Pedagogía constitucional:
Mecanismos y garantías para la protección de los derechos Constitucionales.
Politecnico Colombiano JIC.
Por Byron Montoya Ramos
1. P E D A G O D Í A C O N S T I T U C I O N A L
Mecanismos y garantías
para la protección de los
derechos Constitucionales
BYRON MONTOYA RAMOS
2. LOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN
CIUDADANA SE EJERCEN MEDIANTE ACCIÓN
JUDICIAL Y ESTÁN ESTABLECIDOS PARA
PROTEGER UNA EVENTUAL O REAL PÉRDIDA,
VULNERACIÓN O AMENAZA DE LOS
DERECHOS FUNDAMENTALES CONSAGRADOS
EN LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y CUANDO FUERE
POSIBLE RESTITUIR LAS COSAS A SU
ESTADO ANTERIOR.
3. El Derecho de Petición
Peticiones de información
Quejas
Reclamos
Manifestaciones
Habeas Corpus
Habeas Data
Acción de Tutela
Acción de Cumplimiento
Acciones Populares y de Grupo
4. Es el derecho fundamental que tiene toda
persona para presentar solicitudes respetuosas en términos comedidos
ante las autoridades o ante las organizaciones privadas que cumplen
funciones públicas, para obtener de éstas una pronta resolución sobre lo
solicitado. La violación del Derecho de Petición por parte de las
autoridades o de particulares prestadores de servicios públicos, puede
conducir a que este derecho sea tutelado.
El Derecho de Petición se encuentra
consagrado en Artículo 23 de la Constitución Nacional y puede ejercerse
por interés general o particular, petición de informaciones y
formulación de consultas.
DERECHO DE
PETICIÓN
5. PETICIONES DE
INFORMACIÓN
Petición que se hace a las autoridades para que éstas den a
conocer cómo han actuado en un caso concreto, entreguen
información general sobre la entidad, expidan copias y/o
permitan el examen de la documentación que reposa en la
entidad, en un término no mayor de diez (10) días hábiles
siguientes a la fecha de radicación para su respuesta.
6. PETICIONES DE INTERÉS
PARTICULAR O GENERAL
RECLAMOS:
Cuando se anuncia a las autoridades, la
suspensión injustificada o la
prestación deficiente de un servicio
público. Deben resolverse dentro de
los quince (15) días hábiles siguientes a
su presentación.
QUEJAS:
Es la manifestación que se realiza ante
las autoridades, sobre las
conductas irregulares de servidores
públicos o particulares que ejerzan
funciones públicas, administren bienes
del Estado o presten servicios
públicos. Deben ser resueltas dentro de
los quince (15) días hábiles
siguientes a su presentación.
CONSULTAS:
Petición que se presenta a las
autoridades para que manifiesten su
parecer sobre materias relacionadas con
sus atribuciones y competencias.
Deben ser resueltas dentro de los treinta
(30) días hábiles siguientes a
la fecha de radicación.
7. HABEAS
CORPUS:
Es un mecanismo para la protección del derecho a la libertad
individual, procede cuando alguien es capturado con violación de
las garantías constitucionales o legales, o cuando se prolongue
ilícitamente la privación de la libertad. El término para su resolución
es de treinta y seis (36) horas.
8. Es el derecho constitucional que tienen todas las
personas a conocer,
actualizar y rectificar las informaciones que se
hayan recogido sobre
ellas en bancos de datos y en archivos de entidades
públicas y privadas.
Habeas
Data:
9. Acción de Tutela:
Procede para la protección inmediata de derechos
constitucionales
fundamentales cuando éstos resulten vulnerados o
amenazados ya sea por
autoridad pública o particular. No procede cuando existan
otros medios
de defensa judicial, salvo que se utilice como mecanismo
transitorio
para evitar un perjuicio irremediable
10. ACCIÓN DE
CUMPLIMIENTO:
E S U N M E C A N I S M O M E D I A N T E E L C U A L T O D A P E R S O N A
P O D R Á A C U D I R A N T E L A
A U T O R I D A D J U D I C I A L P A R A H A C E R E F E C T I V O E L
C U M P L I M I E N T O D E N O R M A S
A P L I C A B L E S C O N F U E R Z A M A T E R I A L D E L E Y O A C T O S
A D M I N I S T R A T I V O S .
11. ACCIÓN POPULAR:
E S U N M E C A N I S M O J U D I C I A L E N C A M I N A D O A L A P R O T E C C I Ó N
D E L O S D E R E C H O S E
I N T E R E S E S C O L E C T I V O S , P A R A E V I T A R E L D A Ñ O C O N T I N G E N T E ,
H A C E R C E S A R E L
P E L I G R O , L A A M E N A Z A , L A V U L N E R A C I Ó N O A G R A V I O , Y D E S E R
P O S I B L E ,
R E S T I T U I R L A S C O S A S A S U E S T A D O A N T E R I O R . .
12. CONCLUSIÓN
S O C I A L
Utilizar estos mecanismos
con responsabilidad, leer y
estar enterados de la
funcionalidad de cada
uno, e utilizarlos de forma
consciente.
E C O N Ó M I C O
Estos mecanismos
permiten que exista una
transparencia, además
que se da la posibilidad
de exigirla y que el estado
sea veraz en el manejo de
la economia nacional.
P O L Í T I C O
El gobierno debe aceptar
y respetar cuando los
ciudadanos hagan uso de
esta herramienta, apoyar
los procesos y velar para
que se cumpla el debido
proceso de cada uno de
los casos.