2. 2
ÉTICA APLICADA A LA FUNCIÓN PÚBLICA
ADJUNTÍA DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN,
TRANSPARENCIA Y EFICIENCIA DEL ESTADO
3. Rol de la Defensoría del Pueblo
Supervisaalasinstitucionesdel
Estadoyalasautoridadespúblicas
paraquecumplanconsusdeberes
Supervisalaadecuadaprestaciónde
losserviciospúblicos
LaDefensoríaelPuebloprotegelosderechos
fundamentalesdetodaslaspersonas
4. Data contextual:
+ 55 %
de peruanas/os
considera a la
corrupción como el
principal problema
que afecta al país.
78.7 %
79.0 %
de peruanas/os considera
que las municipalidades
distritales no son
confiables.
de peruanas/os no confía
en las municipales
provinciales.
Fuente: INEI (2023), en el semestre Abril - Setiembre 2023.
La corrupción incrementa los niveles de
desconfianza debilitando la democracia
5. El Costo de la corrupción en el Perú
En 2022, la corrupción costó al Perú S/
24,419 millones
56 % del perjuicio
económico causado
por gobiernos
regionales y
municipales; 44 %, por
el gobierno nacional.
13.4 % del
presupuesto
devengado del año
2022 se vio afectado
por la corrupción.
Nelson Shack: Con
esos S/ 24,419
millones, podríamos
haber eliminado la
pobreza en dos años.
Fuente: Contraloría General de la República, mayo de 2023.
8. • Debe ser entendida como el mal uso del poder público o
privado, con el propósito de obtener ventajas o beneficios
indebidos para quien actúa o para terceros en perjuicio del
bienestar general.
• Una de las consecuencias que generan los actos de
corrupción es la vulneración de los derechos
fundamentales.
¿Qué es la corrupción?
9. • Debe ser entendida como el uso adecuado de fondos,
recursos, activos y atribuciones en el sector público para los
objetivos oficiales para los que han sido destinados.
• Una de las consecuencias que generan la integridad pública
es que se concretice los derechos fundamentales.
• Su aplicación beneficia el interés general.
¿Qué es la integridad?
11. Aproximaciones a la definición de Ética
La ética es la disciplina que estudia la
justificación de sistemas normativos
que definen lo correcto y lo incorrecto,
lo bueno y lo malo, lo obligatorio y lo
permitido y cómo estos sistemas se
han de aplicar posteriormente a los
distintos ámbitos de la vida personal y
social.
¿ Qué es la ética?
12. ✔ La ética es la reflexión personal que
orienta las decisiones y acciones
tomando como referencia los valores
aceptados como buenos socialmente.
✔ La reflexión colectiva que fundamenta
las normas y leyes de convivencia social.
Aproximaciones sobre la ética
13. La ética implica…
a. Discernimiento sobre lo que es mejor hacer
en un momento determinado.
La ética es un acto reflexivo que involucra
nuestro razonamiento a través del ejercicio
de discernimiento.
b. Sistema de valores existentes en una
sociedad y momento determinado.
La idea de lo que es bueno varia de persona a
persona y puede cambiar en distintas
sociedades y de una época a otra.
14. Ética Pública aplicada a la Función Pública
Función pública es la actividad que el
Estado desarrolla en ejercicio de su
soberanía; dirigida a
atender/satisfacer un interés o una
necesidad pública.
Constituye una rama de la ética que
estudia la recta actuación de los
funcionarios en la administración de los
intereses de los ciudadanos.
Ética Pública aplicada
Función pública
¿Quién desarrolla la función pública?
14
Ética aplicada a la función pública
15. Toda actividad temporal o
permanente, remunerada u
honoraria, realizada por una persona
en nombre o al servicio de las
entidades de la Administración
Pública, en cualquiera de sus niveles
jerárquicos, no importando el
régimen jurídico de la entidad ni el
régimen laboral o el tipo de
contratación.
Función pública y empleado público
16. Ley del Código de Ética de la Función Pública
Ley 27815
Documento que regula la conducta de los
funcionarios y los servidores públicos,
estableciendo:
Principios
Deberes
Prohibiciones
17. Principios éticos del empleado público
El empleado público actúa de acuerdo a los siguientes principios:
Respeto
Adecuar la conducta hacia el respeto de la
Constitución y las Leyes.
Eficiencia
Brinda calidad en cada una de las funciones a su cargo.
Probidad
Actúa con rectitud, honradez y honestidad,
procurando satisfacer el interés general y
desechando todo provecho o ventaja personal.
18. Deberes de la Función Pública
Neutralidad
Debe actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole
demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o
instituciones.
