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Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática
                   INAP

           Administración Electrónica
               La Ley 11/2007 (II)
         Cooperación Interadministrativa
                    Madrid, 4 de julio de 2011




                      Carlos Marcos Martín
         Subdirector General de Coordinación y Estudios
Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica
           Secretaría de Estado para la Función Pública
          http://administracionelectronica.gob.es
                                                               1     1
Servicios AE destacados




                          2
3
UN AÑO IMPULSANDO LA SOSTENIBILIDAD SOCIAL
              … crea una sociedad más competitiva y más verde




                     … y sólo la plena
                     tramitación electrónica
                     de los 20 servicios de
                     interés general prestados
                     por la Administración
                     General del Estado
                     suponen:

                     • 3.473 millones de
                     Euros de reducción de
                     cargas administrativas



                                                  4
MENSAJES DE LA CAMPAÑA



La e-Administración representa un cambio cultural y social cuyo fin
es mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, facilitar el acceso a la
información pública, permitir la reducción de trámites
administrativos, aumentar la eficiencia y eficacia de las
administraciones, y contribuir a una optimización de recursos y a un
ahorro de costes.

En relación a esto último se ha hecho un estudio que calcula que una
transacción presencial tienen un coste estimado para empresas y
ciudadanos de 80 €, mientras el mismo trámite realizado por medios
electrónicos implica un coste de 5 Euros. La diferencia multiplicada
por el número de trámites ofrece como resultado un ahorro de miles
de millones de euros.

                                                                   5
El Portal de la Administración
          Electrónica




                             6
7
Portal de la Administración Electrónica (1)

      ¿Qué es el PAe?


         Es un nuevo canal de difusión de la Administración Pública que
unifica y centraliza toda la información sobre Administración Electrónica.

Es el centro de referencia de la Administración Electrónica, puerta de
entrada para toda la información sobre situación, desarrollo, análisis,
novedades e iniciativas que surgen en torno a la Administración
electrónica, integrando contenidos y servicios de fuentes muy diversas,
convirtiéndose en el agregador de opinión, motor de participación y
dinamización de toda la Comunidad con intereses en sus diferentes
áreas.



                                                                      8
Portal de la Administración Electrónica (2)


  Objetivos
Trabajar conjuntamente con todas las Administraciones Públicas
para:
   Ser referente en Administración electrónica, introduciendo
   nuevas formas de participación y fomentando la
   retroalimentación.
   Constituir el portal PAe como referencia para ciudadanos y
   empresas para dar respuesta a sus expectativas frente a la
   Administración.




                                                            9
Portal de la Administración Electrónica (3)


   ¿A quién va dirigido?

        A los ciudadanos, la empresa y por supuesto a los
diferentes grupos de la administración que trabajan en su
desarrollo y que quieran conocer más sobre la Administración
electrónica.




                                                               10
Portal de la Administración Electrónica (4)


¿Qué nos ofrece el PAe?
                  • Recopilación centralizada de los
                    principales avances, desarrollos y
                    eventos asociados con la
                    Administración Electrónica.
                  • Colección legislativa y bibliográfica.
                  • Colaboración y participación de los
                    diferentes usuarios.




                                                        11
Portal de la Administración Electrónica (5)


¿Qué nos ofrece el PAe?


   Iniciativas y soluciones de Administración electrónica…
   …como base de conocimiento técnico en esta materia


   Observatorio de Administración electrónica…
   …mostrando la situación actual de su grado de
   implantación
   Comunidades…
   … para compartir conocimientos, noticias y
   documentación entre los distintos actores alrededor de
   un mismo tema.


                                                             12
Portal de la Administración Electrónica (6)


¿Es el PAe un portal de tramitación?


No; El PAe es un portal de referencia
técnica

El portal de tramitación e información
sobre los servicios electrónicos es el 060




                                                 13
El Portal de los Servicios - 060




                                   14
El CTT - Centro de Transferencia de Tecnología



                     El CTT es la respuesta al
                     artículo 46 de la Ley
                     11/2007, de 22 de Junio,
                     de acceso electrónico de
                     los ciudadanos a los
                     servicios públicos, y al
                     artículo 17 del Real
                     Decreto 4/2010, de 8 de
                     Enero, por el que se
                     regula el Esquema
                     Nacional de
                     Interoperabilidad en el
                     ámbito de la
                     Administración
                     Electrónica.



                                          15
¿Qué es el CTT?


El CTT publica un directorio general de aplicaciones o/y iniciativas cuyo
objetivo es favorecer la reutilización de soluciones por todas las AAPP. Este
portal informa de proyectos, iniciativas, servicios, normativa y soluciones que
se están desarrollando en materia de Administración electrónica. Además, desde
la forja del CTT se permite el desarrollo colaborativo de aplicaciones de las
administraciones públicas




                                                        Organismo A


                                                              Organismo B


                                                       Organismo C

                                                                       16
¿Qué es el CTT?



Objetivos:
• Crear un repositorio común de software para su reutilización
  en las Administraciones Públicas.
• Crear una base de conocimiento común sobre las diversas
  soluciones técnicas (normativas, servicios, infraestructura,
  desarrollos, etc). en el ámbito de la Administración
  electrónica.
• Crear un espacio donde se puedan compartir experiencias y
  cooperar en el ámbito de la administración electrónica.
• Ofrecer espacios dedicados e independientes en los que
  cualquier administración pueda:
    – Publicar su proyecto TIC
    – Gestionar la evolución y utilización de dicho proyecto.
    – Crear una comunidad de desarrollo en torno a él.




                                                                 17
¿Qué es el CTT?



Ventajas:
•   Proporciona un punto único de acceso donde se puede
    encontrar información sobre iniciativas o proyectos de
    administración electrónica.
•   Facilita el aprendizaje de la experiencia previa de otros
    organismos fomentando el uso de soluciones comunes.
•   Reduce los tiempos de desarrollo e implantación de
    proyectos.
•   Incrementa la comunicación e interrelación entre todo el
    personal que trabaja en administración electrónica en las
    AAPP.
•   Permite el desarrollo colaborativo entre administraciones
    públicas.




                                                                18
¿Qué es el CTT?



