Este documento presenta información sobre un curso de evaluación forense de la afectación psicológica dictado por el Instituto de Especialización e Investigación en Psicología Forense y Criminología (IPSIFOC). El curso cubrirá temas como la afectación psicológica en la legislación peruana, los tipos de trauma y afectación psicológica que pueden resultar de la violencia, y cómo elaborar informes psicológicos forenses sobre afectación psicológica. El documento también incluye extractos
1) El documento describe el caso de un hombre que estranguló y asesinó a su esposa en San Miguel después de una discusión sobre el divorcio. 2) Explica que la violencia familiar ocurre cada dos minutos en Perú y que la mayoría de mujeres no denuncian por vergüenza, miedo o desconocimiento de dónde acudir. 3) Resume los aspectos clave de la Ley 26260 de protección frente a la violencia familiar en Perú.
Guia de valoarcion de daño psiquico 2016 criminalisticaernesto tomas
Este documento presenta la metodología para valorar el daño psíquico en víctimas adultas de violencia. Describe los objetivos de determinar la presencia y nivel de daño, las personas a las que aplica, los profesionales autorizados y los requisitos para aplicar la valoración. También cubre el proceso de solicitar una nueva evaluación si el daño es agudo o el vínculo violento continúa.
Este documento trata sobre la violencia intrafamiliar en Chile. Explica que la violencia intrafamiliar afecta a uno de cada cuatro hogares chilenos y que existen diferentes tipos de violencia como psicológica, física, sexual y patrimonial. También describe las leyes y organismos judiciales relacionados con la violencia intrafamiliar, incluyendo el delito de maltrato habitual.
Este documento presenta las recomendaciones y lineamientos para la evaluación integral de presuntas víctimas de delitos contra la libertad sexual en Perú. Incluye protocolos para la recepción, examen médico-legal y entrevista de las víctimas de manera respetuosa y sensible, así como consideraciones sobre la recolección de pruebas, antecedentes relevantes y coordinación con otras instituciones. El objetivo es estandarizar los criterios médico-legales y brindar atención de calidad a las víctimas.
El documento presenta preguntas sobre un seminario de violencia familiar. Aborda temas como las causas del machismo en la violencia familiar, los tipos de agresiones en el maltrato infantil, las etapas del ciclo de la violencia familiar, y las instituciones donde se puede denunciar casos de violencia familiar en el Perú. También explora argumentos en contra de la conciliación en estos casos y si ciertas proposiciones sobre la legislación peruana en esta área son verdaderas o falsas.
El documento resume los principales aspectos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en Venezuela. Define 19 tipos de violencia contra la mujer e indica las penas asociadas a cada delito según la ley y el código penal. También cubre temas como la responsabilidad civil, las funciones de las unidades de atención a víctimas y los programas de prevención.
Este documento describe las leyes ecuatorianas relacionadas con lesiones corporales. Define varios tipos de lesiones de acuerdo a su gravedad y duración de la incapacidad causada, estableciendo penas de prisión y multas para cada caso. También cubre temas como lesiones en riñas, lesiones agravadas por parentesco, lesiones culposas, abandono de personas y violencia en estadios deportivos. El objetivo es proteger la integridad física de las personas de acuerdo a la Constitución ecuatoriana.
Este documento resume los principales aspectos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en Venezuela. Define 19 tipos de violencia contra la mujer e indica las penas asociadas a cada delito según esta ley y el Código Penal. También describe brevemente circunstancias agravantes y responsabilidad civil.
1) El documento describe el caso de un hombre que estranguló y asesinó a su esposa en San Miguel después de una discusión sobre el divorcio. 2) Explica que la violencia familiar ocurre cada dos minutos en Perú y que la mayoría de mujeres no denuncian por vergüenza, miedo o desconocimiento de dónde acudir. 3) Resume los aspectos clave de la Ley 26260 de protección frente a la violencia familiar en Perú.
