1. TRABAJO SOCIAL
EN EL ÁMBITO
DEL SERVICIO
PENITENCIARIO
Aportes e
intervenciones en
Contexto de
Encierro
2. ◦ “El Servicio Penitenciario es una Institución que posee una organización
particular caracterizada por la singularidad de su servicio”, esa organización
implica la existencia de distintas Áreas con tareas y fines específicos, que en
conjunto tienen por finalidad cumplir con la misión que la Ley
Orgánica N° 3.981 asigna: “Art. 1º- El servicio Penitenciario Provincial, es la
rama de la administración Pública activa, destinada a la custodia y guarda de
los procesados y a la ejecución de las sanciones penales privativas de libertad,
de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes”,
y consecuentemente llegar al objetivo máximo de la Ley de Ejecución de la
Pena Privativa de la Libertad N° 24.660 (decretos reglamentarios y las
respectivas modificaciones): "Art. 1º - La ejecución de la pena privativa de
libertad, en todas sus modalidades, tiene por finalidad lograr que el
condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando
su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la
sociedad. El régimen penitenciario deberá utilizar, de acuerdo con las
circunstancias de cada caso, todos los medios de tratamiento interdisciplinarios
que resulten apropiados para la finalidad enunciada."
3. ◦ Una de las Áreas profesionales es el Servicio Social, conformado
por Trabajadores y Trabajadoras Sociales, pero así también éstos
profesionales intervienen en otras áreas y tienen otras hipótesis
de trabajo, como por ejemplo formar parte de los equipos
interdisciplinarios (OTC, Consejo Correccional, etc). El propósito de
ésta materia será, en primer lugar, conocer las
incumbencias profesionales y el rol de los y las Trabajadoras Sociales
en el ámbito penitenciario; y asimismo, tengamos presente que como
funcionarios del Servicio Penitenciarios, y para la realización de
una tarea profesional calificada, es imprescindible desarrollar un
pensamiento crítico, desde un posicionamiento ético-político que nos
ubique en el lugar de defensores de los Derechos
Humanos, teniendo en cuenta que el Estado y la Sociedad Civil nos
encomiendan dicha responsabilidad.
◦ Es por ello que resulta necesario incorporar saberes vinculados al
Trabajo Social, profesión afín, que nos aportará las herramientas
fundamentales para efectivizar nuestro quehacer profesional
con compromiso social, ético y empático.
4. ¿QUE ES EL TRABAJO SOCIAL?
◦ El trabajo social es una profesión basada en la práctica y una disciplina
académica que promueve el cambio y el desarrollo social, la cohesión social, y el
fortalecimiento y la liberación de las personas. Los principios de la justicia
social, los derechos humanos, la responsabilidad colectiva y el respeto a la
diversidad son fundamentales para el trabajo social. Respaldada por las teorías
del trabajo social, las ciencias sociales, las humanidades y los conocimientos
indígenas, el trabajo social involucra a las personas y las estructuras para hacer
frente a desafíos de la vida y aumentar el bienestar.
5. DEFINICIÓN
SEGÚN
AUTORES
Profesión que orienta su intervención a la atención de
necesidades
(materiales y no materiales) de personas, familias, grupos
y poblaciones
que tienen dificultades para la reproducción de su
existencia,
promoviendo su vinculación con instituciones públicas y
privadas que
disponen o pueden crear satisfactores. (Nora Aquín)
Tecnología social, porque aplica los conocimientos de las
Ciencias
Sociales a la realidad con el fin de transformarla, y al
enfocar
científicamente los problemas prácticos, va haciendo
surgir nuevos
conocimientos, que a su vez son un aporte a las Ciencias
Sociales.
(Nidia Aylwin)
6. DEFINICIÓN
SEGÚN
AUTORES
Quehacer profesional que, estudiando las
situaciones problemas, traduce las necesidades
en acciones concretas. (Natalio Kisnerman)
Profesión de fundamentación científica que
tiende a la superación de las causas – efectos de
las situaciones sociales límite y a la búsqueda
conjunta de la progresiva transformación de la
realidad. (Sela Sierra)
Trabajo social es una profesión que promociona
los principios de los derechos humanos y la
justicia social por medio de la utilización de
teorías sobre el comportamiento humano y
sistemas sociales. (Ander-Egg)
7. DEBERES BÁSICOS DEL TRABAJO
SOCIAL
◦ Los deberes básicos de la profesión del trabajo social incluyen facilitar el cambio
social, el desarrollo social, la cohesión social, el fortalecimiento y la liberación de las
personas.
8. DEBERES BÁSICOS
DEL TRABAJO SOCIAL
◦ El trabajo social es una profesión y una disciplina académica que reconoce que los factores
históricos, socioeconómicos, culturales, geográficos, políticos y personales interconectados
sirven como oportunidades y/o barreras para el bienestar y el desarrollo humano. Las
barreras estructurales contribuyen a la perpetuación de las desigualdades, la discriminación,
la explotación y la opresión. El desarrollo de la conciencia crítica a través de la reflexión sobre
las fuentes estructurales de opresión y/o privilegio, basado en criterios tales como la raza, la
clase, el idioma, la religión, el género, la discapacidad, la cultura y la orientación sexual, y el
desarrollo de estrategias de acción para abordar las barreras estructurales y personales son
fundamentales para la práctica emancipadora donde los objetivos son el fortalecimiento y la
liberación de las personas. En solidaridad con los que están en situación desfavorecida, la
profesión lucha por mitigar la pobreza, liberar a los vulnerables y oprimidos, y promover la
inclusión y la cohesión social.
9. DEBERES
BÁSICOS DEL TRABAJO SOCIAL
◦ El deber de cambio social se basa en la premisa de que la intervención del trabajo social se
lleva a cabo cuando en la situación actual, sea a nivel individual, familiar, grupal, comunitario
o social, se considera que hay una necesidad de cambio y desarrollo . Es impulsado por la
necesidad de cuestionar y cambiar las condiciones estructurales que contribuyen a la
marginación, la exclusión social y la opresión. Las iniciativas de cambio social reconocen el
lugar de la acción humana en el avance de los derechos humanos y la justicia económica,
ambiental y social. La profesión está igualmente comprometida con el mantenimiento de la
estabilidad social, siempre y cuando dicha estabilidad no sea utilizada para marginar, suprimir
u oprimir a un grupo particular de personas.
10. PRINCIPIOS DEL TRABAJO SOCIAL
◦ Los principios generales del trabajo social son el respeto por el valor intrínseco y la dignidad de
los seres humanos, no hacer daño, el respeto a la diversidad y la defensa de los derechos
humanos y la justicia social.
◦ La defensa y el apoyo a los derechos humanos ya la justicia social son la motivación y la
justificación para el trabajo social. La profesión del trabajo social reconoce que los derechos
humanos tienen que coexistir con la responsabilidad colectiva. La idea de la responsabilidad
colectiva destaca la realidad de que los derechos individuales humanos sólo se pueden alcanzar
en el día a día si las personas asumen la responsabilidad de los demás y el medio ambiente, y la
importancia de crear relaciones recíprocas dentro de las comunidades. Por lo tanto, un aspecto
importante del trabajo social es abogar por los derechos de las personas en todos los niveles, y
facilitar los resultados para que las personas asuman la responsabilidad por el bienestar del
otro.