La orden establece las disposiciones necesarias para poner en funcionamiento el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación de acuerdo con el Real Decreto 980/2013. Regula aspectos como los requisitos e inscripción de mediadores y instituciones, la acreditación de formación, los seguros de responsabilidad civil, y el intercambio de datos con centros de formación y colegios profesionales. También establece los recursos contra las resoluciones del Registro y la coordinación con registros autonómicos de mediación.
Este documento presenta una ley que establece normas que permiten al Servicio de Impuestos Internos acceder a información bancaria de personas determinadas para verificar declaraciones tributarias o cumplir con requerimientos de intercambio de información con autoridades tributarias extranjeras. Se describe el procedimiento que debe seguir el Servicio, incluyendo notificar al banco y al titular de la información, y la posibilidad de solicitar autorización judicial si el titular no autoriza la entrega de información.
La ley establece normas que permiten al Servicio de Impuestos Internos acceder a información bancaria de personas determinadas con el fin de verificar declaraciones tributarias. Se crea un procedimiento en que el banco notifica al titular de la información la solicitud del Servicio e informa si autoriza o no entregar los datos. De no haber autorización, el Servicio puede solicitar una orden judicial. Se establecen también normas sobre competencia de tribunales para ver estas solicitudes y sobre reserva de la información obtenida.
BOE-A-2013-6472. Concesión de subvenciones en el área de atención a mayoresCEDER Merindades
Resolución de 30 de mayo de 2013, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de subvenciones en el área de atención a mayores, durante el año 2013.
La sentencia estableció que:
1) Aunque se demostró el hurto de las mercancías aseguradas, esto no significa que el valor asegurado sea el valor de la pérdida real sufrida.
2) Corresponde al asegurado probar la cuantía real del siniestro para determinar la indemnización.
3) El valor asegurado no necesariamente coincide con el valor de la pérdida y no puede usarse como base para calcular la indemnización.
El Tribunal Constitucional señala que no se puede afectar el 100% de la remuneración por el cobro de un crédito laboral, incluso a pesar de la existencia de un convenio que así lo establezca por afectar el derecho a la remuneración.
Este resumen describe una sentencia del Tribunal Constitucional de Perú sobre un recurso de agravio constitucional presentado por Victoria Castañeda contra una resolución que declaró infundada su demanda de amparo. El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda y dispuso que la SUNAT no puede embargar la totalidad de los ingresos depositados en la cuenta bancaria de Castañeda, que provienen de sus servicios como docente, ya que una parte constituye una remuneración inembargable.
Este documento presenta una ley que establece normas que permiten al Servicio de Impuestos Internos acceder a información bancaria de personas determinadas para verificar declaraciones tributarias o cumplir con requerimientos de intercambio de información con autoridades tributarias extranjeras. Se describe el procedimiento que debe seguir el Servicio, incluyendo notificar al banco y al titular de la información, y la posibilidad de solicitar autorización judicial si el titular no autoriza la entrega de información.
La ley establece normas que permiten al Servicio de Impuestos Internos acceder a información bancaria de personas determinadas con el fin de verificar declaraciones tributarias. Se crea un procedimiento en que el banco notifica al titular de la información la solicitud del Servicio e informa si autoriza o no entregar los datos. De no haber autorización, el Servicio puede solicitar una orden judicial. Se establecen también normas sobre competencia de tribunales para ver estas solicitudes y sobre reserva de la información obtenida.
BOE-A-2013-6472. Concesión de subvenciones en el área de atención a mayoresCEDER Merindades
Resolución de 30 de mayo de 2013, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de subvenciones en el área de atención a mayores, durante el año 2013.
La sentencia estableció que:
1) Aunque se demostró el hurto de las mercancías aseguradas, esto no significa que el valor asegurado sea el valor de la pérdida real sufrida.
2) Corresponde al asegurado probar la cuantía real del siniestro para determinar la indemnización.
3) El valor asegurado no necesariamente coincide con el valor de la pérdida y no puede usarse como base para calcular la indemnización.
El Tribunal Constitucional señala que no se puede afectar el 100% de la remuneración por el cobro de un crédito laboral, incluso a pesar de la existencia de un convenio que así lo establezca por afectar el derecho a la remuneración.
Este resumen describe una sentencia del Tribunal Constitucional de Perú sobre un recurso de agravio constitucional presentado por Victoria Castañeda contra una resolución que declaró infundada su demanda de amparo. El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda y dispuso que la SUNAT no puede embargar la totalidad de los ingresos depositados en la cuenta bancaria de Castañeda, que provienen de sus servicios como docente, ya que una parte constituye una remuneración inembargable.
Este decreto reglamenta el artículo 160 del Decreto-ley 19 de 2012 sobre las entidades de certificación en Colombia. Establece los requisitos para la acreditación de entidades de certificación cerradas y abiertas ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia. Define conceptos clave como certificado, suscriptor e inicidor. Determina los requisitos mínimos en términos de patrimonio, garantías, infraestructura y procedimientos para las entidades de certificación abiertas.
1. Frank Hernan Cocha Romero presenta una demanda de acción contencioso administrativa contra la Red de Salud Huaylas Norte para que le pague S/. 93,092.52 en intereses legales generados por el pago tardío de una bonificación especial entre 1994 y 2014.
2. Alega haber agotado la vía administrativa al presentar un reclamo en 2018 sin obtener respuesta. Solicita que se apliquen los artículos del Código Civil sobre intereses legales.
