CHARLA INFORMATIVA
DERECHO DE EXTRANJERÍA
CONCEPTOS BÁSICOS

DERECHO DE EXTRANJERÍA        legislación aplicable a las
personas de otras nacionalidades que deseen entrar,
permanecer o vivir de formapermanentemente
en los Paises Bajos



EXTRANJERO          aquella persona que no forma parte de la comunidad
   política que se adopta como referencia

• Comunitarios: ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea.
  Derecho a circular y residir en todo el territorio de la Unión Europea.
• No comunitarios
SERVICIO DE INMIGRACIÓN Y NATURALIZACIÓN
                  (IND)
• Organismo holandés encargado de la política de inmigración.

• Con 9 oficinas dentro del territorio.

       Servicio de Inmigración y Nacionalización de Ámsterdam
       Dienst Persoonsgegevens
       Johan Huizingalaan 757, 1066 VH Amsterdam
       020- 551 92 52http://www.ind.nl/


• -Funciones principales: peticiones de extranjeros que pretendan residir en
  Holanda o quieran obtener la nacionalidad holandesa
CIUDADANOS COMUNITARIOS



1.   Ciudadanos de los 27 estados miembros de la UE
2.   Países del Espacio Económico Europeo ( Islandia, Noruega, Liechtenstein)
3.   Suiza
4.   Miembros de las familias de los ciudadanos de categorías anteriores

Permiso de Residencia

•    Principio de LIBRE CIRCULACIÓN y RESIDENCIA.
     – No necesidad de permiso de entrada. Sólo DNI o Pasaporte
     – No necesidad de permiso de residencia
         •   Estancias inferiores a 3 meses
         •   Estancias superiores a 3 meses. ¿Registro en el IND? Debate.
• Permiso para trabajar: No existe ningún tipo de requisito.

• Permiso para trabajar de autónomo: Permiso al Instituto de Inmigración y
  Nacionalización.

• Permiso para estudiar:
        a)    Inscripción en una entidad
        b)    Seguro médico
        c)    Fondos suficientes

• Persona económicamente inactiva
  a) Seguro médico
  b) Fondos suficientes

Familiares NO EUROPEOS de CIUDADANOS EUROPEOS.
-Entrega de documentos que les otorga mismos derechos.
• ¿Qué se entiende por familiar?
          1. Cónyuges *
          2. Parejas de hecho inscritas*
          3. Padres
          4. Padrastros
          5. Hijos*
*Hijos mayores de 21 años, cónyuges, parejas de hecho. El IND va a pedir pruebas.
Burgerservicenummer
                        (SOFI NUMMER)
• Número fiscal.
• No es obligatorio para los ciudadanos comunitarios.
              – Ciudadanos no comunitarios deberán registrarse en el Ayuntamiento y se les entregará
                automáticamente con el Registro su Sofinummer.
• Función. Permite trabajar pero no es un permiso de trabajar.
             Permite abrir una cuenta bancaria
• Solicitud.
         • Se debe concertar cita previa en las Oficinas de la Dirección de Impuestos
           (Belastingdienst). Teléfono 08000543
         • Presentar en DNI + dirección. No válido Carné de conducir.
•   Es gratuito.
CIUDADANOS NO COMUNITARIOS

• Estancia de menos de 3 meses. Visado.
       • Visa A. de paso por aeropuerto. No salir del aeropuerto.
       • Visa B. Máximo 5días. Supuestos en los que el destino final no es
         un territorio del Schengen
       • Visa C. Estancia corta. Máximo 3 meses. Vacaciones, turismo,
         negocios.

• Estancia de más de 3 meses. Visa D. Autorización de
  residencia temporal MVV (Machtiging tot Voorlopig
  Verblijf). Duración de 3 meses a 1 año. Posibilidad de renovación.
ESPACIO SCHENGEN
•   Acuerdo Schengen de 1995. Objetivo finalizar con los controles fronterizos.
•   Países participes:
    1. Países de la Unión Europea: excepto Bulgaria, Chipre y Rumania
    2. Terceros países: Islandia, Noruega, Suiza y Liechtenstein.




