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PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
ELABORÓ:
Profesional Grupo de Talento Humano
Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo
Profesional Oficina Asesora de Planeación
REVISÓ:
Coordinador Grupo de Talento Humano
Jefe Oficina Asesora de Planeación
APROBÓ:
Secretario General
FECHA:
27/08/2014
FECHA:
02/09/2014
FECHA:
25/09/2014
OBJETIVO
Establecer la metodología que permita identificar los peligros, evaluar y priorizar los riesgos que puedan llegar a afectar la
Seguridad y Salud de los colaboradores de la Entidad; estableciendo los controles necesarios para que dichos peligros y/o
riesgos no se materialicen y se pueda realizar una permanente promoción de ambientes de trabajo sanos y seguros en todas
las dependencias de la Superintendencia Nacional de Salud.
ALCANCE
El procedimiento inicia con la definición de la metodología a utilizar, continúa con la identificación de los procesos
administrativos y operativos de la Entidad, sigue con la recolección y análisis de la información, pasa a la identificación de los
peligros y su fuente generadora, sigue con la valoración de los riesgos identificados, continúa con el diseño de las medidas
de intervención y termina con la socialización a los colaboradores e implementación de los controles determinados.
ÁMBITO DE
APLICACIÓN
Aplica a todos los procesos del Sistema Integrado de Gestión
DEFINICIONES
Accidente. Incidente que da lugar a lesión, enfermedad o víctima mortal.
Accidente de Trabajo. Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una
lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de
una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. (…)
Condiciones Subestándar. Toda circunstancia física que presente una desviación de lo estándar o establecido y que facilite la ocurrencia de
un accidente.
Consecuencia. Resultado, en términos de lesión o enfermedad, de la materialización de un riesgo, expresado cualitativa o cuantitativamente.
Enfermedad. Condición física o mental adversa identificable, que surge, empora o ambas, a cacusa de una actividad laboral, una situación
relacionada con el trabajo o ambas.
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
Enfermedad Laboral. Todo estado patológico que sobreviene como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador
o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos.
Equipo/elemento de protección personal (EPP. Dispositivo que sirve como medio de protección ante un peligro y que para su
funcionamiento requiere de la interacción con otros elementos. Ejemplo, sistema de detección contra caídas.
Evaluación de riesgos. Proceso general de estimar la magnitud de un riesgo y decidir si éste es tolerable o no.
Exposición. Situación en la cual las personas se encuentran en contacto con los peligros.
Incidente. Evento(s) relacionado(s) con el trabajo, en el (los) que ocurrió o pudo haber ocurrido lesión o enfermedad (independientemente de
su severidad), o víctima mortal.
Inspección. Recorrido por un área, durante el cual se pretende identificar condiciones subestándares.
Lugar de Trabajo. Cualquier espacio físico en el que se realizan actividades relacionadas con el trabajo, bajo el control de la organización
(NTC-OHSAS 18001).
Medida(s) de control. Medida(s) implementada(s) con el fin de minimizar la ocurrencia de incidentes.
Nivel de consecuencia (NC). Medida de la severidad de las consecuencias.
Nivel de deficiencia (ND). Magnitud de la relación esperable entre (1) el conjunto de peligros detectados y su relación causal directa con
posibles incidentes y (2), con la eficacia de las medidas preventivas existentes en un lugar de trabajo.
Nivel de exposición (NE). Situación de exposición a un peligro que se presenta en un tiempo determinado durante la jornada laboral.
Nivel de probabilidad (NP). Producto del nivel de deficiencia por el nivel de exposición
Nivel de riesgo. Magnitud de un riesgo resultante del producto del nivel de probabilidad por el nivel de consecuencia.
No conformidad. Cualquier desviación respecto a las normas, prácticas, procedimientos, reglamentos, desempeño del sistema de gestión,
etc., que puedan ser causa directa o indirecta de enfermedad, lesión, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de estos.
Partes interesadas. Individuos o grupos interesados en o afectados por el desempeño en Seguridad y Salud Ocupacional de una organización.
Peligro. Fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de enfermedad o lesión a las personas, o una combinación de estos.
Riesgo. Combinación de la probabilidad de que ocurra un(os) evento(s) o exposición(es) peligrosa(s), y la severidad de la lesión o enfermedad
que puede ser causada por el(los) evento(s) o exposición(es).
NORMAS
REQUISITO LEGAL DIRECTRIZ DE CUMPLIMIENTO
Resolución 1016 del 31 de marzo de 1989 “Por la cual se reglamenta
la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud
Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el
país”
Artículo 10: Los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo,
tienen como finalidad principal la promoción, prevención y control de
la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de riesgo
ocupacionales, ubicándolo en un sitio de trabajo acorde con sus
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
condiciones psicofisiológicas y manteniéndolo en aptitud de
producción de trabajo.
Las principales actividades de los subprogramas de Medicina
Preventiva y del Trabajo son:
…2. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica,
conjuntamente con el subprograma de Higiene y seguridad Industrial,
que incluirán, como mínimo:
a) Accidentes de trabajo.
b) Enfermedades profesionales
c) Panorama de riesgos
Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide
el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo”
Artículo 2.2.4.6.15. Identificación de Peligros, Evaluación y
Valoración de los Riesgos. El empleador o contratante debe aplicar
una metodología que sea sistemática, que tenga alcance sobre todos
los procesos y actividades rutinarias y no. Rutinarias internas o
externas, máquinas y equipos, todos los centros de trabajo y todos los
trabajadores independientemente de su forma de contratación y
vinculación, que le permita identificar los peligros y evaluar los riesgos
en seguridad y salud en el trabajo, con el fin que pueda priorizarlos y
establecer los controles necesarios, realizando mediciones
ambientales cuando se requiera.
A partir de la vigencia del presente decreto, los panoramas de factores
de riesgo se entenderán como identificación de peligros, evaluación y
valoración de los riesgos.
Parágrafo 1. La identificación de peligros y evaluación de los riesgos
debe ser desarrollada por el empleador o contratante con la
participación y compromiso de todos los niveles de la empresa. Debe
ser documentada y actualizada como mínimo de manera anual.
También se debe actualizar cada vez que ocurra un accidente de
trabajo mortal o un evento catastrófico en la empresa o cuando se
presenten cambios en los procesos, en las instalaciones en la
maquinaria o en los equipos.