3. Adjunta documentos que respaldan sus peticiones y
Este documento convoca un proceso de selección para cubrir 14 plazas de funcionarios en el Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social en España. El proceso consistirá en una oposición con ejercicios escritos y orales evaluados por un tribunal calificador. Los candidatos deberán tener una titulación universitaria y la nacionalidad española. El plazo para presentar solicitudes es de 20 días a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Convocatoria para la certificación en materia de prevención de operaciones co...EX ARTHUR MEXICO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
CONVOCATORIA para la certificación en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
Este documento establece las pautas para el funcionamiento del Centro de Mediación Judicial y Extrajudicial en la provincia de San Luis. Se describen los procedimientos para la remisión de causas al Centro, los requisitos para ser mediador, el sorteo y asignación de mediadores, la realización de audiencias de mediación y las sanciones por incomparecencia. El objetivo es organizar el proceso de mediación y proveer una gestión eficiente del Centro.
Este documento contiene una relación de dos planes de pensiones autorizados y registrados ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. También incluye un oficio que modifica la autorización otorgada a Crédito Afianzador, S.A. de C.V. para reflejar una disminución en su capital social. Finalmente, anuncia una convocatoria de la Secretaría de Desarrollo Social para recibir proyectos dentro del Programa de Coinversión Social.
El documento presenta una solicitud de tutela de derechos fundamentales ante incumplimientos por parte de la Secretaría de Educación del Valle del Cauca. El solicitante cumplió con todos los requisitos para su ascenso en el escalafón docente, pero no se le ha pagado el costo acumulado correspondiente. A pesar de múltiples peticiones, la Secretaría no ha reconocido este derecho, violando principios constitucionales como la dignidad humana, el orden justo y la igualdad. Se pide que se ordene el pago del cost
Este decreto establece la reglamentación parcial de la Ley 527 de 1999 en relación con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales. Define términos clave como iniciador, suscriptor, repositorio, claves pública y privada, y tipos de entidades de certificación. Establece requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas y lineamientos sobre declaración de prácticas de certificación, patrimonio mínimo, garantías y auditorías.
Este documento presenta las conclusiones de varios talleres sobre la aplicación de una nueva ley de alimentos para niños y adolescentes en Ecuador. Se resumen las buenas prácticas acordadas por jueces y funcionarios para implementar la ley de manera efectiva y eficiente, incluyendo procedimientos estandarizados, capacitación del personal, y recomendaciones para agilizar trámites como las pruebas de ADN y el pago de pensiones alimenticias.
Este documento resume la modificación del formulario de solicitud de asistencia jurídica gratuita y/o gratuidad de mediación en la provincia de Santa Fe, Argentina. Se requiere que el formulario incluya más campos de información personal y que se adjunte documentación que respalde los datos proporcionados. El objetivo es constatar mejor la necesidad alegada por el solicitante.
Este documento presenta 31 criterios normativos emitidos por el Comité Técnico de Normatividad de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente entre 2011 y 2013. Los criterios interpretan la ley orgánica de la Prodecon y sus lineamientos para guiar el trámite de asuntos y quejas. Algunos criterios especifican que la Prodecon puede conocer quejas contra actos de autoridad fiscal, representar contribuyentes ante juicios de amparo, y prestar servicios a terceros sin necesidad de un interés jurídico directo.
Este decreto reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999 en Colombia relacionada con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales. Establece definiciones clave, requisitos para las entidades de certificación cerradas y abiertas, lineamientos sobre declaraciones de prácticas de certificación, infraestructura y recursos técnicos necesarios. El objetivo general es regular el funcionamiento de las entidades de certificación en el país y garantizar la seguridad y confiabilidad de los certificados y firmas digitales.
El documento describe las causales para la pérdida, suspensión y privación de la patria potestad según el Código de la Niñez y Adolescencia y el Código Civil. La patria potestad se puede perder o suspender judicialmente si el padre o madre incurre en maltrato físico o psicológico grave del hijo, abuso sexual, explotación del hijo, demencia, falta de interés en el desarrollo del hijo por más de 6 meses, incumplimiento grave de los deberes parentales o permitir la mendicidad del
Este documento describe la historia y características de los Tribunales de Familia en Chile. Se establecieron en 2005 para mejorar la protección de familias, niños y adolescentes de manera profesional e interdisciplinaria. Los tribunales buscan resolver conflictos a través de la conciliación y mediación para aminorar costos emocionales. El interés superior del niño es suprem o.
Este documento presenta el Plan Integral de Formación Especializada para la Implementación de los Módulos de Aprendizaje Autodirigido en el Programa de Formación Judicial Especializada para el Área de Familia. El plan fue desarrollado por la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla y busca capacitar a jueces, empleados y demás funcionarios judiciales a través de módulos de aprendizaje autodirigido. El documento describe el enfoque pedagógico de la Escuela Judicial y presenta el módulo sobre Procesos en
El documento describe los principios y procedimientos de la justicia de familia en Chile. Establece tribunales de familia especializados con jueces, fiscales y defensores capacitados. Los tribunales siguen principios como la inmediación, oralidad y concentración de los procesos para proteger los derechos de los niños y encontrar soluciones consensuadas. También crea un consejo técnico interdisciplinario para asesorar a los jueces.
El documento describe los principios y procedimientos generales de los tribunales de familia en España. Estos incluyen principios como la oralidad, concentración, desformalización e interés superior del niño, así como procedimientos como la demanda, audiencia preparatoria, audiencia de juicio, sentencia y posibles recursos. También cubre temas como pruebas, testigos, peritos, declaraciones de las partes y la mediación como posible solución alternativa de disputas.
El documento resume los diferentes tipos de procesos de familia y cómo deben tramitarse. Se detalla que los asuntos relacionados con alimentos y patria potestad deben tramitarse en juicio oral, mientras que otros como régimen económico del matrimonio, nulidad del matrimonio, y paternidad/filiación deben seguir un juicio ordinario escrito. También se mencionan los procedimientos especiales para ciertos asuntos y las facultades discrecionales del juez en estos procesos.
