las parejas como pensión alimenticia y herencia; 2) Las principales diferencias con el matrimonio son
Este documento presenta un trabajo de investigación realizado en el Poder Judicial de Lambayeque, Perú. El problema más frecuente encontrado fue "no denunciar a un colega que ha cometido una falta". El documento incluye el marco teórico sobre conceptos de justicia, así como los objetivos y métodos de la investigación.
Este documento presenta los resultados de una investigación realizada en el Poder Judicial de Lambayeque. El problema más frecuente encontrado fue "no denunciar a un colega que ha cometido una falta". El documento incluye el marco teórico sobre conceptos de justicia, y los objetivos y métodos de la investigación. Los autores buscan mejorar la imagen pública del Poder Judicial identificando y resolviendo problemas como la falta de denuncia entre colegas.
Derecho constitucional i pa 2 alumna yaneth amanqui palli.. (1)YanethAmanquiPalli
El resumen analiza un caso sobre la tenencia de mascotas en un departamento alquilado. La inquilina Elisa tiene un cachorro a pesar de que la dueña prohíbe las mascotas, alegando que esta prohibición no está en el contrato. El resumen concluye que Elisa tiene la razón porque no violó los términos del contrato y que la dueña debería dialogar para incluir esta prohibición de forma explícita en el futuro. Además, la constitución protege la libertad de contratar y el desarrollo personal de Elisa con
Este documento presenta tres capítulos sobre la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia de El Salvador. El primer capítulo describe cómo la ley representa un cambio radical al reconocer a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos independientes de su familia, en línea con la Convención sobre los Derechos del Niño. Los siguientes capítulos exploran los pilares de la ley relacionados con la democracia, políticas públicas y el sistema de garantías de derechos.
1) El documento presenta una sinopsis sobre derecho civil de personas y familia impartida por el profesor José Miguel García Baquerizo. 2) El propósito es facilitar al estudiante de derecho el seguimiento de las clases a través de referencias legales sobre las instituciones del libro primero del código civil. 3) Se abordan temas como sujetos del derecho, personas naturales, fecundación asistida y derechos de los concebidos.
Este documento presenta un informe sobre las obligaciones que surgen de los actos ilícitos en el Derecho Civil Mexicano. Explica que el Código Civil Federal regula las relaciones entre particulares y establece las leyes que rigen la personalidad y valores de los ciudadanos. Incluye una investigación de campo en un juzgado civil donde se entrevistó a funcionarios sobre el proceso de denuncias por negligencia. Concluye resaltando algunos artículos sobre la reparación del daño en casos de negligencia médica u otros accidentes causados por
Este documento resume un informe de investigación sobre juicios orales familiares y la patria potestad en México. Explica que los juicios orales son procedimientos públicos donde el acusado es juzgado oralmente por un juez, y que se usan para resolver asuntos familiares de manera más rápida. Luego resume los hallazgos de la investigación sobre el conocimiento público de los juicios orales y la importancia percibida de diferentes temas familiares. Finalmente, define la patria potestad y resume sus aspectos legales.
Este documento trata sobre la teoría de la responsabilidad civil. Explica conceptos clave como hechos jurídicos, actos jurídicos y contratos, y cómo estos son fuentes de responsabilidad civil. Distingue entre hechos jurídicos voluntarios e involuntarios, y entre hechos lícitos e ilícitos. Además, analiza la importancia de la responsabilidad civil en la doctrina y la práctica, y cómo se ha ido expandiendo a nuevos ámbitos.
Este documento trata sobre la teoría de la responsabilidad civil. Explica conceptos clave como hechos jurídicos, actos jurídicos y contratos, los cuales son fuentes de responsabilidad civil. Distingue entre hechos jurídicos voluntarios e involuntarios, así como hechos lícitos e ilícitos. También discute la importancia de la responsabilidad civil en la tutela de derechos.
Este documento presenta los resultados de una investigación sobre juicios orales familiares y la patria potestad en México. Explica que los juicios orales son procedimientos públicos donde un juez dictamina sobre casos de forma oral. Se enfoca en los juicios familiares, describiendo sus etapas y componentes. Luego, define la patria potestad y explica que generalmente se le da a la madre aunque ambos padres tienen derecho a ella. Concluye que es importante que la gente conozca más sobre estos temas legales.
El documento trata sobre la familia y el matrimonio desde una perspectiva jurídica. Explica que la Constitución establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y que el Estado debe protegerla y fortalecerla. También señala que el Código Civil y otras leyes protegen a la familia y definen sus integrantes, pero no contienen una definición legal precisa de familia. Finalmente, analiza conceptos como el parentesco, los derechos de familia y las características generales de la familia desde
Este documento presenta una unidad sobre la trascendencia del derecho civil en la formación del jurista. Incluye definiciones de derecho civil de tres autores comparadas en una tabla, la evolución del código civil mexicano resumida en un cuadro sinóptico, y el código civil del estado de Oaxaca dividido en cuatro libros. La autora concluye que el derecho civil regula los derechos de las personas y su familia y patrimonio, y que es importante sistematizarlo para su comprensión.
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del informe final de una investigación documental y de campo sobre la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles en el estado de Chiapas. El informe analiza la legislación sobre condominios, realiza una investigación documental y entrevistas para determinar si la ley se aplica efectivamente. Concluye que es necesario que las autoridades municipales cumplan con la creación de órganos administrativos para regular la ley, y que se debe mejorar la difusión de la legislación entre los ciudadanos.
Este documento presenta una sesión sobre las bases del Derecho Familiar. Incluye tres actividades que exploran la definición de familia y su evolución, los conceptos de nulidad de matrimonio y parentesco, y las relaciones jurídicas en el Derecho Familiar como el matrimonio y el concubinato.
Legalización de la pena de muerte en colombiaKaren Altamar
Este documento presenta un ensayo sobre la legalización de la pena de muerte en Colombia. Discute los argumentos a favor y en contra de la pena capital, incluyendo que viola los derechos humanos, que los sistemas judiciales no son perfectos y pueden cometer errores, y que no ha demostrado ser un castigo disuasivo. Concluye que en lugar de la pena de muerte, Colombia debe enfocarse en construir una sociedad más justa con un sistema penitenciario orientado a la recuperación.
