2. IMPUESTOS
IMPUESTOS: El impuesto es una clase de tributo regido por derecho público, que se caracteriza por no requerir una
contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria
Impuesto al valor agregado: El IVA es un impuesto indirecto, no es percibido por el fisco directamente del tributario,
sino por el vendedor en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o prestación de servicios).
Las cuentas de IVA que existen en la contabilidad son: IVA trasladado o causado. Acreditable o repercutido.
Ley del impuesto al valor agregado: Es un impuesto indirecto que grava el consumo. Implica que al precio de cada
producto o servicio adquirido en el mercado hay que sumarle un tanto por ciento que es la cantidad que se va a
pagar en concepto de impuesto.
Impuesto sobre la renta: Contribución que grava los ingresos de las personas físicas o morales residentes en el país,
así como de las personas residentes en el extranjero por los ingresos atribuibles a sus establecimientos permanentes
ubicados en territorio nacional o aquellos que proceden de fuente de riqueza ubicada en el país.
IEPS: Es elgravamen que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos,
entre otros bienes, principalmente
3. PERSONA FÍSICA-MORAL
PERSONA FISICA: Es uni dividió que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante,
empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones. Los regímenes para las
Personas Físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son: Régimen Simplificado
de Confianza.Una persona física o persona natural es un concepto jurídico cuya elaboración
fundamental correspondió a los juristas romanos. Cada ordenamiento jurídico tiene su propia
definición de persona, aunque en todos los casos es muy similar.
PERSONA MORAL: Es una personalidad jurídica conformada por personas físicas y/o morales que
se unen para la realización de un fin colectivo. Son entes creados por el derecho, no tienen una
realidad material o corporal, sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y
obligaciones.Persona jurídica es un individuo con derechos y obligaciones que existe, pero no como
persona física, sino como institución que es creada por una o más personas físicas para cumplir un
objetivo social que puede ser con o sin fines de lucro. Una persona física puede ser al mismo
tiempo persona jurídica.
4. OBLIGACIONES
Las obligaciones fiscales son las responsabilidades que debemos cumplir como
contribuyentes ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El pago de impuestos
es una de las principales. Los impuestos son una contribución obligatoria que se efectúa
para fortalecer la economía del país.
5. • MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES MANCOMUNADAS: La obligación
mancomunada es una de las modalidades de obligación, clasificada así por
los sujetos que la componen y considerándose pluripersonal o colectiva, y
diferenciada de las unipersonales o individuales (mancomunadas simples y
solidarias).
• OBLIGACION CONDICIONAL: La obligación es condicional, cuando en ella se
subordinare a un acontecimiento incierto y futuro que puede o no llegar, la
adquisición de un derecho, o la resolución de un derecho ya adquirido.
• OBLIGACION A PLAZO: Es obligación a plazo aquella para cuyo
cumplimiento se ha señalado un día cierto.
6. • OBLIGACIONES CONJUNTIVAS: Las obligaciones conjuntivas son aquellas que
tienen por objeto varias prestaciones, todas las cuales deben ser cumplidas por el
deudor; por ejemplo, la obligación de entregar el automóvil número uno y el
número dos.
• OBLIGACIONES ALTERNATIVAS: Obligación alternativa es la que tiene por objeto
una de entre muchas prestaciones independientes y distintas las unas de las otras
en el título, de modo que la elección que deba hacerse entre ellas, quede desde
el principio indeterminada.
• OBLIGACIONES DE SUJETO: Los sujetos de la relación jurídica obligación son el
acreedor y el deudor. El acreedor es el sujeto activo de la obligación que es titular
de un derecho subjetivo, comúnmente llamado derecho personal o derecho de
crédito.