El documento resume tres artículos del Código de Comercio de España relacionados con documentos comerciales y contratos electrónicos. El Artículo 48 establece que las copias de cartas, telegramas u otros documentos comerciales pueden archivarse usando métodos mecánicos, fotográficos o electrónicos. El Artículo 80 establece que los contratos mercantiles celebrados por correspondencia, telégrafo u otros medios electrónicos quedarán perfeccionados una vez se reciba la aceptación. El Título Segundo trata sobre com