1. 1
PROCESOS DE FAMILIA
Asuntos que deben tramitarse en juicio oral
a) Alimentos; y
b) Patria Potestad
Asuntos que deben tramitarse en juicio ordinario escrito:
a) Las relativas al régimen económico del matrimonio (Ej.: gananciales)
b) Nulidad del matrimonio
c) Separación y divorcio
d) Declaración y cese de la unión de hecho
e) Paternidad y filiación
f) Oposición en los casos de reconocimiento de preñez o de parto
g) Oposición a la constitución del patrimonio familiar
2. 2
Asuntos que deben tramitarse en procedimiento especial:
a) Insubsistencia del matrimonio
b) Adopción
c) Tutela
d) Diligencias de asistencia judicial gratuita para litigar en asuntos de
familia
e) Recepción de pruebas anticipadas tendientes a preparar el juicio de
índole familiar
f) Ejecuciones en vía de apremio o en juicio ejecutivo de los asuntos de
familia
g) Voluntarios en asuntos que tengan relación con
la familia
PROCESOS DE FAMILIA
3. 3
Asuntos que deben tramitarse en procedimiento especial
(contin.)
i) Modo de suplir el consentimiento para contraer matrimonio
j) Reconocimiento de preñez o de parto
k) Constitución del patrimonio familiar
l) Protección de las personas o seguridad de las personas
m) Medidas de garantía
n) Tercerías
ñ) Consignaciones de pensiones alimenticias
PROCESOS DE FAMILIA
4. 4
Conciliación:
Artículo 11 de la Ley de Tribunales de Familia remite al artículo
203 del CPCyM
Personalmente el juez debe emplear medios de convencimiento y
persuasión que estime adecuados para avenir a las partes.
Debe dejar constancia de todo lo actuado|
PROCESOS DE FAMILIA
PARTICULARIDADES
Artículo 97 del CPCyM: Facultad de citar a conciliación (de oficio
o a petición de parte) en cualquier estado del proceso.
5. 5
PROCESOS DE FAMILIA
Facultades discrecionales del Juez
Artículo 12 LTF
Para proteger a la parte más debil de la relación familiar.
Para dictar medidas que considere pertinentes.
Obligados a investigar la verdad. ( no facultados)
Interrogar sin límite a las partes.
Valoración de la prueba. (sana crítica)
6. 6
PROCESOS DE FAMILIA
Adopción de Medidas Precautorias
Artículo 12 LTF
Oportunidad: antes o durante la tramitación del proceso.
De oficio o a petición de parte
Cualquier medida (no hay limitación)
No requiere prestación de garantía.
7. 7
PROCESOS DE FAMILIA
Presencia del Juez
Artículo 13 LTF
Presencia obligatoria del Juez en todas las diligencias que se
practiquen.
Impulso del Procedimiento
Artículo 10 y 13 LTF
Impulso de Oficio // Rapidez y Economía
8. 8
PROCESOS DE FAMILIA
Medidas coercitivas y sanciones
Artículo 13 LTF
Imposición de estas medidas a personas
renuentes y personal subalterno.
Trabajadores Sociales Adscritos al Tribunal
Artículo 14 LTF
El informe debe rendirse en forma inmediata, con veracidad y
objetividad con la finalidad de lograr el conocimiento pleno del
juez.
9. 9
Presentación de
la demanda
Verbal
Escrita
Acta levantada por
el Secretario
Control
Art.109
1era.
Resolución
Se señala día y hora para
que las partes comparezcan
a juicio oral con
prevenciones legales (art. 202)
Notificación
Procesos de FamiliaProcesos de Familia
Proceso OralProceso Oral
10. 10
Notificación
Actor Demandado
Audiencia
-Contenido-
- Conciliación
- Ampliación (eventual); suspensión (eventual)
- Contestación + prueba
* interpone excepciones (eventual) * allanamiento (eventual)
* reconvención (eventual) * confesión (eventual)
- Diligenciamiento de prueba (eventual otra audiencia por pruebas)
Procesos de FamiliaProcesos de Familia
Proceso OralProceso Oral
12. 12
* Interposición de excepciones previas
- Escucha a la parte actora
Actitudes
parte actora:
Contesta en audiencia
Juez resuelve en
auto separado
Juez resuelve
en audiencia
Contesta y ofrece prueba
Ordena
diligenciamiento
Solicita 24 hrs. para contestar Suspende audiencia
Espera plazoCasillero para verificación de plazos
Vencido plazo
Con escrito
o sin él
Resolución
Contenido dependerá de
si presentó o no prueba
Igual ocurrirá si el demandado ofreció prueba de su excepciónIgual ocurrirá si el demandado ofreció prueba de su excepción
Procesos de FamiliaProcesos de Familia
Proceso OralProceso Oral
13. 13
* Reconvención
Se convoca a nueva audiencia
(no tiene plazo legal)
* Allanamiento Sentencia
* Confesión Sentencia
Procesos de FamiliaProcesos de Familia
Proceso OralProceso Oral
14. 14
JUICIO ORDINARIO
EN PROCESOS DE FAMILIA
Tramitan por esta vía:
1. Las relativas al régimen económico del matrimonio
2. Nulidad del matrimonio
3. Separación y divorcio
4. Declaración y cese de la unión de hecho
5. Paternidad y filiación
6. Oposición en los casos de reconocimiento de
preñez o de parto.