El documento discute la importancia social de la posesión y los conflictos posesorios en el Perú. Argumenta que para muchos peruanos, la posesión es su único activo valioso y que los poseedores a menudo son considerados "cuasi-propietarios". También señala que la posesión genera riqueza a través del trabajo e inversión del poseedor y es fundamental para la economía. Concluye que reconocer legalmente la posesión es importante para la pacificación social y el orden jurídico.
1. FACULTAD DE: DERECHO
ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE:
DERECHO
FACULTAD DE DERECHO
Escuela académico profesional de derecho.
CURSO:
Computación
TEMA:
Derecho penal
AUTOR:
Gonzales Yarleque Carmen
PROFESORA:
Ing. López Alegre, Marisol
LIMA-PERÚ
2015
2. CARMEN GONZALES
7-11-15
PÁG. 2
ÍNDICE
RESUMEN
ABSTRACT
I. CAPÍTULO
Introducción…………………………………………………………………………………………………….……….1
1.1Problema de investigación………………………..……………………………………………….….2
1.2Formulación de objetivos…………………………………………………………..…………….......2
1.2.1. Objetivos Generales………………………………..………………………………………….…....2
1.2.2. Objetivos Específicos…………………………………………….…………………….…………….2
1.3Justificación….……………………………………….……………………………………………………....2
1.4 El derechosubjetivode laherencia……………..………………………….…………………...3
1.4.1 Definición de la herencia……………..……………………………..………………….………….3
1.4. El derecho subjetivo de la herencia….…………………………………….…………………….3
1.5. las uniones de hecho en el sistema legal peruano ……………………………..….…….5
II. CAPITULO
2.1 Hipótesis………………………………………………………………………………………………12
2.1.1. Hipótesis general…………………………………………….………………..……….…….12
2.1.2. Hipótesis específica……………………………………………………………….….…..…12
2.2. Variables…………………………………………….….…………………………………..……...12
2.2.1. Definición conceptual: derecho subjetivo de la herencia……..………….12
2.2.2. Definición conceptual :las uniones de hecho en el sistema legal
peruano…………………………………………..…………………………………………………………..12
2.2.3. Definición operacional………………………………………………………………..……13
2.3. Metodología
2.3.1. Tipo de investigación……………………………………………………………………...16
2.3.2. Diseño de investigación …………………………………………….………….……....16
2.3.3. Población y muestra………………………………………………………………..……..16
2.3.4. Metodología de investigación………………………………………………….……..16
3. CARMEN GONZALES
7-11-15
PÁG. 3
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo se analizara el actual problema que está pasando respecto
nivel de conocimiento que existe sobre el derecho subjetivo de la herencia en las
uniones de hecho en el sistema legal peruano, en la cual existe falta de
información y acercamiento de la persona con las leyes en el distrito de los
Olivos es donde se centra nuestra investigación por el mayor número de
dificultades.
Se estará efectuando está presente investigación en los olivos ante el problema
resaltante que se encuentra en nuestra actual comunidad distrital así mismo en
el derecho se puede apreciar la diferencia entre la unión de hecho (convivientes),
a su vez trataremos de averiguar el conocimiento sobre cierto concepto que
tienen las personas acerca de la uniones y del derecho sucesorio.
En el tema de la Herencia en las Uniones de Hecho se sabe que el Código Civil
Peruano, en el artículo 326, conceptúa a la unión de hecho como aquella que
voluntariamente es realizada por un varón y una mujer libres de impedimento
matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del
matrimonio.
Origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de
gananciales, en cuanto le fuere aplicable, y a condición de que dicha unión haya
durado por lo menos 2 años continuos.
4. CARMEN GONZALES
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Resumen
Este trabajo de investigación se realizara en el distrito de Los Olivos con el fin de
determinar el nivel de conocimiento adquirido por sus pobladores, como se sabe
esa es la función que se debe llevar en este trabajo para culminar con la
investigación.
Con este análisis obtendremos la respuesta ante el problema planteado. Saber
si las hipótesis formuladas son las correctas y buscar soluciones. Para lo cual se
utilizó pruebas estadísticas.
Sin embargo, esta investigación utilizo como punto de partidas antecedentes, es
decir datos de otros estudios para argumentar su sustentación. Como todo
trabajo investigativo utilizo pruebas estadísticas para su confiabilidad.
5. CARMEN GONZALES
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ABSTRAC
This research will take place in the district of Los Olivos in order to determine the
level of knowledge acquired by its people, as we know that is the function to be
carried in this paper to complete the investigation.
With this analysis we will get the answer to the problem posed. Whether the
assumptions made are correct and seek solutions. For which statistical tests were
used.
However, this research used as a point of background items, ie data from other
studies to argue their support. Like all research work I use statistical tests for
reliability.
7. CARMEN GONZALES
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1.1PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
1.1.1. Problema General
¿Cuál es el nivel de conocimiento que tienen sobre el derecho subjetivo
de la herencia en las uniones de hecho en el sistema legal peruano, tiene
la comunidad del distrito de Los Olivos, 2015 II?
1.1.2 Problema Específico
¿Cuál es el nivel de conocimiento que tienen sobre los requisitos para
que proceda una herencia en las uniones de hecho en el sistema legal
peruano, tiene la comunidad distrito de Los Olivos, 2015 II?
¿Cuál es el nivel de conocimiento que tienen sobre la ley n°30007 del
derecho sucesorio en las uniones de hecho en el sistema legal peruano,
tiene la comunidad distrito de Los Olivos, 2015 II?
1.2. OBJETIVOS
1.2.1. Objetivo General
Determina el nivel de conocimiento que tienen sobre el derecho subjetivo
de la herencia en las uniones de hecho en el sistema legal peruano, tiene
la comunidad del distrito de Los Olivos, 2015 II.
1.2.2. Objetivo Específicos
Determina el nivel de conocimiento que tienen sobre los requisitos para
que proceda una herencia en las uniones de hecho en el sistema legal
peruano, tiene la comunidad distrito de Los Olivos, 2015 II.
Determina el nivel de conocimiento que tienen sobre la ley n°30007 del
derecho sucesorio en las uniones de hecho en el sistema legal peruano,
tiene la comunidad distrito de Los Olivos, 2015 II.
