LOS PROBLEMAS DE APLICACIÓN DE LA NORMA EXTRANJERA:
Las normas jurídicas positivas no son universales ni perpetuas, sino particulares y temporales. Tienen límites, ámbitos y duración y duración. Valen para cierto territorio, para cierto grupo humano y divergen unas de otras.
El proceso judicial: principios, estructura y clases de procesosRuiz Prieto Asesores
El proceso judicial es instrumento de la jurisdicción (Poder Judicial) para la resolución definitiva e irrevocable de los conflictos intersubjetivos y sociales. Por tanto, pertenece a la heterocomposición, dado que la resolución del conflicto, al igual que en el arbitraje, se encomienda a un tercero (órgano judicial) que debe ser imparcial situado supra partes. Pero se diferencia del arbitraje por: La causa del encargo, su estatuto jurídico y su objetivo.
http://www.ruizprietoasesores.es/generica/el-proceso-judicial-principios-estructura-y-clases/
Jurisdicción española: fundamentos, conceptos y tipos de conflictosRuiz Prieto Asesores
La jurisdicción se define como el Poder Judicial, integrado por jueces y magistrados, quienes ejercen en exclusiva la potestad jurisdiccional, estando, en consecuencia, expresamente legitimados para la resolución jurídica, motivada, definitiva e irrevocable de los conflictos intersubjetivos y sociales, para la protección de los derechos subjetivos, el control de la legalidad y la complementación del ordenamiento jurídico.
La función primordial de los Juzgados y Tribunales consiste en resolver, definitivamente y mediante la aplicación del Derecho material (Civil, penal, mercantil...), los conflictos que ante ellos se plantean. Pero esta función, a lo largo de la historia, no siempre la han ejercido los Juzgados y Tribunales. Hoy en día existen tres tipos de conflictos:
Autotutela o autodefensa = De todas las fórmulas de solución de conflictos, la autotutela, autodefensa o autoayuda, es la más primitiva, injusta y peligrosa. Se caracteriza por la solución coactiva del conflicto por la parte más fuerte o que ocupa en él una situación hegemónica. No la recomendamos bajo ningún concepto, pues todavía hoy en día se sigue practicando (p. e. en las relaciones sociales de las escuelas; en política exterior mediante guerras ilegítimas...).
Autocomposición = Ante un conflicto, las partes implicadas dialogan entre sí para llegar a una solución. Por tanto, es el medio más civilizado de solución de conflictos en el que son las propias partes las que ponen fin al conflicto intersubjetivo. Se diferencia de la autodefensa en que dicha solución no se impone por la fuerza, sino a través del acuerdo de voluntades. Es un medio lícito para la solución de conflictos intersubjetivos, en los que, dada su naturaleza disponible, y la vigencia del principio dispositivo, a nadie se le obliga a acudir a los tribunales para la defensa de su derecho. Es cierto que puede existir una conciliación o una mediación porque casi siempre las partes recurren a un tercero que aporte un valor o punto de vista más imparcial.
Heterocomposición = Si por la anterior vía ha sido imposible obtener una solución viable, se recurre a los tribunales para poner fin al conflicto mediante una resolución definitiva. A diferencia de la mediación o de la conciliación, en este caso el tercero (Poder Judicial) se encuentra supra pares, es decir, por encima de las partes para ejecutar una sentencia congruente y definitiva.
http://www.ruizprietoasesores.es/
fallo RIZZO....Texto del Amparo original.juliana be
Texto del amparo original que dio ocasión a la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación "RIZZO (2013)", a traves de la cual la Corte Suprema de Argentina declaró inconstitucional la ley 26.855 -de reforma del Consejo de la Magistratura- conocida como ley de "Democratización de la Justicia".
El Dr. Jorge Rizzo, con el patrocinio letrado del Dr. Adriano Patricio Díaz Cisneros, solicitó a la Justicia que se declare la inconstitucionalidad de la ley 26.855. La Justicia tanto en primera instancia, como en la Corte Suprema, hizo lugar a su petición, dando ocasión a la sentencia de la Corte que se conoce como "RIZZO".