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
Parágrafo 2. De acuerdo con la naturaleza de los peligros, la
priorización realizada y la actividad económica de la empresa, el
empleador o contratante utilizará metodologías adicionales para
complementar la evaluación de los riesgos en seguridad y salud en el
trabajo ante peligros de origen físicos, ergonómicos o biomecánicos,
biológicos, químicos, de seguridad. Público, psicosociales, entre otros.
Cuando en el proceso productivo, se involucren agentes
potencialmente cancerígenos, deberán ser considerados como
prioritarios, independiente de su dosis y nivel de exposición.
Parágrafo 3. El empleador debe informar al Comité Paritario o Vigía
de Seguridad y Salud en el Trabajo sobre los resultados de las
evaluaciones de los ambientes de trabajo para que emita las
recomendaciones a que haya lugar.
Parágrafo 4. Se debe identificar y relacionar en el Sistema de Gestión
de la Seguridad y Salud en el Trabajo los trabajadores que se
dediquen en forma permanente a las actividades de alto riesgo a las
que hace referencia el Decreto 2090 de 2003.
Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide
el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo”
Artículo 2.2.4.6.8. Obligaciones de los Empleadores. El empleador
está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los
trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente.
Dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
(SG-SST) en la empresa, el empleador tendrá entre otras, las
siguientes obligaciones:
1. Definir, firmar y divulgar la política de Seguridad y Salud en el
Trabajo a través de documento escrito, el empleador debe suscribir
la política de seguridad y salud en el trabajo de la empresa, la cual
deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y
revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo.
2. Asignación y Comunicación de Responsabilidades: Debe asignar,
documentar y comunicar las responsabilidades específicas en
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles de la
organización, incluida la alta dirección.
3. Rendición de cuentas al interior de la empresa: A quienes se les
hayan delegado responsabilidades en el Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), tienen la obligación de
rendir cuentas internamente en relación con su desempeño. Esta
rendición de cuentas se podrá hacer a través de medios escritos,
electrónicos, verbales o los que sean considerados por los
responsables. La rendición se hará como mínimo anualmente y
deberá quedar documentada.
4. Definición de Recursos: Debe definir y asignar los recursos
financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño,
implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de
prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos
en el lugar de trabajo y también, para que los responsables de la
seguridad y salud en el trabajo en la empresa, el Comité Paritario o
Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda,
puedan cumplir de manera satisfactoria con sus funciones.
5. Cumplimiento de los Requisitos Normativos Aplicables: Debe
garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad
nacional vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el
trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema
Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos
Laborales de que trata el artículo 14 de la Ley 1562 de 2012.
6. Gestión de los Peligros y Riesgos: Debe adoptar disposiciones
efectivas para desarrollar las medidas de identificación de peligros,
evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de
controles que prevengan daños en la salud de los trabajadores y/o
contratistas, en los equipos e instalaciones.
7. Plan de Trabajo Anual en SST: Debe diseñar y desarrollar un plan
de trabajo anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-
SST), el cual debe identificar claramente metas, responsabilidades,
recursos y cronograma de actividades, en concordancia con los
estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad
del Sistema General de Riesgos Laborales.
8. Prevención y Promoción de Riesgos Laborales: El empleador debe
implementar y desarrollar actividades de prevención de accidentes de
trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud
en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-
SST), de conformidad con la normatividad vigente.
9. Participación de los Trabajadores: Debe asegurar la adopción de
medidas eficaces que garanticen la participación de todos los
trabajadores y sus representantes ante el Comité Paritario o Vigía de
Seguridad y Salud en el Trabajo, en la ejecución de la política y
también que estos últimos funcionen y cuenten con el tiempo y demás
recursos necesarios, acorde con la normatividad vigente que les es
aplicable.
Resolución 000355 del 31 de enero de 2020 “Por medio de la cual se actualiza el reglamento de Higiene y
Seguridad Industrial adoptado en la Superintendencia Nacional de
Salud”
Resolución 0312 de febrero 13 de 2019 Por la cual se definen los
Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud
en el Trabajo SG-SST.
Artículo 16. Estándares Mínimos para empresas de más de cincuenta
(50) trabajadores. Las empresas de más de cincuenta (50)
trabajadores clasificadas con riesgo I, II, III, IV o V y las de cincuenta
(50) o menos trabajadores con riesgo IV o V, deben cumplir con los
siguientes Estándares Mínimos, con el fin de proteger la seguridad y
salud de los trabajadores: (ver tabla en la respectiva Norma)
POLÍTICAS DE OPERACIÓN
1. Ninguna dependencia de la entidad podrá crear, modificar la metodología adoptada para este procedimiento ligado al sistema de Gestión
de Seguridad y Salud en el Trabajo, sin la supervisión, evaluación, aprobación y control de documentos por parte del Coordinador del Grupo
de Talento Humano.
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
2. La metodología aplicada para estandarizar la clasificación de los peligros será la establecida en la última versión de la Guía Técnica
Colombiana GTC 45.
3. La matriz de peligros de la Superintendencia Nacional de Salud se deberá actualizar en el último trimestre del año, ya que ésta es una de
las entradas para la definición de los planes de gestión de Seguridad y Salud en el trabajo para la siguiente vigencia.
4. Para el control documental y seguimiento de los aspectos relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo a proveedores, contratistas
y subcontratistas, se realizará a través del formato Lista de Chequeo a proveedores, contratistas y subcontratistas, STFT13.
5. Cuando se realicen cambios internos y externos (como la introducción de nuevos procesos, modificación de métodos de trabajo, adecuación
y readecuación de instalaciones o cambios de legislación, entre otros) se debe efectuar el registro correspondiente en el formato Gestión del
Cambio, STFT17.
6. Del análisis de la Matriz de Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración de Riesgos, STFT01; en lo concerniente a las medidas de
control, se diseña e implementa el Instructivo SOLICITUD, ENTREGA Y USO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL STIN01
7. Toda entrega de Equipos y/o Elementos de Protección Personal, EPP que se realice a los colaboradores de la Superintendencia Nacional
de Salud, será registrada en el formato Registro Entrega Elementos de Protección Personal, STFT18.
8. Para la identificación de los elementos de Protección Personal por cargo, labor o riesgo, se utiliza el formato MATRIZ TÉCNICA DE
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL STFT20
9. Para el control del riesgo biológico generado por la emergencia nacional se crea y se debe cumplir con el PROTOCOLO PARA CONTROL Y
PREVENCIÓN INTEGRAL DEL CONTAGIO DE COVID-19 EN EL TRABAJO STGU03 y los formatos relacionados en la misma.
