LAS ASOCIACIONES DE
PADRES DE FAMILIA
 1.-Representar ante las autoridades escolares,
los derechos e intereses de sus asociados.
 2.- Colaborar con las autoridades escolares en
las acciones y obras necesarias para el
mejoramiento de las instituciones educativas.
 3.-Colaborar en su buen funcionamiento.
 4.- Apoyar en el aprovechamiento escolar y
en la calidad de la educación.
 5.-Fomentar las buenas relaciones entre los
maestros, alumnos y padres de familia, para el
mejor aprovechamiento de los educandos.
REGLAMENTO DE LAS
ASOCIACIONES DE
PADRES DE FAMILIA.
A CONSIDERAR:
 Art. 1º. El presente reglamento regirá la
organización de las asociaciones de
padres de familia que se constituyan en las
escuelas de educación preescolar,
primaria ,indígena, secundarias y
telesecundarias ,dependientes de la
Secretaría de Educación Pública.
 Art, 6º. Para el cumplimiento de su objetivo,
las asociaciones de padres de familia
tendrán las siguientes atribuciones.
1.- Colaborar con las autoridades e instituciones educativas en las
actividades que estas lleven a cabo.
2.- Proponer y promover, en coordinación con los directores de las
escuelas y en su caso con las autoridades escolares y educativas, las
acciones y obras necesarias para el mejoramiento de los
establecimientos escolares y su funcionamiento
3.- Reunir fondos con aportaciones voluntarias de sus miembros para los
fines propios de las asociaciones.
4.- Fomentar la relación entre los maestros, alumnos y padres de
familia, para un mejor aprovechamiento de los educandos
 Art. 9º.-En cada institución de cada nivel educativo,
habrá una asociación integrada por los padres de
familia, tutores o quienes ejerzan la patria potestad.
 Art. 11º.-Los directores convocarán a las personas a
que se refiere el art. 9º.-dentro de los primeros 15 días
de haber iniciado las clases en cada ciclo escolar,
para que reunidos en asamblea, constituyan la
asociación de padres de familia y elijan a sus
representantes y así formar la Mesa directiva de su
centro escolar.
 Art. 16º.- El domicilio de las asociaciones de las
escuelas será el mismo de los centros escolares que
representan.
 Art. 19º.- Los socios podrán ser suspendidos
en sus derechos cuando así lo determine la
asamblea de padres de familia, por
infracciones graves del presente
reglamento y a los estatutos de las
asociaciones.
 Podrán ser reestablecidos en sus derechos
por acuerdo de asamblea.
 Igualmente, se suspenderán sus derechos a
los padres de familia cuando dejen de
ejercer la patria potestad o bien por
resolución judicial.
 Art.22º.- Los padres de familia, los tutores y quienes
ejerzan la patria potestad tendrán un voto en las
asambleas de dichas asociaciones.
 Art. 25º.- Las asambleas sesionarán de forma ordinaria dos
veces al año, cuando menos y de manera extraordinaria
cuando así lo amerite y lo solicite la mesa directiva.
 Art. 30º.-Las mesas directivas que anteceden se elegirán
por dos años y se renovará anualmente la mitad de sus
miembros, excepto el nivel de preescolar que duran en el
cargo un año.
EL PRESIDENTE Y EL TESORERO salientes entregarán a los
nuevos miembros responsables del cargo, la
documentación comprobatoria de ingresos y egresos del
periodo anterior cumplido y la información contable y de
trabajo conforme a las reglas que expida la Secretaría de
Educación Pública.
I.- Por
incumplimiento
a las
disposiciones
relativas de la
Constitución.
La Ley Federal
de Educ.
Y a este
Reglamento.
II.-Por
falta de
requisitos
de la
document
ación que
se
presente.
III.-Por
falsedad
en los
document
os que se
ofrezcan
para el
registro.
Art. 57º.- Las
asociaciones
deberán limitarse
a realizar sus
labores dentro de
su marco legal;
se abstendrán de
intervenir en los
aspectos técnico
Pedagógicos y
administrativos
de la institución
Art. 3º.- De la
Constitución
Política de los
Estados Unidos
Mexicanos , de la
Ley Federal de
Educación y de
este Reglamento.
Art. 58º.- En
caso de
duda
respecto a la
interpretació
n y
aplicación
del presente
reglamento
el Secretario
de
Educación
Pública
determinará
el criterio
que deba
prevalecer.
PRESIDENTE
SECRETARIO TESORERO
VICEPDTE
ESCUELA
A.P.F.