Guia de valoarcion de daño psiquico 2016 criminalisticaernesto tomas
Este documento presenta la metodología para valorar el daño psíquico en víctimas adultas de violencia. Describe los objetivos de determinar la presencia y nivel de daño, las personas a las que aplica, los profesionales autorizados y los requisitos para aplicar la valoración. También cubre el proceso de solicitar una nueva evaluación si el daño es agudo o el vínculo violento continúa.
Este documento trata sobre la violencia intrafamiliar en Chile. Explica que la violencia intrafamiliar afecta a uno de cada cuatro hogares chilenos y que existen diferentes tipos de violencia como psicológica, física, sexual y patrimonial. También describe las leyes y organismos judiciales relacionados con la violencia intrafamiliar, incluyendo el delito de maltrato habitual.
Este documento presenta las recomendaciones y lineamientos para la evaluación integral de presuntas víctimas de delitos contra la libertad sexual en Perú. Incluye protocolos para la recepción, examen médico-legal y entrevista de las víctimas de manera respetuosa y sensible, así como consideraciones sobre la recolección de pruebas, antecedentes relevantes y coordinación con otras instituciones. El objetivo es estandarizar los criterios médico-legales y brindar atención de calidad a las víctimas.
El documento presenta preguntas sobre un seminario de violencia familiar. Aborda temas como las causas del machismo en la violencia familiar, los tipos de agresiones en el maltrato infantil, las etapas del ciclo de la violencia familiar, y las instituciones donde se puede denunciar casos de violencia familiar en el Perú. También explora argumentos en contra de la conciliación en estos casos y si ciertas proposiciones sobre la legislación peruana en esta área son verdaderas o falsas.
El documento resume los principales aspectos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en Venezuela. Define 19 tipos de violencia contra la mujer e indica las penas asociadas a cada delito según la ley y el código penal. También cubre temas como la responsabilidad civil, las funciones de las unidades de atención a víctimas y los programas de prevención.
Este documento describe las leyes ecuatorianas relacionadas con lesiones corporales. Define varios tipos de lesiones de acuerdo a su gravedad y duración de la incapacidad causada, estableciendo penas de prisión y multas para cada caso. También cubre temas como lesiones en riñas, lesiones agravadas por parentesco, lesiones culposas, abandono de personas y violencia en estadios deportivos. El objetivo es proteger la integridad física de las personas de acuerdo a la Constitución ecuatoriana.
Este documento resume los principales aspectos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en Venezuela. Define 19 tipos de violencia contra la mujer e indica las penas asociadas a cada delito según esta ley y el Código Penal. También describe brevemente circunstancias agravantes y responsabilidad civil.
Este documento presenta información sobre lesionología o traumatología forense. Define conceptos como lesión, daño, debilitamiento y clasifica las lesiones según su intencionalidad, morfología, agente causal y consecuencias. También describe las lesiones según su gravedad en el Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano.
El documento trata sobre el derecho a la integridad personal según instrumentos internacionales de derechos humanos como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como la legislación dominicana. Define la tortura y otros tratos crueles e inhumanos, y establece que estos actos están estrictamente prohibidos y que nadie puede alegar órdenes superiores para justificarlos.
Este decreto legislativo fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género en Perú mediante la modificación de varios artículos del Código Penal. Se define el feminicidio y se establecen penas más severas cuando ocurren circunstancias agravantes. También se endurecen las penas por lesiones graves y leves cuando la víctima es mujer y la violencia ocurre en contextos de género. El objetivo es proteger de manera efectiva a mujeres, niñas, niños y
Este documento describe los delitos contra la salud en el Código Penal peruano. Define la salud como el estado normal de funcionamiento de una persona. Describe los delitos de lesiones graves, lesiones menos graves, lesiones con resultado fortuito y lesiones culposas. Establece los bienes jurídicos protegidos, los elementos objetivos y subjetivos de cada delito, así como las penas correspondientes y formas agravadas relacionadas con la edad de la víctima o violencia familiar.
Ponencia de abogada Silvia Bustos sobre la legislación chilena en violencia intrafamiliar, en el seminario "Intervención psicosocial y judicial en violencia de género", 23 de noviembre de 2012, Pedro Aguirre Cerda, Santiago.