    Una visa expedida por cualquiera de los países adheridos a dicho acuerdo
    es válida en el resto de los países adheridos. Viaja en el territorio
    Schengen es como moverse por Holanda.
VISADO DE ESTANCIA CORTA

• Características
   – turista, negocios, familia
   – también llamado VISADO SCHENGEN
   – Duración 3 meses máximo

• Mientras se permanece en Holanda con el visado Schengen NO SE PUEDE
  OBTENER UN PERMISO DE RESIDENCIA (=se solicita en la embajada)

                           Belice
                           Bolivia
                           Colombia*
• Países obligados         Cuba
                           República
                           Dominicana
                           Ecuador
                           Perú
•     Países no comunitarios no obligados. No necesita visado.
      Condiciones que debe cumplir:
                -Pasaporte en vigor.
                -Suficientes medios.
                -Objetivo del viaje.
               - No es un peligro para el orden público ni seguridad nacional.

    PROCEDIMIENTO especial ACELERADO y GRATUITO
          Requisitos
          1. familiar en primer grado de ciudadano de ciudadano EU, EEE o suizo.
          2. ciudadano EU, EEE se dirige o permanece a Estado extranjero
          3. acompaña o se reúne con él
CUESTIONES

• -VARIAS NACIONALIDADES. ¿NECESITO VISADO?
 Necesita visado dependiendo del pasaporte con el que pretenda viajar.

• -VISADO D de residencia temporal. ¿PUEDO MOVERME POR EL
  TERRITORIO SCHENGEN?
  Sí. A partir del 5 de abril del 2010 se puede viajar por el territorio
  Schengen hasta un máximo de 90 días durante un periodo de 180 días.
SOLICITAR UN VISADO
• Lugar: Consulado o Embajada holandesa ubicada donde resida legalmente.
•                Ministerio de Asuntos Exteriores Telef. 070 348 56 22
• Solicitud: Formulario + Fotografía de carné + Documento probatorios.


                  »   Reserva del hotel
                  »   Documentos indicativos
                  »   Recursos financieros
                  »   Seguro de viaje

• Tramitación: La representación pondrá un sello en su pasaporte que
  informará sobre
            – tipo de visado
            – Fecha
            – Código del Estado que tramita la solicitud. Países Bajos ¨NL¨

• Duración: Plazo normal: 15 días
     Casos excepcionales: 60 días
• Denegación del visado:
-Se comunicará la denegación a través de una resolución motivada
-Posibilidad de recurso escrito dentro de las 4 semanas siguientes.

• Precio
-Coste de los derechos de visado + costes extras
 Importante: Si se deniega el visado NO se devuelven los gastos.

• Vigencia del visado:
-Depende tipo de visado. Máximo 90 días para cada periodo de 180 días.
-Se indica en el visado.

• Competencia: La Embajada del País al que se pretende viajar.
    – -Posible consulta
                  » 1. a otros países del Acuerdo Schengen
                  » 2. al Servicio de Visados del Ministerio de Justicia
                  » 3. al Departamento de Extranjería y Visados del Ministerio de
                    Asuntos Exteriores.
Permisos para NO comunitarios
    y permisos especiales
Permisos de Residencia para NO comunitarios
Podemos diferenciar dos grandes tipos de permisos:

MVV (Machtiging Voorloping Verblijf)
 • Permiso de Residencia Temporal (estancias inferiores a 3 meses)

VTV (Voorwaar delijke vergunning toto verblijf)
 • Permiso de Residencia Permanente (estancias superiores a 3
   meses)
El MVV – Temporal

Procedimiento: Antes de venir a Holanda


¿Quiénes lo necesitan?


