1. CASO 1
Federicoes aprendiz de unprograma de formaciónde nivel técnicoenel SENAenmodalidadvirtual ya distancia. Hace
cuatro mesesiniciósu procesode formaciónysu instructor le ha solicitadoque visite una empresa para observar el es -
pacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federicollega a la empresa a efectuar la visita planeada, peroel jefe de mantenimientole solicita que presente el carné
personal que lo acredita como aprendiz SENA.
Federicomanifiesta que nunca ha tenidocarné yque en dos oportunidades se loha solicitadoa la líder de bienestar, ella
le ha explicado que los carnés son para los aprendices de modalidad presencial
PREGUNTA
De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una respuesta
argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?
2. En relaciónconla líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le diola funcionaria al aprendiz? ¿Fue
acertada o equivocada? Expliqué por qué.
Analice el caso descrito yproponga una solución. Publique el resultadodel análisis ylas respuestasa los interrogantes
planteados enel blogque ha creado. Una vez completada la actividad, envíe el enlace del blogpor medio delespaciode
carga de evidencias disponible en la plataforma virtual para que su tutor pueda hacer la retroalimentación
correspondiente.
RESPUESTA
1. La Respuesta para Federicoes:Ustedtiene derechoa tener el carne que loacredita como aprendiz del SENA
según los siguientes artículos del Reglamento del Aprendiz que a continuación se transcriben:
Derechos
ARTÍCULO3. Se considera aprendiz SENAa toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en
cualquiertipo deformación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por
consiguientedebe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.
4. Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.
8. Ser escuchado y atendidoen sus peticiones respetuosas, por parte delos directivos, Instructores y personaladministrativo, ante las
dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación.
Como podemos observar se define quiense considera Aprendiz yel derecho a ser carnetizado independiente de la
modalidad por la cual este recibiendo la capacitación.
Al estar enprocesos educativos en el SENA también adquiere unos deberes que lo respons abilizan de cumplir a
cabalidad contodas las actividadesque involucra dichoproceso. Se enuncianlos artículos en los que se apoyan esta
aclaración.
Deberes
4. Participaren las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el programa de formación, con el fin de
gestionar su proceso de aprendizaje.
14. Portar permanentemente y enlugar visibleelcarné que lo identifica como Aprendiz SENA, durante su proceso de aprendizaj e,
renovarlo deacuerdoconlas disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando sepresente retiro, aplazamiento o
cancelación dela matrícula.En casode pérdida decarné,elaprendiz debe formular la denuncia correspondiente, tramitarel duplicado
y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por Dirección General.
2. 2. La líder de bienestar esta errada ensuapreciaciónconrespecto a la modalidadde capacitación que tiene el
aprendiz, el Reglamentono hace diferenciación alguna de Aprendiz virtual o presencial, luego ella está
incumpliendo consuresponsabilidadal desconocer los artículos ya mencionados (derechos y deberes) como
también los que corresponden a la labor desempeñada por ella que son los siguientes según su rol
desempeñado:
OBLIGACIONES
REPRESENTACION DE LOS APRENDICES
l. Facilitar la soluciónde diferencias o conflictos que llegasen a surgir entrelos integrantes de la comunidad educativa SENA.
m. Velar por el cumplimiento de este Reglamento
VOCEROS DEL PROGRAMA
f. En coordinación conel(los) Representante(s) del Centro,promover el ejercicio delos derechos y el cumplimiento delos deberes de
los aprendices SENA, consagrados enla ConstituciónNacionaly en elpresente“ReglamentodelAprendiz SENA”, velando porsu
cumplimientoy apropiación.
Solución: Definitivamentecualquiera quesea la posición quetengamos en la comunidad SENA en particular
y en otro colectivo en general, los integrantes de dichos colectivos debemos estar enterados de los roles que
desempeñamos nosotros individualmente vistos, como también cual es el conducto a seguir en los
diferentes eventos que puedan llegar a suceder en el cumplimiento o no de las actividades a las que haya
lugar y para tener estos conocimientos lo más indicado es leer las reglas de juego que se establecen cuando
se participa y siempre hay un Reglamento al cual ceñirse.
En este caso concreto tanto el Aprendiz como la líder debe tener conocimiento de sus derechos y deberes
de acuerdo al papel que está desempeñando cada uno, luego el conducto regular seria que el Aprendiz
eleve una solicitud a la líder para queella gestione en la oficinacorrespondientede registro para la solicitud
del carne.
CASO 4
El comité de evaluación y seguimiento está reunido para analizar unas situaciones que se han presentado
con algunos aprendices. Al finalizar la reunión, uno de los miembros del equipo les ma nifiesta a los
aprendices que formalmente el subdirector del centro les enviará un comunicado con la información
pertinente, pero como conclusión, les puede adelantar que se aplicarán a tres aprendices las medidas
formativas correspondientes. Las medidas serán: dos por faltas académicas, y una por falta disciplinaria.