El documento describe el proceso judicial familiar en los juzgados de familia en España. Incluye principios como la oralidad, concentración, inmediación, desformalización y protección a la intimidad. Explica las etapas del proceso como la demanda, citación, audiencia preparatoria para ratificar la demanda, buscar soluciones alternativas y fijar la prueba, y la audiencia de juicio para recibir pruebas, opiniones de peritos y emitir sentencia.
Este decreto reglamenta el artículo 160 del Decreto-ley 19 de 2012 sobre las entidades de certificación en Colombia. Establece los requisitos para la acreditación de entidades de certificación cerradas y abiertas ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia. Define conceptos clave como certificado, suscriptor e inicidor. Determina los requisitos mínimos en términos de patrimonio, garantías, infraestructura y procedimientos para las entidades de certificación abiertas.
1. Frank Hernan Cocha Romero presenta una demanda de acción contencioso administrativa contra la Red de Salud Huaylas Norte para que le pague S/. 93,092.52 en intereses legales generados por el pago tardío de una bonificación especial entre 1994 y 2014.
2. Alega haber agotado la vía administrativa al presentar un reclamo en 2018 sin obtener respuesta. Solicita que se apliquen los artículos del Código Civil sobre intereses legales.
3. Adjunta documentos que respaldan sus peticiones y
Este documento convoca un proceso de selección para cubrir 14 plazas de funcionarios en el Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social en España. El proceso consistirá en una oposición con ejercicios escritos y orales evaluados por un tribunal calificador. Los candidatos deberán tener una titulación universitaria y la nacionalidad española. El plazo para presentar solicitudes es de 20 días a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Convocatoria para la certificación en materia de prevención de operaciones co...EX ARTHUR MEXICO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
CONVOCATORIA para la certificación en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.
Este documento establece las pautas para el funcionamiento del Centro de Mediación Judicial y Extrajudicial en la provincia de San Luis. Se describen los procedimientos para la remisión de causas al Centro, los requisitos para ser mediador, el sorteo y asignación de mediadores, la realización de audiencias de mediación y las sanciones por incomparecencia. El objetivo es organizar el proceso de mediación y proveer una gestión eficiente del Centro.
Este documento contiene una relación de dos planes de pensiones autorizados y registrados ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. También incluye un oficio que modifica la autorización otorgada a Crédito Afianzador, S.A. de C.V. para reflejar una disminución en su capital social. Finalmente, anuncia una convocatoria de la Secretaría de Desarrollo Social para recibir proyectos dentro del Programa de Coinversión Social.
El documento presenta una solicitud de tutela de derechos fundamentales ante incumplimientos por parte de la Secretaría de Educación del Valle del Cauca. El solicitante cumplió con todos los requisitos para su ascenso en el escalafón docente, pero no se le ha pagado el costo acumulado correspondiente. A pesar de múltiples peticiones, la Secretaría no ha reconocido este derecho, violando principios constitucionales como la dignidad humana, el orden justo y la igualdad. Se pide que se ordene el pago del cost
Este decreto establece la reglamentación parcial de la Ley 527 de 1999 en relación con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales. Define términos clave como iniciador, suscriptor, repositorio, claves pública y privada, y tipos de entidades de certificación. Establece requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas y lineamientos sobre declaración de prácticas de certificación, patrimonio mínimo, garantías y auditorías.
Este documento presenta las conclusiones de varios talleres sobre la aplicación de una nueva ley de alimentos para niños y adolescentes en Ecuador. Se resumen las buenas prácticas acordadas por jueces y funcionarios para implementar la ley de manera efectiva y eficiente, incluyendo procedimientos estandarizados, capacitación del personal, y recomendaciones para agilizar trámites como las pruebas de ADN y el pago de pensiones alimenticias.
Este documento resume la modificación del formulario de solicitud de asistencia jurídica gratuita y/o gratuidad de mediación en la provincia de Santa Fe, Argentina. Se requiere que el formulario incluya más campos de información personal y que se adjunte documentación que respalde los datos proporcionados. El objetivo es constatar mejor la necesidad alegada por el solicitante.
Este documento presenta 31 criterios normativos emitidos por el Comité Técnico de Normatividad de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente entre 2011 y 2013. Los criterios interpretan la ley orgánica de la Prodecon y sus lineamientos para guiar el trámite de asuntos y quejas. Algunos criterios especifican que la Prodecon puede conocer quejas contra actos de autoridad fiscal, representar contribuyentes ante juicios de amparo, y prestar servicios a terceros sin necesidad de un interés jurídico directo.
Este decreto reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999 en Colombia relacionada con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales. Establece definiciones clave, requisitos para las entidades de certificación cerradas y abiertas, lineamientos sobre declaraciones de prácticas de certificación, infraestructura y recursos técnicos necesarios. El objetivo general es regular el funcionamiento de las entidades de certificación en el país y garantizar la seguridad y confiabilidad de los certificados y firmas digitales.
El documento describe las causales para la pérdida, suspensión y privación de la patria potestad según el Código de la Niñez y Adolescencia y el Código Civil. La patria potestad se puede perder o suspender judicialmente si el padre o madre incurre en maltrato físico o psicológico grave del hijo, abuso sexual, explotación del hijo, demencia, falta de interés en el desarrollo del hijo por más de 6 meses, incumplimiento grave de los deberes parentales o permitir la mendicidad del
Este documento describe la historia y características de los Tribunales de Familia en Chile. Se establecieron en 2005 para mejorar la protección de familias, niños y adolescentes de manera profesional e interdisciplinaria. Los tribunales buscan resolver conflictos a través de la conciliación y mediación para aminorar costos emocionales. El interés superior del niño es suprem o.