Transparencia
Sus actos son, en principio, públicos y por tanto, son
accesibles al conocimiento de toda persona natural o
jurídica. El servidor público debe de brindar y facilitar el
acceso a la información.
Uso adecuado de los bienes del Estado
Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran
asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, sin emplear o
permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares o propósitos
distintos a los asignados.
19. Prohibiciones de la Función Pública
Mantener Intereses de Conflicto
Mantener relaciones o de aceptar situaciones
en cuyo contexto sus intereses personales,
laborales, económicos o financieros pudieran
estar en conflicto con el cumplimento de los
deberes y funciones a su cargo.
Obtener Ventajas Indebidas
Obtener o procurar beneficios o ventajas
indebidas, para sí o para otros, mediante el uso
de su cargo, autoridad, influencia o apariencia
de influencia.
20. Realizar Actividades de Proselitismo Político
A través de la utilización de sus funciones o por
medio de la utilización de infraestructura, bienes o
recursos públicos, ya sea a favor o en contra de
partidos u organizaciones políticas o candidatos.
Hacer Mal Uso de Información privilegiada
Participar en transacciones u operaciones financieras
utilizando información privilegiada de la entidad a la que
pertenece o que pudiera tener acceso a ella por su condición
o ejercicio del cargo que desempeña, ni debe permitir el uso
impropio de dicha información para el beneficio de algún
interés.
Prohibiciones de la Función Pública
21. Casos prácticos
¿En esta situación qué
PRINCIPIO se vulnera?
¿En esta situación qué
PROHIBICIÓN no se cumple?
¿En esta situación qué DEBER no
se cumple?
22. • Ley del Código de Ética de la Función
Pública, es supletorio a las leyes,
reglamentos y otras normas de
procedimiento existentes.
• En caso de infracciones de la Ley de
Código de Ética y su reglamento, rige el
carácter residual, es decir, se aplica la
Ley de Servicio Civil, y en caso este no
contemple un supuesto, se aplicará la
Ley de Código de Ética (Resolución de
Sala Plena Nº 006-2020-SERVIR/TSC)
Infracciones y sanciones
24. Marco Legal
Decreto Legislativo N° 1327 que establece medidas de protección para el denunciante de actos
de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe y su reglamento.
Cualquier persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la
Administración Pública.
La denuncia puede presentarse de manera verbal, escrita o virtual, individual o
colectiva ante la Oficina o Unidad Funcional de Integridad Institucional o, en su
defecto, la máxima autoridad administrativa de la entidad donde ha ocurrido el hecho.
¿Quiénes pueden presentar denuncias por actos de corrupción?
Importante: El denunciante no es parte del procedimiento que pueda generar su denuncia.
Oficinas de Integridad Institucional
25. • Recibir, trasladar, realizar el seguimiento y sistematización
de las denuncias por actos de corrupción
• Evaluar los hechos y documentos que sustentan las
denuncias sobre actos de corrupción
• Disponer la aplicación de medidas de protección al
denunciante o testigos.
• Evaluar si la denuncia presentada es maliciosa y disponer
las medidas que correspondan.
• Trasladar la denuncia y los documentos que la sustentan a
la Secretaría Técnica de procesos disciplinarios o al
Procurador Público o al OCI, de ameritarlo.
Rol de las Oficinas de Integridad Institucional
en la atención de denuncias de actos de corrupción
26. Datos completos del denunciante.
Descripción detallada y coherente de los hechos materia de denuncia.
Identificación de los autores de los hechos denunciados de conocerse.
Documentación original o copia del sustento de la denuncia o indicar unidad
o dependencia que cuente con la misma.
Compromiso del denunciante de ofrecer aclaraciones posteriores de ser
necesario.
Firma o huella digital del denunciante.
Requisitos de la
denuncia
Es posible admitir una denuncia anónima.
Las denuncia no paralizan los procesos de contratación del Estado.
Oficinas de Integridad Institucional
27. Procedimiento de la denuncia
Si los hechos materia de la denuncia se trata sobre
asuntos o controversias sujetas a la competencia de
otros organismos del Estado, se le informa de ello al
denunciante.
Luego, se remite la documentación a la entidad
competente, cautelando la confidencialidad.
En caso NO sea competencia de la
Oficina de Integridad
Oficinas de Integridad Institucional
28. 1. Revisa que la denuncia cumpla los requisitos en el plazo de 2 días hábiles. De ser
necesario, se solicitará adicionalmente subsanar la denuncia dentro de tres (3) días
hábiles.
2. En ningún caso el análisis de la denuncia implica una evaluación o calificación de la
misma.