   Entorno CTT-PAe
            CTT-
Directorio de iniciativas
    http://administracion
    electronica.gob.es/ctt
    electronica.gob.es/ctt




                             Entorno forja-CTT
                                     forja-
                                  http://forja-
                                  http://forja-ctt/
                                  administracion
                                electronica.gob.es




                                                      19
¿Qué es el CTT?


El entorno PAe-CTT:
           PAe-
• Está especialmente dirigido a las AAPP:
    –   Administración General del Estado (AGE),
    –   Comunidades Autónomas (CCAA)
    –   Entes Locales (EELL)
    –   Unión Europea (UE)
    –   Universidades
• Espacios registrados disponibles sólo para AAPP desde redSARA

El entorno de la forja del CTT:
• Está abierta a la participación desde cualquier sector: público, empresarial
  o privado.
• Disponible desde Internet




                                                                      20
¿Cómo funciona?



  El funcionamiento del CTT, en cualquiera de sus entornos, lo determinan
  dos aspectos fundamentales:

• Iniciativa o proyecto: Es la unidad básica de trabajo en torno a
  la cuál se orquestan todas las funcionalidades ofrecidas.

• Niveles de acceso. Los usuarios pueden acceder con diferentes
  perfiles de acceso. Esto permite personalizar la información y
  los servicios ofrecidos a cada tipo de usuario.




                                                                     21
CTT – Niveles acceso

Visitante Anónimo (del CTT)                    Colaborador (de proyecto)
Sólo consulta información general de           “Visitante registrado” que participa más
carácter público de los proyectos.             activamente en un determinado proyecto.
     Páginas de Información (Descripción       Para ser un usuario colaborador en un
     general, detallada y técnica).            proyecto debe solicitarse al responsable
     Últimas novedades del proyecto.           del proyecto y éste le asignará el perfil de
     Contenido público del área de descargas   colaboración más adecuado.




Visitante Registrado (del CTT)                 Administrador (de proyecto)
Usuarios de las AAPP con mayor interés      “Visitante registrado” que es el
por participar activamente en el CTT o/y    responsable de un proyecto del CTT. Esto
por profundizar en el funcionamiento de los le permite:
proyectos.
                                                    Gestionar los contenidos.
Para ser un usuario de este grupo debe              Personalizar el comportamiento de todas
realizar previamente un proceso de registro         las herramientas.
en el portal
                                                    Gestionar los usuarios participantes en el
Sólo accesible desde la red SARA                    proyecto.



                                                                                            22
23
24
Observatorio de Administración
         Electrónica




                            25
Es función del CSAE

                          • Ser el Observatorio de la
                          Administración Electrónica en la AGE
                          (OBSAE)


                          • Colaborar con la Conferencia Sectorial de
 UE e          AGE
Internac.                 Administraciones Públicas, para:
                              –favorecer el intercambio de
            CCAA              conocimientos en TI y Administración
            y EELL
                              Electrónica y
                              –la implantación de servicios públicos
                              interadministrativos
Administración
 Electrónica
                          • Impulsar la cooperación entre la AGE, la
                          Unión Europea, las organizaciones
                          internacionales e Iberoamérica.


                                                                26
27
28
REINA e Indicadores




                29
El CAE 2009




              30
El Boletín Estadístico del OBSAE




                             31
Comité Sectorial de
Administración Electrónica




                             32
Cooperación según la Ley 11/2007




                            33
Comité Sectorial de Administración
                         Electrónica
             Es el órgano técnico de cooperación entre la AGE, las
                administraciones de las Comunidades Autónomas y
                las entidades de la Administración Local en materia
                de Administración electrónica


       AGE


EELL

         CCAA




                                                              34
El Comité Sectorial AE

Este Comité vela por:

a) Asegurar la compatibilidad e interoperabilidad de los sistemas y
aplicaciones empleados por las Administraciones Públicas.

b) Preparar planes y programas conjuntos de actuación para impulsar el
desarrollo de la administración electrónica en España.

c) Asegurar la cooperación entre las administraciones públicas para
proporcionar al ciudadano información administrativa clara, actualizada e
inequívoca

Su actividad se enmarca en los trabajos de la Conferencia Sectorial de
Administración Pública que fue creada para impulsar actuaciones y proyectos
comunes cuyo objeto sea la cooperación entre Administraciones y la mejora
de la calidad en la prestación de servicios públicos, entre otros en el ámbito
de la administración electrónica con el estudio, análisis y propuesta de
medidas, estrategias, objetivos y directrices.
                                                                       35
Conferencia Sectorial de Administración
                                       Pública


La Conferencia Sectorial de Administración Pública es el órgano de
cooperación en materia de administración pública de la Administración
General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades
Autónomas, de las Ciudades de Ceuta y Melilla, y de la Administración
Local, cuyos representantes serán designados por la Federación Española
de Municipios y Provincias, como asociación de entidades locales de
ámbito estatal con mayor implantación, sin perjuicio de la competencia de
otras Conferencias Sectoriales




          http://www.mpt.es/areas/funcion_publica/cooperacion/ccaa.html


                                                                          36
Comité Sectorial de Administración
                            Electrónica

Sus grupos de trabajo actualmente se centran en:

   – Sistemas de Aplicaciones y Redes para las
     Administraciones (Red SARA).
   – Identificación y firma electrónica
   – Mejora de procesos software
   – Observatorio de la Administración Electrónica
   – Programas libres y reutilización de los sistemas de
     información
   – Normas Técnicas de Interoperabilidad


                                                       37
Consejo Superior de
Administración Electrónica




                             38
Cooperación en la AGE




                        39
Consejo Superior de Administración
                                Electrónica




            Consejo Superior de
          Administración Electrónica

           http://administracionelectronica.gob.es




REAL DECRETO 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los
órganos colegiados responsables de la Administración electrónica

                                                                   40
Consejo Superior de Administración
           Electrónica




                              41
¿Qué es el CSAE ?


Es el órgano colegiado, adscrito al Ministerio de
Política Territorial y Administración Pública,
encargado de:


          La política y
          estrategia del
         Gobierno en TI        Impulso de la
                              Administración
                           electrónica en la AGE



Aglutina a todos los Ministerios y otros organismos
públicos de la Administración General del Estado


                                                      42
Normas que lo regulan
El Consejo Superior de Administración Electrónica está regulado por el
Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los
órganos colegiados responsables de la Administración Electrónica.