Este documento presenta el Plan Integral de Formación Especializada para la Implementación de los Módulos de Aprendizaje Autodirigido en el Programa de Formación Judicial Especializada para el Área de Familia. El plan fue desarrollado por la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla y busca capacitar a jueces, empleados y demás funcionarios judiciales a través de módulos de aprendizaje autodirigido. El documento describe el enfoque pedagógico de la Escuela Judicial y presenta el módulo sobre Procesos en
El documento describe los principios y procedimientos de la justicia de familia en Chile. Establece tribunales de familia especializados con jueces, fiscales y defensores capacitados. Los tribunales siguen principios como la inmediación, oralidad y concentración de los procesos para proteger los derechos de los niños y encontrar soluciones consensuadas. También crea un consejo técnico interdisciplinario para asesorar a los jueces.
El documento describe los principios y procedimientos generales de los tribunales de familia en España. Estos incluyen principios como la oralidad, concentración, desformalización e interés superior del niño, así como procedimientos como la demanda, audiencia preparatoria, audiencia de juicio, sentencia y posibles recursos. También cubre temas como pruebas, testigos, peritos, declaraciones de las partes y la mediación como posible solución alternativa de disputas.
El documento resume los diferentes tipos de procesos de familia y cómo deben tramitarse. Se detalla que los asuntos relacionados con alimentos y patria potestad deben tramitarse en juicio oral, mientras que otros como régimen económico del matrimonio, nulidad del matrimonio, y paternidad/filiación deben seguir un juicio ordinario escrito. También se mencionan los procedimientos especiales para ciertos asuntos y las facultades discrecionales del juez en estos procesos.
El documento describe el proceso judicial familiar en los juzgados de familia en España. Incluye principios como la oralidad, concentración, inmediación, desformalización y protección a la intimidad. Explica las etapas del proceso como la demanda, citación, audiencia preparatoria para ratificar la demanda, buscar soluciones alternativas y fijar la prueba, y la audiencia de juicio para recibir pruebas, opiniones de peritos y emitir sentencia.
La mediación escolar es un procedimiento voluntario mediante el cual los protagonistas de un conflicto, con la ayuda de un mediador imparcial, construyen por sí mismos un acuerdo satisfactorio para resolver el conflicto. El mediador escolar ayuda a las partes a comunicarse, identificar intereses subyacentes y alcanzar un acuerdo que repare el daño causado a la convivencia. Cualquier miembro de la comunidad educativa puede ser mediador si recibe la formación adecuada.
Este documento describe los procedimientos y requisitos para un juicio ordinario y un juicio sumario en Guatemala. Para un juicio ordinario, explica los pasos del proceso como la demanda, emplazamiento, contestación, apertura de prueba, vista y sentencia. Para un juicio sumario, indica los casos en los que procede y los requisitos para presentar una demanda, los cuales son similares a los de un juicio ordinario.
El documento describe las teorías sobre el origen de la familia, incluyendo la teoría providencial y la teoría evolucionista. Esta última propone diferentes etapas en la evolución de la familia, como la comunidad primitiva, el patriarcado y la monogamia. También analiza la evolución del derecho familiar a través de las épocas antigua, medieval, moderna y contemporánea. Finalmente, presenta conceptos y tipologías de la familia desde las perspectivas jurídica y social.
Este decreto reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999 en Colombia relacionada con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales. Establece definiciones clave como iniciador, suscriptor, repositorio, claves públicas y privadas, y certificados. También describe los requisitos para las entidades de certificación cerradas y abiertas, incluyendo acreditación, infraestructura, garantías, y declaración de prácticas de certificación.
Posibilidad persona fisica_condicion_empesaseguridadpica
El documento discute varias cuestiones relacionadas con la posibilidad de que las personas físicas puedan constituirse como empresas de seguridad privada. Explica que la nueva ley permite que las empresas de seguridad puedan ser personas físicas o jurídicas, y analiza los requisitos y documentación necesarios para que una persona física opere como empresa de seguridad.
Acuerdo acdo.sa2.hct.280617/149.p.dir por el que se actualizan los formatos para la formulación del dictamen por contador público autorizado y se aprueban las reglas del sistema de dictamen electrónico del imss (sideimss).
LEY 5/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILESekonomistak
Este documento es un decreto real que desarrolla aspectos de la Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles de España relacionados con la formación de mediadores, su obligación de aseguramiento de responsabilidad civil, la publicidad de mediadores e instituciones de mediación a través de un registro, y el procedimiento simplificado de mediación electrónica. El decreto establece requisitos mínimos de formación para mediadores, la creación de un registro público de mediadores e instituciones de mediación, y lineamientos básicos para el procedimiento simplificado de
Este decreto establece la regulación para las entidades de certificación digital en Colombia. Define términos clave como iniciador, suscriptor, certificado y establece requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas, incluyendo acreditación de requisitos, infraestructura y recursos, garantías, y declaración de prácticas de certificación. El objetivo es regular el funcionamiento de las entidades de certificación para promover la confiabilidad y seguridad de las firmas digitales.
Este decreto establece la regulación para las entidades de certificación digital en Colombia. Define términos clave como certificado, firma digital, claves públicas y privadas. Establece requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas como acreditar ante autoridades capacidad técnica y legal, contar con infraestructura segura, garantías financieras y cumplir estándares internacionales. El objetivo es promover la firma digital y brindar un marco legal para su uso en el comercio electrónico.
Este decreto establece la regulación para las entidades de certificación digital en Colombia. Define términos clave como iniciador, suscriptor, certificado y establece requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas, incluyendo acreditación de requisitos, infraestructura y recursos, garantías, y declaración de prácticas de certificación. El objetivo es regular el funcionamiento de las entidades de certificación para promover la confiabilidad y seguridad de las firmas digitales.
Este decreto establece la regulación para las entidades de certificación digital en Colombia. Define términos clave como certificado, firma digital, claves públicas y privadas. Establece requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas como acreditar ante autoridades capacidad técnica y legal, contar con infraestructura segura, garantías financieras y declaración de prácticas de certificación. El objetivo es promover la firma digital y su reconocimiento legal mediante el establecimiento de estándares de confiabilidad para entidades emis
Este decreto establece la regulación para las entidades de certificación digital en Colombia. Define términos clave como iniciador, suscriptor, certificado y establece requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas, incluyendo acreditación de requisitos, infraestructura y recursos, garantías, y declaración de prácticas de certificación. El objetivo es regular el funcionamiento de las entidades de certificación para promover la confiabilidad y seguridad de las firmas digitales.
