El documento dispone la apertura de una nueva delegación dependiente de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor de Chilecito y de la Propiedad del Automotor con Competencia Exclusiva en Motovehículos de Chilecito Letra "A", en la localidad de Villa Unión, provincia de La Rioja. La delegación funcionará los viernes cada quince días en el edificio municipal de ANSES de Villa Unión, y estará a cargo de la doctora Lelia Emma Suárez de Abilar y la señora Karina Elizabeth Mercado.
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Apertura en Villa Unión del Registro de la Propiedad del Automotor
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
Disposición 185-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 26/05/2017
VISTO la Resolución M.J. y D.H. Nº 683 del 21 de julio de 2000, modificada por sus similares Nros. 1522 del 30 de
noviembre de 2007 y 1009 del 1° de noviembre de 2016, la Disposición DI-2017-62-APN- DNRNPACP#MJ del 15
de febrero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el Capítulo III de la norma citada en el Visto se delega a esta Dirección Nacional la facultad de disponer la
apertura de Delegaciones de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor en puntos geográficos
distintos de aquellos en los que funcionan las sedes de tales Registros.
Que en virtud de ello, este Organismo dispuso la apertura de CINCUENTA (50) Delegaciones de los Registros
Seccionales de la Propiedad Automotor mediante el dictado de la Disposición DI-2017-62-APN- DNRNPACP#MJ.
Que en cumplimiento con lo establecido en el artículo 2° de la citada Disposición, se entiende oportuno habilitar la
apertura de una delegación con sede en la Localidad de VILLA UNIÓN, Provincia de LA RIOJA, dependiente del
REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CHILECITO y del REGISTRO SECCIONAL
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS DE
CHILECITO LETRA “A”, Provincia de LA RIOJA, con el objeto de brindar una mejor y eficaz prestación del servicio
a quienes viven en ella.
Que en ese marco, la Delegación con sede en VILLA UNIÓN estará a cargo de la Encargada Titular e Interventora
y de la Suplente Interina del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CHILECITO y
del REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN
MOTOVEHÍCULOS DE CHILECITO LETRA “A”, Provincia de LA RIOJA, en concordancia con lo establecido por los
artículos 9º y 12 de la Resolución M.J. y D.H. Nº 683/00 y sus modificatorias.
Que la Delegación con sede en VILLA UNIÓN funcionará en horario vespertino, como mínimo, UNA (1) vez cada
QUINCE (15) días y las funcionarias a cargo arbitrarán los medios para comunicar fehacientemente a la comunidad
usuaria y a esta Dirección Nacional esa circunstancia.
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Que ha tomado la debida intervención el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS NORMATIVOS Y JUDICIALES.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, incisos a) y c) del Decreto Nº 335/88
y por el artículo 8º de la Resolución M.J. y D.H. Nº 683/00 y sus modificatorias.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la apertura de la DELEGACIÓN VILLA UNIÓN dependiente del REGISTRO
SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CHILECITO y del REGISTRO SECCIONAL DE LA
PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS DE CHILECITO
LETRA “A”, Provincia de LA RIOJA, para la presentación de trámites correspondientes a los usuarios domiciliados
en la Localidad VILLA UNIÓN de la misma provincia.
ARTÍCULO 2º.- A los fines del artículo anterior los funcionarios a cargo de la mencionada Delegación deberán
ajustar su accionar a las normas de fondo y forma previstas en el ordenamiento registral, adecuando la recepción y
despacho de trámites a las previsiones del Sistema Único de Registración de Automotores (S.U.R.A.).
ARTÍCULO 3º.- La DIRECCIÓN DE REGISTROS SECCIONALES será competente para entender en cuestiones
vinculadas con la operatividad de la Delegación.
ARTÍCULO 4º.- La Delegación cuya apertura se aprueba por el artículo 1º de la presente estará a cargo de la
doctora Lelia Emma SUAREZ DE ABILAR, D.N.I. N° 11.583.008, Encargada Titular e Interventora del REGISTRO
SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CHILECITO y del REGISTRO SECCIONAL DE LA
PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CON COMPETENCIA EXCLUSIVA EN MOTOVEHÍCULOS DE CHILECITO
LETRA “A”, y de la señora Karina Elizabeth MERCADO, D.N.I. N° 21.733.153, Suplente Interina de los citados
Registros Seccionales, todos de la Provincia de LA RIOJA.
ARTÍCULO 5º.- Habilítase la oficina sita en el Edificio Municipal (ANSES) de la Avenida Perón sin número de la
Localidad VILLA UNIÓN, Provincia de LA RIOJA, para el funcionamiento de la Delegación aprobada en el artículo
1° de la presente, en el horario de 15:00 a 17:00 horas, los días viernes cada QUINCE (15) días, debiendo los
responsables de la Delegación arbitrar los medios para comunicar esa circunstancia con anticipación y en forma
fehaciente a la comunidad usuaria y a ésta DIRECCIÓN NACIONAL.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la
dirección nacional del registro oficial y archívese. — Carlos Gustavo Walter.
e. 05/06/2017 N° 37910/17 v. 05/06/2017