2. Impuestos
Son impuestos las
prestaciones en dinero o en
especie, exigidas por el
Estado en virtud del poder de
imperio, a quienes se hallen
en las situaciones
consideradas por la ley como
hechos imponibles
El impuesto, se fundamenta
en la soberanía de la nación,
justificado por la necesidad de
atender requerimientos de
interés social y es, sin duda,
el más importante de los
tributos que percibe el Estado
para el desarrollo de sus fines
Impuestos Directos:
Son aquellos en los
cuales coincide el sujeto
jurídico responsable de la
obligación y el sujeto
económico que soporta el
tributo. Ejemplo: El
impuesto sobre la Renta
y Complementarios. El
declarante es el mismo
contribuyente que paga
el impuesto
Impuestos
Indirectos: Se trata
de aquellos donde el
sujeto jurídico no es
el mismo sujeto
económico, quien
paga el monto
respectivo. Ejemplo:
El impuesto sobre
las ventas: Quien
declara (responsable
jurídico) no es el
mismo que paga el
monto del impuesto
(lo hace el
comprador).
CONTRIBUCIONES: Se define la contribución
como, una compensación pagada con carácter
obligatoria a un ente público, con ocasión de una
obra realizada por él con fines de utilidad pública
pero que proporciona ventajas especiales a los
particulares propietarios de bienes inmuebles.
Contribuciones sociales:
Son los mismos aportes
parafiscales, que son
percibidos por las entidades
designadas para prestar
servicios de seguridad
social, fomentar la
enseñanza de los
trabajadores, fortalecer la
familia, etc.
Contribuciones
corporativas: Son los
aportes pagados a
determinadas
instituciones, por
servicios específicos,
que pueden ser
gremiales. Algunas son:
Pagos a Cámaras de
comercio,
Superintendencias y
Contralorías
Impuesto sobre la renta
(impuesto a las
ganancias) El impuesto sobre la
renta como su nombre lo indica,
grava la renta, es decir la
ganancia que produce
una inversión o rentabilidad del c
apital. También puede ser
el producto del trabajo bajo
relación de dependencia o lo
producido por el ejercicio de una
profesión determinada
El impuesto al valor agregado (IVA)
es un impuesto indirecto y una
derivación de los impuestos a
las ventas, tributos, estos, que
económicamente inciden sobre los
consumos. Es importante recordar que
bajo la denominación genérica de
impuesto al consumo se comprende
aquellos que gravan en definitiva y
como su nombre lo indica, al
consumidor de un determinado bien.
Impuesto al débito bancario El IDB grava los
débitos o retiros efectuados
en cuentas corrientes, de ahorros, depósitos en
custodia, o en cualquier otra clase de depósitos
a la vista, fondos de activos líquidos, fiduciarios y
en otros fondos del mercado financiero o en
cualquier otro instrumento financiero, abiertos o
ubicados en Venezuela, realizado en
los Bancos e instituciones financieras regidos por
la Ley General de Bancos y Otras Instituciones
financieras, la Ley del Banco Central de
Venezuela, la Ley del Mercado de Capitales y las
demás leyes especiales que rijan a otras
instituciones financieras.
Impuesto de activos
empresariales Es un impuesto
directo al patrimonio que pagará
anualmente toda persona jurídica
o natural comerciante sujeta al
Impuesto sobre la Renta, sobre
el valor de los activos tangibles e
intangibles de su propiedad,
situados o en el país o reputados
como tales, que durante el
ejercicio, estén incorporados a
la producción de enriquecimiento
proveniente de actividades
comerciales, industriales o de
explotación de minas
e hidrocarburos y actividades
conexas