Este decreto reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999 en Colombia relacionada con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales. Establece definiciones clave, requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas, lineamientos sobre declaraciones de prácticas de certificación, y garantías requeridas.
Este decreto reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999 en Colombia relacionada con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales. Establece definiciones clave, requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas, contenido mínimo para declaraciones de prácticas de certificación, y garantías requeridas como seguros o fideicomisos.
DECRETO 1747 DE 2000
POR EL CUAL SE REGLAMENTA PARCIALMENTE LA LEY 527 DE 1999,EN LO RELACIONADO CON LAS ENTIDADES DE CERTIFICACION,LOS CERTIFICADOS Y LAS FIRMAS DIGITALES
Este decreto reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999 en Colombia relacionada con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales. Establece definiciones clave, requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas, lineamientos sobre declaraciones de prácticas de certificación, y garantías requeridas.
Este decreto reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999 en Colombia relacionada con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales. Establece definiciones clave, requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas, contenido mínimo para declaraciones de prácticas de certificación, y garantías requeridas como seguros o fideicomisos.
Este decreto establece la regulación para las entidades de certificación digital en Colombia. Define términos clave como iniciador, suscriptor, certificado y establece requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas, incluyendo acreditación de requisitos, infraestructura y recursos, garantías, y declaración de prácticas de certificación. El objetivo es regular el funcionamiento de las entidades de certificación para promover la confiabilidad y seguridad de las firmas digitales.
Este decreto establece la regulación para las entidades de certificación digital en Colombia. Define términos clave como iniciador, suscriptor, certificado y establece requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas, incluyendo acreditación de requisitos, infraestructura y recursos, garantías, y declaración de prácticas de certificación. El objetivo es regular el funcionamiento de las entidades de certificación para promover la confiabilidad y seguridad de las firmas digitales.
Este decreto establece la regulación para las entidades de certificación digital en Colombia. Define términos clave como iniciador, suscriptor, certificado y establece requisitos para entidades de certificación cerradas y abiertas, incluyendo acreditación de requisitos, infraestructura y recursos, garantías, y declaración de prácticas de certificación. El objetivo es regular el funcionamiento de las entidades de certificación para promover la confiabilidad y seguridad de las firmas digitales.
Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999, en lo relacionado con las entidades de certificación, los certificados y las firmas digitales.
La ley establece las regulaciones para el uso de firmas electrónicas, otorgándoles la misma validez legal que las firmas manuscritas. Define la firma digital y certificado digital, y establece los requisitos y procedimientos para las entidades de certificación y registro. Además, regula la emisión, contenido, cancelación y revocación de los certificados digitales.
Similar a Borrador de las disposiciones que regirán el Registro de Mediadores (20)
Anteproyecto de ley de modificación del libro segundo del Código civil de Cataluña, en relación con el establecimiento de la obligatoriedad de la sesión previa sobre mediación en determinados conflictos familiares, y de modificación de la Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado
Agenda eventos conmemorativos del Día Europeo de la Mediación. 21 de enero 2020Gema Murciano
El documento resume una serie de eventos que tendrán lugar en España y otros países de Europa entre el 15 y el 24 de enero para conmemorar el Día Europeo de la Mediación, incluyendo conferencias, jornadas, mesas redondas y proyecciones sobre temas relacionados con la mediación en diferentes ámbitos como la justicia, las organizaciones y las familias. Los eventos se llevarán a cabo en diversas ciudades como Madrid, Barcelona, Valencia, Málaga, Navarra, Granada y Valladolid.
Prólogo de la obra: “Nacionalidad española: adquisición, pérdida y recuperaci...Gema Murciano
El prólogo describe la historia de la autora y su familia, que emigraron de España a Cuba debido a la Guerra Civil y la pobreza. Años más tarde, la autora buscó recuperar su nacionalidad española con la ayuda del abogado Luis Vidal, quien pacientemente la guió a través del proceso burocrático. Al final, la autora logró conseguir la ciudadanía española y ahora puede caminar por la tierra de sus antepasados en Asturias.
Los autónomos extranjeros crecen a un ritmo tres veces superior que el total ...Gema Murciano
El número de autónomos extranjeros en España aumentó en 3,924 en el primer trimestre de 2016, lo que representa un crecimiento del 1.5%. El crecimiento de autónomos extranjeros triplicó el crecimiento general del régimen de autónomos. Los autónomos rumanos y italianos representaron el mayor aumento entre las nacionalidades, con 677 y 628 nuevos autónomos respectivamente.
Guía simple y rápida para programar tweetsGema Murciano
En 3 oraciones o menos:
Este documento ofrece una guía para programar tweets en Twitter. Indica que debes escribir tu mensaje de 140 caracteres en la sección "What's happening?" y seleccionar la fecha y hora en la que deseas publicar el tweet. Esto programará el tweet para que se publique automáticamente en el momento seleccionado.
La campaña #m se centra en promover la alfabetización mediática y la conciencia digital entre los jóvenes. Alienta a los estudiantes a pensar de manera crítica sobre los medios y a comprender mejor cómo funcionan las redes sociales y los medios digitales. La campaña también busca inspirar a los jóvenes a usar su voz para abogar por causas importantes.
