1. UNIDAD II GENRALIDADES DE LOS IMPUESTOS
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS:
El artículo 31, fracción IV, de la constitución política de los estados unidos mexicanos establece que es
obligación de los mexicanos contribuir a los gastos públicos, así de la federación, como el Distrito Federal
o del Estado y Municipio en que residan, de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION:
La administración pública federal, centralizada y paraestatal, así como la procuraduría general de la
republica, en ningún caso contrataran adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra publica con los
particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes.
IMPUESTOS ISR:
En México es un impuesto directo sobre la ganancia obtenida es pagado de manera mensual. IVA: Es un
tributo que graba la enajenación de bienes muebles; la prestación de un servicio y la importación de
bienes. IETU: Es un impuesto aplicado en México, están obligadas al Pago de impuesto empresarial las
personas físicas y las morales residentes en territorio nacional.
TIPOS DE IMPUESTOS:
Existen 5 tipos de impuestos los DIRECTOS, INDIRECTOS, FEDERALES ESTATALES Y MUNICIPALES.
Los directos son impuestos en los que se puede reconocer quien lo pago y en que monto, el indirecto no
es posible reconocer quien pago los federales los que gravan en todo el país y estos se deben pagar sin
importancia el lugar de residencia del contribuyente, los estatales son creados por los congresos locales,
los municipales son credos por los congresos locales su aplicación será dentro de un municipio
EJEMPLOS: IRPF, IVA ISR, ISPT, ETC.
ELEMENTOS DE LOS IMPUESTOS:
Los impuestos son como las presentaciones en dinero que el estado fija y con carácter obligatorio para
todas aquellas cuya situación coincida con la que la ley señale.
SUJETO DEL IMPUESTO, BASE Y TARIFA:
El sujeto es quien vende el objeto lo que se venda la base es la ultima y la tasa la contribución.
PERSONAS MORALES:
Son las sociedades mercantiles los sindicatos las asociaciones profesionales etc.
PERSONAS FISICAS:
Persona física o persona natural es un concepto jurídico cuya elaboración fundamental correspondió a los
juristas romanos.
DIFERENCIAS ENTRE PERSONAS FISICAS Y PERSONAS MORALES:
Las personas físicas tendrán que asumir responsabilidades en solidario y las morales están protegidas por
si misma y los dueños no solo responderán por el monto que aportaron.
S.H.C.P:
Es la secretaria de hacienda y crédito publica.
EMMANUEL HERNANDEZ DIAZ LEAL
2. FISCO:
Se refiere el estado que es un carácter de personas jurídicas e instituto de potestad tributaria
como organismo recaudatoria para lograr por medio del cobro de impuestos, tasas y
contribuciones.
TESORERIAS MUNICIPALES:
Recaudar tributos y otros ingresos municipales
SAT:
Secretaria de administración tributaria.
SECRETARIA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MEXICO:
Como ejemplo la paga de tenencias.
CONTRIBUYENTE:
El Registro Federal de Contribuyentes (o RFC) se refiere a una clave que requiere toda persona
física en México para realizar alguna actividad económica licita que este obligada a pagar
impuestos a toda persona moral con algunas excepciones. A estas personas se les llama
contribuyentes. Esta clave debe llevar datos personales del contribuyente o persona física como
su nombre y fecha de nacimiento; o nombre y fecha de origen de la persona moral. El registro se
hace en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaria de Hacienda y
Crédito Publico, y es obligatorio para todos los que señale el Código Fiscal de la Federación.
CONTRIBUCION:
Contribución (muy a menudo en plural: contribuciones) es un tributo o impuesto que debe
cancelar el contribuyente o beneficiario de una utilidad económica, cuya justificación es la
obtención por el sujeto pasivo (ciudadano receptor) de un beneficio o de un aumento de valor de
sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o
ampliación de servicios públicos.
CICLO DEL CONTRIBUYENTE:
El ciclo del contribuyente, se ha nombrado a la serie de etapas y procesos externos que el
contribuyente sigue y realiza, desde que se inscribe al Registro Federal de Contribuyentes, hasta
que se suspende o cancela el mismo.
REGIMEN FISCAL:
Fiscal, por su parte, es lo perteneciente o relativo al fisco. Este término (fisco) está vinculado al
tesoro público o a los organismos públicos que se dedican a la recaudación de tributos e
impuestos.
El régimen fiscal es el conjunto de las normas e instituciones que rigen la situación
tributaria de unapersona física o jurídica. Se trata, por lo tanto, del conjunto de derechos y
obligaciones que surgen del desarrollo de una determinada actividad económica.
ESTABLECIMIENTO:
Se considera establecimiento permanente cualquier lugar de negocios donde se desarrollen, parcial o
totalmente, actividades empresariales o se presten servicios personales independientes
EMMANUEL HERNANDEZ DIAZ LEAL