7. Oposición a la constitución del patrimonio familiar
8. Toda otra cuestión que no tenga señalada
tramitación especial (artículo 96 del CPCyM)
15. 15
JUICIO ORDINARIO
DEMANDA:
Requisitos:
Art. 61 (Escrito Inicial)
1. Designación o tribunal a quien se designe.
2. Nombres y apellidos completos del solicitante o de la persona que lo
represente, su edad, estado civil, nacionalidad,profesión u oficio,
domicilio e indicación del lugar para recibir notificaciones.
3. Relación de los hechos a que se refiere la petición.
4. Fundamento de dercho en que se apoya la solicitud , citando las leyes
respectivas.
5. Nombres y apellidos y residencia de las personas de quienes se reclama
un derecho; si se ignore la residencia, se hará constar.
16. 16
JUICIO ORDINARIO
6. La petición en términos precisos
7. Lugar y fecha
8. Firmas del solicitante y del abogado colegiado que los
patrocina, así como el sello de este. Si el solicitante no sabe o
no puede firmar, lo hará por él otra persona o el abogado que
lo auxilie.
Artículo 63: (Copias)
De todo escrito y documento que se
presente deben entregarse tantas copias claramente legibles.
Artículo 106: ( Contenido de la Demanda)
En la demanda se fijarán con claridad y precisión los
hechos en que se funde , las pruebas que van a rendirse, los
fundamentos de derecho y su petición.
17. 17
JUICIO ORDINARIO
Artículo 107: (Documentos Esenciales)
El actor deberá acompañar a su demanda los documentos en que
se funde su derecho.
Prueba con la Demanda:
En la demanda se fijarán las pruebas que van a rendirse.
Con la demanda debe acompañarse los documentos en que se funda el
derecho.
Art. 106: Exige la indicación de todos los medios de prueba que se van a
utilizar pero no establece ninguna consecuencia negativa si así no se
efectúa. La práctica judicial lo exige solamente respecto a la prueba
documental.
18. 18
ACTITUDES DEL DEMANDADO
1. No contesta la demanda:
• Artículo 113:
Se tiene por contestada la demanda en sentido negativo = No
produce confesión ficta.
Se sigue juicio en rebeldía.
Precluye su posibilidad de ofrecer prueba.
• Artículo 114:
Declaración de rebeldía. Necesita pedido de parte
(113 al final)
- Medidas precautorias
19. 19
ACTITUDES DEL DEMANDADO
Plazo: 9 días
Perentorio por artículo 64.
Vencido No podrá contestar la demanda.
2. Contestación.
• Artículo 118:
Requisitos: iguales a los de la demanda.
Alega hechos
Interpone excepciones perentorias
3. Allanamiento
• Artículo 115: No resulta aplicable
En materia de familia no puede declararse el divorcio o la
separación con el simple allanamiento de la parte demandada.
Debe seguirse el trámite común. (Art. 158 Código Civil)
20. 20
ACTITUDES DEL DEMANDADO
RECONVIENE:
• Artículo 119.
Condiciones de Admisión:
Oportunidad = al contestar la demanda
Unidad de Trámite = que puedan actuarse por los mismos
trámites
Conexión = objetiva entre ambos juicios (pretensiones)
Competencia = El artículo no requiere que sean ambos juicios
competencia del mismo tribunal. Pero si fuera
de distinta materia no se admitirá.
Requisitos = igual a los de la demanda
Particularidades:
• Artículo 589:
La caducidad de la instancia impide la continuación de la
reconvención.
