El documento describe el proceso de remate aduanero de mercancías abandonadas o retenidas en la aduana. Indica que el remate se realiza con una base mínima del 10% menos que el valor de la mercancía en la aduana. Las mercancías con restricciones pueden ser rematadas entre postores autorizados o adjudicadas al Estado. El propósito del remate es despejar el área y cubrir los créditos fiscales y costos; si hay excedente, el propietario puede reclamarlo.