Adicionalmente, se va a brindar estímulos a dos aprendices por su buen desempeño. Uno de los aprendices
plantea que no recuerda en qué consiste las faltas académi cas y disciplinarias.
Análisis del caso
De acuerdo con el Reglamento de Aprendices, explique a los compañeros lo siguiente:
1. ¿Cuáles son las medidas forma tivas y en qué consisten?
2. ¿Cuálesson lassanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas acadé micas o disciplinarias?
3. Mencione por lomenos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptadopara beneficiode los aprendices y qué
Casos se otorgan
Analice el caso descrito yresponda segúnlo requerido. Publique el resultadodel análisis sus respuestas en el blog que
Ha creado. Notifique evalúe la evidencia presentada.
3. RESPUESTA:
1. ¿Cuáles son las medidas formativas y en qué consisten?
Son medidas formativas:
1. Llamado de atención verbal: Cuandose trate de hechos que contraríen en menor grado el orden académico o
disciplinario, sinafectar los deberes, derechos yprohibiciones, o cuandoseanecesario para prevenir la ocurrencia de
hechos que vulnerenesos deberes, derechos yprohibiciones, el aprendizpodrá recibir unllamado de atención verbal
por parte del (los)Instructor, el Coordinador Académico, el(los) responsable(s) de Bienestar, o el Subdirector del Centro.
Este llamado de atención verbal no constituye una sanción.
2. Plan de Mejoramiento académico: Es una medida adoptada para definir accionesde formación, previo agotamiento
de estrategiaspedagógicasdel instructor e iniciativas del aprendiz, el Plan de Mejoramiento es un documento que
consigna acciones concertadas entre el Aprendiz yel Instructor o el Coordinador Académico, que se formula durante la
ejecución delprograma de formación para garantizar el logro de los resultados de aprendizaje, el cualdeberá ejecutarse
dentro del término de un(1) mes contadoa partir de la concertación del mismo con el Aprendiz. Cuando se le ha
realizado unllamadode atenciónescrito o condicionamiento de matrícula;el Plande Mejoramientoserá firmado por el
Aprendiz. El plan de mejoramientodeberá contemplar nuevas actividades de aprendizaje, para el logro de los objetivos
del proceso formativo;se deben identificar el o los resultados de aprendizaje que no han sido alcanzados y las
evidencias de aprendizaje que debe presentar el aprendiz para evaluar sulogro. Será responsabilidad del equipo de
instructores o delCoordinador que haya designadoel Subdirector de Centroenel acto sancionatorio, participar en la
definiciónde este plande mejoramiento, evaluar el avance yel logro de los resultados de aprendizaje definidos en este
plan.
3. Plan de mejoramiento disciplinario: Es una medida adoptada para definir acciones de carácter comportamental,
actitudinal o social, para propiciar enel Aprendiz cambios ensu conducta, cuandose le ha impuesto sanción disciplinaria
consistente enllamadode atención escritoo condicionamiento de matrícula;este plandebe ser firmadopor el Aprendiz
y deberá contemplar la falta cometida ylas evidencias de cambioenel comportamientoque se esperan en un período
máximode un (1) mes contadoa partir de la concertación respectiva. Será responsabilidad del Instructor o del
Coordinador que haya designadoel Subdirector de Centroenel acto sancionatorio, participar en la definición de este
plande mejoramiento, evaluar el avance yel logro de los resultados comportamentales definidos en este plan.
ARTÍCULO 27. Medidas Formativas. Las medidas formativas sonaquellas acciones que se aplican al Aprendiz SENA
cuandose trate de hechos que contraríenenmenor gradoel orden académicoo disciplinario, sinafectar los deberes,
derechos yprohibiciones, o que se adopta conel finde prevenir su ocurrencia, o con el fin de generar cambios en el
desempeñoacadémico o enel comportamiento disciplinariodel Aprendiz.
Las medidas formativas son acciones de tipo preventivo hacen llamados de atención frente a falencias en
los diferentes aspectos académico, disciplinario y/o de procedimiento, las causas no tienen el carácter de
contravenir en forma seria o grave el Reglamento pero si se dejan avanzar muy seguramente las
consecuencias si pueden afectar el ambiente de aprendizajey todo lo que integra El personal administrativo
o los tutores están en la obligación derealizar dichosllamadosdeatención ya sean en forma verbal o escrita
2. ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas académicas o disciplinarias?