La ley 7586 regula las medidas de protección necesarias para garantizar la vida, integridad y dignidad de las víctimas de violencia doméstica. Define los tipos de violencia doméstica como física, sexual, psicológica y patrimonial. Establece que los juzgados de violencia doméstica tramitarán las denuncias y podrán ordenar medidas de protección como prohibir el acceso al hogar del agresor o suspender su custodia de menores.
Este documento resume las principales formas de violencia contra las mujeres descritas en la ley venezolana, incluyendo violencia doméstica, física, psicológica y sexual. También describe las atribuciones de los organismos competentes, como los tribunales de violencia contra las mujeres, y establece la responsabilidad civil por daños causados. Por último, resume las circunstancias agravantes previstas en la ley y quiénes tienen legitimación para denunciar casos de violencia contra las mujeres.
Este documento discute diferentes tipos de agresión, incluyendo agresión física, verbal y sexual. Define la agresión física como un acto destinado a herir o humillar a alguien con contacto físico. También cubre la agresión verbal y cómo puede afectar la autoestima y bienestar emocional de una persona. Además, explica la violencia sexual y cómo puede ocurrir sin consentimiento a través de la fuerza o intimidación, causando trauma psicológico.
Este documento trata sobre diferentes tipos de agresión y violencia, incluyendo agresión física, agresión verbal, violencia psicológica, violencia sexual, abuso sexual y las acciones que deben tomarse en caso de que ocurran. Define cada tipo de agresión y violencia, describe circunstancias agravantes, y explica que las personas tienen la obligación de denunciar si conocen sobre casos de maltrato, abuso o explotación sexual de un niño, niña o adolescente.
Terapia con hombres maltratantes derivados por orden judicialRed RELATES
La profesora Regina Giraldo, Directora de Fundaterapia-Escuela Sistémica de Bogotá, presentó dentro del marco de las XI Jornadas Relates, un modelo de intervención con hombres maltratantes, derivados por orden Judicial.
Este artículo establece las penas por lesiones leves. Define lesiones leves como aquellas que requieren más de 10 pero menos de 20 días de asistencia médica. Establece penas de prisión de 2 a 5 años. Si la víctima muere, la pena es de 6 a 12 años. También describe circunstancias agravantes y penas más altas cuando la víctima es un menor, miembro de las fuerzas de seguridad, o cuando se aprovecha de su condición.
Delito contra la Libertad Sexual - ViolacionMartin Manco
El documento describe la violación como un delito grave que implica forzar a alguien a tener relaciones sexuales sin su consentimiento. Explica que existen diferentes tipos de violación y que las leyes peruanas establecen penas severas para este delito, incluyendo cárcel de por vida en algunos casos. También cubre temas como la culpabilización de la víctima y los diferentes tipos de violadores.
Este documento trata sobre los aspectos médico-legales de los trastornos psicóticos. En la primera parte, se discuten conceptos jurídicos básicos en psiquiatría clínica, la psicosis como eximente o atenuante de responsabilidad, la psicosis e incapacitación, y la responsabilidad en el tratamiento del paciente psicótico. La segunda parte incluirá un caso práctico.
Este documento trata sobre los aspectos médico-legales de los trastornos psicóticos. En la primera parte, se discuten conceptos jurídicos básicos en psiquiatría clínica, la psicosis como eximente o atenuante de responsabilidad, la psicosis e incapacitación, y la responsabilidad en el tratamiento del paciente psicótico. La segunda parte incluirá un caso práctico.
El documento proporciona información sobre la violación sexual. Define la violación como acceso sexual sin consentimiento mediante violencia física o psicológica. También se considera violación cuando la víctima no puede dar consentimiento, como menores o personas inconscientes. Describe los elementos jurídicos de la violación y los códigos penales relevantes. Explica el proceso de evaluación médico-legal de víctimas, incluyendo exámenes, recolección de pruebas y necesidades de tratamiento y apoyo.
