1. REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
SANTA FE DE ANTIOQUIA
CONCEJO MUNICIPAL
1
Palacio Consistorial Antonio Mon y Velarde Carrera 9 Nro. 9 – 22
Teléfonos 853 13 84 Fax 853 11 01/celular 3218123744
E-mail: concejo@santafedeantioquia-antioquia.gov.co
ACUERDO 038
(MAYO 30 DE 2013)
POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EN EL MUNICIPIO DE SANTA FE DE
ANTIOQUIA, LAS DISPOSICIONES DADAS EN EL DECRETO 1015 DEL 21 DE
MAYO DE 2013, PROVEÍDO POR EL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE
LA FUNCIÓN PUBLICA
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA, en uso de sus
facultades Constitucionales y legales y en especial las conferidas por la Ley 136
de 1995 (el cual dicta normas a modernizar la organización y funcionamiento de
los Municipios) y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO:
1. Que el Decreto Nacional del Departamento Administrativo de la Función
Pública 1015 del 21 de Mayo de 2013, facultad a los Concejos Municipales
y Distritales, para fijar como asignación salarial mensual de los Señores
Alcaldes, según la categoría del ente territorial.
2. Que el Municipio de Santafé de Antioquia actualmente está posicionado
en sexta (6) categoría, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Municipal
Nº 078 del doce (12) de octubre de dos mil diez (2010).
3. Qué el límite máximo salarial mensual para dicha categoría, según el
Decreto Nacional del Departamento Administrativo de la Función Pública,
refiere un monto de $2.978.398.
4. Que el Decreto Nacional del Departamento Administrativo de la Función
Pública 1015 del 22 de Mayo de 2013, en su artículo 6º, contempla que la
bonificación de dirección del Alcalde, queda bajo las mismas condiciones a
las que se refiere el Decreto 4353 de 2004, modificado por el Decreto 1390
de 2008, y demás normas que los modifiquen o adicionen.
5. Que el Decreto Nacional 4353 de 2004, en el parágrafo 3, en su art. 2:
“Para los Alcaldes clasificadas en la categoría quinta y sexta, créase una
prestación social, una bonificación de dirección, equivalente a seis (6)
veces el salario mensual compuesto por la asignación básica, más gastos
de representación, pagadera en dos contados iguales en fechas treinta (30)
de junio y treinta (30) de diciembre del respectivo año.
6. Que el Decreto 1015 del 22 de Mayo de 2013, surte efectos fiscales a partir
de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean
contrarias, en especial el Decreto 840 de 2012 y surte efectos fiscales a
2. REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
SANTA FE DE ANTIOQUIA
CONCEJO MUNICIPAL
2
Palacio Consistorial Antonio Mon y Velarde Carrera 9 Nro. 9 – 22
Teléfonos 853 13 84 Fax 853 11 01/celular 3218123744
E-mail: concejo@santafedeantioquia-antioquia.gov.co
partir del 1º de enero del año 2013 con excepción de lo previsto en los
artículos 5º y 9º del decreto mencionado.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: Fíjese el salario mensual del Alcalde Municipal de Santafé
de Antioquia, en los términos del Decreto 1015 del 22 de Mayo de 2013, en la
suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS MCTE, ($2.978.398), mensuales.
ARTICULO SEGUNDO: Autorícese al Alcalde Municipal para que efectúe los
ajustes presupuestales necesarios para dar cumplimiento al presente Acuerdo.
ARTICULO TERCERO: el presente acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción
y publicación
Dado en el recinto del honorable concejo Municipal de Santa Fe de Antioquia, a
los treinta (30) días del mes de Mayo de 2013.
____________________________ ___________________________
OSCAR ABAD SERNA MONTOYA ADRIANA PATRICIA RESTREPO M
Presidente secretaria