Otras normas que lo regulan son:

• Real Decreto 1039/2009, de 20 de junio, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y se modifica el
Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales.

• Real Decreto 305/2010, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real
Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos
colegiados responsables de la Administración electrónica.

• Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran
los departamentos ministeriales.


                                                                      43
Órganos de CSAE



               El pleno

               La comisión permanente (CP-CSAE)



Dependen funcionalmente de él:

Las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica (CMAE)

Los Comités Técnicos, grupos de trabajo o ponencias especiales creados
para desarrollar sus funciones.




                                                                 44
Funciones CSAE (1)
a)   La fijación de las líneas estratégicas, de acuerdo con la política del
     Gobierno establecida en materia de tecnologías de la información, así
     como el impulso y la coordinación de la Administración electrónica
     en la Administración General del Estado.

b)   El establecimiento de las directrices generales en estas materias
     que sirvan de base para la elaboración por los distintos ministerios de
     los planes estratégicos departamentales previstos en el artículo 9,
     así como su informe, seguimiento y control.

c)   El informe de los anteproyectos de ley y de los proyectos de
     disposiciones generales que le sean sometidos por los órganos
     proponentes cuyo objeto sea la regulación de los recursos, los
     proyectos y los sistemas de tecnologías de la información de
     aplicación común en la Administración General del Estado, o que
     estén directamente relacionados con el desarrollo de las líneas
     estratégicas en estas materias y con la implantación de
     Administración electrónica.

                                                                      45
Funciones CSAE (2)

d)   La declaración de proyecto de interés prioritario de determinados
     proyectos que presenten los ministerios, los organismos autónomos, las
     entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social u otros
     organismos públicos incorporados al ámbito de aplicación del real decreto
     conforme a lo previsto en el artículo 2.2 que por sus especiales
     características se considere que son fundamentales para la mejora de
     la prestación de servicios al ciudadano. La Secretaría General para la
     Administración Pública tendrá una dotación presupuestaria para contribuir
     a financiar los proyectos que el Consejo considere prioritarios y,
     especialmente, aquellos que tengan como objetivo la colaboración y
     cooperación con las comunidades autónomas y entes que integran la
     Administración local en materia de Administración electrónica, así como
     la integración de las Administraciones públicas en la Unión Europea.
     La declaración de proyecto de interés prioritario se trasladará como
     recomendación al Ministerio de Economía y Hacienda y a la Comisión
     de Políticas de Gasto para que, en su caso, sea tenida en cuenta en la
     elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.



                                                                       46
Funciones CSAE (3)


e)   La organización de conferencias y otras actividades para el
     intercambio de experiencias y proyectos en estas materias y, en
     particular, la organización y celebración de las jornadas de
     tecnologías de la información para la modernización de las
     Administraciones públicas (TECNIMAP).




                                                                  47
Funciones CSAE (4)


f)   El impulso de la colaboración y cooperación con las
     comunidades autónomas y las entidades locales, en especial,
     para la puesta en marcha de servicios públicos interadministrativos.
     El Pleno del Consejo mantendrá las oportunas relaciones con los
     órganos de cooperación entre las distintas Administraciones que se
     creen a tal efecto y, en especial, con la Conferencia Sectorial de
     Administración Pública, en cuyo seno se establecerán líneas de
     actuación y orientaciones comunes y se favorecerá el intercambio de
     ideas, estándares, tecnología y proyectos orientados a garantizar la
     interoperabilidad y mejorar la eficacia y eficiencia en la prestación de
     los servicios públicos. El Consejo designará a los representantes
     de la Administración General del Estado en las comisiones o
     grupos que la Conferencia Sectorial de Administraciones
     Públicas cree en materia de tecnologías de la información y
     Administración electrónica.



                                                                       48
Funciones CSAE (5)



g)   El impulso de las actividades de cooperación de la Administración
     General del Estado con la Unión Europea, con las organizaciones
     internacionales y, especialmente, con Iberoamérica, en materia de
     tecnologías de la información y Administración electrónica, en
     colaboración con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de
     Cooperación.

h)   La colaboración con los órganos competentes del Ministerio de
     Administraciones Públicas en la elaboración de recomendaciones y
     propuestas en materia de recursos humanos y de organización en
     cuanto incidan en el ámbito de las tecnologías de la información.




                                                                  49
Funciones CSAE (6)


i)   La colaboración con los órganos competentes del Ministerio de
     Economía y Hacienda, sobre la base de las líneas estratégicas
     aprobadas por el Consejo, en la elaboración de recomendaciones
     sobre presupuestos en materia de tecnologías de la información.

j)   Asimismo, corresponde al Pleno del Consejo actuar como
     Observatorio de la Administración Electrónica para conocer su
     situación y evolución y proponer, en su caso, las medidas correctoras
     oportunas.

k)   La colaboración con el Centro Criptológico Nacional del Centro
     Nacional de Inteligencia en la elaboración de medidas de seguridad
     de las tecnologías de la información y comunicaciones, la adquisición
     coordinada de material de cifra y la formación de personal
     especialista en seguridad de los sistemas.



                                                                    50
Es función del CSAE: TECNIMAP
    La organización y celebración de
            TECNIMAP
“Jornadas sobre Tecnologías de la Información para la
    Modernización de las Administraciones Públicas”
                                         MÁS DE 6.000
                                          INSCRITOS




                       CERCA DE 1000                            100
                       SEGUIDORES EN                       MODERADORES Y
                       REDES SOCIALES                        PONENTES




                           420                               MÁS DE 190
                    COMUNICACIONES                            EMPRESAS
                    95 CANDIDATURAS A                     PATROCINADORAS
                         PREMIOS                           O EXPOSITORAS


                                          14.000 M 2
                                        DE EXPOSICIÓN Y               www.tecnimap.es
                                          221 STANDS                  51
                                                                                 51
52
El Pleno del CSAE




             53
La Comisión Permanente del CSAE




                           54
55
La Comisión Permanente de
 Administración Electrónica




                              56
Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración
                 electrónica, CP-CSAE

                            • Es el órgano de apoyo técnico del
                            CSAE
                            • Es la plataforma común para
        CSAE                colaboración y decisión en materia de
                            TI y AE, en la AGE.
      CP CSAE               • En la actualidad, son sus principales
                            actividades:
                                – El seguimiento de la implantación de la
                                Ley 11/2007 de acceso electrónico de los
                                ciudadanos a los servicios públicos
                                – El incremento del uso de los servicios
                                públicos electrónicos
                                – El desarrollo de componentes de interés
                                común para la implantación de la
                                Administración Electrónica.