Este documento presenta una ley integral contra la violencia hacia las mujeres. Establece los derechos protegidos de las mujeres y define diferentes formas de violencia como física, psicológica, sexual, patrimonial y laboral. También describe delitos como el femicidio, lesiones, violencia psicológica, patrimonial, amenazas e intimidación, y sustracción de hijos. Finalmente, incluye artículos sobre denunciar actos de violencia, medidas de atención a víctimas y acciones de programas.
El documento describe el delito de lesiones en el Código Penal del estado de Tabasco. Las lesiones se definen como causar daño a la integridad corporal o salud de una persona. La pena depende de la gravedad del daño causado. Se clasifican lesiones en leves, graves y mortales. También se describen los elementos, agravantes, atenuantes y clasificación de lesiones culposas.
Este documento presenta información sobre lesionología o traumatología forense. Define conceptos como lesión, daño, debilitamiento y clasifica las lesiones según su intencionalidad, morfología, agente causal y consecuencias. También describe las lesiones según su gravedad en el Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano.
El documento trata sobre el derecho a la integridad personal según instrumentos internacionales de derechos humanos como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como la legislación dominicana. Define la tortura y otros tratos crueles e inhumanos, y establece que estos actos están estrictamente prohibidos y que nadie puede alegar órdenes superiores para justificarlos.
Este decreto legislativo fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género en Perú mediante la modificación de varios artículos del Código Penal. Se define el feminicidio y se establecen penas más severas cuando ocurren circunstancias agravantes. También se endurecen las penas por lesiones graves y leves cuando la víctima es mujer y la violencia ocurre en contextos de género. El objetivo es proteger de manera efectiva a mujeres, niñas, niños y
Este documento describe los delitos contra la salud en el Código Penal peruano. Define la salud como el estado normal de funcionamiento de una persona. Describe los delitos de lesiones graves, lesiones menos graves, lesiones con resultado fortuito y lesiones culposas. Establece los bienes jurídicos protegidos, los elementos objetivos y subjetivos de cada delito, así como las penas correspondientes y formas agravadas relacionadas con la edad de la víctima o violencia familiar.
Ponencia de abogada Silvia Bustos sobre la legislación chilena en violencia intrafamiliar, en el seminario "Intervención psicosocial y judicial en violencia de género", 23 de noviembre de 2012, Pedro Aguirre Cerda, Santiago.
La ley 7586 regula las medidas de protección necesarias para garantizar la vida, integridad y dignidad de las víctimas de violencia doméstica. Define los tipos de violencia doméstica como física, sexual, psicológica y patrimonial. Establece que los juzgados de violencia doméstica tramitarán las denuncias y podrán ordenar medidas de protección como prohibir el acceso al hogar del agresor o suspender su custodia de menores.
Este documento resume las principales formas de violencia contra las mujeres descritas en la ley venezolana, incluyendo violencia doméstica, física, psicológica y sexual. También describe las atribuciones de los organismos competentes, como los tribunales de violencia contra las mujeres, y establece la responsabilidad civil por daños causados. Por último, resume las circunstancias agravantes previstas en la ley y quiénes tienen legitimación para denunciar casos de violencia contra las mujeres.
Este documento discute diferentes tipos de agresión, incluyendo agresión física, verbal y sexual. Define la agresión física como un acto destinado a herir o humillar a alguien con contacto físico. También cubre la agresión verbal y cómo puede afectar la autoestima y bienestar emocional de una persona. Además, explica la violencia sexual y cómo puede ocurrir sin consentimiento a través de la fuerza o intimidación, causando trauma psicológico.
Este documento trata sobre diferentes tipos de agresión y violencia, incluyendo agresión física, agresión verbal, violencia psicológica, violencia sexual, abuso sexual y las acciones que deben tomarse en caso de que ocurran. Define cada tipo de agresión y violencia, describe circunstancias agravantes, y explica que las personas tienen la obligación de denunciar si conocen sobre casos de maltrato, abuso o explotación sexual de un niño, niña o adolescente.
Terapia con hombres maltratantes derivados por orden judicialRed RELATES
La profesora Regina Giraldo, Directora de Fundaterapia-Escuela Sistémica de Bogotá, presentó dentro del marco de las XI Jornadas Relates, un modelo de intervención con hombres maltratantes, derivados por orden Judicial.
