Ensayo de la Ley de ejercicio de Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines DanielaPea92
Ensayo de la Ley de ejercicio de Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines
Elaboradas por:
Daniela Peña, estudiante de Arquitectura del I.U.P `` Santiago Mariño´´
Materia: Ética y Deontología
Profesora: Célida Gonzalez
El presente mapa nos habla acerca de que es un arquitecto de software, cuáles son sus caracteristicas, los tipos que existen y en que fases del desarrollo intervienen.
Ensayo de la Ley de ejercicio de Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines DanielaPea92
Ensayo de la Ley de ejercicio de Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines
Elaboradas por:
Daniela Peña, estudiante de Arquitectura del I.U.P `` Santiago Mariño´´
Materia: Ética y Deontología
Profesora: Célida Gonzalez
El presente mapa nos habla acerca de que es un arquitecto de software, cuáles son sus caracteristicas, los tipos que existen y en que fases del desarrollo intervienen.
La Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote se gobierna por su ptopio Estatuto en el Marco d ela Constitución Política del Perú y la Ley Universitaria 30220
Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
Reglamento Interno del IUP Santiago Mariño
1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Ciencia y Tecnología
Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño”
Ampliación Mérida.
Lacruz U. Mileidy
C.I 25.475.331
Escuela 42
2. CAPITULO I
Naturaleza y Fines
Art. 1 Art. 2 Art. 3 Art. 5 Art. 6
Art. 7 Art. 8 Art. 9 Art. 10• El IUPSM es un instituto de
educación superior de carácter
privado, sin fines de lucro, dirigida a
formar profesionales, la cual
realizara una función rectora en la
educación, la cultura y la ciencia.
• Sus actividades se dirigen a crear,
asimilar y difundir el saber
mediante la investigación.
Art. 4
• Tiene como función la docencia, investigación y la extensión.
• Integrar una comunidad Universitaria
• Formar recursos humanos
• Contribuir a desarrollar en los estudiantes, destrezas y valores.
• Contribuir al fortalecimiento de la ciencia y la tecnología.
• Llevar a cabo labores de educación continua.
• Promover actividades artísticas, científicas y deportivas.
• Contribuir a solución de problemas
• Participar en programas conjunto con instituciones del sector público y privado.
3. CAPITULO II
De los Órganos y las Autoridades
Art. 11
El instituto en su sede contará con una estructura organizativa y funcional que le
permitirá el cumplimiento de:
• Sus objetivos
• De acuerdo a lo que pautan las leyes
• Reglamentos y normativas vigentes
Para lo cual tendrá un consejo directivo, un consejo académico y unas autoridades directivas como
son:
• Director
• Subdirector académico y administrativo
• Jefes de división: Planificación y Desarrollo; Académica; Administrativa, Extensión Universitaria
• Jefes de Departamentos y las Coordinaciones de Áreas o secciones.
En cuanto a la organización y autoridades de las extensiones, los objetivos se cumplirán, mediante
las unidades que se indican a continuación:
• Coordinación de la extensión
• Consejo de coordinación de extensión
• Coordinación académica y administrativa
• Jefes de departamentos y las coordinaciones de áreas o secciones.
4. CAPITULO III - De los Órganos Directivos
Sección Primera
Del Consejo Directivo
Sección Segunda
Del Consejo Académico
SecciónTercera
Del Consejo de Coordinación
de Extensión
Sección Cuarta
Del Director y de los Subdirectores
Sección Quinta
De las Divisiones
Sección Sexta
De los Departamentos
Art. 12 – Art. 13 – Art. 14
El consejo directivo es la máxima
autoridad de la institución y estará
integrada por:
• Director, quien lo presidirá
• Subdirectores académico y
administrativo
• Jefes de las divisiones académicas y
administrativa
• Jefes de divisiones de: Planificación y
desarrollo, extensión universitaria.
Art. 15 – Art. 16
El ConsejoAcadémico estará integrado por:
• Director quien lo presidirá
• Subdirectores
• Jefes de división, los jefes de los
departamentos.
El director podrá delegar las funciones de
presidente del consejo académico en un
subdirector. Las funciones del secretario del
consejo la ejercerá el subdirector que designe
el director.
Art. 17 – Art. 18
El Consejo de Coordinación de la Extensión es
un cuerpo colegiado de asesoramiento
técnico – académico de la extensión.
Este consejo está integrado por el
coordinador de la extensión y los
coordinadores académico y administrativo.
Art. 19 – Art. 20 – Art. 21 – Art. 22
El director es la máxima autoridad de dirección y ejecución
del instituto y es el órgano autorizado para dirigirse a las
autoridades del Ministerio de Educación Superior y a las
demás autoridades docentes y administrativas en los
asuntos del gobierno, organización y funciones del
instituto.
Art. 23 – Art. 29
La división académica será el órgano
inmediato de ejecución de las labores
académico-administrativas del instituto y
estarán constituidas por los departamentos,
programas y servicios que se requieran para
el logro de sus objetivos.
Art. 30 – Art. 35
Los departamentos constituirán unidades
funcionales de servicio con el propósito de
llevar a cabo los objetivos de la institución y
según sus finalidades, podrán estar adscritos
a la división académica o administrativa o
depender en líneas inmediata del sub-
director.
5. CAPITULO IV – Del Régimen Académico
Sección Primera
Del la Organización de los Estudios
Sección Segunda
De la Evaluación
Sección Cuarta
De los derechos y deberes de los Estudiantes
SecciónTercera
Del Personal Docente y de Investigación
Art. 39 – Art. 46
Los estudios se organizan en tres componentes:
• Formación General
• Formación Profesional Básica
• Formación Profesional Específica.
Art. 47
La evaluación del rendimiento estudiantil, se realizará de
acuerdo al reglamento que al efecto se dicte, de acuerdo con
la normativa prevista en el reglamento de evaluación del
rendimiento estudiantil de los institutos de educación
superior, así como del reglamento de educación del
rendimiento estudiantil y su respectiva normativa del
Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño”.
Art. 48 – Art. 63
El personal docente y de investigación estará constituido por aquellas personas
que posean título de educación superior en cualquier especialidad y ejerzan
actividades de enseñanza, investigación, orientación, planificación, evaluación y
dirección académico – administrativa.
El personal docente estará formado, además por las personas que se
desempeñan como auxiliares docentes, de acuerdo a los requisitos exigidos.
Art. 64 – Art. 67
Para ser estudiante del Instituto Universitario Politécnico “Santiago
Mariño”, se requiere el título de bachiller o su equivalente, haber
cumplido con los requisitos de admisión establecidos en las normas
internas de la misma, haber formalizado su inscripción y haber seguido
los cursos programados en los planes de estudio de la carrera
seleccionada hasta obtener el título respectivo que otorga la
institución.
6. CAPITULOV
Del Régimen Presupuestario
Art. 68
El presupuesto general del instituto
dependerá de los ingresos que se
generen por concepto del pago por
parte de los alumnos, de actividades
de extensión autofinanciables, de
asesoría, evaluaciones y proyectos
que se realicen a través de convenios
con empresas. El presupuesto
general será elaborado por las
divisiones de planificación y de
administración y deberá ser
aprobado por el consejo directivo.
CAPITULOVI
Disposiciones Finales
Art. 69
Las dudas que pudieran
suscitarse en la aplicación del
presente reglamento, así como
los casos no previstos, serán
resueltos por el consejo
directivo.