                                                                     57
Funciones CP-CSAE (1)
a)   La realización de los análisis y trabajos técnicos preparatorios que
     sirvan de base para la toma de decisiones del Pleno del Consejo
     Superior de Administración Electrónica en el ámbito de sus
     competencias establecidas en el artículo 4.

b)   La propuesta al Pleno del Consejo Superior de Administración
     Electrónica de cuantas iniciativas en materia de Administración
     electrónica considere adecuadas para el desarrollo coordinado de
     los servicios públicos telemáticos y, en especial, aquellas relativas a
     los planes estratégicos globales para el conjunto de la Administración
     General del Estado.

c)   La elaboración del informe de los planes estratégicos
     departamentales para su elevación al Pleno del Consejo, con
     carácter previo a su aprobación por el Ministro del departamento.
     Asimismo, elaborará los correspondientes informes de seguimiento
     de la ejecución de los referidos planes que se elevarán al Pleno del
     Consejo Superior de Administración Electrónica.

                                                                      58
Funciones CP-CSAE (2)

d)   La ejecución y desarrollo de los acuerdos adoptados por el Pleno
     del Consejo Superior de Administración Electrónica.

e)   La propuesta a la Junta Consultiva de Contratación
     Administrativa del rediseño de los procedimientos de contratación
     de bienes y servicios informáticos y de telecomunicaciones con el uso
     intensivo de las tecnologías de la información en el ámbito de la
     Administración General del Estado.

f)   El seguimiento de los proyectos de interés prioritario, así como el
     informe al Pleno sobre los factores que puedan incidir en su
     ejecución.

g)   El ejercicio de las funciones que, con carácter previo a la iniciación
     de la tramitación del gasto de los expedientes de contratación en
     materia de tecnologías de la información, se le asignan en el artículo
     10.

                                                                     59
Funciones CP-CSAE (3)

h)         Asimismo, para el ejercicio de las competencias atribuidas al Pleno
           del Consejo Superior de Administración Electrónica en su condición
           de Observatorio de la Administración Electrónica, a la Comisión
           Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica le
           corresponde:
     i.       La recogida de información de los recursos tecnológicos, humanos,
              económicos y de contratación, sin perjuicio de las competencias
              legalmente atribuidas al Registro público de contratos, relacionados con
              las tecnologías de la información, así como sobre cualquier otro
              elemento informativo con ellas relacionado, con excepción de la
              información relativa a los sistemas de mando y control, consulta política,
              situaciones de crisis y seguridad del Estado. (Informe REINA)

     ii.      La recogida de información relacionada con los servicios públicos
              electrónicos y sus indicadores y, en particular, el directorio al que se
              refiere el artículo 10.3 del Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por
              el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y
              telemáticas por la Administración General del Estado.


                                                                                  60
Funciones CP-CSAE (4)




     iii.   La determinación de los procedimientos necesarios para la recogida y
            consolidación de la información del Observatorio, así como la frecuencia
            de su actualización y los aspectos metodológicos para su tratamiento y
            explotación, que se regularán por orden del Ministro de Administraciones
            Públicas. Esta información se integrará con la proporcionada por las
            comunidades autónomas en el ámbito de la Conferencia Sectorial
            de Administración Pública, para elaborar un informe global y de
            carácter anual.

i)      Cualquier otra competencia que le sea delegada por el Pleno del
        Consejo Superior de Administración Electrónica.




                                                                             61
La CP-CSAE en materia de
      Contratación




                           62
Funciones CP-CSAE en Contratación
                                              (1)
1.    Corresponde a la Comisión Permanente del Consejo Superior de
      Administración Electrónica el informe técnico preceptivo de la memoria y los
      pliegos de prescripciones técnicas de las siguientes contrataciones de bienes
      y servicios informáticos:

a) El suministro de equipos y programas para el tratamiento de la información, de acuerdo
       con lo establecido en los artículos 172.1.b) y 172.3 del texto refundido de la Ley de
       Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo
       2/2000, de 16 de junio, cuyo presupuesto exceda de un millón de euros, Impuesto
       sobre el Valor Añadido incluido. En los contratos de arrendamiento, el límite de un
       millón de euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido, se entiende que
       corresponde a la media anual del importe del contrato.
b) Los contratos de servicios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 196.3 del texto
       refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el
       Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, cuyo presupuesto exceda de un
       millón de euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido.
c) Los contratos de consultoría y asistencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 196.2
       del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado
       por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, cuyo presupuesto exceda de
       un millón de euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido.
d) Los concursos para la adopción de tipo realizados al amparo de los artículos 183.1 y 199
       del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

                                                                                        63
Funciones CP-CSAE en Contratación
                                          (2)
2. En todo caso, estarán excluidos del informe técnico de la Comisión Permanente
      del Consejo Superior de Administración Electrónica a que se refiere el
      apartado anterior:

a) Los contratos de aquellos organismos públicos que se incorporen al ámbito de
      aplicación de este real decreto de acuerdo con lo establecido en su artículo
      2.2, que se regirán por su legislación específica al respecto.

b) Los contratos de adquisición centralizada de bienes y servicios en materia de
      tecnologías de la información realizados al amparo de la Ley de Contratos de
      las Administraciones Públicas.

c) Los contratos que hayan sido declarados secretos o reservados o afecten a la
      defensa, consulta política y situaciones de crisis y seguridad del Estado, o
      cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del
      Estado, de acuerdo a lo establecido en los artículos 182.h) y 210.g) del texto
      refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

d) Los contratos que sean competencia expresa de las Comisiones Ministeriales de
      Administración Electrónica en función de lo recogido en el apartado siguiente.