10. El documento que tiene como finalidad identificar los riesgos, minimizarlos y evitar que algún evento repentino pueda poner en peligro la
integridad de las personas que trabajan para la entidad o visitan sus instalaciones es el Plan Preparación y Respuesta ante Emergencias y
Contingencia, STPL01.
11. Para probar las estrategias determinadas en el Plan de Emergencias y Contingencias se deben desarrollar simulacros, los cuales de
planean y evalúan a través del formato STFT39 INFORME DE EMERGENCIAS Y SIMULACROS
12. Para la planeación y ejecución de las estrategias de control de los riesgos determinadas en la Matriz de Identificación de Peligros,
Evaluación y Valoración de Riesgos, STFT01, y las demás actividades que soportan el desarrollo del Subsistema de gestión en Seguridad y
Salud en el Trabajo, se deberá establecer el PLAN DE TRABAJO ANUAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO Código STFT22, el cual deberá contener todas las actividades a desarrollar para el mantenimiento, mejora y/o control del
Subsistema para la vigencia.
13. Para la medición de los resultados obtenidos en el desarrollo del plan de trabajo anual y/o de las actividades de control de los riesgos
determinados en la Matriz de Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración de los Riesgos, se deberá utilizar el formato Matriz General
de Seguimiento a Indicadores del SG-SST Código STFT23
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
14. Para la actualización de la Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, STFT01, es necesario contar con la
participación de los Colaboradores, por lo cual se realizará una encuesta al 10% del total de la planta, en el formato diseñado para tal fin,
ENCUESTA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y/O RIESGOS STFT24
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Nid
ACTIVIDAD /
TAREA
¿QUÉ?
DESCRIPCIÓN
¿CÓMO?
ÁREA
RESPONSABLE
CARGO
ÁREA
PARTICIPANTE
REGISTRO
1
Definir
herramienta
de valoración
El equipo de SST define como herramienta
de identificación de peligros, valoración de
riesgos y determinación de controles la
GTC 45, última versión
Grupo de Talento
Humano.
Seguridad y Salud
en el Trabajo
Profesional
Especializado
responsable
del SG-SST
Grupo de Talento
Humano
NA
2
Recolectar la
información
inicial
Se revisa información relacionada con:
 Requisitos legales y de otra índole de
acuerdo con el registro Verificación de
Requisitos Legales en Seguridad y
Salud en el Trabajo, ASFT20
 Registros de Incidentes y Accidentes de
trabajo
 Registros de Matriz Seguimiento a
reporte de inspecciones, actos y
condiciones inseguros e incidentes
STFT29
 Registro de no conformidades
 Comunicaciones de empleados y partes
interesadas
 Información sobre instalaciones,
procesos y actividades de la entidad.
Grupo de Talento
Humano.
Seguridad y Salud
en el Trabajo
Profesional
Especializado,
responsable
del SG-SST
Todas las
dependencias de
la entidad
Matriz de
identificación
de peligros,
evaluación y
valoración de
riesgos,
STFT01
Formato
Encuesta
para la
identificación
de peligros
y/o riesgos
STFT24
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
 Encuestar a funcionarios, contratistas y
visitantes involucrados en las
actividades en Formato Encuesta para
la identificación de peligros y/o riesgos
STFT24 Complementario a lo anterior,
se realizan inspecciones por áreas a los
puestos de trabajo con el fin de revisar
las actividades, herramientas, equipos y
condiciones de los colaboradores, entre
otros.
3
Identificar
peligros y
fuente
generadora
de los riesgos
Se identifican, clasifican y registran
condiciones que pueden ser generadoras
de accidentes y enfermedades laborales, al
igual que los colaboradores expuestos a
éstas.
Teniendo en cuenta la identificación de los
peligros de cada una de las actividades se
verifica la fuente generadora, se evalúan
los niveles de riesgo y sus posibles efectos,
teniendo en cuenta la última versión de la
Guía Técnica Colombiana GTC 45.
Los resultados de todo lo anterior se
registran en la Matriz de Identificación de
peligros, evaluación y valoración de los
riesgos, STFT01.
Grupo de Talento
Humano.
Seguridad y Salud
en el Trabajo
Profesional
Especializado
responsable
del SG-SST
Todas las
dependencias de
la entidad
Matriz de
identificación
de peligros,
evaluación y
valoración de
riesgos,
STFT01
4
Reconocer y
registrar los
controles
existentes
Se identifican, describen y registran las
medidas de control implementadas para
reducir los riesgos asociados a los peligros
detectados en la fuente, el medio y el
trabajador.
Grupo de Talento
Humano.
Seguridad y Salud
en el Trabajo
Profesional
Especializado
responsable
del SG-SST
Todas las
dependencias de
la entidad
Matriz de
identificación
de peligros,
evaluación y
valoración de
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
riesgos,
STFT01
5
Valorar los
riesgos
identificados
Con todos los datos obtenidos, se realiza la
valoración de riesgos en términos del nivel
de deficiencia y nivel de exposición los
cuales definen el nivel de probabilidad.
Posteriormente, se establecen los niveles
de Consecuencias y de Riesgos.
El nivel de riesgo resultante es la base para
decidir si se requiere mejorar o modificar
los controles implementados y el plazo
para determinar el plan de acción.
Grupo de Talento
Humano.
Seguridad y Salud
en el Trabajo
Profesional
Especializado
responsable
del SG-SST
Todas las
dependencias de
la entidad
Matriz de
identificación
de peligros,
evaluación y
valoración de
riesgos,
STFT01
6
Establecer las
medidas de
intervención
Los controles se priorizan y determinan de
acuerdo con el principio de eliminación de
peligros, seguido por la reducción de
probabilidad de ocurrencia o la severidad
potencial de la sesión o daño y la siguiente
jerarquía de controles:
 Eliminación
 Sustitución
 Controles de Ingeniería
 Señalización/advertencias o controles
administrativos o ambos, y
 Equipo de protección personal
 Para el suministro de Elementos de
Protección Personal, se debe seguir el
Instructivo Solicitud Entrega y Uso de
Elementos de Protección Personal
STIN01
 Para control del Riesgo Biológico, se
deberá tener en cuenta el PROTOCOLO
Grupo de Talento
Humano.