3. Solo se constata que exista una narración de hechos, así como la referencia del
nombre o cargo de la persona denunciada.
4. Evalúa requerimiento de protección (5 días hábiles) y proporciona código cifrado
para asegurar la reserva de identidad.
5. Deriva la denuncia al titular de la Secretaría Técnica de procedimientos
disciplinarios de la entidad encargada de precalificar las presuntas faltas
administrativas.
6. Deriva copia simple de la denuncia a la Oficina de Control Institucional de la
entidad y a la Procuraduría Pública para que actúen conforme a sus atribuciones.
Procedimiento de la denuncia En caso SÍ sea competencia de la Oficina de
Integridad
Oficinas de Integridad Institucional
29. Conjunto de medidas para proteger derechos personales o laborales de los
denunciantes y testigos de actos de corrupción.
Su aplicación dependerá de las circunstancias y condiciones de vulnerabilidad
evaluadas por la autoridad competente.
Pueden extenderse a personas distintas al denunciante.
La Oficina de Recursos Humanos ejecuta las medidas, previa evaluación de
su viabilidad operativa.
Las personas protegidas tienen la obligación de cooperar en las
diligencias que sean necesarias.
El incumplimiento de las obligaciones del protegido acarrea la
suspensión de las medidas de protección.
¿En qué consisten las medidas de protección al denunciante?
Oficinas de Integridad Institucional
30. Las medidas de protección al denunciante
Reserva de la identidad, asignándosele un código
numérico. Puede mantenerse con posterioridad a la
culminación de los procesos de investigación y sanción.
La denuncia de postores o contratistas no puede perjudicar
sus posiciones en el proceso de contratación o en futuros
procesos.
Apartamiento del denunciado del comité de contratación
donde participa el denunciante previa evaluación.
Oficinas de Integridad Institucional
31. Traslado temporal del denunciante o denunciado a otra unidad
orgánica, sin afectar condiciones laborales, de servicio, ni nivel del
puesto.
Renovación de relación contractual.
Licencia con goce de remuneraciones o exoneración de asistir al
trabajo del denunciado, si su presencia es un riesgo cierto e
inminente para determinación de los hechos.
Las medidas de protección laboral
Oficinas de Integridad Institucional
32. La denuncia no puede ser de conocimiento público, a
través de una solicitud de acceso a la información pública.
Tanto la denuncia como la solicitud de protección al
denunciante tienen carácter confidencial.
Los y las servidoras que intervienen en el trámite de la evaluación de la denuncia que
contenga una solicitud de medidas de protección, están prohibidos de divulgar
cualquier aspecto de la denuncia incluida la identidad del denunciante o de los testigos.
Principio de reserva
Oficinas de Integridad Institucional
33. Cuando se trata de:
Denuncia sobre hechos ya denunciados
Denuncia reiterada (ya hay decisión firme)
Denuncia carente de fundamento
Denuncia falsa
¿En qué consiste una denuncia de mala fe?
Consecuencias de denuncia de mala fe
Denunciantes y testigos que formulen denuncias de mala fe son excluidos de
las medidas de protección otorgadas, sin perjuicio de las responsabilidades de
naturaleza civil, penal y administrativa a que hubiese lugar.
Oficinas de Integridad Institucional
34. Las entidades públicas son responsables de garantizar la
interoperabilidad de los procedimientos de denuncias sobre
actos de corrupción y de las medidas de protección al
denunciante, a través de la Plataforma de Interoperabilidad
del Estado.
Para ello, la Secretaría de Gobierno Digital (PCM) desarrolló la Plataforma Digital Única
de Denuncias del Ciudadano que se constituye como canal único de contacto digital del
Estado peruano con la ciudadanía para dichas denuncias.
Denuncias sobre actos de corrupción
Plataforma de denuncia: https://www.gob.pe/882-denunciar-un-presunto-acto-de-corrupcion
Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano
35. Si existe impedimento o negativa injustificada para otorgar medidas de protección.
Ejemplo de caso: “No te puedo otorgar medidas de protección porque el funcionario al que
denuncias tiene poder en la institución. Nadie se atreve a ir en contra de él”.
Si existe demora en la tramitación de las medidas de protección.
Ejemplo de caso: “Han pasado meses y hasta ahora nadie atiende mi solicitud de medidas de
protección”.
Si existe demora en la ejecución de las medidas de protección.
Ejemplo de caso: “Me dijeron que me cambiarían de oficina, pero sigo en el mismo lugar.
Me siento desprotegida en mi trabajo”.
¿Qué situaciones podrían calificar como irregularidades
en la atención de las medidas de protección ?