¿Cuándo es necesario?
Procedimiento
• El MVV se debe pedir antes de venir a
  Holanda*
• Hay que pedirlo en la:
  – La Embajada Holandesa
                                    En el país de origen
  – El Consulado Holandés
     • Mismo procedimiento en un país vecino con
       representación holandesas
     • *Una vez Holanda sólo puede ser solicitado por la
       persona que aloja al inmigrante “referente” (fiador).
¿Quiénes lo necesitan?
Todo extranjero que quiera viajar a Holanda*


*Excepciones: Ciudadanos comunitarios y nacionales de:
• Noruega, Islandia, Suiza, Liechtenstein, Mónaco, USA, Australia, Japón, N
  ueva Zelanda y Canada.

La documentación a presentar, que deberá estar legalizada, deberá
recogerse en el consulado o embajada en origen.

• No se puede permanecer en Holanda durante la tramitación del permiso
  aunque el procedimiento se allá iniciando en Holanda
¿Cuándo es necesario?
• Es necesario previamente cuando se solicita el Permiso de
  Residencia Permanente.

• No es necesario bajo circunstancias especiales:
  asilo, refugiado, víctimas de trata de personas,…

• Siempre que se quiera prolongar la estancia en Holanda más
  allá de 3 meses.

• No es necesario solicitar el MVV si se dispone de otro permiso
  que habilita a residir en Holanda. En ese caso de solicitar la
  prolongación de su actual permiso.
Permiso de Residencia Permanente – VTV
   (Voorwaar delijke vergunning toto verblijf)
• Para obtener el VTV se ha de tener previamente el
  MVM.
• Se debe haber residido, con permisos temporales, al
  menos durante 5 años consecutivos.
• Debe tener medios económicos suficientes.
• No constituir un riesgo para el orden público.
• Estar suficiente integrado en la sociedad holandesa
  (examen de integración cívica)
Documentación que se debe presentar
• Se requerirá para presentar la siguiente
  documentación:

  – Pasaporte valido
  – Prueba de seguro de salud
  – Permiso de residencia actual
  – Prueba documental de ingresos
  – Las pruebas de que ha residido durante 5 años
    consecutivos en los Países Bajos.
  – Diploma de la integración cívica, o título comparable
Examen de integración social
• ¿Qué es?
  Es un examen básico de integración social, es un test oral para
  comprobar los conocimientos básicos del idioma neerlandés y de la
  sociedad holandesa.
• ¿Dónde hay que hacerlo?
  En la embajada o consulado holandés en el país de origen.
• Partes del Examen
  – Una primera parte sobre conocimiento de la sociedad holandesa
  – La segunda parte sobre idioma neerlandés
Examen de integración social (2)
• ¿Quiénes deben realizar el examen?
 Las personas que deseen residir en los Países Bajos por un
 largo periodo de tiempo (+3 meses).
• Coste del examen
 Los costes del examen ascienden a 350€.
• Preparación del examen
 La embajada/consulado no ofrece ni clases, ni material para la
 preparación de la prueba pero sí existe un paquete de
 ejercicios para practicar los conocimientos sobre la sociedad
 holandesa.
Permisos para trabajadores altamente
            cualificados

• El derecho de extranjería holandés distingue entre
  inmigrantes no cualificados y cualificados.
• Los cualificados, a diferencia de los que no, vienen a
  Holanda reclamados por la empresas holandesas.
• Pueden comenzar a trabajar inmediatamente sin
  esperar a terminar el proceso de solicitud de
  residencia.
• En caso de abandonar voluntariamente el trabajo el
  IND podría retirarle el permiso de residencia.
Permisos para trabajadores altamente
           cualificados (2)
• Se pueden contratar también para estos trabajos ciudadanos
  no europeos, cuando:
   1.   El empleador debe de estar registrado en el programa de la IND
        “Highly Skilled Migrants “.
   2.   Una vez que el contrato ya esta firmado el empleador ¨sponsor¨ pide
        un permiso de residencia para el HSKM (extranjero altamente
        calificado).
   3.   El permiso se extenderá por el periodo por el cuál se otorgo el
        contrato de trabajo, hasta un máximo de 5 años.
   4.   Las parejas de estos extranjeros altamente calificados (estén casados
        o no) también están autorizados para residir y trabajar. Se les otorga
        un permiso de trabajo, que normalmente es de un año.
Permiso Circunstancias Especiales (W2)