Seguridad y Salud
en el Trabajo
Profesional
Especializado,
responsable
del SG-SST
Todas las
dependencias de
la entidad
matriz de
identificación
de peligros,
evaluación y
valoración de
riesgos,
stft01
formato:
seguimiento
condiciones
de salud-
colaboradore
s trabajo en
casa STFT36
formato:
sintomatologí
a general
preventiva en
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
PARA CONTROL Y PREVENCIÓN
INTEGRAL DEL CONTAGIO DE COVID-19
EN EL TRABAJO STGU03 Y EL
DILIGANCIAMIENTO DE LOS
FORMATOS QUE HACEN PARTE DE
ESTE
servidores de
la supersalud
STFT 38
formato:
seguimiento
sintomatologí
a visitantes
STFT37
formato:
plantillas
organizacion
ales trabajo
en casa
ASFT33
7
Divulgar la
Matriz de
identificación
de peligros,
evaluación y
valoración de
riesgos
La Matriz se presenta y publica por los
diferentes canales de comunicación
definidos por la entidad. El presente
documento y la Matriz IPVR STFT01 se
publican en la Página Web y por medio de
charlas o correos electrónicos, se hace
sensibilización a los Colaboradores
Grupo de Talento
Humano.
Seguridad y Salud
en el Trabajo
Profesional
Especializado
responsable
del SG-SST
Todas las
dependencias de
la entidad
Correo
electrónico
Intranet
Página Web
8
Establecer el
Plan de
Trabajo Anual
en SST (plan
de acción)
De acuerdo con los resultados de
valoración de los riesgos, se establecen las
acciones de control aplicables, con
responsables, recursos y fechas.
Grupo de Talento
Humano.
Seguridad y Salud
en el Trabajo
Profesional
Especializado
responsable
del SG-SST
Grupo de Talento
Humano
Plan de
Trabajo
Anual del
Sistema de
Gestión de
Seguridad y
Salud en el
Trabajo
STFT22
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
PUNTOS DE CONTROL
ID NOMBRE DE LA ACTIVIDAD
/ TAREA
MÉTODO DE
CONTROL
FRECUENC
IA
RESPONSABLE REGISTRO
3 Identificar peligros y fuentes generadoras de los riesgos
Aplicación del formato
Matriz de identificación
de peligros, evaluación y
valoración de riesgos,
STFT01
Cada año Coordinador
Grupo de Talento
Humano
Matriz de
identificación
de peligros,
evaluación y
valoración de
riesgos,
STFT01
7
Divulgar la Matriz de identificación de peligros,
evaluación y valoración de riesgos
Presentar a los
trabajadores,
contratistas,
subcontratistas y partes
interesadas la Matriz de
identificación de peligros,
evaluación y valoración
de los riesgos, por los
diferentes canales de
comunicación definidos
por la entidad
Cada vez
que se
genere o
actualice la
matriz
Coordinador
Grupo de Talento
Humano
Profesional Grupo
de Talento
Humano y jefe de
la dependencia
intervenida
Correo
electrónico
Intranet
Página Web
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
ANÁLISIS DE TIEMPO
La Matriz de peligros se actualizará en el último trimestre de cada año.
DOCUMENTOS DE REFERENCIA
Norma Técnica Colombiana – NTC 18001 Sistema de gestión en seguridad y salud ocupacional
Norma Técnica Colombiana – NTC 18002 Sistema de gestión en seguridad y salud ocupacional. Directrices para la implementación del
documento NTC-OHSAS 18001
Guía Técnica Colombiana GTC 45 – 2012 Guía para la identificación de los peligros y la valoración de los riesgos en seguridad y salud
ocupacional.
Norma Técnica Colombiana – NTC 45001 Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Resolución 666 de abril 24 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social Adopción de protocolo general de bioseguridad para
control y mitigación de la pandemia generada por Covid 19
CONTROL DE CAMBIOS
ASPECTOS QUE
CAMBIARON
DETALLES DE LOS CAMBIOS EFECTUADOS
RESPONSABLE
DE LA SOLICITUD
FECHA DEL
CAMBIO VERSIÓN
Adopción del documento
Mediante Resolución 2239 de 7 de octubre de 2014 se adoptan los
procedimientos del Proceso Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo
Secretario General 07/10/2014 1
Adopción del documento
Mediante Resolución 4086 de 2014 se derogó Resolución 2239 de 2014
y se adoptó el Manual de Procesos y Procedimientos de la entidad.
Secretario General 19/12/2014 1
Ajuste del documento
Se ajustan puntos de control y documentos de referencia ante
Requerimiento NURC: 3-2015-014210 de 2015.
Secretario General 21/07/2015 2
Ajuste del documento
Se ajustan los componentes del procedimiento (Objetivo, Alcance,
Definiciones, Normas, Políticas de Operación, Descripción del
Procedimiento, Puntos de Control, Análisis de Tiempo y Documentos de
Referencia) ante Requerimiento NURC 3-2016-010478
Secretario General 02/0672016 3
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
Ajuste del documento
Se ajusta el aparte de las Políticas de Operación, incluyendo la 8 que
hace referencia al Plan Preparación y Respuesta ante Emergencias y
Contingencia, STPL01 Solicitado mediante memorando NURC 3-2016-
018869
Se aprueba el ajuste del documento mediante memorando NURC: 3-
2016-019128
Secretario General 18/10/2016 4
Ajuste del documento
Mediante memorando NURC: 3-2018-020714, se solicita ajustar la
normatividad legal aplicable, retirando el decreto 1443 de 2014 y
agregado los respectivo del Decreto 1072 de 2015 artículos 2.2.4.6.15. y
2.2.4.6.8, se agrega la política de operación N° 9 en relación con el Plan
de Trabajo Anual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
Se aprueba ajuste mediante memorando NURC: :3-2018-020899
Secretaria General 11/12/2018 5
Ajuste del documento
Mediante NURC 3-2019-6682, se solicitan los siguientes ajustes:
Ajuste de objetivo y el alcance del procedimiento.
Se incluye en Normas, la Resolución interna 004832 del 23 de abril de
2018 sobre actualización del Reglamento de Higiene y Seguridad
Industrial
Se agrega el paso 1 en el procedimiento.
Se agrega la definición de Accidente de Trabajo y se cambia el nombre
de Enfermedad Profesional por Enfermedad Laboral.