                                                                              64
Funciones CP-CSAE en Contratación
                                          (3)
3. Las normas reguladoras de las funciones de las Comisiones Ministeriales de
      Administración Electrónica deberán prever en sus ámbitos de aplicación
      respectivos la regulación de los siguientes procedimientos e informes:

a) La tramitación y el envío a la Comisión Permanente del Consejo Superior de
      Administración Electrónica, para su informe, de los expedientes sujetos a
      informe preceptivo según lo previsto en el apartado 1.a), b) y c).

b) El informe técnico de la memoria y de los pliegos de prescripciones técnicas de
       los contratos de tecnologías de la información que no estén sujetos al informe
       preceptivo de la Comisión Permanente del Consejo Superior de
       Administración Electrónica.

c) El informe técnico de la memoria de los contratos de adquisición centralizada de
       bienes y servicios en materia de tecnologías de la información realizados al
       amparo de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

d) El informe técnico de la memoria y de los pliegos de prescripciones técnicas de
       los contratos de servicios de mantenimiento, conservación, reparación y
       actualización de equipos físicos y lógicos que hayan sido previstos en el
       correspondiente plan estratégico departamental, y este haya sido informado
       por el Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica.       65
Funciones CP-CSAE en Contratación
                                          (4)
4. Las normas reguladoras de las funciones de las Comisiones Ministeriales de
      Administración Electrónica podrán prever en sus ámbitos de aplicación
      respectivos la emisión de los informes previos a la adjudicación de los
      siguientes contratos:
a) Contratos de suministros, servicios consultoría y asistencia en materias de
      tecnologías de la información.
b) Contratos de servicios, consultoría y asistencia cuyo objeto sea la formación en
      materias de tecnologías de la información.

5. Las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica velarán por la
      adecuación de sus informes técnicos a las directrices del Pleno del Consejo
      Superior de Administración Electrónica. El informe técnico de las Comisiones
      Ministeriales de Administración Electrónica alcanzará tanto a la memoria
      como a los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas
      del expediente de contratación, así como a los informes y a la documentación
      técnica necesaria.

6. Las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica remitirán al
      Observatorio de la Administración Electrónica toda la información sobre los
      expedientes de contratación de su competencia, de acuerdo con lo
      establecido en el artículo 6.2.h).
                                                                              66
http://administracionelectronica.gob.es




                                          67

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AE/eGov Ley 11 2007 Cooperación