8. CARMEN GONZALES
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1.3 JUSTIFICACIÓN
En la actualidad cada vez menos parejas tienen la intención de formalizar su
unión atreves del instituto jurídico como lo es el matrimonio, pero el problema
surge al momento en que dicha unión se disuelve y los hijos que nacen dentro
de ella, muchas veces ellos no son reconocidos, son negados, desamparados
económicamente, es aquí donde nace dicha interrogante, para ser específicos
en el derecho sucesorio, realmente ¿la población sabe acerca de sus derecho
con respecto a la herencia en las uniones de hecho?
El siguiente trabajo tiene como objetivo principal el dar a conocer el nivel de
conocimiento que poseen los pobladores del distrito de los olivos con respecto a
la herencia en las uniones de hecho, para lo cual se recurrirá al empleo de una
bibliografía seleccionada, normas jurídicas, encuestas entre otros instrumentos
para determinar el conocimiento de ello.
9. CARMEN GONZALES
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1.4 EL DERECHO SUBJETIVO DE LA HERENCIA
El derecho de sucesiones está constituido por el conjunto de normas jurídicas
destinadas a regular el destino del patrimonio de una persona, en todo aquello
que resulta susceptible de transmisión patrimonial con posteridad a su muerte
Fundamento del Derecho de Sucesiones
La sucesión por causa de muerte responde a la necesidad social que exige una
continuidad en las relaciones jurídicas. Si la muerte, supusiera la extinción de las
relaciones jurídicas que tenía el difunto se produciría una grave inseguridad en
la vida jurídica; los bienes se harían nullius se extinguirían los créditos y las
deudas, beneficiándose así los propietarios y deudores y perjudicándose los
acreedores.
Al respecto Díez-Picazo y Guillón opinan "Sobre el fundamento de la sucesión
mortis causa tanto en su aspecto jurídico como político se ha discutido
largamente. La herencia ha tenido y tiene sus sostenedores y detractores (pues
se estima que es una adquisición de riqueza son ninguna causa que la
justifique)".
El derecho de sucesión es tan antiguo como la propiedad. Lo han admitido los
pueblos de todas las civilizaciones, una vez salidos de las organizaciones
primitivas, de los clanes comunitarios. Este solo hecho bastaría para afirmar que
se trata de una institución consustanciada con la naturaleza humana. En verdad,
se apoya en motivos complejos y hondos, que interesa analizar
a) La sucesión tiene un sentido trascendente. Importa la afirmación de que no
todo termina con la muerte. Responde al deseo humano de perpetuarse, que no
se cumple solamente en los hijos, en la continuidad de la sangre, sino también
en las obras. Por ello ha podido decir el autor Unger que "el derecho sucesorio
es un triunfo de la especie y no del individuo".
b) Responde asimismo a la necesidad, hoy más urgente que nunca, de defender
y fortificar la familia. Con gran frecuencia, el patrimonio de una persona no es el
resultado del trabajo personal, sino también el fruto de la colaboración del
cónyuge y de los hijos. Este trabajo común carecería de aliciente si, al morir el
10. CARMEN GONZALES
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padre, los bienes fueran a parar a manos del Estado. Y aunque no haya una
colaboración efectiva en la producción de los bienes, aquellas personas lo
estimulan con su afecto, lo auxilian en la medida de sus fuerzas. La herencia
será la justa recompensa de todo eso. Por lo demás, es indudable que un sólido
sustento económico contribuye a dar coherencia y vigor a la familia.
c) Hay también una razón de interés económico social. Si el hombre supiera que,
al morir, todo su trabajo va a quedar anulado, un primario egoísmo lo llevaría a
disfrutar lo más posible de sus bienes, a tratar de consumirlos junto con su vida.
En vez de productores de riquezas, los hombres se convertirían en destructores,
en un peso muerto para la sociedad. No ha de pensarse seriamente que la
utópica solidaridad social que invocan los socialistas sea bastante aliciente para
suplir el amor por la familia. El hombre trabaja para sí y para sus seres queridos,
no por la comunidad.
Principios del Derecho de Sucesiones
Siguiendo al jurista alemán Theodor Kipp nos comenta de los tres principios del
derecho sucesorio del CódigoCivil alemán, que también son aplicables a nuestra
normativa sucesoria:
1. El principio de la sucesión universal es, en su esencia, de índole técnica. Dice
que todo fallecido (técnicamente: el causante) debe tener un sucesor universal,
el heredero. A este pasan, de iure, su patrimonio y las obligaciones como un
todo.
2. El principio de sucesión familiar, que el patrimonio del muerto corresponda a
parientes consanguíneos más próximos o, en su caso, a su cónyuge. Así, este
punto de vista constituye la base de la sucesión legal. Cuando es la ley la que
va a decidir sobre el destino del caudal relicto, los llamados son los parientes del
difunto, junto a ellos el cónyuge.
3. El principio de la libertad para testar significa que el propio causante puede
decidir, por vía de disposición negocial, a quien ha de pasar su patrimonio
después de su muerte. Puede designar su heredero, como atribuir mortis causa
objetos singulares de su patrimonio a determinadas personas. Puede tomar
decisiones acerca de la administración de su patrimonio después de su muerte.
11. CARMEN GONZALES
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Elementos de la sucesión
Los elementos de la sucesión son:
- El causante.- Es el actor de la sucesión, quien la causa, quien la origina; se le
denomina también cujus, por la frase latina de cujus successione agitur, que
significa "aquel de cuya sucesión se trata". También se le llama heredado o
sucedido.
El causante por lo tanto es la persona física que muere o a quien se le ha
declarado judicialmente su muerte presunta, titular del patrimonio que es materia
de la trasmisión sucesoria.
- Los sucesores o causahabientes.- Son las personas a quienes pasan los
bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia. Pueden ser:
herederos o legatarios.
Los sucesores son los causahabientes, o sea, las personas llamadas a recibir la
herencia.
- La herencia o masa hereditaria.- Es el conjunto de bienes, derechos y
obligaciones que no se extinguen por la muerte del causante, entendiéndose por
ellos, el activo y pasivo, del cual es titular la persona al momento de su
fallecimiento.