En paso 2 se agrega formato “Encuesta para la identificación de Peligros
y/o Riesgos STFT24”
Se Agrega política de operación N° 11
Ajustes aprobados mediante memorando NURC 3-2019-7091
Secretaria General 02/05/2019 6
Ajuste del documento
Mediante NURC 3-2020-3129, se solicitan los siguientes ajustes:
Modificar la Política de Operación N° 6, donde se cambia el
diligenciamiento del formato por STFT20, por el cumplimiento del
Instructivo Solicitud, Entrega y Uso de Elementos de Protección Personal-
STIN01
Se ajusta la actividad 6 del procedimiento en el mismo sentido de incluir
el instructivo STIN01
Ajustes aprobados mediante memorando NURC 3-2020-3506
Secretaria General 06/03/2020 7
PROCESO
GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CÓDIGO STPD02
PROCEDIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y
VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
VERSIÓN 9
Ajuste del documento
Mediante NURC 3-2020- 6924 se solicitan los siguientes ajustes:
Agregar las políticas de operación 8 y 9 donde se agrega los lineamientos
de aplicación de la matriz técnica de Elementos de Protección Personal y
del PROTOCOLO PARA CONTROL Y PREVENCIÓN INTEGRAL DEL
CONTAGIO DE COVID-19 EN EL TRABAJO STGU03 y sus respectivos
formatos.
Adición de la actividad 6 en el sentido del uso del PROTOCOLO PARA
CONTROL Y PREVENCIÓN INTEGRAL DEL CONTAGIO DE COVID-19
EN EL TRABAJO y sus formatos como registros.
Modificaciones aprobadas mediante NURC.3-2020-7166
Secretaria General 2/06/2020 8
Ajuste del documento
Mediante 202180200030843, se solicitan los siguientes ajustes:
Inclusión Política de operación N° 11, la cual incluye como registro el
formato STFT39 Informe de Emergencias y Simulacros
Modificaciones aprobadas mediante memorando 202112300040783
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  • 1. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 ELABORÓ: Profesional Grupo de Talento Humano Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo Profesional Oficina Asesora de Planeación REVISÓ: Coordinador Grupo de Talento Humano Jefe Oficina Asesora de Planeación APROBÓ: Secretario General FECHA: 27/08/2014 FECHA: 02/09/2014 FECHA: 25/09/2014 OBJETIVO Establecer la metodología que permita identificar los peligros, evaluar y priorizar los riesgos que puedan llegar a afectar la Seguridad y Salud de los colaboradores de la Entidad; estableciendo los controles necesarios para que dichos peligros y/o riesgos no se materialicen y se pueda realizar una permanente promoción de ambientes de trabajo sanos y seguros en todas las dependencias de la Superintendencia Nacional de Salud. ALCANCE El procedimiento inicia con la definición de la metodología a utilizar, continúa con la identificación de los procesos administrativos y operativos de la Entidad, sigue con la recolección y análisis de la información, pasa a la identificación de los peligros y su fuente generadora, sigue con la valoración de los riesgos identificados, continúa con el diseño de las medidas de intervención y termina con la socialización a los colaboradores e implementación de los controles determinados. ÁMBITO DE APLICACIÓN Aplica a todos los procesos del Sistema Integrado de Gestión DEFINICIONES Accidente. Incidente que da lugar a lesión, enfermedad o víctima mortal. Accidente de Trabajo. Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. (…) Condiciones Subestándar. Toda circunstancia física que presente una desviación de lo estándar o establecido y que facilite la ocurrencia de un accidente. Consecuencia. Resultado, en términos de lesión o enfermedad, de la materialización de un riesgo, expresado cualitativa o cuantitativamente. Enfermedad. Condición física o mental adversa identificable, que surge, empora o ambas, a cacusa de una actividad laboral, una situación relacionada con el trabajo o ambas.
  • 2. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 Enfermedad Laboral. Todo estado patológico que sobreviene como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos. Equipo/elemento de protección personal (EPP. Dispositivo que sirve como medio de protección ante un peligro y que para su funcionamiento requiere de la interacción con otros elementos. Ejemplo, sistema de detección contra caídas. Evaluación de riesgos. Proceso general de estimar la magnitud de un riesgo y decidir si éste es tolerable o no. Exposición. Situación en la cual las personas se encuentran en contacto con los peligros. Incidente. Evento(s) relacionado(s) con el trabajo, en el (los) que ocurrió o pudo haber ocurrido lesión o enfermedad (independientemente de su severidad), o víctima mortal. Inspección. Recorrido por un área, durante el cual se pretende identificar condiciones subestándares. Lugar de Trabajo. Cualquier espacio físico en el que se realizan actividades relacionadas con el trabajo, bajo el control de la organización (NTC-OHSAS 18001). Medida(s) de control. Medida(s) implementada(s) con el fin de minimizar la ocurrencia de incidentes. Nivel de consecuencia (NC). Medida de la severidad de las consecuencias. Nivel de deficiencia (ND). Magnitud de la relación esperable entre (1) el conjunto de peligros detectados y su relación causal directa con posibles incidentes y (2), con la eficacia de las medidas preventivas existentes en un lugar de trabajo. Nivel de exposición (NE). Situación de exposición a un peligro que se presenta en un tiempo determinado durante la jornada laboral. Nivel de probabilidad (NP). Producto del nivel de deficiencia por el nivel de exposición Nivel de riesgo. Magnitud de un riesgo resultante del producto del nivel de probabilidad por el nivel de consecuencia. No conformidad. Cualquier desviación respecto a las normas, prácticas, procedimientos, reglamentos, desempeño del sistema de gestión, etc., que puedan ser causa directa o indirecta de enfermedad, lesión, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de estos. Partes interesadas. Individuos o grupos interesados en o afectados por el desempeño en Seguridad y Salud Ocupacional de una organización. Peligro. Fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de enfermedad o lesión a las personas, o una combinación de estos. Riesgo. Combinación de la probabilidad de que ocurra un(os) evento(s) o exposición(es) peligrosa(s), y la severidad de la lesión o enfermedad que puede ser causada por el(los) evento(s) o exposición(es). NORMAS REQUISITO LEGAL DIRECTRIZ DE CUMPLIMIENTO Resolución 1016 del 31 de marzo de 1989 “Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país” Artículo 10: Los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo, tienen como finalidad principal la promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de riesgo ocupacionales, ubicándolo en un sitio de trabajo acorde con sus
  • 3. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 condiciones psicofisiológicas y manteniéndolo en aptitud de producción de trabajo. Las principales actividades de los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo son: …2. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica, conjuntamente con el subprograma de Higiene y seguridad Industrial, que incluirán, como mínimo: a) Accidentes de trabajo. b) Enfermedades profesionales c) Panorama de riesgos Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo” Artículo 2.2.4.6.15. Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración de los Riesgos. El empleador o contratante debe aplicar una metodología que sea sistemática, que tenga alcance sobre todos los procesos y actividades rutinarias y no. Rutinarias internas o externas, máquinas y equipos, todos los centros de trabajo y todos los trabajadores independientemente de su forma de contratación y vinculación, que le permita identificar los peligros y evaluar los riesgos en seguridad y salud en el trabajo, con el fin que pueda priorizarlos y establecer los controles necesarios, realizando mediciones ambientales cuando se requiera. A partir de la vigencia del presente decreto, los panoramas de factores de riesgo se entenderán como identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos. Parágrafo 1. La identificación de peligros y evaluación de los riesgos debe ser desarrollada por el empleador o contratante con la participación y compromiso de todos los niveles de la empresa. Debe ser documentada y actualizada como mínimo de manera anual. También se debe actualizar cada vez que ocurra un accidente de trabajo mortal o un evento catastrófico en la empresa o cuando se presenten cambios en los procesos, en las instalaciones en la maquinaria o en los equipos.