El caso RIZZO es considerado una de las sentencias de la Corte Suprema más importantes en cuanto a Independencia del Poder Judicial, República, Constitución Nacional, y el rol de los jueces en el Estado de Derecho.
La Reforma del Consejo de la Magistratura implementada por la ley 26.855, había sido objeto de numeras críticas de los estudiosos del derecho constitucional. La juez Servini de Cubria y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, respectivamente, la declararon inconstitucional en el expediente "RIZZO".
Este es el Recurso de Amparo, tal como fue originariamente presentado por el Dr. Jorge Rizzo, en la Justicia Electoral.
LOS PROBLEMAS DE APLICACIÓN DE LA NORMA EXTRANJERA:
Las normas jurídicas positivas no son universales ni perpetuas, sino particulares y temporales. Tienen límites, ámbitos y duración y duración. Valen para cierto territorio, para cierto grupo humano y divergen unas de otras.
El proceso judicial: principios, estructura y clases de procesosRuiz Prieto Asesores
El proceso judicial es instrumento de la jurisdicción (Poder Judicial) para la resolución definitiva e irrevocable de los conflictos intersubjetivos y sociales. Por tanto, pertenece a la heterocomposición, dado que la resolución del conflicto, al igual que en el arbitraje, se encomienda a un tercero (órgano judicial) que debe ser imparcial situado supra partes. Pero se diferencia del arbitraje por: La causa del encargo, su estatuto jurídico y su objetivo.
http://www.ruizprietoasesores.es/generica/el-proceso-judicial-principios-estructura-y-clases/
Jurisdicción española: fundamentos, conceptos y tipos de conflictosRuiz Prieto Asesores
La jurisdicción se define como el Poder Judicial, integrado por jueces y magistrados, quienes ejercen en exclusiva la potestad jurisdiccional, estando, en consecuencia, expresamente legitimados para la resolución jurídica, motivada, definitiva e irrevocable de los conflictos intersubjetivos y sociales, para la protección de los derechos subjetivos, el control de la legalidad y la complementación del ordenamiento jurídico.
La función primordial de los Juzgados y Tribunales consiste en resolver, definitivamente y mediante la aplicación del Derecho material (Civil, penal, mercantil...), los conflictos que ante ellos se plantean. Pero esta función, a lo largo de la historia, no siempre la han ejercido los Juzgados y Tribunales. Hoy en día existen tres tipos de conflictos:
Autotutela o autodefensa = De todas las fórmulas de solución de conflictos, la autotutela, autodefensa o autoayuda, es la más primitiva, injusta y peligrosa. Se caracteriza por la solución coactiva del conflicto por la parte más fuerte o que ocupa en él una situación hegemónica. No la recomendamos bajo ningún concepto, pues todavía hoy en día se sigue practicando (p. e. en las relaciones sociales de las escuelas; en política exterior mediante guerras ilegítimas...).
Autocomposición = Ante un conflicto, las partes implicadas dialogan entre sí para llegar a una solución. Por tanto, es el medio más civilizado de solución de conflictos en el que son las propias partes las que ponen fin al conflicto intersubjetivo. Se diferencia de la autodefensa en que dicha solución no se impone por la fuerza, sino a través del acuerdo de voluntades. Es un medio lícito para la solución de conflictos intersubjetivos, en los que, dada su naturaleza disponible, y la vigencia del principio dispositivo, a nadie se le obliga a acudir a los tribunales para la defensa de su derecho. Es cierto que puede existir una conciliación o una mediación porque casi siempre las partes recurren a un tercero que aporte un valor o punto de vista más imparcial.
Heterocomposición = Si por la anterior vía ha sido imposible obtener una solución viable, se recurre a los tribunales para poner fin al conflicto mediante una resolución definitiva. A diferencia de la mediación o de la conciliación, en este caso el tercero (Poder Judicial) se encuentra supra pares, es decir, por encima de las partes para ejecutar una sentencia congruente y definitiva.