  • 1. Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática INAP Administración Electrónica La Ley 11/2007 (II) Cooperación Interadministrativa Madrid, 4 de julio de 2011 Carlos Marcos Martín Subdirector General de Coordinación y Estudios Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica Secretaría de Estado para la Función Pública http://administracionelectronica.gob.es 1 1
  • 3. 3
  • 4. UN AÑO IMPULSANDO LA SOSTENIBILIDAD SOCIAL … crea una sociedad más competitiva y más verde … y sólo la plena tramitación electrónica de los 20 servicios de interés general prestados por la Administración General del Estado suponen: • 3.473 millones de Euros de reducción de cargas administrativas 4
  • 5. MENSAJES DE LA CAMPAÑA La e-Administración representa un cambio cultural y social cuyo fin es mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, facilitar el acceso a la información pública, permitir la reducción de trámites administrativos, aumentar la eficiencia y eficacia de las administraciones, y contribuir a una optimización de recursos y a un ahorro de costes. En relación a esto último se ha hecho un estudio que calcula que una transacción presencial tienen un coste estimado para empresas y ciudadanos de 80 €, mientras el mismo trámite realizado por medios electrónicos implica un coste de 5 Euros. La diferencia multiplicada por el número de trámites ofrece como resultado un ahorro de miles de millones de euros. 5
  • 6. El Portal de la Administración Electrónica 6
  • 7. 7
  • 8. Portal de la Administración Electrónica (1) ¿Qué es el PAe? Es un nuevo canal de difusión de la Administración Pública que unifica y centraliza toda la información sobre Administración Electrónica. Es el centro de referencia de la Administración Electrónica, puerta de entrada para toda la información sobre situación, desarrollo, análisis, novedades e iniciativas que surgen en torno a la Administración electrónica, integrando contenidos y servicios de fuentes muy diversas, convirtiéndose en el agregador de opinión, motor de participación y dinamización de toda la Comunidad con intereses en sus diferentes áreas. 8
  • 9. Portal de la Administración Electrónica (2) Objetivos Trabajar conjuntamente con todas las Administraciones Públicas para: Ser referente en Administración electrónica, introduciendo nuevas formas de participación y fomentando la retroalimentación. Constituir el portal PAe como referencia para ciudadanos y empresas para dar respuesta a sus expectativas frente a la Administración. 9
  • 10. Portal de la Administración Electrónica (3) ¿A quién va dirigido? A los ciudadanos, la empresa y por supuesto a los diferentes grupos de la administración que trabajan en su desarrollo y que quieran conocer más sobre la Administración electrónica. 10
  • 11. Portal de la Administración Electrónica (4) ¿Qué nos ofrece el PAe? • Recopilación centralizada de los principales avances, desarrollos y eventos asociados con la Administración Electrónica. • Colección legislativa y bibliográfica. • Colaboración y participación de los diferentes usuarios. 11
  • 12. Portal de la Administración Electrónica (5) ¿Qué nos ofrece el PAe? Iniciativas y soluciones de Administración electrónica… …como base de conocimiento técnico en esta materia Observatorio de Administración electrónica… …mostrando la situación actual de su grado de implantación Comunidades… … para compartir conocimientos, noticias y documentación entre los distintos actores alrededor de un mismo tema. 12
  • 13. Portal de la Administración Electrónica (6) ¿Es el PAe un portal de tramitación? No; El PAe es un portal de referencia técnica El portal de tramitación e información sobre los servicios electrónicos es el 060 13
  • 14. El Portal de los Servicios - 060 14
  • 15. El CTT - Centro de Transferencia de Tecnología El CTT es la respuesta al artículo 46 de la Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y al artículo 17 del Real Decreto 4/2010, de 8 de Enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica. 15
  • 16. ¿Qué es el CTT? El CTT publica un directorio general de aplicaciones o/y iniciativas cuyo objetivo es favorecer la reutilización de soluciones por todas las AAPP. Este portal informa de proyectos, iniciativas, servicios, normativa y soluciones que se están desarrollando en materia de Administración electrónica. Además, desde la forja del CTT se permite el desarrollo colaborativo de aplicaciones de las administraciones públicas Organismo A Organismo B Organismo C 16
  • 17. ¿Qué es el CTT? Objetivos: • Crear un repositorio común de software para su reutilización en las Administraciones Públicas. • Crear una base de conocimiento común sobre las diversas soluciones técnicas (normativas, servicios, infraestructura, desarrollos, etc). en el ámbito de la Administración electrónica. • Crear un espacio donde se puedan compartir experiencias y cooperar en el ámbito de la administración electrónica. • Ofrecer espacios dedicados e independientes en los que cualquier administración pueda: – Publicar su proyecto TIC – Gestionar la evolución y utilización de dicho proyecto. – Crear una comunidad de desarrollo en torno a él. 17
  • 18. ¿Qué es el CTT? Ventajas: • Proporciona un punto único de acceso donde se puede encontrar información sobre iniciativas o proyectos de administración electrónica. • Facilita el aprendizaje de la experiencia previa de otros organismos fomentando el uso de soluciones comunes. • Reduce los tiempos de desarrollo e implantación de proyectos. • Incrementa la comunicación e interrelación entre todo el personal que trabaja en administración electrónica en las AAPP. • Permite el desarrollo colaborativo entre administraciones públicas. 18
  • 19. ¿Qué es el CTT? Entorno CTT-PAe CTT- Directorio de iniciativas http://administracion electronica.gob.es/ctt electronica.gob.es/ctt Entorno forja-CTT forja- http://forja- http://forja-ctt/ administracion electronica.gob.es 19
  • 20. ¿Qué es el CTT? El entorno PAe-CTT: PAe- • Está especialmente dirigido a las AAPP: – Administración General del Estado (AGE), – Comunidades Autónomas (CCAA) – Entes Locales (EELL) – Unión Europea (UE) – Universidades • Espacios registrados disponibles sólo para AAPP desde redSARA El entorno de la forja del CTT: • Está abierta a la participación desde cualquier sector: público, empresarial o privado. • Disponible desde Internet 20
  • 21. ¿Cómo funciona? El funcionamiento del CTT, en cualquiera de sus entornos, lo determinan dos aspectos fundamentales: • Iniciativa o proyecto: Es la unidad básica de trabajo en torno a la cuál se orquestan todas las funcionalidades ofrecidas. • Niveles de acceso. Los usuarios pueden acceder con diferentes perfiles de acceso. Esto permite personalizar la información y los servicios ofrecidos a cada tipo de usuario. 21
  • 22. CTT – Niveles acceso Visitante Anónimo (del CTT) Colaborador (de proyecto) Sólo consulta información general de “Visitante registrado” que participa más carácter público de los proyectos. activamente en un determinado proyecto. Páginas de Información (Descripción Para ser un usuario colaborador en un general, detallada y técnica). proyecto debe solicitarse al responsable Últimas novedades del proyecto. del proyecto y éste le asignará el perfil de Contenido público del área de descargas colaboración más adecuado. Visitante Registrado (del CTT) Administrador (de proyecto) Usuarios de las AAPP con mayor interés “Visitante registrado” que es el por participar activamente en el CTT o/y responsable de un proyecto del CTT. Esto por profundizar en el funcionamiento de los le permite: proyectos. Gestionar los contenidos. Para ser un usuario de este grupo debe Personalizar el comportamiento de todas realizar previamente un proceso de registro las herramientas. en el portal Gestionar los usuarios participantes en el Sólo accesible desde la red SARA proyecto. 22
  • 23. 23
  • 24. 24
  • 26. Es función del CSAE • Ser el Observatorio de la Administración Electrónica en la AGE (OBSAE) • Colaborar con la Conferencia Sectorial de UE e AGE Internac. Administraciones Públicas, para: –favorecer el intercambio de CCAA conocimientos en TI y Administración y EELL Electrónica y –la implantación de servicios públicos interadministrativos Administración Electrónica • Impulsar la cooperación entre la AGE, la Unión Europea, las organizaciones internacionales e Iberoamérica. 26
  • 27. 27
  • 28. 28
  • 31. El Boletín Estadístico del OBSAE 31
  • 33. Cooperación según la Ley 11/2007 33
  • 34. Comité Sectorial de Administración Electrónica Es el órgano técnico de cooperación entre la AGE, las administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades de la Administración Local en materia de Administración electrónica AGE EELL CCAA 34