Invitación ciclo miércoles de mediación 14 mayoGema Murciano
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia organiza un ciclo de conferencias sobre estrategias para el cambio de la confrontación a la mediación. El 14 de mayo de 2014 se llevará a cabo la primera conferencia de este ciclo, que contará con las presentaciones de Manuel Ramón Pimentel Siles, Trinidad Bernal Samper y Alberto Aguirre de Cárcer sobre este tema. La conferencia tendrá lugar a las 19:00 en el Tribunal Superior de Justicia de Murcia y el aforo es limitado a 100 personas.
Mediación en casos de sustracción internacional de menoresGema Murciano
Este documento describe un taller de capacitación de dos días sobre el Convenio de La Haya de 1980 y la mediación en casos de sustracción internacional de menores. El taller cubrirá las normativas aplicables, los principios procesales, y el uso de la mediación y comunicaciones judiciales directas para resolver estos casos. Incluirá presentaciones sobre la legislación española e internacional, casos prácticos, y discusiones sobre el papel de grupos profesionales en estos procesos transfronterizos.
ornada ARBITRAJE SOCIETARIO: PROYECCIÓN DE FUTURO | 10.04.2014 Gema Murciano
El resumen describe un evento de arbitraje societario que tendrá lugar el 10 de abril de 2014 en el hotel Eurostars Madrid Tower. El programa incluye ponencias sobre las amenazas al arbitraje societario y la formalización e inscripción del laudo, seguido de una mesa redonda sobre cuestiones relativas al arbitraje societario. El evento concluye con un foro abierto y palabras de cierre por el presidente del Consejo General del Notariado.
Son etiquetas de advertencia que están pegadas en las maquinarias pesadas, Caterpillar, Komatsu, Volvo etc., para evitar accidentes durante la operación y mantenimiento en la operación de equipos pesados por los operadores y mecánicos.
Las etiquetas de advertencia fueron primeramente pura letras y en Ingles ,luego letras y una imagen , y ahora solo es Imagen que el operador tiene que describir el riesgo y evitar los accidentes de acuerdo a la imagen que esta en los equipos pesados.
Catálogo General Ideal Standard 2024 Amado Salvador Distribuidor Oficial Vale...AMADO SALVADOR
Amado Salvador, como distribuidor oficial, te ofrece el catálogo completo de productos de Ideal Standard, líder indiscutible en soluciones para baños. Descubre el último catálogo de Ideal Standard y conoce la amplia gama de productos de calidad insuperable, como cerámica sanitaria, grifería y accesorios, bañeras e hidromasaje, platos de ducha y mobiliario de baño.
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Desde elegantes lavabos hasta innovadoras soluciones de grifería, cada producto de Ideal Standard refleja el compromiso de la marca con la excelencia y la innovación. Amado Salvador, como distribuidor oficial de Ideal Standard, brinda acceso directo a sus productos que combinan estilo, confort y rendimiento.
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Sesión 1 - Redacción de los Documentos Administrativos.pdf
Borrador de las disposiciones que regirán el Registro de Mediadores
1. MINISTERIO
DE JUSTICIA
SUBSECRETARÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE LOS
REGISTROS Y DEL NOTARIADO
PROYECTO DE ORDEN JUS/ /2014, DE DE MARZO, POR LA QUE SE
DICTAN LAS DISPOSICIONES NECESARIAS PARA LA PUESTA EN
FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE MEDIADORES E INSTITUCIONES DE
MEDIACIÓN.
La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles,
estableció un régimen general de esta institución en España, con el objetivo de
impulsar su desarrollo como instrumento complementario a la Administración de
Justicia.
Mediante el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se
desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, se procedió a
desarrollar cuatro aspectos fundamentales de la regulación legal; la formación del
mediador, su publicidad a través de un Registro dependiente del Ministerio de Justicia y
el aseguramiento de su responsabilidad, así como la promoción de un procedimiento
simplificado de mediación por medio electrónicos.
La disposición final segunda del citado real decreto habilita al Ministro de Justicia
para dictar las disposiciones necesarias para la puesta en funcionamiento del Registro
de Mediadores e Instituciones de Mediación.
Se requiere proceder a una regulación más detallada de aspectos prácticos
relativos al Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, especialmente en lo
relativo a la formación de los mediadores, la inscripción de los mediadores e
instituciones de mediación, el seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente,
así como los requisitos técnicos que deberán tener en cuenta todas las personas y
entidades que se relacionen con el Registro.
2. MINISTERIO
DE JUSTICIA
2
La presente orden ha sido informada por la Agencia Española de Protección de Datos.
Por tanto, en virtud de la disposición final segunda del Real Decreto 980/2013, de 13 de
diciembre:
DISPONGO:
.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
1. La presente orden tiene por objeto desarrollar las disposiciones del Real Decreto
980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la
Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, en relación
con la puesta en funcionamiento del Registro de Mediadores e Instituciones de
Mediación.
2. Las normas contenidas en la presente orden son de aplicación a los mediadores y a
las instituciones de mediación que desarrollen su actividad profesional al amparo de los
dispuesto en la Ley 5/2012, de 6 de julio.
Artículo 2. Inscripción de los mediadores en el Registro de Mediadores e Instituciones
de Mediación.
1. A través del formulario de solicitud al que se accederá desde la sede electrónica del
Ministerio de Justicia, los mediadores, personas físicas o jurídicas, podrán inscribirse
en la sección primera del Registro, aportando para su publicidad en el mismo y
mediante declaración responsable sobre su veracidad, suscrita con certificado
reconocido de firma electrónica, los datos a los que se refiere el artículo 14.1 del Real
Decreto 980/2013, de 13 de diciembre.
3. MINISTERIO
DE JUSTICIA
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2. La presentación del formulario de solicitud determinará, en todo caso, la autorización
para la comprobación automática de los datos necesarios para la inscripción por parte
del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. El Registro informará en el
momento de la solicitud de aquellos datos que no hubieran podido ser comprobados en
ese instante, sin perjuicio de la comprobación posterior, de la que igualmente se
informará al solicitante.