  • 4. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 Parágrafo 2. De acuerdo con la naturaleza de los peligros, la priorización realizada y la actividad económica de la empresa, el empleador o contratante utilizará metodologías adicionales para complementar la evaluación de los riesgos en seguridad y salud en el trabajo ante peligros de origen físicos, ergonómicos o biomecánicos, biológicos, químicos, de seguridad. Público, psicosociales, entre otros. Cuando en el proceso productivo, se involucren agentes potencialmente cancerígenos, deberán ser considerados como prioritarios, independiente de su dosis y nivel de exposición. Parágrafo 3. El empleador debe informar al Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo sobre los resultados de las evaluaciones de los ambientes de trabajo para que emita las recomendaciones a que haya lugar. Parágrafo 4. Se debe identificar y relacionar en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo los trabajadores que se dediquen en forma permanente a las actividades de alto riesgo a las que hace referencia el Decreto 2090 de 2003. Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo” Artículo 2.2.4.6.8. Obligaciones de los Empleadores. El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente. Dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la empresa, el empleador tendrá entre otras, las siguientes obligaciones: 1. Definir, firmar y divulgar la política de Seguridad y Salud en el Trabajo a través de documento escrito, el empleador debe suscribir la política de seguridad y salud en el trabajo de la empresa, la cual deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo. 2. Asignación y Comunicación de Responsabilidades: Debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en
  • 5. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección. 3. Rendición de cuentas al interior de la empresa: A quienes se les hayan delegado responsabilidades en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), tienen la obligación de rendir cuentas internamente en relación con su desempeño. Esta rendición de cuentas se podrá hacer a través de medios escritos, electrónicos, verbales o los que sean considerados por los responsables. La rendición se hará como mínimo anualmente y deberá quedar documentada. 4. Definición de Recursos: Debe definir y asignar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo y también, para que los responsables de la seguridad y salud en el trabajo en la empresa, el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda, puedan cumplir de manera satisfactoria con sus funciones. 5. Cumplimiento de los Requisitos Normativos Aplicables: Debe garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales de que trata el artículo 14 de la Ley 1562 de 2012. 6. Gestión de los Peligros y Riesgos: Debe adoptar disposiciones efectivas para desarrollar las medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños en la salud de los trabajadores y/o contratistas, en los equipos e instalaciones. 7. Plan de Trabajo Anual en SST: Debe diseñar y desarrollar un plan de trabajo anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos
  • 6. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG- SST), el cual debe identificar claramente metas, responsabilidades, recursos y cronograma de actividades, en concordancia con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales. 8. Prevención y Promoción de Riesgos Laborales: El empleador debe implementar y desarrollar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG- SST), de conformidad con la normatividad vigente. 9. Participación de los Trabajadores: Debe asegurar la adopción de medidas eficaces que garanticen la participación de todos los trabajadores y sus representantes ante el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la ejecución de la política y también que estos últimos funcionen y cuenten con el tiempo y demás recursos necesarios, acorde con la normatividad vigente que les es aplicable. Resolución 000355 del 31 de enero de 2020 “Por medio de la cual se actualiza el reglamento de Higiene y Seguridad Industrial adoptado en la Superintendencia Nacional de Salud” Resolución 0312 de febrero 13 de 2019 Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Artículo 16. Estándares Mínimos para empresas de más de cincuenta (50) trabajadores. Las empresas de más de cincuenta (50) trabajadores clasificadas con riesgo I, II, III, IV o V y las de cincuenta (50) o menos trabajadores con riesgo IV o V, deben cumplir con los siguientes Estándares Mínimos, con el fin de proteger la seguridad y salud de los trabajadores: (ver tabla en la respectiva Norma) POLÍTICAS DE OPERACIÓN 1. Ninguna dependencia de la entidad podrá crear, modificar la metodología adoptada para este procedimiento ligado al sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, sin la supervisión, evaluación, aprobación y control de documentos por parte del Coordinador del Grupo de Talento Humano.