ARTÍCULO 28. Sanciones. Las sanciones sonlas medidas adoptadas por el SENA ante una falta académica o disciplinaria;
tienencobertura nacional enla Instituciónydebenregistrarse en el sistema de gestiónde la formación. La sanciónque
se imponga al Aprendiz debe ser proporcional a la gravedadde la falta.
Estas sanciones debenser registradasenel sistema de gestión de la formación y en caso de que el Aprendiz tenga
contrato de aprendizaje, debe adicionalmente registrarse enel Sistema de GestiónVirtual de aprendicese informársele
a la respectiva empresa. Las sanciones que pueden imponerse por faltas académicas o disciplin arias son:
a. Llamado de atención escrito:Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida
por el Coordinador Académico o de Formación del Centro al Aprendiz, con copia a la hoja de vida, como
resultadodel procedimiento establecidoeneste Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida
por un aprendiz. Los llamados de atenciónescrito implican compromisos escritos por parte del aprendiz en el
proceso de formación.
4. b. Condicionamientode la matrícula:Acto académicosancionatorioque se impone al Aprendiz que incurra enuna falta
académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimientoestablecidoeneste Reglamento. El condicionamiento
de matrícula cesacuandoel Aprendiz cumple el plande mejoramientoconcertadoy/o compromisos escritos. Una vez
quede enfirme el condicionamientode la matrícula, el Subdirector del Centro debe generar la pérdida de estímulos e
incentivos que esté recibiendoel aprendiz, si los tuviere. Esta decisión será determinada en el acto académico que
ordene el condicionamientode matrícula. Cancelaciónde la matrícula. Acto administrativo que se origina cuando
persistenenel aprendizlascausales que originaron el condicionamiento de matrícula o por faltas catalogadas como
graves de acuerdoa la clasificación determinada en los artículos 25 y 26 del reglamento, en las etapas lectiva y
productiva. Implica que la persona sancionada pierde la condiciónde aprendiz y no puede participar en procesos de
ingresoa la institución por periodo entre 6 y12 meses cuando es de índole académicoyentre 12 y24 meses cuando es
de índole disciplinaria, de acuerdoa lasrecomendaciones delcomité de evaluaciónyseguimiento. Una vez en firme la
sanción, debe entregar de manera inmediata el carné institucional y ponerse a paz y salvo por todo concepto.
Las sanciones sonlas consecuencias de las medidas formativas, puedenser favoreciendoo enafectando el proceso de
capacitación de la persona dependiendo de la respuesta o ejecución que el Aprendiz re alice la medida formativa
emitida correspondiente, causante de la misma.
3. Mencione por lomenos dos estímulos o incentivos que el SENA ha adoptadopara beneficiode los aprendices y qué
Casos se otorgan
ARTÍCULO 8°. Estímulos e incentivos. Son beneficios y distinciones que se otorgan a los aprendices, como
reconocimientoo valoraciónde actuacionesmeritorias o logros sobresalientes obtenidos en los ámbitos del aprendizaje,
actitudinal, investigativo, innovador o profesional. Los estímulos e incentivos formanparte del PlanNacionalIntegral de
Bienestar de los Aprendices yde aquellos que, mediante alianzas o convenios, se adopten para beneficio de los
aprendices, entre ellos están:
a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o inno vador, durante su proceso de aprendizaje.
b. Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.
c. Ser designadocomomonitor de untema específicoenel cualdemuestre competencia, enel programa de formación,
en la especialidad y actividades de formación que requiera su aporte.
d. Cuandotermine su procesoformativo ycumpla el perfil yrequisitos necesarios para llegar ser instructor, formará
parte del semillero de nuevos instructores del SENA, si así lo desea.
e. Reconocimiento a los aprendices por parte del Comité Evaluación y Seguimiento que se han destacado por su
excelente desempeñoacadémico yactitudinal, con copia a la hoja de vida del aprendiz y empresa patrocinadora.
Por la representación yparticipación destacada en eventos de aprendizaje, tecnológicos, culturales, sociales y
deportivos a nombre del SENA, el aprendiz podrá recibir reconocimiento, incentivo o distinción.
PARAGRAFO: El Comité de EvaluaciónySeguimiento en cada Centrode Formación será el encargadode seleccionar los
candidatos beneficiarios de los estímulos e incentivos de conformidad con los criterios señalados.
Como en todos los ámbitos de la vida, quienmás da más recibe como leynatural, quien se destaque por sudesempeño
podrá verse estimuladoyreconocido por sus labores mejorando loque tiene o pueda llegar a tener en un momento
determinado en su proceso de aprendizaje.
Elaborado por MARIA ELSA LOPEZ MAGON
Fuente: Material de apoyo Tecnología Gestión de Mercados
Facilitada por los tutores correspondientes.