Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
Boletín Informativo
Año 2014, Abril
Vino y Derecho: Noticias
Abogado
especialista en
la industria
vitivinícola
Dentro de este
Boletín:
OCM sector
vitivinícola 1
Críticas propietario
bodega 2
Variedades uva
vinificación 3
Sanción a
Asevivaldepeñas 3
Dominios Internet
".wine" y ".vin" 4
Subvenciones
FEAGA 5
José Martos miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
Mediante el Reglamento
de la Unión Europea
(UE) Nº 1308/2013 del
Parlamento Europeo y
del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013, se
aprueba el nuevo
régimen legal de la
organización común
de mercados (OCM) de
los productos agrarios,
incluido el sector
vitivinícola.
La presentación, a la
que se puede acceder
mediante el enlace que
se indica al final, es la
segunda de un total de
cuatro sobre el
Reglamento. En la
presentación se trata el
régimen de
autorizaciones para
plantaciones de vid,
las prácticas
Régimen de autorizaciones para
plantaciones de vid, las prácticas
enológicas y las variedades de uva de
vinificación. OCM, sector vitivinícola.
enológicas y las
variedades de uva de
vinificación.
Con relación al
régimen de
autorizaciones para
plantaciones de vid, el
Reglamento considera
que las perspectivas de
crecimiento progresivo
de la demanda a nivel
del mercado mundial
proporcionan un
incentivo para
incrementar la
capacidad de oferta, y
por consiguiente para
plantar nuevas vides a
lo largo de la próxima
década. Por ello se
considera que, si bien
se debe perseguir el
objetivo clave de
incrementar la
competitividad del
sector vitivinícola de la
Unión con miras a no
perder cuota de
mercado en el mercado
mundial, un aumento
excesivamente rápido
de nuevas
plantaciones de vid en
respuesta a las
evoluciones previstas
de la demanda
internacional puede
llevar otra vez a una
situación de
capacidad de oferta
excesiva a medio
plazo, con posibles
repercusiones sociales
y medioambientales en
zonas concretas de
producción vinícola. Por
ello, el Reglamento,
para asegurar un
crecimiento ordenado
de las plantaciones de
vid durante el periodo
2016 a 2030, considera
que debe establecerse
Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
que debe establecerse un
nuevo sistema para la
gestión de las
plantaciones de vid a
escala de la Unión, que
comprenda un régimen
de autorizaciones para
plantaciones de vid.
Por lo que respecta a las
prácticas enológicas, el
Reglamento considera
que se hace necesario
definir ciertas prácticas
enológicas y restricciones
asociadas a la producción
de vino. El Reglamento
permite que los Estados
miembros puedan limitar
o excluir la utilización de
determinadas prácticas
enológicas y mantener
restricciones más
estrictas respecto a los
vinos producidos en su
territorio, así como admitir
la utilización experimental
de prácticas enológicas
no autorizadas.
Para finalizar, y en lo que
se refiere a las
variedades de uva de
vinificación, el
Reglamento dispone que
se deben establecer
normas de clasificación
de las variedades de uva
de vinificación conforme a
las cuales ciertos Estados
miembros, como es el
caso de España, se
deben seguir ocupando
de clasificar las
variedades de uva de
vinificación con las que
se puede elaborar vino en
sus territorios.
Igualmente, el
Reglamento considera
que es conveniente
excluir algunas de esas
variedades.
En la presentación
adjunta se puede
encontrar información
sobre estas tres
materias reguladas por el
Reglamento de la Unión
Europea (UE) Nº
1308/2013 del
Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de
diciembre de 2013.
http://www.slideshare.net/
JoseMartosMartinez/regla
mento-ue-1308-2013-
programas-de-apoyo-en-
el-sector-vitivincola-ii-
presentacin
Críticas al propietario y enólogo de una
bodega; derecho fundamental al honor e
intimidad personal y familiar.
El Tribunal Supremo en
una sentencia de 7 de
enero del 2014 analiza la
posible vulneración del
derecho fundamental al
honor e intimidad
personal y familiar del
propietario y enólogo de
una bodega por lo
publicado sobre su
persona en dos
publicaciones
especializadas del mundo
del vino.
En el enlace adjunto se
pueden leer los hechos del
caso y el análisis de la
sentencia.
http://www.slideshare.net/J
oseMartosMartinez/crticas-
al-propietario-y-enlogo-de-
una-bodega-derecho-
fundamental-al-honor-e-
intimidad-personal-y-
familiar
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Variedades de uva de vinificación,
clasificación por comunidades autónomas.