Clases de Sucesión
El fenómeno sucesorio puede ser a título universal o a título particular, intervivos
o mortis causa
a) La sucesión es a título universal cuando el sucesor adquiere en un solo acto
todo un patrimonio o una cuota ideal del mismo. Vale decir, cuando subentra en
un conjunto de posiciones o relaciones jurídicas activas o pasivas sin que
experimenten modificación. Aunque hay quien piensa que la sucesión universal
es privativa de derecho hereditario, ello no es exacto. En efecto, un típico caso
de sucesión universal entre vivos es el de la fusión por absorción, según el cual
una sociedad absorbe todo el patrimonio de otra, que se liquida.
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b) La sucesión es a título particular-y por cierto más frecuente entre vivos-
cuando la transmisión es de bienes, derechos, obligaciones individualmente
determinadas o, en síntesis, respecta a relaciones jurídicas singulares, en las
que la sucesión en el activo no necesariamente entraña sucesión en el pasivo, o
viceversa. Sucesión singular mortis causa se produce el legado.
La sucesión universal o particular es entre vivos cuando la traslación (o
derivación) se produce por voluntad de las partes. Quiero decir, hay un nexo
entre los sujetos que se sustituyen, de suerte que el cese del primer sujeto está
ligado por un nexo que explica la adquisición por el sucesor.
La sucesión es mortis causa cuando la transmisión tiene lugar por fallecimiento
del sujeto titular de los bienes, situaciones o las relaciones que se transmiten. A
consecuencia del deceso, es preciso que alguien ocupe la posición jurídica que
ostenta el difunto: ellos son los sucesores.
Modos de suceder
Según el doctor Augusto Ferrero, en su ya clásica obra Tratado de Derecho de
Sucesiones, se pueden suceder de dos modos:
Por derecho propio
Se sucede por derecho propio o por cabeza, cuando una persona sucede a otra
de manera inmediata y directa. Es el caso de los hijos que heredan a los padres
o de los padres que son llamados a heredar a los hijos, o del cónyuge
sobreviviente. Suceder por derecho personal significa hacerlo a nombre propio,
propio nomine, directamente, como consecuencia de la situación que realmente
se ocupa dentro de la familia del difunto.
Por representación
Se sucede por representación sucesoria cuando el llamado a recoger la herencia
ha fallecido con anterioridad al causante o ha renunciado a la herencia, o ha sido
excluido de ella por estar incurso en alguna de las causales de indignidad o
desheredación. En este caso, la persona impedida de recibir la herencia es
remplazada por sus hijos y descendientes. En la representación sucesoria la
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herencia es por estirpes. En nuestro ordenamiento se aplica la línea recta,
únicamente en forma descendente; y de manera excepcional, en línea colateral.
}
Clases de herederos
Los herederos, a decir de Manuel Miranda Canales, pueden clasificarse:
a) Según la clase de sucesión del cual provienen, en:
- Testamentarios.- son aquellos que han sido instituidos expresamente por el
causante en testamento valido.
- Legales o no testamentarios.- Son aquellas que heredan por falta de
testamento, o por haberse declarado judicialmente la caducidad o nulidad del
testamento que existía. En estos casos, es necesario la declaratoria judicial de
herederos, en el proceso no contencioso o sentencia firme expedida en proceso
de conocimiento.
b) Según la calidad de su derecho, en:
- Forzosos.- cuando tienen el derecho intangible de heredar al causante, sea en
la sucesión testamentaria o legal.
Los herederos forzosos son: los hijos y los demás descendientes, los padres y
los demás ascendiente y el cónyuge.
- No forzosos o voluntarios.- son aquellos que heredan a falta de herederos
forzosos. Son los familiares del causante hasta el cuarto grado de
consanguinidad inclusive, excluyendo los más próximos a los más remotos.
1.8. Clases de legatarios
Los legatarios, según el artículo 756 del Código Civil, pueden ser:
a) De la totalidad de los bienes.- son los que suceden a totalidad de los bienes
del causante, conformo los casos que señala la ley.
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b) De parte alícuota.- son aquellos que suceden una cuota, fracción o porcentaje
del total de los bienes.
c) De bien específico.- son aquellos que pueden suceder un bien concretamente
específico.
1,5 UNIÓN DE HECHO
Concepto
La unión de hecho puede ser definida como un ayuntamiento libre, público y
permanente o estable de dos personas de distinto sexo, con independencia de
su orientación sexual, siempre que guarden entre sí una relación de afectividad
análoga con el matrimonio
Elementos de la unión de hecho
Nuestra Constitución Política, en su artículo 5 señala: "La unión estable de un
varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial que forman un hogar de
hecho, da lugar a una comunidad de bienes, sujeta al régimen de sociedad de
gananciales".
Significa que la unión de hecho en el caso de sus integrantes hayan adquirido
bienes susceptibles de partición, estos quedan sometidos al régimen de
sociedad de gananciales, en cuanto fuera aplicable; es decir garantiza el derecho
patrimonial de la pareja o de cada uno de ellos.
Paralelamente, el artículo 326 del Código Civil, dispone; "La unión de hecho,
voluntariamente realizada por un varón y una mujer, libres de impedimento
matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del
matrimonio, origina una sociedad de gananciales, en cuanto le fuera aplicable,
siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años continuos. La
posesión constante de estado a partir de fecha aproximada puede probarse con
cualquiera de los medios admitidos por la ley procesal, siempre que exista un
principio de prueba escrita. La unión de hecho termina por muerte, ausencia,
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mutuo acuerdo o decisión unilateral. En este último caso, el juez podrá conceder,
a elección del abandonado, una cantidad de dinero por concepto de
indemnización o una pensión de alimentos, además de los derechos que le
correspondan de conformidad con el régimen de sociedad de gananciales.
Tratándose de la unión de hecho que no reúna las condiciones señaladas en
este artículo el interesado tiene expedita, en su caso la acción de
enriquecimiento indebido".
Es decir, pues, la pareja que se encuentra viviendo como una unión de hecho,
estable y permanente que reúna los requisitos exigidos por la ley, genera una
sociedad de gananciales respecto del patrimonio que hubiere generado dicha
unión de hecho.
Los elementos de unión de hecho exigidos por el artículo 326 del Código Civil,
son: cohabitación consensual; singularidad de la pareja; ausencia de
impedimento matrimonial; permanencia o estabilidad; y estado aparente de
familia.