• Características el Permiso:
   – No es un permiso de residencia.
   – No es un documento fronterizo.
   – Este documento se otorga por un periodo máximo de 3 meses, en circunstancias
     particulares, se puede emitir por un periodo máximo de 1 año.
• Quiénes pueden acceder al W2:
   – Extranjeros que residen legalmente en Holanda y que no poseen un documento
     fronterizo válido y que por eso podrían ser repatriados.
   – Extranjeros que están autorizados a residir en Holanda en base al articulo 64 de la
     Ley de Extranjería (aplazamiento de la repatriación debido a su estado de salud)
   – Menores extranjeros no acompañados que están esperando una decisión en
     relación a una petición para la extensión o alteración de un permiso de residencia
     otorgado anteriormente.
   – Extranjeros que son victimas de tráfico humano, que están en un periodo llamado
     "de enfriamiento", y que no tienen un documento fronterizo del país del que son
     ciudadanos.
Derecho de Reunificación familiar /
       Establecimiento familiar
• ¿Qué es?
  El derecho de reunir a determinados familiares que viven en el
  extranjero, o incluso, el derecho de determinados familiares que
  residen en el extranjero a reunirse con el inmigrante que vive en
  otro Estado, pero entendiendo que el derecho lo ejerce o se
  ejerce, respecto al inmigrante que tiene regularizada su situación
  administrativa.
• Concepción de familia.
  El concepto de familia es amplio, acogiendo tanto a los matrimonios
  como a las parejas de hecho y familiares cercanos, como por
  ejemplo: los hermanos.
Derecho de Reunificación familiar /
       Establecimiento familiar (2)
• Los hijos:
    – El menor de edad, condiciones:
         - No estar casado (ni haberse casado).
         - No representar ningún peligro para el orden público.
         - Vivir con su padre tan pronto como llegue a los Países Bajos y registrarse en la misma
            dirección que su padre.
         - Tener permiso para venir a los Países Bajos del padre que se queda en su país de
            origen (si se da el caso).
    – El mayor de edad, condiciones:
         - Tener 18 años o más
         - Tener una relación familiar con el padre en los Países Bajos, con quien quiere
            quedarse
         - No representar ningún peligro para el orden público
         - Vivir con su padre tan pronto como llega a los Países Bajos
         - Registrarse en la misma dirección que su padre
         - Realizar el examen básico de integración
• El padre y la madre: Deberá tener ingresoso suficientes en los Países Bajos.
Derecho de Reunificación familiar /
       Establecimiento familiar (3)
          Diferencias entre Reunificación Familiar y Establecimiento familiar

Reunificación familiar: En el caso de hijos menores de edad, o personas que
ya estaban casadas o vivían juntas desde antes en el país de origen.
Establecimiento familiar: En el caso de personas que no han vivido juntos,
pero quieran vivir juntos en el futuro.
CONDICIONES:
•   El matrimonio ha sido registrado en la base de datos de Holanda (Gemeentelijke
    Basisadministratie)
•   Ambas personas son solteras y es posible probar esto con un documento oficial (certificado de
    solteria)
•   Certificado de antecedentes penales, para probar que no soy un peligro publico.
•   Para pedir la reunificación familiar se debe ser adulto mayor de 21 años, y para el establecimiento
    de familia se debe ser mayor de 18 años.
•   Debe existir un compromiso de que vivirán con esa persona cuando llegué a Holanda, este
    requisito se cumple al registrarse la otra persona en la misma dirección, se debe buscar un
    domicilio familiar.
•   El familiar que viaje debe de realizar el examen civico de integración en Holanda.(Para más
    información ir al apartado de exámen cívico de integración en el extranjero)
•   Ingresos suficientes
Información útil sobre inmigración
• Acces: http://www.access-nl.org/
• Expatcenter: http://www.iamsterdam.com/en-
  GB/Living/Expatcenter
• Consulado Español Ámsterdam:
  http://www.maec.es/subwebs/Consulados/Amsterdam/es/
• Ministerio de Asuntos Exteriores Holandés:
  http://www.minbuza.nl/es
• Casa Migrante. http://www.casamigrante.com/
• Abogados especialistas en inmigración: www.devreede-law.nl