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fallo RIZZO....Texto del Amparo original.juliana be
Texto del amparo original que dio ocasión a la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación "RIZZO (2013)", a traves de la cual la Corte Suprema de Argentina declaró inconstitucional la ley 26.855 -de reforma del Consejo de la Magistratura- conocida como ley de "Democratización de la Justicia".
El Dr. Jorge Rizzo, con el patrocinio letrado del Dr. Adriano Patricio Díaz Cisneros, solicitó a la Justicia que se declare la inconstitucionalidad de la ley 26.855. La Justicia tanto en primera instancia, como en la Corte Suprema, hizo lugar a su petición, dando ocasión a la sentencia de la Corte que se conoce como "RIZZO".
El caso RIZZO es considerado una de las sentencias de la Corte Suprema más importantes en cuanto a Independencia del Poder Judicial, República, Constitución Nacional, y el rol de los jueces en el Estado de Derecho.
La Reforma del Consejo de la Magistratura implementada por la ley 26.855, había sido objeto de numeras críticas de los estudiosos del derecho constitucional. La juez Servini de Cubria y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, respectivamente, la declararon inconstitucional en el expediente "RIZZO".
Este es el Recurso de Amparo, tal como fue originariamente presentado por el Dr. Jorge Rizzo, en la Justicia Electoral.
O comércio varejista atravessa uma revolução, onde o cliente não quer apenas “ter” um produto, mas “ser” bem atendido e “viver” boas experiências de compra. Os ambientes das lojas refletem esta necessidade. Inúmeras pesquisas vêm sendo realizadas sobre o assunto em diferentes campos do conhecimento - como Marketing, Visual Merchandising, Arquitetura, Design, dentre outros -, visando bem atender o possível comprador, em apoio às vendas. Principalmente focadas na produtividade comercial, com embasamento da psicologia ambiental e da ergonomia, são realizadas avaliações da atmosfera do ponto de venda e dos elementos que a compõem: layout, formas, iluminação, esquemas tonais, som, aromas e texturas. Em menor número são os estudos focados nas pessoas que trabalham no varejo. O presente artigo aborda o contexto da atmosfera do ponto de venda, deslocando o foco usual dos usuários clientes em potencial, para os usuários funcionários do ciclo de vendas, quais sejam: gerente, vendedores e caixa. O objetivo desse trabalho é justamente uma Avaliação Pós Ocupação (APO) de uma joalheria, buscando atender as necessidades desses profissionais, colaborando para o seu bem estar e produtividade, resultando em recomendações para projetos futuros nesta área. O estudo de caso, voltado ao ambiente construído, com ênfase nas questões de distribuição do layout, de materiais e acabamentos e conforto lumínico, apresenta resultados da pesquisa de caráter exploratório. Este artigo foi desenvolvido como parte das atividades da disciplina de Avaliação Ambiental em Função do Usuário, do Programa de Pós-Graduação em Arquitetura e Urbanismo, UFSC. A abordagem metodológica adotada envolveu multimétodos que se complementam: visitas exploratórias, pesquisas documental e bibliográfica, observações assistemáticas, entrevistas semi-estruturadas, walktrough e análise antropométrica com simulação digital. Através das Visitas Exploratórias e das Pesquisas Documental e Bibliográfica alcançou-se a compreensão do ambiente, o conhecimento das tarefas dos funcionários, o acesso ao projeto da loja e o aporte teórico do estudo. As Observações Assistemáticas permitiram a avaliação do comportamento e da rotina laboral dos funcionários. Com uma abordagem qualitativa, Entrevistas Semiestruturadas foram realizadas para conhecer o comportamento e percepção dos usuários tanto em relação ao trabalho em si quanto em relação ao seu ambiente físico. As impressões dos usuários que guiaram o Walkthrough foram registradas em planta baixa pelos pesquisadores e confirmaram dados das observações e entrevistas. A Avaliação antropométrica por simulação gráfica digital apontou os constrangimentos posturais decorrentes dos postos de trabalho. Os resultados obtidos permitiram propor intervenções para melhoria do ambiente estudado e recomendações projetuais para outras unidades da rede de lojas, bem como para outros
Leveraging Technology for Increasing Patient EngagementCareSync Plus
Amy Gleason, COO of CareSync, discusses reducing the barriers to patient engagement with the use of technology.