21. 21
ACTITUDES DEL DEMANDADO
INTERPONE EXCEPCIONES PREVIAS:
Comprende las : Dilatorias y
Mixtas
Plazo: 6 días
Clases: Artículo 117 y 120
Trámite:
• Incidentes
22. 22
ACTITUDES DEL DEMANDADO
EXCEPCIONES PREVIAS
Particularidades: Del contenido del Auto
a) En un solo acto se resuelve sobre todas la excepciones
planteadas.
b) Si se interpuso Incompetencia junto a otras, el juez
resuelve primero sobre la misma.
b.1 Si la declara con lugar no resuelve sobre las
restantes.
Si la sala revoca falla sobre las restantes
excepciones.
23. 23
ACTITUDES DEL DEMANDADO
b.2 Si la declara sin lugar se pronuncia sobre las
restantes .
Si la sala revoca envía al juez que declara
competente.
24. 24
JUICIO ORDINARIO
PROCEDIMIENTO PROBATORIO
Término:
30 días prorrogable por 10 días más.
Prorroga del término :
Requisitos = Solicitud antes de los 3 días
de que concluya.
Trámite = Incidente
Ofrecimiento:
Conjuntamente a la demanda y contestación.
Petitorio:
Práctica: (Artículo 129)
Se recibirán con citacion de la parte contraria (2 días de anticipación)-
Se señala día y hora para recibirla.
Juez “presidirá “ todas las diligencias de prueba.
25. 25
JUICIO ORDINARIO
PROCEDIMIENTO PROBATORIO
Facultades del Juez: (Artículo127)
Rechazar de plano medios de prueba que sean:
Prohibidos por la ley
Notoriamente delatorios
Que entorpezcan la marcha regular del proceso
Resolución inapelable.
Protesta sobre admisibilidad.
Incidentes sobre la prueba
No suspenden el término probatorio, sino únicamente en relación al
medio probatorio objetado.
Apreciación de la prueba: (Artículo 127)
Criterio de la sana crítica.
26. 26
VISTA
Artículo 196:
Señalamiento de oficio del día y hora para la vista
(Artículo 142 LOJ = Debe verificarse dentro de los 15 días
después de que se termine la tramitacion del asunto. )
Vista = pública si se solicita
Se alega oralmente o por escrito Los abogados de
las partes.
Las partes si así lo
solicitan.
27. 27
SENTENCIA
Plazo:
Debe dictarse dentro de los 15 días después de la vista.
Infracción: Multa de Q 25.00 a Q100.00 salvo causa
justificada.
Requisitos:
(Artículo 147 LOJ) , (Artículo 198 CPM y M)
ENCABEZAMIENTO:
Lugar, fecha, sujetos e identificación del proceso.
RESUMENES DEL JUICIO:
Sobre el memorial de demanda, su contestación,
reconvención, excepciones que se hubieren interpuesto y los
hechos que se hubieren sujetado a prueba.
28. 28
SENTENCIA
PARTE CONSIDERATIVA:
Se formula la exposición de los hechos que se estima probados y la
valoración de la prueba, así como la fundamentación y motivación de
la sentencia.
Debe comprender una exposición clara de la doctrina, leyes y
razonamientos en que se sustenta la conclusión del fallo.
PARTE RESOLUTIVA:
Parte que contendrá decisiones expresas y
precisas, congruentes con el objeto del proceso.
29. 29
Demanda (requisitos
artículos 61, 63, 106 a 107)
Control
(artículo 109)
Omisión de
requisitos legales
Repelidas de oficio expreseando los
defectos que se hayan encontrado
Admite No
Si
Emplazamiento a la
parte demandada
Notificación
Contestación
(requisitos de la
demanda)
Apertura a
prueba
Si hay hechos
controvertidos
(art. 123)
Período
probatorio
Vista Sentencia
Auto para
mejor fallar
Juicio Ordinario
Procedencia: Artículo 96. Toda contienda que no tenga señalada tramitación especial.
Procedimiento: Artículos 106 y siguientes
30. 30
Demanda
incidental
con prueba
INCIDENTES
Objeto: Toda cuestión accesoria que se plantee con ocasión de un proceso y no tenga previsto por ley, un procedimiento especial
Audiencia a los interesados (si
los hubiere) (por dos días)
Juez controla; califica naturaleza
suspensiva o no del incidente
Contesta con prueba
Resolución 3 días
Período probatorio si la cuestión
se refiere a hechos (eventual)
-Plazo 10 días (no más de dos audiencias)-
De vencido el plazo
de la audiencia
En la audiencia
de prueba
Apelable
Efectos de la interposición de incidente
Suspensivo: Los incidentes sin cuya previa resolución es imposible continuar el proceso principal.