Charla Informativa sobre Extranjería e Inmigración

  • 1.
  • 2.
    CONCEPTOS BÁSICOS DERECHO DEEXTRANJERÍA legislación aplicable a las personas de otras nacionalidades que deseen entrar, permanecer o vivir de formapermanentemente en los Paises Bajos EXTRANJERO aquella persona que no forma parte de la comunidad política que se adopta como referencia • Comunitarios: ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea. Derecho a circular y residir en todo el territorio de la Unión Europea. • No comunitarios
  • 3.
    SERVICIO DE INMIGRACIÓNY NATURALIZACIÓN (IND) • Organismo holandés encargado de la política de inmigración. • Con 9 oficinas dentro del territorio. Servicio de Inmigración y Nacionalización de Ámsterdam Dienst Persoonsgegevens Johan Huizingalaan 757, 1066 VH Amsterdam 020- 551 92 52http://www.ind.nl/ • -Funciones principales: peticiones de extranjeros que pretendan residir en Holanda o quieran obtener la nacionalidad holandesa
  • 4.
    CIUDADANOS COMUNITARIOS 1. Ciudadanos de los 27 estados miembros de la UE 2. Países del Espacio Económico Europeo ( Islandia, Noruega, Liechtenstein) 3. Suiza 4. Miembros de las familias de los ciudadanos de categorías anteriores Permiso de Residencia • Principio de LIBRE CIRCULACIÓN y RESIDENCIA. – No necesidad de permiso de entrada. Sólo DNI o Pasaporte – No necesidad de permiso de residencia • Estancias inferiores a 3 meses • Estancias superiores a 3 meses. ¿Registro en el IND? Debate.
  • 5.
    • Permiso paratrabajar: No existe ningún tipo de requisito. • Permiso para trabajar de autónomo: Permiso al Instituto de Inmigración y Nacionalización. • Permiso para estudiar: a) Inscripción en una entidad b) Seguro médico c) Fondos suficientes • Persona económicamente inactiva a) Seguro médico b) Fondos suficientes Familiares NO EUROPEOS de CIUDADANOS EUROPEOS. -Entrega de documentos que les otorga mismos derechos. • ¿Qué se entiende por familiar? 1. Cónyuges * 2. Parejas de hecho inscritas* 3. Padres 4. Padrastros 5. Hijos* *Hijos mayores de 21 años, cónyuges, parejas de hecho. El IND va a pedir pruebas.
  • 6.
    Burgerservicenummer (SOFI NUMMER) • Número fiscal. • No es obligatorio para los ciudadanos comunitarios. – Ciudadanos no comunitarios deberán registrarse en el Ayuntamiento y se les entregará automáticamente con el Registro su Sofinummer. • Función. Permite trabajar pero no es un permiso de trabajar. Permite abrir una cuenta bancaria • Solicitud. • Se debe concertar cita previa en las Oficinas de la Dirección de Impuestos (Belastingdienst). Teléfono 08000543 • Presentar en DNI + dirección. No válido Carné de conducir. • Es gratuito.
  • 7.
    CIUDADANOS NO COMUNITARIOS •Estancia de menos de 3 meses. Visado. • Visa A. de paso por aeropuerto. No salir del aeropuerto. • Visa B. Máximo 5días. Supuestos en los que el destino final no es un territorio del Schengen • Visa C. Estancia corta. Máximo 3 meses. Vacaciones, turismo, negocios. • Estancia de más de 3 meses. Visa D. Autorización de residencia temporal MVV (Machtiging tot Voorlopig Verblijf). Duración de 3 meses a 1 año. Posibilidad de renovación.
  • 8.
    ESPACIO SCHENGEN • Acuerdo Schengen de 1995. Objetivo finalizar con los controles fronterizos. • Países participes: 1. Países de la Unión Europea: excepto Bulgaria, Chipre y Rumania 2. Terceros países: Islandia, Noruega, Suiza y Liechtenstein. Una visa expedida por cualquiera de los países adheridos a dicho acuerdo es válida en el resto de los países adheridos. Viaja en el territorio Schengen es como moverse por Holanda.
  • 9.