3. En todo caso, el proceso de inscripción deberá concluirse en el plazo de tres meses
desde la presentación de la solicitud. . Diez días hábiles antes de la conclusión de este
plazo, el interesado recibirá comunicación electrónica indicando los datos que no hayan
podido ser comprobados. Transcurrido dicho plazo sin haberse podido realizar las
comprobaciones pendientes, deberá presentarse una nueva solicitud.
4. Los mediadores podrán inscribirse para ejercer la mediación por su cuenta,
integrados en alguna institución de mediación, o por cuenta de alguna persona jurídica
mediadora conforme al párrafo segundo del artículo 11.1 de la Ley 5/2012, de 6 de
julio. Se promoverá una inscripción para cada uno de los conceptos en los que el
mediador intervenga. Los mediadores personas jurídicas deberán designar las
personas físicas que, por constar previamente inscritas en el Registro, actuarán en su
nombre.
5. Los mediadores concursales personas naturales o jurídicas deberán cumplir con lo
dispuesto en este artículo, y además con los requisitos a que se refiere el artículo 18
del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre para su inscripción en la sección
segunda del Registro.
4. MINISTERIO
DE JUSTICIA
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Artículo 3. Inscripción de las instituciones de mediación en el Registro de Mediadores
e Instituciones de Mediación.
Mediante declaración responsable suscrita con certificado reconocido de firma
electrónica por quien ostente su representación, las instituciones de mediación habrán
de aportar la información a la que se refiere el artículo 21 del Real Decreto 980/2013,
de 13 de diciembre, para su inscripción y publicidad en la sección tercera del Registro,
información que se acompañará de los siguientes documentos electrónicos en el
formato que se indique en la sede electrónica del Ministerio de Justicia:
a) Documento acreditativo de los criterios de selección de sus mediadores.
b) Documento relativo a sus sistemas de garantía de calidad internos y externos.
c) Memoria anual con las especificaciones que establece el artículo 21.1.h) del Real
Decreto 980/2013, de 13 de diciembre.
Artículo 4. Acreditación de la formación de los mediadores
1. Las certificaciones expedidas por los centros de formación deberán acreditar una
formación específica del mediador que cumpla con los requisitos de contenido y
duración a los que se refiere el Capítulo II del Real Decreto 980/2013, de 13 de
diciembre. Los requisitos técnicos necesarios para la expedición electrónica de dichas
certificaciones y para la carga de sus datos figurarán detallados en la sede electrónica
del Ministerio de Justicia a disposición de aquellas entidades que se hubieran dado de
alta en el sistema.
2. Las certificaciones expedidas por instituciones extranjeras deberán acreditar una
formación específica del mediador que cumpla con los requisitos de contenido a que se
refieren los artículos 4 y 7 del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre,
5. MINISTERIO
DE JUSTICIA
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3. La acreditación de la formación continua de los mediadores a la que se refiere el
artículo 6 del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, se plasmará a través de una
certificación que deberán remitir los centros de formación al Registro de Mediadores e
Instituciones de Mediación en el formato electrónico establecido.
4. La documentación electrónica que los centros de formación deberán remitir al
Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación se aportará a través de la sede
electrónica del Ministerio de Justicia.
Artículo 5. Certificaciones de entidades aseguradoras y de crédito.
1. Las entidades aseguradoras y de crédito deberán acreditar mediante la
correspondiente certificación electrónica, cuyo formato estará disponible en la sede
electrónica del Ministerio, la responsabilidad civil garantizada del mediador o institución
de mediación.
2. Los certificaciones deberán contener, como mínimo, los siguientes datos: el número
de póliza, la compañía aseguradora, la fecha de constitución, el plazo de vencimiento,
la suma asegurada y si este seguro o garantía ha sido contratado a título individual por
el mediador, en cuyo caso se hará constar en nombre, apellidos, o denominación y
número de identificación del asegurado, o dentro de una póliza colectiva, en cuyo caso
se hará constar el nombre, apellidos o denominación y número de identificación del
tomador.
3. De la misma forma comunicarán las entidades aseguradores la extinción del contrato
de seguro o cualquier otra circunstancia por la que la actuación del mediador deje de
estar amparada por la cobertura de la póliza. De acuerdo con el artículo 17.1 a) del
Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, estas circunstancias conllevarán la baja
en el Registro hasta que se proceda a la celebración de un nuevo contrato o
constitución de una nueva garantía o cesen las circunstancias que habían provocado
que el mediador dejara de estar amparado por la cobertura de la póliza.
6. MINISTERIO
DE JUSTICIA
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4. Tratándose de pólizas colectivas, a favor de colegios profesionales, instituciones de
mediación o personas jurídicas, la designación individual de los asegurados deberá
determinarse por la entidad tomadora.
5. Si la garantía se hubiera prestado mediante aval, la entidad de crédito deberá
acreditar igualmente, mediante la correspondiente certificación electrónica, cuyo
formato estará disponible en la sede electrónica del Ministerio, la responsabilidad civil
garantizada haciendo constar la denominación e identificación de la entidad, la
identificación del aval, la fecha de constitución, el plazo de vencimiento y la cantidad
asegurada.
Artículo 6. Certificaciones de los colegios profesionales.
La titulación y la acreditación de la formación como mediador podrán realizarse
mediante certificación electrónica del Consejo General en el que estuvieran agrupados
los Colegios, o en caso de no existir éste, de los colegios profesionales respectivos.
De la misma manera podrá acreditarse, para el caso de los mediadores concursales, su
formación y experiencia como administrador concursal.
Artículo 7. Intercambio de datos con los centros de formación, colegios profesionales y
entidades aseguradoras y de crédito.