Mediante la Orden
AAA/580/2014, de 7 de
abril, del Ministerio de
Agricultura,
Alimentación y Medio
Ambiente, se modifica
el anexo XXI del Real
Decreto 1244/2008, de
18 de julio, por el que
se regula el potencial de
producción vitícola.
El Anexo XXI que es
ahora objeto de
modificación incluye la
lista de variedades de
uva de vinificación
admitidas, incluyéndose
su clasificación por
comunidades
autónomas. Asimismo,
el Anexo distingue entre
variedades
recomendadas
(aquellas que
pertenezcan a la especie
vitis vinífera y que
produzcan normalmente
vinos cuya buena
calidad esté reconocida)
y autorizadas (aquellas
que pertenezcan a la
especie vitis vinífera y
de las que se obtenga
un vino de calidad cabal
y comercial que no
alcance a la del vino
producido con uvas de
variedades
recomendadas).
http://www.boe.es/boe/di
as/2014/04/15/pdfs/BOE
-A-2014-4064.pdf
Sancionada en 746.871 euros la Asociación
Comarcal de Empresarios Vitivinícola de las
zonas de producción y crianza de la D.O.
Valdepeñas (ASEVIVALDEPEÑAS).
La Audiencia Nacional,
en una sentencia de 23
de diciembre del 2013,
ha confirmado la sanción
por importe de 746.871
euros impuesta por la
Comisión Nacional de la
Competencia
(actualmente, la
Comisión Nacional de
los Mercados y la
Competencia) a
ASEVIVALDEPEÑAS
por infringir la Ley de
Defensa de la
Competencia. La
infracción cometida por
ASEVIVALDEPEÑAS,
cuyos asociados
producen el 90% del
vino con denominación
de origen Valdepeñas,
fue el efectuar una
recomendación colectiva
para la fijación de los
precios de compra de la
uva en el marco de la
denominación de origen
"Valdepeñas" durante
las campañas
2009/2010 y 2010/2011.
El comportamiento
llevado a cabo por la
asociación fue trasmitir
a sus asociados los
Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
precios y mandar
mensajes sobre los
precios y, en algunos
casos, sobre la
reducción de los
mismos con el fin de
que cada bodeguero no
decidiese por su cuenta
el precio a pagar,
armonizando por tanto la
política comercial de
compra de la uva.
Resulta llamativo en
este caso la cantidad
considerable de
circulares emitidas por
ASEVIVALDEPEÑAS y
de emails
intercambiados entre los
miembros de dicha
asociación sobre la
fijación ilegal de precios
de compra de la uva,
comunicaciones
utilizadas como pruebas
por la Comisión Nacional
de la Competencia para
imponer su sanción. Una
muestra adicional de la
falta de cautela de
ASEVIVALDEPEÑAS,
es que la Comisión
Nacional de la
Competencia utilizó para
probar la actuación ilegal
de la asociación las
declaraciones realizadas
por su Secretario
General en el marco de
una rueda de prensa a la
que asistió la televisión
local. Todo lo anterior
hace pensar que,
quizás,
ASEVIVALDEPEÑAS y
sus asociados
desconocían que dicha
actuación de fijación de
precios era contraria al
derecho de la
competencia. No
obstante, debemos
recordar que la
ignorancia de la ley no
exime de su
cumplimiento.
A resultas del
expediente abierto por la
Comisión Nacional de la
Competencia arriba
indicado, también
fueron sancionados la
Asociación Regional
de Empresarios
Vitivinícolas de Castilla
la Mancha
(ASEVICAMAN),
circunscrita a la
Denominación de Origen
La Mancha, sancionada
en 270.443 euros, y los
Agrupadores de
Maestros Bodegueros
de Valdepeñas
(AMBV), sancionada en
13.370 euros.
Desconocemos si dichas
asociaciones han
recurrido la multa ante la
Audiencia Nacional o si
por el contrario han
aceptado las sanciones
impuestas.
Se aplaza la adjudicación de los nuevos
dominios de Internet ".wine" y ".vin".