Este artículo establece las penas por lesiones leves. Define lesiones leves como aquellas que requieren más de 10 pero menos de 20 días de asistencia médica. Establece penas de prisión de 2 a 5 años. Si la víctima muere, la pena es de 6 a 12 años. También describe circunstancias agravantes y penas más altas cuando la víctima es un menor, miembro de las fuerzas de seguridad, o cuando se aprovecha de su condición.
Delito contra la Libertad Sexual - ViolacionMartin Manco
El documento describe la violación como un delito grave que implica forzar a alguien a tener relaciones sexuales sin su consentimiento. Explica que existen diferentes tipos de violación y que las leyes peruanas establecen penas severas para este delito, incluyendo cárcel de por vida en algunos casos. También cubre temas como la culpabilización de la víctima y los diferentes tipos de violadores.
Este documento trata sobre los aspectos médico-legales de los trastornos psicóticos. En la primera parte, se discuten conceptos jurídicos básicos en psiquiatría clínica, la psicosis como eximente o atenuante de responsabilidad, la psicosis e incapacitación, y la responsabilidad en el tratamiento del paciente psicótico. La segunda parte incluirá un caso práctico.
Este documento trata sobre los aspectos médico-legales de los trastornos psicóticos. En la primera parte, se discuten conceptos jurídicos básicos en psiquiatría clínica, la psicosis como eximente o atenuante de responsabilidad, la psicosis e incapacitación, y la responsabilidad en el tratamiento del paciente psicótico. La segunda parte incluirá un caso práctico.
El documento proporciona información sobre la violación sexual. Define la violación como acceso sexual sin consentimiento mediante violencia física o psicológica. También se considera violación cuando la víctima no puede dar consentimiento, como menores o personas inconscientes. Describe los elementos jurídicos de la violación y los códigos penales relevantes. Explica el proceso de evaluación médico-legal de víctimas, incluyendo exámenes, recolección de pruebas y necesidades de tratamiento y apoyo.
Este documento presenta una ley integral contra la violencia hacia las mujeres. Establece los derechos protegidos de las mujeres y define diferentes formas de violencia como física, psicológica, sexual, patrimonial y laboral. También describe delitos como el femicidio, lesiones, violencia psicológica, patrimonial, amenazas e intimidación, y sustracción de hijos. Finalmente, incluye artículos sobre denunciar actos de violencia, medidas de atención a víctimas y acciones de programas.
El documento describe el delito de lesiones en el Código Penal del estado de Tabasco. Las lesiones se definen como causar daño a la integridad corporal o salud de una persona. La pena depende de la gravedad del daño causado. Se clasifican lesiones en leves, graves y mortales. También se describen los elementos, agravantes, atenuantes y clasificación de lesiones culposas.
El curso de Texto Integrado de 8vo grado es un programa académico interdisciplinario que combina los contenidos y habilidades de varias asignaturas clave. A través de este enfoque integrado, los estudiantes tendrán la oportunidad de desarrollar una comprensión más holística y conexa de los temas abordados.
En el área de Estudios Sociales, los estudiantes profundizarán en el estudio de la historia, geografía, organización política y social, y economía de América Latina. Analizarán los procesos de descubrimiento, colonización e independencia, las características regionales, los sistemas de gobierno, los movimientos sociales y los modelos de desarrollo económico.
En Lengua y Literatura, se enfatizará el desarrollo de habilidades comunicativas, tanto en la expresión oral como escrita. Los estudiantes trabajarán en la comprensión y producción de diversos tipos de textos, incluyendo narrativos, expositivos y argumentativos. Además, se estudiarán obras literarias representativas de la región latinoamericana.
El componente de Ciencias Naturales abordará temas relacionados con la biología, la física y la química, con un enfoque en la comprensión de los fenómenos naturales y los desafíos ambientales de América Latina. Se explorarán conceptos como la biodiversidad, los recursos naturales, la contaminación y el desarrollo sostenible.