TELESECUNDARIAS MPIO. DE VANEGAS, S.L.P. ZONA 03
MUCHAS GRACIAS POR SU APOYO
Y POR SU MARCADO
INTERES EN LA EDUCACION
DE SUS HIJOS ….
…..NUESTROS ALUMNOS.
OCTUBRE 2015

Apf reunion 2015

  • 1.
  • 2.
     1.-Representar antelas autoridades escolares, los derechos e intereses de sus asociados.  2.- Colaborar con las autoridades escolares en las acciones y obras necesarias para el mejoramiento de las instituciones educativas.  3.-Colaborar en su buen funcionamiento.  4.- Apoyar en el aprovechamiento escolar y en la calidad de la educación.  5.-Fomentar las buenas relaciones entre los maestros, alumnos y padres de familia, para el mejor aprovechamiento de los educandos.
  • 3.
    REGLAMENTO DE LAS ASOCIACIONESDE PADRES DE FAMILIA. A CONSIDERAR:
  • 4.
     Art. 1º.El presente reglamento regirá la organización de las asociaciones de padres de familia que se constituyan en las escuelas de educación preescolar, primaria ,indígena, secundarias y telesecundarias ,dependientes de la Secretaría de Educación Pública.  Art, 6º. Para el cumplimiento de su objetivo, las asociaciones de padres de familia tendrán las siguientes atribuciones.
  • 5.
    1.- Colaborar conlas autoridades e instituciones educativas en las actividades que estas lleven a cabo. 2.- Proponer y promover, en coordinación con los directores de las escuelas y en su caso con las autoridades escolares y educativas, las acciones y obras necesarias para el mejoramiento de los establecimientos escolares y su funcionamiento 3.- Reunir fondos con aportaciones voluntarias de sus miembros para los fines propios de las asociaciones. 4.- Fomentar la relación entre los maestros, alumnos y padres de familia, para un mejor aprovechamiento de los educandos
  • 6.
     Art. 9º.-Encada institución de cada nivel educativo, habrá una asociación integrada por los padres de familia, tutores o quienes ejerzan la patria potestad.  Art. 11º.-Los directores convocarán a las personas a que se refiere el art. 9º.-dentro de los primeros 15 días de haber iniciado las clases en cada ciclo escolar, para que reunidos en asamblea, constituyan la asociación de padres de familia y elijan a sus representantes y así formar la Mesa directiva de su centro escolar.  Art. 16º.- El domicilio de las asociaciones de las escuelas será el mismo de los centros escolares que representan.
  • 7.
     Art. 19º.-Los socios podrán ser suspendidos en sus derechos cuando así lo determine la asamblea de padres de familia, por infracciones graves del presente reglamento y a los estatutos de las asociaciones.  Podrán ser reestablecidos en sus derechos por acuerdo de asamblea.  Igualmente, se suspenderán sus derechos a los padres de familia cuando dejen de ejercer la patria potestad o bien por resolución judicial.
  • 8.
     Art.22º.- Lospadres de familia, los tutores y quienes ejerzan la patria potestad tendrán un voto en las asambleas de dichas asociaciones.  Art. 25º.- Las asambleas sesionarán de forma ordinaria dos veces al año, cuando menos y de manera extraordinaria cuando así lo amerite y lo solicite la mesa directiva.  Art. 30º.-Las mesas directivas que anteceden se elegirán por dos años y se renovará anualmente la mitad de sus miembros, excepto el nivel de preescolar que duran en el cargo un año. EL PRESIDENTE Y EL TESORERO salientes entregarán a los nuevos miembros responsables del cargo, la documentación comprobatoria de ingresos y egresos del periodo anterior cumplido y la información contable y de trabajo conforme a las reglas que expida la Secretaría de Educación Pública.
  • 10.
    I.- Por incumplimiento a las disposiciones relativasde la Constitución. La Ley Federal de Educ. Y a este Reglamento. II.-Por falta de requisitos de la document ación que se presente. III.-Por falsedad en los document os que se ofrezcan para el registro.
  • 11.
    Art. 57º.- Las asociaciones deberánlimitarse a realizar sus labores dentro de su marco legal; se abstendrán de intervenir en los aspectos técnico Pedagógicos y administrativos de la institución Art. 3º.- De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , de la Ley Federal de Educación y de este Reglamento. Art. 58º.- En caso de duda respecto a la interpretació n y aplicación del presente reglamento el Secretario de Educación Pública determinará el criterio que deba prevalecer.
  • 12.
  • 13.
    MUCHAS GRACIAS PORSU APOYO Y POR SU MARCADO INTERES EN LA EDUCACION DE SUS HIJOS …. …..NUESTROS ALUMNOS. OCTUBRE 2015