La Internet
Corporation for
Assigned Names and
Numbers (ICANN),
organismo encargado,
entre otras tareas, de
asignar los nuevos
dominios genéricos de
primer nivel (generic
Top Level Domains,
gTLD) ".wine" y ".vin",
acordó aplazar hasta
principios de junio del
2014 el inicio del
proceso para la
adjudicación de dichos
dominios
(http://www.icann.org/en
/news/correspondence/c
rocker-to-dryden-
04apr14-en.pdf). De
este modo, el ICANN
sigue las
recomendaciones del
Governmental Advisory
Committee (GAC) que
expuso su preocupación
sobre la necesidad de
proteger las
denominaciones de
origen protegidas
Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
(DOP) y las
indicaciones
geográficas
protegidas (IGP) que
amparan la elaboración
de vinos. Esta
preocupación tiene su
fundamento en la
posibilidad de que la
entidad que se hiciese,
por ejemplo, con el
dominio ".wine",
conceda dominios de
segundo nivel, tales
como, por ejemplo,
"rioja.wine" o
"cava.wine", a entidades
que pueden no ser las
legítimas propietarias de
dichas denominaciones
de origen protegidas. La
Comisión Europea ha
valorado positivamente
el aplazamiento, durante
el cual se tratará crear
un procedimiento que
evite que la asignación
de los nuevos dominios
".wine" y ".vin", conlleve
la infracción de los
derechos de los
legítimos titulares de
DOPs y las IGPs.
http://www.euroefe.com/
3788_agricultura-pesca-
y-medio-
ambiente/2486559_ce-
valora-que-se-aplace-el-
reconocimiento-de-los-
nuevos-dominios-wine-
y-vin.html
Subvenciones concedidas con cargo a los
fondos comunitarios europeos del FEAGA-
FEADER, primer trimestre del 2014.
Mediante la Resolución
de 11 de abril de 2014,
del Fondo Español de
Garantía Agraria, se
publican las
subvenciones
concedidas con cargo a
los fondos comunitarios
europeos del FEAGA-
FEADER, por importe
igual o superior a 3.000
euros, concedidas en el
primer trimestre del
2014, para medidas de
información y promoción
de los productos
agrícolas en el mercado
interior y en terceros
países.
Solo 11 organizaciones
figuran como
beneficiarias, y 2 de
ellas son específicas del
sector vitivinícola, y son
el Consejo Regulador
de la Denominación de
Origen Cariñena, que
ha percibido 112.390,65
euros, y la Federación
Española del Vino
(FEV) que ha recibido
93.953,98 euros.
http://www.boe.es/boe/di
as/2014/04/29/pdfs/BOE
-A-2014-4570.pdf
Jose Martos - Interforo Abogados (Madrid)
Se informa que se pueden ejercitar
los derechos de acceso, oposición,
rectificación y cancelación
ante José Martos.
José Martos miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde
1989. Especializado en el asesoramiento legal a empresas, ejerciendo en
Madrid, Nueva York, Barcelona y Pamplona, tanto en despachos de
abogados como abogado interno de empresas.
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a su bodega en cualquiera de las materias objeto de este Boletín.
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roabogados.com
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Boletín informativo industria vitivinícola abril 2014

  • 1.
    Jose Martos -Interforo Abogados (Madrid) Boletín Informativo Año 2014, Abril Vino y Derecho: Noticias Abogado especialista en la industria vitivinícola Dentro de este Boletín: OCM sector vitivinícola 1 Críticas propietario bodega 2 Variedades uva vinificación 3 Sanción a Asevivaldepeñas 3 Dominios Internet ".wine" y ".vin" 4 Subvenciones FEAGA 5 José Martos miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid Mediante el Reglamento de la Unión Europea (UE) Nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, se aprueba el nuevo régimen legal de la organización común de mercados (OCM) de los productos agrarios, incluido el sector vitivinícola. La presentación, a la que se puede acceder mediante el enlace que se indica al final, es la segunda de un total de cuatro sobre el Reglamento. En la presentación se trata el régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, las prácticas Régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, las prácticas enológicas y las variedades de uva de vinificación. OCM, sector vitivinícola. enológicas y las variedades de uva de vinificación. Con relación al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, el Reglamento considera que las perspectivas de crecimiento progresivo de la demanda a nivel del mercado mundial proporcionan un incentivo para incrementar la capacidad de oferta, y por consiguiente para plantar nuevas vides a lo largo de la próxima década. Por ello se considera que, si bien se debe perseguir el objetivo clave de incrementar la competitividad del sector vitivinícola de la Unión con miras a no perder cuota de mercado en el mercado mundial, un aumento excesivamente rápido de nuevas plantaciones de vid en respuesta a las evoluciones previstas de la demanda internacional puede llevar otra vez a una situación de capacidad de oferta excesiva a medio plazo, con posibles repercusiones sociales y medioambientales en zonas concretas de producción vinícola. Por ello, el Reglamento, para asegurar un crecimiento ordenado de las plantaciones de vid durante el periodo 2016 a 2030, considera que debe establecerse
  • 2.