    VISADO DE ESTANCIACORTA • Características – turista, negocios, familia – también llamado VISADO SCHENGEN – Duración 3 meses máximo • Mientras se permanece en Holanda con el visado Schengen NO SE PUEDE OBTENER UN PERMISO DE RESIDENCIA (=se solicita en la embajada) Belice Bolivia Colombia* • Países obligados Cuba República Dominicana Ecuador Perú
  • 10.
    Países no comunitarios no obligados. No necesita visado. Condiciones que debe cumplir: -Pasaporte en vigor. -Suficientes medios. -Objetivo del viaje. - No es un peligro para el orden público ni seguridad nacional. PROCEDIMIENTO especial ACELERADO y GRATUITO Requisitos 1. familiar en primer grado de ciudadano de ciudadano EU, EEE o suizo. 2. ciudadano EU, EEE se dirige o permanece a Estado extranjero 3. acompaña o se reúne con él
  • 11.
    CUESTIONES • -VARIAS NACIONALIDADES.¿NECESITO VISADO? Necesita visado dependiendo del pasaporte con el que pretenda viajar. • -VISADO D de residencia temporal. ¿PUEDO MOVERME POR EL TERRITORIO SCHENGEN? Sí. A partir del 5 de abril del 2010 se puede viajar por el territorio Schengen hasta un máximo de 90 días durante un periodo de 180 días.
  • 12.
    SOLICITAR UN VISADO •Lugar: Consulado o Embajada holandesa ubicada donde resida legalmente. • Ministerio de Asuntos Exteriores Telef. 070 348 56 22 • Solicitud: Formulario + Fotografía de carné + Documento probatorios. » Reserva del hotel » Documentos indicativos » Recursos financieros » Seguro de viaje • Tramitación: La representación pondrá un sello en su pasaporte que informará sobre – tipo de visado – Fecha – Código del Estado que tramita la solicitud. Países Bajos ¨NL¨ • Duración: Plazo normal: 15 días Casos excepcionales: 60 días
  • 13.
    • Denegación delvisado: -Se comunicará la denegación a través de una resolución motivada -Posibilidad de recurso escrito dentro de las 4 semanas siguientes. • Precio -Coste de los derechos de visado + costes extras Importante: Si se deniega el visado NO se devuelven los gastos. • Vigencia del visado: -Depende tipo de visado. Máximo 90 días para cada periodo de 180 días. -Se indica en el visado. • Competencia: La Embajada del País al que se pretende viajar. – -Posible consulta » 1. a otros países del Acuerdo Schengen » 2. al Servicio de Visados del Ministerio de Justicia » 3. al Departamento de Extranjería y Visados del Ministerio de Asuntos Exteriores.
  • 14.
    Permisos para NOcomunitarios y permisos especiales
  • 15.
    Permisos de Residenciapara NO comunitarios Podemos diferenciar dos grandes tipos de permisos: MVV (Machtiging Voorloping Verblijf) • Permiso de Residencia Temporal (estancias inferiores a 3 meses) VTV (Voorwaar delijke vergunning toto verblijf) • Permiso de Residencia Permanente (estancias superiores a 3 meses)
  • 16.
    El MVV –Temporal Procedimiento: Antes de venir a Holanda ¿Quiénes lo necesitan? ¿Cuándo es necesario?
  • 17.
    Procedimiento • El MVVse debe pedir antes de venir a Holanda* • Hay que pedirlo en la: – La Embajada Holandesa En el país de origen – El Consulado Holandés • Mismo procedimiento en un país vecino con representación holandesas • *Una vez Holanda sólo puede ser solicitado por la persona que aloja al inmigrante “referente” (fiador).
  • 18.
    ¿Quiénes lo necesitan? Todoextranjero que quiera viajar a Holanda* *Excepciones: Ciudadanos comunitarios y nacionales de: • Noruega, Islandia, Suiza, Liechtenstein, Mónaco, USA, Australia, Japón, N ueva Zelanda y Canada. La documentación a presentar, que deberá estar legalizada, deberá recogerse en el consulado o embajada en origen. • No se puede permanecer en Holanda durante la tramitación del permiso aunque el procedimiento se allá iniciando en Holanda
  • 19.