En el área de Matemática, los estudiantes desarrollarán habilidades en áreas como la aritmética, el álgebra, la geometría y la estadística. Estos conocimientos matemáticos se aplicarán a la resolución de problemas y al análisis de datos, en el contexto de las temáticas abordadas en las otras asignaturas.
A lo largo del curso, se fomentará la integración de los contenidos, de manera que los estudiantes puedan establecer conexiones significativas entre los diferentes campos del conocimiento. Además, se promoverá el desarrollo de habilidades transversales, como el pensamiento crítico, la resolución de problemas, la investigación y la colaboración.
Mediante este enfoque de Texto Integrado, los estudiantes de 8vo grado tendrán una experiencia de aprendizaje enriquecedora y relevante, que les permitirá adquirir una visión más amplia y comprensiva de los temas estudiados.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptxOsiris Urbano
Evaluación de principales hallazgos de la Historia Clínica utiles en la orientación diagnóstica de Hemorragia Digestiva en el abordaje inicial del paciente.
CONTENIDOS Y PDA DE LA FASE 3,4 Y 5 EN NIVEL PRIMARIA
Capitulo i
1. IPSIFOC
Instituto de Especialización e
Investigación en Psicología
Forense y Criminología
«EVALUACIÓN FORENSE DE LA AFECTACION
PSICOLOGICA
(L. 30364)»
2. IPSIFOC
Instituto de Especialización e
Investigación en Psicología Forense y
Criminología
Contenidos del Curso
La Afectación Psicológica en el ordenamiento
jurídico peruano y la Ley 30364
• Daño Psicológico
• Lesión psicológica
• Afectación Psicológico
• Daño psíquico
El trauma y la Afectación Psicológica en la
violencia
• La violencia psicológica como evento
traumático
• Afectación psicológica: Cognitivo, conductual
y afectivo
Elaboración del Informe Psicológico forense en la
Afectación Psicológica.
• Instrumentos de Evaluación en la Afectación
Psicológica
• Elaboración del Informe Psicológico Forense
3. IPSIFOC
Instituto de Especialización e
Investigación en Psicología Forense y
Criminología
LA AFECTACIÓN PSICOLÓGICA
EN EL
ORDENAMIENTO JURÍDICO PERUANO
LEY 30364
5. Siete de cada diez mujeres ha sufrido violencia física, psicológica y sexual
según la encuesta Demográfica y Salud Familiar (Endes), del INEI
6. • La violencia contra la mujer -especialmente la ejercida por su pareja y la violencia
sexual- constituye un grave problema de salud pública y una violación de los derechos
humanos de las mujeres.
• Las estimaciones mundiales publicadas por la OMS indican que alrededor de una de
cada tres (35%) mujeres en el mundo han sufrido violencia física y/o sexual de pareja
o violencia sexual por terceros en algún momento de su vida.
• La mayoría de estos casos son violencia infligida por la pareja. En todo el mundo, casi
un tercio (30%) de las mujeres que han tenido una relación de pareja refieren haber
sufrido alguna forma de violencia física y/o sexual por parte de su pareja en algún
momento de su vida.
SEGÚN LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS)
7. • Un 38% de los asesinatos de mujeres que se producen en el mundo son cometidos
por su pareja masculina.
• Entre los factores asociados a un mayor riesgo de cometer actos violentos cabe
citar un bajo nivel de instrucción, el maltrato infantil o haber estado expuesto a
escenas de violencia en la familia, el uso nocivo del alcohol, actitudes de
aceptación de la violencia y las desigualdades de género.
• Entre los factores asociados a un mayor riesgo de ser víctima de la pareja o de
violencia sexual figuran un bajo nivel de instrucción, el hecho de haber estado
expuesto a escenas de violencia entre los progenitores, el maltrato durante la
infancia, actitudes de aceptación de la violencia y las desigualdades de género.
SEGÚN LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS)
10. La Violencia Psicológica es la acción o conducta tendiente a
CONTROLAR o AISLAR a la persona contra su voluntad a
HUMILLARLA o AVERGONZARLA y que puede ocasionar daño
psíquico.