  • 35. El Comité Sectorial AE Este Comité vela por: a) Asegurar la compatibilidad e interoperabilidad de los sistemas y aplicaciones empleados por las Administraciones Públicas. b) Preparar planes y programas conjuntos de actuación para impulsar el desarrollo de la administración electrónica en España. c) Asegurar la cooperación entre las administraciones públicas para proporcionar al ciudadano información administrativa clara, actualizada e inequívoca Su actividad se enmarca en los trabajos de la Conferencia Sectorial de Administración Pública que fue creada para impulsar actuaciones y proyectos comunes cuyo objeto sea la cooperación entre Administraciones y la mejora de la calidad en la prestación de servicios públicos, entre otros en el ámbito de la administración electrónica con el estudio, análisis y propuesta de medidas, estrategias, objetivos y directrices. 35
  • 36. Conferencia Sectorial de Administración Pública La Conferencia Sectorial de Administración Pública es el órgano de cooperación en materia de administración pública de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Ciudades de Ceuta y Melilla, y de la Administración Local, cuyos representantes serán designados por la Federación Española de Municipios y Provincias, como asociación de entidades locales de ámbito estatal con mayor implantación, sin perjuicio de la competencia de otras Conferencias Sectoriales http://www.mpt.es/areas/funcion_publica/cooperacion/ccaa.html 36
  • 37. Comité Sectorial de Administración Electrónica Sus grupos de trabajo actualmente se centran en: – Sistemas de Aplicaciones y Redes para las Administraciones (Red SARA). – Identificación y firma electrónica – Mejora de procesos software – Observatorio de la Administración Electrónica – Programas libres y reutilización de los sistemas de información – Normas Técnicas de Interoperabilidad 37
  • 40. Consejo Superior de Administración Electrónica Consejo Superior de Administración Electrónica http://administracionelectronica.gob.es REAL DECRETO 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración electrónica 40
  • 41. Consejo Superior de Administración Electrónica 41
  • 42. ¿Qué es el CSAE ? Es el órgano colegiado, adscrito al Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, encargado de: La política y estrategia del Gobierno en TI Impulso de la Administración electrónica en la AGE Aglutina a todos los Ministerios y otros organismos públicos de la Administración General del Estado 42
  • 43. Normas que lo regulan El Consejo Superior de Administración Electrónica está regulado por el Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración Electrónica. Otras normas que lo regulan son: • Real Decreto 1039/2009, de 20 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. • Real Decreto 305/2010, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración electrónica. • Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. 43
  • 44. Órganos de CSAE El pleno La comisión permanente (CP-CSAE) Dependen funcionalmente de él: Las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica (CMAE) Los Comités Técnicos, grupos de trabajo o ponencias especiales creados para desarrollar sus funciones. 44
  • 45. Funciones CSAE (1) a) La fijación de las líneas estratégicas, de acuerdo con la política del Gobierno establecida en materia de tecnologías de la información, así como el impulso y la coordinación de la Administración electrónica en la Administración General del Estado. b) El establecimiento de las directrices generales en estas materias que sirvan de base para la elaboración por los distintos ministerios de los planes estratégicos departamentales previstos en el artículo 9, así como su informe, seguimiento y control. c) El informe de los anteproyectos de ley y de los proyectos de disposiciones generales que le sean sometidos por los órganos proponentes cuyo objeto sea la regulación de los recursos, los proyectos y los sistemas de tecnologías de la información de aplicación común en la Administración General del Estado, o que estén directamente relacionados con el desarrollo de las líneas estratégicas en estas materias y con la implantación de Administración electrónica. 45
  • 46. Funciones CSAE (2) d) La declaración de proyecto de interés prioritario de determinados proyectos que presenten los ministerios, los organismos autónomos, las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social u otros organismos públicos incorporados al ámbito de aplicación del real decreto conforme a lo previsto en el artículo 2.2 que por sus especiales características se considere que son fundamentales para la mejora de la prestación de servicios al ciudadano. La Secretaría General para la Administración Pública tendrá una dotación presupuestaria para contribuir a financiar los proyectos que el Consejo considere prioritarios y, especialmente, aquellos que tengan como objetivo la colaboración y cooperación con las comunidades autónomas y entes que integran la Administración local en materia de Administración electrónica, así como la integración de las Administraciones públicas en la Unión Europea. La declaración de proyecto de interés prioritario se trasladará como recomendación al Ministerio de Economía y Hacienda y a la Comisión de Políticas de Gasto para que, en su caso, sea tenida en cuenta en la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado. 46
  • 47. Funciones CSAE (3) e) La organización de conferencias y otras actividades para el intercambio de experiencias y proyectos en estas materias y, en particular, la organización y celebración de las jornadas de tecnologías de la información para la modernización de las Administraciones públicas (TECNIMAP). 47
  • 48. Funciones CSAE (4) f) El impulso de la colaboración y cooperación con las comunidades autónomas y las entidades locales, en especial, para la puesta en marcha de servicios públicos interadministrativos. El Pleno del Consejo mantendrá las oportunas relaciones con los órganos de cooperación entre las distintas Administraciones que se creen a tal efecto y, en especial, con la Conferencia Sectorial de Administración Pública, en cuyo seno se establecerán líneas de actuación y orientaciones comunes y se favorecerá el intercambio de ideas, estándares, tecnología y proyectos orientados a garantizar la interoperabilidad y mejorar la eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios públicos. El Consejo designará a los representantes de la Administración General del Estado en las comisiones o grupos que la Conferencia Sectorial de Administraciones Públicas cree en materia de tecnologías de la información y Administración electrónica. 48
  • 49. Funciones CSAE (5) g) El impulso de las actividades de cooperación de la Administración General del Estado con la Unión Europea, con las organizaciones internacionales y, especialmente, con Iberoamérica, en materia de tecnologías de la información y Administración electrónica, en colaboración con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. h) La colaboración con los órganos competentes del Ministerio de Administraciones Públicas en la elaboración de recomendaciones y propuestas en materia de recursos humanos y de organización en cuanto incidan en el ámbito de las tecnologías de la información. 49
  • 50. Funciones CSAE (6) i) La colaboración con los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre la base de las líneas estratégicas aprobadas por el Consejo, en la elaboración de recomendaciones sobre presupuestos en materia de tecnologías de la información. j) Asimismo, corresponde al Pleno del Consejo actuar como Observatorio de la Administración Electrónica para conocer su situación y evolución y proponer, en su caso, las medidas correctoras oportunas. k) La colaboración con el Centro Criptológico Nacional del Centro Nacional de Inteligencia en la elaboración de medidas de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones, la adquisición coordinada de material de cifra y la formación de personal especialista en seguridad de los sistemas. 50
  • 51. Es función del CSAE: TECNIMAP La organización y celebración de TECNIMAP “Jornadas sobre Tecnologías de la Información para la Modernización de las Administraciones Públicas” MÁS DE 6.000 INSCRITOS CERCA DE 1000 100 SEGUIDORES EN MODERADORES Y REDES SOCIALES PONENTES 420 MÁS DE 190 COMUNICACIONES EMPRESAS 95 CANDIDATURAS A PATROCINADORAS PREMIOS O EXPOSITORAS 14.000 M 2 DE EXPOSICIÓN Y www.tecnimap.es 221 STANDS 51 51
  • 52. 52
  • 53. El Pleno del CSAE 53
  • 54. La Comisión Permanente del CSAE 54
  • 55. 55
  • 56. La Comisión Permanente de Administración Electrónica 56