She outlines some of the challenges her family faced as they navigated the complicated healthcare system, and the inadequacies and inconvenience with managing health information across multiple patient portals and multiple providers.
Amy describes how the barriers are broken down with:
Access to Information
Meaningful Information
Collaboration
Convenience and Communication
GUÍA SOBRE EL PODER JUDICIAL EN LENGUA MAPUDUNGÚN, Poder Judicial de Chile [2...Andrés Retamales
GUÍA SOBRE EL PODER JUDICIAL EN LENGUA MAPUDUNGÚN, Poder Judicial de Chile [21-febrero-2023].
"Guía de Acceso a la Justicia para ciudadanas y ciudadanos de Pueblos Originarios".
Disponible en:
https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/docs/download/55676
https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/87984
1. Article Abogados (2)
III Congreso De Abogados Alemanes En Espana, DAV SPANIEN 2015
Sin Fronteras ha constituido la Red de Abogados Pro Bono, la cual brinda, por un lado, la ocasion de
entregar apoyo a un campo fragil en Mexico mediante la solucion a situaciones especificas, al tiempo
que por el otro, es un catalizador para impulsar la participacion y el discute publico sobre la
situacion de los extranjeros en Mexico, mediante la ejecucion de acciones legales tendientes a
resolver las demandas y problematica que presentan los migrantes internacionales, los solicitantes
de asilo. Esta mujer de genio travieso habiendo perdido una causa que defendia, se irrito de tal
manera contra los jueces que se levanto los vestidos en medio del tribunal e hizo una accion
impudica en desprecio de los jueces. Habia tambien oradores abogados en Grecia que se dedicaban
a componer alegatos para los que tenian necesidad de ellos, aunque esta practica era contraria a
disposicion de las leyes, que mandaban se defendieran las partes a si mismas sin emplear socorros
extranos.
Leal para con el juez, que ignora los hechos y debe confiar en lo que tu le dices; y que, en lo que se
refiere al Derecho, alguna que otra vez, debe confiar en el que tu le invocas. Ten fe. Ten fe en el
Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la Justicia, como destino
normal del Derecho; en la Paz, como substituto benevolente de la Justicia; y sobre todo, ten fe en la
Libertad, sin la cual no hay Derecho, Justicia, ni Paz. Si en todos y cada batalla fueras cargando tu
alma de rencor, llegara un dia en que la vida va a ser imposible para ti. Concluido el combate, olvida
tan pronto tu victoria como tu derrota. Consideradas en conjunto, ofrecen una guia practica y
personal para la narracion.
Porque… pues seguramente en su DNI figura como vivienda Huaraz… la ONPE en coordinacion
con el RENIEC han sido los entes encargados de tal evento. Saludo la iniciativa del Decano del CAL
doctor Amoretti, al solicitar una reconsideracion por la multa excesiva en el caso de no sufragar.
Ahora bien, en lo que se refiere a la dispensa la pueden presentar por ante mesa de partes del CAL
hasta el doce de mayho proximo (ya confirmado). Consignar sus generales de ley, motivadas y
documentadas en su caso Kelly documento que acredite que vive en Sullana, asi como copia de su
documento de identidad y de su carne de letrada.
Ya en el siglo XII, segun el experto James A. Brundage, la dificultad de los estados y la popularidad
de mas leyes provocaron un renacer en la carrera legal, y multiples reinos comenzaron a regular de
nuevo el oficio. El Renacimiento tambien ayudo a consolidar el poder de los abogados, en el
momento en que el sistema legal romano empezo a ser salvado y adoptado por varias naciones, en
especial en Europa y luego extendido a sus colonias.