No obstante, según los estudiosos que tratan y conocen sobre la materia, los
elementos del concubinato o de la unión de hecho son: cohabitación consensual,
notoriedad pública, singularidad de la pareja, estabilidad continua, ausencia de
impedimento matrimonial y estado aparente de familia.
Reconocimiento jurídico de las uniones de hecho
Las uniones de hecho no fueron reconocidas jurídicamente en sistema romano-
germánico hasta muy entrado el siglo XX.
Frente a la pregunta ¿Porque no eran reconocidas jurídicamente las uniones de
derecho, si tenían muchos siglos en ejecución? Según el jurista español Antonio
Pérez eso obedece a dos factores.
1. La moral católica: Después que durante la EdadMedia, en el concilio de Trento
se prohibió formalmente el concubinato a clérigos y laicos (Canon 8 de la 24
reformatione matrimnii) y sus decretos fueron recibidos como leyes en los reinos
de España por Real cedula de Felipe II de 12 de julio de 1564.
16. CARMEN GONZALES
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2. La concepción básica de la que parte el Código Civil de Napoleón (de
poderoso influjo en nuestro derecho privado): En el sentido que el matrimonio es
el elemento básico de la sociedad por lo que el Estado debe defender a ultranza
la familia matrimonial no reconociendo efectos jurídicos a ninguna otra clase de
familia.
Según la Dr. Yolanda Vásquez García sentado que el concubinato no es sólo un
fenómeno histórico, sino un hecho vigente en todas o la mayoría de las
sociedades modernas, el primer problema que la doctrina ha de resolver es el de
si la ley debe ocuparse de él para regularlo en la forma que mejor condiga con
la justicia y el interés social, o si, ante sus consecuencias, es preferible que lo
ignore como hace la mayoría de las legislaciones".
Evolución Histórico-Jurídica de las uniones de hecho
a) Época antigua
Derecho romano
En Roma, el concubinato fue regulado por el ius gentium, con la tolerancia del
derecho civil que alcanza su mayor difusión en el régimen imperial de Octavio
Augusto, el cual con las leyes de Julia Maritandis Ornibus, Papia Poppeael, Julia
de adulteris reconoce al concubinato una condición legal distinguiéndolo de las
restantes uniones extramatrimoniales.
Al respecto es posible afirmar que el derecho romano no solo regulaba el
concubinato, si no que, en cierto modo, incluso lo fomentaba al restringir
enormemente el matrimonio, siendo este atributo exclusivo de los ciudadanos
romanos, creándose de esta manera una institución jurídica especial
denominada inaequea conjunguiun, que venía a ser para los romanos cierta
especie de matrimonio licito reconocido al menos en cierto grado por la leyes. El
concubinato romano era una institución regulada en el derecho familiar, si bien
no en una forma sistemática, al menos con lineamientos generales que permiten
señalar sus diferentes aspectos y efectos en cuanto a los concubinos y en cuanto
a los hijos de tal unión.
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Esta especie de matrimonio inferior, como lo califica Cujas en el siglo XVI al
hacer magistral exegesis de las leyes romanas, autorizado expresamente por las
leyes Julis y Papea Pappere y en el que no habían ni vir, ni uxor, ni dote, ni poder
paterno; atribuía a la mujer un derecho sucesorio y confería el nombre del padre
a los hijos, llamados liberis naturales. Sin entrar en la familia del padre podían
disfrutar en su caso del beneficio de la legitimación".
Es decir, el concubinato fue considerado, por constituir una semejanza del
matrimonio, una fuente originaria de la familia, una institución en la que está
presente no sólo el interés de la sociedad, por el cual se tuvo especial cuidado
en su normatividad, necesitándose para su constitución semejantes requisitos
personales que en las justas nupcias.
Además si bien es cierto que el matrimonio no estaba permitido para todas las
mujeres, así tampoco todas las mujeres, podían se concubinas; solo podían serlo
mujeres ajenas al stuprun, es decir la manumitidas, las de baja extracción social
y las esclavas, por lo cual si se tomaba por concubina a una que gozaba del ius
connubium, había que hacerlo con expresa declaración ante testigos, de tomarla
por tal, pues de lo contrario se presumía que la tomaba por su mujer legitima.
En cuanto a sus efectos; para el maestro Cornejo Chávez[13]"no había entre los
concubinos vínculo matrimonial, no tomaban éstos la calidad de vir y uxor; ni
existía dote, ni la mujer entraba en la familia del marido, ni tenía patria potestad
sobre los hijos, ni adquirían éstos la calidad de justi liberi, aunque tampoco era
spurii, sino naturales liberi, ni podían pretender derecho alguno a la sucesión de
los bienes paternos, ni eran precisos el divorcio o acta de repudio , si no la mera
voluntad de las partes y aún de sólo una de ellas para poner fin a la relación
concubinaria".
Es decir en el derecho romano la concubina no compartía jurídicamente el rango
y la posición social de su marido, por lo cual las relaciones patrimoniales entre
concubinos eran relaciones de hecho. Solo bajo Justiniano se completó la
estructuración de la figura a través de la ampliación de sus efectos jurídicos. Así
le concedieron a la concubina derechos en la sucesión legítima, lo mismo que a
los hijos naturales, los que llevan sexta parte de los bienes paternos si el difunto
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no ha dejado mujer o hijos legítimos, pues de lo contrario no tienen derecho más
que a los alimentos.
Derecho germano
El derecho germano siguió el criterio del derecho romano, considerando al
matrimonio como atributo exclusivo de las personas libres y rechazando el
matrimonio entre personas de desigual condición.
b) Edad media
1. Derecho canónico
Parece ser que en un principio la iglesia asumió una actitud tolerante con
respecto al concubinato de personas a quienes el derecho natural no les
impidiera contraer matrimonio y vio con imposibilidadque le concubinato fuera al
decir de Justiniano, "Una licita consuetudo".
Según Emilio Valverde "La iglesia en sus primitivos tiempos llegó a permitir
también que un hombre libre de unión legitima entrara en relación concubinaria
con una mujer con quien el derecho natural no le prohibiese contraer matrimonio,
según enseña el Canón 17 del primero de los Concilios de Toledo reunido en el
año 400".