1. Las certificaciones electrónicas individuales de los centros de formación, colegios
profesionales, entidades aseguradoras y de crédito, o cualesquiera otra que fueran
necesarias podrán sustituirse en todo caso por ficheros informáticos colectivos
generados por la institución, corporación o entidad correspondiente, siempre que pueda
garantizarse su origen mediante la utilización de servicios informáticos seguros, de
forma que los datos puedan ser incorporados a los sistemas del Registro de
Mediadores e Instituciones de Mediación.
7. MINISTERIO
DE JUSTICIA
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2. Para que las diversas entidades prestadoras de servicios en relación con el Registro
de Mediadores e Instituciones de Mediación pueda comunicar datos a dicho Registro,
será necesario que estén previamente habilitadas; para ello se regularán en la sede
electrónica del Ministerio los requisitos técnicos para ser dadas de alta, así como las
instrucciones a seguir cuando accedan al sistema para cargar o modificar datos de los
interesados o solicitantes de inscripción en el Registro. Los centros de formación
deberán remitir los datos a los que se refiere el artículo 7.3 del Real Decreto 980/2013,
de 9 de julio.
3. La comunicación de los datos al Ministerio supondrá la declaración, por parte del
centro de formación, colegio profesional o entidad correspondiente, de haber solicitado
y obtenido autorización de los interesados finales a la cesión de sus datos personales
al Ministerio de Justicia.
4. También podrán obtenerse directamente los datos mediante servicios web
establecidos entre los sistemas informáticos de las respectivas instituciones,
corporaciones y entidades y los sistemas del Registro de Mediadores, siempre que
pueda, igualmente, garantizarse el origen mediante la correcta identificación de ambos
sistemas.
Artículo 8. Datos del Registro
1. La información relativa a los listados de mediadores e instituciones de mediación, así
como a las altas, bajas, modificaciones o actualizaciones relativas a los mismos,
podrán consultarse en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación en la
sede electrónica del Ministerio de Justicia.
8. MINISTERIO
DE JUSTICIA
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Los terceros que aporten información al Registro, podrán en todo momento obtener
información actualizada sobre el estado de la información aportada a través de la sede
electrónica del Ministerio de Justicia.
2 Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, el Registro de Mediadores e
Instituciones de Mediación procederá en relación a los mediadores concursales en la
forma determinada en el artículo 19 del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre.
Artículo 9. Recursos
1. Frente a las resoluciones del encargado del Registro podrá interponerse recurso de
alzada ante el Subsecretario del Ministerio de Justicia, en su caso, a través de la sede
electrónica del Ministerio, en los plazos previstos en artículo 115 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
Procedimiento Administrativo Común.
2. Una vez agotada la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-
administrativo en el plazo previsto en la Ley 29/1998, de 14 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Artículo 10. Coordinación con los registros de mediadores de las comunidades
autónomas.
A los efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 980/2013,
de 13 de diciembre, se habilitarán herramientas de colaboración entre el Registro de
Mediadores e Instituciones de Mediación y los registros de mediadores que puedan
existir en las comunidades autónomas.
9. MINISTERIO
DE JUSTICIA
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Disposición adicional primera. Autenticación mediante certificado electrónico
La autenticación de personas o instituciones, españolas o extranjeras, deberá
realizarse mediante certificado electrónico a través de las plataformas autorizadas que
se indiquen en la sede electrónica.
Disposición adicional segunda. Fichero de Mediadores e Instituciones de Mediación.
Se crea el Fichero de Mediadores e Instituciones de Mediación de datos de carácter
personal dependiente de la Dirección General de los Registros y del Notariado, cuyas
características se describen en el anexo.
Disposición adicional tercera. Supletoriedad.
En todo lo no previsto en la presente orden, será de aplicación con carácter supletorio
lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Disposición transitoria única. Transitoriedad
A partir del 1 de abril de 2014 los Registradores Mercantiles y los Notarios podrán
acceder al Portal telemático de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado a que se
refiere la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, para proceder a la designación del
mediador concursal.
Disposición final primera. Título competencial.
La presente orden se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el
artículo 149.1.6.ª y 8.ª de la Constitución Española, en materia de legislación mercantil
y de ordenación de los registros e instrumentos públicos.
10. MINISTERIO
DE JUSTICIA
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Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín
Oficial del Estado”.
Madrid, de de 2014 .
EL MINISTRO DE JUSTICIA
Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez
11. MINISTERIO
DE JUSTICIA
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ANEXO
Fichero de Mediadores e Instituciones de Mediación
a) Denominación del fichero: “Mediadores e Instituciones de Mediación”
b) Finalidad y usos previstos: Constituir una base de datos informatizada accesible a
través del sitio web del Ministerio de Justicia, previo cumplimiento de los requisitos
exigidos en materia de inscripción de instituciones, corporaciones o entidades a las que
se refiere la normativa vigente.
c) Origen de los datos: Los centros de formación, mediadores e instituciones de
mediación, entidades aseguradoras y de crédito y colegios profesionales suministrarán
la información.
d) Procedimiento de recogida: La información requerida se enviará mediante los
formularios habilitados a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia o
mediante correo ordinario.
e) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado:
e.1) Datos de carácter personal incluidos en el fichero: Nombre y apellidos,
DNI/NIF/Documento identificativo, dirección postal y electrónica, teléfono, el número de
póliza; número de identificación del asegurado; número de identificación del tomador;
número de identificación del aval, número de matrícula del curso impartido en un
Centro de Formación.
e.2) Sistema de tratamiento: Mixto.
f) Cesiones de datos de carácter personal previstas: Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado, Registros de Mediadores de Comunidades Autónomas, así como las cesiones
previstas por Ley.
g) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No hay transferencias
internacionales previstas.
h) Órgano responsable del fichero: Dirección General de los Registros y del Notariado.
12. MINISTERIO
DE JUSTICIA
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i) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de los Registros y del
Notariado, Subdirección General del Notariado y de los Registros, Plaza Jacinto
Benavente, 3, 28071 Madrid.
j) Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: Nivel Básico.