    ¿Cuándo es necesario? •Es necesario previamente cuando se solicita el Permiso de Residencia Permanente. • No es necesario bajo circunstancias especiales: asilo, refugiado, víctimas de trata de personas,… • Siempre que se quiera prolongar la estancia en Holanda más allá de 3 meses. • No es necesario solicitar el MVV si se dispone de otro permiso que habilita a residir en Holanda. En ese caso de solicitar la prolongación de su actual permiso.
  • 20.
    Permiso de ResidenciaPermanente – VTV (Voorwaar delijke vergunning toto verblijf) • Para obtener el VTV se ha de tener previamente el MVM. • Se debe haber residido, con permisos temporales, al menos durante 5 años consecutivos. • Debe tener medios económicos suficientes. • No constituir un riesgo para el orden público. • Estar suficiente integrado en la sociedad holandesa (examen de integración cívica)
  • 21.
    Documentación que sedebe presentar • Se requerirá para presentar la siguiente documentación: – Pasaporte valido – Prueba de seguro de salud – Permiso de residencia actual – Prueba documental de ingresos – Las pruebas de que ha residido durante 5 años consecutivos en los Países Bajos. – Diploma de la integración cívica, o título comparable
  • 22.
    Examen de integraciónsocial • ¿Qué es? Es un examen básico de integración social, es un test oral para comprobar los conocimientos básicos del idioma neerlandés y de la sociedad holandesa. • ¿Dónde hay que hacerlo? En la embajada o consulado holandés en el país de origen. • Partes del Examen – Una primera parte sobre conocimiento de la sociedad holandesa – La segunda parte sobre idioma neerlandés
  • 23.
    Examen de integraciónsocial (2) • ¿Quiénes deben realizar el examen? Las personas que deseen residir en los Países Bajos por un largo periodo de tiempo (+3 meses). • Coste del examen Los costes del examen ascienden a 350€. • Preparación del examen La embajada/consulado no ofrece ni clases, ni material para la preparación de la prueba pero sí existe un paquete de ejercicios para practicar los conocimientos sobre la sociedad holandesa.
  • 24.
    Permisos para trabajadoresaltamente cualificados • El derecho de extranjería holandés distingue entre inmigrantes no cualificados y cualificados. • Los cualificados, a diferencia de los que no, vienen a Holanda reclamados por la empresas holandesas. • Pueden comenzar a trabajar inmediatamente sin esperar a terminar el proceso de solicitud de residencia. • En caso de abandonar voluntariamente el trabajo el IND podría retirarle el permiso de residencia.
  • 25.
    Permisos para trabajadoresaltamente cualificados (2) • Se pueden contratar también para estos trabajos ciudadanos no europeos, cuando: 1. El empleador debe de estar registrado en el programa de la IND “Highly Skilled Migrants “. 2. Una vez que el contrato ya esta firmado el empleador ¨sponsor¨ pide un permiso de residencia para el HSKM (extranjero altamente calificado). 3. El permiso se extenderá por el periodo por el cuál se otorgo el contrato de trabajo, hasta un máximo de 5 años. 4. Las parejas de estos extranjeros altamente calificados (estén casados o no) también están autorizados para residir y trabajar. Se les otorga un permiso de trabajo, que normalmente es de un año.
  • 26.
    Permiso Circunstancias Especiales(W2) • Características el Permiso: – No es un permiso de residencia. – No es un documento fronterizo. – Este documento se otorga por un periodo máximo de 3 meses, en circunstancias particulares, se puede emitir por un periodo máximo de 1 año. • Quiénes pueden acceder al W2: – Extranjeros que residen legalmente en Holanda y que no poseen un documento fronterizo válido y que por eso podrían ser repatriados. – Extranjeros que están autorizados a residir en Holanda en base al articulo 64 de la Ley de Extranjería (aplazamiento de la repatriación debido a su estado de salud) – Menores extranjeros no acompañados que están esperando una decisión en relación a una petición para la extensión o alteración de un permiso de residencia otorgado anteriormente. – Extranjeros que son victimas de tráfico humano, que están en un periodo llamado "de enfriamiento", y que no tienen un documento fronterizo del país del que son ciudadanos.