Por medio de los Institutos de abogados u organismos pertinentes, en dependencia del pais, existen
servicios de asistencia juridica gratis para los ciudadanos que carecen de medios de tipo economico
para pagar los honorarios de un letrado. En tercer sitio, independientemente de la estructura
societaria escogida, estan los estudios de abogados estudios juridicos, en los que en general se
concentra la mayoria del trabajo complejo y relevante que se realiza en un pais para empresas,
gobierno personas.
2. Mexico, DF. La propuesta de Ley del Servicio
Profesional Ensenante del presidente E. Pena Nieto
es recesiva, violatoria de tratados internacionales en
materia educativa y marcadamente
inconstitucionalâ€, aseguro Manuel Fuentes Muniz,
experto en derecho laboral y letrado del Comite
Ejecutivo Nacional Democratico del Sindicato
Nacional de Trabajadores de la Educacion (SNTE). La
organizadora de la Red de Abogados Pro Bono es
Monica Oehler Toca Esta direccion de mail esta
protegida contra spambots.
Guaida y socios es una organizacion profesional
dedicada a administrar las necesidades de la
compania en el campo laboral, ya sea formulando
objetivos laborales y estrategia, negociando contratos colectivos, litigando juicios, auditando
sistemas y documentos laborales, preparando contratos y formas, estableciendo politicas y manuales
de procedimientos aconsejando clientes del servicio en preparacion de acciones esenciales.
Anade asimismo que este numero se aumento mucho despues de las guerras civiles , hasta el exceso
de tener una persona 12 abogados para proteger una sola causa. Dicho abuso parece que se corto
un tanto con la publicacion de la ley J. que senalaba solo 3 abogados al acusado en las causas de
mayor importancia. En el Areopago hubo un tiempo en que no se permitio que asistiesen abogados:
el preso las partes exponian simplemente y sin floreos su accion.
Por favor como podemos hacer para la dispensa del caso, en tanto que por motivos laborales no
podemos votar por toparnos fuera de la ciudad de Lima; y la constancia laboral que hemos solicitado
para justificar nuestra imposibilidad de acudir a cumplir con nuestro deber -pese a haberse
tramitado-, aun no nos resulta entregada; agradeceremos se sirvan orientarnos a este respecto,
puesto que al procurar comunicarnos por telefono esta no ha podido ser posible; gracias,
atentamente.
En un escrito, que entrego a la Comision de Derechos Humanos de la ALDF y difundio a la opinion
publica, expuso: Mi participacion la hago bajo queja, pues una parte de los diputados de la ALDF
desatendio las manifestaciones de apoyo al doctor L. G. Placencia para que prosiguiera en su
administracion como ombudsman por otros cuatro anosâ€. Cualquier abogado de quien la
Embajada ha recibido quejas no esta incluido en esta lista.
Las asociaciones de juristas se quejan tambien de que los abogados que acuden a litigar a los
juzgados de la Urbe Judicial, no tienen un sitio digno para redactar alguna promocion, la senal de
internet y la de telefonia celular es muy debil, por Arturo Ancona Garcia Lopez lo que solicitan a las
autoridades del Poder Judicial, que eso se resuelva pronto. El nuevo codigo penal para la proteccion
de los animales en Mexico del dos mil trece, establece que un animal tiene la opcion de permanecer
en un albergue, con derecho a mejores condiciones hasta el momento en que sea resuelto cualquier
procedimiento legal.
Leal para con el juez, que ignora los hechos y debe confiar en lo que le dices; y que, en lo que se
refiere al Derecho, alguna que otra vez, debe confiar en el que tu le invocas. Ten fe. Ten fe en el
Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la Justicia, como destino
3. normal del Derecho; en la Paz, como sustituto bondadoso de la Justicia; y sobre todo, ten fe en la
Libertad, sin la cual no hay Derecho, Justicia, ni Paz. Si en cada batalla fueras cargando tu alma de
rencor, llegara un dia en que la vida sera imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto
tu victoria como tu derrota. Consideradas en conjunto, ofrecen una guia practica y personal para la
narracion.