  • 57. Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración electrónica, CP-CSAE • Es el órgano de apoyo técnico del CSAE • Es la plataforma común para CSAE colaboración y decisión en materia de TI y AE, en la AGE. CP CSAE • En la actualidad, son sus principales actividades: – El seguimiento de la implantación de la Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos – El incremento del uso de los servicios públicos electrónicos – El desarrollo de componentes de interés común para la implantación de la Administración Electrónica. 57
  • 58. Funciones CP-CSAE (1) a) La realización de los análisis y trabajos técnicos preparatorios que sirvan de base para la toma de decisiones del Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica en el ámbito de sus competencias establecidas en el artículo 4. b) La propuesta al Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica de cuantas iniciativas en materia de Administración electrónica considere adecuadas para el desarrollo coordinado de los servicios públicos telemáticos y, en especial, aquellas relativas a los planes estratégicos globales para el conjunto de la Administración General del Estado. c) La elaboración del informe de los planes estratégicos departamentales para su elevación al Pleno del Consejo, con carácter previo a su aprobación por el Ministro del departamento. Asimismo, elaborará los correspondientes informes de seguimiento de la ejecución de los referidos planes que se elevarán al Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica. 58
  • 59. Funciones CP-CSAE (2) d) La ejecución y desarrollo de los acuerdos adoptados por el Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica. e) La propuesta a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del rediseño de los procedimientos de contratación de bienes y servicios informáticos y de telecomunicaciones con el uso intensivo de las tecnologías de la información en el ámbito de la Administración General del Estado. f) El seguimiento de los proyectos de interés prioritario, así como el informe al Pleno sobre los factores que puedan incidir en su ejecución. g) El ejercicio de las funciones que, con carácter previo a la iniciación de la tramitación del gasto de los expedientes de contratación en materia de tecnologías de la información, se le asignan en el artículo 10. 59
  • 60. Funciones CP-CSAE (3) h) Asimismo, para el ejercicio de las competencias atribuidas al Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica en su condición de Observatorio de la Administración Electrónica, a la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica le corresponde: i. La recogida de información de los recursos tecnológicos, humanos, económicos y de contratación, sin perjuicio de las competencias legalmente atribuidas al Registro público de contratos, relacionados con las tecnologías de la información, así como sobre cualquier otro elemento informativo con ellas relacionado, con excepción de la información relativa a los sistemas de mando y control, consulta política, situaciones de crisis y seguridad del Estado. (Informe REINA) ii. La recogida de información relacionada con los servicios públicos electrónicos y sus indicadores y, en particular, el directorio al que se refiere el artículo 10.3 del Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado. 60
  • 61. Funciones CP-CSAE (4) iii. La determinación de los procedimientos necesarios para la recogida y consolidación de la información del Observatorio, así como la frecuencia de su actualización y los aspectos metodológicos para su tratamiento y explotación, que se regularán por orden del Ministro de Administraciones Públicas. Esta información se integrará con la proporcionada por las comunidades autónomas en el ámbito de la Conferencia Sectorial de Administración Pública, para elaborar un informe global y de carácter anual. i) Cualquier otra competencia que le sea delegada por el Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica. 61
  • 62. La CP-CSAE en materia de Contratación 62
  • 63. Funciones CP-CSAE en Contratación (1) 1. Corresponde a la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica el informe técnico preceptivo de la memoria y los pliegos de prescripciones técnicas de las siguientes contrataciones de bienes y servicios informáticos: a) El suministro de equipos y programas para el tratamiento de la información, de acuerdo con lo establecido en los artículos 172.1.b) y 172.3 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, cuyo presupuesto exceda de un millón de euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido. En los contratos de arrendamiento, el límite de un millón de euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido, se entiende que corresponde a la media anual del importe del contrato. b) Los contratos de servicios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 196.3 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, cuyo presupuesto exceda de un millón de euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido. c) Los contratos de consultoría y asistencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 196.2 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, cuyo presupuesto exceda de un millón de euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido. d) Los concursos para la adopción de tipo realizados al amparo de los artículos 183.1 y 199 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. 63
  • 64. Funciones CP-CSAE en Contratación (2) 2. En todo caso, estarán excluidos del informe técnico de la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica a que se refiere el apartado anterior: a) Los contratos de aquellos organismos públicos que se incorporen al ámbito de aplicación de este real decreto de acuerdo con lo establecido en su artículo 2.2, que se regirán por su legislación específica al respecto. b) Los contratos de adquisición centralizada de bienes y servicios en materia de tecnologías de la información realizados al amparo de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. c) Los contratos que hayan sido declarados secretos o reservados o afecten a la defensa, consulta política y situaciones de crisis y seguridad del Estado, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado, de acuerdo a lo establecido en los artículos 182.h) y 210.g) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. d) Los contratos que sean competencia expresa de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica en función de lo recogido en el apartado siguiente. 64
  • 65. Funciones CP-CSAE en Contratación (3) 3. Las normas reguladoras de las funciones de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica deberán prever en sus ámbitos de aplicación respectivos la regulación de los siguientes procedimientos e informes: a) La tramitación y el envío a la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica, para su informe, de los expedientes sujetos a informe preceptivo según lo previsto en el apartado 1.a), b) y c). b) El informe técnico de la memoria y de los pliegos de prescripciones técnicas de los contratos de tecnologías de la información que no estén sujetos al informe preceptivo de la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica. c) El informe técnico de la memoria de los contratos de adquisición centralizada de bienes y servicios en materia de tecnologías de la información realizados al amparo de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. d) El informe técnico de la memoria y de los pliegos de prescripciones técnicas de los contratos de servicios de mantenimiento, conservación, reparación y actualización de equipos físicos y lógicos que hayan sido previstos en el correspondiente plan estratégico departamental, y este haya sido informado por el Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica. 65
  • 66. Funciones CP-CSAE en Contratación (4) 4. Las normas reguladoras de las funciones de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica podrán prever en sus ámbitos de aplicación respectivos la emisión de los informes previos a la adjudicación de los siguientes contratos: a) Contratos de suministros, servicios consultoría y asistencia en materias de tecnologías de la información. b) Contratos de servicios, consultoría y asistencia cuyo objeto sea la formación en materias de tecnologías de la información. 5. Las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica velarán por la adecuación de sus informes técnicos a las directrices del Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica. El informe técnico de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica alcanzará tanto a la memoria como a los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas del expediente de contratación, así como a los informes y a la documentación técnica necesaria. 6. Las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica remitirán al Observatorio de la Administración Electrónica toda la información sobre los expedientes de contratación de su competencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.h). 66