  • 27.
    Derecho de Reunificaciónfamiliar / Establecimiento familiar • ¿Qué es? El derecho de reunir a determinados familiares que viven en el extranjero, o incluso, el derecho de determinados familiares que residen en el extranjero a reunirse con el inmigrante que vive en otro Estado, pero entendiendo que el derecho lo ejerce o se ejerce, respecto al inmigrante que tiene regularizada su situación administrativa. • Concepción de familia. El concepto de familia es amplio, acogiendo tanto a los matrimonios como a las parejas de hecho y familiares cercanos, como por ejemplo: los hermanos.
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    Derecho de Reunificaciónfamiliar / Establecimiento familiar (2) • Los hijos: – El menor de edad, condiciones: - No estar casado (ni haberse casado). - No representar ningún peligro para el orden público. - Vivir con su padre tan pronto como llegue a los Países Bajos y registrarse en la misma dirección que su padre. - Tener permiso para venir a los Países Bajos del padre que se queda en su país de origen (si se da el caso). – El mayor de edad, condiciones: - Tener 18 años o más - Tener una relación familiar con el padre en los Países Bajos, con quien quiere quedarse - No representar ningún peligro para el orden público - Vivir con su padre tan pronto como llega a los Países Bajos - Registrarse en la misma dirección que su padre - Realizar el examen básico de integración • El padre y la madre: Deberá tener ingresoso suficientes en los Países Bajos.
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    Derecho de Reunificaciónfamiliar / Establecimiento familiar (3) Diferencias entre Reunificación Familiar y Establecimiento familiar Reunificación familiar: En el caso de hijos menores de edad, o personas que ya estaban casadas o vivían juntas desde antes en el país de origen. Establecimiento familiar: En el caso de personas que no han vivido juntos, pero quieran vivir juntos en el futuro. CONDICIONES: • El matrimonio ha sido registrado en la base de datos de Holanda (Gemeentelijke Basisadministratie) • Ambas personas son solteras y es posible probar esto con un documento oficial (certificado de solteria) • Certificado de antecedentes penales, para probar que no soy un peligro publico. • Para pedir la reunificación familiar se debe ser adulto mayor de 21 años, y para el establecimiento de familia se debe ser mayor de 18 años. • Debe existir un compromiso de que vivirán con esa persona cuando llegué a Holanda, este requisito se cumple al registrarse la otra persona en la misma dirección, se debe buscar un domicilio familiar. • El familiar que viaje debe de realizar el examen civico de integración en Holanda.(Para más información ir al apartado de exámen cívico de integración en el extranjero) • Ingresos suficientes
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    Información útil sobreinmigración • Acces: http://www.access-nl.org/ • Expatcenter: http://www.iamsterdam.com/en- GB/Living/Expatcenter • Consulado Español Ámsterdam: http://www.maec.es/subwebs/Consulados/Amsterdam/es/ • Ministerio de Asuntos Exteriores Holandés: http://www.minbuza.nl/es • Casa Migrante. http://www.casamigrante.com/ • Abogados especialistas en inmigración: www.devreede-law.nl