Sin embargo puede decirse que desde el concilio de Trento (1563), la iglesia
comenzó la integración de su doctrina rígidamente matrimonialista, así más
adelante las Decretales de los Papas y los diversos concilios condenaron el
concubinato convirtiéndose la iglesia en defensora del matrimonio y opositora
del concubinato. La iglesia a decir de Humberto Ruíz, a través de su derecho ha
tenido la más extraordinaria influencia en las instituciones familiares, lo que se
explica fácilmente si tenemos en cuenta que la familia es un organismo ético por
su propia naturaleza y por las peculiaridades de su fundamente y su fin.
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Entre los diversos concilios con los que la iglesia condeno el concubinato
destaca: El Concilio de Orleans en 1528, el de Valladolid en 1528 y sobre todo
el Concilio de Trento en 1545, el cual dispuso que: "… Los concubinos que no
se separen a la tercer advertencia, incurrirían en la excomunión y si aún
persistieran en vivir juntos se le aplicaría la pena de herejía y adulterio". Así a
principios del siglo XIV se alza frente al Corpus Iuris Civilis de Justiniano un
nuevo Código universal, el Corpus Iuirs Canonici que condenó la conducta la
conducta de los concubinos.
2. Derecho español
La recepción del Derecho Romano Justinianeo y post justinianeo, los glosadores
y post glosadores, se inicia en la España Medieval en la segunda mitad del siglo
XII y por ende la prolífera y fecunda legislación peninsular es influenciada por
éste; dándole una nueva fisonomía a las instituciones castellanas, entre estas a
la barraganía o concubinato, que en España, al igual que el derecho romano, no
fue considerada una conducta ilícita, y muy por el contrario se institucionalizó
debido a que subsistieron en el Derecho español tres modos distintos de uniones
maritales: el matrimonio de bendiciones consagrado por el Derecho y la Religión;
el matrimonio juramentado o consagrado por la ley pero de carácter clandestino,
y el concubinato regulado por la institución de la barraganía, que según Emilio
Valverde "…consistía en un enlace vago, indeterminado y arbitrario, fundado en
un contrato de amistad y compañía, cuyas condiciones esenciales eran la
permanencia y la fidelidad".
Y se constituía de dos formas: mediante una declaración de testigos o por
suscripción de documento, como la carta de Mancebía o Compañería.
En cuanto a los caracteres de esta institución, eran también de dos clases:
caracteres copiados del Derecho Romano y caracteres propios; entre los
caracteres copiados del derecho romano están: su carácter monogámico, los
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impedimentos de consanguinidad para su configuración, lo mismo que en que
para tomar como barragana a una mujer honesta debía el hombre hacerlo ante
testigos y expresando manifiestamente que la tomaba como tal, pues de lo
contrario (igual que en el Derecho Romano) se presumía que era mujer legitima
y no su barragana, etc.
En cuanto a los efectos de la barraganía, debido a su grande difusión y su
reconocimiento legal en los distintos fueros, gozó de apreciables efectos
jurídicos. Así, le fue concedido el derecho hereditario a las barraganas y a sus
hijos respecto a la sucesión del padre si reunía ciertos requisitos.
c) Edad Moderna
Durante la edad moderna la iglesia, cuya influencia se había dejado sentir ya, a
través de Derecho Canónico y más tarde a través de Concilio Tridentino, logra
por fin imponerse al Derecho Occidental, en la regulación del concubinato.
Dice Somarriva que: "posteriormente, la influencia de la iglesia en todo lo
relacionado con el matrimonio, hizo que el concubinato desapareciera como
institución y fuera mirado como algo ilícito".
d) Edad contemporánea (Visión general)
Es imposible obtener una visión clara de los que fue el concubinato y en general
el Derecho de Familia a comienzos de la edad contemporánea, sin comprender
antes lo que fue la Revolución Francesa, con su criterio individualista y el
complejo ambiente en que surge el Código de Napoleón.
En los que a la revolución francesa concierne, ésta consistió en un cambio de
mentalidad y una consecuente, transformación profunda del ambiente social de
la antigua Francia, cuyos forjadores, salidos en su gran mayoría de las clases
populares que habían soportado el relajamiento de las costumbres en los
poderosos, se creyeron llamados a imponer la moral independientemente de los
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principios religioso que calificaron de ineficaces y basados en la teórica igualdad
y libertad ante la ley, por lo cual como primera medida secularizaron el
matrimonio y reconocieron el divorcio.
Sin embargo el concubinato continuo siendo una realidad ajena al Derecho,
aunque le fueron reconocidos ciertos efectos jurídicos, como dijo Mazeaud: "Si
el principio de libertad condujo a los revolucionarios a admitir el divorcio, el
principio de igualdad, los llevo a reconocer la existencia de una supuesta familia
natural junto a la legítima, al afirmar los derechos de los hijos naturales".
Imponiéndose el criterio de que el hijo extramatrimonial no debe ser víctima de
las consecuencias de acciones ajenas y que debe considerársele igual al hijo
legítimo, con derecho a heredar a su padre ya que ese hijo no había cometido
ningún delito y la desheredación era un castigo a grandes delitos, de igual
manera esa liberalidad los llevo a suprimir la investigación de la paternidad.
En cuanto al Código Napoleónico que data de 1804, éste optó por ignorar en
forma absoluta la unión libre, a tenor de lo que dice el maestro Cornejo Chávez
"…que si bien los concubinos prescinden voluntariamente de la ley y se colocan
a sabiendas al margen de las garantías que ella ofrece, ésta recíprocamente,
(tiende) a desocuparse de los concubinos".
Sin embargo, no obstante negarle este código eficacia al concubinato, la
jurisprudencia se encargó de remediar esta situación. Concediéndoles los
efectos a la unión libre, para darle acción de perjuicios a la concubina contra el
concubinario por el rompimiento injustificado de la unión, para darle acción de
reparación contra el tercero causante de la muerte de su concubinario para
reconocerle una obligación natural a cargo del concubinario y para atender a las
necesidades futuras de su compañera; para considerar las necesidades, los
intereses pecuniarios, las sociedades de hecho, y las donaciones entre
concubinos y para admitir a la doncella seducida en acción de perjuicios contra
el seductor, mediante la aplicacióndel artículo 382, referido a las responsabilidad
extracontractual.