  • 7. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 2. La metodología aplicada para estandarizar la clasificación de los peligros será la establecida en la última versión de la Guía Técnica Colombiana GTC 45. 3. La matriz de peligros de la Superintendencia Nacional de Salud se deberá actualizar en el último trimestre del año, ya que ésta es una de las entradas para la definición de los planes de gestión de Seguridad y Salud en el trabajo para la siguiente vigencia. 4. Para el control documental y seguimiento de los aspectos relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo a proveedores, contratistas y subcontratistas, se realizará a través del formato Lista de Chequeo a proveedores, contratistas y subcontratistas, STFT13. 5. Cuando se realicen cambios internos y externos (como la introducción de nuevos procesos, modificación de métodos de trabajo, adecuación y readecuación de instalaciones o cambios de legislación, entre otros) se debe efectuar el registro correspondiente en el formato Gestión del Cambio, STFT17. 6. Del análisis de la Matriz de Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración de Riesgos, STFT01; en lo concerniente a las medidas de control, se diseña e implementa el Instructivo SOLICITUD, ENTREGA Y USO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL STIN01 7. Toda entrega de Equipos y/o Elementos de Protección Personal, EPP que se realice a los colaboradores de la Superintendencia Nacional de Salud, será registrada en el formato Registro Entrega Elementos de Protección Personal, STFT18. 8. Para la identificación de los elementos de Protección Personal por cargo, labor o riesgo, se utiliza el formato MATRIZ TÉCNICA DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL STFT20 9. Para el control del riesgo biológico generado por la emergencia nacional se crea y se debe cumplir con el PROTOCOLO PARA CONTROL Y PREVENCIÓN INTEGRAL DEL CONTAGIO DE COVID-19 EN EL TRABAJO STGU03 y los formatos relacionados en la misma. 10. El documento que tiene como finalidad identificar los riesgos, minimizarlos y evitar que algún evento repentino pueda poner en peligro la integridad de las personas que trabajan para la entidad o visitan sus instalaciones es el Plan Preparación y Respuesta ante Emergencias y Contingencia, STPL01. 11. Para probar las estrategias determinadas en el Plan de Emergencias y Contingencias se deben desarrollar simulacros, los cuales de planean y evalúan a través del formato STFT39 INFORME DE EMERGENCIAS Y SIMULACROS 12. Para la planeación y ejecución de las estrategias de control de los riesgos determinadas en la Matriz de Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración de Riesgos, STFT01, y las demás actividades que soportan el desarrollo del Subsistema de gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, se deberá establecer el PLAN DE TRABAJO ANUAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Código STFT22, el cual deberá contener todas las actividades a desarrollar para el mantenimiento, mejora y/o control del Subsistema para la vigencia. 13. Para la medición de los resultados obtenidos en el desarrollo del plan de trabajo anual y/o de las actividades de control de los riesgos determinados en la Matriz de Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración de los Riesgos, se deberá utilizar el formato Matriz General de Seguimiento a Indicadores del SG-SST Código STFT23
  • 8. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 14. Para la actualización de la Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, STFT01, es necesario contar con la participación de los Colaboradores, por lo cual se realizará una encuesta al 10% del total de la planta, en el formato diseñado para tal fin, ENCUESTA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y/O RIESGOS STFT24 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Nid ACTIVIDAD / TAREA ¿QUÉ? DESCRIPCIÓN ¿CÓMO? ÁREA RESPONSABLE CARGO ÁREA PARTICIPANTE REGISTRO 1 Definir herramienta de valoración El equipo de SST define como herramienta de identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de controles la GTC 45, última versión Grupo de Talento Humano. Seguridad y Salud en el Trabajo Profesional Especializado responsable del SG-SST Grupo de Talento Humano NA 2 Recolectar la información inicial Se revisa información relacionada con:  Requisitos legales y de otra índole de acuerdo con el registro Verificación de Requisitos Legales en Seguridad y Salud en el Trabajo, ASFT20  Registros de Incidentes y Accidentes de trabajo  Registros de Matriz Seguimiento a reporte de inspecciones, actos y condiciones inseguros e incidentes STFT29  Registro de no conformidades  Comunicaciones de empleados y partes interesadas  Información sobre instalaciones, procesos y actividades de la entidad. Grupo de Talento Humano. Seguridad y Salud en el Trabajo Profesional Especializado, responsable del SG-SST Todas las dependencias de la entidad Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, STFT01 Formato Encuesta para la identificación de peligros y/o riesgos STFT24
  • 9. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9  Encuestar a funcionarios, contratistas y visitantes involucrados en las actividades en Formato Encuesta para la identificación de peligros y/o riesgos STFT24 Complementario a lo anterior, se realizan inspecciones por áreas a los puestos de trabajo con el fin de revisar las actividades, herramientas, equipos y condiciones de los colaboradores, entre otros. 3 Identificar peligros y fuente generadora de los riesgos Se identifican, clasifican y registran condiciones que pueden ser generadoras de accidentes y enfermedades laborales, al igual que los colaboradores expuestos a éstas. Teniendo en cuenta la identificación de los peligros de cada una de las actividades se verifica la fuente generadora, se evalúan los niveles de riesgo y sus posibles efectos, teniendo en cuenta la última versión de la Guía Técnica Colombiana GTC 45. Los resultados de todo lo anterior se registran en la Matriz de Identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos, STFT01. Grupo de Talento Humano. Seguridad y Salud en el Trabajo Profesional Especializado responsable del SG-SST Todas las dependencias de la entidad Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, STFT01 4 Reconocer y registrar los controles existentes Se identifican, describen y registran las medidas de control implementadas para reducir los riesgos asociados a los peligros detectados en la fuente, el medio y el trabajador. Grupo de Talento Humano. Seguridad y Salud en el Trabajo Profesional Especializado responsable del SG-SST Todas las dependencias de la entidad Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de
  • 10. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 riesgos, STFT01 5 Valorar los riesgos identificados Con todos los datos obtenidos, se realiza la valoración de riesgos en términos del nivel de deficiencia y nivel de exposición los cuales definen el nivel de probabilidad. Posteriormente, se establecen los niveles de Consecuencias y de Riesgos. El nivel de riesgo resultante es la base para decidir si se requiere mejorar o modificar los controles implementados y el plazo para determinar el plan de acción. Grupo de Talento Humano. Seguridad y Salud en el Trabajo Profesional Especializado responsable del SG-SST Todas las dependencias de la entidad Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, STFT01 6 Establecer las medidas de intervención Los controles se priorizan y determinan de acuerdo con el principio de eliminación de peligros, seguido por la reducción de probabilidad de ocurrencia o la severidad potencial de la sesión o daño y la siguiente jerarquía de controles:  Eliminación  Sustitución  Controles de Ingeniería  Señalización/advertencias o controles administrativos o ambos, y  Equipo de protección personal  Para el suministro de Elementos de Protección Personal, se debe seguir el Instructivo Solicitud Entrega y Uso de Elementos de Protección Personal STIN01  Para control del Riesgo Biológico, se deberá tener en cuenta el PROTOCOLO Grupo de Talento Humano. Seguridad y Salud en el Trabajo Profesional Especializado, responsable del SG-SST Todas las dependencias de la entidad matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, stft01 formato: seguimiento condiciones de salud- colaboradore s trabajo en casa STFT36 formato: sintomatologí a general preventiva en