Los que no impiden prosecusión del proceso
Los incidentes de nulidad
Excepciones: Que la ley expresamente declare la inapelabilidad
Que hayan sido resueltas por tribunales colegiados
Efectos de la apelación: No suspensivo
Se forma pieza con base en copia de las
actuaciones certificadas por la Secretaría y
se eleva al superior.
Admite
No Si
Rechaza (art.
135 LOJ)
Notificación
Apelación
No suspensivo:
31. 31
COBRO DE PENSIONES
ALIMENTICIAS ATRASADAS
Procedimiento varía según el título:
En vía de Apremio (1)
Por Juicio Ejecutivo
(1) Tratandose de la vía de apremio si con el requerimiento de pago el
demandado no pagare o no tuviere bienes embargables suficientes, se le
certificará lo conducente en su contra comunicando a la justicia penal.
El artículo 292 del Código Civil exige prestación de garantía.
32. 32
Demanda
con título
Control del
juez
Califica el título
Admite
Si No
Resolución
rechazando
ejecución
Resolución
Notificación
Recurso de
Apelación
Despacha mandamiento de ejecución, ordena requerimiento
y embargo de bienes y nombra ejecutor. Da audiencia por 5
días al ejecutado para que oponga excepciones
Requiere
pago
Paga
Fin Embargo y
queda notificado
en el acto
JUICIO EJECUTIVO
No Si
Lámina 1
33. 33
Ejecutado
Interpone
excepciones
(plazo 5 días)
No
Vencido término de 5
días se dicta
sentencia de remate
Con o sin lugar
la ejecución
Apelable
Control del
juez
Admite
No Si
Por falta de
razonamiento
y de prueba
Notificación
Resolución otorgando
audiencia por dos
días al ejecutante
Contesta
No Si
Apertura a prueba
por 10 días
Sentencia
Si
Lámina 2
1
1. El período de apertura a prueba es eventual para los casos en que así lo pida la parte o el juez lo estimare necesario
JUICIO EJECUTIVO
34. 34
Petición
Demanda
Medidas
cuatelares (297)
(eventual)
Control
Formal Admisibilidad
Sustancial
Fundabilidad
(calificación
del título)
Admite
No Si
Resolución
rechazando
ejecución
Notificación
Recurso de
Apelación
Resolución
Varía
según
título
Títulos Nos.
3, 4 y 5
Títulos Nos.
1, 2, 6 y 7
Decreta remate; fija
día y hora; ordena
notificar al ejecutado
Requiere pago; traba
embargo precautorio;
nombra ejecutor
Pago
Si
No Embargo
Fin
Queda emplazado y
noficado en el acto
Requiere
pago
Vía de apremio
1
1. Se preve la notificación por edictos cuando no se supiere el paradero del deudor o no tuviere domicilio conocido
35. 35
1. Oposición de excepciones
Clase de excepciones: Unicamente las que destruyan la eficacia del título con prueba documental. Ejemplo: Pago, Compensación, prescripción.
Plazo: Dentro de 3ero. día.
Requisitos: Por escrito y con prueba documental.
Vía de apremio
Interposición de excepciones
Excepciones Control
Clase
Prueba
Admite
No
Si
Resolución que
rechaza excepción
Corre audiencia
por dos días
Inapelable por
artículo 325
Notificación
Actor
No Si
Dicta auto dentro
de 3o. día
Resolución señalando
audiencia dentro de 10 días
hábiles
Audiencia de
prueba
Dicta auto en la
misma audiencia
Inapelable
Contesta
Si No
Cuestiones
de hecho
Inapelable
1
36. 36
Admite
Si
Resolución
Varía
según
título
Títulos Nos.
3, 4 y 5
Decreta remate; fija día
y hora; ordena notificar
al ejecutado
Notificación
Demandado
opone
excepciones
Si
Trámite incidental
(auto que
desestime
excepciones) Continúa vía
de apremio
No
Tasación y
expertos
Eventual
Inmuebles
Convenio de
las partes
Monto de la
deuda
Valor en
matrícula
fiscal
Elección del
actor
Ordena remate fijando
día y hora y
publicaciones. Fija en
estrados
Diario Oficial y otro de
mayor circulación: 3
en 15 o 30 días
Remat
e
Se levanta acta
Firmas:
a) Juez
b) Secretario
c) Rematario
d) Interesado; y,
e) Sus abogados
Vía de apremio
(Continuación)