En la actualidad, la orientación de las diversas legislaciones varía respecto al
concubinato y se puede decir que existen cuatro tipos de legislaciones:
22. CARMEN GONZALES
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a. Las que como la nuestra, compartiendo la opinión de los codificadores
franceses, en el sentido de que si los concubinos voluntariamente se colocan al
margen de las garantías que la ley les ofrece, ésta en reciprocidad con esta
conducta debe desocuparse de ellos, prácticamente ignorarla.
b. Otras que lo regulan.
c. Otras que, sin regularlo, le confieren ciertos efectos jurídicos.
d. Otras que incluso, lo equiparan al matrimonio, teniendo como máximo
exponente al Derecho Ruso.
2.5. La prueba de la existencia de la unión de hecho.
Un problema fundamental sobre las uniones de hecho es el relativo a la prueba
de su existencia. Se debe precisar que ella no va a constar en un título de estado
de familia, coma son las partidas del Registro del Estado Civil. Esto es así, por
tratarse de un estado de familia de hecho.
La prueba de la existencia de la unión de hecho se constituye en una cuestión
necesaria para reclamar los efectos legales reconocidos.
Sobre este punto, se debe distinguir la oportunidad de su demostración en un
proceso, según que se trate de los efectos entre los convivientes o frente a
terceros. Así y respecto de los efectos personales que se reclamen entre los
convivientes, como serían requerir alimentos o una indemnización en caso de
terminar la unión de hecho por decisión unilateral de uno de ellos, la prueba de
la existencia de la unión de hecho puede actuarse dentro del mismo proceso en
que se ejerciten tales pretensiones; no requiriéndose su previo reconocimiento
judicial. Esta apreciación se sustenta en la naturaleza de las pretensiones que
se reclaman, las que exigen una pronta atención.
En cambio y con relación a los efectos patrimoniales que se reclamen entre los
convivientes o frente a terceros, como son los derechos que les correspondan
de conformidad con el régimen de sociedad de gananciales, la prueba de la
existencia de la unión de hecho se requiere en forma previa al ejercicio de tales
pretensiones; por lo que debe actuarse en un proceso distinto y anterior. Este
23. CARMEN GONZALES
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criterio también se sustente en la naturaleza de las pretensiones que se reclaman
y por la seguridad jurídica necesaria para evitar perjuicios a terceros.
De otra parte, la prueba va estar dirigidaa demostrar que un hombre y una mujer
si estar casados entre sí, hacen vida de tales. En ello consiste la posesión
constante del estado de convivientes. Claro está que, además, se deberá probar
el cumplimiento de los demás elementos configurativos de la unión de hecho,
que no media impedimento matrimonial y, para la aplicación de las normas del
régimen de sociedad de gananciales, que ha durado por lo menos dos años
continuos.
La posesión constante de estado de convivientes puede acreditarse por
cualquier medio probatorio admitido en la ley procesal; requiriendo el Código
Civil, la concurrencia de un principio de prueba escrita. Esta última exigencia
resulta excesiva si se considera la dificultad de contar con documentos escritos,
en una relación familiar que se caracteriza por la oralidad o por la simple
concurrencia de circunstancias de comportamiento que revelen su existencia;
siendo, precisamente, la prueba testimonial que asume mayor relevancia en
asuntos de derecho de familia.
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PÁG. 25
2.1. HIPÓTESIS
2.1.1. Hipótesis General
A mayor conocimiento sobre el derecho subjetivo de la herencia en las uniones
de hecho en el sistema legal peruano habrá mayor acercamiento de la
comunidad a la ley.
2.1.2. Hipótesis Específicas
A mayor conocimiento sobre los requisitos para que proceda una herencia en las
uniones de hecho habrá mayor accesibilidad a beneficiar a la comunidad
respaldada por la ley.
A mayor conocimiento sobre la ley n°30007 del derecho sucesorio en las uniones
de hecho en el sistema legal peruano habrá mayor beneficiados la comunidad
respaldados por la ley.
2.2. VARIABLES.
2.2.1. DEFINICIÓN CONCEPTUAL
Variable 1 El derecho subjetivo de la herencia
La herencia en el derecho subjetivo no es más que la porción o parte del
patrimonio de una persona natural, que puede ser objeto de sucesión por causa
de muerte. La herencia pues, es el mismo patrimonio del individuo, deducción
hecha de las relaciones jurídicas patrimoniales que se extinguen o desaparecen
con su muerte: las facultades personalísimas innatas, los derechos solo
vitalicios, derechos de crédito que desaparecen con la muerte del titular,
acciones de contenido económico que extinguen a la muerte del titular. (López,
2006, p.23).
26. CARMEN GONZALES
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2.2.2. DEFINICIÓN CONCEPTUAL
Variable 2 Uniones de hecho en el sistema legal peruano
Actualmente, la unión de hecho no cuenta con una regulación sistemática e
integral, únicamente es reconocido por el artículo 5 de la Constitución de 1993,
y concordante con el principio de amparo de la unión de hecho, es regulado en
el único artículo 326 de nuestro Código Civil. La tesis de la apariencia al estado
matrimonial, que sigue nuestro ordenamiento, esta admitida también en ese
artículo señalando que la unión de hecho persigue "alcanzar finalidades y cumplir
deberes r semejantes a los del matrimonio" (Código civil Peruano)
2.2.3. DEFINICION OPERACIONAL
Tabla 1
Operacionalización de la variable 1: El derecho subjetivo de la herencia
Herencia
La Herencia Concepto 1,2,3,
Siempre (3)
A veces (2)
Nunca (1)
Fundamento
del Derecho
de
Sucesiones
4,5
Principios del
Derecho de
Sucesiones
El principio
de la
sucesión
universal
6,7,8,
El principio
de sucesión
familiar
09,10,
27. CARMEN GONZALES
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El principio
de la libertad
para testar
11
Fuente. Elaboración propia
Definición operacional de unión de hecho
Tabla 2
Operacionalización de la variable 2: UNIÓN DE HECHO
UNIÓN DE HECHO
Evolución Histórico-
Jurídica del
concubinato
Época antigua 1
Siempre (3)
A veces (2)
Nunca (1)
Edad media 2
Edad Moderna 3
Edad
contemporánea 4
Fuente. Elaboración propia
2.3. METODOLOGÍA
2.3.1 Tipo de investigación
El presente trabajo de investigación es cuantitativa, en su nivel descriptivo. En
tanto que la medición de resultados se hace con programas estadísticos; es
28. CARMEN GONZALES
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PÁG. 28
descriptivo, porque resalta los rasgos objetivos observados en la muestra
estudiada.