    Jose Martos -Interforo Abogados (Madrid) que debe establecerse un nuevo sistema para la gestión de las plantaciones de vid a escala de la Unión, que comprenda un régimen de autorizaciones para plantaciones de vid. Por lo que respecta a las prácticas enológicas, el Reglamento considera que se hace necesario definir ciertas prácticas enológicas y restricciones asociadas a la producción de vino. El Reglamento permite que los Estados miembros puedan limitar o excluir la utilización de determinadas prácticas enológicas y mantener restricciones más estrictas respecto a los vinos producidos en su territorio, así como admitir la utilización experimental de prácticas enológicas no autorizadas. Para finalizar, y en lo que se refiere a las variedades de uva de vinificación, el Reglamento dispone que se deben establecer normas de clasificación de las variedades de uva de vinificación conforme a las cuales ciertos Estados miembros, como es el caso de España, se deben seguir ocupando de clasificar las variedades de uva de vinificación con las que se puede elaborar vino en sus territorios. Igualmente, el Reglamento considera que es conveniente excluir algunas de esas variedades. En la presentación adjunta se puede encontrar información sobre estas tres materias reguladas por el Reglamento de la Unión Europea (UE) Nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013. http://www.slideshare.net/ JoseMartosMartinez/regla mento-ue-1308-2013- programas-de-apoyo-en- el-sector-vitivincola-ii- presentacin Críticas al propietario y enólogo de una bodega; derecho fundamental al honor e intimidad personal y familiar. El Tribunal Supremo en una sentencia de 7 de enero del 2014 analiza la posible vulneración del derecho fundamental al honor e intimidad personal y familiar del propietario y enólogo de una bodega por lo publicado sobre su persona en dos publicaciones especializadas del mundo del vino. En el enlace adjunto se pueden leer los hechos del caso y el análisis de la sentencia. http://www.slideshare.net/J oseMartosMartinez/crticas- al-propietario-y-enlogo-de- una-bodega-derecho- fundamental-al-honor-e- intimidad-personal-y- familiar
  • 3.
    Jose Martos -Interforo Abogados (Madrid) Variedades de uva de vinificación, clasificación por comunidades autónomas. Mediante la Orden AAA/580/2014, de 7 de abril, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, se modifica el anexo XXI del Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola. El Anexo XXI que es ahora objeto de modificación incluye la lista de variedades de uva de vinificación admitidas, incluyéndose su clasificación por comunidades autónomas. Asimismo, el Anexo distingue entre variedades recomendadas (aquellas que pertenezcan a la especie vitis vinífera y que produzcan normalmente vinos cuya buena calidad esté reconocida) y autorizadas (aquellas que pertenezcan a la especie vitis vinífera y de las que se obtenga un vino de calidad cabal y comercial que no alcance a la del vino producido con uvas de variedades recomendadas). http://www.boe.es/boe/di as/2014/04/15/pdfs/BOE -A-2014-4064.pdf Sancionada en 746.871 euros la Asociación Comarcal de Empresarios Vitivinícola de las zonas de producción y crianza de la D.O. Valdepeñas (ASEVIVALDEPEÑAS). La Audiencia Nacional, en una sentencia de 23 de diciembre del 2013, ha confirmado la sanción por importe de 746.871 euros impuesta por la Comisión Nacional de la Competencia (actualmente, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) a ASEVIVALDEPEÑAS por infringir la Ley de Defensa de la Competencia. La infracción cometida por ASEVIVALDEPEÑAS, cuyos asociados producen el 90% del vino con denominación de origen Valdepeñas, fue el efectuar una recomendación colectiva para la fijación de los precios de compra de la uva en el marco de la denominación de origen "Valdepeñas" durante las campañas 2009/2010 y 2010/2011. El comportamiento llevado a cabo por la asociación fue trasmitir a sus asociados los
  • 4.