Daño psíquico es la afectación o alteración de algunas de las
funciones mentales o capacidades de la persona, producida por
un hecho o un conjunto de situaciones de violencia que
determina un menoscabo (disminución) temporal o
permanente, reversible o irreversible del funcionamiento
integral previo.
VIOLENCIA PSICOLOGICA (Art. 8)
11. INCORPORACIÓN DEL ART. 124-B: Lesiones Psicológicas
Artículo 124-B. Determinación de la Lesión Psicológica
El nivel de la lesión psicológica es determinado mediante valoración
realizada de conformidad con el instrumento técnico oficial
especializado que orienta la labor pericial (Guía de Valoración de
Daño Psíquico, MP), con la siguiente equivalencia:
a.Falta de lesiones leves: nivel leve de daño psíquico.
b.Lesiones leves: nivel moderado de daño psíquico.
c.Lesiones graves: nivel grave o muy grave de daño psíquico.
12. Capítulo VIII
Órganos de apoyo al Sistema de Justicia
Artículo 75.- Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio
Público
75.1 El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, como ente rector en sucomo ente rector en su
materia, establece los parámetros para la evaluación y calificación delmateria, establece los parámetros para la evaluación y calificación del
daño físico o psíquico generado por la violenciadaño físico o psíquico generado por la violencia perpetrada contra las
mujeres y los integrantes del grupo familiar, así como el recojo y custodia
de evidencias en el marco de sus competencias. Es responsable de la
actualización, difusión y capacitación al personal del Instituto de Medicina
Legal, así como a los órganos de apoyo al sistema de justicia que tienen la
responsabilidad de emitir certificados acorde a los parámetros establecidos
en el artículo 26 de la Ley 30364.
75.2 El certificado o informe sobre la valoración del daño psíquico tienen valorla valoración del daño psíquico tienen valor
probatorio para acreditar la comisión de delito o faltaprobatorio para acreditar la comisión de delito o falta de lesiones de daño
psíquico conforme lo establecido en la Ley 30364
13. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRIMERA.- Parámetros Médicos legales del Instituto de
Medicina Legal
El Instituto de Medicina Legal establece los parámetrosestablece los parámetros
médicos legales para la calificación del daño físico,médicos legales para la calificación del daño físico,
psicológico y psíquicopsicológico y psíquico, dentro de los treinta días de
publicado el presente reglamento, bajo responsabilidad
funcional.
14. RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3963-2016-MP-FN
(Publicado el 26 Octubre del 2016 en el diario el Peruano)
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28. Artículo 121.- Lesiones graves
El que causa a otro daño grave en el cuerpo o en la salud, será reprimido con pena
privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años. Se consideran lesiones
graves:
1.Las que ponen en peligro inminente la vida de la víctima.
2.Las que mutilan un miembro u órgano principal del cuerpo o lo hacen impropio para
su función, causan a una persona incapacidad para el trabajo, invalidez o anomalía
psíquica permanente o la desfiguran de manera grave y permanente.
3.Las que infieren cualquier otro daño a la integridad corporal, o a la salud física o
mental de una persona que requiera treinta o más días de asistencia o descanso según
prescripción facultativa, o se determina un nivel grave o muy grave de daño psíquico.o se determina un nivel grave o muy grave de daño psíquico.
4.La afectación psicológica generada como consecuencia de que el agente obligue aobligue a
otro a presenciarotro a presenciar cualquier modalidad de homicidio doloso, lesión dolosa o violación
sexual, o pudiendo evitar esta situación no lo hubiera hecho.
29. Artículo 121-B.- Lesiones graves por violencia contra las mujeres e integrantes del
grupo familiar
En los supuestos previstos en el primer párrafo del artículo 121 se aplica pena
privativa de libertad no menor de seis ni mayor de doce años e inhabilitación
conforme al artículo 36, cuando:
1. La víctima es mujer y es lesionada por su condición de tal…
2. La víctima se encuentra en estado de gestación.
3. La víctima es el padrastro; madrastra; ascendiente…
4. La víctima mantiene cualquier tipo de relación de dependencia…
7. Cuando la afectación psicológica a la que se hace referencia en el numeral 4 del
primer párrafo del artículo 121, se causa a los hijos, hijas, niñas, niños o
adolescentes bajo el cuidado de la víctima de feminicidio, de lesiones en contextos
de violencia familiar o de violación sexual.