2.3.2. Diseño de investigación
“Estos diseños se emplean para analizar y conocer las características, rasgos,
propiedades y cualidades de un hecho o fenómeno de la realidad en un momento
determinado de tiempo.” (Carrasco, pg.72, 2005)
2.3.3. Población y muestra
Por su parte, Ballestrini (1997 p.130) refiere que: Cuando el universo de estudio
está integrado por un número reducido de sujetos por ser una población pequeña
y finita, se tomaran como unidades de estudio e indagación a todos los individuos
que la integran, por consiguiente, no se aplicaran criterios muestrales.
Según Hernández Sampieri (1998 p. 207) la muestra “es esencia de un subgrupo
de la población” se aplicó el muestreo censal, pues se tomó a toda la muestra,
debido a que los sujetos constituyen un grupo reducido por lo cual se trabajó con
la totalidad de la población.
La Población: Está constituida por 60 personas de la comunidad del distrito de
los olivos del año 2015.
Muestra: Para calcular el tamaño de la muestra se aplicó la siguiente fórmula
que se aplica cuándo se conoce el tamaño de la población, en nuestro caso
esta es de 60 personas.
N: población (60) Z=1.96 p: 0.5 e: 0.005
n=45 alumnos
29. CARMEN GONZALES
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Muestreo: El muestreo se aplicó es un No probabilístico por cuotas de manera
intencional ya que se seleccionó directa e intencionalmente a los jóvenes de la
población de acuerdo al objetivo de la investigación.
2.3.4. Metodología de investigación
Según Carrasco, (2009, pág. 270-272), el método utilizado en el presente trabajo
de investigación fue el Método general. Se empleará el método científico en sus
niveles de análisis y síntesis y constituye un sistema de procedimientos, técnicas,
instrumentos, acciones estratégicas y tácticas para resolver las variables
correlacionadas pensamiento crítico y toma de decisiones.
Para desarrollar la presente investigación se ha utilizado los siguientes métodos:
Método Analítico – Deductivo: Es analítico para analizar las múltiples
fuentes bibliográficas recopiladas como libros, revistas, foros, ensayos,
etc. Y es deductivo para seleccionar las teorías o conceptos útiles y
necesarios para organizar el contenido de la investigación.
Método Descriptivo: Para describir los rasgos o características
observadas de las variables de estudio.
Método Comparativo: Para comparar fenómenos, elementos, factores
representativos saltantes de las variables de estudio.
Método Histórico: Para comprender la evolución histórica de las variables
de estudio.
2.3.5. Técnicas e instrumentos de recolección de datos
2.3.5.1. Técnica:
Según Carrasco (2009, pág. 314) la técnica empleada en la presente
investigación es la encuesta el cual permitió la indagación, exploración y
recolección de datos mediantes preguntas que fueron formuladas indirectamente
a los sujetos que constituyen la unidad de análisis quienes estuvieron
conformados por los trabajadores de la empresa GALAVANI S.R.L. que laboran
en lima metropolitana.
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Para realizar la presente investigación se ha utilizado las siguientes técnicas:
Técnica Bibliográfica: Para recopilar la información de las múltiples
fuentes, libros, revistas, foros, ensayos, etc.
Técnica de Observación: Para observar, anotar reportar en el campo de
estudio los fenómenos y hechos que han sido materia de estudio.
Técnica de Entrevista: Para recopilar la información de la muestra de
estudio.
2.3.5.2. Instrumento
Para realizar la presente investigación se ha utilizado los siguientes
instrumentos:
Cuestionario: Se ha utilizado para registrar los datos proporcionados por
la muestra de estudio, consiste de 10 ítems organizados en relación a las
variables de estudio.
Confiabilidad: Se mide la confiabilidad del cuestionario anexado en la presente
tesina con el Alfa de Crombach.
2.3.5.3. Métodos de análisis de datos
Para la presente investigación se ha utilizado el programa estadístico SPSS
versión 21 para tabular y presentar resultados; y chi cuadrado para contrastar
las hipótesis.
32. CARMEN GONZALES
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ANEXO CUESTIONARIO
Indicadores: La presente encuesta es anónima, te agradecemos responder lo más
objetivamente posible, marcando con un aspa (X) en el cuadro de números según escala
adjunta
Sexo: Edad:
1) ¿Cuálessonlosrequisitosparaque
se procedael derechode sucesión?
a. Serhijoreconocido
b. Serel dueñode una empresa
c. Serpropietariode unacasa
2) ¿Qué es el derechode sucesiones?
a. Herencia
b. Reconocimientode unhijo
c. Contratode uninmueble
3) ¿Qué esla uniónde hecho?
a. Lavado de activos
b. Convivencia
c. Filiación
4) ¿Cuántostienenque pasarpara
que la uniónde hechotengalos
mismosderechosque el
matrimonio?
a. 10 años
b. 5 meses
c. 2 años
5) ¿En qué reglamentose encuentra
reguladoel derechode
sucesiones?
a. Leygeneral de sociedades
b. Códigopenal
c. Ley3007
6) ¿En qué reglamentose encuentra
reguladoel derechode
sucesiones?
33. CARMEN GONZALES
7-11-15
PÁG. 33
a. Códigopenal
b. Códigocivil
c. Ley27444
7) ¿A quiénescorrespondela
herenciaenunafamiliacompuesta
por uniónde hecho?
a. Hijos
b. Primos
c. Abuelos
8) ¿Cuál esel requisitopara
formalizarunauniónde hecho?
a. Convivencia
b. Teneruna carro
c. Tenerdinero
9) ¿Los hijosde unmatrimoniotienen
losmismosderechosque loshijos
de una familiacompuestapor
uniónde hecho?
a. Tienenlosmismosderechos
b. El hijonacidoenmatrimonio
solotiene derechos
c. Ningunode losdostienen
derechos
10) ¿Qué se necesitaparadisolveruna
uniónde hecho?
a. Separaciónpormutuoacuerdo
b. Divorcio
c. No debe haberhijosde por
medio