    Jose Martos -Interforo Abogados (Madrid) precios y mandar mensajes sobre los precios y, en algunos casos, sobre la reducción de los mismos con el fin de que cada bodeguero no decidiese por su cuenta el precio a pagar, armonizando por tanto la política comercial de compra de la uva. Resulta llamativo en este caso la cantidad considerable de circulares emitidas por ASEVIVALDEPEÑAS y de emails intercambiados entre los miembros de dicha asociación sobre la fijación ilegal de precios de compra de la uva, comunicaciones utilizadas como pruebas por la Comisión Nacional de la Competencia para imponer su sanción. Una muestra adicional de la falta de cautela de ASEVIVALDEPEÑAS, es que la Comisión Nacional de la Competencia utilizó para probar la actuación ilegal de la asociación las declaraciones realizadas por su Secretario General en el marco de una rueda de prensa a la que asistió la televisión local. Todo lo anterior hace pensar que, quizás, ASEVIVALDEPEÑAS y sus asociados desconocían que dicha actuación de fijación de precios era contraria al derecho de la competencia. No obstante, debemos recordar que la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento. A resultas del expediente abierto por la Comisión Nacional de la Competencia arriba indicado, también fueron sancionados la Asociación Regional de Empresarios Vitivinícolas de Castilla la Mancha (ASEVICAMAN), circunscrita a la Denominación de Origen La Mancha, sancionada en 270.443 euros, y los Agrupadores de Maestros Bodegueros de Valdepeñas (AMBV), sancionada en 13.370 euros. Desconocemos si dichas asociaciones han recurrido la multa ante la Audiencia Nacional o si por el contrario han aceptado las sanciones impuestas. Se aplaza la adjudicación de los nuevos dominios de Internet ".wine" y ".vin". La Internet Corporation for Assigned Names and Numbers (ICANN), organismo encargado, entre otras tareas, de asignar los nuevos dominios genéricos de primer nivel (generic Top Level Domains, gTLD) ".wine" y ".vin", acordó aplazar hasta principios de junio del 2014 el inicio del proceso para la adjudicación de dichos dominios (http://www.icann.org/en /news/correspondence/c rocker-to-dryden- 04apr14-en.pdf). De este modo, el ICANN sigue las recomendaciones del Governmental Advisory Committee (GAC) que expuso su preocupación sobre la necesidad de proteger las denominaciones de origen protegidas
  • 5.
    Jose Martos -Interforo Abogados (Madrid) (DOP) y las indicaciones geográficas protegidas (IGP) que amparan la elaboración de vinos. Esta preocupación tiene su fundamento en la posibilidad de que la entidad que se hiciese, por ejemplo, con el dominio ".wine", conceda dominios de segundo nivel, tales como, por ejemplo, "rioja.wine" o "cava.wine", a entidades que pueden no ser las legítimas propietarias de dichas denominaciones de origen protegidas. La Comisión Europea ha valorado positivamente el aplazamiento, durante el cual se tratará crear un procedimiento que evite que la asignación de los nuevos dominios ".wine" y ".vin", conlleve la infracción de los derechos de los legítimos titulares de DOPs y las IGPs. http://www.euroefe.com/ 3788_agricultura-pesca- y-medio- ambiente/2486559_ce- valora-que-se-aplace-el- reconocimiento-de-los- nuevos-dominios-wine- y-vin.html Subvenciones concedidas con cargo a los fondos comunitarios europeos del FEAGA- FEADER, primer trimestre del 2014. Mediante la Resolución de 11 de abril de 2014, del Fondo Español de Garantía Agraria, se publican las subvenciones concedidas con cargo a los fondos comunitarios europeos del FEAGA- FEADER, por importe igual o superior a 3.000 euros, concedidas en el primer trimestre del 2014, para medidas de información y promoción de los productos agrícolas en el mercado interior y en terceros países. Solo 11 organizaciones figuran como beneficiarias, y 2 de ellas son específicas del sector vitivinícola, y son el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Cariñena, que ha percibido 112.390,65 euros, y la Federación Española del Vino (FEV) que ha recibido 93.953,98 euros. http://www.boe.es/boe/di as/2014/04/29/pdfs/BOE -A-2014-4570.pdf
  • 6.
    Jose Martos -Interforo Abogados (Madrid) Se informa que se pueden ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación ante José Martos. José Martos miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde 1989. Especializado en el asesoramiento legal a empresas, ejerciendo en Madrid, Nueva York, Barcelona y Pamplona, tanto en despachos de abogados como abogado interno de empresas. __________________________________________ Pídanos gratuitamente y sin compromiso presupuesto por asesorar a su bodega en cualquiera de las materias objeto de este Boletín. __________________________________________ Nuestros datos de contacto Dirección: Interforo Abogados C/ Conde de Xiquena núm. 13 2º Dcha. 28004 - Madrid José Martos Teléfono móvil: 685 940 209 e-mails: josemartos@interfo roabogados.com martosmartinezjose @gmail.com www.interforoabogados. com Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de este boletín sin expresa autorización de los autores. images from which you can choose and import