Este documento establece la obligación de obtener un certificado de eficiencia energética para edificios de nueva construcción, edificios existentes que se vendan o alquilen, y edificios públicos de más de 250 m2. El certificado debe ser expedido por un técnico cualificado y proporciona información sobre las características energéticas del edificio. El promotor o propietario es responsable de encargar la certificación.