30. Artículo 122. Lesiones leves
1.El que causa a otro lesiones en el cuerpo o en la salud que requiera más de diez y
menos de treinta días de asistencia o descanso, según prescripción facultativa, o
nivel moderado de daño psíquico, será reprimido con pena privativa de
libertad no menor de dos ni mayor de cinco años.
2.La pena será privativa de libertad no menor de seis ni mayor de doce años si la
víctima muere como consecuencia de la lesión prevista en el párrafo precedente y
el agente pudo prever ese resultado.
3.La pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años e
inhabilitación de acuerdo al artículo 36, cuando:
a.La víctima es miembro de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas,
magistrado del Poder Judicial, del Ministerio Público o del Tribunal Constitucional
o autoridad elegida por mandato popular o servidor civil y es lesionada en el
ejercicio de sus funciones oficiales o como consecuencia de ellas.
b.La víctima es menor de edad, adulta mayor o tiene discapacidad y el agente se
aprovecha de dicha condición.
c.La víctima es mujer y es lesionada por su condición de tal, en cualquiera de los
contextos previstos en el primer párrafo del artículo 108-B..
31. Artículo 124-B. Del daño psíquico y la afectación psicológica,
cognitiva o conductual
El nivel del daño psíquico es determinado a través de un examen
pericial o cualquier otro medio idóneo, con la siguiente equivalencia:
a. Falta de lesiones leves: nivel leve de daño psíquico.
b. Lesiones leves: nivel moderado de daño psíquico.
c. Lesiones graves: nivel grave o muy grave de daño psíquico.
La afectación psicológica, cognitiva o conductual, puede ser
determinada a través de un examen pericial o cualquier otro elemento
probatorio objetivo similar al que sea emitido por entidades públicas o
privadas especializadas en la materia, sin someterse a la equivalencia
del daño psíquico.
32. Artículo 442.- Maltrato
El que maltrata a otro física o psicológicamente, o lo humilla, denigra o
menosprecia de modo reiterado, sin causarle lesión o daño psicológico, será
reprimido con prestación de servicio comunitario de cincuenta a ochenta
jornadas.
La pena será de prestación de servicio comunitario de ochenta a cien jornadas o
de cien a doscientos días-multa, cuando:
a.La víctima es menor de edad o adulta mayor, tiene una discapacidad o se
encuentra en estado de gestación.
b.La víctima es el padrastro, madrastra, ascendiente o descendiente por
consanguinidad, adopción o por afinidad, pariente colateral hasta el cuarto
grado de consanguinidad o adopción, o segundo grado de afinidad, habita en el
mismo hogar, siempre que no medien relaciones contractuales o laborales, y la
violencia se da en cualquiera de los contextos de los numeral 1, 2 y 3 del primer
párrafo del artículo 108-B.
33. Artículo 122-B.- AgresionesAgresiones en contra de las mujeres o integrantes del
grupo familiar
El que de cualquier modo cause lesiones corporales a una mujer por su
condición de tal o a integrantes del grupo familiar que requieran menos de
diez días de asistencia o descanso, o algún tipo de afectación psicológica,
cognitiva o conductual en cualquiera de los contextos previstos en el primer
párrafo del artículo 108-B, será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de uno ni mayor de tres años e inhabilitación conforme al artículo
36.
La pena será no menor de dos ni mayor de tres años, cuando en los
supuestos del primer párrafo se presenten las siguientes agravantes:
1.Se utiliza cualquier tipo de arma, objeto contundente o instrumento que
ponga en riesgo la vida de la víctima.
2.El hecho se comete con ensañamiento o alevosía.
3.La víctima se encuentra en estado de gestación.
4.La víctima es menor de edad, adulta mayor o tiene discapacidad y el
agente se aprovecha de dicha condición.”