  • 11. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 PARA CONTROL Y PREVENCIÓN INTEGRAL DEL CONTAGIO DE COVID-19 EN EL TRABAJO STGU03 Y EL DILIGANCIAMIENTO DE LOS FORMATOS QUE HACEN PARTE DE ESTE servidores de la supersalud STFT 38 formato: seguimiento sintomatologí a visitantes STFT37 formato: plantillas organizacion ales trabajo en casa ASFT33 7 Divulgar la Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos La Matriz se presenta y publica por los diferentes canales de comunicación definidos por la entidad. El presente documento y la Matriz IPVR STFT01 se publican en la Página Web y por medio de charlas o correos electrónicos, se hace sensibilización a los Colaboradores Grupo de Talento Humano. Seguridad y Salud en el Trabajo Profesional Especializado responsable del SG-SST Todas las dependencias de la entidad Correo electrónico Intranet Página Web 8 Establecer el Plan de Trabajo Anual en SST (plan de acción) De acuerdo con los resultados de valoración de los riesgos, se establecen las acciones de control aplicables, con responsables, recursos y fechas. Grupo de Talento Humano. Seguridad y Salud en el Trabajo Profesional Especializado responsable del SG-SST Grupo de Talento Humano Plan de Trabajo Anual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo STFT22
  • 12. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 PUNTOS DE CONTROL ID NOMBRE DE LA ACTIVIDAD / TAREA MÉTODO DE CONTROL FRECUENC IA RESPONSABLE REGISTRO 3 Identificar peligros y fuentes generadoras de los riesgos Aplicación del formato Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, STFT01 Cada año Coordinador Grupo de Talento Humano Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos, STFT01 7 Divulgar la Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos Presentar a los trabajadores, contratistas, subcontratistas y partes interesadas la Matriz de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos, por los diferentes canales de comunicación definidos por la entidad Cada vez que se genere o actualice la matriz Coordinador Grupo de Talento Humano Profesional Grupo de Talento Humano y jefe de la dependencia intervenida Correo electrónico Intranet Página Web
  • 13. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 ANÁLISIS DE TIEMPO La Matriz de peligros se actualizará en el último trimestre de cada año. DOCUMENTOS DE REFERENCIA Norma Técnica Colombiana – NTC 18001 Sistema de gestión en seguridad y salud ocupacional Norma Técnica Colombiana – NTC 18002 Sistema de gestión en seguridad y salud ocupacional. Directrices para la implementación del documento NTC-OHSAS 18001 Guía Técnica Colombiana GTC 45 – 2012 Guía para la identificación de los peligros y la valoración de los riesgos en seguridad y salud ocupacional. Norma Técnica Colombiana – NTC 45001 Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo Resolución 666 de abril 24 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social Adopción de protocolo general de bioseguridad para control y mitigación de la pandemia generada por Covid 19 CONTROL DE CAMBIOS ASPECTOS QUE CAMBIARON DETALLES DE LOS CAMBIOS EFECTUADOS RESPONSABLE DE LA SOLICITUD FECHA DEL CAMBIO VERSIÓN Adopción del documento Mediante Resolución 2239 de 7 de octubre de 2014 se adoptan los procedimientos del Proceso Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo Secretario General 07/10/2014 1 Adopción del documento Mediante Resolución 4086 de 2014 se derogó Resolución 2239 de 2014 y se adoptó el Manual de Procesos y Procedimientos de la entidad. Secretario General 19/12/2014 1 Ajuste del documento Se ajustan puntos de control y documentos de referencia ante Requerimiento NURC: 3-2015-014210 de 2015. Secretario General 21/07/2015 2 Ajuste del documento Se ajustan los componentes del procedimiento (Objetivo, Alcance, Definiciones, Normas, Políticas de Operación, Descripción del Procedimiento, Puntos de Control, Análisis de Tiempo y Documentos de Referencia) ante Requerimiento NURC 3-2016-010478 Secretario General 02/0672016 3
  • 14. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 Ajuste del documento Se ajusta el aparte de las Políticas de Operación, incluyendo la 8 que hace referencia al Plan Preparación y Respuesta ante Emergencias y Contingencia, STPL01 Solicitado mediante memorando NURC 3-2016- 018869 Se aprueba el ajuste del documento mediante memorando NURC: 3- 2016-019128 Secretario General 18/10/2016 4 Ajuste del documento Mediante memorando NURC: 3-2018-020714, se solicita ajustar la normatividad legal aplicable, retirando el decreto 1443 de 2014 y agregado los respectivo del Decreto 1072 de 2015 artículos 2.2.4.6.15. y 2.2.4.6.8, se agrega la política de operación N° 9 en relación con el Plan de Trabajo Anual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Se aprueba ajuste mediante memorando NURC: :3-2018-020899 Secretaria General 11/12/2018 5 Ajuste del documento Mediante NURC 3-2019-6682, se solicitan los siguientes ajustes: Ajuste de objetivo y el alcance del procedimiento. Se incluye en Normas, la Resolución interna 004832 del 23 de abril de 2018 sobre actualización del Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial Se agrega el paso 1 en el procedimiento. Se agrega la definición de Accidente de Trabajo y se cambia el nombre de Enfermedad Profesional por Enfermedad Laboral. En paso 2 se agrega formato “Encuesta para la identificación de Peligros y/o Riesgos STFT24” Se Agrega política de operación N° 11 Ajustes aprobados mediante memorando NURC 3-2019-7091 Secretaria General 02/05/2019 6 Ajuste del documento Mediante NURC 3-2020-3129, se solicitan los siguientes ajustes: Modificar la Política de Operación N° 6, donde se cambia el diligenciamiento del formato por STFT20, por el cumplimiento del Instructivo Solicitud, Entrega y Uso de Elementos de Protección Personal- STIN01 Se ajusta la actividad 6 del procedimiento en el mismo sentido de incluir el instructivo STIN01 Ajustes aprobados mediante memorando NURC 3-2020-3506 Secretaria General 06/03/2020 7
  • 15. PROCESO GESTION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CÓDIGO STPD02 PROCEDIMIENTO IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS VERSIÓN 9 Ajuste del documento Mediante NURC 3-2020- 6924 se solicitan los siguientes ajustes: Agregar las políticas de operación 8 y 9 donde se agrega los lineamientos de aplicación de la matriz técnica de Elementos de Protección Personal y del PROTOCOLO PARA CONTROL Y PREVENCIÓN INTEGRAL DEL CONTAGIO DE COVID-19 EN EL TRABAJO STGU03 y sus respectivos formatos. Adición de la actividad 6 en el sentido del uso del PROTOCOLO PARA CONTROL Y PREVENCIÓN INTEGRAL DEL CONTAGIO DE COVID-19 EN EL TRABAJO y sus formatos como registros. Modificaciones aprobadas mediante NURC.3-2020-7166 Secretaria General 2/06/2020 8 Ajuste del documento Mediante 202180200030843, se solicitan los siguientes ajustes: Inclusión Política de operación N° 11, la cual incluye como registro el formato STFT39 Informe de Emergencias y Simulacros Modificaciones aprobadas mediante memorando 202112300040783 Secretaría General 29/03/2021 9